1 .- Información de la Orden de Compra
Número de la Orden de Compra |
624891-6-AG24 |
Estado de la Orden de Compra |
Recepción Conforme |
Fecha de Envío |
12-03-2024 |
Nombre de la Orden de Compra |
Orden de Compra generada por invitación a compra ágil: 624891-11-COT24 |
Anexos y Resoluciones |
Ver Anexos |
Notas |
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Orden de Compra Adquisición igual o inferior a 30 UTM (Debe presentar 3 cotizaciones)
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2 .- Datos del Comprador
Unidad de Compra |
AERODROMO MOCOPULLI |
Razón Social |
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL |
R.U.T. |
61.104.000-8 |
Dirección de Unidad de Compra |
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3 .- Datos de Pago y Facturación
Tipo Presupuesto |
Anual |
Usuario SIGFE |
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Plazo de Pago |
30 días contra la recepción conforme de la factura |
Moneda |
Peso Chileno |
Razón Social |
DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL |
R.U.T. |
61.104.000-8 |
Dirección de Facturación |
Aeródromo Mocopulli |
Comuna |
Dalcahue |
Impuesto |
124830 |
Dirección de Envío de la Factura |
Aeródromo Mocopulli |
4 .- Otras Especificaciones
Fecha de Entrega |
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facturación | V.1 La orden de compra se emitirá por el monto total, el pago de los productos, se
efectuará mediante transferencia electrónica y conforme al siguiente detalle:
a) Factura Comercial electrónica por igual monto a la orden de compra.
b) Certificado de Conformidad por la Recepción conforme de los productos
V.2 El pago, se efectuará mediante transferencia bancaria al banco y cuenta corriente que
indique el adjudicatario a los correos electrónicos alexandra.calfiman@dgac.gob.cl;
fanny.bovet@dgac.gob.cl; mario.riverao@dgac.gob.cl y paula.vera@dgac.gob.cl,
dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de recepción de la factura
electrónica y certificados de conformidad.
V.3 El proveedor adjudicado, solo podrá emitir la factura electrónica una vez que se haya
realizado la respectiva recepción conforme por parte de la Inspección Fiscal, lo
anterior se informará por medio de correo electrónico. Por cada vehículo que se le
realice el mantenimiento, se debe entregar un informe, el cual es parte de la
conformidad del servicio entregado, si el informe del vehículo no se entrega el
Inspector Fiscal no entregará la conformidad del servicio.
V.4 La factura deberá indicar en su glosa que es pagadera dentro de los treinta (30) días
corridos siguientes a su recepción conforme, que se encuentra afecta a eventuales
retenciones y/o descuentos y al impuesto del 2%, establecido en el artículo 37 de la
Ley N° 16.752.
V.5 Las facturas deberán ser dirigida a nombre de: Dirección General de Aeronáutica
Civil R.U.T. 61.104.000-8, Aeródromo Mocopulli, Ruta 5 Sur, Kilometro 1167,
Comuna de Dalcahue.
V.6 La factura deberá ser enviada al repositorio de facturas electrónicas de la DGAC,
correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl, previa validación por parte del Servicio
de Impuestos Internos (SII).
V.7 La Dirección General de Aeronáutica Civil, rechazará la factura electrónica en los
siguientes casos:
• Si es entregada en forma anticipada (antes de obtener la recepción conforme por parte
de la Inspección Fiscal).
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• Si no ha sido enviada al correo electrónico dte.recepcion@dgac.gob.cl.
• Si su glosa no contiene la información mínima exigida en el punto anterior.
V.8 Los productos deben ser entregados a nombre de: Dirección General de
Aeronáutica Civil R.U.T. 61.104.000-8, Aeródromo Mocopulli, Ruta 5 Sur,
Kilometro 1167, Comuna de Dalcahue |
incumplimiento del proveedor y procedimiento para aplicacion de medidas derivadas de incumplimiento | III.- INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR
Se contempla el pago de multas por incumplimiento en el plazo de entrega establecido en la Orden
de Compra, cuando la responsabilidad de este, recaiga en el proveedor adjudicado.
El proveedor adjudicado (Vendedor) incurrirá en multas por cada día hábil administrativo de atraso
en el cumplimiento del plazo de ejecución de la totalidad o parcialidad del servicio adquirido. Las
multas, se calcularán como un 2% del valor NETO del producto adquirido y aplicable a las
cantidades que se entreguen atrasadas, respecto al plazo de entrega establecido en la orden de
compra, con un tope de 10 días hábiles administrativos.
En caso de que el atraso supere el tope de los 10 días hábiles administrativos, la DGAC, podrá
poner término anticipado a la contratación perfeccionada a través de la Orden de Compra.
Para los casos en que el proveedor no hubiera aceptado formalmente la Orden de Compra, a través
de www.mercadopublico.cl, dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de su envió, y sin embargo
haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerara que el plazo de
entrega comenzó el segundo día hábil desde él envió de la Orden de Compra. Lo mismo se
considerará para aquellos proveedores que acepten las órdenes de Compra posterior a las 24
Horas siguientes a la fecha de su envió.
IV.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DERIVADAS DEL
INCUMPLIMIENTO DEL PROVEEDOR
En caso de que sea detectada una situación que amerite la aplicación de multa por incumplimiento
del proveedor adjudicado, por parte de la DGAC, se le notificara al proveedor mediante correo
electrónico, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen, el monto de la multa y
la forma de pago. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá
un plazo de cinco (5) días hábiles, para presentar sus descargos o alegaciones por escrito en el
Área de Logística del Aeródromo Mocopulli, ubicada en Ruta 5 Sur, Kilómetro 1167, Comuna de
Dalcahue, de lunes a jueves de 08:30 a 16:30 hrs y los días Viernes de 08:30 a 15:30 hrs.
Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido
el plazo de cinco (05) días hábiles sin que la empresa haya formulado descargo alguno, la DGAC,
procederá a aplicar la multa de la forma en que le fue notificada.
Si el vendedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la DGAC, tendrá un plazo de
hasta treinta (30) días hábiles, a contar de la recepción de los mismo, para rechazarlos o acogerlos.
En caso de que el proveedor resulte disconforme con la aplicación de la multa, podrá hacer uso de
los recursos contemplados en la Ley N° 19.880, de conformidad a las normas en ella establecidas.
Las multas por incumplimiento antes señaladas, deberá enterarse a elección del Vendedor,
conforme a una de las siguientes modalidades:
a) Pago directo del Vendedor, en forma administrativa y sin forma de juicio, dentro de cinco (5) días
hábiles contados desde la notificación que la cursa. En el evento de que se hayan presentado
descargos y estos fueren rechazados, el pago de la multa deberá efectuarse dentro de los tres (3)
3
días hábiles siguientes a la fecha de notificación del acto fundado que desestime su reclamación y
curse la multa.
b) Deduciéndolas el Comprador de la factura representativa de estado de pago, lo que bajo
circunstancias alguna implica que el precio del bien adquirido, se modifica por dicha imposición.
No se aplicarán multas al proveedor adjudicado cuando las faltas en que este hubiera incurrido,
sean resultado directo de caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo a la definición del articulo
cuarenta y cinco del Código Civil, circunstancias que el proveedor adjudicado deberá comunicar
por escrito a la DGAC, tan pronto tome conocimiento del impedimento y encontrándose vigente el
plazo para el cumplimiento de la obligación en que incide. Dentro de los cinco (5) días hábiles
siguientes de la referida comunicación el proveedor adjudicado deberá acreditar debida y
suficientemente el imprevisto que lo afecta. La DGAC, deberá pronunciarse sobre su aceptación o
rechazo dentro de igual termino. |
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Proveedor |
SERVICIOS AUTOMOTRIZ CARLOS GUSTAVO RITTER RUTHERFORD E.I.R.L. |
Razón Social |
SERVICIOS AUTOMOTRIZ CARLOS GUSTAVO RITTER RUTHERFORD E.I.R.L.
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R.U.T. |
77.610.912-6 |
Estado de habilidad
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HÁBIL (Cumple con los requisitos para contratar con el estado)*
*Este es el estado de habilidad del proveedor adjudicado al momento del envío de la orden de compra.
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Sucursal |
SERVICIOS AUTOMOTRIZ CARLOS GUSTAVO RITTER RUTHERFORD E.I.R.L. |
Socios y accionistas principales
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Ver listado
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