1 .- Información de la Orden de Compra
Número de la Orden de Compra |
1611-136-AG24 |
Estado de la Orden de Compra |
Recepción Conforme |
Fecha de Envío |
27-06-2024 |
Nombre de la Orden de Compra |
561/KSR USGI CORTINAS ROLLER DIRECCION REGIONAL ÑUBLE1611-88-COT24 |
Anexos y Resoluciones |
Ver Anexos |
Notas |
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Orden de Compra Adquisición igual o inferior a 30 UTM (Debe presentar 3 cotizaciones)
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2 .- Datos del Comprador
Unidad de Compra |
Servicio Nacional del Consumidor |
Razón Social |
SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR |
R.U.T. |
60.702.000-0 |
Dirección de Unidad de Compra |
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3 .- Datos de Pago y Facturación
Tipo Presupuesto |
Anual |
Usuario SIGFE |
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Plazo de Pago |
30 días contra la recepción conforme de la factura |
Moneda |
Peso Chileno |
Razón Social |
SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR |
R.U.T. |
60.702.000-0 |
Dirección de Facturación |
Teatinos 50 piso 6 |
Comuna |
Santiago |
Impuesto |
76588,24 |
Dirección de Envío de la Factura |
Teatinos 50 piso 6 |
4 .- Otras Especificaciones
Fecha de Entrega |
|
Clausulas y facturación SERNAC | <p class="MsoNormal" style="margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;line-height:
normal"><span style="font-size:12.0pt;font-family:"Times New Roman",serif;
mso-fareast-font-family:"Times New Roman";mso-fareast-language:ES-CL">Confidencialidad:
El proveedor contratado y su personal, deberán guardar estricto control y
reserva sobre la información y documentos a los que tenga acceso antes, durante
y con posterioridad al desarrollo de este contrato. En consecuencia, toda la información que proporcione el SERNAC, cualquier sea su formato o soporte,
relacionada o no con la ejecución de este contrato, podrá ser utilizada en
forma exclusiva y restringida, únicamente, por el oferente que se adjudique el
presente<br>
proceso de Licitación y para los fines de éste. En consecuencia, no podrá
divulgar y/o entregar a terceros, ni aun bajo pretexto de haber terminado el contrato,
por cualquier causa, los datos proporcionados y será de su responsabilidad
implementar los mecanismos necesarios para impedir que otra persona o entidad
acceda y/o utilice la información proporcionada o haga un uso distinto al
previsto por el SERNAC y/o por el titular de los datos o antecedentes al
momento de prestar su autorización o consentimiento. SERNAC podrá pedir al
oferente información sobre estos mecanismos y su forma de implementación.<br>
Esta prohibición no cesa por el vencimiento o término anticipado del contrato.<br>
Cualquier documento al que haya accedido directa o indirectamente, a propósito de la ejecución del contrato, deberá ser devuelto por el adjudicatario al
finalizar la ejecución del mismo.<br>
<br>
La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida, por
parte del prestador de servicios y/o sus dependientes, durante la vigencia del
contrato, o después de su finalización, dará lugar al SERNAC para entablar las acciones
judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por
los actos que hayan ejecutado sus empleados o dependientes, y quienes resulten
responsables.<br>
El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar al término anticipado de
la convención y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del mismo, cuando
corresponda, según determine SERNAC. Si la ejecución del contrato ya se hubiere
verificado, SERNAC podrá, además, iniciar las acciones legales que
correspondan, respondiendo el contratista de todos los perjuicios que se deriven<br>
de la infracción de esta obligación.<br>
Finalmente, se deja constancia que el Servicio Nacional del Consumidor se rige por el principio de transparencia en el ejercicio de la función pública en los
términos de la Ley N° 20.285 y de su Reglamento y además por las normas
contenidas en la Ley N° 19.628 por lo que las peticiones de información que se
le formulen sobre antecedentes del proveedor adjudicado relativos a este
contrato y/o sobre las personas que les prestan servicios y/o las personas
cuyos datos o antecedentes formen parte de los registros o bases de datos a que
tenga acceso, se resolverá con sujeción a las normas contenidas en ambos textos
legales.<br>
Se establece, además, que a través del banner de Gobierno Transparente el
adjudicatario podrá acceder a la política de seguridad de la información de
SERNAC.<o:p></o:p></span></p>
<p class="MsoNormal" style="margin-bottom:0cm;margin-bottom:.0001pt;line-height:
normal"><span style="font-size:12.0pt;font-family:"Times New Roman",serif;
mso-fareast-font-family:"Times New Roman";mso-fareast-language:ES-CL">DECLARACION
DE HABILIDADES<br>
El acto de aceptación por parte del proveedor de la presente orden de compra,
implica que declara su habilidad para contratar con el Servicio Nacional del
Consumidor, al tenor de lo establecido en el artículo 4 inciso sexto de la Ley
N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación
de Servicios.<o:p></o:p></span></p> |
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Proveedor |
AC Roller |
Razón Social |
DECORACIONES Y CORTINAJES CLAUDIA SILVANA BERETTA ARELLANO E.I.R.L.
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R.U.T. |
76.734.328-0 |
Estado de habilidad
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check_circle
HÁBIL (Cumple con los requisitos para contratar con el estado)*
*Este es el estado de habilidad del proveedor adjudicado al momento del envío de la orden de compra.
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Sucursal |
AC Roller |
Socios y accionistas principales
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Ver listado
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