Licitación ID: 1005498-1-LE23
Servicios monitoreo RRSS sitios y medios online
Responsable de esta licitación: COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO, COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO
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Productos o servicios
1
Servicios de redes digitales de servicios integrados (ISDN) 1 Unidad
Cod: 83112402
valor neto total de los servicios de monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online, en unidad de fomento, sin impuesto.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicios monitoreo RRSS sitios y medios online
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La CMF llama a presentar ofertas en licitación pública para contratar los servicios de monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online para la Comisión para el Mercado Financiero, de acuerdo a las características que se han definido en las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO
Unidad de compra:
COMISION PARA EL MERCADO FINANCIERO
R.U.T.:
60.810.000-8
Dirección:
Av. Lib. Bernardo O'higgins 1449, piso 2, torre II
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-02-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 26-01-2023 13:24:29
Fecha inicio de preguntas: 27-01-2023 9:00:00
Fecha final de preguntas: 01-02-2023 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 06-02-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-02-2023 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-02-2023 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 10-03-2023 15:40:30
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N° 1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
2.- ANEXO N° 5 CONDICIONES INCLUSIVAS
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N° 2 OFERTA TÉCNICA
 
2.- ANEXO N° 3 EXPERIENCIA DEL OFERENTE
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°4 OFERTA ECONOMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Completitud de la oferta Según punto 7.1.- Proceso de evaluación de bases administrativas 2%
2 Valor total bruto del servicio Según punto 7.1.- Proceso de evaluación de bases administrativas 35%
3 Experiencia en servicios Según punto 7.1.- Proceso de evaluación de bases administrativas 30%
4 Cantidad de contratos Según punto 7.1.- Proceso de evaluación de bases administrativas 20%
5 Soporte Técnico Según punto 7.1.- Proceso de evaluación de bases administrativas 10%
6 Condiciones inclusivas. Según punto 7.1.- Proceso de evaluación de bases administrativas 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 1028
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Jefatura División de Finanzas y Planificación
e-mail de responsable de pago: abastecimiento@cmfchile.cl
Nombre de responsable de contrato: Director de Supervisión de Administradoras de Fond
e-mail de responsable de contrato: abastecimiento@cmfchile.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26174124-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
No se permite
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Según Artículo 10.- Readjudicación de bases administrativas
BASES ADMINISTRATIVAS

Artículo 1.- Objeto de la licitación:

La CMF llama a presentar ofertas en licitación pública para contratar los servicios de monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online para la Comisión para el Mercado Financiero, de acuerdo a las características que se han definido en las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.

Artículo 2.- Mandante de la licitación:

El mandante de la licitación es la Comisión para el Mercado Financiero, cuyo domicilio es Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna de Santiago, Región Metropolitana, representada por su Presidenta. 

Artículo 3.- Datos básicos de la licitación:

Etapas

Una (apertura de ofertas técnica y económica en un solo acto), que se efectuará a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.

Presupuesto

El presupuesto total máximo disponible para esta contratación es de UF 1.028 (mil veintiocho unidades de fomentos), impuestos incluidos.

El presupuesto disponible incluye todos los gastos e impuestos que pudieren corresponder.

Participantes

Personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, en adelante UTP, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

Si dos o más proveedores se unen para presentar ofertas, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la CMF y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En este caso, al momento de presentar las ofertas, deberá adjuntarse la escritura privada o pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Podrán participar presentando ofertas, las personas o UTP antes referidas, que de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 19.886, no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los Derechos Fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta. Los oferentes tampoco podrán encontrarse inhabilitados en virtud del D.L. N° 211 de 1973, ni estar afecto a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393. Lo anterior se acreditará mediante declaración jurada electrónica que deberán presentar los oferentes en la presente licitación.

Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado, ya sea persona natural y/o jurídica, debiendo el apoderado o representante de la UTP firmar la declaración jurada en nombre de sus integrantes, conforme a las condiciones previstas en el Portal de Compras Públicas.

Cómputo de plazos

Los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.

Se consideran hábiles los días de lunes a viernes, e inhábiles los días sábados, domingos y festivos.

Todos los plazos de horas se entenderán de horas corridas, salvo que se indique lo contrario.

Idioma

Castellano.

Comunicación con la CMF

Exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl

Soporte de documentos

Soporte digital.

Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento.

Funcionario encargado del contrato

Director de Supervisión de Administradoras de Fondos y Asesorías de Inversión de la CMF.

Funcionario responsable del pago

Jefatura División de Finanzas y Planificación de la CMF.

3.1.- Gastos:

Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte de la CMF.

3.2.- Documentación que rige esta licitación:

Esta licitación se rige por lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento contenido en el Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y por los documentos que a continuación se indican, los que, en caso de discrepancias, se interpretarán en forma armónica a las presentes bases de licitación, manteniendo el siguiente orden de prelación:

a)    Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación;

b)    Modificaciones a las bases que, eventualmente, podrá hacer la CMF, a través de la resolución correspondiente;

c)     Respuestas a las preguntas de los oferentes, y

d)    Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CMF.

Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al Portal Mercado Público.

3.3.- Modificaciones a las bases:

La CMF podrá modificar las bases administrativas, técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta planteada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución totalmente tramitada y serán publicadas en el Portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.

                                                           

3.4.- Cronograma de la licitación:

El siguiente cronograma presenta la duración de cada etapa considerada para la presente licitación pública. Los plazos definidos son contados desde la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl.

Etapa

Plazos(*)

  1.  

Fecha de publicación de las bases

Día uno (1). Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba las bases y el llamado.

  1.  

Fecha de cierre de recepción de ofertas

Veinte (20) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl, a las 16:00 horas.

  1.  

Fecha de inicio de preguntas

Un (1) día después de haberse publicado las bases, desde las 09:00 horas.

  1.  

Fecha final de preguntas

Cinco (5) días posteriores al inicio de las preguntas, hasta las 18:00 horas.

  1.  

Fecha publicación de respuestas

Hasta los tres (3) días posteriores a la recepción final de las preguntas, hasta las 18:00 horas.

  1.  

Fecha de acto de apertura técnica y económica

El mismo día de la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl a las 16:05 horas.

  1.  

Fecha de evaluación de ofertas

Dentro de los catorce (14) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl.

  1.  

Fecha de adjudicación

Dentro de los catorce (14) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal  www.mercadopublico.cl, hasta las 18:00 horas.

  1.  

Suscripción del contrato

Dentro de los catorce (14) días contados desde la fecha de notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público.

(*) Los días establecidos en el cronograma de la licitación son corridos, considerando días inhábiles a los días sábados, domingos y festivos.

Si el día fijado como término de algunos de los plazos indicados, coincidiese con un día sábado, domingo o festivo, la actividad correspondiente deberá realizarse en el día hábil siguiente.

Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.

3.5.- Período de consultas, preguntas, aclaraciones y respuestas:

Toda consulta o pregunta por parte de los oferentes relativas a las bases de la presente licitación, deberá formularse a través del Portal en el ID respectivo, durante el período comprendido entre la fecha de inicio de consultas y el período de cierre de éstas indicado en el cronograma de licitación. Las consultas serán contestadas por la CMF a todos los interesados a través del mismo Portal. Dichas respuestas se considerarán como parte integrante de las presentes bases de licitación.

Las respuestas a las consultas formuladas en el Portal durante el procedimiento licitatorio, que impliquen una modificación a los antecedentes de la licitación, serán sancionadas por el respectivo acto administrativo, que será publicado en dicho Portal.

 

Por su parte, la CMF podrá aclarar, complementar y corregir las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta el día fijado para la recepción de ofertas, las que serán publicadas en el Portal y serán consideradas como parte integrante de dichas bases.

Artículo 4.- Contenido de la oferta:

Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas, según lo indicado en el cronograma de la licitación.

La oferta se compone de los antecedentes administrativos, oferta técnica, condiciones inclusivas y oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2, 4.3 y 4.4, respectivamente.

En caso que el oferente quiera complementar la información de su oferta con archivos adicionales a lo requerido en estas bases, deberá hacer la referencia en su “Propuesta Técnica Detallada” (apartado 4.2.- Oferta Técnica, de las presentes bases administrativas) a la página y al nombre del documento adicional que la complementa. De no existir la referencia solicitada, estos documentos adicionales no serán considerados por la comisión evaluadora en la revisión de las ofertas.

Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas, técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.

4.1.- Antecedentes administrativos:

Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, los siguientes documentos:

4.1.1.-  Declaración jurada electrónica en la plataforma dispuesta por la Dirección de Compras y Contratación Pública, de acuerdo a su Directiva de Contratación Pública N° 37, recomendaciones sobre el uso y aplicación del registro de proveedores.

Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP

individualmente considerado, ya sea persona natural y/o jurídica, debiendo el apoderado o representante de la UTP firmar la declaración jurada en nombre de sus integrantes, conforme a las condiciones previstas en el Portal de Compras Públicas.

4.1.2.- Identificación del oferente, de acuerdo con el formato del Anexo N° 1.

Además, los oferentes que presenten su oferta como una UTP, deberán presentar, un documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Este documento deberá contener la identificación de los integrantes de la UTP y la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la CMF, por lo que todos y cada uno de los integrantes de una UTP serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo contrato, por lo que el instrumento de constitución de la UTP no puede incluir cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP.

Asimismo, deberá contener el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, explicitándose en el acuerdo de constitución de la UTP el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes ante la CMF. Además, el acuerdo de constitución de la UTP deberá establecer su duración, la cual deberá extenderse por el tiempo que corresponda al proceso de licitación en la que participa, incluida la vigencia del contrato que eventualmente se adjudique.

El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las respectivas bases de licitación y el contrato.

Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la CMF, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio. Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.

Asimismo, en caso de ser adjudicada su oferta, al momento de formalizar la contratación, el adjudicatario deberá presentar:

a) Una copia de inscripción con vigencia de la persona jurídica, otorgada por el Conservador de Bienes Raíces respectivo. De la misma manera, para el caso de sociedades constituidas al amparo de la Ley N° 20.659, deberá presentar el certificado de vigencia y el certificado de estatuto actualizado, ambos otorgados por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que no podrán tener una antigüedad superior a 3 meses.

b) Una copia escaneada en formato electrónico de su escritura de constitución o una copia de escritura, acta de directorio reducida a escritura pública, u otro instrumento público en el que conste el nombre del (los) representante (s) legal (es) del proveedor y las facultades de que están investidos para representarla. Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente (Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales), deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses.

En caso de adjudicar el servicio a una UTP, que se encuentre conformada por una o más personas jurídicas, deberá presentarse, al momento de contratar, los documentos aludidos en los párrafos que preceden correspondiente a cada una de las personas jurídicas.

Respecto de los oferentes que se encuentren constituidos como agencias de sociedades extranjeras, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 447 a 450 del Código de Comercio y artículos 121 a 124 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, deberán acompañar los documentos señalados en el artículo 447 del Código de Comercio o 121 de la Ley N° 18.046, según sea el caso.

Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, no deberán acompañar estos documentos si ellos u otros similares se encuentran disponibles en dicho Registro y cumplen con la vigencia solicitada.

4.2. Oferta técnica:

Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, la información solicitada en los siguientes documentos:

a) “Propuesta Técnica Detallada” (obligatorio): consistente en un documento donde el oferente deberá detallar su propuesta técnica de trabajo, describiendo la planificación, instalación y puesta en marcha de los servicios, así como todas las tareas relacionadas con el requerimiento técnico del servicio ofertado y las características técnicas específicas de las soluciones ofertadas.

b) Anexo N° 2 “Oferta Técnica” (obligatorio).

c) Anexo N° 3 “Experiencia del Oferente” (no obligatorio).

4.3.- Condiciones inclusivas, de acuerdo con la información solicitada en el Anexo N° 5.

4.4. Oferta Económica:

Los oferentes ingresarán a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de las ofertas, el valor neto total de los servicios de monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online, en unidad de fomento, sin impuesto.

El oferente deberá presentar la información solicitada en el Anexo N° 4 “Oferta Económica”, como documento adjunto a su oferta, en formato Word, Excel u otro, el que deberá ser completado obligatoriamente con toda la información solicitada. En caso de no presentar esta información, será causal de inadmisibilidad de su oferta.

De producirse diferencias entre los valores ingresados por el oferente en los formularios del Portal Mercado Público y los ingresados en el Anexo N° 4 “Oferta Económica” de estas bases, para todos los efectos, prevalecerá lo establecido en el anexo citado.

Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato.

En caso de que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.

4.5.- Plazo de vigencia de las ofertas:

Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas dispuesta en el cronograma de la licitación, de estas bases administrativas. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CMF solicitará a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga de sus ofertas. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta no será considerada.

4.6.- Inadmisibilidad de las ofertas:

Las ofertas presentadas por los oferentes serán declaradas inadmisibles cuando:

  1. No presenten cualquiera de los antecedentes indicados como obligatorios en las letras a) y b) del punto 4.2, de las presentes bases administrativas.

  1. No presenten la información requerida en el Anexo N° 4 “Oferta Económica”.

  1. Sobrepasen el presupuesto total disponible, conforme lo indicado en el artículo 3 de las bases administrativas.

  1. No cumplan con los requisitos establecidos en las bases técnicas de licitación, que deben ser informados de acuerdo a lo solicitado en el Anexo N° 2 “Oferta Técnica”.

  1. Si la CMF solicita, de acuerdo a bases, a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, aclarar errores u omisiones formales o requiera antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta, y el oferente no los presente dentro del plazo otorgado.

  1. En general, por no haber dado cumplimiento a las exigencias establecidas en las bases de licitación.

Se exceptúan de ser declaradas inadmisibles las ofertas que no presenten los siguientes antecedentes:

  • Información requerida en los Anexos Nos 3 “Experiencia del Oferente” y 5 “Condiciones Inclusivas” de estas bases.

La no presentación de la información señalada será evaluada con “0” puntos.

Con respecto a los demás antecedentes establecidos en el punto 4.1, se estará a lo dispuesto en el artículo 6 y en el apartado I del punto 7.1 del artículo 7 de estas bases.

Artículo 5.- De la apertura de las ofertas:

La apertura electrónica de las ofertas, se efectuará el día señalado en el cronograma de la licitación, en un solo acto, a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.

Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información, de acuerdo a lo establecido en el inciso final del artículo 33, del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886

Las ofertas técnicas serán de público conocimiento.

La CMF podrá efectuar el proceso de compra y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información del Portal Mercado Público, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.

Artículo 6.- Errores u omisiones / falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación:

La CMF podrá solicitar a través del Portal Mercado Público, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. En todo caso, estas solicitudes deberán ser informadas al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.

La CMF podrá también permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuada la oferta, siempre que con ello no se modifique la oferta y siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.

En cualquiera de las situaciones descritas en los dos párrafos precedentes, se les otorgará a los oferentes un plazo de 72 horas corridas desde la notificación de la CMF para salvar los errores u omisiones formales y presentar las certificaciones o antecedentes faltantes.

Ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la CMF podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.

Artículo 7.- De la evaluación:

Una Comisión Evaluadora nombrada para tal efecto, analizará y evaluará conforme a los criterios de evaluación las ofertas dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación, proponiendo a la Presidenta de la CMF, la adjudicación total de la licitación, al oferente que haya obtenido mayor puntaje, atendiendo a que ella cumple de mejor forma los requerimientos exigidos y que constituye la oferta más conveniente para los intereses de la Institución o bien, la Comisión Evaluadora podrá proponer dejar desierta la licitación, expresando los fundamentos para ello. 

La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios de la Comisión para el Mercado Financiero:

1. Nicolás Álvarez Hernández, Director de la Dirección de Supervisión Administradoras de Fondos y Asesorías de Inversión

2. Karen Álvarez González, Jefa Departamento Supervisión Asesorías de Inversión y Asesores Financieros Prev.

3. Andrea González Hernández, Analista Departamento Supervisión Asesorías de Inversión y Asesores Financieros Prev.

En caso de que alguno de los integrantes no pueda asistir a la evaluación de ofertas por impedimento debidamente justificado, se designará por resolución a su reemplazante.

Durante la etapa de evaluación, la CMF podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información a través de los medios de contacto indicados por los propios oferentes para validar información con terceros.

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. De esto deberán dejar constancia en el Informe de la Comisión Evaluadora.

7.1.- Proceso de evaluación:

El proceso de evaluación contempla la evaluación de criterios técnicos, económicos, requisitos formales, y condiciones inclusivas, debiendo cada uno de los componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los cuatro componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.

En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas técnicas, económicas, requisitos formales, y condiciones inclusivas, se utilizarán dos decimales.

En caso de tratarse de una UTP, ésta estará obligada a informar inmediatamente a la CMF el retiro de uno o más de sus integrantes. Si dicho retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP deberá informar, además, en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien si se desistirá de ésta. Luego del retiro de algunos de sus integrantes, la UTP deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes.

Si durante la evaluación de las ofertas se retira algunos de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia podrá ser causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta la que deberá fundarse debidamente.

La pauta de evaluación que se utilizará para decidir la adjudicación considera los siguientes criterios de evaluación y sus respectivos puntajes y ponderaciones:

Criterio

Ponderador por Criterio

I.- Requisitos formales de la oferta:

Completitud de la oferta.

2%

II.- Aspecto Económico de la oferta:

Valor total bruto del servicio

35%

III.- Aspecto Técnico de la oferta:

A.

Experiencia en servicios

30%

B.

Cantidad de contratos

20%

C.

Soporte Técnico

10%

IV.- Condiciones sustentables:

A.

Condiciones inclusivas.

3%

I.- Evaluación requisitos formales de la oferta:

 

Completitud de la oferta:

 

Este criterio está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes, anexos y certificaciones requeridas por la CMF. La asignación de puntaje se efectuará de acuerdo a lo siguiente:

Tramos

Puntaje

Presentó en tiempo y forma toda la información y documentos requeridos, por lo que no es necesario solicitar información ni documentos omitidos.

100

Se solicita información o documentos omitidos, y responde en el plazo establecido.

50

Si la CMF requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo otorgado, no continuará en el proceso de evaluación de las ofertas, declarándose la inadmisibilidad de la misma, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.6 de las presentes bases.

En todo caso, ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la CMF podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta técnica, económica, condiciones inclusivas, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.

II.- Evaluación aspecto económico de la oferta:

Las ofertas que sobrepasen el presupuesto total disponible se considerarán inadmisibles y no continuarán con el proceso de evaluación de ofertas.

Las ofertas económicas serán evaluadas de la siguiente manera: se asignará 100 puntos a la oferta de menor valor (valor total del servicio en unidades de fomento impuestos incluidos).

Para el resto de las ofertas, se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación:

Puntaje oferta (i) = [(P (m) / P (i)) x 100]

Dónde:

Puntaje oferta (i)        :           Puntaje de la oferta económica.

P (i)                             :           Precio ofertado por el oferente evaluado.

P (m)                           :           El menor precio ofertado por los oferentes.

En el caso de contar con una sola oferta para evaluar, se le asignarán 100 puntos.

III.- Evaluación aspecto técnico de la oferta:

La oferta técnica tendrá que cumplir con los requisitos establecidos en las bases técnicas.

Las propuestas que cumplan con los requisitos solicitados continuarán en el proceso de evaluación, siendo evaluadas de acuerdo a los criterios y ponderaciones que a continuación se indican:

A. Experiencia en servicios de monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online.

Se asignará un puntaje por la cantidad de años que el proveedor tenga en servicios de monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online, según los rangos siguientes:

Tramos

Puntaje

Más de 3 años

100

3 años

75

2 años

50

1 año

25

No informa o 0 años

0

Para contar los años de experiencia del oferente, se corroborará con el contrato acreditado más antiguo que pueda identificar la prestación de servicios de Monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online, lo que debiese incluir características definidas en la Bases Técnicas.

La información entregada por cada oferente en el Anexo N° 3 deberá acreditarse mediante alguno de los siguientes documentos o antecedentes: 

  • ID de licitación en mercado público.
  • Orden de compra, que contenga como mínimo la descripción del servicio de Monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online entregado y el año de suscripción.
  • Copia simple del contrato respectivo, firmado por ambas partes.
  • Copia de una factura emitida a la institución pública y/o privada, que contenga como mínimo la descripción del servicio de Monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online entregado y el año de suscripción.

B. Cantidad de contratos de servicio de Monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online

Se asignará un puntaje por la cantidad de contratos de servicio de Monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online que mantenga el oferente y que cumplan con los siguientes requisitos copulativos:

  • Vigencia no menor a seis meses.
  • Se considerarán los contratos ejecutados o que se encuentren vigentes, siempre que correspondan a los últimos 4 años contados desde la fecha de publicación del llamado a la presente licitación.

Los rangos serán los siguientes:

Tramos

Puntaje

Más de 6 contratos

100

Entre 3 a 6 contratos

65

Entre 1 a 2 contratos

35

No informa o 0 contratos

0

El oferente para validar la experiencia en cantidad de contratos indicada en la tabla precedente, deberá presentar la información en el Anexo N° 3, que deberá acreditarse mediante alguno de los siguientes documentos o antecedentes: 

  • ID de licitación en mercado público.
  • Orden de compra, que contenga como mínimo la descripción del servicio de Monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online entregado y el año de suscripción.
  • Copia simple del contrato respectivo, firmado por ambas partes.
  • Copia de una factura emitida a la institución pública y/o privada, que contenga como mínimo la descripción del servicio de Monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online entregado y el año de suscripción.

En caso de no presentar los respectivos respaldos que permitan verificar la veracidad de estas referencias, se procederá a desestimar y no considerar ese antecedente en la evaluación de este criterio.

En el caso que el oferente sea una UTP, los integrantes de dicha unión podrán sumar sus experiencias individuales de acuerdo a lo requerido para este criterio de evaluación.

En el evento que el oferente sea una agencia de una sociedad u otra persona jurídica con fines de lucro extranjera, conforme a lo dispuesto en los artículos 447 a 450 del Código de Comercio y artículos 121 a 124 de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, la experiencia del agenciado podrá ser considerada como propia del agente.

Si el oferente no adjuntare en el Portal de Compras Públicas la información solicitada en el Anexo N° 3 o no presenta los respaldos que permitan verificar la veracidad de lo informado, se procederá a no considerar ese antecedente en la evaluación, siendo calificada la oferta con “0” puntos, en el o los criterios que correspondan. Solo se considerarán los antecedentes y/o respaldos sobre experiencia que se encuentren debidamente acreditados.

C. Soporte Técnico

Para evaluar este criterio, se considerarán la siguiente tabla de puntaje:

Tramos

Puntaje

Atención full 24x7, con asistencia en horario inhábil y días festivos vía llamada telefónica

100

Atención menor a 24x7, con asistencia en horario inhábil y días festivos vía correo electrónico.

65

Atención 24x5, con asistencia en horario inhábil y días festivos vía llamada telefónica.

35

Atención 24x5, sin asistencia en horario inhábil y días festivos

0

Este requerimiento debiese incluir características como la disponibilidad de soporte técnico, vía telefónica, videollamada, correo electrónico, chat, u otra, incluyendo horario inhábil y días festivos.

Para la evaluación de este ítem, el oferente deberá completar el numeral 2 del Anexo 2 “Oferta Técnica”. Si el oferente no adjuntare en el Portal de Compras Públicas la información solicitada, se procederá a no considerar ese antecedente en la evaluación de este criterio, siendo calificada la oferta con “0” puntos.

IV. Condiciones inclusivas:

En este criterio se evaluará si el oferente fomenta la inclusión laboral, contratando trabajadores en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas o contar con Sello Chile Inclusivo, de acuerdo a los tramos y puntajes que en cada caso se indican a continuación.

El puntaje máximo total de este criterio es de 100 puntos.

Tramos

Puntaje

Cuenta con Sello Chile Inclusivo

100

Cuenta con tres o más trabajadores (as) en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas

80

Cuenta con dos trabajadores (as) en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas.

50

Cuenta con un (a) trabajador (a) en situación de discapacidad, joven entre 18 y 25 años cumplidos o perteneciente a pueblos indígenas.

25

El oferente no tiene contratado trabajadores (as) en situación de discapacidad, jóvenes entre 18 y 25 años cumplidos o pertenecientes a pueblos indígenas o no informa.

0

Para efectos de acreditar la contratación de personal en situación de discapacidad, joven, perteneciente a pueblos indígenas o contar con Sello Chile Inclusivo, se requerirá acompañar los siguientes documentos:

Personal en situación de discapacidad:

  • La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el (la) trabajador (a), vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.
  • Documento que acredite la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de la Discapacidad, dictamen o certificación de la COMPIN.
  • Para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.
  • Igualmente, para acreditar personal en situación de discapacidad, el oferente podrá presentar el certificado emitido por la Dirección del Trabajo, que cumple con la Ley N° 20.422, donde se indique la cantidad de trabajadores de la empresa que cuentan con discapacidad.

Personal joven entre 18 y 25 años cumplidos:

  • La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el (la) trabajador (a), vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas. 
  • Acreditación beneficiaria de programa “Subsidio Joven” de SENCE o copia de cédula de identidad para acreditar la edad de entre 18 hasta 25 años.
  • Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.

Personal perteneciente a pueblos indígenas:

  • La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el (la) trabajador (a), vigente al momento de la oferta, según corresponda, de duración no inferior a seis meses. El contrato deberá haberse celebrado con anterioridad a la fecha del llamado a licitación efectuado en el Portal de Compras Públicas.
  • Documento que acredite la pertenencia a pueblos indígenas, extendido por CONADI.
  • Adicionalmente y para el caso de los contratos de duración indefinida para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior.

Sello Chile Inclusivo (Fuente: https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/16316-sello-chile-inclusivo):

  • Adjuntar documento donde conste la obtención y vigencia del Sello Chile Inclusivo del Servicio Nacional de la Discapacidad.

Tal como se indica en el recuadro de este criterio, si el oferente cuenta con el Sello Chile Inclusivo se le asignará puntaje (100 puntos) sólo por ese tramo.

Si el oferente no adjuntare en el Portal de Compras Públicas la información solicitada en el Anexo Nº 5, se le asignará “0” puntos en este criterio.

Artículo 8.- Informe de la Comisión Evaluadora:

La Comisión Evaluadora emitirá un informe de evaluación, en el plazo establecido en el cronograma de licitación, el cual deberá estar suscrito por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Este informe deberá contemplar un resumen del proceso de aplicación de criterios de evaluación, indicando el puntaje que haya obtenido cada proponente, describiendo los antecedentes evaluados, y todas las aclaraciones que pudieren haberse realizado.

En caso de producirse empates entre dos o más oferentes en el resultado final de la evaluación, se aplicarán en forma sucesiva las siguientes reglas de desempate:

  1. Mayor puntaje en el criterio “Valor total bruto del servicio”.
  2. Mayor puntaje en el criterio “Experiencia en servicios”.
  3. Mayor puntaje en el criterio “Cantidad de contratos”.

Artículo 9.- De la adjudicación:

La CMF adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las presentes bases, mediante resolución fundada en la que se especificarán los aludidos criterios.

La adjudicación se efectuará en el plazo indicado en el cronograma del proceso. 

En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, la CMF señalará en el Portal Mercado Público las razones que lo motivaron y se dispondrá de un nuevo plazo de 20 días hábiles para la adjudicación.

En el caso que los oferentes quieran formular consultas sobre aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico dentro del plazo de tres días contados desde la notificación de la adjudicación, a la dirección abastecimiento@cmfchile.cl. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación pública.

Artículo 10.- Readjudicación:

La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el inciso final del artículo 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

La CMF podrá readjudicar la propuesta al oferente que siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, dictando la respectiva resolución, la que será publicada en el Portal Mercado Público.

Procederá la readjudicación en caso que el adjudicatario no suscriba el contrato respectivo dentro del plazo establecido en estas bases o se verifique alguna otra causal establecida en las presentes bases. De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.

Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4°, inciso 6°, de la Ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles inmediatamente que tenga conocimiento de esta situación, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta podrá ser dejada sin efecto, mediante una resolución fundada, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.

De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.

Artículo 11.- Inadmisibilidad de las ofertas y declaración desierta de la licitación:

 

La CMF, mediante resolución fundada, se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o completen certificaciones o documentos, de acuerdo a lo establecido en estas bases. 

La CMF, mediante resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución, en virtud de lo establecido en el artículo 9 de la Ley Nº 19.886.

Artículo 12.- Del contrato:

De la presente licitación pública derivará el contrato servicios de monitoreo en redes sociales, sitios web y medios online”. El contrato se regirá por las normas de la Ley N° 19.886; su Reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, de Ministerio de Hacienda; por las presentes bases y sus anexos; por las aclaraciones a las bases entregadas por la CMF, de oficio o con motivo de alguna consulta de los oferentes; y la oferta del proveedor, en todo aquello que no sea contrario a la normativa y a los documentos antes señalados.

Para contratar con el Estado, el oferente no puede tener las inhabilidades a que se refiere el inciso sexto del artículo 4 de la Ley N° 19.886 ni estar afecto a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393, ni encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado en virtud de lo dispuesto en el D.L. N° 211 de 1973. Lo anterior, se acreditará mediante declaración jurada electrónica que deberán presentar los oferentes en la presente licitación.

Las causales de inhabilidad para contratar afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado.

12.1.- Inscripción en el Registro de Proveedores de la Administración del Estado:

Para la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá estar inscrito y encontrarse hábil en el Registro de Proveedores de la Administración del Estado, que está a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.

En caso de que el adjudicatario o los integrantes de la UTP no estén inscritos en el referido Registro, deberán inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación respectiva.

Cuando el adjudicatario no se inscriba en el plazo indicado en el párrafo precedente o se encontrare inhábil en Registro de Proveedores, la CMF podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación, en los términos indicados en las presentes bases o bien podrá declarar desierta la licitación, según corresponda.

Si alguno de los integrantes de la UTP no se inscribiera o se encontrare inhábil en el Registro de Proveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para suscribir el respectivo contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo suscribirse el contrato con la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características que le permitieron ser adjudicado, siendo objeto de evaluación de la oferta o de admisibilidad.

Asimismo, si durante la ejecución del contrato, alguno de los integrantes de la UTP incurriera en una inhabilidad sobreviniente que no le permita contratar con el Estado y en consecuencia no pueda estar inscrito en Registro de Proveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para continuar ejecutando el contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo continuar la ejecución del contrato por parte de la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características que le permitieron ser adjudicado, siendo objeto de evaluación de la oferta o de admisibilidad.

Para efectos de estos dos últimos párrafos, el retiro del integrante inhábil deberá formalizarse dentro del plazo de 10 días hábiles.

12.2.- Condiciones básicas del contrato:

12.2.1. Domicilio de la CMF:

Comuna de Santiago, Región Metropolitana.

12.2.2. Subcontratación:

No se permite

12.2.3. Cesión de derechos:

No se permite, excepto en los casos que dispone el artículo 74 del Decreto N° 250, del Ministerio de Hacienda, de 2004, que aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886.

12.2.4. Vigencia del contrato de servicios:

El contrato entrará en vigencia una vez tramitada totalmente la resolución que lo aprueba y se mantendrá vigente durante el período de 24 meses desde la total implementación del servicio.

12.2.5. Plazo máximo para ejecución del contrato:

El servicio deberá prestarse por un periodo de 24 meses.

12.2.6. Precio y forma de pago:

El presupuesto total máximo disponible para esta contratación es de UF 1.028 (mil dieciocho unidades de fomentos), impuestos incluidos.

El precio total ofertado deberá contemplar todos los gastos y costos, previstos e imprevistos, necesarios para que se cumpla el objetivo del llamado a licitación.

El pago del servicio será realizado a través de la Tesorería General de la Republica, en 24 cuotas iguales, mensuales, por mes vencido, en moneda nacional, dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la recepción conforme del respectivo instrumento tributario de cobro, previa certificación de conformidad del servicio prestado, emanada del Director de Supervisión de Administradoras de Fondos y Asesorías de Inversión, y previa acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales por parte del proveedor respecto de su personal directo y subcontratado.

Los valores serán facturados en pesos chilenos según la equivalencia de la Unidad de Fomento observada por el Banco Central al día de la facturación.

En caso de tratarse de una UTP, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los proveedores se acreditará respecto de cada uno de los integrantes de dicha unión.

En forma previa a la facturación, el proveedor deberá aceptar la orden de compra respectiva y verificar en el Portal Mercado Público la recepción conforme del servicio entregado. Por tanto, el proveedor no debe facturar hasta que; habiendo prestado el servicio, reciba el formulario Ficha de Recepción Conforme de Bienes y/o Servicios, el cual será tramitado internamente y puesto a disposición para el proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl

La factura o instrumento tributario de cobro correspondiente, deberá ser enviada por el proveedor a la casilla de correo electrónico cmfrecepcion@custodium.com.

La CMF podrá rechazar las facturas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura.

Los pagos que se realicen en virtud del contrato que se suscriba, solo se podrán efectuar una vez tramitado totalmente el acto administrativo que aprueba el contrato respectivo.

Los pagos que deban realizarse durante los futuros períodos anuales de vigencia del contrato, se efectuarán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas en estas bases para ello.

En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores o respecto de los trabajadores subcontratados, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

12.2.7. Normativa, antecedentes y documentos aplicables:

La relación contractual con el adjudicatario se regirá por las normas de la Ley N° 19.886, su Reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los siguientes antecedentes y documentos, que se consideran parte integrante del mismo:

1. Las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.

2. El llamado a licitación pública que se efectúe a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.

3. Aclaraciones a las bases entregadas de oficio o las respuestas emitidas en el periodo de consulta o respuestas.

4. La oferta administrativa, técnica y económica presentada por el oferente adjudicado -incluidos sus anexos- en todo aquello que no sea contrario a los demás antecedentes.

5. La resolución exenta que resuelva el proceso licitatorio adjudicando los servicios.

6. La resolución exenta que aprueba el contrato.

En caso de existir diferencias entre el contenido del contrato y lo señalado en las presentes bases, prevalecerá lo dispuesto en el presente acto administrativo.

12.2.8. Solución de controversias y legislación aplicables:

La relación contractual se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia de la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República.

12.2.9. Notificaciones:

Toda citación, notificación o requerimiento entre las partes, deberá hacerse por escrito. Para ello, ambas partes deberán designar como domicilios los que constan en la comparecencia del contrato.

Ello, sin perjuicio de las eventuales comunicaciones que puedan realizarse por la vía electrónica a los correos institucionales.

12.2.10. Suscripción del contrato:

El respectivo contrato se enviará al adjudicatario, que deberá remitirlos firmados por el adjudicatario o su representante legal o apoderado, en caso de tratarse de una UTP, dentro del plazo indicado en el cronograma de licitación de las presentes bases, al Departamento de Compras de la CMF, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, torre II, piso 2, comuna de Santiago.

Si por cualquier causa imputable al adjudicatario, no se suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases, la CMF quedará facultada para dejar sin efecto la adjudicación respectiva.

En este caso, la CMF podrá, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, seleccionar y readjudicar la oferta que reemplazará a aquella cuya adjudicación fue dejada sin efecto.

En este caso, la CMF procederá a la readjudicación en conformidad a las normas establecidas en estas bases.

Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria totalmente tramitada serán publicadas en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.

Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario.

12.3.- Obligaciones y prohibiciones del adjudicatario:

Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el adjudicatario deberá cumplir especialmente con las siguientes obligaciones:

a) Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.

b) Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.

c) Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y que no haya sido autorizado por el encargado del contrato.

d) Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales o reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materias laborales y de previsión. La CMF podrá pedir, en cualquier momento, informes al oferente sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, directos y subcontratados, lo que deberá ser acreditado por el proveedor mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)” emitido por la Dirección del Trabajo (F30-1). No existirá relación laboral alguna entre los trabajadores del proveedor directos y subcontratados y la CMF, por lo que serán de cargo exclusivo del proveedor todas las obligaciones legales y previsionales a favor de sus empleados, directos y subcontratados.

e) Dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la CMF.

12.4.- Responsabilidad:

El adjudicatario será responsable de todos los daños o perjuicios derivados de la mala calidad o calidad insuficiente del servicio contratado y de cualquier acción u omisión de las obligaciones y condiciones que éste debe cumplir, establecidas en estas bases, en el contrato y demás documentos y antecedentes que se entienden formar parte de él.

Cualquier falta, descuido u omisión del adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no lo exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo del servicio materia de la licitación, regida por las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.

En consecuencia, serán de cargo del oferente, adjudicatario o contratado, todos los costos en que pudieran incurrir para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes del análisis de la información disponible que obtengan respecto de esta licitación.

12.5.- Multas:

La CMF aplicará administrativamente multas, salvo que el incumplimiento se deba a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados debidamente por el proveedor.

12.5.1. Causal, monto y tope de la multa:

1) En caso de atraso en el plazo de implementación de acuerdo con el plazo establecido en el numeral 2 de las bases técnicas, se aplicará una multa de 5 UF, por cada día corrido de atraso, con un tope de hasta 10 días corridos, pasado ese plazo la CMF podrá poner término anticipado al contrato.

Los atrasos se contabilizarán a partir del día siguiente al vencimiento del plazo acordado.

2) Indisponibilidad del servicio de monitoreo: Son multas por horas corridas de atraso en la habilitación del servicio en caso de indisponibilidad de éste, definido en el punto 2. de las Bases Técnicas (acceso permanente a la plataforma), de acuerdo a lo siguiente:

Tramos

Multas

a) Entre 2 a 5 horas corridas

1% del valor mensual bruto del contrato, por hora de atraso.

b) Entre 6 a 9 horas corridas

2% del valor mensual bruto del contrato, por hora de atraso.

c) Más de 10 horas corridas

3% del valor mensual bruto del contrato, por hora de atraso.

3) Horas de atraso en el Tiempo de respuesta de Soporte Técnico: Son multas por horas corridas de atraso en el tiempo máximo de respuesta, conforme a lo definido en el punto 3. de las Bases Técnicas, de acuerdo a lo siguiente: 

Tramos

Multas

a) Entre 2 a 5 horas corridas

1% del valor mensual bruto del contrato, por hora de atraso.

b) Entre 6 a 9 horas corridas

2% del valor mensual bruto del contrato, por hora de atraso.

c) Más de 10 horas corridas

3% del valor mensual bruto del contrato, por hora de atraso.

El tope de multas, será de un 10% del valor total bruto del contrato.

La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor que posea la Unidad de Fomento al día de emisión del informe de multa señalado en el punto 12.5.2.- de estas bases administrativas.

12.5.2.- Procedimiento de aplicación de multas:

En caso de producirse alguna causal que amerite la aplicación de multas, el Director de Supervisión de Administradoras de Fondos y Asesorías de Inversión, deberá elaborar un informe de multas, el que deberá contener a lo menos:

a) Identificación del adjudicatario;

b) Identificación de la resolución que aprueba el contrato; 

c) Responsable por parte del adjudicatario;

d) Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario;

e) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda;

f) Monto de la multa, y

g) Firma del Director de Supervisión de Administradoras de Fondos y Asesorías de Inversión.

Una vez elaborado el informe, el Departamento de Compras de la CMF lo remitirá a través de, carta certificada al domicilio del proveedor establecido en el contrato, o se lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser presentados por escrito ante la CMF, los cuales deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1.449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.

Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CMF podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la CMF dictará la resolución de aplicación de multas.

La resolución que disponga la aplicación de una multa se notificará personalmente o por carta certificada al proveedor a su domicilio establecido en el contrato, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la CMF, los cuales deberán ser ingresados a la en la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.

Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil a aquél en que se notifique la aplicación de una multa.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.

Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

12.5.3.- Pago de las multas:

El monto de la multa será rebajado del estado de pago respectivo que se deba efectuar al adjudicatario, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá al cobro directo.

Artículo 13.- Modificación del contrato:

El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, siempre y cuando con el contenido de la modificación no se afecte el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.

Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante su ejecución, y que incidan en su normal desarrollo.

Las modificaciones no podrán afectar el precio de la oferta ni alterar las condiciones esenciales del servicio adjudicado.

La resolución que apruebe cualquier modificación al contrato, deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público.

Artículo 14.- Confidencialidad y políticas de seguridad:

El adjudicatario y su personal, que se encuentren ligados al contrato en alguna de sus etapas deberán guardar absoluta reserva de los documentos y antecedentes de las personas o entidades sujetas a la fiscalización de la CMF o de la propia CMF, a que tuviere acceso con ocasión de la ejecución del contrato.

Esta obligación se hará extensiva a los trabajadores, dependientes, y ejecutivos del adjudicatario, quien deberá velar por su estricto cumplimiento de esta obligación, la que no se extingue una vez terminado el contrato.

Asimismo, quedarán obligados, en virtud de la presente licitación, a dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la CMF, especialmente en lo que dice relación con la Política de Relaciones con el proveedor, que se encuentre vigente a la fecha de la suscripción del contrato. Para estos efectos, se hará entrega al adjudicatario, en el acto de suscripción del contrato, un ejemplar de dicha política para que sea aplicada en lo que sea pertinente.

Artículo 15.- Término del contrato:

15.1.- Término normal:

El contrato terminará por el transcurso del plazo establecido en éste.

15.2.- Término anticipado del contrato:

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y 77 de su Reglamento, el contrato podrá terminarse anticipadamente, por las siguientes causales:

a) Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes;

b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante;

c) Si el proveedor es declarado en quiebra o tuviere la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación, según sea el caso;

d) Término o liquidación anticipada del contratante por causa distinta a la quiebra;

e) Por causa de interés público;

f) Por exigirlo la seguridad nacional;

g) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica;

h) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta;

i) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte cualquiera de sus miembros;

j) Inhabilidad sobreviniente del proveedor adjudicado o de alguno de los integrantes en caso de que el adjudicado sea una UTP, y en la medida que ésta no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;

k) Disolución de la UTP;

l) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, directos o subcontratados, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Si así correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta última causal, la CMF podrá solicitar que se le exhiba, entre otros, contratos de trabajos, copias firmadas de la respectivas liquidaciones de remuneraciones del personal, directo o subcontratado, empleado en la prestación del servicio, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y cesantía de dichos empleados, registro de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado emitido por la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar donde se ejecutan los servicios en que conste que no tienen reclamos pendientes con dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales, o por incumplimiento de los contratos de trabajo.

m) A solicitud de la CMF y a partir del duodécimo mes de ejecución del contrato se podrá prescindir de los servicios contratados, con aviso previo de 60 días. Desde la fecha que se dé termino al contrato no procederá pago alguno.

Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del contratado las siguientes, que serán certificadas por el Director de Supervisión de Administradoras de Fondos y Asesorías de Inversión.

a) Si a juicio debidamente fundado de la CMF, el adjudicatario no está ejecutando el contrato de acuerdo a lo establecido en las bases y sus anexos, que forman parte de la licitación.

b) Si este afecta el normal cumplimiento de las funciones de la CMF.

c) Entrega, por parte del adjudicatario, de antecedentes inconsistentes o no verosímiles durante el proceso de licitación.

d) El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el punto 12.3 “obligaciones y prohibiciones del adjudicatario” de estas bases.

e) Por exceder el tope de multa establecido en el numeral 12.5.1 de estas bases.

f) La cesión del contrato, en los casos no autorizados expresamente por una ley.

g) El incumplimiento al punto 12.2.2 “Subcontratación” y al artículo 14 “Confidencialidad y políticas de seguridad” de Bases Administrativas de Licitación.

El término anticipado del contrato será dispuesto por la CMF a través de una resolución fundada, previo informe del Director de Supervisión de Administradoras de Fondos y Asesorías de Inversión, quien deberá informar los hechos o situaciones constitutivas de la causal del término anticipado del contrato y será publicada en el Portal a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.

La terminación anticipada del contrato no dará derecho a indemnización alguna para el proveedor.

En caso de tratarse de una UTP, las causales podrán afectar a cualquiera de los integrantes de la unión, en cuyo caso se dispondrá el término anticipado en la forma indicada.

En caso de producirse alguna causal que amerite el término anticipado, el Director de Supervisión de Administradoras de Fondos y Asesorías de Inversión deberá elaborar un informe, el que deberá contener a lo menos:

a) Identificación del adjudicatario;

b) Identificación de la resolución aprobatoria del contrato; 

c) Responsable por parte del adjudicatario;

d) Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario;

e) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda; y

f) Firma del Director de Supervisión de Administradoras de Fondos y Asesorías de Inversión.

Una vez elaborado el informe, el Departamento de Compras de la CMF lo remitirá al domicilio establecido por el proveedor adjudicado en el contrato a través de carta certificada o lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser   presentados por escrito ante la CMF, los cuales deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.

Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CMF podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los mismos.

Vencido el plazo sin presentar descargos, la CMF dictará la resolución de término de contrato.

La resolución que disponga el término de contrato se notificará personalmente o por carta certificada al proveedor, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la CMF, los cuales deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.

Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil a aquél en que se notifique el término anticipado de contrato.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.

Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.

BASES TÉCNICAS

1. CARACTERÍSTICAS GENERALES

Se requiere el servicio de monitoreo de redes sociales con presencia en Chile, como herramienta de apoyo para la fiscalización de Entidades bajo el perímetro de supervisión de la CMF, especialmente en lo que respecta a los Asesores de Inversión.

Este servicio, basado en un algoritmo que busca conceptos o datos no estructurados (Social Listening), deberá realizar monitoreos de las actividades en sitios web, medios digitales y redes sociales de las entidades fiscalizadas (y no fiscalizadas) a objeto de apoyar la labor de la CMF proporcionando información útil para los procesos de supervisión. Esta información deberá ser entregada a través de bases de datos, almacenarlas en la nube, mostrar visualizaciones, realizar informes y emitir alertas automatizadas.

2. REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS:

-        Monitoreo permanente en Fan Pages de Facebook, Instagram, Twitter, TikTok, LinkedIn, Youtube, Spotify (entre otras); sitios web y medios digitales de las entidades inscritas en el Registro de Asesores de Inversión de la CMF u otro que se estime conveniente fiscalizar.

-        Monitoreo de temas, palabras claves de interés para la CMF asociados a la actividad de Asesoría de Inversión, entre otros agentes, en consideración a bibliotecas de conceptos provistas por funcionarios CMF.

-        Acceso online permanente a la información recopilada por la herramienta de monitoreo, a través de una interfaz (plataforma) y con acceso de ilimitados de usuarios.

-        Exportación de datos a otros softwares como Python, Excel, R.

-        Posibilidad de crear “Etiquetas”, filtros o segmentación de menciones, cuentas, sitios web específicos ilimitados.

-        Acceso API.

-        Captación automática del “sentimiento” del lenguaje natural contenida en publicaciones de medios digitales, redes sociales y sitios web.

-        Informes y alertas automatizadas (ilimitadas) a correos electrónicos a usuarios definidos por a CMF.

-        Soporte en horario de oficina, manual de usuario online, reuniones semanales los primeros 3 meses de iniciado el servicio, luego al menos una vez al mes, o cuando sea solicitada.

-        El plazo de entrega, implementación y puesta en marcha del servicio debe estar disponible dentro de un plazo de 20 días desde la emisión y aceptación de la orden de compra y se mantendrá vigente por el período de 24 meses desde la total implementación del servicio.

-        Programas periódicos de capacitación a personal CMF, de al menos 1 sesión al mes, considerando el número de personas que defina la Institución, vía remota.

3. NIVELES DE SERVICIO:

El tiempo de solución ante contingencias o Soporte Técnico que dependen del proveedor del servicio deberá ser resuelto en un periodo de tiempo de acuerdo con los siguientes tramos:

  • Solicitudes de prioridad alta (compromiso con disponibilidad de servicio, recolecciones de datos, incongruencia de datos, fallos en alerta e informes): 1 hora.
  • Solicitudes de prioridad media (compromete de forma parcial el servicio): 5 horas.
  • Solicitudes de prioridad baja (no compromete la disponibilidad del servicio): 10 horas.

Una vez transcurrido este tiempo se requiere que el proveedor proporcione la información que no pudo visualizarse durante la suspensión del servicio.

Adicionalmente, en caso de contingencias que no dependen del proveedor, ejemplo: caída de redes sociales, internet u otro, se deberá remitir a los usuarios de la herramienta información sobre dicha situación vía correo electrónico, en cuyo caso no aplicará la sección Multas de Bases Administrativas.