El proveedor y su personal, contratado y subcontratado, deberán guardar estricta reserva sobre la información a la que tengan acceso durante la ejecución del presente contrato, debiendo tomar los resguardos necesarios para mantener la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los datos y documentos que sean objeto de intercambio, generación o tratamiento.
Con lo anterior, respecto de la información obtenida en virtud del presente contrato, el proveedor y el SAG estarán obligados a dar estricto cumplimiento a lo señalado en la Ley N° 17.336 sobre propiedad intelectual, en la Ley N° 19.039, sobre propiedad industrial y en la Ley N°19.628 sobre protección de datos de carácter personal.
Para los efectos del presente contrato, no será considerada como información confidencial y, por lo tanto, no estará sujeta a las restricciones precedentemente expuestas, aquella que de acuerdo a la normativa vigente sea de dominio público.
La transgresión, por cualquier medio y en cualquier forma, de la prohibición señalada en esta cláusula, será informada a la Dirección de Compras y Contratación Pública, a fin de que adopte las medidas que estime pertinente.
Las restricciones y obligaciones impuestas al proveedor y a su personal, en relación a la confidencialidad, expirarán cuando la información sea de conocimiento público.