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Resolución N°3574:
a) El D.S. Nº 114, (V. y U.) de 1994, que reglamenta el Programa de Pavimentación Participativa;
b) La Resolución Exenta Nº 2428 del 19 de Julio de 2013, que aprueba la Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, Anexos y demás antecedentes elaborados por el SERVIU Región del Maule, respecto a la Propuesta Pública Nº 30/2013, ID Mercado Público Nº 653-30-LP13, a suma alzada, correspondientes al Programa “Pavimentación Participativa llamado 22° llamado, Proyecto Línea 1 “Villa Santa Sara”, Proyecto Línea 2 “Población El Peral”, ambos de la comuna de Linares y Proyecto Línea 3 “Santa Olga”, comuna de Colbún, Región del Maule, Código BIP Nº 30.124.223-0, financiamiento Sectorial;
c) La Publicación del llamado a Licitación Pública en el Diario la Prensa con fecha 19 de Julio de 2013 y en el Portal Web de Internet www.mercadopublico.cl, con fecha 19 de Julio de 2013, de acuerdo a lo estipulado en el Art. N° 24 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U.;
d) El Acta de Apertura de la Propuesta Pública N° 30-2013, ID Mercado Público 653-30-LP13, de fecha 08 de Agosto de 2013;
e) El Acta de Selección de Ofertas de fecha 14 de Agosto de 2013, mediante la cual la Srta. Directora SERVIU Región del Maule, con fecha 28 de Agosto de 2013, autoriza la adjudicación del proyecto que se indica, a Fernando Vega Godoy, Rut N° 8.194.156-4:
Comuna Obra Monto Ofertado
Linares Pavimentación Participativa 22 llamado $ 51.230.160 (IVA incluido)
Proyecto Línea 1– “Villa Santa Sara”
ID-Mercado Público Nº 653-30-LP13
f) El Formulario Único de Revisión (FUR) Nº 53/2013 del Jefe (S) del Departamento de Programación Física y Control, emitido con fecha 26 de Septiembre de 2013;
g) Las Adiciones Números 1 y 2 y Las Aclaraciones efectuadas mediante el foro de preguntas y respuestas de la Licitación Pública 30/2013, ID Mercado Público Nº 653-30-LP13, elaboradas por el SERVIU Región del Maule
h) Lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y la Ley 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de la administración del estado;
i) Lo establecido en Bases Generales Reglamentarias de contratación de obras a suma alzada D.S. N° 236/2002 y sus modificaciones, de V. y U.;
j) La Resolución Nº 1.600 del 30 de Octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;
k) Las facultades que me confieren el D.S. N° 355/76, de V. y U. y Decreto 66 de 05 de Diciembre de 2011,de V. y U., y el D.F.L. N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo;
Resolución N°3575:
a) El D.S. Nº 114, (V. y U.) de 1994, que reglamenta el Programa de Pavimentación Participativa;
b) La Resolución Exenta Nº 2428 del 19 de Julio de 2013, que aprueba la Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, Anexos y demás antecedentes elaborados por el SERVIU Región del Maule, respecto a la Propuesta Pública Nº 30/2013, ID Mercado Público Nº 653-30-LP13, a suma alzada, correspondientes al Programa “Pavimentación Participativa llamado 22° llamado, Proyecto Línea 1 “Villa Santa Sara”, Proyecto Línea 2 “Población El Peral”, ambos de la comuna de Linares y Proyecto Línea 3 “Santa Olga”, comuna de Colbún, Región del Maule, Código BIP Nº 30.124.223-0, financiamiento Sectorial;
c) La Publicación del llamado a Licitación Pública en el Diario la Prensa con fecha 19 de Julio de 2013 y en el Portal Web de Internet www.mercadopublico.cl, con fecha 19 de Julio de 2013, de acuerdo a lo estipulado en el Art. N° 24 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U.;
d) El Acta de Apertura de la Propuesta Pública N° 30-2013, ID Mercado Público 653-30-LP13, de fecha 08 de Agosto de 2013;
e) El Acta de Selección de Ofertas de fecha 14 de Agosto de 2013, mediante la cual la Srta. Directora SERVIU Región del Maule, con fecha 28 de Agosto de 2013, autoriza la adjudicación del proyecto que se indica, a Fernando Vega Godoy, Rut N° 8.194.156-4:
Comuna Obra Monto Ofertado
Linares Pavimentación Participativa 22 llamado $ 52.339.965 (IVA incluido)
Proyecto Línea 2– “Población El Peral”
ID-Mercado Público Nº 653-30-LP13
f) El Formulario Único de Revisión (FUR) Nº 54/2013 del Jefe (S) del Departamento de Programación Física y Control, emitido con fecha 26 de Septiembre de 2013;
g) Las Adiciones Números 1 y 2 y Las Aclaraciones efectuadas mediante el foro de preguntas y respuestas de la Licitación Pública 30/2013, ID Mercado Público Nº 653-30-LP13, elaboradas por el SERVIU Región del Maule
h) Lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y la Ley 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de la administración del estado;
i) Lo establecido en Bases Generales Reglamentarias de contratación de obras a suma alzada D.S. N° 236/2002 y sus modificaciones, de V. y U.;
j) La Resolución Nº 1.600 del 30 de Octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;
k) Las facultades que me confieren el D.S. N° 355/76, de V. y U. y Decreto 66 de 05 de Diciembre de 2011,de V. y U., y el D.F.L. N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo;
Resolución N°3577:
a) El D.S. Nº 114, (V. y U.) de 1994, que reglamenta el Programa de Pavimentación Participativa;
b) La Resolución Exenta Nº 2428 del 19 de Julio de 2013, que aprueba la Bases Administrativas Especiales, Bases Técnicas, Anexos y demás antecedentes elaborados por el SERVIU Región del Maule, respecto a la Propuesta Pública Nº 30/2013, ID Mercado Público Nº 653-30-LP13, a suma alzada, correspondientes al Programa “Pavimentación Participativa llamado 22° llamado, Proyecto Línea 1 “Villa Santa Sara”, Proyecto Línea 2 “Población El Peral”, ambos de la comuna de Linares y Proyecto Línea 3 “Santa Olga”, comuna de Colbún, Región del Maule, Código BIP Nº 30.124.223-0, financiamiento Sectorial;
c) La Publicación del llamado a Licitación Pública en el Diario la Prensa con fecha 19 de Julio de 2013 y en el Portal Web de Internet www.mercadopublico.cl, con fecha 19 de Julio de 2013, de acuerdo a lo estipulado en el Art. N° 24 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U.;
d) El Acta de Apertura de la Propuesta Pública N° 30-2013, ID Mercado Público 653-30-LP13, de fecha 08 de Agosto de 2013;
e) El Acta de Selección de Ofertas de fecha 14 de Agosto de 2013, mediante la cual la Srta. Directora SERVIU Región del Maule, con fecha 28 de Agosto de 2013, autoriza la adjudicación del proyecto que se indica, a Fernando Vega Godoy, Rut N° 8.194.156-4:
Comuna Obra Monto Ofertado
Colbún Pavimentación Participativa 22 llamado $ 119.190.413 (IVA incluido)
Proyecto Línea 3– “Santa Olga”
ID-Mercado Público Nº 653-30-LP13
f) El Formulario Único de Revisión (FUR) Nº 55/2013 del Jefe (S) del Departamento de Programación Física y Control, emitido con fecha 26 de Septiembre de 2013;
g) Las Adiciones Números 1 y 2 y Las Aclaraciones efectuadas mediante el foro de preguntas y respuestas de la Licitación Pública 30/2013, ID Mercado Público Nº 653-30-LP13, elaboradas por el SERVIU Región del Maule
h) Lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y la Ley 19.880 sobre bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de la administración del estado;
i) Lo establecido en Bases Generales Reglamentarias de contratación de obras a suma alzada D.S. N° 236/2002 y sus modificaciones, de V. y U.;
j) La Resolución Nº 1.600 del 30 de Octubre de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;
k) Las facultades que me confieren el D.S. N° 355/76, de V. y U. y Decreto 66 de 05 de Diciembre de 2011,de V. y U., y el D.F.L. N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo;
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Resolución N°3574:
1º Apruébese el Acta de Selección de Ofertas indicada en el visto e) precedente, aceptase la oferta de Fernando Vega Godoy, Rut N° 8.194.156-4, por la suma de $ 51.230.160 IVA incluido, y contrátesele la ejecución de las obras, a suma alzada, Programa “Pavimentación Participativa 22 llamado, Proyecto Línea 1 “Villa Santa Sara”, Comuna de Linares, Región del Maule, Código BIP Nº 30.124.223-0, financiamiento Sectorial.
2° Apruébense las Adiciones Números 1 y 2 y las Aclaraciones efectuadas mediante el foro de preguntas y respuestas de la Licitación Pública 30/2013, ID Mercado Público Nº 653-30-LP13, elaboradas por el SERVIU Región del Maule, en virtud de lo señalado en el artículo N° 40 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U.
3° Déjense establecidas las siguientes condiciones especiales:
a) Inspección Técnica de obra: Director de obra e ITO– Ingeniero Civil Sr. José Francisco Castro González, Rut N° 5.255.038-6 - ITO Reemplazante - Ingeniero Constructor Sr. Manuel Norambuena Méndez, Rut N° 14.594.416-3.
b) El ITO Director o quién lo reemplace, verificará y consignará en el Acta de Entrega de Terreno, el correcto y oportuno cumplimiento por parte del Contratista, respecto a lo siguiente:
a) Que cuente con la Póliza de Garantía por Responsabilidad Civil por daños a Terceros, correctamente emitida.
b) Que cuente con la Boleta de Garantías por Fiel Cumplimiento correctamente emitida.
c) Que la Resolución de Contrato de Obra se encuentre debidamente protocolizada.
c) El Director de Obra e ITO, o quién lo reemplace, para los efectos de cancelación de los Estados de Pagos, elaborará el Presupuesto Compensado de la Obra, y entregará copia del mismo al contratista y a la Unidad de Contratos del Departamento Técnico del SERVIU, debiendo quedar consignado este hecho en el Acta de Entrega de Terreno.
d) Plazo de ejecución de obras y Entrega de Terreno: El plazo será de 90 días corridos a contar de la fecha del acta de entrega de terreno, conforme a lo señalado en el punto 3.5, letra d) y punto 6, letra h), de las Bases Administrativas Especiales.
e) Forma de pago: Las obras se pagarán mediante estados de pagos mensuales, de acuerdo a disponibilidad de caja y conforme a la programación financiera que debe presentar el Contratista. Los Estados de Pagos serán formulados por el Director de la Obra, de acuerdo a lo señalado en las Bases Administrativas Especiales, punto 3.4, letra g) y al Título VI Art. Nº 114 del D.S. 236/2002, de V. y U.
f) Anticipo: No se consulta ningún tipo de anticipo para la ejecución de las obras, de acuerdo a lo señalado en el punto 3.4 letra h), de las Bases Administrativas Especiales.
g) Presentación documentos de Garantías: Conforme a lo establecido en el punto Nº 12, de las Bases Administrativas Especiales.
h) Protocolización del Contrato: Conforme a lo establecido en el punto Nº 11, de las Bases Administrativas Especiales.
i) Presentación y plazos de entrega de antecedentes previo a la suscripción y protocolización del
Contrato.
Conforme a lo señalado en el Punto 11.2, de las Bases Administrativas Especiales.
j) Presentación de antecedentes previo a la suscripción de protocolización del contrato
Conforme a lo señalado en el Punto 11.2.1, de las Bases Administrativas Especiales.
Previo a la fecha de suscripción del contrato el contratista deberá acompañar los siguientes antecedentes:
1) Entregar una Boleta Bancaria de Garantía a nombre del SERVIU Región del Maule, que caucione el Fiel Cumplimiento del Contrato, conforme a lo estipulado en el Art. 50 del D.S 236/2002, de V. y U. y al punto Nº 11.2.1, letra a), de las Bases Administrativas Especiales.
2) Entregar una Póliza de Seguros a nombre del SERVIU Región del Maule, que caucione cualquier daño ocasionado a terceros, con motivo de la ejecución de las obras, conforme a lo dispuesto en el Art. Nº 51 del D.S. 236/2002, de V. y U. y al punto Nº 11.2.1, letra c), de las Bases Administrativas Especiales.
3) Declaración Jurada Simple indicando la identificación de los socios o accionistas principales, según corresponda, Art. 7, letra e), Ley 20.285, sobre acceso a la Información Pública y punto 11.2.1, letra d), de las Bases Administrativas Especiales.
K) Plazo para la entrega de las garantías y certificado previos a la suscripción del contrato
Conforme alo señalado en el Punto 11.2.2, de las Bases Administrativas Especiales.
l) Plazo para la suscripción del Contrato. Conforme a lo dispuesto en el punto 11.3, de las Bases Administrativas Especiales.
m) El incumplimiento en la entrega oportuna de los antecedentes, dentro de los plazos establecidos en los puntos 11.2.1 y 11.3, de las Bases Administrativas Especiales, será sancionado conforme a lo dispuesto en el punto 11.4, de las mismas.
4° Déjese establecido que los gastos que demande el cumplimiento del presente, impútese al Proyecto “Construcción Programa de Pavimentación Participativa 22° llamado Región del Maule, Obras Civiles”:
ITEM N° 121-31-02-004-122 - BIP N° 30.124.223-0
Resolución N°3575:
1º Apruébese el Acta de Selección de Ofertas indicada en el visto e) precedente, aceptase la oferta de Fernando Vega Godoy, Rut N° 8.194.156-4, por la suma de $ 52.339.965 IVA incluido, y contrátesele la ejecución de las obras, a suma alzada, Programa “Pavimentación Participativa 22 llamado, Proyecto Línea 2 “Población El Peral”, Comuna de Linares, Región del Maule, Código BIP Nº 30.124.223-0, financiamiento Sectorial.
2° Apruébense las Adiciones Números 1 y 2 y las Aclaraciones efectuadas mediante el foro de preguntas y respuestas de la Licitación Pública 30/2013, ID Mercado Público Nº 653-30-LP13, elaboradas por el SERVIU Región del Maule, en virtud de lo señalado en el artículo N° 40 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U.
3° Déjense establecidas las siguientes condiciones especiales:
a) Inspección Técnica de obra: Director de obra e ITO– Ingeniero Civil Sr. José Francisco Castro González, Rut N° 5.255.038-6 - ITO Reemplazante - Ingeniero Constructor Srta. María Soledad Fazzi Soto, Rut N° 13.599.628-9.
b) El ITO Director o quién lo reemplace, verificará y consignará en el Acta de Entrega de Terreno, el correcto y oportuno cumplimiento por parte del Contratista, respecto a lo siguiente:
a) Que cuente con la Póliza de Garantía por Responsabilidad Civil por daños a Terceros, correctamente emitida.
b) Que cuente con la Boleta de Garantías por Fiel Cumplimiento correctamente emitida.
c) Que la Resolución de Contrato de Obra se encuentre debidamente protocolizada.
c) El Director de Obra e ITO, o quién lo reemplace, para los efectos de cancelación de los Estados de Pagos, elaborará el Presupuesto Compensado de la Obra, y entregará copia del mismo al contratista y a la Unidad de Contratos del Departamento Técnico del SERVIU, debiendo quedar consignado este hecho en el Acta de Entrega de Terreno.
d) Plazo de ejecución de obras y Entrega de Terreno: El plazo será de 90 días corridos a contar de la fecha del acta de entrega de terreno, conforme a lo señalado en el punto 3.5, letra d) y punto 6, letra h), de las Bases Administrativas Especiales.
e) Forma de pago: Las obras se pagarán mediante estados de pagos mensuales, de acuerdo a disponibilidad de caja y conforme a la programación financiera que debe presentar el Contratista. Los Estados de Pagos serán formulados por el Director de la Obra, de acuerdo a lo señalado en las Bases Administrativas Especiales, punto 3.4, letra g) y al Título VI Art. Nº 114 del D.S. 236/2002, de V. y U.
f) Anticipo: No se consulta ningún tipo de anticipo para la ejecución de las obras, de acuerdo a lo señalado en el punto 3.4 letra h), de las Bases Administrativas Especiales.
g) Presentación documentos de Garantías: Conforme a lo establecido en el punto Nº 12, de las Bases Administrativas Especiales.
h) Protocolización del Contrato: Conforme a lo establecido en el punto Nº 11, de las Bases Administrativas Especiales.
i) Presentación y plazos de entrega de antecedentes previo a la suscripción y protocolización del
Contrato.
Conforme a lo señalado en el Punto 11.2, de las Bases Administrativas Especiales.
j) Presentación de antecedentes previo a la suscripción de protocolización del contrato
Conforme a lo señalado en el Punto 11.2.1, de las Bases Administrativas Especiales.
Previo a la fecha de suscripción del contrato el contratista deberá acompañar los siguientes antecedentes:
1) Entregar una Boleta Bancaria de Garantía a nombre del SERVIU Región del Maule, que caucione el Fiel Cumplimiento del Contrato, conforme a lo estipulado en el Art. 50 del D.S 236/2002, de V. y U. y al punto Nº 11.2.1, letra a), de las Bases Administrativas Especiales.
2) Entregar una Póliza de Seguros a nombre del SERVIU Región del Maule, que caucione cualquier daño ocasionado a terceros, con motivo de la ejecución de las obras, conforme a lo dispuesto en el Art. Nº 51 del D.S. 236/2002, de V. y U. y al punto Nº 11.2.1, letra c), de las Bases Administrativas Especiales.
3) Declaración Jurada Simple indicando la identificación de los socios o accionistas principales, según corresponda, Art. 7, letra e), Ley 20.285, sobre acceso a la Información Pública y punto 11.2.1, letra d), de las Bases Administrativas Especiales.
K) Plazo para la entrega de las garantías y certificado previos a la suscripción del contrato
Conforme alo señalado en el Punto 11.2.2, de las Bases Administrativas Especiales.
l) Plazo para la suscripción del Contrato. Conforme a lo dispuesto en el punto 11.3, de las Bases Administrativas Especiales.
m) El incumplimiento en la entrega oportuna de los antecedentes, dentro de los plazos establecidos en los puntos 11.2.1 y 11.3, de las Bases Administrativas Especiales, será sancionado conforme a lo dispuesto en el punto 11.4, de las mismas.
4° Déjese establecido que los gastos que demande el cumplimiento del presente, impútese al Proyecto “Construcción Programa de Pavimentación Participativa 22° llamado Región del Maule, Obras Civiles”:
ITEM N° 121-31-02-004-122 - BIP N° 30.124.223-0
Resolución N°3577:
1º Apruébese el Acta de Selección de Ofertas indicada en el visto e) precedente, aceptase la oferta de Fernando Vega Godoy, Rut N° 8.194.156-4, por la suma de $ 119.190.413 IVA incluido, y contrátesele la ejecución de las obras, a suma alzada, Programa “Pavimentación Participativa 22 llamado, Proyecto Línea 3 “Santa Olga”, Comuna de Colbún, Región del Maule, Código BIP Nº 30.124.223-0, financiamiento Sectorial.
2° Apruébense las Adiciones Números 1 y 2 y las Aclaraciones efectuadas mediante el foro de preguntas y respuestas de la Licitación Pública 30/2013, ID Mercado Público Nº 653-30-LP13, elaboradas por el SERVIU Región del Maule, en virtud de lo señalado en el artículo N° 40 del D.S. 236/2002 y sus modificaciones posteriores, de V. y U.
3° Déjense establecidas las siguientes condiciones especiales:
a) Inspección Técnica de obra: Director de obra e ITO– Ingeniero Civil Sr. Manuel Norambuena Méndez, Rut N° 14.594.416-3 - ITO Reemplazante - Ingeniero Constructor Srta. María Soledad Fazzi Soto, Rut N° 13.599.628-9.
b) El ITO Director o quién lo reemplace, verificará y consignará en el Acta de Entrega de Terreno, el correcto y oportuno cumplimiento por parte del Contratista, respecto a lo siguiente:
a) Que cuente con la Póliza de Garantía por Responsabilidad Civil por daños a Terceros, correctamente emitida.
b) Que cuente con la Boleta de Garantías por Fiel Cumplimiento correctamente emitida.
c) Que la Resolución de Contrato de Obra se encuentre debidamente protocolizada.
c) El Director de Obra e ITO, o quién lo reemplace, para los efectos de cancelación de los Estados de Pagos, elaborará el Presupuesto Compensado de la Obra, y entregará copia del mismo al contratista y a la Unidad de Contratos del Departamento Técnico del SERVIU, debiendo quedar consignado este hecho en el Acta de Entrega de Terreno.
d) Plazo de ejecución de obras y Entrega de Terreno: El plazo será de 90 días corridos a contar de la fecha del acta de entrega de terreno, conforme a lo señalado en el punto 3.5, letra d) y punto 6, letra h), de las Bases Administrativas Especiales.
e) Forma de pago: Las obras se pagarán mediante estados de pagos mensuales, de acuerdo a disponibilidad de caja y conforme a la programación financiera que debe presentar el Contratista. Los Estados de Pagos serán formulados por el Director de la Obra, de acuerdo a lo señalado en las Bases Administrativas Especiales, punto 3.4, letra g) y al Título VI Art. Nº 114 del D.S. 236/2002, de V. y U.
f) Anticipo: No se consulta ningún tipo de anticipo para la ejecución de las obras, de acuerdo a lo señalado en el punto 3.4 letra h), de las Bases Administrativas Especiales.
g) Presentación documentos de Garantías: Conforme a lo establecido en el punto Nº 12, de las Bases Administrativas Especiales.
h) Protocolización del Contrato: Conforme a lo establecido en el punto Nº 11, de las Bases Administrativas Especiales.
i) Presentación y plazos de entrega de antecedentes previo a la suscripción y protocolización del
Contrato.
Conforme a lo señalado en el Punto 11.2, de las Bases Administrativas Especiales.
j) Presentación de antecedentes previo a la suscripción de protocolización del contrato
Conforme a lo señalado en el Punto 11.2.1, de las Bases Administrativas Especiales.
Previo a la fecha de suscripción del contrato el contratista deberá acompañar los siguientes antecedentes:
1) Entregar una Boleta Bancaria de Garantía a nombre del SERVIU Región del Maule, que caucione el Fiel Cumplimiento del Contrato, conforme a lo estipulado en el Art. 50 del D.S 236/2002, de V. y U. y al punto Nº 11.2.1, letra a), de las Bases Administrativas Especiales.
2) Entregar una Póliza de Seguros a nombre del SERVIU Región del Maule, que caucione cualquier daño ocasionado a terceros, con motivo de la ejecución de las obras, conforme a lo dispuesto en el Art. Nº 51 del D.S. 236/2002, de V. y U. y al punto Nº 11.2.1, letra c), de las Bases Administrativas Especiales.
3) Declaración Jurada Simple indicando la identificación de los socios o accionistas principales, según corresponda, Art. 7, letra e), Ley 20.285, sobre acceso a la Información Pública y punto 11.2.1, letra d), de las Bases Administrativas Especiales.
K) Plazo para la entrega de las garantías y certificado previos a la suscripción del contrato
Conforme alo señalado en el Punto 11.2.2, de las Bases Administrativas Especiales.
l) Plazo para la suscripción del Contrato. Conforme a lo dispuesto en el punto 11.3, de las Bases Administrativas Especiales.
m) El incumplimiento en la entrega oportuna de los antecedentes, dentro de los plazos establecidos en los puntos 11.2.1 y 11.3, de las Bases Administrativas Especiales, será sancionado conforme a lo dispuesto en el punto 11.4, de las mismas.
4° Déjese establecido que los gastos que demande el cumplimiento del presente, impútese al Proyecto “Construcción Programa de Pavimentación Participativa 22° llamado Región del Maule, Obras Civiles”:
ITEM N° 121-31-02-004-122 - BIP N° 30.124.223-0
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