EMBALAJE Y DESPACHO DE LOS PRODUCTOS SE DEBE REALIZAR CON GUÍA DE DESPACHO: Los proveedores que resulten adjudicados deberán asegurar que los empaques primarios y secundarios de los productos y sus embalajes cumplan con las exigencias que permitan buenas prácticas de almacenaje y transporte, así como una adecuada presentación, características que serán monitoreadas por personal que realizará la recepción de los productos. Los proveedores deberán identificar los bultos con la siguiente información: a) Nombre y dirección del lugar de entrega. b) Número de guía de despacho asociada a la entrega. c) Número de Orden de Compra asociada a la entrega. d) Identificación del número de bultos por entrega “1 de n”. e) Sello característico del proveedor que asegure la inviolabilidad del contenido del bulto. Deberán ser entregados en empaques múltiples que faciliten la recepción y almacenamiento, debiendo contener la misma información exigida para la o las unidades de medida adjudicada(s). Su material, grosor y resistencia deben ser acordes y proporcionales al peso del contenido. La unidad de medida de los envases unitarios, deberán permitir fácil apertura. La entrega deberá ceñirse estrictamente a las especificaciones adjudicadas. El proveedor deberá entregar los productos en la dirección de Miguel Ahumada #505, ciudad de Arica (salvo se exprese lo contrario), de lunes a viernes entre las 08:30 y 15:30 horas. Se entenderá cumplida la entrega cuando el bulto haya sido puesto, en tiempo y forma, en bodega del establecimiento, y recibido conforme, por el encargado de esta última, circunstancia que deberá constar en la guía de despacho respectiva. Saludos |