Resolución de Empates |
En el caso de igualdad de puntajes totales entre dos o más oferentes, se resolverá, en primer lugar, considerando el porcentaje de comisión más conveniente. Si persiste el empate, se adjudicará a aquel oferente que presente mayor puntaje en la experiencia del oferente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que presente el máximo de puntaje por comportamiento contractual anterior, y finalmente, de continuar el empate, se adjudicará al oferente que haya cumplido con todos los requisitos.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas o cualquier duda con respecto al proceso de adjudicación deben ser canalizadas a través del correo electrónico margarita.paredes.a@redsalud.gov.cl en un plazo máximo de 10 días corridos de la adjudicación.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Al momento de firmar el contrato y cada 3 meses, si corresponde, el oferente adjudicado deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte de la empresa adjudicada para con sus trabajadores, este deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como, asimismo, la falta de presentación de dicho certificado, habilitará al Servicio, para poner término anticipado al contrato y podrá llamar a una nueva licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de tipo administrativo, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de información.
El Servicio podrá también permitir, de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 40 del Reglamento, la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento vía “Foro Inverso” inserta en el portal de compras públicas, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El cumplimiento en el plazo establecido permitirá evaluar el criterio en el cual se solicitó el antecedente omitido dentro del plazo de presentación de ofertas, pero se asignará puntaje cero (0), en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos “. En caso del oferente que se solicitó antecedentes en su oferta y no cumplió dentro del plazo otorgado, se asignará puntaje cero (0).
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Bases Técnicas |
1. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
El Servicio de Salud Magallanes requiere la contratación del servicio de administración de salas cuna para los hijos/as de los funcionarios de la Red del Servicio de Salud Magallanes, que tengan entre 84 días y 2 años de edad, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 203 del Código del Trabajo, que dispone en lo pertinente lo siguiente:
“Las empresas que ocupan veinte o más trabajadoras de cualquier edad o estado civil, deberán tener salas anexas o independientes del local de trabajo, en donde las mujeres puedan dar alimento a sus hijos/as menores de 2 años y dejarlos mientras están en el trabajo”
Por lo anterior, el Servicio de Salud Magallanes llama a licitación pública a las personas naturales y/o jurídicas proveedoras del servicio requerido.
2. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
2.1 CONSIDERACIONES GENERALES
• Las salas cuna que la administradora ponga a disposición del Servicio de Salud Magallanes deberán contar con la Autorización de Funcionamiento del Ministerio de Educación o de lo contrario estar en proceso de obtención y contar con el empadronamiento de JUNJI.
• El oferente deberá presentar nómina de servicios de salas cuna en convenio, que cuenten con la Autorización de Funcionamiento del Ministerio de Educación, o de lo contrario estar en proceso de obtención y contar con el empadronamiento de JUNJI.
• El oferente deberá presentar el certificado de empadronamiento de cada institución.
• El proveedor que se adjudique la administración de este servicio, podrá cobrar mensualmente una comisión por la entrega del mismo, porcentaje que se calculará sobre el monto total facturado.
• La empresa adjudicada deberá emitir mensualmente la siguiente documentación:
o Informe de evaluación, pedido mensual
o Informe de asistencia, el cual deberá ser emitido y enviado por correo electrónico al referente técnico del Servicio de Salud Magallanes, los primeros 5 días de cada mes.
o Factura mensual con los montos totales de la mensualidad.
o Monto por la prestación del servicio, es decir, la comisión, la que deberá ser reflejada en la factura mensual.
o Monto correspondiente a matrículas.
• El Servicio de Salud Magallanes cancelará por 1 única vez la matrícula de incorporación a sala cuna.
• La funcionaria podrá solicitar el traslado de sala cuna sólo por 1 vez. Si la funcionaria solicita realizar un segundo traslado, el valor de la matrícula será costeado en su totalidad por la funcionaria.
• La funcionaria al momento de solicitar traslado de sala cuna, deberá dar aviso a lo menos con 15 días de anticipación, explicando mediante documento escrito los motivos del traslado del hijo/a al referente técnico.
• La empresa adjudicada deberá enviar al referente técnico del Servicio de Salud Magallanes, en un plazo de 24 horas, documento confirmando traslado de sala cuna.
• Al momento de ingreso del menor a la sala cuna, dependiendo del día de ingreso, se cancelará valores proporcionales de la mensualidad.
• El Servicio de Salud Magallanes, presenta sus requerimientos a la empresa adjudicada, con al menos 5 días hábiles de anticipación, respecto del inicio de la entrega del servicio de sala cuna, a objetivo de proceder a realizar las gestiones con los establecimientos, a los cuales se incorporan los hijos/as de las funcionarias.
• La empresa adjudicada pagará a las salas cuna, dando cumplimiento en su calidad de mandatario, a la obligación del empleador de pagar directamente el valor correspondiente.
• El Servicio de salud Magallanes pondrá a disposición de las funcionarias, nómina de las salas cuna en el convenio, según detalle enviado por el proveedor, para que realicen su elección
• Para el correcto funcionamiento del servicio, ni el Servicio de Salud Magallanes ni las beneficiarias del mismo, podrán en ningún caso, negociar valores con las salas cuna, respecto del funcionamiento del servicio a fin de evitar cualquier comunicación directa entre las salas cuna y el Servicio de Salud Magallanes, por eventuales reclamos en los pagos u otros motivos. Al momento de postular, deberán señalas quienes serán los ejecutivos designados por parte del proveedor para la administración del servicio.
• Actuará como coordinador o referente técnico la Encargada de la Unidad de Cuidados Infantiles.
• El Servicio de Salud Magallanes pagará mensualmente, en forma vencida, la factura, previa entrega del informe de validación mensual y el informe de asistencia.
• La matrícula de los niños/as se cancelará conjuntamente con la primera mensualidad.
• El Servicio de Salud Magallanes sólo cursará la factura para proceder al pago una vez que cuente con la recepción conforme, debidamente validada y con la documentación que respalda la asistencia.
• En caso que se produzca el traslado de un hijo/a de la funcionaria que implique el pago de una nueva matrícula, deberá distinguirse si se produce por razones atribuibles al proveedor, en cuyo caso el proveedor deberá asumir el costo del traslado del niño/a informando a lo menos con 15 días de anticipación al referente técnico del Servicio de Salud Magallanes.
2.2 OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO
• Asegurar que los establecimientos que escojan las funcionarias cuenten con la Autorización de Funcionamiento del Ministerio de Educación o de lo contrario estar en proceso de obtención, y contar con el empadronamiento de JUNJI, conforme a la normativa vigente.
• Informar a las salas cuna respecto de la contratación del servicio por parte del Servicio de Salud Magallanes.
• Pagar a los establecimientos el costo mensual, según el servicio que se requiera de los mismos.
• Dar pronta respuesta y solución a las consultas y/o problemas que pudiesen tener las funcionarias con los establecimientos en donde asisten los hijos/as de las funcionarias.
• Informar con la debida anticipación si se generan atrasos en la cancelación por parte del Servicio de Salud Magallanes de las facturas por concepto de sala cuna, para evitar notificaciones de suspensión sin aviso previo.
• Enviar información mensual al referente técnico del servicio de Salud Magallanes vía correo electrónico de antecedentes de relevancia que implique un cambio en la calidad del servicio.
• Planteamientos de solución de alternativas a los problemas que pudiesen surgir en relación con el servicio.
2.5 DE LA CANTIDAD DEL SERVICIO
La cantidad de cupos de salas cuna será para 20 niños/as, el cual podrá eventualmente ser modificado según necesidad del Servicio de Salud Magallanes.
3. MONTOS DEL CONVENIO
Se emitirá una orden de compra mensual contraprestación, en donde el proveedor emitirá una pre factura con el detalle del servicio entregado, lo que será validado por el referente técnico, para posteriormente emitir la orden de compra.
El convenio total tiene estipulado un presupuesto referencial, pero sólo será pagado lo realmente utilizado; el presupuesto designado es el siguiente:
DESCRIPCION DEL SERVICIO MONTO TOTAL CONVENIO
Servicio administración Sala Cuna $ 240.000.000.-.
4. DURACIÓN DEL SERVICIO
La duración del convenio es por 24 meses.
5. SUPERVISIÓN
La supervisión del buen cumplimiento del contrato estará a cargo de la Referente de Cuidados Infantiles del Departamento de Calidad de Vida, o quien se designe, quien velará por el acatamiento, por parte del prestador, del cumplimiento de las funciones detalladas en las presentes Bases Técnicas.
6. SITUACIONES NO PREVISTAS
El proveedor deberá considerar posibles imprevistos para la realización del servicio, teniendo que poseer planes de contingencias para dar entrega integral al servicio en los tiempos dispuestos.
7. AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO
Por razones emergentes debidamente justificadas, el Servicio podrá requerir durante la ejecución del contrato, hasta un 30% el aumento o disminución, en forma inmediata, del monto total del servicio contratado, conforme a un proceso de evaluación de la gestión realizada o de requerimientos fundados para el buen funcionamiento administrativo. En estas circunstancias, se valorizará de acuerdo al precio entregado en la propuesta de los oferentes, señalado en el Anexo Nº 1 “Oferta Económica”, de la presente licitación. En todo caso, cualquier modificación del contrato, sea esta ampliación y/o disminución de los servicios, se efectuará mediante la celebración del correspondiente acuerdo de modificación, el cual será suscrito por ambas partes y aprobado por el correspondiente acto administrativo.
8. CONFIDENCIALIDAD
El personal del oferente adjudicado queda especialmente obligado a resguardar la reserva y confidencialidad de toda la información que el Servicio le proporcione directa o indirectamente, con motivo del respectivo contrato a suscribir, tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorándums, escrito de otra naturaleza, archivos computacionales, o en cualquier otra forma.
El oferente adjudicado y su personal sólo utilizarán la información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de la presente licitación, y no divulgará, publicará ni difundirá en todo o parte la información confidencial. Asimismo, adoptará las medidas que sean pertinentes, para el acceso a la información confidencial que sea estrictamente necesaria, para el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el respectivo contrato.
En el caso de incumplimiento de lo anteriormente señalado, el Servicio, previa acreditación de los hechos en falta, ejercerá término inmediato de contrato, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que procedan.
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