1.-
Los oferentes personas jurídicas o naturales, según corresponda, deberán anexar en formato digital como Anexo Administrativo, en el campo que al efecto dispone el portal, al menos, los siguientes documentos:
a) Antecedentes Generales (Anexo N°1)
b) Declaración de Aceptación de Condiciones (Anexo N°2)
c) Declaración de Habilidad y Certificado de Probidad Administrativa (Anexo N°3)
d) Declaración simple indicando a qué Organismo Administrador se encuentra afiliado la empresa que realizará los servicios (Ley N°16.744). (solo procede tratándose de un servicio que contemple mano de obra intensiva) (Anexo N°4)
e) Declaración simple indicando que el proveedor no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años (Anexo N°5).
f) Carta oferta propuesta pública sobre líneas a postular (Anexo 6.0)
g) Carta con bienes/servicios ofertados línea 1. (Anexo N°6.1)
h) Carta con bienes/servicios ofertados línea 2 (Anexo N°6.2)
i) Carta con bienes/servicios ofertados línea 3 (Anexo N°6.3)
j) Carta con bienes/servicios ofertados línea 4 (Anexo N°6.4)
k) Nombramiento de representante o apoderado común y declaración de solidaridad en documento público o privado que da cuenta de la Unión Temporal de Proveedores (de responsabilidad de la UTP).
Se entenderán esenciales, esto es, que, en caso de omisión, entrega incompleta, errónea o incongruente (que impida su comprensión absoluta), acarrearán que la oferta sea declarada inadmisible, los anexos indicados en los literales “a”, “b”, “f” y “k”. En caso de los anexos “g”, “h”, “i” y “j”, serán esenciales, siempre que correspondan a las líneas ofertadas por los proveedores, conforme a lo declarado en su anexo N° 6.0.
En el caso de los otros anexos, en caso de omisión, entrega incompleta, errónea o incongruente (que impida su comprensión absoluta), acarrearán los descuentos respectivos, según los criterios de evaluación.
No estarán obligados a acreditar su existencia, vigencia y/o personería aquellos oferentes que estén inscritos en el portal www.chileproveedores.cl., siempre que la información esté actualizada hasta 90 días antes de la apertura de las ofertas. En los demás casos, los oferentes deberán acompañar los siguientes documentos:
1. Documentación que acredite constitución legal de la empresa, modificaciones, vigencia y poderes de quienes actuarán en representación del proveedor, con vigencia máxima de 60 días anteriores a la fecha de apertura de las ofertas.
2. Copia autorizada de la escritura pública donde conste el representante legal con facultades suficientes para concurrir a la presente licitación y suscribir el contrato correspondiente. Lo anterior, en caso de corresponder a personas jurídicas, con vigencia máxima de 90 días anteriores a la fecha de apertura de las ofertas.
3. Certificado de vigencia de la sociedad con anotaciones vigentes de una data no superior a 90 días, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces.
4. Fotocopia del Rut del oferente o cédula de identidad, según corresponda, y fotocopia de la cédula de identidad del representante legal en caso de personas jurídicas.
En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP) se deberá presentar el instrumento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma y establece la Unión Temporal de Proveedores (UTP) de conformidad al artículo 67 bis del D.S. 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Adicionalmente, se recomienda el ingreso del instrumento por el cual se constituyó cada sociedad y sus modificaciones, si corresponde. En caso que no se pueda consultar en forma directa la información de cada empresa, o, si los antecedentes tienen una antigüedad mayor a la indicada más adelante, se deberá presentar certificado de vigencia de todas las personas jurídicas participantes en la UTP, emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo o por el Registro de Empresas y Sociedades, o bien, presentando los documentos oficiales que certifican la vigencia de las respectivas personas jurídicas. Tales documentos no podrán haber sido emitidos con más de 90 (noventa) días de antelación a la fecha de presentación de las propuestas.
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