Una vez recibido conforme los productos
por parte de la SEREMI de Agricultura Región de Tarapacá, a través de su
contraparte técnica, la empresa debe emitir la factura, de acuerdo con el
detalle de la orden de compra enviada a través del Sistema de Información de
Compras y Contratación Pública. Las facturas deben ser emitidas de la siguiente
forma:
Razón Social :
Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
RUT :
61.301.000-9
Dirección :
Playa Blanca N° 2328, Iquique
Giro :
Servicio Público
Detalle : Descripción de los
productos
La factura será pagada en el plazo máximo
de 30 días corridos, contados desde su emisión y publicación en el SII.
El pago se realizará en una sola cuota
contra la recepción conforme de los productos y servicios contratados.
El archivo XML de la factura debe ser
ingresado electrónicamente a la siguiente casilla:
subagriculturarecepcion@custodium.com, indicando en el campo folio el ID de la
orden de compra y en la opción de pago “crédito”, con copia del PDF a correo
electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde podrá acompañar otros
antecedentes, si así corresponde.
La empresa debe acompañar además de la
factura el certificado de cumplimento del pago de las leyes sociales de sus
trabajadores. Formulario F-30-1 o certificado de PreviRed, en cualquiera de los
casos debe corresponder al pago del mes de servicio anterior al que se está
pagando. Dicho certificado garantizará el cumplimiento de las normas legales
establecidas en el contrato, en el marco de las disposiciones del código del
trabajo, para dichos efectos.
La Seremi de Agricultura en el marco de
lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la ley N° 19.983, tendrá un plazo de
ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su
contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada.
Es responsabilidad de la empresa
incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como
parte del contrato o acuerdo con la SEREMI para materializar el pago (guías de
despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).
Por lo anterior y a fin de mitigar
errores o descoordinaciones al momento del pago, será obligación que el o los
proveedores informen, mediante correo electrónico o directamente consignándolo
en su factura o documento tributario, los siguientes datos: razón social, RUT,
banco, N° cuenta corriente y correo electrónico para la notificación.
La empresa debe mantener su habilidad
para contratar con el Estado durante toda la vigencia del contrato, como
también actualizar sus datos en la plataforma electrónica: Domicilio,
Representantes legales, datos de contacto.
a. Factoring:
En caso de que la empresa ceda a un
factoring la factura asociada a esta contratación deberá asegurarse de confirmar
que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida
dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente
numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato
suscrito por el contratista.
Cabe señalar que el factoring no se hará
efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo
establecido en el artículo N°75 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases,
sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. La
SEREMI no se responsabilizará de los intereses que eventualmente cobrará el
factoring. |