ANTECEDENTES BÁSICOS DEL ORGANISMO DEMANDANTE |
Razón Social
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Instituto de Desarrollo Agropecuario
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RUT
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61.307.000-1
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Dirección
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Calle Andrés Bello #1593, Población Magisterio, Arica
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Comuna
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Arica
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Región en que se genera la adquisición
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Región de Arica y Parinacota
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CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN |
Nombre adquisición
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Contratación Servicios de Asesoría Técnica para la provisión del Servicio de Asesoría Técnica SAT, para usuarios de la Región de Arica y Parinacota, pertenecientes a las:
- UO Azapa,
- UO Lluta,
- UO Transición a una agricultura sostenible,
- UO Pampa Concordia,
- UO Chaca Vítor.
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Descripción
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Se requiere de la contratación de los servicios de Asesoría Técnica para 5 Unidades Operativas, pertenecientes a la Agencia de Área Arica: Azapa, Lluta, Pampa Concordia, Transición a una agricultura sostenible y Chaca Vítor.
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Tipo de compra
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Licitación Pública mayor a 2.000 UTM y menor a 5.000 UTM
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Moneda
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Pesos chilenos
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Monto presupuesto disponible (impuestos incluidos, si corresponde)
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El presupuesto disponible para cada unidad operativa es el siguiente:
UNIDAD OPERATIVA AZAPA
Número de Usuarios: 66
Incentivo por Usuario para 24 meses: $1.620.864 pesos
Total incentivo U.O: $ 106.977.024 pesos para 24 meses
UNIDAD OPERATIVA LLUTA
Número de Usuarios: 50
Incentivo por Usuario para 24 meses: $1.620.864 pesos
Total incentivo U.O: $ 81.043.200 pesos para 24 meses
UNIDAD OPERATIVA PAMPA CONCORDIA
Número de Usuarios: 20
Incentivo por Usuario para 24 meses: $1.620.864 pesos
Total incentivo U.O: $ 32.417.280 pesos para 24 meses
UNIDAD OPERATIVA CHACA VITOR
Número de Usuarios: 20
Incentivo por Usuario para 24 meses: $1.620.864 pesos
Total incentivo U.O: $ 32.417.280 pesos para 24 meses
UNIDAD OPERATIVA TRANSICIÓN A UNA AGRICULTURA SOSTENIBLE
Número de Usuarios: 20
Incentivo por Usuario para 24 meses: $1.620.864 pesos para 24 meses
Total incentivo U.O: $ 32.417.280 pesos
En consecuencia, el monto total estimado para esta licitación es $285.272.064 (doscientos ochenta y cinco millones doscientos setenta y dos mil sesenta y cuatro pesos), impuestos incluidos.
Los montos estarán sujetos a disponibilidad presupuestaria de INDAP.
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Duración de los servicios
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24 meses a contar de la total tramitación del acto administrativo que aprueba la contratación.
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Etapa del proceso de apertura
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En una sola etapa
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2.2- COPAGO
Además de los incentivos que entrega INDAP para la realización de los servicios de asesoría técnica, los usuarios participantes, deben generar un copago, el cual presenta las siguientes características:
a) El monto máximo de copago es de $108.000 impuestos incluidos
b) Para los usuarios mayores de 40 años se establece un copago de $108.000.
c) Para las usuarias mayores de 40 años se establece un copago de $65.000
c) Para usuarios(as) jóvenes y menores o igual a 40 años se establece un copago de $40.000
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INSTANCIA DE PREGUNTAS Y MODIFICACIONES A LAS BASES |
Preguntas y respuestas
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Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3 “Etapas y plazos” de las presentes bases. Las preguntas deberán efectuarse a través del Sistema Mercado Público www.mercadopublico.cl. INDAP pondrá las respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3.
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Modificación a las bases
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INDAP podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por uno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del cierre de recepción de ofertas, considerando un plazo prudencial para que los oferentes adecúen sus ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán aprobadas mediante el acto administrativo correspondiente, sometidas a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación y serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases y será responsabilidad de los oferentes estar al tanto de las modificaciones que sean publicadas en la plataforma de Mercado Público.
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CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN |
El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas bases de licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo, quedando automáticamente fuera del proceso de licitación.
Formaran parte integrante de las presentes bases de licitación, la normativa SAT del Instituto de Desarrollo Agropecuario vigente al momento de la apertura de este concurso, la que se aplicará en todo aquello que no haya sido expresamente regulado en el presente llamado.
Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas bases de licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público, en el plazo de preguntas indicado en el numeral 3 de las presentes bases administrativas de licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, dentro de los plazos indicados, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público.
Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio.
INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las bases de licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes bases de licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación.
Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes, contribuyen a determinar el alcance y sentido de las bases de licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.
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INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
El oferente participante deberá ingresar en el portal www.mercadopublico.cl los siguientes antecedentes:
Anexos Administrativos
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Anexo N° 1 Declaración Jurada Simple.
Anexo N° 2 Antecedentes Administrativos.
Anexo N° 5 Enfoque de género
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Anexos Técnicos
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Anexo N° 3 Oferta técnica.
Los participantes deberán ingresar su oferta técnica según el formato del anexo N° 2 de estas bases de licitación, adjuntando los documentos de respaldo que correspondan (presentar un resumen de la propuesta técnica).
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Anexos Económicos
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Anexo N° 4 Oferta económica
Las propuestas deberán indicar el valor total ofertado (impuestos incluidos) expresado en moneda nacional. Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados.
En caso de que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error.
En caso de que la oferta económica ingresada por el proveedor en la ficha electrónica de la Plataforma Mercado Público, presente diferencias con el valor expresado en el Anexo N° 3, solo se considerará el valor indicado en el Anexo N° 3, para todos los efectos legales.
INDAP declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo de la adquisición establecido en el punto 2 de estas Bases de Licitación, y de acuerdo a lo establecido en el Anexo 4.
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Observaciones
Las ofertas presentadas deberán indicar claramente a que Unidades Operativas postula el proveedor, debiendo adjuntar anexos técnicos y económicos particulares, con sus respectivos anexos, por cada unidad a la que postule.
Para participar en la presente licitación, los oferentes no deben encontrarse dentro de los casos de impedimentos e inhabilidades establecidos en la Ley, específicamente:
- Ley N° 19.886, artículo 4°, incisos 1° y 6°.
- Decreto N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, artículo 22°, número 9.
- Ley N° 19.728, que establece seguro de desempleo.
- Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que se indican, artículos 8° y 10°.
- Decreto Ley N° 211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, artículo 26°, letra d.
Lo anterior se acreditará mediante la confirmación y firma electrónica de la “Declaración Jurada de requisitos para ofertar” disponible en la plataforma de Mercado Público, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.
Las ofertas deben tener una vigencia mínima de 60 días corridos.
Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP no será responsable en caso alguno de ellos.
Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las bases de licitación. Para ello, deberán verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, por lo que no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Instrucciones adicionales para la presentación de ofertas de UTP
Para la presentación de ofertas por parte de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), éstas deberán cumplir con las siguientes reglas especiales y acompañar los siguientes antecedentes:
a) Presentar un Anexo en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos.
b) Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el Anexo N° 1 Antecedentes administrativos.
c) Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán los antecedentes que presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar u omitir información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de ésta.
d) En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación.
e) Todos los socios serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar.
f) Las Uniones Temporales de Proveedores deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
g) Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados.
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GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
Monto de la garantía
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$200.000.- (doscientos mil pesos)
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Plazo de vigencia de la garantía
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Vigencia mínima de 60 días corridos, contados desde el día siguiente al de la fecha de cierre y al de recepción de ofertas.
En caso de modificación de la fecha de cierre recepción de ofertas, las garantías extendidas con anterioridad a la publicación de la Resolución Exenta que aprueba la modificación, cuya vigencia sea de 60 días contados desde la fecha de cierre original de la licitación, continuarán siendo válidas.
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Garantías válidas para participar
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Se aceptará como garantía de seriedad de la oferta cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo estipulado en el artículo N° 31 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el que deberá ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable, tales como:
- Boleta Bancaria
- Póliza de seguro de ejecución inmediata
- Certificado de Fianza
- Vale a la vista
En caso de que se entregue como garantía un vale a la vista, éste deberá venir acompañado de un documento simple, en donde indique la glosa, plazo de vigencia e identificación del oferente.
Esta garantía podrá ser tomada por un tercero a nombre del proponente.
La garantía se podrá acompañar tanto en formato físico como electrónico a opción del oferente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Glosa
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“Garantiza la seriedad de la oferta de la licitación pública para la contratación de los Servicios de Asesoría Técnica para la provisión del Servicio de Asesoría Técnica SAT de INDAP en UO SAT Azapa, UO Lluta, UO Chaca Vítor, UO Pampa Concordia, Transición a una agricultura sostenible (según corresponda a la licitación que se presenta) de la Agencia de Área Arica, región de Arica y Parinacota”
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A nombre de
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Instituto de Desarrollo Agropecuario
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RUT
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61.307.000-1
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Forma y fecha de entrega
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La garantía de seriedad de la oferta, se podrá presentar en formato físico o digital, en caso de presentarse en formato físico, deberá entregarse en Oficina de Partes de INDAP, ubicada en Andrés Bello #1593, Población Magisterio, comuna de Arica, Región de Arica y Parinacota, en un sobre cerrado con identificación del proceso licitatorio y del oferente sólo en el reverso de éste, hasta las 15:30 horas del día de cierre de recepción de ofertas, de acuerdo al cronograma de actividades del proceso licitatorio. En caso de que se entregue en formato digital, esta deberá enviarse al correo opartes15@indap.cl con copia al correo avillablanca@indap.cl, dentro del mismo plazo.
Además, la garantía de seriedad de la oferta, en formato electrónico o físico, se deberá ingresar en la propuesta de cada oferente, hasta la fecha de cierre del proceso licitatorio a través de la plataforma www.mercadopublico.cl
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Devolución documento garantía
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En conformidad a lo establecido en el artículo 43 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, lo que se llevará a cabo mediante correo certificado o entrega directa a quien esté autorizado por el oferente, con el respectivo poder simple, en la Dirección Regional de INDAP, ubicada en Andrés Bello #1593, Población Magisterio, comuna de Arica, Región de Arica y Parinacota. En caso de una adjudicación como una re-adjudicación,, este plazo se extenderá a 30 días.
La garantía de seriedad de la oferta que resulte aceptada, será devuelta una vez que el oferente seleccionado haya entregado la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y previa firma del documento contractual.
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Exigibilidad de la garantía
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La garantía de seriedad de la oferta se hará exigible en los siguientes casos:
- Si algún oferente retira su oferta dentro del período de validez estipulado en las bases de licitación.
- Si el oferente seleccionado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido o no entrega la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
- Si el oferente seleccionado desiste de la oferta presentada y adjudicada antes de la suscripción del contrato.
- Si el oferente seleccionado incurre en falsedad en los documentos que se le hubiesen solicitado.
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La propuesta no acompañada de la Garantía de Seriedad de la Oferta, deberá ser rechazada en el proceso de apertura de sobres, por no ajustarse a las Bases de Licitación.
INDAP se reserva la posibilidad de requerir a los oferentes participantes, información aclaratoria de su propuesta o bien la de enmendar errores formales en la o las garantías presentadas o de los documentos acompañados, dentro de un plazo máximo de 48 horas, ello sin afectar su trato igualitario y que signifique nuevas exigencias o requisitos no contemplados inicialmente en las Bases de Licitación.
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REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD |
Para que las ofertas presentadas puedan pasar a la etapa de evaluación, primeramente, deberán cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:
- Presentar la garantía de seriedad de la oferta.
- Presentar los Anexos N° 1, N° 2, N° 3 y N°4 de las presentes bases de licitación.
- El monto de la oferta debe ser igual o menor al presupuesto disponible indicado en el numeral 2 de estas bases de licitación (Impuestos incluidos).
En el caso que no se dé cumplimiento a una o más de las exigencias señaladas anteriormente, la oferta presentada será declarada inadmisible, debido a que se trata de requisitos de carácter obligatorio. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes, así como el principio de eficiencia procedimental y económica.
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PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN |
Ya que cada oponente puede postular a una o más Unidades operativas, debiendo presentar su oferta de manera independiente para cada una de ellas, la evaluación se hará igualmente por cada Unidad, razón por la cual, lo que se señalará a continuación son reglas aplicables para cada línea de servicio requerida.
El puntaje mínimo para ser seleccionado, por línea de servicio, debe ser igual o mayor a 60 puntos, por lo que la propuesta que obtenga menos puntos ponderados, no podrá ser adjudicada por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases, lo que será debidamente consignado en el informe final de la comisión evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que el proceso deba declararse desierto debido a que ninguna de las ofertas presentadas haya alcanzado el puntaje mínimo, éstas serán consideradas inadmisibles para los efectos del artículo 10, numeral 7, letra l del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La Dirección Regional establecerá la o las comisiones de revisión de antecedentes para los antecedentes administrativos, legales y técnicos.
Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican en los distintos puntos de estas bases de licitación. Las propuestas serán evaluadas técnica y económicamente por un equipo interno, en calidad de comisión evaluadora, en base a los siguientes criterios y pauta de evaluación:
Criterios de Evaluación
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Ponderación
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I. Experiencia de el/la consultor/a
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Años de experiencia de la consultora en la provisión de asesoría técnica a productores agrícolas, en los últimos 10 años:
- El consultor tiene experiencia acreditable menor a 1 años (0 puntos).
- El consultor tiene experiencia acreditable igual o mayor a 1 años y menor a 3 años (50 puntos).
- El consultor tiene experiencia acreditable igual o mayor a 3 años (100 puntos).
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5%
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II. Experiencia del profesional y/o técnico que asumirá el Servicio Base
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Experiencia del profesional y/o técnico que asumirá el servicio base del SAT en trabajo con productores agrícolas en el o los rubros solicitados, en los últimos 10 años:
- El profesional y/o técnico propuesto cuenta con experiencia acreditable menor a 1 años (0 puntos).
- El profesional y/o técnico propuesto cuenta con experiencia acreditable igual o mayor a 1 años y menor a 2 años (30 puntos).
- El profesional y/o técnico cuenta con experiencia acreditable igual o mayor a 2 años y menor a 3 años (70 puntos).
- El profesional y/o técnico cuenta con experiencia acreditable igual o mayor a 3 años (100 puntos).
* En el caso que la UO requiera más de 1 profesional para el servicio base, se debe puntuar a cada profesional por separado, y obtener el promedio para la asignación del puntaje.
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35%
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III. Experiencia de los profesionales que prestarán asesoría de especialista
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Experiencia de los profesionales especialistas, en el o los rubros solicitados, en los últimos 10 años:
- El profesional especialista acredita al menos 3 años de experiencia (15 puntos).
- El profesional especialista acredita entre 4 y 6 años de experiencia (50 puntos).
- El profesional especialista acredita sobre 6 años de experiencia (100 puntos).
* En el caso que la UO requiera más de 1 profesional para el servicio base, se debe puntuar a cada profesional por separado, y obtener el promedio para la asignación del puntaje.
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20%
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Actualización técnica de los profesionales especialistas, en los últimos 4 años, en el o los rubros solicitados:
- El profesional especialista no acredita actualización técnica de sus conocimientos (0 puntos).
- El profesional especialista acredita una actualización técnica de sus conocimientos (30 puntos).
- El profesional especialista acredita dos actualizaciones técnicas de sus conocimientos (70 puntos).
- El profesional especialista acredita más de dos actualizaciones técnicas de sus conocimientos (100 puntos).
* En el caso que la UO requiera más de 1 profesional para el servicio base, se debe puntuar a cada profesional por separado, y obtener el promedio para la asignación del puntaje.
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15%
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IV. Costo del servicio por usuario
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- El valor de la oferta es igual al presupuesto de INDAP establecido en la convocatoria (0 puntos).
- El valor de la oferta es menor hasta en un 2% del presupuesto de INDAP establecido en la convocatoria (70 puntos).
- El valor de la oferta es menor en más de un 2% del presupuesto de INDAP establecido en la convocatoria (100 puntos).
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5%
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V. Productos y/o servicios adicionales ofertados por el consultor
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- El consultor no oferta, sin costo, productos ni servicios adicionales para la atención de los usuarios (0 puntos).
- El consultor oferta, sin costo, un producto y/o servicio adicional para al menos del 30% los usuarios (50 puntos).
- El consultor oferta, sin costo, dos productos y/o servicios adicionales para al menos el 30% los usuarios (70 puntos).
- El consultor oferta, sin costo, dos o más productos y/o servicios adicionales para la atención de más de 30% de los usuarios (100 puntos).
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10%
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VI. Comportamiento contractual del consultor
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- El consultor registra dos o más incumplimientos contractuales según el Registro de sanciones de Mercado Público (0 puntos).
- El consultor registra un incumplimiento contractual según el Registro de sanciones de Mercado Público (50 puntos).
- El consultor no registra incumplimientos contractuales según el Registro de sanciones de Mercado Público (100 puntos)
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5%
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VII. Enfoque de género
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- El consultor cumple con al menos 2 de cualquiera de las siguientes condiciones: Contar con el Sello Mujer en el registro de proveedores; Demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de las personas contratadas; La propiedad de la empresa corresponda a una mujer; El oferente sea una persona natural de sexo femenino; Oferente sea una persona jurídica cuya representante legal sea una mujer (100 puntos).
- El consultor cumple con al menos 1 de las siguientes condiciones: Contar con el Sello Mujer en el registro de proveedores; Demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de las personas contratadas; La propiedad de la empresa corresponda a una mujer; El oferente sea una persona natural de sexo femenino; Oferente sea una persona jurídica cuya representante legal sea una mujer (50 puntos).
- El consultor no cumple, informa o acredita debidamente ninguna de las siguientes condiciones: Contar con el Sello Mujer en el registro de proveedores; Demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de las personas contratadas; La propiedad de la empresa corresponda a una mujer; El oferente sea una persona natural de sexo femenino; Oferente sea una persona jurídica cuya representante legal sea una mujer (0 puntos).
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5%
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A modo indicativo:
- Los especialistas son profesionales que tienen una formación y experiencia demostrable en relación a un determinado rubro o actividad y quienes sean propuestos deberán tener clara relación con el objeto de la presente licitación. INDAP se reserva el derecho de desestimar CV de profesionales que no cumplan con ese criterio.
- La experiencia de los especialistas que se acredite debe corresponder al rol y especialidad que tendrá en el contexto y objeto de la presente licitación. Un especialista es un profesional con estudios específicos y adicionales al pregrado en una materia DEMOSTRABLE.
- La actualización técnica que se acredite, además de considerar estrictamente el período indicado en el criterio, deberá estar directamente relacionada con el rol que tendrá ese especialista en el marco de la presente Licitación. Cuando no exista relación, serán desestimados como respaldos.
Servicios o productos adicionales se entienden como: servicio de contabilidad, servicio de análisis de suelo, servicio de análisis foliar, implementación de tecnologías de la información para la gestión, entre otros y que sean de utilidad para los agricultores de la UO. Estos servicios o productos pueden ser para un porcentaje o la totalidad de los usuarios de la unidad operativa.
Información contendida en el Anexo N° 5 Enfoque de Género y sus antecedentes adjuntos. Respecto del oferente persona natural de sexo femenino, en caso de que no se encuentre inscrita en el Registro de Proveedores, deberá adjuntar copia de su cédula de identidad. Si se encuentra inscrita, no será necesario adjuntar documentación adicional. En el caso de oferentes inscritas en el Registro de Proveedores no deberán acompañar la documentación adicional si la señalada precedentemente se encuentra disponible en dicho registro. Respecto del oferente que demuestre tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, se debe adjuntar formulario Certificado F30-1 de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales pagadas y/o cualquier documento fehaciente que acredite la contratación de personas o última Planilla de cotizaciones de seguridad social pagadas en Previred o algún comprobante y/o documento equivalente que permita informar y acreditar con claridad la paridad de género en sus contrataciones. También se podrá acreditar este criterio de evaluación, acompañando el “Sello Mujer”.
Todos aquellos oferentes que presenten incumplimiento contractual dentro de los últimos cuatro años con el Instituto y que se les haya cursado alguna multa o término anticipado de contrato, se les aplicará un descuento en el puntaje final de la evaluación técnica, como a continuación se indica:
Multa y/o Término Anticipado
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Descuentos de Puntos
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1
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10
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2
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25
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3 o más
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35
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Por ejemplo: si existieran dos multas y un término anticipado de contrato, el descuento que se aplicará al puntaje final será de 35 puntos
Errores u omisiones detectados durante la evaluación
En virtud del artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
De la misma forma, INDAP podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que no se trate de los documentos exigidos como requisito de admisibilidad en el numeral precedente y que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Para estos efectos, INDAP informará a través del Sistema de Información de la omisión de los respectivos antecedentes o certificaciones, en cuyo momento comenzará a correr el plazo máximo de 48 horas para que el oferente proceda a hacer la corrección de estas omisiones, presentando lo que corresponda a través del mismo Sistema.
Mecanismo de resolución de empates
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:
- En primer lugar, se seleccionará a aquel oferente que presente el mayor puntaje en el criterio Experiencia del profesional y/o técnico que asumirá el Servicio Base.
- En segundo lugar, se seleccionará aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio Experiencia de los profesionales que prestarán Asesoría de Especialista.
- En tercer lugar, se seleccionará aquella oferta que haya obtenido un mejor puntaje en el criterio de evaluación sobre Enfoque de Género.
- Por último, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en la plataforma Mercado Público.
Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora que estará conformada por un mínimo de 3 funcionarios de INDAP, emitirá un informe técnico y económico, recomendando la adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta deben ser aprobadas por Resolución fundada.
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Adjudicación de la licitación. |
INDAP adjudicará la presente licitación por cada línea de servicio, es decir, por cada unidad operativa, al oferente que obtenga el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación en esa UO en particular, pudiendo por tanto adjudicarse a tantos proveedores distintos, como Unidades operativas existen, siempre que el proveedor cumpla con todos los requisitos exigidos en estas bases de licitación. Determinado el oferente seleccionado para cada Unidad, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas bases de licitación y de la presentación de su oferta.
La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada de la autoridad competente de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de actividades del proceso licitatorio.
Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicará oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso.
En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas bases de licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación por Resolución fundada.
INDAP no podrá adjudicar la licitación a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.
Una vez adjudicada, los profesionales/técnicos no podrán ser reemplazados por otros diferentes, salvo previa autorización de INDAP y siempre que el reemplazante tenga un perfil similar o superior al reemplazado, ello comprobando que obtiene igual o superior puntaje usando los mismos criterios de evaluación.
Re-adjudicación
En caso que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a suscribir el contrato y/o aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886; no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato; se desista de su oferta; sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción de contrato, incluyendo por cierto aquellas contenidas en las respuestas de la fase de preguntas, o no se encontrase en condiciones de cumplir con el servicio ofertado al momento de la firma del contrato. INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta, por Resolución fundada.
Mecanismos para solución de consultas respecto a la adjudicación
En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a opartes15@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.
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Antecedentes legales para la suscripción de contrato |
Si el oferente es
persona natural
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1) Fotocopia de su cédula de identidad
2) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
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Acreditar en Registro de Proveedores
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Si el oferente es
una persona jurídica
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1) Certificado de vigencia de poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
2) Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, manteniendo la misma vigencia anteriormente señalada.
3) Copia de la escritura pública de constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.
4) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 y su reglamento, que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:
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Acreditar en Registro de Proveedores
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- Certificado de vigencia
- Certificado de estatutos actualizados Certificado de anotaciones, en su caso
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Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl
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Si el oferente es una UTP
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Las Uniones Temporales de Proveedores (UTP) deberán entregar los mismos documentos indicados precedentemente respecto de cada uno de sus integrantes y suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá formalizarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos, equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación, incluyendo la renovación que pudiera tener lugar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Asimismo, los integrantes de la UTP deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a INDAP respecto al servicio a contratar. No obstante, todos los integrantes serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar, por lo que INDAP podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza.
El apoderado de la UTP deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
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Todos los oferentes
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Garantía de fiel cumplimiento de contrato.
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Observaciones
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel u otro medio magnético de almacenamiento.
Lo señalado en el párrafo precedente, no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente o de manera digital según lo regulado en estas bases de licitación.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 14 días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, INDAP podrá proceder a la re-adjudicación, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 14 días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor integrante de la unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 14 días corridos, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Cabe señalar que, a través del Registro de Proveedores de Mercado Público, se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 92 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Reglamento de la Ley N° 19.886.
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GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO |
Monto de la garantía
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5% del monto total del contrato (total de 24 meses de ejecución del servicio)
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Fecha de vencimiento de la garantía
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Mínimo sesenta (60) días posteriores a la fecha de término del contrato.
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Garantías válidas
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Se aceptará como garantía de fiel cumplimiento de contrato cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo estipulado en el artículo N° 68 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el que deberá ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable, tales como:
- Boleta Bancaria
- Póliza de seguro de ejecución inmediata Certificado de Fianza
- Vale a la vista
En caso que se entregue como garantía un vale a la vista, éste deberá venir acompañado de un documento simple, en donde indique la glosa, plazo de vigencia e identificación del oferente.
Esta garantía podrá ser tomada por un tercero a nombre del proponente.
La garantía se podrá acompañar tanto en formato físico como electrónico, a opción del oferente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Glosa
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Garantiza el fiel, oportuno y cabal cumplimiento del contrato de Servicios de Asesoría Técnica para la provisión del Servicio de Asesoría Técnica SAT, para usuarios de la Región de Arica y Parinacota, pertenecientes a las UO SAT Azapa, UO Chaca-Vítor, UO Pampa Concordia, Transición a la agricultura sostenible y UO Lluta (según corresponda a la licitación que se presenta) y entrega adelanto del 100% incentivo INDAP para el año 2024.Lo anterior, en caso que el oferente desee presentar una sola garantía por ambos conceptos, fiel cumplimiento y adelanto del pago de incentivo INDAP.
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A nombre de
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Instituto de Desarrollo Agropecuario
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RUT
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61.307.000-1
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Fecha de entrega
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Deberá presentarse al momento de la firma del contrato.
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Observaciones
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Esta garantía tiene por objeto resguardar el correcto cumplimiento de todas las obligaciones emanadas de la oferta y el contrato. En el caso de la prestación de servicios, esta garantía asegurará además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante.
La garantía será devuelta, si procediere, con posterioridad al término del servicio, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales entre las partes.
Todo gasto que irrogue la mantención de la garantía será de cargo del oferente seleccionado, quien es el responsable de realizar los trámites para mantenerla vigente por el período que cauciona. La garantía deberá ser renovada en caso de prórroga o renovación del contrato; el no cumplimiento de este trámite será motivo para que INDAP ponga término anticipado al contrato.
INDAP podrá efectuar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, mediante acto administrativo fundado y debidamente tramitado, por las causales indicadas en las letras B, C, E y F del numeral 17 de las presentes bases de licitación, haya procedido o no el término anticipado de contrato.
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CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO |
Vigencia del contrato
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La vigencia del contrato será de 24 meses, a contar de la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato. INDAP podrá renovar el contrato por igual período por una sola vez.
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Renovación/prorroga
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Podrá renovarse/prorrogarse con acuerdo de ambas partes por un periodo máximo igual al contrato original, siempre que se den razones fundadas y por escrito. La renovación/prorroga que pueda producirse será sancionada mediante el correspondiente acto administrativo y, una vez transcurrido en su totalidad el plazo establecido para esta, el contrato terminará automáticamente, sin necesidad de aviso previo.
La renovación deberá generarse en iguales términos a lo establecido en el contrato original y se hará efectiva cuando se cumplan a cabalidad las siguientes condiciones:
- Acuerdo entre INDAP y el consultor para realizar la renovación.
- Disponibilidad presupuestaria de INDAP para la renovación.
- Cumplimiento de los compromisos establecidos en el contrato de prestación de servicios.
- Que la entidad ejecutora no haya obtenido tres (3) supervisiones negativas en el proceso de supervisión definido por INDAP.
- Ejecución por parte del consultor de la totalidad de los productos comprometidos en el contrato y aprobados por INDAP.
- Evaluación positiva del servicio prestado por parte de los usuarios, medida a través de los criterios de satisfacción contenidos en la Norma Técnica del Programa.
- Otros, que el respectivo contrato de prestación de servicios establezca.
De igual forma, el contrato podrá prorrogarse, es decir, extenderse en su plazo de ejecución, sin que ello implique nuevos recursos, siguiendo el procedimiento antes indicado.
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Modificación del contrato
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Las partes podrán modificar de común acuerdo el contrato que se suscribirá como resultado del presente proceso licitatorio.
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones deberán ser requeridas y aprobadas por la contraparte técnica de INDAP y podrán afectar el precio del contrato en hasta un 30% de su valor total.
Las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que el acto administrativo que haya aprobado el contrato.
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Término de contrato
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El contrato podrá terminarse por la llegada del plazo estipulado para su ejecución, o bien podrá terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el numeral 17 de las presentes bases de licitación.
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Cada adjudicación de unidad operativa, dará lugar a su respectivo contrato, sin que pueda generarse un sólo documento, aún cuando se trate de un mismo proveedor que se adjudique más de una unidad, por cuanto se entiende son líneas de prestación de servicio distintas.
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CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN |
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los que se establecerán en el contrato definitivo.
El oferente adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación, total o parcial, de los servicios contratados. En concordancia, el oferente adjudicado deberá ser quien efectivamente preste los servicios, no pudiendo ceder a un tercero la ejecución de estos.
El personal de la empresa que ejecute los servicios que se adjudicarán, dependerá única y exclusivamente del oferente adjudicado y, por lo tanto, no tendrá relación laboral directa o indirecta con el Instituto de Desarrollo Agropecuario, ni con ninguna de sus dependencias. Asimismo, INDAP no se responsabilizará de ningún accidente, enfermedad, pérdida o daño que pueda presentarse en el personal de la empresa que puedan concurrir a las dependencias de INDAP durante la ejecución de los servicios, ya que el oferente adjudicado se obliga a cumplir, en relación con sus trabajadores, con todas las normas de higiene y seguridad en el trabajo a que se refiere la Ley N° 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Sin perjuicio de lo anterior y en virtud del artículo 77 numeral 5 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar al oferente adjudicado informar sobre el estado de cumplimiento del pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social en favor de sus actuales trabajadores o trabajadores contratados en los últimos dos años. El monto y estado de cumplimiento de dichas obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
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PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO |
Presupuesto disponible (impuestos incluidos, si corresponde)
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INDAP región de Arica y Parinacota dispone de un presupuesto para cada Unidad Operativa por los 24 meses que dura el contrato, según se indica en el siguiente detalle:
- Línea 1: UO Azapa es de $106.977.024 pesos.
- Línea 2: UO Lluta es de $81.043.200 pesos.
- Línea 3: UO Pampa Concordia es de $32.417.280 pesos.
- Línea 4: UO Chaca-Vitor es de $32.417.280 pesos.
- Línea 5: UO Transición a una agricultura sostenible es de $32.417.280 pesos.
En consecuencia, el monto total estimado para esta licitación es de $285.272.064.- (Doscientos ochenta y cinco millones doscientos setenta y dos mil sesenta y cuatro pesos) impuestos incluidos.
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Forma de pago
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El pago se realizará de acuerdo a las cuotas que queden establecidas y de acuerdo al cumplimiento de las condiciones estipuladas y exigidas en cada contrato. Sólo se pagarán las actividades realmente ejecutadas, conforme al Plan de Trabajo presentado, a los Planes de Negocio de cada uno de los usuarios, con su indicador de Margen Bruto (MB), al número de usuarios efectivamente atendidos. Sin perjuicio de lo anterior, INDAP podrá autorizar actividades alternativas por razones fundadas y/o ajustar el número de usuarios atendidos.
Se debe señalar que los pagos de los contratos que deban suscribirse luego de la correspondiente adjudicación, se realizarán mediante la modalidad PAGO TGR, sin embargo, en caso de que llegue alguna instrucción de la Tesorería General de la República, puede pasar a modalidad de Pago directo por INDAP, debido a alguna contingencia o situación particular.
El servicio de cada línea de servicios, es decir, de cada unidad operativa, será pagado en 6 cuotas, incluyéndose en este pago los impuestos a que diere lugar la ejecución de la prestación contratada, como a continuación se señala:
Cuota 1: correspondiente al 25% del valor del aporte de INDAP del contrato, de acuerdo con el presupuesto disponible, según el punto I.2. de las Bases Administrativas, contra entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes requisitos:
- Realización y/o actualización del diagnóstico del modelo de negocio actual, de forma individual, según lo acordado con INDAP, para el 100% de los usuarios de la UO.
- Elaboración del Plan de Negocio completo a 4 años (cálculo del MB para el negocio principal, plan de asesoría técnica, puntos críticos del modelo actual del negocio y plan de inversión) para el 100% de los usuarios de la UO, definidos por INDAP, en plataforma Kobotoolbox de INDAP.
- Las definiciones de Plan de Asesoría y Plan de Inversión, basados en las soluciones acordadas con los usuarios/as en visitas prediales, para remover los puntos críticos del modelo de negocio actual, deberán ser presentadas en la Agencia de Área Arica para su evaluación.
- Listado de priorización de iniciativas de inversión para formulación de proyectos según Plan de Inversiones, según corresponda.
- Acta de reunión de la 1era Mesa de Coordinación y seguimiento y entrega de verificador de su realización, indicando nómina de participantes, representantes de los usuarios, del Consultor e INDAP, realizada de modo presencial.
- Entrega de la información de respaldo de las actividades realizadas a la fecha de entrega del informe, tanto de actividades grupales como de las visitas individuales, que contengan fotografías de los sistemas productivos (cultivos establecidos, infraestructura productiva, equipamiento, entre otros), para cada usuario de la Unidad Operativa que corresponda.
- Entregar Planificación de Talleres Grupales consensuado con usuarios y usuarias o que tengan valor frente al desarrollo del actual negocio de los usuarios/as.
- Realizar el ingreso de las encuestas con el Cálculo del Margen Bruto del negocio principal de la temporada agrícola actual al término de esta.
Entrega Informe 15.11.2024
Revisión INDAP de Informe hasta 02.12.2024
Resolución de observaciones: 09.12.2024
Fecha de Pago Cuota hasta 16.12.2024
Cuota 2: Correspondiente al 12,5% del valor del aporte de INDAP del contrato, de acuerdo con el presupuesto disponible, según el punto I.2. de las Bases Administrativas, contra entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes requisitos:
Realizar entrega a finales de cada mes un informe de actividades realizadas, para realizar seguimiento.
- visitas prediales y actividades grupales realizadas a la fecha de entrega del informe y consignadas en el Plan de Asesoría Técnica del Plan de Negocio aprobado por INDAP, el cul debe contener además, fotografías de los sistemas productivos (cultivos establecidos, infraestructura productiva, equipamiento, entre otros) para cada usuario y usuaria de la Unidad Operativa que corresponde, identificando mejoras en su sistema productivo en base a las recomendaciones y prácticas entregadas, evaluación de la realización de las recomendaciones realizadas por los extensionistas o profesionales de apoyo al consultor y Listado de Proyectos de inversión formulados para llamados a concurso, PDI-SAT 2025, de acuerdo a priorización de inversiones por parte de usuarios.
- Presentar Plan de Apoyo en la comercialización de los negocios de los usuarios y usuarias (ver si es asociativo o individual o mixto).
- Acta de reunión de la 2da Mesa de Coordinación y seguimiento y/o verificador de su realización, indicando nómina de participantes, representantes de los usuarios, del Consultor e INDAP, realizada de modo presencial.
- Elaboración de un plan de trabajo, para cada unidad operativa, en el cual se debe propiciar la participación de los usuarios en programas de seguimiento y monitoreo de Mosca de la Fruta, programas de establecimiento de Buenas Prácticas Agrícolas, entre otros, según el compromiso establecido por INDAP con el Ministerio de Agricultura.
Entrega Informe 05.04.2025 (actividades hasta el 30.03.2025)
Revisión INDAP de Informe hasta 22.04.2025
Resolución de observaciones: 30.04.2025
Fecha de Pago Cuota hasta 09.05.2025
Cuota 3: Correspondiente al 12,5% aprox. del valor del aporte de INDAP del contrato, de acuerdo con el presupuesto disponible, según el punto I.2. de las Bases Administrativas, contra entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes requisitos:
- Acta de reunión de la 3ra Mesa Ampliada de Coordinación y seguimiento y/o verificador de su realización, indicando nómina de participantes, representantes de los usuarios, del Consultor e INDAP, realizada de modo presencial, en la cual se debe dar a conocer a los usuarios las acciones, avances del plan de trabajo, para cada unidad operativa, en sintonía a las acciones de seguimiento y monitoreo de Mosca de la Fruta, programas de establecimiento de Buenas Prácticas Agrícolas, entre otros, lo cual corresponde al compromiso de INDAP con el Ministerio de Agricultura..
- Entrega de información de respaldo de visitas prediales y actividades grupales realizadas a la fecha y consignadas en el plan de asesorías técnicas de los planes de negocios aprobados por INDAP, el cual debe contener Entregar fotografías de los sistemas productivos (cultivos establecidos, infraestructura productiva, equipamiento, entre otros), para cada usuario y usuaria de la Unidad Operativa que corresponde, identificando mejoras en su sistema productivo en base a las recomendaciones y prácticas entregadas, evaluación de la realización de las recomendaciones realizadas por los extensionistas o profesionales de apoyo del consultor.
- Entrega de listado de copagos efectuados y adeudados por los usuarios/as de su UO.
- Entrega del informe de avance de la implementación de medidas consideradas en el plan anual correspondiente al Plan del Negocio, del 100% de los usuarios de la UO.
- Planificar, coordinar e ingresar encuestas con el Cálculo del Margen Bruto del negocio principal de la temporada agrícola actual al término de esta, en plataforma kobotoolnbox.
- Reportar el ingreso de las encuestas con el Cálculo del Margen Bruto del negocio principal de la temporada agrícola actual al término de esta, si corresponde.
- Reportar avances del plan de trabajo, para cada unidad operativa, en sintonía a las acciones de seguimiento y monitoreo de Mosca de la Fruta, programas de establecimiento de Buenas Prácticas Agrícolas, entre otros, lo cual corresponde a un compromiso de INDAP con el Ministerio de Agricultura.
Entrega Informe 01.09.2025 (actividades hasta el 29.08.2025)
Revisión INDAP de Informe hasta15.09.2025
Resolución de observaciones: 22.09.2025
Fecha de Pago Cuota hasta 26.09.2025
Cuota 4: Correspondiente al 17% aprox. del valor del aporte de INDAP del contrato, de acuerdo con el presupuesto disponible, según el punto I.2. de las Bases Administrativas, contra entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes requisitos:
- Realización y/o actualización del diagnóstico del modelo de negocio actual, de forma individual, según lo acordado con INDAP, para el 100% de los usuarios de la UO.
- Revisión y/o actualización del Plan de Negocio completo a 2 años (cálculo del MB para el negocio principal, plan de asesoría técnica, puntos críticos del modelo actual del negocio y plan de inversión) para el 100% de los usuarios de la UO, definidos por INDAP, en plataforma Kobotoolbox de INDAP.
- Las definiciones de Plan de Asesoría y Plan de Inversión, basados en las soluciones acordadas con los usuarios/as en visitas prediales, para remover los puntos críticos del modelo de negocio actual, deberán ser presentadas en la Agencia de Área Arica para su evaluación.
- Listado de priorización de iniciativas de inversión para formulación de proyectos según Plan de Inversiones, según corresponda.
- Acta de reunión de la 4taa Mesa de Coordinación y seguimiento y entrega de verificador de su realización, indicando nómina de participantes, representantes de los usuarios, del Consultor e INDAP, realizada de modo presencial.
- Entrega de la información de respaldo de las actividades realizadas a la fecha de entrega del informe, tanto de actividades grupales como de las visitas individuales, que contengan fotografías de los sistemas productivos (cultivos establecidos, infraestructura productiva, equipamiento, entre otros), para cada usuario de la Unidad Operativa que corresponda.
- Entregar Planificación de Talleres Grupales consensuado con usuarios y usuarias o que tengan valor frente al desarrollo del actual negocio de los usuarios/as.
- Realizar el ingreso de las encuestas con el Cálculo del Margen Bruto del negocio principal de la temporada agrícola actual al término de esta.
Entrega Informe 17.11.2025
Revisión INDAP de Informe hasta 01.12.2025
Resolución de observaciones: 09.12.2025
Fecha de Pago Cuota hasta 16.12.2025
Cuota 5: Correspondiente al 16,5% aprox. del valor del aporte de INDAP del contrato, de acuerdo con el presupuesto disponible, según el punto I.2. de las Bases Administrativas, contra entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes requisitos:
Realizar entrega a finales de cada mes un informe de actividades realizadas, para realizar seguimiento.
- Entrega de la información de respaldo de las visitas prediales y actividades grupales realizadas a la fecha de entrega del informe y consignadas en el Plan de Asesoría Técnica del Plan de Negocio aprobado por INDAP, el cul debe contener además, fotografías de los sistemas productivos (cultivos establecidos, infraestructura productiva, equipamiento, entre otros) para cada usuario y usuaria de la Unidad Operativa que corresponde, identificando mejoras en su sistema productivo en base a las recomendaciones y prácticas entregadas, evaluación de la realización de las recomendaciones realizadas por los extensionistas o profesionales de apoyo al consultor y Listado de Proyectos de inversión formulados para llamados a concurso, PDI-SAT 2026, de acuerdo a priorización de inversiones por parte de usuarios.
- Presentar Plan de Apoyo en la comercialización de los negocios de los usuarios y usuarias (ver si es asociativo o individual o mixto).
- Acta de reunión de la 5ta Mesa de Coordinación y seguimiento y/o verificador de su realización, indicando nómina de participantes, representantes de los usuarios, del Consultor e INDAP, realizada de modo presencial.
- Elaboración de un plan de trabajo, para cada unidad operativa, en el cual se debe propiciar la participación de los usuarios en programas de seguimiento y monitoreo de Mosca de la Fruta, programas de establecimiento de Buenas Prácticas Agrícolas, entre otros, según el compromiso establecido por INDAP con el Ministerio de Agricultura.
Entrega Informe 06.04.2026 (actividades hasta el 31.03.2026)
Revisión INDAP de Informe hasta 20.04.2026
Resolución de observaciones: 27.04.2026
Fecha de Pago Cuota hasta 04.05.2026
Cuota 6: Correspondiente al 16.5% aprox. del valor del aporte de INDAP del contrato, de acuerdo con el presupuesto disponible, según el punto I.2. de las Bases Administrativas, contra entrega y aprobación conforme por parte de INDAP, de los siguientes requisitos:
- Entrega del informe de avance de la implementación de medidas consideradas en el plan anual correspondiente que es parte del Plan del Negocio del 100% de los usuarios de la UO. Acta de reunión de la 6ta Mesa Ampliada de Coordinación y seguimiento y/o verificador de su realización, indicando nómina de participantes, representantes de los usuarios, del Consultor e INDAP, realizada de modo presencial, en la cual se debe dar a conocer a los usuarios las acciones, avances del plan de trabajo, para cada unidad operativa, en sintonía a las acciones de seguimiento y monitoreo de Mosca de la Fruta, programas de establecimiento de Buenas Prácticas Agrícolas, entre otros, lo cual corresponde al compromiso de INDAP con el Ministerio de Agricultura.
- Presentación de listado de proyectos correspondientes al Plan de Inversiones que no fueron postulados en las temporadas 2025 – 2026 y PDI Operación Temprana 2027, según corresponda.
- Entrega de información de respaldo de visitas prediales y actividades grupales realizadas a la fecha y consignadas en el plan de asesorías técnicas de los planes de negocios aprobados por INDAP, el cual debe contener Entregar fotografías de los sistemas productivos (cultivos establecidos, infraestructura productiva, equipamiento, entre otros), para cada usuario y usuaria de la Unidad Operativa que corresponde, identificando mejoras en su sistema productivo en base a las recomendaciones y prácticas entregadas, evaluación de la realización de las recomendaciones realizadas por los extensionistas o profesionales de apoyo del consultor.
- Entrega de listado de copagos efectuados y adeudados por los usuarios/as de su UO.
- Entrega del informe de avance de la implementación de medidas consideradas en el plan anual correspondiente al Plan del Negocio, del 100% de los usuarios de la UO.
- Planificar, coordinar e ingresar encuestas con el Cálculo del Margen Bruto del negocio principal de la temporada agrícola actual al término de esta, en plataforma kobotoolbox.
- Reportar el ingreso de las encuestas con el Cálculo del Margen Bruto del negocio principal de la temporada agrícola actual al término de esta, si corresponde.
- Reportar avances del plan de trabajo, para cada unidad operativa, en sintonía a las acciones de seguimiento y monitoreo de Mosca de la Fruta, programas de establecimiento de Buenas Prácticas Agrícolas, entre otros, lo cual corresponde a un compromiso de INDAP con el Ministerio de Agricultura.
Entrega Informe 07.09.2026 (actividades hasta el 31.10.2026)
Revisión INDAP de Informe hasta 21.09.2026
Resolución de observaciones: 28.09.2026
Fecha de Pago Cuota hasta 05.10.2026
INDAP comunicará para cada cuota, el plazo que dispondrá el profesional para presentar la documentación requerida para el pago de cuotas, en el respectivo Contrato.
Una vez aprobados dichos productos, el consultor contratado podrá presentar los documentos de cobro correspondientes (boleta o factura) a través del correo electrónico u oficina de partes de Dirección Regional de INDAP opartes15@indap.cl, el cual dispondrá de un plazo máximo de pago de 30 días corridos desde la fecha de recepción del o los citados documentos, plazo establecido por Tesorería General de la República (TGR).
INDAP solicitará el Cálculo del Margen Bruto del negocio principal de la temporada agrícola actual ingresadas en sistema kobotoolbox para el mes de agosto de cada año.
IMPORTANTE
El Servicio de Asesoría Técnica deberá realizarse de manera permanente y continua, por lo cual la asesoría debe comenzar inmediatamente firmados los contratos y según la necesidad del usuario. Deberá realizarse la entrega de los verificadores correspondientes para cada producto señalado anteriormente.
Las visitas técnicas deben realizarse al usuario o usuaria titular, por lo que el verificador debe entregarse con la firma de éste. Se aceptarán SÓLO verificadores con firmas del usuario titular. En las bitácoras se deberá ingresar nombre completo del usuario/a, RUT y firma del titular.
Las bitácoras de visita a los usuarios deben contener información relacionada con las visitas anteriores para constatar el seguimiento de la asesoría, señalar el estado fenológico o estado del cultivo, mencionar enfermedades, plagas y señalar labores de prevención, control y mitigación, labores de cultivos, postulaciones a proyectos y articulaciones realizadas para los usuarios/as.
La visita debe hacerse a la totalidad de la explotación del usuario y de esta manera realizar las recomendaciones de intervención en los manejos de los cultivos.
Se debe considerar que para el año 2025, se deberá implementar la utilización de un cuaderno de campo digital (plataforma kototoolbox), por lo cual el equipo profesional a cargo de la asesoría base deberá estar disponible para apoyar la implementación y el desarrollo de esta iniciativa.
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Aprobación de pago
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Aprobación por parte de la Unidad de Fomento (o quien subrogue o quien corresponda) de la totalidad de los requisitos para el pago de cuota, especificados en los respectivos contratos y en las Bases Técnicas de esta Licitación conforme las Norma Técnica SAT, quien deberá corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.
El servicio será pagado en cuotas, incluyéndose en este pago los impuestos a que diere lugar la ejecución de la prestación contratada.
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Facturación
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Una vez aprobados los servicios autorizados, por la contraparte técnica de INDAP, ésta procederá a entregar al Encargado de Compras Públicas la recepción conforme de los servicios para ser publicada en el Portal de Mercado Público, para posteriormente indicar al oferente seleccionado que puede emitir y enviar el documento electrónico de cobro correspondiente, de manera de proceder al pago respectivo.
La empresa deberá remitir la factura junto a su archivo xml a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com
El pago podrá ser realizado en dos modalidades:
a) Pago TGR: El pago será efectuado por parte de la Tesorería General de la República, y se realizará preferentemente a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla opartes15@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia. En caso de que no se envíen los antecedentes bancarios, el pago se realizará con cheque, el que se enviará por carta certificada a la dirección inscrita en servicios de impuestos internos.
En caso de que el oferente seleccionado emita boletas de honorarios, deberá remitir dicho documento a la contraparte técnica junto a su archivo xml a la casilla de correo opartes15@indap.cl. En este caso, el pago será efectuado por parte de la Institución, dentro de un plazo máximo de 30 días corridos desde la fecha de recepción conforme de los servicios, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla opartes15@indap.cl señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia.
En caso que se adjudique a una UTP, se deberá emitir la orden de Compa donde se señale el documento tributario a presentar.
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TÉRMINO POR VENCIMIENTO DEL CONTRATO |
El contrato de da unidad operativa terminará naturalmente una vez llegado el plazo estipulado.
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TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO |
Cada contrato, de forma independiente, podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas:
A) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
B) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, de acuerdo al informe emitido por la contraparte técnica designada por INDAP para tales efectos.
C) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
D) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
E) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
F) Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato; estableciéndose en el presente las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato:
- Si el contratante perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.
- Si el contratante falleciera o se disolviera la entidad contratada. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato.
- Haber sido condenado el contratante por crimen o simple delito.
- Haber sido condenado el contratante, como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia.
- Haber sido suspendido el contratante o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas.
- Si el contratante se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Registro de Proveedores de Mercado Público.
- Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP.
- Si el consultor incurre en incumplimiento de las obligaciones que le impone el Contrato o la Norma Técnica y Procedimiento Operativo del Programa de Asesoría Técnico SAT vigente, de acuerdo al informe emitido por la Contraparte Técnica designada por INDAP para tales efectos.
- Si la prestación del servicio base y/o la asesoría de especialistas del SAT es provista, sin la aprobación previa de INDAP, por un equipo distinto al incluido en la oferta del consultor en la respectiva licitación.
El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas, deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
Lo establecido en este numeral es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Procedimiento para término anticipado de contrato (letra A).
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en la letra A, cualquiera de las partes enviará a la otra, mediante carta certificada, la que también será remitida al correo electrónico de consultor o contraparte INDAP, según corresponda, el documento que da cuenta de las razones de la resciliación, firmado por el representante legal respectivo. La parte receptora del documento de resciliación podrá suscribirlo sin más trámite, o bien hacer las modificaciones que estime pertinentes, en cuyo caso deberá remitirlo a la parte que inició el procedimiento, para su suscripción.
- A.- El documento de resciliación que en definitiva se suscriba por ambas partes, se adjuntará al acto administrativo que formalice el término anticipado y servirá de fundamento suficiente, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
Procedimiento para término anticipado de contrato (letra D)
- D.- Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, INDAP enviará al contratante, por carta certificada y correo electrónico, la misiva de comunicación respectiva. Posteriormente, mediante acto administrativo debidamente tramitado, INDAP formalizará el término de contrato, adjuntado el documento oficial que dé cuenta de las razones que exigen dicho término, el que servirá de fundamento suficiente, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.
Procedimiento para término anticipado de contrato (letras B, C, E y F)
- B.- INDAP notificará al contratante el eventual término anticipado de contrato mediante carta certificada y correo electrónico, indicando la causal de que se trata y que tiene un plazo de 5 días para deducir su reclamo, si procediere.
- C.- El contratante podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de carta certificada y correo electrónico a la dirección opartes15@indap.cl, la que deberá ser fundada.
- E.- INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.
- F.- Se hace presente que contra la resolución que aprueba el término anticipado de contrato, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
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Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras B, C, E y F:
- El contratante no tendrá derecho a indemnización alguna y se podrá proceder al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin previa notificación ni cumplimiento de ningún otro requisito, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas.
- INDAP podrá dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos de que el contratante sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones contraídas (letra B), entre otras, las siguientes acciones:
- La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta.
- Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 30% del valor del contrato.
- Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es exceder los 15 días hábiles de atraso o incumplir 5 obligaciones durante la vigencia del contrato.
- No pago de las multas debidamente cursadas en el plazo establecido.
- No renovar la garantía de fiel cumplimiento en caso de renovación o prórroga del contrato. No reponer la garantía de fiel cumplimiento en caso de cobro de esta.
- Transgredir la prohibición de subcontratar, ceder, traspasar y/o transferir, total o parcialmente, a cualquier título, los derechos y obligaciones que se establezcan en el contrato.
Para el caso de las UTP, adicionalmente a las acciones precedentes, configuran incumplimiento grave de las obligaciones contraídas las siguientes:
- La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
- Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de evaluación de la oferta.
- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.
- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
- Disolución de la UTP.
Fuerza mayor y caso fortuito
- Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el artículo 45 del Código Civil de Chile.
- Si el oferente seleccionado se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada.
- La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos.
- La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el oferente seleccionado y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.
- En cualquier caso, si el oferente seleccionado no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor.
- Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera al oferente seleccionado cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el contrato se resolverá de pleno derecho.
- Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por fuerza mayor o caso fortuito, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato establecido para las causales de las letras B, C, E y F, con el fin de dar cumplimiento al principio de contradictoriedad establecido en el artículo 10 de la Ley N° 19.880.
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SANCIONES Y MULTAS |
INDAP podrá cobrar multas al contratante administrativamente cuando éste no cumpla con lo estipulado en el contrato que se celebre una vez adjudicada la presente licitación, siempre que se deba a causa imputable al contratante, en los siguientes términos:
- El incumplimiento de los plazos y/o fechas que se fijen para la ejecución de las actividades y procesos asociados a los servicios, será sancionado con el valor de UF 5 por cada día hábil de atraso, con un tope de hasta 10 días hábiles.
- Si excediese los 15 días hábiles de atraso o incumpliera 5 obligaciones durante la vigencia del contrato, INDAP quedará facultado para poner término anticipado al contrato y/o hacer efectivo el instrumento financiero de garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas, de acuerdo al Procedimiento para la aplicación de multas que se establece a continuación.
- Si durante el periodo de vigencia del contrato el consultor obtiene un puntaje menor a 70 en dos períodos de supervisión continuos o discontinuos, se procederá a un descuento en la cuota correspondiente, equivalente al 5% del valor del contrato.
- Si el consultor obtiene un puntaje menor a 70 en tres períodos de supervisión continuos o discontinuos, durante el periodo de vigencia del contrato, de acuerdo al procedimiento definido por INDAP, se procederá a un descuento equivalente al 5% del valor del contrato en la cuota correspondiente y se dará termino anticipado a dicho contrato.
En caso de existir actividades comprometidas en el plan anual de asesoría que no puedan o no hayan sido ejecutadas, INDAP deberá analizar en función del objetivo de la actividad y sin afectar a los/las usuarios/as (respecto a la pertinencia técnica y oportunidad de su realización), la reprogramación de dicha actividad, lo cual debe quedar consignado y aprobado por INDAP en el plan de anual de asesoría respectivo. En caso de no ser posible su reprogramación, se procederá a aplicar un descuento, en la cuota correspondiente, de 3 UF para el caso de visitas prediales y 10 UF en el caso de actividades grupales (valor de la UF al día que se informa al consultor del descuento).
En relación a las actividades grupales, estas deberán ser realizadas en base al Plan de Anual de Asesorías y por los expositores indicados en este Plan. De existir alguna modificación de expositor, este debiese ser notificado con anterioridad a INDAP mediante carta y al correo electrónico avillablanca@indap.cl, indicando nombre del reemplazante, adjuntando el curriculum vitae y otros antecedentes (certificados de experiencia laboral, títulos, cursos, entre otros documentos) que permitan verificar la idoneidad del profesional que se homologará para realizar la actividad. Nuevamente, la solicitud de modificación de expositor debe presentarse antes de su realización, ya que esta deberá ser sancionada, autorizada e informada al consultor por parte de INDAP vía correo electrónico.
En cualquier caso, las multas no podrán superar el 30% del monto total del contrato.
Procedimiento para la aplicación de multas
1) INDAP notificará al contratante la eventual aplicación de multas mediante carta certificada y/o por correo electrónico, indicando la(s) causa(s), el monto de la multa a que daría origen el incumplimiento y que tiene un plazo de 5 días para deducir su reclamo, si procediere.
2) El contratante podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, para que deje sin efecto la multa o la rebaje, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección opartes15@indap.cl, la que deberá ser fundada.
3) INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y cursando la multa respectiva, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante carta certificada y por correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.
4) El pago de las multas que correspondan deberá ser efectuado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que aplica la multa, mediante un vale a la vista nominativo, transferencia electrónica o algún otro medio de pago que se determine.
5) En caso que el contratante no pague la multa dentro del plazo establecido, facultará a INDAP para descontar el monto adeudado del estado de pago pendiente y/o para proceder al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y/o para terminar anticipadamente el contrato, a elección de INDAP.
6) Se hace presente que contra la resolución que aplica la multa, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Regional o Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
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CONTRAPARTE TÉCNICA Y COORDINACIÓN CON INDAP |
INDAP se relacionará con el consultor seleccionado, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través de los ejecutivos de las agencias de áreas o a quién este designe, y será el responsable de las siguientes funciones:
- Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios de asesoría técnica contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para la entrega de productos esperados e informes requeridos, que permitan su adecuada ejecución.
- Colaborar con el contratante en el ámbito de sus competencias, poniendo a su disposición lo necesario para la buena ejecución del contrato.
- Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, supervisando los servicios, planteando al contratante las observaciones y/o recomendaciones que se estime pertinentes.
- Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.
- Autorizar y visar los pagos programados, debiendo corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.
INDAP coordinará un número de reuniones que serán convenidas oportunamente, las cuales se realizarán durante la ejecución de los servicios de consultoría contratados.
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SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN |
Acceso a la información: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional.
Obligaciones y confidencialidad: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato.
No divulgación: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por los cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento.
Protección de datos personales: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique.
Auditoría y supervisión: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato.
Gestión de cambios: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.
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PROPIEDAD INTELECTUAL |
Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.
“El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento. Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP.
Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP.
Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.
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BASES TÉCNICAS |
1. Antecedentes generales
De conformidad con el artículo 1° de la ley N° 18.910, Orgánica del INDAP, este es un servicio funcionalmente descentralizado, de duración indefinida, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones, y sometido a la supervigilancia del Presidente de la República, a través del Ministerio de Agricultura.
El artículo 2° de la mencionada ley establece que este Instituto tiene por objeto promover el desarrollo económico, social y tecnológico de los pequeños productores agrícolas y de los campesinos, quienes son sus beneficiarios, con el fin de contribuir a elevar su capacidad empresarial, organización comercial, su integración al proceso de desarrollo rural y optimizar al mismo tiempo el uso de los recursos productivos.
Para el cumplimiento de dichas finalidades, el artículo 3° del citado texto legal prevé diversos instrumentos, tales como, el otorgamiento de créditos y subsidios para fines productivos; la asistencia crediticia, técnica y de capacitación; y, la ejecución de programas de desarrollo rural o para atender situaciones de emergencia, así como cualquier otro beneficio que otorgue el Instituto a personas naturales, jurídicas o comunidades, lo cual deberá concederse sobre la base de parámetros objetivos previamente reglamentados.
El Programa de Asesoría Técnica (SAT) tiene por objetivo mejorar de forma sostenible el nivel de competitividad del negocio o de los negocios de los/las pequeños/as productores/as agrícolas, campesinos y sus familias, priorizando el ingreso y desarrollo de mujeres y jóvenes, contribuyendo al crecimiento técnico, económico de la agricultura familiar campesina, específicamente mediante el aumento de la productividad, calidad y valor agregado a los productos y servicios, facilitando el acceso al mercado, fomentando la equidad de género y construcción del capital social (en los territorios rurales), y promoviendo el desarrollo de negocios sustentables ambientalmente.
2.- Objetivo de la Licitación
El objetivo principal de la contratación de estos servicios es poner a disposición de los usuarios participantes del Programa SAT, y que sean articulados a mercado, incentivos que permitan cofinanciar la formulación y ejecución de un Plan de Negocio, que contempla la provisión de un servicio de asesoría técnica así como de inversiones SAT orientados a solucionar y disminuir puntos críticos que puedan afectar el margen bruto de sus negocios de manera individual y que puedan afectar el crecimiento de los mismos de manera más especializada.
La población objetivo del servicio, son aquellos usuarios articulados a mercado que realizan actividades silvoagropecuarias y/o conexas, que de acuerdo al diagnóstico informado en la Line Base de INDAP, que presentan las siguientes restricciones:
- Deficiente acceso a innovación tecnológica.
- Limitado acceso a financiamiento para la incorporación de nuevas tecnologías.
- Deficiente gestión técnica y empresarial.
- Baja disponibilidad de activos productivos.
Es por esto que el objetivo del Programa es, apuntar a la provisión de una asesoría técnica habilitante en la gestión técnica y empresarial, que este acompañado del cofinanciamiento de activos productivos no reembolsables (proyectos de inversión) que tengan impacto en el mejoramiento de los márgenes brutos de sus negocios y por ende en sus ingresos.
El objetivo de la presente licitación es contratar los servicios de consultoría para ejecutar el Programa de Asesoría Técnica SAT, en las Unidades Operativas que a continuación se indican, en función de lo establecido en las presentes bases de licitación y en la Norma Técnica y Procedimientos Operativos de los SAT vigente:
Línea a licitar (Indicar nombre de la UO SAT)1
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Negocio principal (de la mayoría de usuarios)
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Comuna y sector
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N° de usuarios
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Requerimientos mínimos para servicio base permanente2
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Cantidad mínima de visitas prediales por usuario servicio base permanente (24 meses)3
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Rango de actividades grupales de especialista (24 meses)4
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Monto ($) Aporte INDAP
(24 meses)5
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AZAPA
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Hortalizas y frutales
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Arica, Valle de Azapa
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66
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Dos profesionales base del ámbito silvoagropecuario con carreras afines (de a lo menos 8 semestres). Preferentemente
Jornada completa.
Debe tener experiencia
Comprobable producción de hortalizas y frutales.
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14 + Bolsa de visitas Prediales
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3 a 4 actividades grupales
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$106.977.024
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LLUTA
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Hortalizas y frutales
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Arica, Valle de Lluta
|
50
|
Dos profesionales base del ámbito silvoagropecuario con carreras afines (de a lo menos 8 semestres). Preferentemente
Jornada completa.
Debe tener experiencia
Comprobable producción de hortalizas y frutales.
|
14 + Bolsa de visitas Prediales
|
3 a 4 actividades grupales
|
$81.043.200
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TRANSICION A UNA AGRICULTURA SOSTENIBLE
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Hortalizas frutales y plantas de vivieros
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Valle de Azapa
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20
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Un profesional base del ámbito silvoagropecuario con carreras afines (de a lo menos 8 semestres). Preferentemente
Jornada completa.
Debe tener experiencia y formación comprobable producción de hortalizas, frutales y flores en temas de producción sostenible y agroecológica
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14 + Bolsa de visitas Prediales
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3 a 4 actividades grupales*
Con enfoque agroecológico y agricultura sostenible
|
$32.417.280
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PAMPA CONCORDIA
|
Hortalizas y frutales
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Arica, Pampa Concordia
|
20
|
Un profesional base del ámbito silvoagropecuario con carreras afines (de a lo menos 8 semestres). Preferentemente
Jornada completa.
Debe tener experiencia
Comprobable producción de hortalizas y frutales.
|
14 + Bolsa de visitas Prediales
|
3 a 4 actividades grupales
|
$32.417.280
|
CHACA VITOR
|
Hortalizas y frutales
|
Arica, valle de Chaca y Caleta Vitor
|
20
|
Un profesional base del ámbito silvoagropecuario con carreras afines (de a lo menos 8 semestres). Preferentemente
Jornada completa.
Debe tener experiencia
Comprobable producción de hortalizas y frutales.
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14 + Bolsa de visitas Prediales
|
3 a 4 actividades grupales
|
$32.417.280
|
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TOTALES
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176
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285.272.064
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1.- En caso de que un mismo oferente, postule a más de una unidad operativa, y para asegurar la calidad del servicio a contratar, deberá presentar profesionales de base y de apoyo distintos para cada línea de servicio (unidad operativa), en cantidad y proporción de atención de usuarios, como el cuadro previamente descrito lo requiere; los cuales deben ser validadas sus competencias por INDAP, para asegurar la calidad del servicio entregado.
2.- Se debe indicar el tipo de profesional (profesional/técnicos de nivel superior), tiempo requerido (jornada completa, media o parcial), y el número de personas que deben componer el equipo servicio base, según el tamaño de la unidad operativa.
3.- No se considerarán visitas técnicas prediales:
- Elaboración de planes de negocios,
- Entrega de información de concursos, talleres y requerimiento de antecedentes para postulación a inversiones de INDAP o Extra INDAP.
4.- Los profesionales que provean asesoría en actividades grupales deberán ser especialistas en el negocio principal de la unidad operativa, y las actividades que éstos realizarán serán exclusivamente grupales. Sin perjuicio de lo anterior, la cantidad y el contenido temático de las actividades serán definidas en los planes de negocio, sin embargo, no son opcionales y si el plan de manejo lo establece podrán modificarse, previa autorización de INDAP, por otras, pero en ningún caso omitirse. Igualmente, a modo de orientación, algunas temáticas requeridas tanto para el profesional especialista como para el/los profesional/es encargado/s de la asesoría Base son las siguientes:
- Manejo Integrado de Plagas y Enfermedades.
- Sustentabilidad.
- Manejo eficiente de fertilización y fertilidad de suelos.
- Formulación de proyectos agrícolas
- Generación de Planes de Negocios con metodología CANVAS
- Riego tecnificado y eficiencia del uso del agua
- Economía y Mercados
- Asociatividad y Cooperativismo
- Planificación de Modelo de Negocios modelo CANVAS
5.- Para el caso de la Unidad Operativa “Transición a una agricultura sostenible”, las propuestas deben considerar las temáticas de transición hacia un sistema productivo agroecológico y sustentable, sobre procesos sustentables y prácticas agroecológicas aplicables con perspectiva de género, lo cual viene establecido en el Plan Regional de Sustentabilidad y Transición a la Agroecología de la región de Arica y Parinacota.
6.- Cuadro de financiamiento anual del servicio de asesoría técnica definida en cuotas:
Período
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Año 1
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Año 2
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Año Calendario
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2024
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2025
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2026
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UNIDAD OPERATIVA
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cuota 1
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cuota 2
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cuota 3
|
cuota 4
|
cuota 5
|
cuota 6
|
total
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AZAPA
|
26.744.256
|
13.372.128
|
13.372.128
|
18.186.094
|
17.651.209
|
17.651.209
|
106.977.024
|
LLUTA
|
20.260.800
|
10.130.400
|
10.130.400
|
13.777.344
|
13.372.128
|
13.372.128
|
81.043.200
|
CHACA VITOR
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8.104.320
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4.052.160
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4.052.160
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5.510.938
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5.348.851
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5.348.851
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32.417.280
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PAMPA CONCORDIA
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8.104.320
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4.052.160
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4.052.160
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5.510.938
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5.348.851
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5.348.851
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32.417.280
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TRANSICION A UNA AGRICULTURA SOSTENIBLE
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8.104.320
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4.052.160
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4.052.160
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5.510.938
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5.348.851
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53.488.511
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32.417.280
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7.- Se recalca que el número y condiciones de los profesionales base o de apoyo son exigencias mínimas, de allí que los oferentes podrán sumar otros profesionales o técnicos a sus equipos, debiendo entregar en este caso, los antecedentes de respaldo curricular de todo el equipo ofertado.
8.- En la ejecución de actividades grupales, se podrá autorizar a que miembros del equipo base puedan realizar las mismas, siempre y cuando, esto sea solicitado previamente a INDAP, sea aprobado previamente por la Institución antes de su ejecución y que se acredite la calificación técnica del profesional validada por INDAP para poder llevar a cabo la actividad.
3.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO REQUERIDO
Las características del servicio requerido para la provisión del Servicio de Asesoría Técnica, están establecidas en la Norma Técnica y Procedimientos Operativos del Programa Servicio Asesoría Técnica SAT, aprobadas por Resolución Exenta N° 0070-004219/2024 del 01 de febrero de 2024, de la Dirección Nacional de INDAP.
El detalle de los productos que el consultor deberá entregar, quedarán establecidos en el Contrato de Prestación de Servicios respectivo. A modo indicativo, el número de visitas prediales por usuarios y el número de actividades grupales, tanto del servicio de asesoría base como de la asesoría especialista, su contenido temático, u otras prestaciones de servicio, estarán contenidas en los Planes de Negocio individuales aprobados por INDAP, que, a su vez, serán parte integrante del Contrato de Prestación de Servicios.
Es importante señalar que el servicio esperado en el SAT se basa preferentemente en visitas prediales presenciales a los usuarios, tal como se señala en la norma técnica.
3 4.- REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
Los oferentes que estén interesados en participar de la presente licitación deberán tener presente lo siguiente:
a) Deberán realizar un monitoreo anual del Margen Bruto (y/u otro/s indicador/es) del rubro principal, después de cada temporada productiva y emitir un informe de avance de la implementación del Plan de Negocio del 100% de los usuarios de la UO, después de cada año de contrato.
b) Deberán proveer asesorías que incluyan actividades en temáticas que apunten a reducir riesgos de acceso y disponibilidad de agua, así como también en el uso eficiente del recurso hídrico.
c) Deberán incorporar tecnologías y prácticas que consideren la sustentabilidad de los recursos naturales y el medio ambiente.
d) Deberán proveer asesorías que apunten a la producción innocua y la seguridad alimentaria, considerando los diferentes protocolos existentes y atingentes a los rubros explotados por la Unidad Operativa.
e) Deberán proveer asesorías que aborden temáticas de adaptación al cambio climático.
f) Deberán articular demandas de inversión de los usuarios al componente de Inversiones, enmarcados en lo establecido en la Normativa SAT vigente, así como también articular inversiones con recursos de otros Programas e Instrumentos de INDAP y extra INDAP. Asimismo, proveer el apoyo y seguimiento necesario para la correcta ejecución y rendición de los recursos de inversión, por parte de los usuarios.
g) Deberán proveer asesorías en gestión predial, orientadas al uso y manejo de registros productivos y económicos.
h) Deberán considerar que es importante que el trabajo que se desarrolla en las Unidades Operativas del programa, no sólo esté alineado con los requerimientos productivos y del mercado, sino que, además, con aquellos que determine la autoridad sanitaria oficial (SAG). En este sentido, si existen temas normativos (SAG) que estén vinculados a los rubros presentes en las Unidades Operativas, será parte del trabajo el impulsar y conocer dichas normas fomentando su cumplimiento.
i) Deberán tener presente que, si se desarrolla el rubro apícola dentro de su UO, que está vigente la Resolución Exenta N° 508 del Director Nacional de INDAP, de fecha 28 de septiembre de 2016, que obliga a los usuarios/as de INDAP, el registrase y mantenerse actualizado (cada año), en el Registro de Apicultores y Declaración de Apiarios, establecido por el SAG, siendo esto un requisito indispensable para poder acceder como apicultor INDAP a cualquier apoyo del estado.
j) Deberán considerar respecto de las actividades conexas (Turismo Rural, Alimentos Procesados, y Artesanías), las Unidades Operativas, se regirán además por las orientaciones técnicas y/o normativas de INDAP existentes para cada uno.
k) El rango de visitas que INDAP espera que reciba cada usuario (Punto 1 de las Bases Técnicas) se entrega por cada UO, para efectos de dimensionar el volumen e intensidad del servicio, se debe considerar una base de siete (7) visitas obligatorias por usuario/a al año. A ello, se complementarán visitas presenciales adicionales, cuya cantidad será determinada por la agencia de área o dirección regional de INDAP respectiva, las cuales formarán una bolsa de visitas de la UO. El Consultor deberá proponer a INDAP la distribución final de esta bolsa de visitas, la que debe ser realizada en base a las necesidades particulares y avance de cada uno/a de sus usuarios/as, así como al tipo de sistema productivo desarrollado (rubro) y sugerencias o recomendaciones emanadas desde la agencia de área o dirección regional de INDAP.
l) El Consultor que se adjudique la UO, con la finalidad de garantizar una adecuada atención de los usuarios de la UO, deberá proponer a la Jefatura de la Agencia de Área respectiva, una estrategia de atención de usuarios; como, por ejemplo, disponer de Oficina de Atención de usuarios en el territorio con horarios de atención, utilización de medios digitales que garanticen una fluida y eficiente comunicación con los clientes, etc. Sin perjuicio de lo adoptado y aceptado por INDAP, la estrategia definida también deberá contar con la aprobación de los usuarios, a través de su/s representante/s en la 1a. Mesa de Coordinación.
Antecedentes del Equipo y/o Profesional: Los profesionales/técnicos que presente la empresa deben contar con la formación, experiencia y acreditación idónea.
Para avalar sus antecedentes se deben presentar para cada uno de los miembros que constituirá el equipo:
Currículum actualizado, firmado por el profesional propuesto y por el representante autorizado que presenta la propuesta, el que debe considerar lo siguiente:
1) Idoneidad de las personas que realizarán la elaboración de los planes de negocio y/o proyectos de inversión agrícola, acreditando su experiencia en dichas temáticas,
2) Copia de certificado de Título Profesional respectivo de/los profesionales/técnicos propuestos para el servicio base y la asesoría de especialistas.
3) La acreditación de experiencia del oferente, de/los profesionales propuestos para proveer el servicio base, la asesoría de especialistas.
Para validar y/o acreditar experiencia del equipo profesional, se podrá realizar a través de la presentación de los siguientes antecedentes, entre otros:
- Certificado de Experiencia que incluya indicación del rubro con firma y timbre de la empresa o empleador que lo emita, y deben estar asociados al RUT del acreditado y con fecha actualizada. En caso de que un Certificado o Carta sea emitido por una E.I.R.L. acreditando la experiencia del mismo propietario, éste debe estar respaldado por copia de Boletas, Contratos o Facturas emitidas por la Persona Natural (propietario de la E.I.R.L), en cobro o vínculo laboral con la Persona Jurídica o E.I.R.L.
- Copia de contrato de trabajo o prestación de servicios, debidamente firmado, legibles y completos boletas o facturas del servicio prestado, que indique el rubro y tiempo de ejecución.
- Copia de Órdenes de Compra y/o Resoluciones de Adjudicación en el rubro al que postula, que señalen el tiempo. En caso de acreditar experiencia con la presentación de órdenes de compras provenientes de licitación pública, solo se permitirá (1) una orden por proceso de compra adjudicado. De incluir más de una orden de compra proveniente del mismo proceso licitatorio, sólo se considerará un documento.
Todos los documentos deben detallar las actividades realizadas por el consultor, profesional/es o técnico/s que acreditan experiencia en las materias solicitadas y debe indicar los periodos es decir día, mes y año desde el inicio hasta el término de la prestación del servicio, en los cuales el postulante desempeñó dichas labores. La acreditación en documentación debe contemplar los doce meses del año a acreditar, para poder ser considerado dentro de la experiencia demostrable.
Los Certificados de experiencia, debe venir con el timbre de la empresa o empleador y firma correspondiente y contacto (mail y/o número de teléfono), según sea el caso para corroborar que sean fidedignos. Se solicita que los documentos no presenten más de 10 años de antigüedad. Los diez años serán contados desde la fecha de publicación en la Plataforma de Licitaciones en el portal www.mercadopublico.cl de estas Bases hacia atrás.
Otros antecedentes que el consultor estime oportuno señalar y que amplíen la descripción de los servicios requeridos por la institución, son de presentación optativa.
Incompatibilidades: Con el objeto de evitar conflictos de intereses y respetar el principio de probidad y transparencia en los actos de la administración del Estado, los oferentes deberán considerar como parte integrante de estas Bases las incompatibilidades establecidas en el artículo 4° inciso primero y sexto de la Ley 19.886. De igual manera, deberán tener presente lo siguiente:
- No prestar servicios en cualquier calidad jurídica en INDAP o en otra repartición publica, durante el último año, ni Municipalidades al momento de postular.
- Declarar que no le afectan inhabilidades e incompatibilidades administrativas establecidas en la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
- Los antecedentes deberán presentarse de manera ordenada por cada asesor base, asesor especialista, en caso que corresponda para su revisión.
- Los asesores base con jornada completa no podrán ser al mismo tiempo presentados como asesores especialistas en la misma u otra UO o viceversa.
Disponibilidad del personal profesional/ técnico Nivel Superior: La empresa adjudicada deberá disponer en su equipo de trabajo el mismo personal profesional considerado en su propuesta para el desarrollo del servicio contratado. Salvo que el Contratante acuerde lo contrario, no se efectuarán cambios en la composición del equipo de trabajo. Si por cualquier motivo externo o ajeno a la gestión de la empresa adjudicada, como jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros, fuere necesario sustituir a algún integrante del Equipo Técnico, la empresa postulante lo reemplazará por otra persona con calificaciones y experiencia similar a las de la persona reemplazada, lo cual debiese ser notificado a INDAP mediante carta y al correo electrónico avillablanca@indap.cl, indicando el nombre del reemplazante, y adjuntando el curriculum vitae, y otros antecedentes (tales como certificados laborales, certificados de estudios y cursos) que permitan verificar la idoneidad del profesional que realizará las actividades. La solicitud de modificación de expositor debe presentarse antes de su realización, ya que esta deberá ser sancionada, autorizada e informada al consultor por parte de INDAP vía correo electrónico.
Quienes no cumplan con cualquiera de estos requisitos, quedarán automáticamente fuera del proceso de selección, no evaluándose en los respectivos criterios de evaluación técnica y económica.
ANEXO Nº 1 DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
En…….. de Chile, a …….... de ………............... de 202x, Don/Doña................................................. , Cédula de
Identidad N°.............................................................., representante legal de............................ ,
RUT:............................................. , vienen en declarar que la referida entidad:
No se encuentra contemplada en ninguna de las inhabilidades contempladas en los incisos 1° y 6° del artículo 4° de la Ley de Compras N° 19.886, que estipulan lo siguiente:
1) El oferente no tiene la calidad de funcionario directivo del servicio público licitante ni está unido a alguno(s) de ellos por vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
2) La entidad que representa no es una sociedad de personas de la que forme parte algún funcionario (a) directivo (a) del Instituto de Desarrollo Agropecuario o alguna persona que esté unida a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco una sociedad en comandita por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas sean accionistas; ni una sociedad anónima abierta en aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
3) La entidad que representa no ha sido condenada por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
4) No se encuentra condenada ni ha sido condenada por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el código penal u otras leyes, conforme lo señala el inciso primero del artículo 4° de la Ley 19.886.
5) La entidad que representa no se encuentra afecta a lo señalado en los Artículos N°8 y N°10 de la Ley Nro. 20.393, que establecen la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.
ANEXO N° 2 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
El oferente debe suscribir el presente documento y, a través de su firma, declara la veracidad de la información otorgada, asumiendo completa responsabilidad por su declaración y acepta las condiciones estipuladas en las presentes bases de licitación.
RAZÓN SOCIAL:
R.U.T. DE LA EMPRESA:
REPRESENTANTE LEGAL:
NACIONALIDAD:
R.U.T. DEL REPRESENTANTE LEGAL:
DOMICILIO DE LA EMPRESA:
TELÉFONOS:
CORREO ELECTRÓNICO:
Los ejecutivos de
FIRMA DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE
RUT DEL OFERENTE
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ANEXO N° 3 OFERTA TECNICA
En este anexo se deberá explicar la metodología de trabajo a implementar, el equipo de trabajo que será parte de la asesoría a la UO (asesores base como especialistas), de acuerdo con lo indicado en las bases de licitación, y en el punto 3 de las bases técnicas (requerimientos técnicos) y entregar el detalle de los productos adicionales que se ofrecerán.
Unidad Operativa:
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Nombre asesor
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Profesión
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Componente asesoría (asesor base, asesor especialista.
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Tiempo (Jornada completa/media jornada/parcial)[1]
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Adjuntar CV
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Adjuntar certificado de título[2]
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Adjuntar certificado de experiencia laboral[3]
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A modo indicativo, servicios o productos adicionales se entiende como: servicio de contabilidad, servicio de análisis de suelo, servicio de análisis foliar, implementación de tecnologías de la información para la gestión, entre otros y que sean de utilidad para los agricultores de la UO. Estos servicios o productos pueden ser para un porcentaje de los usuarios. Queda excluido del concepto de servicios adicionales, aquellos que por su naturaleza forman parte inherente del servicio base, tales como: entrega de recomendaciones técnicas en base análisis de suelo, asesoría en comercialización, asesoría en asociatividad, etc.
FIRMA DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE
RUT DEL OFERENTE
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ANEXO N°4 OFERTA ECONÓMICA
NETO
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IMPUESTO
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VALOR TOTAL CON IMPUESTOS INCLUIDOS
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NOTA:
1) Las propuestas deberán indicar el valor total ofertado con impuestos incluidos, expresado en moneda nacional.
2) Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados.
3) En caso de que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo claramente, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error.
4) INDAP declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo de la adquisición establecido en el punto 2 de estas Bases de Licitación.
FIRMA DEL OFERENTE
NOMBRE DEL OFERENTE
RUT DEL OFERENTE
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ANEXO N° 5 ENFOQUE DE GÉNERO
Para considerar válida la presentación del o la oferente se debe adjuntar la información requerida en las bases que demuestre que se cumple con al menos una de las condiciones exigidas en el apartado “Clasificación de criterio/Administrativo/Cumplimiento de contratación inclusiva: Enfoque de género” del Procedimiento de Evaluación.
Fundamentación necesaria para demostrar las siguientes condiciones:
CONDICIÓN
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MEDIO DE VERIFICACIÓN
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CUMPLE (SI/NO)
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Oferente cuenta con el Sello Mujer en el registro de proveedores.
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Acreditar acompañando el “Sello Mujer”.
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Oferente demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de las personas contratadas.
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Respecto del oferente que demuestre tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, se debe adjuntar formulario Certificado F30-1 de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales pagadas y/o cualquier documento fehaciente que acredite la contratación de personas o última Planilla de cotizaciones de seguridad social pagadas en Previred o algún comprobante y/o documento equivalente que permita informar y acreditar con claridad la paridad de género en sus contrataciones.
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Que la propiedad de la empresa corresponda a una mujer.
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Acreditar acompañando certificado de propiedad de la empresa.
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Oferente sea una persona natural de sexo femenino.
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Respecto del oferente persona natural de sexo femenino:
En caso de que no se encuentre inscrita en el Registro de Proveedores, deberá adjuntar copia de su cédula de identidad. Si se encuentra inscrita, no será necesario adjuntar documentación adicional.
En el caso de oferentes inscritas en el Registro de Proveedores no deberán acompañar la documentación adicional si la señalada precedentemente se encuentra disponible en dicho registro.
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Oferente sea una persona jurídica cuya representante legal sea una mujer.
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Acreditar acompañando certificado representante de la empresa.
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III.- IMPÚTESE el gasto que originan los referidos servicios al Subtítulo 24, ítem 01, Asignación 415 del presupuesto vigente del Instituto correspondiente al año 2024, y al mismo ítem presupuestario para el año 2025 y para el año 2026, siempre que las disponibilidades presupuestarias así lo permitan.
IV.- PUBLÍQUESE la presente resolución exenta en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, denominado www.mercadopublico.cl
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