1. OBJETO DE LA LICITACIÓN |
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia en adelante “el Ministerio”, requiere contratar el servicio de “Arriendo de Equipos Computacionales”, correspondiente a 20 notebooks y 20 monitores, con el objetivo de reemplazar dichos equipos con obsolescencia tecnológica y asegurar la continuidad de las tareas del personal de este Ministerio, evitando las fallas propias de los equipos debido al cumplimiento de su vida útil, de conformidad a lo señalado en las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
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2. DEL OFERENTE |
2.1. Requisitos del oferente:
Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, de manera individual o como uniones temporales de proveedores, nacionales o extranjeras que, cumpliendo los requisitos señalados en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas.
Sin perjuicio de lo anterior, para celebrar la respectiva contratación, el oferente que resulte adjudicado deberá encontrarse habilitado para contratar con organismos del Estado, lo que deberá acreditar mediante su inscripción en el Registro de Proveedores de la plataforma de Mercado Público www.mercadopublico.cl.
2.2. No podrán participar:
a) Las personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, chilenas o extranjeras, que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º, inciso 1°, parte final de la Ley Nº 19.886.
b) Aquellas personas que se encuentren en las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.”.
c) Aquellas personas jurídicas que se encuentren cumpliendo la pena prevista en el numeral segundo del artículo 8º de la Ley Nº 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a funcionario Público Nacional o Extranjero.
d) Aquellas personas que hayan sido condenadas en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 211, de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia.
2.3. Declaración jurada de no estar afecto a inhabilidades para contratar:
Quedarán excluidos de la presente licitación quienes se encuentren afectos a alguna inhabilidad para contratar con la Administración del Estado, lo que se verificará mediante el anexo “Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar” que el oferente debe completar al momento de realizar su oferta a través de la plataforma de Mercado Público.
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3. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN |
La presente licitación recae sobre bienes o servicios de simple y objetiva especificación, conllevando un esfuerzo menor en la preparación de ofertas, al tratarse de bienes específicos, por lo que los plazos que se indican a continuación se establecen en conformidad al artículo 25 del Reglamento de la Ley de Compras:
Los plazos señalados precedentemente serán de días corridos; sin perjuicio de ello, el plazo de cierre para la recepción de las ofertas no podrá vencer en días inhábiles. En caso de que cualquiera de los plazos venza en un día inhábil, entendiéndose por tal los feriados, sábados y domingos, el plazo se prorrogará al día hábil siguiente.
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4. CONSULTAS Y ACLARACIONES |
4.1. Recepción de consultas y aclaraciones:
a) Una vez publicado el presente proceso licitatorio, y en caso de que, existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado y las bases de licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas a la mencionada ficha, siempre primará lo expresado en las presentes bases de licitación.
b) Todas las notificaciones a efectuarse en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas, desde que el Ministerio publique, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, el respectivo documento o el acto administrativo objeto de la notificación.
c) Las consultas y aclaraciones sólo serán recibidas a través del portal www.mercadopublico.cl, a través del respectivo foro del ID de la licitación, dentro de la fecha y horario indicado en el cronograma.
4.2. Respuestas a las consultas y aclaraciones:
Se responderán sólo aquellas consultas realizadas a través del Portal Mercado Público, recibidas en la fecha y horario indicado. Las preguntas y respuestas de las consultas formarán parte integrante de las bases de la licitación.
Dentro del mismo plazo, se podrán efectuar aclaraciones de oficio a las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas, sin que medie consulta, siempre que el Ministerio lo considere adecuado. Tanto las respuestas, como las aclaraciones, serán vinculantes para los oferentes.
A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, conforme se establece en la Resolución Exenta Nº 585-B, de 2021, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
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5. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
5.1. Perfil del oferente:
El oferente podrá ser una persona natural o jurídica, nacional o extranjero(a), o unión temporal de proveedores, que no se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado y acredite contar con el perfil definido por las Bases Técnicas.
5.2. Cumplimiento de las condiciones administrativas:
El oferente deberá dar cumplimiento a los requerimientos señalados en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y presentar además los documentos exigidos que se entenderán formar parte integrante del proceso licitatorio.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y las respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, por lo que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación requerida en las presentes bases.
Los documentos que forman parte de este proceso licitatorio son:
● Las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos.
● Las modificaciones a las Bases de Licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo.
● Las consultas, aclaraciones y respuestas, en caso de que existan.
● La oferta y los documentos anexos, presentados por el oferente adjudicado, en concordancia con las presentes bases.
● La resolución de adjudicación/deserción y los antecedentes que la fundan.
● El contrato respectivo, su documentación de respaldo y el acto administrativo que lo aprueba
● La o las Órdenes de Compra emitidas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.
Se deja constancia que, en caso de existir inconsistencias en las presentes bases de licitación, prevalecerá lo dispuesto en las bases administrativas y técnicas por sobre sus Anexos.
5.3. Recepción de las Propuestas:
Las Propuestas se recibirán sólo hasta el día y hora señalados en el cronograma de licitación (numeral 3 de estas bases) a través del Portal Mercado Público.
Sólo se recibirán ofertas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado previamente, sin perjuicio de la posibilidad de recepcionarlas en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 62 del Reglamento de Compras Públicas, lo que será informado a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las ofertas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
5.4. Antecedentes del oferente y documentación que acompaña la oferta:
El oferente deberá adjuntar a la sección “Anexos Administrativos” del Portal www.mercadopublico.cl el Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº 1-A (Persona Natural), 1-B (Persona Jurídica) o 1- C (Unión Temporal de Proveedores) de estas bases, según corresponda.
5.5. Ingreso de la oferta técnica al portal Mercado Público:
El Oferente deberá ingresar su oferta técnica en la sección “Anexos Técnicos” de www.mercadopublico.cl, mediante archivo adjunto, indicando con detalle las características y descripción del servicio ofrecido, debiendo cumplir con todas las especificaciones señaladas en las Bases Técnicas.
La oferta que no cumpla con lo exigido en las Bases Técnicas, o que la modifique en todo o parte, será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.
La oferta técnica deberá cubrir los siguientes aspectos que serán parte de la evaluación técnica:
- Anexo Nº 3. “Servicio técnico autorizado y tiempo de entrega de arriendo de equipos computacionales para el Ministerio Secretaría General de la Presidencia”. Respecto al tiempo de entrega, este no podrá ser superior a 5 días corridos, contados desde la entrada en vigor del contrato, declarándose inadmisible toda oferta que indique un plazo superior al señalado.
5.6. Ingreso de la oferta económica en el portal Mercado Público:
El Ministerio informa que el monto máximo disponible para la contratación del servicio “Arriendo de Equipos Computacionales” es de $33.000.000.- (treinta y tres millones de pesos), impuestos incluidos, de los cuales se destinará un máximo de $26.000.000 (veintiséis millones de pesos), impuestos incluidos, para el arriendo de notebooks y un monto máximo de $7.000.000 (siete millones de pesos), impuestos incluidos, para el arriendo de monitores. Toda oferta por un monto superior al detalle indicado precedentemente será declarada inadmisible.
La oferta económica deberá presentarse en el formato correspondiente al Anexo Nº 2 de estas Bases a través del Portal Mercado Público. Dicho valor deberá estar expresado en pesos chilenos y corresponderá al valor neto (sin impuestos) total por línea. En todo caso, para la evaluación de la oferta se considerará el valor total de la oferta, impuestos incluidos. La Oferta que no presente íntegramente la referida información o que la modifique en todo o parte, será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, y, en general, todo cuanto implique un gasto para el buen cumplimiento de la contratación, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos, hasta el total cumplimiento de la contratación.
El proponente será responsable de constatar que el envío de su propuesta, a través del portal www.mercadopublico.cl, se haya efectuado con éxito. Para ello, deberá verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema e imprimirlo para su resguardo.
5.7. Vigencia de la oferta:
Las ofertas deberán tener una vigencia mínima de 60 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal Mercado Público.
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6. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
6.1. Apertura de las ofertas:
La apertura de los antecedentes de las ofertas técnicas y económicas se efectuará el día señalado en el cronograma, en un solo acto, a través del Portal Mercado Público, por un encargado de la División de Administración General del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por líneas, por una Comisión Evaluadora, de la cual se especifica en el numeral 6.4 de las presentes Bases.
Una vez concluidas las aperturas respectivas, dicho encargado le comunicará por escrito o por correo electrónico a los integrantes de la Comisión de Evaluación, el hecho de haberse efectuado la apertura electrónica de las propuestas, remitiéndole copia de estas, de la Declaración Jurada a que se refiere el número 2.3 de las presentes bases administrativas y los demás antecedentes formales que se hubieran presentado junto con la oferta.
6.2. Aclaración y complementación de antecedentes:
Previo a la evaluación de las ofertas y durante el examen de admisibilidad, el Ministerio podrá solicitar a los proponentes que salven errores, omisiones formales y/o entreguen aclaraciones sobre los antecedentes presentados, así como la complementación de éstos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones o aclaraciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes, a través del portal Mercado Público. El plazo máximo para que los oferentes hagan las aclaraciones, salven los errores o entreguen dichos antecedentes, será de 2 días hábiles contados desde la solicitud realizada por el Ministerio.
Del mismo modo, el Ministerio podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En tal caso, el proveedor recibirá menos puntaje de acuerdo con lo señalado en el numeral 6.8 de las bases administrativas.
La no entrega de los documentos señalados anteriormente en el plazo establecido, implicará que la oferta presentada será declarada inadmisible.
6.3. Contactos:
El Ministerio no podrá tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones en el sistema de información u otro expresamente previsto en estas bases.
6.4. Comisión Evaluadora:
Las ofertas recibidas en la presente licitación serán evaluadas por líneas por una Comisión Evaluadora, la que estará compuesta por las siguientes personas:
- Arturo Mesina Muñoz, de la División de Administración General.
- Jorge Romero Vargas, de la División de Administración General.
- Violeta Vásquez Hernández, de la Unidad de Fiscalía Interna.
En caso de impedimento de alguno (s) de ellos, integrarán la Comisión las personas que las jefaturas correspondientes designen, mediante correo electrónico dirigido a la jefatura de la Unidad de Fiscalía Interna de este Ministerio.
El personal a honorarios, excepcionalmente, podrá integrar comisiones evaluadoras si la autoridad lo estima pertinente; en todo caso, los funcionarios(as) deberán ser siempre mayoría con respecto al personal que no cuenta con esta condición.
Sólo se evaluarán las ofertas que hayan acompañado la documentación requerida, en tiempo y forma, incluyendo las aclaraciones. Los puntajes técnicos, económicos y finales se expresarán, por cada evaluación, con dos decimales, sin aproximación.
La Comisión de Evaluación deberá elaborar y suscribir un Informe de Evaluación el cual deberá contener la siguiente información:
1.- Verificación de admisibilidad de los proponentes: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas junto con toda la documentación adicional exigida. En el evento de detectarse alguna causal de inadmisibilidad se deberá dejar constancia de ello, declarándose inadmisibilidad y no procediéndose a la evaluación de dicha oferta.
2.- Cuadro de evaluación de todas las propuestas recibidas que fueron consideradas admisibles, las que serán consignadas en orden decreciente, según el puntaje total obtenido.
3.- Proposición fundada de adjudicación de la licitación al proponente que efectuó la oferta más ventajosa, es decir, la que obtuvo el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en las presentes bases, o bien, la proposición fundada de que se declare desierto el proceso licitatorio, cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses del Ministerio.
6.5. Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas:
La evaluación de las ofertas se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios de evaluación y subcriterios:
6.6. Evaluación de las ofertas económicas: 75 puntos.
La evaluación de las ofertas económicas se realizará según la siguiente fórmula:
POE: (75) X (OEB/OEE).
Dónde:
POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación
OEB: Oferta económica más baja
OEE: Oferta económica en evaluación
6.7. Evaluación de las ofertas técnicas: 20 puntos.
La evaluación técnica se realizará de acuerdo con los siguientes criterios, que servirá de base para determinar el puntaje:
• Servicio Técnico Autorizado: 10 puntos.
Para la evaluación de este sub-criterio se considerará que el oferente posea para los productos ofertados, así como sus actualizaciones, un Servicio Técnico Autorizado en la Región Metropolitana. Lo anterior deberá indicarse en el Anexo Nº 3.
• Tiempo de entrega: 10 puntos.
Para la evaluación de este criterio se considerará la declaración que el oferente haga en el Anexo Nº 3, respecto a la fecha más próxima de entrega de los equipos computacionales, en concordancia con lo indicado en el numeral 3 de las Bases Técnicas, considerándose la siguiente fórmula para determinar el puntaje:
POE: (10) x (PEB/PEE)
Dónde:
POE: Plazo de entrega en evaluación
PEB: Plazo de entrega de la oferta más baja
PEE: Plazo de entrega en evaluación
Los oferentes deberán indicar el tiempo estimado de entrega al Ministerio, el cual no puede ser superior a 5 días corridos, contados desde la entrada en vigor del contrato. La oferta que no cumpla con el plazo indicado anteriormente será declarada inadmisible.
6.8. Evaluación del cumplimiento de requisitos formales y administrativos:5 puntos.
Para la evaluación de este criterio, se considerará el momento de la presentación de los antecedentes, si se debió solicitar aclaración y/o complementación de antecedentes según lo dispuesto en el numeral 6.2 de estas bases.
6.9. Criterios de desempate:
En caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:
1. Criterio de evaluación “Tiempo de entrega”.
2. Criterio de evaluación “Oferta Económica”.
En caso de que, no obstante, la situación de empate subsista se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl.
6.10. Coordinación de procesos de compra:
La División de Administración General, a través del Área de Compras y Contrataciones, servirá de instancia de coordinación de la presente licitación pública, para efectos de dar cumplimiento a las regulaciones vigentes y los plazos fijados en el respectivo cronograma de licitación.
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7. ADJUDICACIÓN |
7.1. Selección de la oferta más conveniente:
El Ministerio adjudicará la presente licitación a uno o varios proponentes. Será(n) seleccionada(s) aquella(s) propuesta(s) que obtenga(n) el mayor puntaje total, de acuerdo con lo informado por la Comisión Evaluadora en la respectiva Acta de Evaluación.
El o los oferentes(s) que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación será seleccionado y se procederá a su adjudicación mediante resolución fundada de la autoridad competente, debidamente notificada. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que hayan permitido al(los) adjudicatario(s) obtener la calificación de oferta más conveniente.
En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo originalmente establecido, el Ministerio informará en el Portal Mercado Público las razones que justifican dicho retraso y señalará un nuevo plazo para la adjudicación. En este caso el plazo de entrega de la documentación para contratar se aumentará en la misma cantidad de días que se haya modificado el plazo original de la adjudicación.
En caso de que los participantes de esta licitación tuviesen consultas respecto del proceso de adjudicación, éstas deberán ser enviadas al correo electrónico compras@minsegpres.cl hasta el tercer día hábil siguiente a la adjudicación en el Portal Mercado Público.
7.2. Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desiertas la(s) línea(s) de la licitación:
El Ministerio se reserva el derecho de declarar inadmisibles las ofertas en los siguientes casos:
a) Cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos.
b) La oferta que no cumpla con lo exigido en las Bases Técnicas, o que la modifique en todo o parte.
c) La oferta que indique un plazo mayor a 5 días corridos, contados desde la entrada en vigor del contrato, para la entrega de los equipos al Ministerio, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 3 de las Bases Técnicas.
d) La no presentación de la oferta económica contenida en el Anexo Nº 2, que la modifique en todo o parte, o que señale un precio superior al máximo estipulado en estas bases.
Podrá también el Ministerio declarar inadmisible las ofertas en el mismo acto de adjudicación si lo creyere procedente, en forma fundada, o bien, declarando desierta la licitación, cuando las propuestas no resulten convenientes para los intereses del Ministerio.
Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.
7.3. Readjudicación:
El Ministerio podrá readjudicar el proceso licitatorio dentro de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al segundo oferente mejor evaluado, de acuerdo con el Acta de Evaluación informada en el Sistema de Información, y así sucesivamente con el resto de los proponentes, cuando concurra alguna de las siguientes situaciones:
a) Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
b) Si el adjudicatario no presenta toda la documentación requerida para la suscripción de la contratación dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación.
c) Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en el plazo de 2 días hábiles.
d) En caso de que el proveedor adjudicado no pueda cumplir con la prestación del servicio contratado.
e) En caso de que se presentaren observaciones al proceso de adjudicación.
f) Si el adjudicatario al momento de la emisión de la Orden de Compra es inhábil para contratar con el Estado.
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8. CONDICIONES PREVIAS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
8.1. Inscripción en el registro de proveedores:
Conforme a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Compras Públicas, las entidades podrán exigir a los adjudicatarios su inscripción en el Registro de Proveedores para poder suscribir los contratos definitivos o la emisión de la Orden de Compra. En consecuencia, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito o proceder a inscribirse en el Registro de Proveedores, regulado en el Capítulo IX del citado Reglamento, debiendo acompañar por escrito, junto con la documentación que más adelante se indica, comprobante o certificado de dicha inscripción que dé cuenta que se encuentra en estado hábil.
Si el adjudicado no se encontrare inscrito en el Registro de Proveedores, dispondrá del mismo plazo indicado en el cronograma (para acompañar los documentos necesarios para la firma del contrato), para efectuar su inscripción y acompañar el respectivo comprobante o certificado.
Para el caso de que, el adjudicatario sea una unión temporal de proveedores, cada uno de los integrantes de dicha unión deberá encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro de Proveedores de Mercado Público.
8.2. Documentación:
A fin de elaborar y suscribir el contrato correspondiente, el oferente adjudicado deberá presentar la documentación que a continuación se indica, con excepción de los antecedentes que se encuentren digitalizados en el Portal Chile Proveedores y que dicha circunstancia le conste y haya sido verificada por el Ministerio, mediante su envío digital o en la Oficina de Partes del Ministerio, ubicada en Moneda Nº1160, entrepiso, comuna de Santiago, según sea el caso, dentro del plazo indicado en el cronograma.
a) Certificado emitido por la Tesorería General de la República, en que no se registren deudas tributarias de cualquier naturaleza por más de un año, a menos que exista un convenio de pago vigente.
b) Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, en que no se registre la existencia de reclamos pendientes en materia laboral con sus trabajadores, por deudas remuneratorias o previsionales.
Adicionalmente, el oferente adjudicado deberá presentar copia o fotocopia simple de la documentación que a continuación se indica, dentro del plazo indicado en el Cronograma:
a) Persona jurídica nacional (incluidas empresas individuales de responsabilidad limitada):
a.1. Sociedades:
- Copia de escritura pública de constitución y de la última modificación, si la hubiere; las publicaciones de los extractos correspondientes en el Diario Oficial e inscripciones en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces o en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades creado por la Ley N° 20.659, cuando corresponda.
- Copia de escritura pública o documento que acredite la personería legal del representante autorizado para suscribir contratos.
- Certificado de vigencia de la sociedad, el cual no podrá tener una vigencia superior a 90 días, contados desde la fecha de su emisión por la entidad correspondiente.
- Certificado de vigencia de la personería del representante legal, el cual no podrá tener una vigencia superior a 90 días, contados desde la fecha de su emisión por la entidad correspondiente.
- Cédula de identidad del representante legal.
- RUT de la sociedad.
a.2. Fundaciones o corporaciones:
- Copia de estatutos reducidos a escritura pública o inscritos en el Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, cuando corresponda.
- Copia del Decreto que otorga personalidad jurídica, cuando corresponda.
- Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica, cuando corresponda.
- Copia del Decreto que aprueba reformas a los estatutos en el caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial o certificación del Registro Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro, según corresponda.
- Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 30 días de antigüedad a la fecha de la solicitud.
- Documento que acredite la personería legal del representante autorizado para suscribir contratos.
- Cédula de identidad del representante legal.
- RUT de la fundación o corporación.
b) Persona jurídica extranjera:
- Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser apostillados o en su defecto legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
- Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes Bases.
- Deberá designar un domicilio en Chile.
- Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº18.046.
- RUT otorgado al representante o agente de la empresa extranjera, o el de la sociedad constituida en Chile.
c) Unión Temporal de Proveedores:
- Copia de la escritura pública donde conste la Unión Temporal.
d) Persona natural:
- Iniciación de actividades o presentación de las tres últimas declaraciones de I.V.A al Servicio de Impuestos Internos.
- Fotocopia de cédula nacional de identidad.
Si el adjudicado no entregara la documentación dentro del plazo indicado, se le formularan reparos a algún documento entregado, o no acompañara comprobante o certificado de su inscripción en Registro de Proveedores, el Ministerio otorgará por escrito un plazo adicional de tres (3) días hábiles para completar la documentación, subsanar las observaciones y/o efectuar su inscripción en el Registro de Proveedores y acompañar comprobante o certificado de la misma o los documentos señalados precedentemente. Si transcurrido este plazo, el adjudicado no hace entrega de los documentos faltantes, no ha subsanado las observaciones que se le hubieren formulado, y/o no se inscribe en el Registro de Proveedores o no acompaña comprobante o certificado de dicha inscripción, se dejará sin efecto la adjudicación y se seleccionará a la segunda oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación.
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9. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
Una vez notificado el adjudicado, deberá presentar, dentro del mismo plazo otorgado para acompañar la documentación legal antes señalada, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con una vigencia, que debe extenderse desde la fecha de su entrega hasta 90 días corridos posteriores al término del contrato, según el cronograma señalado en el numeral 3 de las presentes Bases.
La caución deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Física o electrónica, en este último caso ajustándose a lo dispuesto en la ley Nº 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
b) Pagadera a la vista, esto es, contra su sola presentación.
c) Irrevocable.
d) Extendida a favor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia e incluir la siguiente glosa: “Garantía de fiel cumplimiento del servicio de arriendo de equipos computacionales para el Ministerio Secretaría General de la Presidencia”.
La caución podrá consistir en cualquier tipo de instrumento pagadero a la vista e irrevocable, expresado en pesos o en otra unidad monetaria de circulación nacional equivalente, tales como: boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro de ejecución inmediata, depósito a la vista, un certificado de fianza a la vista, seguro de garantía y en general cualquier otra alternativa indicada en el artículo 68 del Reglamento de Compras Públicas, que asegure el pago de la garantía de forma rápida y efectiva, por un monto equivalente al 5% del valor contratado, extendido en favor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y con la glosa: “Garantía de fiel cumplimiento del servicio de arriendo de equipos computacionales para el Ministerio Secretaría General de la Presidencia”.
En el caso que el adjudicatario decida presentar una póliza de garantía a la vista, esta deberá ser además de ejecución inmediata, no podrá estar condicionada a un liquidador y deberá incorporar expresamente dentro de las cláusulas particulares, que se faculta al Ministerio, para hacerla efectiva en casos de sanciones impuestas al contratista por incumplimiento de las obligaciones del contrato.
Dicha garantía caucionará, además, el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del adjudicatario en caso de que, a la fecha de pago, ellas se encuentren adeudadas por el proveedor.
En caso de que el plazo de ejecución del contrato se amplíe, la garantía deberá igualmente ampliarse o renovarse, con una vigencia mínima desde la fecha de su emisión o presentación hasta 90 días corridos posteriores al término de la prórroga del plazo si correspondiere. Asimismo, en caso de ampliación o disminución de contrato afecte al monto máximo a contratar, el contratista deberá adecuar el monto de la garantía al valor del contrato.
Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato es otorgada en el extranjero, el emisor del respectivo documento debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena.
En caso de que el contratista no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de acuerdo a los plazos establecidos en el número 3 de las Bases Administrativas, el Ministerio podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicará la licitación al oferente, que según el Acta Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, si su oferta resulta conveniente para los intereses del Ministerio, y así sucesivamente; o bien, declarará desierta la licitación, según corresponda.
Custodia y devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
El Ministerio custodiará la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato a través del Área de Presupuesto y Finanzas de la División de Administración General, el que deberá hacer su devolución una vez ejecutados los servicios y cumplido a satisfacción el contrato. Para ello, la Contraparte Técnica del contrato debe emitir un certificado que acredite tal situación.
Se procederá a devolver el documento de garantía, mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable, o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso de que no lo sea, entregándoselo directamente al representante legal del adjudicatario, debidamente identificado, o, a la persona mandatada especialmente para retirar el documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción respectivo.
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10. DEL CONTRATO |
10.1. Aprobación del contrato:
El contrato que el Ministerio suscriba con el adjudicado deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. No procederá pago alguno mientras el acto aprobatorio del contrato no se encuentre totalmente tramitado.
10.2. Vigencia del contrato:
El contrato tendrá una vigencia de 12 meses y comenzará a regir desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
10.3. Subcontratación:
En virtud de la naturaleza del contrato, el Contratista no podrá subcontratar el servicio objeto de la presente licitación.
10.4. Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse, previo informe de la contraparte técnica que justifique dicha modificación, por alguna de las siguientes causales:
a) Por mutuo acuerdo de las partes.
b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento del objeto del contrato o de salvar imprevistos ocurridos durante se ejecución, no imputables a los contratantes y que incidan en su normal desarrollo.
Las modificaciones introducidas podrán significar una variación del precio del contrato, pudiendo aumentar o disminuir los servicios contratados hasta en un 30% del monto del mismo, IVA incluido, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según proceda, el monto y la vigencia de las garantías.
Dichas modificaciones deberán ser aprobadas mediante el acto administrativo que corresponda, siempre que no implique una modificación sustancial al objeto del contrato, que no vulneren el principio de estricta sujeción a las bases, ni de igualdad de los oferentes. El correspondiente acto administrativo se notificará al Proveedor por medio del Portal.
10.5. Cesión de contrato:
El Contratista no podrá, en ningún caso, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones establecidas en el presente contrato. La infracción de esta prohibición dará derecho al Ministerio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
10.6. Sanciones por incumplimiento y procedimiento para la aplicación de dichas sanciones:
En caso de incumplimiento, se aplicarán al proveedor las multas que se indican a continuación:
a. Multa por atraso en la entrega de los equipos
Sanción por atraso en la entrega de los equipos
En caso de retraso en la entrega oportuna de los equipos, de acuerdo con lo indicado en el Anexo Nº 3, por causa no imputable al Ministerio, será aplicada una multa de 3 UTM diarias, con un máximo de 30 UTM. Si el atraso supera las 30 UTM, se podrá poner término anticipado al Contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de este.
b. Multa por retraso en la respuesta y gestión de los reclamos y/o consultas reportadas por el Ministerio, para lo cual el oferente adjudicado dispone como plazo máximo 2 días hábiles, contado desde su notificación.
Sanción por retraso en la respuesta y gestión de los casos de reclamos y/o consultas reportadas
El retraso en la respuesta y gestión de los casos de reclamos y/o consultas reportadas por el Ministerio, se multará con 1 UTM, por cada evento, con un tope 5 UTM. Si el retraso supera las 5 UTM, se podrá poner término anticipado al contrato haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de este.
c. Multa por retraso en el arreglo, o reemplazo de los equipos computacionales para lo cual el oferente adjudicado dispone como plazo máximo 2 días hábiles, contados desde su notificación. Sanción por retraso en el arreglo y/o reposición de los equipos computacionales.
El retraso en el arreglo o reposición de los equipos computacionales se multará con 1 UTM, por cada evento, con un tope 5 UTM. Si el atraso supera las 5 UTM, se podrá poner término anticipado al contrato haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de este.
d. Sanción por exceder las multas de 5% del monto adjudicado
El monto máximo de las multas aplicadas, durante todo el periodo de vigencia del contrato por
cualquier concepto, no podrá exceder el 5% del monto total del contrato, impuestos incluidos.
Si esto ocurre, el Ministerio estará facultado para poner término anticipado al contrato.
Procedimiento para la aplicación de sanciones por incumplimiento.
Para aplicar una multa, el Ministerio primero deberá notificar de ello al Contratista acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.
La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Contratista señale en el contrato o en su defecto aquél señalado en Mercado Público, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de su recepción por la oficina de correos respectiva.
Una vez notificado, el Contratista tendrá un plazo de diez días hábiles para formular sus descargos ante el Subsecretario, quien resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del Ministerio si existe o no incumplimiento contractual susceptible de ser sancionado. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el Contratista se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución fundada, la que podrá ser impugnada conforme a lo establecido en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Contratista en los mismos casos.
Se entenderá que el Contratista está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos cuando aquél no haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.
En caso de aplicación de multas, y una vez resuelto los recursos pendientes o si éstos no se hubiesen presentado en los plazos legales, el Contratista podrá pagar directamente el monto total de la sanción aplicada, dentro de los 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplique la multa, si no lo hiciere, el Ministerio estará facultado para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar. En caso de que ello no sea posible, el Ministerio procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes bases y de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
10.7. Término anticipado:
El Ministerio pondrá término al contrato por resolución fundada, sin indemnización alguna al Contratista, en el evento de alguna de las siguientes circunstancias:
a) Resciliación o acuerdo de las partes.
b) Si se dictare resolución de liquidación en contra del Contratista en un Procedimiento Concursal de Liquidación, o si transcurriera el plazo de Protección Financiera Concursal una vez dictada resolución de Reorganización o resolución de Reorganización Simplificada, en un Procedimiento Concursal de Reorganización o si el Contratista cayere en estado de notoria insolvencia, a menos, que se entreguen suficientes cauciones para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) Si se disolviere la sociedad del Contratista tratándose de personas jurídicas o la unión temporal de proveedores.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado por el Ministerio, de las obligaciones contraídas por el Contratista.
Se considerarán, entre otros, incumplimientos graves los siguientes:
i. Superar el tope máximo dispuesto en el numeral 10.6.
ii. El incumplimiento del deber de confidencialidad señalado en el numeral 10.9.
iii. Subcontratación de los servicios regulado en el numeral 10.3.
f) Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del Contratista, en la medida que esas deudas superen el monto de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y los pagos pendientes a favor del contratante.
En caso de verificarse las causales de las letras b), c), e) y f) descritas anteriormente, el Ministerio estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, pudiendo, además, solicitar el cumplimiento forzado o resolución del contrato, en ambos casos con indemnización de perjuicios, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
10.8. Del pago:
Los pagos por el arriendo de los equipos serán mensuales y en pesos chilenos, según los equipos efectivamente solicitados y entregados, de acuerdo con las bases técnicas y a los montos ofertados por el proveedor adjudicado por cada uno de los equipos computacionales.
En caso de ser recibidos nuevos equipos durante el transcurso de un mes, el Ministerio pagará por ellos de forma proporcional a la cantidad de días que efectivamente se prestó el servicio de arriendo respecto de dichos bienes. Todo ello, previa presentación de la correspondiente documentación tributaria por parte del proveedor, ingresada al Ministerio y una vez verificado el cumplimiento de la normativa laboral, por parte del proveedor a través de los certificados de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales otorgado por la Dirección del Trabajo (F30). Tratándose de UTP, corresponde verificar el cumplimiento respecto de todos sus integrantes.
Si los servicios son recepcionados conformes, se procederá al pago dentro de 30 días corridos contados desde la recepción conforme de las facturas respectivas y demás documentos, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de Compras Públicas.
Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.
Para iniciar el procedimiento de pago, el proveedor emitirá el respectivo documento tributario electrónico, en adelante e indistintamente “DTE”, el que deberá contener el número de la orden de compra respectiva, dentro del Campo N° 801 (dispuesto para ingresar el número de orden compra), como requisito del nuevo sistema de gestión de documentos tributarios electrónico. Luego, el proveedor deberá enviar el DTE, en formato XML, al Servicio de Impuestos Internos, de manera que se capture la orden de compra y sea factible proseguir con el proceso de pago centralizado.
Posteriormente, el proveedor deberá enviar el DTE, a la casilla de intercambio segpresrecepcion@custodium.com. En caso de que no se haya adjuntado el archivo en formato XML, no se haya citado la orden de compra o se haya enviado a una casilla distinta a la anterior, la plataforma procederá a su rechazo en forma automática transcurridas 48 horas, contadas desde la ocurrencia de alguno de las tres circunstancias anteriores.
En caso de que se rechace un DTE, el proveedor deberá contactarse con la contraparte técnica ministerial, con el objeto de reiniciar el proceso de facturación.
Si al momento de celebrar el contrato o durante la vigencia del mismo el proveedor registrara saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas. En tal caso, el proveedor deberá proceder a los pagos y presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de esta obligación. Esto es, sin perjuicio, del derecho del Ministerio a poner término anticipado al contrato o hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
10.9. Confidencialidad de la información o política de privacidad:
Al contrato suscrito se acompañará la Política de Seguridad de la Información del Ministerio, a fin de que el Contratista pueda conocer su contenido y obligarse al mismo desde ese momento. En dicho sentido, el proveedor se obliga en forma irrevocable a que toda información que el Ministerio le proporcione o le suministre con motivo de la contratación tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, pendrives, archivos computacionales o en cualquiera otra forma.
El Contratista sólo utilizará la Información Confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de la contratación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de ella.
Al momento de la terminación, por cualquier causa, de la contratación, el Contratista deberá restituir, según lo indique el Ministerio, la Información Confidencial y toda copia, resumen o extracto de esta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, dispositivos de almacenamiento externo o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma.
En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el Contratista se viere obligado a divulgar todo o parte de la Información Confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato esta circunstancia al Ministerio.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del proveedor durante la vigencia de la contratación o después de su finalización sin la aprobación de la Contraparte Técnica, dará lugar al Ministerio a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor.
10.10. Propiedad intelectual y licencias:
Toda la información, datos, documentos y bases de datos que el Contratista reciba desde el Ministerio o que tome conocimiento por cualquier medio, pero que sean de propiedad o aportadas por el Ministerio, en virtud del presente contrato, serán de propiedad del Ministerio y sólo podrá ser utilizada por la empresa para efectos de la ejecución de las obligaciones contraídas en virtud del servicio contratado. Cualquier otro uso estará prohibido salvo que el Contratista cuente con la autorización escrita del Ministerio.
Todas las actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, términos de referencia, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de expresión, como programa fuente o programa objeto, y en general, toda obra que se elabore en cumplimiento del presente convenio, serán de propiedad del Ministerio el que se reserva el derecho de disponer de ellos libre e independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.
10.11. Contraparte técnica y administrador del contrato:
Contraparte Técnica:
Ejercerá la labor de contraparte técnica de la contratación el Encargado del Área de Tecnologías de la Información del Ministerio, correo electrónico jromero@minsegpres.gob.cl, o quien le subrogue o reemplace. Serán funciones de la contraparte técnica las siguientes:
a. Dirigir, supervisar y controlar el desarrollo de los servicios encomendados, velando por el estricto cumplimiento de la contratación, la calidad de los servicios, y el cumplimiento de los plazos estipulados.
b. Recibir conforme la recepción del servicio y validación de los informes o productos.
c. Requerir el término anticipado de la contratación si corresponde.
d. Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda.
e. Requerir modificación de la contratación si corresponde.
f. Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución de la contratación.
Administrador del Contrato:
Ejercerá la labor de administrador de la contratación el Encargado del Área de Tecnologías de la Información del Ministerio, correo electrónico jromero@minsegpres.gob.cl, o la persona que le subrogue o reemplace, quien tendrá las siguientes funciones:
a. Validar la (s) factura (s), según la conformidad de los servicios y validación de los productos o informes por la contraparte técnica.
b. Aclarar y orientar respecto del desarrollo de la contratación.
c. Supervisar el cumplimiento de los plazos del mismo.
d. Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución de la contratación.
10.12. Ejecutivo del contratista:
El contratista deberá designar a un ejecutivo, quien será su representante permanente ante el Ministerio, y en el ejercicio de esta función, le corresponderá:
a. Este ejecutivo deberá estar fácilmente disponible para una comunicación rápida con la Contraparte Técnica del Ministerio. Lo anterior, sin perjuicio de la participación de la persona natural, del representante legal en el caso de las personas jurídicas o del representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, cuando ella sea requerida.
b. La designación se deberá comunicar al momento de la presentación de los antecedentes legales y administrativos para ser contratado, indicando una casilla de correo electrónico y un número telefónico fijo y/o celular de contacto de la persona nombrada.
c. A este ejecutivo le corresponderá, principalmente:
- Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución de la contratación.
- Coordinar las acciones que sean pertinentes para la ejecución de la materia de la presente licitación.
- Entregar toda la información pertinente requerida por el Ministerio.
- Acudir a las citaciones realizadas por la Contraparte Técnica o el Administrador del Contrato del Ministerio.
- Dar respuesta a las consultas efectuadas por la Contraparte Técnica o el Administrador del Contrato/de la contratación del Ministerio.
- Las demás que le encomienden las presentes bases de licitación.
En caso de ser necesario su reemplazo, el contratista deberá pedir autorización, por correo electrónico, a la Contraparte Técnica del Ministerio, con siete (7) días corridos de anticipación a la fecha en que haya de producirse el cambio, debiendo serlo por una persona de competencias equivalentes o superiores a la del ejecutivo inicialmente propuesto. La Contraparte Técnica tendrá el plazo de cinco (5) días corridos para autorizar o rechazar, mediante correo electrónico, el cambio. El rechazo de la petición deberá ser fundado.
Asimismo, el Ministerio podrá solicitar el cambio del ejecutivo nombrado por el contratista, mediante correo electrónico de la Contraparte Técnica, indicando los motivos que ocasionan tal solicitud. El contratista tendrá el plazo de tres (3) días corridos para efectuar sus descargos, de los que conocerá el Administrador del Contrato, quien definirá finalmente si se ratifica la solicitud. En caso de que el contratista no efectúe descargos o el Administrador del Contrato ratificase la solicitud de cambio del ejecutivo del contratista, el contratista tendrá el plazo de catorce (14) días corridos a partir de la comunicación, para hacerlo efectivo.
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11. MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN |
El Ministerio se reserva el derecho de poder modificar las bases administrativas y técnicas de la presente licitación de manera previa al vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas. Las modificaciones y la nueva calendarización serán oportunamente informadas a todos los proponentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, aumentándose prudencialmente el plazo de cierre de recepción de las ofertas para que los proponentes puedan adecuar sus ofertas de ser necesario.
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BASES TÉCNICAS |
Según Resolución Exenta N°993, de fecha 24 de noviembre de 2022.
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