Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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DIREECION REGIONAL DE GENDARMERIA, REGION DE TARAPACA, RUT 61.004.002-0
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Fecha de vencimiento:
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08-05-2023
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Monto:
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200000
Peso Chileno
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Descripción:
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c) Cualquier otra caución o garantía que cumpla con los requisitos mencionados en el artículo 68° del Reglamento de la Ley N° 19.886, caución o garantía que deberá ser pagadera a la vista e irrevocable.
El documento de Garantía deberá llevar la siguiente glosa: “PARA GARANTIZAR SERIEDAD DE LA OFERTA CORRESPONDIENTE A LA PROPUESTA ID N° XXXXXXX (INDICANDO EL NÚMERO DE ID ASIGNADO AL RESPECTIVO PROCESO). Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completa o bien no puede incorporarse, ésta deberá ser escrita al reverso o consignarse en un documento emitido por la entidad emisora, el cual deberá acompañarse a tal instrumento.
El referido documento podrá acompañarse en forma física o electrónica. En los casos que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y enviarse al correo electrónico Eddie.choy@gendarmeria.cl, cuando se acompañe en forma física, deberá hacerse en original, en un sobre cerrado en la Oficina de Logística de la Dirección Regional de Tarapacá, ubicada en Sotomayor N° 728, comuna de Iquique, Región de Tarapacá, el cual deberá indicar el nombre o razón social del proponente, la individualización de la propuesta de que se trata y el respectivo número ID, correo electrónico y teléfono de contacto.
Este sobre se entregará en el lugar antes mencionado, los días y hora indicados en el cronograma de licitación. El oferente que no entregue el documento de Garantía, en la oportunidad indicada, quedará automáticamente fuera de la propuesta.
La mencionada Garantía será remitida al Área Jurídica de la Dirección Regional para su revisión; sólo si se estima que ella cumple con todos los requisitos exigidos en este artículo, se podrá proceder a la apertura de sus Anexos Administrativos.
De no presentarse la Garantía aludida o de no ajustarse a los términos y condiciones descritos, la oferta será declarada inadmisible, dejándose expresa constancia de ello en el acta de la comisión de apertura, por incumplimiento de las Bases Administrativas.
En todo caso, la Dirección Regional podrá solicitar a los oferentes que subsanen errores formales contenidos en el mencionado documento de Garantía, siempre y cuando haya sido entregado oportunamente; para ello se otorgará un plazo de 02 días hábiles, debiendo informarse de la situación a través del sitio de la propuesta.
Las garantías de aquellos proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, y aquellos cuyas ofertas hayan sido desestimadas se restituirán trascurridos 10 días corridos desde la notificación de la Resolución de adjudicación y/o inadmisibilidad de las ofertas, en la forma dispuesta en el artículo 4º de estas bases. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose de las garantías de aquellos proponentes cuyas ofertas fueren desestimadas, pero que hayan obtenido el segundo y tercer mejor puntaje ponderado, se pondrán a su disposición transcurridos 10 días corridos de haberse aprobado el contrato. Lo anterior en concordancia con lo señalado en el artículo 4º de las bases administrativas, y lo dispuesto en la parte final del artículo 3º del Reglamento de la Ley Nº 19.886. En el caso que la licitación sea declarada desierta, las garantías de seriedad que se hubieren entregado se devolverán transcurridos 10 días corridos desde que se haya realizado la notificación del acto administrativo que declare desierto el proceso.
Al proponente adjudicado se le devolverá dicho documento, una vez que quede totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato, previa recepción conforme de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
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Glosa:
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La seriedad de la oferta se garantizará mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos de Garantía:
a) Una Boleta de Garantía Bancaria pagadera a la vista, un Depósito a la Vista o un Vale a la Vista, tomado en un banco chileno o con agencia en Chile; o un Certificado de Fianza a la Vista, emitido por alguna de las Instituciones de Garantía Recíproca (IGR); documento que deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “GENDARMERÍA DE CHILE, DIRECCIÓN REGIONAL DE TARAPACÁ, R.U.T. N°61.004.002-0”, por la suma de $200.000, (Doscientos mil pesos), y deberá tener una vigencia mínima de 60 días corridos posteriores a la fecha fijada para la apertura de la oferta económica.-
b) Una Póliza de Seguro, cuyo Asegurado sea Gendarmería de Chile, Dirección Regional de Tarapacá, RUT: N°61.004.002-0, por el mismo monto y vigencia señalado en el párrafo anterior, cuyo monto deberá expresarse en su equivalente en Unidades de Fomento. Esta póliza de Garantía deberá tener el carácter de irrevocable y pagadera al sólo requerimiento de Gendarmería de Chile. El pago de la póliza debe efectuarse sin que deba Gendarmería de Chile estar sometida a procedimientos judiciales o de otra clase relacionados con el cobro, ni pueda su pago verse condicionado a liquidación de ninguna clase.-
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Forma y oportunidad de restitución:
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Para todos los casos anteriores, se establece como lugar de retiro de las Garantías, las dependencias de la oficina de Contabilidad y Presupuesto de la Dirección Regional de Tarapacá, ubicada en Sotomayor N° 728, comuna de Iquique, Región de Tarapacá.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, deberá entregarse un solo documento de garantía.
Este documento de garantía, se cobrará sin notificación ni forma de juicio, si el proponente:
1°.- Se desiste de su oferta o la retira unilateralmente, durante el periodo de
vigencia de la misma y hasta antes de haberse suscrito el contrato.
2º- Si su oferta o alguno de los antecedentes que la componen son falsos,
material o ideológicamente.
3°.- Si siendo adjudicado en la licitación:
a) No se inscribe o encontrándose inscrito, no posee la calidad de “hábil”, en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, o
b) No entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el plazo fijado para ello, o no entrega los documentos señalados en el artículo 24° dentro de plazo;
c) No suscribe el respectivo contrato.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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DIRECION REGIONAL DE GENDARMERIA, REGION DE TARAPACA, RUT 61.004.002-0
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Fecha de vencimiento:
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31-03-2025
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Monto:
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8000000
Peso Chileno
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Descripción:
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El oferente que sea re adjudicado deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, dentro del plazo de 5 días hábiles, contado desde la fecha que se le notifique de adjudicársele la licitación.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, que en conjunto, representen el monto o porcentaje a caucionar, entregándose en forma física o electrónica. En los casos que se otorgue en forma electrónica deberá ajustarse a la Ley 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
El plazo de vigencia de la garantía deberá ser igual al plazo de vigencia o del cumplimiento del contrato, aumentado en un periodo de 90 días corridos, desde el término del vínculo contractual.
El área administrativa de la Dirección Regional de Tarapacá, una vez vencido el plazo adicional de garantía de 90 días corridos mencionado en el inciso precedente, se procederá a la devolución del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato al proveedor.
La devolución de la boleta de garantía por fiel cumplimiento de contrato, será devuelta a partir del día siguiente al de su vencimiento, debiendo ser retirada en las dependencias de la Dirección Regional de Tarapacá, Área Finanzas, previa solicitud por carta dirigida a la Jefa de Administración y Finanzas Regional, ubicada en calle Sotomayor 728, comuna de Iquique.
Excepcionalmente se devolverán las garantías por correo certificado, cuando el proveedor lo solicite por escrito y fundamente su petición a esta Dirección; en estos casos Gendarmería no será responsable del destino de dichos documentos, una vez despachados por correos.
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Glosa:
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Artículo 24°.- Con el propósito de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el proponente que resulte adjudicado deberá entregar al servicio, dentro del plazo de 05 días hábiles, desde la respectiva notificación de la adjudicación, algunos de los siguientes documentos de garantía:
Vale vista, depósito bancario a la vista, boleta de garantía bancaria pagadera a la vista, tomada en un banco chileno o con agencia en Chile, o certificado de fianza a la vista, emitido por una institución de garantía recíproca. Este documento deberá tener el carácter de irrevocable y extenderse a la orden de “Gendarmería de Chile-Dirección Regional de Tarapacá, RUT 61.004.002-0”, por el 5% del monto disponible para la licitación, equivalente a $ 8.000.000.- (ocho millones de pesos) expresándose el mencionado valor en pesos chilenos.
El documento deberá llevar la siguiente glosa “Para Garantizar El Fiel Y Oportuno Cumplimiento Del Contrato Correspondiente Al Propuesta ID N°…………………………….”. Si el documento no posee espacio suficiente para incorporar la glosa completa, ella deberá ser escrita en el reverso, o consignarse en un documento consignado por la entidad emisora, el cual deberá acompañarse a tal instrumento.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato no fuese entregado dentro del plazo indicado en el inciso primero de este artículo, Gendarmería de Chile podrá resolver administrativamente y por anticipado el contrato, en el caso que hubiese sido ya suscrito.
En el evento que se cobre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con motivo de la aplicación de una multa, el contratista deberá modificar dicha garantía, con el propósito de mantener vigente el monto original indicado en el presente artículo, el plazo para entregar este nuevo documento de garantía será de 5 días hábiles, contados desde que se comunique al proveedor el cobro del documento original.
El servicio podrá solicitar al adjudicatario que subsane errores formales contenidos en el mencionado documento de garantía, siempre y cuando este haya sido entregado oportunamente, para ello
Sanción por no presentación de Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
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