Licitación ID: 891-1-LP24
Diagonostico hidrologico e hidrogeologico Islas
Responsable de esta licitación: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO PP DCYF, Dirección General de Aguas - VIII Región - Concep.
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 21
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Productos o servicios
1
Estudios hidrológicos 1 Unidad no definida
Cod: 81151804
Diagnóstico Hidrológico e hidrogeológico Isla Santa Maria y Mocha  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Diagonostico hidrologico e hidrogeologico Islas
Estado:
Adjudicada
Descripción:
DIAGNÓSTICO HIDROLÓGICO E HIDROGEOLÓGICO ISLA SANTA MARIA Y MOCHA Conocer las características hidrogeológicas e hidrológicas de los sistemas de acuíferos que conforman el área de influencia de ambas islas, determinando el caudal sustentable de explotación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO PP DCYF
Unidad de compra:
Dirección General de Aguas - VIII Región - Concep.
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
Prat 501, Piso 6
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 09-02-2024 11:09:00
Fecha de Publicación: 18-01-2024 12:52:25
Fecha inicio de preguntas: 18-01-2024 15:39:00
Fecha final de preguntas: 28-01-2024 15:39:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-02-2024 15:39:00
Fecha de acto de apertura técnica: 09-02-2024 11:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 09-02-2024 11:10:00
Fecha de Adjudicación: 20-02-2024 19:32:58
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXOS
Documentos Técnicos
1.- ANEXOS
 
Documentos Económicos
1.- ANEXOS
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Técnica Las ofertas serán evaluadas de acuerdo a los siguientes factores, sus respectivos puntajes máximos y porcentajes de ponderación, cuyos resultados, en caso de contener números decimales, deberán incluir hasta dos dígitos después del punto decimal: FACTORES Puntaje Máximo Ponderación Porcentaje A Experiencia y Formación del Equipo de Trabajo Propuesto 100 30% B Consistencia metodológica 100 30% C Experiencia del oferente 100 30% D Cumplimiento de requisitos formales 100 5% E Desarrollo Inclusivo 100 5% TOTAL 100% 80%
2 Evaluación Económica Las ofertas, serán evaluadas de acuerdo al factor Precio. El puntaje de evaluación económica, en caso de contener números decimales, deberán incluir hasta dos dígitos después del punto decimal. a. Precio: máximo 100 puntos El puntaje se asignará de acuerdo al PRECIO TOTAL NETO de la oferta, indicado en el numeral 2 del Formulario N° 1, de conformidad a la siguiente relación: I = P mín x I máx P2 Donde I : Puntaje a asignar a la oferta económica en análisis. P mín : MENOR PRECIO TOTAL NETO ofertado. P2 : Precio Total Neto Final de la oferta en análisis. I máx : Puntaje máximo correspondiente a este criterio, esto es, 100 puntos. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 3101002
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Mabel Vera Belmar
e-mail de responsable de pago: mabel.vera@mop.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Tomás Sepúlveda Rivera
e-mail de responsable de contrato: tomas.sepulveda@mop.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2852266-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Ministerio de Obras Públicas
Fecha de vencimiento: 01-02-2024
Monto: 1450000 Peso Chileno
Descripción: Pesos Chilenos. En caso que la garantía que se presente sea una póliza o certificado de fianza y el monto asegurado se indique en unidad de fomento (UF), dicha cifra además, deberá señalarse en pesos chilenos, de forma numérica y escrita, expresando claramente que es pagadera a la vista o primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe para los casos que fuere necesario hacerla efectiva, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la Licitación Pública denominada “DIAGNÓSTICO HIDROLÓGICO E HIDROGEOLÓGICO ISLA SANTA MARIA Y MOCHA”
Forma y oportunidad de restitución: Respecto de los oferentes no adjudicados, la devolución de la garantía debe solicitarse por escrito a través de la oficina de partes de la D.G.A., previa conformidad del Inspector Fiscal. En cuanto al adjudicatario, le será devuelta después de presentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y previa solicitud de su devolución, por escrito, al Inspector Fiscal, con la respectiva autorización del mismo.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio de Obras Públicas
Fecha de vencimiento: 30-04-2025
Monto: 10 %
Descripción: Pesos Chilenos. En caso que la garantía que se presente sea una póliza o Certificado de Fianza y el monto asegurado se indique en unidad de fomento (UF), deberá además, dicha cifra señalarse en pesos de forma numérica y escrita, expresando claramente que es pagadera a la vista o primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe para los casos que fuere necesario hacerla efectiva, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato denominado “DIAGNÓSTICO HIDROLÓGICO E HIDROGEOLÓGICO ISLA SANTA MARÍA Y MOCHA”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía debe solicitarse por escrito en la Oficina de Partes, por parte del Contratista del servicio al Inspector Fiscal del Contrato, a los 60 días después del término del contrato. El Inspector Fiscal del Contrato deberá levantar acta de la devolución de la garantía estableciendo que el Contrato fue ejecutado a conformidad, y en el caso que hubiere multas, deberá expresar si fueron descontadas en su oportunidad indicando el acto administrativo respectivo. En el acta deberá constar la firma conjunta del DIRECTOR REGIONAL de la D.G.A. y el Inspector Fiscal del Contrato. Esta acta deberá ser aprobada mediante acto administrativo.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
I. INTRODUCCIÓN
La Dirección General de Aguas, en adelante también “D.G.A.”, llama a presentar ofertas mediante licitación pública para la prestación de servicios denominada “DIAGNÓSTICO HIDROLÓGICO E HIDROGEOLÓGICO ISLA SANTA MARIA Y MOCHA” La D.G.A., de conformidad a las políticas gubernamentales sobre equidad de género, expresa que no discrimina por género, ni por ninguna otra condición, por lo tanto, en la redacción de estas Bases y en todos aquellos instrumentos que se elaboren a consecuencia del presente documento, se utilizará un lenguaje “no sexista”, es decir, que no discrimine ni marque diferencias entre hombres y mujeres. Por lo anterior, y también para evitar la sobrecarga gráfica que supondría la inclusión en español de “o/a” para marcar la existencia de ambos sexos, se ha optado por utilizar el genérico, en el entendido de que todas las menciones representan siempre a todos/as, hombre y mujer, abarcando claramente ambos sexos. La licitación pública se regirá por las disposiciones de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante “Ley de Compras”; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, en adelante el “Reglamento”; la Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; por las Bases Administrativas y Técnicas, y sus correspondientes anexos; y por las consultas, respuestas y aclaraciones realizadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, durante la licitación pública. Los documentos del proceso de licitación estarán constituidos por las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus anexos, los términos de referencia y por las consultas, respuestas y aclaraciones realizadas. Todos estos documentos estarán a disposición de los interesados en forma gratuita en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La presentación de ofertas implica la aceptación por parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato, sin necesidad de declaración expresa. El participante u oferente deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la licitación, las cuales, junto con las eventuales consultas y respuestas que dé esta Entidad Licitante, constituyen la única fuente de información que debe el proponente considerar al preparar su oferta. Cabe hacer presente, que las presentes Bases Administrativas y Técnicas con los anexos de la licitación pública, como cualquier otro documento referido en las Bases de Licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los participantes y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la D.G.A.
II. DEFINICIONES
Para la correcta interpretación de los documentos de la Licitación, se establece el significado o definición de los siguientes términos: - Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada su oferta. - Bases: Las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos denominadas “DIAGNÓSTICO HIDROLÓGICO E HIDROGEOLÓGICO ISLA SANTA MARIA Y MOCHA”. - Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a la D.G.A., en virtud de la Ley de Compras y su Reglamento. - Días Corridos: Son todos los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. - Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos. Si un plazo vence en un día inhábil se entiende ampliado hasta el día hábil siguiente. - Fuerza Mayor o Caso Fortuito: De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 45° del Código Civil. - Ley de Compras: La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. - Oferente: Proveedor que participa en el presente proceso de compra presentando una oferta. - Reglamento: El Reglamento de la Ley N° 19.886, contenido en el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. - Servicio o D.G.A.: Dirección General de Aguas. - Sistema de Información: www.mercadopublico.cl - Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones.
III. ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN
• Llamado y Publicación de las Bases: Las presentes Bases se publicarán en el sitio www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre completamente tramitado el acto administrativo que las aprueba. • Consultas y aclaraciones: Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación pública, se deberán realizar a través del sitio www.mercadopublico.cl, en el ID asignado por dicho Sistema, en la sección “Preguntas y Respuestas”, dentro del plazo de diez (10) días corridos contados desde la publicación de estas Bases. Las respuestas, igualmente, serán publicadas en la citada sección “Preguntas y Respuestas”, a más tardar al octavo (8°) día corrido de expirado el plazo de la recepción de preguntas, a través de un archivo adjunto. Dichas respuestas se considerarán parte integrante de las normas que rigen esta licitación, por lo anterior, será responsabilidad de cada postulante, el informarse acerca de las aclaraciones sin que pueda alegar desconocimiento respecto de estas. Cabe hacer presente, que no se atenderán consultas telefónicas o por otro canal que no sea el dispuesto anteriormente. La D.G.A. podrá consolidar las consultas relacionadas al mismo tema, publicando una sola respuesta general. Las aclaraciones a las presentes Bases que la D.G.A. estime necesario realizar de oficio, se considerarán parte integrante del pliego de condiciones que rige la licitación y se comunicarán conjuntamente con las respuestas a las consultas en la página web mencionada, según lo dispuesto en el cronograma. Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública se harán por medio del Portal. • Cierre de recepción de ofertas: El plazo para la recepción de ofertas será de veinte (20) días corridos desde la publicación del llamado a licitación y sus correspondientes Bases. No obstante lo anterior, si a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido dos (2) o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en dos (2) días hábiles, por una sola vez. De ocurrir la extensión del plazo de cierre de recepción de ofertas, se modificará también, en forma automática, la fecha de apertura y fecha de adjudicación, según corresponda. • Acto de apertura: La presente licitación pública se efectuará en una sola etapa, esto es, que en el acto de apertura se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura se efectuará a través del Sistema de Información el mismo día de cierre de recepción de ofertas. Se aceptará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de estos, ni que el archivo sea válido o correcto. • Evaluación de ofertas: El plazo de evaluación de las ofertas será como máximo seis (6) días corridos contados desde el día siguiente al de apertura de las ofertas. • Adjudicación: La adjudicación de la Licitación Pública será dentro de los seis (6) días corridos, siguientes al de término de la evaluación de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, los plazos podrán ser modificados según las necesidades del Servicio, lo que será oportunamente informado a través del Portal www.mercadopublico.cl.
IV. MODIFICACIÓN A LAS BASES
La D.G.A. podrá modificar las presentes Bases, por acto administrativo totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún oferente, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, prorrogando, de ser necesario, el plazo de cierre de recepción de ofertas en cinco (5) días hábiles, para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, prórrogas o suspensiones de plazos o de cualquier otra índole, que sean relevantes para el desarrollo del presente concurso. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas oportunamente en el Sistema de Información y formarán parte integral de la licitación, por tanto, los proponentes deberán revisar, periódicamente, el proceso en dicho Portal.
V. PRESENTACIÓN, CONTENIDO DE LAS OFERTAS Y REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
En esta licitación pública podrán participar personas naturales y jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, de derecho público o privado, ya sea en forma individual o en Unión Temporal de Proveedores, que al momento de la presentación de la oferta, no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, es decir, que cumplan con lo establecido en el artículo 4° de la ley N° 19.886, Ley de Compras. La propuesta, así como toda la documentación relativa a ella, deberá redactarse en idioma español. No obstante, los antecedentes que originalmente se encuentren en otro idioma deberán ser acompañados de una traducción exacta al idioma español, en cuyo caso la traducción prevalecerá en lo que respecta a la interpretación de la oferta salvo la documentación técnica original de fábrica la cual puede ser ingresada en inglés. Los oferentes y/o participantes, por el solo hecho de presentar sus ofertas a la licitación, se entenderán en cabal conocimiento de todos y cada uno de los instrumentos que integran estas Bases, eventuales respuestas a las consultas y aclaraciones y las normas jurídicas que les son aplicables en las materias que dicen relación con ellas. La D.G.A. no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive. Asimismo, no podrán postular aquellas personas naturales o jurídicas a quienes se les haya rescindido más de un convenio celebrado con la D.G.A. en los últimos 12 meses previos a la fecha de publicación del llamado a licitación. En caso de presentarse alguna oferta de una persona natural o jurídica que se encuentre en esta situación, será declarada inadmisible, mediante acto administrativo fundado. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar su oferta administrativa, técnica y/o económica, deberá contactarse inmediatamente con la Mesa de Ayuda del portal Mercado Público, Fono 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas. Cuando falla el portal electrónico www.mercadopublico.cl, los oferentes pueden solicitar un certificado de indisponibilidad de la referida plataforma, dentro de los plazos establecidos, pudiendo entregar su oferta fuera del Sistema de Información, esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Las ofertas deben emanar de quien tenga facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos. Si quienes ofertan conforman una unión temporal de proveedores que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Requisitos Propuesta Administrativa: 1.- Oferentes inscritos en ChileProveedores En el caso que el Oferente esté inscrito en el Registro ChileProveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública (Dirección ChileCompra), deberá declarar si alguno o todos los documentos que se solicitan a los oferentes no inscritos en el numeral siguiente, los ha ingresado en el sitio electrónico www.chileproveedores.cl. Su declaración será clara respecto de los documentos que se encuentren acreditados en dicha plataforma, bajo su responsabilidad si no indica los antecedentes que se encuentren acreditados. Si existe algún documento solicitado que no se encuentre ingresado al Registro de Proveedores, deberá incluirlo dentro de su propuesta administrativa. En todo caso deberá adjuntar los Anexos NOS 1 y 2. 2.- Oferentes no inscritos en ChileProveedores En el caso que el Oferente no esté inscrito en el Registro ChileProveedores, deberá anexar en formato digital, como “Anexo Administrativo”, en el portal de compras y contratación pública, los siguientes documentos, los que se entenderán formar parte de la propuesta administrativa: i) Personas Naturales a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 1, debidamente firmada por el proponente. b) Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 2-A, debidamente firmada por el proponente. c) Fotocopia legalizada de la cédula de identidad o cédula de identidad para extranjeros, en su caso, u otro documento equivalente, en caso de tratarse de persona no residente en el territorio nacional. d) Fotocopia de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. e) La declaración jurada simple de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que se encuentra en el portal de la licitación. ii) Personas Jurídicas distintas a Universidades a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1, debidamente firmada por el representante legal del proponente. b) Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 2-B, debidamente firmada por el representante legal del proponente. c) Fotocopia del rol único tributario de la empresa, u otro documento equivalente, que dé cuenta de su identificación impositiva. d) Fotocopia de la cédula de identidad del o los representantes legales, u otro documento equivalente, que acredite la identidad del o los representantes legales. e) La declaración jurada simple de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que se encuentra en el portal de la licitación. iii) Universidades a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1, debidamente firmada por el representante legal del proponente. b) Descripción e Individualización del proponente, conforme a formato que se adjunta como Anexo Nº 3-A, debidamente firmada por el representante legal de la Universidad. c) Carta patrocinio de la Universidad para la propuesta. d) Si la Universidad no es de aquellas que pertenecen al Consejo de Rectores, debe acompañar los documentos enunciados en las letras a) a la c), ambas inclusive, del punto ii). e) La declaración jurada simple de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que se encuentra en el portal de la licitación. iv) Unión Temporal de Proveedores En caso de tratarse de una unión temporal de proveedores (UTP), los antecedentes a presentar, son los siguientes: a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1, debidamente firmada por el representante legal del proponente. b) Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores, por escritura pública en forma obligatoria en caso de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, la que deberá presentarse al momento de contratar (en caso de adjudicarse la licitación), sin perjuicio que en el caso de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM deberá observarse la obligatoriedad de adjuntar documento público o privado, en original. En todo caso, se recomienda que los proveedores de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, suscriban igualmente un documento privado para constitución de la UTP, con el fin de ser presentado conjuntamente con la oferta, con el compromiso de formalizar lo anterior a través de escritura pública, una vez adjudicada la licitación pública (artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886). En ambos casos, el acuerdo deberá contener: - Identificación de los integrantes. - Las condiciones de dicha Unión Temporal de Proveedores, para efectos de la presentación de propuesta y la adjudicación. - La designación de un representante común, que será el encargado de mantener las comunicaciones con la D.G.A. durante la realización de la licitación, explicitando el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes. Se deberá indicar las obligaciones que se le encomienden al apoderado, como por ejemplo, presentar los antecedentes, subsanar las solicitudes de aclaración, concurrir a visitas a terreno, actuar como supervisor del contrato, entregar los bienes, facturar, entregar informes renovar o modificar garantías. - Pacto expreso de la obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes Bases, de los contenidos de su propuesta y de las normas legales pertinentes. - Se debe tener presente que todos y cada uno de los integrantes de una UTP, serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo contrato. Por ello, al momento de la suscripción del instrumento de la UTP no pueden incluirse cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP. - Se recomienda que quienes suscriben el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir del integrante de la UTP que haya asumido la responsabilidad en contra del integrante incumplidor, en casos derivados de su culpa. Sin perjuicio de lo anterior, la D.G.A. podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio. - Deberá constar la inscripción individual de proveedores integrantes de la Unión Temporal de Proveedores en ChileProveedores, al momento de la suscripción del contrato. - Determinación de su duración, que no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. - En la constitución de la UTP se deberá establecer la modalidad de pago, es decir, individualizar al integrante que emitirá la factura o documento tributario de cobro y recepcionará el pago; en caso de omisión en su designación, la D.G.A. entenderá que el integrante encargado de dicha obligación es quien represente la UTP, sin posibilidad de modificar su nominación. - Se deberá identificar el domicilio legal de la unión temporal de proveedores, no solo indicando la ciudad y/o comuna, sino la dirección que asumirá la UTP. Los oferentes que integren una UTP y que experimenten una modificación, deberán informarlo de inmediato a la D.G.A. y acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el que deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su condición. No obstante, lo anterior, el nuevo miembro que designe la UTP, deberá acreditar ante el Inspector Fiscal, la misma o mejor experiencia del integrante saliente y, en caso de no cumplir con ello, se evaluará el término anticipado del contrato por incumplimiento grave, de acuerdo con lo establecido en el numeral XXVIII “Modificación y Término Anticipado del Contrato”, punto 2, de las Bases Administrativas. Quienes conformen una UTP, deberán tener presente que si esta se disuelve durante la evaluación de la licitación, esta no podrá ser adjudicada, declarándose inadmisible su oferta. Asimismo, se deberá incluir la Descripción e Individualización de los proponentes, conforme a formato que se adjunta como Anexo Nº 3-B, debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores y la declaración jurada de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que se encuentra en el portal (Ficha de la Licitación), la que será válida para los oferentes que compongan la UTP, en caso de falsedad en la declaración afectará a todos los miembros que integren la UTP. Se hace presente, que los postulantes que entreguen algunos de los documentos señalados anteriormente –numerales i) al iv)– con la información contenida en ellos, deberán ser veraces en sus declaraciones juradas simples realizadas y entregadas, siendo de exclusiva responsabilidad de los postulantes. En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad, se declarará la postulación como contraria a las Bases e inadmisible. Si se comprobara falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, esta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la D.G.A. el derecho poner término al contrato y/o hacer efectivas las garantías. Se hace presente, que indistintamente la D.G.A. podrá efectuar la respectiva denuncia en caso que amerite que los antecedentes y los hechos que de ellos deriven, sean constitutivos de delitos. Los documentos que forman parte de la propuesta administrativa deberán ser ingresados electrónicamente en el portal electrónico www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos señalados en el numeral III “Etapas y Plazos” (Ficha de la Licitación). Lo anterior, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Requisitos Propuesta Técnica: Los antecedentes que conforman la propuesta técnica, deberán presentarse electrónicamente conforme a los requisitos que se solicitan en las Bases Técnicas, desarrollando cada uno de los puntos establecidos en ellas. Los proponentes que formen una Unión Temporal de Proveedores deberán presentar una propuesta técnica común. Requisitos de la Oferta Económica: a) El oferente, al digitar su oferta en el Sistema de Información, deberá ingresar el precio neto unitario por los servicios ofertados. El precio deberá expresarse en moneda nacional y no podrá ser superior al presupuesto máximo disponible para esta contratación, señalado en el numeral XVI de estas Bases Administrativas. b) Cada oferente deberá crear un anexo económico que indique el monto total de la oferta, incluyendo los impuestos y además, un desglose de los costos de materiales y mano de obra necesaria para ejecutar y dar término a todos los trabajos indicados en las Bases Técnicas conforme a formato que se adjunta como Anexo Nº 7 en las presentes Bases. c) En caso de inconsistencia entre el valor ofertado en el anexo económico y lo ingresado al Sistema de Información, prevalecerá lo indicado en el anexo económico. d) No habrá lugar a reajustes ni variaciones de ninguna parte Si la oferta presentada es mayor al presupuesto de la licitación pública indicado en el numeral XVI de estas Bases Administrativas, la propuesta será rechazada por la comisión evaluadora y declarada inadmisible por resolución fundada de la Autoridad Competente, cumpliendo con lo establecido en el numeral VI de estas mismas Bases. La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes de la oferta administrativa, técnica y/o económica, facultará a la D.G.A. a excluir de la licitación pública al oferente, declarándose la inadmisibilidad de su oferta, por resolución fundada, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el pliego de condiciones que rige la licitación. Es responsabilidad de los proponentes ingresar la oferta de la manera establecida en las Bases, entendiendo que la Comisión Evaluadora no está obligada a solicitar subsanar o aclarar la falta o la omisión de algún antecedente o documento que integre la propuesta. No obstante lo anterior, la D.G.A. podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar, a través del Sistema de Información, a cualquier oferente, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases, lo que será evaluado y resuelto por la D.G.A. Se deja presente que, las solicitudes de aclaración o subsanación son una prerrogativa que en ningún caso es obligatoria para los evaluadores, y solo podrá subsanarse o aclararse por los proponentes lo solicitado, esto en atención a los principios que deben resguardar quienes evalúan, de estricta sujeción a las Bases, y de igualdad entre los oferentes. En este caso, se aplicarán las reglas de evaluación, conforme a lo dispuesto en el numeral XIII “Apertura y Evaluación de las Ofertas” de este pliego de condiciones administrativas. Dicha solicitud se informará al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tratándose de oferentes inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, ChileProveedores, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal electrónico www.chileproveedores.cl. Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los oferentes con motivo del estudio y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en favor de estos por ningún concepto.
DERECHO A DECLARAR INADMISIBLES TODAS LAS PROPUESTAS Y DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN PÚBLICA
La D.G.A. declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan los requerimientos establecidos en las Bases, por ejemplo, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles. Por otra parte, declarará desierta la licitación pública si no se presentan ofertas o bien si estas no resultan convenientes a sus intereses, sin incurrir por todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes. En ambos casos, dicha declaración será por resolución fundada, conforme con lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 19.886. La D.G.A. se reserva el derecho a no adjudicar a oferente alguno el presente llamado a licitación pública, en el evento de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificado por el Servicio, que le impida continuar con el proceso. La D.G.A. rechazará de forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan con lo exigido en las presentes bases de licitación. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
VII. REVOCACIÓN DE LA LICITACIÓN
La D.G.A. se reserva el derecho de revocar el presente proceso de licitación pública, aun existiendo ofertas. Esta revocación puede ser declarada de forma unilateral por la D.G.A. mediante acto administrativo fundado que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento. No se devolverá la documentación que presenten los oferentes en esta eventualidad ni en ningún otro caso, salvo que la autoridad del Servicio la autorice expresamente, o bien, en el caso de las garantías de seriedad de la oferta entregadas por los participantes (si fuera el caso), las que deberán ser solicitadas de acuerdo con lo estipulado en el numeral XI de las Bases Administrativas.
VIII. VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de sesenta (60) días corridos desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la D.G.A. podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de estas por igual período. El solo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto. No obstante, si la oferta presenta una validez mínima inferior a sesenta (60) días corridos, la propuesta será rechazada por los evaluadores y declarada inadmisible por medio de acto administrativo de la Autoridad Competente, totalmente tramitado.
IX. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la licitación pública, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso licitatorio, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de licitación, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de la oferta y ejecución del contrato que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia. Cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el convenio que de ello se derive. f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las Bases, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta reflejada en el presente proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.
X. ANTECEDENTES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Una vez comunicada la adjudicación, la D.G.A. podrá requerir toda la información legal necesaria para la protección de sus intereses. En el caso que el proponente adjudicado sea una persona jurídica deberá acompañar, a petición de la D.G.A., en un plazo no superior a diez (10) días corridos, los siguientes antecedentes que deberán ser ingresados por medio de la Oficina de Partes de la D.G.A.: a) Copia simple del instrumento de constitución de la persona jurídica de que se trata, y de todas las modificaciones hasta la fecha de presentación de la propuesta. b) Copia simple de la escritura pública en que consten sus socios y representantes legales a la fecha de presentación de la propuesta. Si este antecedente ya consta en el instrumento de constitución, señalarlo expresamente. En el caso de las sociedades anónimas, se requerirá, además, presentar una copia del o los folios que correspondan del registro de accionistas de la compañía, u otro documento equivalente según su legislación de origen, en los que consten los accionistas de la sociedad. En caso de tratarse de una persona jurídica extranjera, deberá adjuntar copia íntegra y debidamente legalizada en Chile de su escritura de constitución y de la representación legal, además de todo documento que en su país sirva para acreditar la existencia y vigencia de la persona jurídica a la fecha de presentación de la propuesta. Por último, en el caso de tratarse de universidades, el decreto de nombramiento o acta de nombramiento del rector. c) Copia simple de inscripción con certificación de vigencia (sociedades) o certificado de vigencia extendido por la autoridad competente (otras personas jurídicas), con antigüedad no superior a seis (6) meses anterior a la fecha de cierre de presentación de ofertas. d) Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la empresa, emitido por la Dirección del Trabajo, de fecha no anterior a sesenta (60) días contados desde la fecha de cierre de la presentación de propuestas. e) Escritura Pública de constitución de la Unión Temporal de Proveedores en aquellas contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, la que deberá contener todas aquellas estipulaciones a las que se hace mención en la letra iv) del numeral V de estas Bases Administrativas (si fuera el caso). Si el proponente adjudicado no cumpliera con la obligación contenida en el párrafo primero dentro de plazo, la D.G.A. podrá adjudicar al siguiente proponente mejor evaluado, y así sucesivamente.
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Los oferentes deberán entregar una garantía de seriedad de la oferta, que tendrá el carácter de irrevocable, tomada por el mismo oferente en un banco comercial o una Compañía de Seguros, con oficinas en Chile, con las siguientes características: Tipo de documento Cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, por ejemplo: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza y otros. Beneficiario Ministerio de Obras Públicas - RUT: 61.202.000-0. Pagadera A la vista e irrevocable. Vigencia mínima 01/02/2024 Expresada en Pesos Chilenos. En caso que la garantía que se presente sea una póliza o certificado de fianza y el monto asegurado se indique en unidad de fomento (UF), dicha cifra además, deberá señalarse en pesos chilenos, de forma numérica y escrita, expresando claramente que es pagadera a la vista o primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe para los casos que fuere necesario hacerla efectiva, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. Monto $1.450.000.- (Un millón cuatrocientos cincuenta mil pesos). Glosa “Para garantizar la seriedad de la oferta presentada en la Licitación Pública denominada “DIAGNÓSTICO HIDROLÓGICO E HIDROGEOLÓGICO ISLA SANTA MARIA Y MOCHA” Forma y Oportunidad restitución Respecto de los oferentes no adjudicados, la devolución de la garantía debe solicitarse por escrito a través de la oficina de partes de la D.G.A., previa conformidad del Inspector Fiscal. En cuanto al adjudicatario, le será devuelta después de presentar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y previa solicitud de su devolución, por escrito, al Inspector Fiscal, con la respectiva autorización del mismo. Toda oferta que no esté acompañada de la garantía de seriedad de la oferta será rechazada por la D.G.A., por no ajustarse a lo establecido en las presentes Bases, declarándose inadmisible su oferta en los términos señalados en el numeral VI de las Bases Administrativas. Esta Garantía, deberá entregarse en la Oficina de Partes de la D.G.A. Regional ubicada en Av. Arturo Prat 501, piso 6 y en el caso de presentar un instrumento electrónico –el que deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos y Servicios de Certificación de Firma Electrónica– este deberá suscribirse mediante firma electrónica avanzada, pudiendo ser enviada al correo electrónico: mabel.vera@mop.gov.cl, indicando el ID de la Licitación. La garantía que se extienda por una institución bancaria en papel solo puede ser ingresada a través de Oficina de Partes de la D.G.A. En ambos casos –entrega en oficina de partes o envío por correo electrónico– el plazo de entrega de la garantía será hasta las 15:00 horas, de la fecha de cierre de la licitación, bajo sanción de ser excluido del concurso. La D.G.A. hará efectiva esta garantía, ejecutándola unilateralmente y por la vía administrativa, en cualquiera de los siguientes casos: - Si el oferente se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de la misma. - Si el adjudicatario no cumple con la obligación indicada en el numeral anterior del presente pliego de condiciones. - Si el adjudicatario no entrega en forma oportuna la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, esto es, dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl. - Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N° 19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. - Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de adjudicación. Verificado el incumplimiento de cualquiera de las causales ya señaladas, la D.G.A. notificará por escrito al adjudicatario, mediante carta certificada o por medio de correo electrónico (según hubiese solicitado el participante a través del Anexo N° 2), comunicando las causales o razones que se tienen en vista para el cobro de la garantía. El adjudicatario, por su parte, dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación para efectuar sus descargos, resolviendo la D.G.A., mediante resolución fundada, si acepta los mismos o ratifica el cobro de la garantía. Para tal efecto, la autoridad deberá pronunciarse en el plazo de cinco (5) días hábiles. En contra de esta última resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880. No procederá esta sanción si se estableciera la concurrencia de caso fortuito o fuerza mayor –que deberá ser alegado y acreditado oportunamente por el proveedor, con la respectiva documentación de respaldo–, calificado así por la D.G.A., mediante resolución fundada. Se hace presente, que el cobro de toda garantía (seriedad y fiel y oportuno cumplimiento del contrato) se encuentra sujeto a las disposiciones contenidas en el Reglamento de Compras en el artículo 79 ter, por lo que deberá respetarse los principios de contradictoriedad e impugnabilidad, por ende antes de efectuar su cobro, se deberá notificar mediante carta certificada (o mediante correo electrónico, según lo requerido por el proveedor) la comunicación del inicio del procedimiento.
XII. COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas, técnica y económicamente, por una Comisión de Evaluación (en adelante e indistintamente, la “Comisión”), que estará conformada por tres (3) funcionarios de la D.G.A., quienes estarán sujetos a la Ley N° 20.730 que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante autoridades y funcionarios, solo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esas Comisiones. Los funcionarios que se designen podrán ser reemplazados por otros, debidamente especificados, en la eventualidad de que en el plazo establecido para la evaluación de las propuestas este no pueda cumplir con la labor. Serán funciones de la Comisión, una vez realizada la apertura de las ofertas, las siguientes: a) Revisar y evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas (técnica y económica) de los proveedores, y rechazar aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases. b) Solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectados durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido por el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, es decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. La Comisión concederá un plazo fatal para la corrección, lo que será informado a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl y se contará desde efectuado el requerimiento. La D.G.A. no considerará las respuestas o antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. Mediante la aclaración no podrán modificarse aspectos sustanciales de la propuesta, de tal forma que la oferta no podrá, mediante las aclaraciones, transformarse en otra diferente, ni constituir una nueva oferta. c) Establecer un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones que se indican en el numeral siguiente. d) La Comisión analizará las ofertas técnicas y las ofertas económicas presentadas por cada oferente en el plazo establecido en las Bases, y tendrá en cuenta los criterios y pautas señalados en este documento para la adjudicación. Durante el desarrollo de su trabajo, la Comisión podrá, requerir a los oferentes aclaraciones respecto de sus propuestas para efectos de la evaluación, y no podrá mantener contacto con ningún oferente que no hubiere sido previsto en las Bases, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 39° del Reglamento de la Ley N° 19.886. En todo caso, las aclaraciones que se pidan y las que se den, ambas por escrito, no podrán alterar las Bases de la Licitación, ni la esencia de la oferta ni violar el principio de igualdad entre los oferentes. La Comisión levantará un acta con la evaluación de las ofertas de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 bis del Reglamento de Compras, en la cual consignará los puntajes obtenidos por cada oferente en los criterios a evaluar consignados en estas Bases. Dicha acta será suscrita por la referida Comisión y se publicará en el Sistema de Información, junto al acto administrativo que dé cuenta del resultado de la licitación pública.
XIII. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
El acto de apertura se efectuará a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral III de las presentes Bases Administrativas. A solicitud de la D.G.A., los oferentes deberán aclarar o subsanar su oferta a más tardar dentro de las 48 horas hábiles siguientes de recibida dicha solicitud, a través del Sistema de Información- sitio www.mercadopublico.cl- o, en su defecto, en caso de inoperatividad del sitio web señalado, ingresando los antecedentes requeridos en la Oficina de Partes de la D.G.A. Nivel Central, o la Oficina de Partes de la D.G.A. Biobío o en su defecto mediante oficina de parte Virtual de la DGA https://recepciondocumental.mop.gob.cl/, con su respectivo link de descarga, dirigido a la Directora Regional, Jefe del Departamento o División que llamó a la respectiva licitación pública, rotulado Antecedentes Complementarios Licitación Pública denominada “DIAGNÓSTICO HIDROLÓGICO E HIDROGEOLÓGICO ISLA SANTA MARÍA Y MOCHA” y con el nombre del oferente. Si la Comisión lo estima pertinente, podrá solicitar a algún proponente, por escrito, por una sola vez, a través del portal www.mercadopublico.cl, precisiones sobre aspectos de su oferta técnica y/o económica, con el fin de aclarar puntos específicos de las respectivas postulaciones, los que pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del convenio (contrato), en caso de resultar adjudicado. También, podrá requerir documentación administrativa faltante y la aceptará siempre que esta haya sido emitida con anterioridad al plazo de presentación de las propuestas. En todo caso, tanto la solicitud de aclaraciones, como las respuestas del interesado, no podrán referirse a puntos que alteren elementos esenciales de la propuesta, ni vulnerar el principio de igualdad de los proponentes. Las respuestas deberán ser entregadas, mediante carta o formulario suscrito por el representante legal del proponente, dentro del plazo señalado por la Comisión, mediante el portal electrónico www.mercadopublico.cl. Las respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los postulantes a través del portal antes señalado. Se aceptará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de estos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión Evaluadora de las Ofertas de la D.G.A. procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas Bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido. Las ofertas serán evaluadas, técnica y económicamente- sin perjuicio de haber revisado y analizado los antecedentes administrativos- de conformidad a los siguientes factores, puntajes y ponderación que se precisan a continuación: Evaluación Técnica : 80% Evaluación Económica : 20% Evaluación técnica Las ofertas serán evaluadas de acuerdo a los siguientes factores, sus respectivos puntajes máximos y porcentajes de ponderación, cuyos resultados, en caso de contener números decimales, deberán incluir hasta dos dígitos después del punto decimal: FACTORES Puntaje Máximo Ponderación Porcentaje A Experiencia y Formación del Equipo de Trabajo Propuesto 100 30% B Consistencia metodológica 100 30% C Experiencia del oferente 100 30% D Cumplimiento de requisitos formales 100 5% E Desarrollo Inclusivo 100 5% TOTAL 100% FACTOR A: EXPERIENCIA Y FORMACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO PROPUESTO, (Ponderación: 30%) En el punto 2.16 de las BT, se señala el cargo, la profesión/especialidad, experiencia y formación de cada integrante del equipo de trabajo propuesto. El puntaje se asignará de la siguiente forma: Asignación Puntaje Ponderación Sub factor Años experiencia Puntaje A.1 Jefe de Proyecto Jefe Proyecto: al menos 5 Años de experiencia profesional como jefe, coordinador y/o líder de proyectos en estudios de evaluación, análisis y/o gestión de recursos hídricos, Título profesional obtenido en universidad nacional o extranjera de: Ingeniero Civil, Ingeniero Civil con mención del área Hidráulica, Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Civil en Geografía, Ingeniero Civil Agrícola, Ingeniero Ambiental, Ingeniero Forestal, Civil engineer (extranjero) Bachelor of engineering (extranjero) Título profesional relacionado con el área de las ciencias de la ingeniería, ciencias de la tierra o recursos naturales. 10 años o más 100 20% Mayor o igual a 7 años y menor a 10 años 60 Mayor o igual a 5 años y Menor a 7 años 30 Menos de 5 años 0 Experiencia profesional en evaluación, análisis y gestión de recursos hídricos Mayor o igual a 2 años 100 2.5% Menor de 2 años 0 Tiene grado académico de doctor o PhD en materias relacionadas con el área de ciencias de la ingeniería, ciencias de la tierra o recursos naturales. SI 100 5% Tiene grado académico de magíster o máster en materias relacionadas con el área de ciencias de la ingeniería, ciencias de la tierra o recursos naturales. SI 60 Tiene pos título o diplomado en materias relacionadas con el área de ciencias de la ingeniería, ciencias de la tierra o recursos naturales. SI 30 Tiene estudios de postgrado/pos título en áreas distintas a las mencionadas en a), b) y c); o no tiene estudios de postgrado. SI 0 A.2 Especialista en hidráulica, modelación hidrológica Especialista en hidráulica: al menos 3 Años de experiencia profesional en estudios de evaluación, análisis y/o gestión de recursos hídricos, Título profesional obtenido en universidad nacional o extranjera de: Ingeniero Civil, Ingeniero Civil con mención del área Hidráulica, Ingeniero Forestal, Civil Engineer (extranjero), Bachelor of Engineering (extranjero), o título profesional relacionado con el área de las ciencias de la ingeniería, ciencias de la tierra o recursos naturales. 10 años o más 100 15% Mayor o igual a 7 y menos de 10 años 60 Mayor o igual a 3 y menos de 7 años 30 Menos de 3 años 0 Experiencia profesional en evaluación y modelación hidrológica superficial Mayor o igual a 1 año 100 2.5% Menor de 1 año 0 Tiene grado académico de doctor o PhD en materias relacionadas con el área de ciencias de la ingeniería, ciencias de la tierra o recursos naturales, hidrología, modelación hidrológica superficial SI 100 5% Tiene grado académico de magíster o máster en materias relacionadas con el área de ciencias de la ingeniería, ciencias de la tierra o recursos naturales, hidrología, modelación hidrológica superficial SI 60 Tiene pos título o diplomado en materias relacionadas con el área de ciencias de la ingeniería, ciencias de la tierra o recursos naturales, hidrología, modelación hidrológica superficial SI 30 Tiene estudios de postgrado/pos título en áreas distintas a las mencionadas en a), b) y c); o no tiene estudios de postgrado. SI 0 A.3 Especialista en hidrogeología Modelación Hidrogeológica Especialista en hidrogeología: Un profesional con al menos 3 años de experiencia profesional en modelación hidrogeológica. Título profesional obtenido en universidad nacional o extranjera de: Ingeniero Civil; Ingeniero Civil con mención del área hidráulica; Ingeniero Civil en Geografía; Ingeniero Civil Agrícola; Civil Engineer (extranjero); Bachelor of Engineering (extranjero); O título profesional relacionado con el área de las ciencias de la ingeniería, ciencias de la tierra o recursos naturales. 7 años o más 100 15% Mayor o igual a 5 y menos de 7 años 60 Mayor o igual a 3 y menos de 5 años 30 Menos de 3 años 0 Tiene grado académico de doctor o PhD en materias relacionadas con el área de ciencias de la ingeniería, ciencias de la tierra o recursos naturales, hidrogeología, modelación hidrogeológica SI 100 5% Tiene grado académico de magíster o máster en materias relacionadas con el área de ciencias de la ingeniería, ciencias de la tierra o recursos naturales, hidrogeología, modelación hidrogeológica SI 60 Tiene pos título o diplomado en materias relacionadas con el área de ciencias de la ingeniería, ciencias de la tierra o recursos naturales, hidrogeología, modelación hidrogeológica SI 30 Tiene estudios de postgrado/pos título en áreas distintas a las mencionadas en a), b) y c); o no tiene estudios de postgrado SI 0 A.4 Especialista en tecnologías de la información y comunicaciones Un profesional con experiencia profesional deseable de al menos 3 años, en tecnologías de la información y redes. Título profesional relacionado con el área de la computación o tecnologías de la información, obtenido en universidad nacional o extranjera Ingeniero civil; Ingeniero civil en computación; Ingeniero civil informático; Geográfo; O Título profesional relacionado 7 años o más 100 12,5% Mayor o igual a 5 y menos de 7 años 60 Mayor o igual a 3 y menos de 5 años 30 Menos de 3 años 0 Tiene grado académico de magíster o máster en materias relacionadas con el área de ciencias, gestión de aguas, ciencias, gestión de aguas, tecnologías de la información. SI 100 2,5% Tiene pos título o diplomado en materias relacionadas con el área de ciencias de la gestión de aguas, ciencias, gestión de aguas, tecnologías de la información. SI 60 Tiene estudios de postgrado/pos título en áreas distintas a las mencionadas en a), b) y c); o no tiene estudios de postgrado SI 0 A.5 Especialista en Geografía y SIG Un profesional con experiencia profesional deseable de al menos 3 años, en sistemas de información geográfica Título profesional relacionado con el área de geografía, cartografía Geógrafo; Ingeniero civil informático; Cartógrafo; Ingeniero Geomensor; O título relacionado 7 años o más 100 12,5% Mayor o igual a 5 y menos de 7 años 60 Mayor o igual a 3 y menos de 5 años 30 Menos de 3 años 0 Tiene grado académico de magíster o máster en materias relacionadas con el área de los sistemas de información geográfica SI 100 2,5% Tiene pos título o diplomado en materias relacionadas con el área de los sistemas de información geográfica SI 60 Tiene estudios de postgrado/pos título en áreas distintas a las mencionadas en a), b) y c); o no tiene estudios de postgrado SI 0 Los profesionales propuestos deberán cumplir con los requisitos mínimos de cada cargo estipulados en el numeral 2.16 de las Bases Técnicas. La experiencia y formación deberán ser acreditadas mediante copia simple de los títulos profesionales y mediante contratos; así como actas de término de proyecto, certificaciones y/o evaluaciones de contratos, todos emanados de clientes. La información proporcionada deberá venir ordenada, podrá ser verificada, solicitando los respectivos contratos, la cual será evaluada conforme a la información exclusivamente proporcionada en el numeral 5 del formulario N°2, con sus respectivos respaldos. Para contratos profesionales será menester del oferente indicar el inicio y final de estos y acompañar el respectivo finiquito para determinar su duración, en el caso que siga vigente será necesario acompañar documentación adicional que certifique dicha situación. Certificaciones de experiencia que no puedan ser contrastadas en los términos precedentes, no serán consideradas en la evaluación. Boletas de honorarios y facturas que no indiquen duración de los trabajos ejecutados en su glosa, no serán considerados como antecedentes que aporten experiencia, al no poder ponderar su duración. FACTOR B: CONSISTENCIA METODOLÓGICA, (Ponderación: 30%) Se valorará la coherencia de la metodología propuesta con los objetivos del estudio, la comprensión que se demuestre del tema y del alcance del trabajo a realizar, y la consistencia interna del proceso metodológico que se propone para abordar cada una de las áreas particulares del estudio. El puntaje de este criterio será otorgado de acuerdo al siguiente detalle: Metodología es consistente en todos sus aspectos (Recopilación y análisis preliminar de antecedentes, Preparación de campañas para el Levantamiento Información de Terreno, Generación y Levantamiento Información de Terreno, análisis de calidad de agua, perfiles geofísicos, elaboración de modelos hidrológicos, hidrogeológicos y escenarios futuros) y además ofrece tres actividades y/o productos adicionales que técnicamente mejoren el contenido de esta licitación señalados en el numeral 2.5, de las Bases Técnicas = 100 puntos. Metodología es consistente en todos sus aspectos (Recopilación y análisis preliminar de antecedentes, Preparación de campañas para el Levantamiento Información de Terreno, Generación y Levantamiento Información de Terreno, análisis de calidad de agua, perfiles geofísicos, elaboración de modelos hidrológicos, hidrogeológicos y escenarios futuros) y además ofrece dos actividades y/o productos adicionales que técnicamente mejoren el contenido de esta licitación señalados en el numeral 2.5, de las Bases Técnicas = 90 puntos. Metodología es consistente en todos sus aspectos (Recopilación y análisis preliminar de antecedentes, Preparación de campañas para el Levantamiento Información de Terreno, Generación y Levantamiento Información de Terreno, análisis de calidad de agua, perfiles geofísicos, elaboración de modelos hidrológicos, hidrogeológicos y escenarios futuros) y además ofrece una actividades y/o productos adicionales que técnicamente mejoren el contenido de esta licitación señalados en el numeral 2.5, de las Bases Técnicas = 80 puntos. Metodología es consistente en todos sus aspectos (Recopilación y análisis preliminar de antecedentes, preparación de campañas para el levantamiento información de terreno, generación y levantamiento información de terreno, análisis de calidad de agua, perfiles geofísicos, elaboración de modelos hidrológicos, hidrogeológicos y escenarios futuros) y no ofrece actividades y/o productos adicionales señalados en el numeral 2.5, de las Bases Técnicas= 70 puntos. Metodología no cumple con alguno de los aspectos (recopilación y análisis preliminar de antecedentes, preparación de campañas para el levantamiento información de terreno, generación y levantamiento información de terreno, análisis de calidad de agua, perfiles geofísicos, elaboración de modelos hidrológicos, hidrogeológicos y escenarios futuros), pero en general la propuesta es consistente y permitiría lograr el objetivo = 50 puntos. Metodología no cumple con dos de los aspectos (recopilación y análisis preliminar de antecedentes, preparación de campañas para el levantamiento información de terreno, generación y levantamiento información de terreno, análisis de calidad de agua, perfiles geofísicos, elaboración de modelos hidrológicos, hidrogeológicos y escenarios futuros) y aun cuando hay componentes poco abordados o sin compromisos adicionales, se estima que no se pone en riesgo el cumplimiento del objetivo = 30 puntos. Metodología no cumple con dos o más de los aspectos (recopilación y análisis preliminar de antecedentes, preparación de campañas para el levantamiento información de terreno, generación y levantamiento información de terreno, análisis de calidad de agua, perfiles geofísicos, elaboración de modelos hidrológicos, hidrogeológicos y escenarios futuros), hay componentes poco abordados y sin compromisos adicionales, se estima que se pone en riesgo el cumplimiento del objetivo = 0 puntos. El oferente que obtenga 0 puntos en el “factor B” previamente descrito, queda descartado del proceso licitatorio. FACTOR C: EXPERIENCIA DEL OFERENTE (Ponderación: 30%) Este factor será evaluado con la información proporcionada mediante el número 6 del Formulario N° 2, y deberá ser acreditada solo mediante copias de los contratos y /o certificados emanados de clientes, según corresponda, información que se deberá adjuntar a la oferta y será verificada por la Comisión de Evaluación. Se evaluará la cantidad de trabajos, estudios y/o proyectos relacionados con la generación de planes de gestión de recursos hídricos, análisis y estudios de modelación para la gestión del agua en Chile y/o en el extranjero, por montos superiores a 1.000 UTM ejecutados y terminados durante los últimos 10 años –por cada estudio–, anteriores a la fecha de Cierre de recepción de ofertas indicada en el numeral III de estas Bases Administrativas. Cantidad de estudios y proyectos relacionados con la Planificación y Gestión de Recursos Hídricos en Chile y/o en el extranjero por montos superiores a 1.000 UTM Puntaje Más de 9 estudios y/o proyectos 100 Entre 7 y 9 estudios y/o proyectos 70 Más de 5 y menos de 7 estudios y/o proyectos 50 Entre 3 y 5 estudios y/o proyectos 30 Menos de 3 estudios y/o proyectos 0 FACTOR D: CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (Ponderación: 5%) La presentación correcta y oportuna por parte de los oferentes de sus respectivas ofertas será evaluada de la siguiente forma: La oferta presentada no contiene errores u omisiones formales y el formato utilizado corresponde al indicado en las Bases de Licitación = 100 puntos. La oferta presentada contiene errores u omisiones formales y deben ser subsanadas por solicitud de la D.G.A., o la oferta administrativa, técnica y/o económica está en un formato distinto del indicado en estas Bases, toda vez que los documentos solicitados y en el orden que han sido requeridos tienen por objeto hacer una evaluación de las mismas en una forma más expedita = 0 puntos. FACTOR E: DESARROLLO INCLUSIVO (Ponderación: 5%) Se evaluará a los oferentes que cuenten, al momento de presentación de la oferta numeral V de las presentes Bases Administrativas, con Iniciativas de Desarrollo Inclusivo, según lo informado en el número 7 del FORMULARIO N° 2. Para acreditar y asignar el correspondiente puntaje, se deberán adjuntar los documentos que acrediten cada una de las iniciativas. Las iniciativas de desarrollo inclusivo que se considerarán para esta evaluación serán las siguientes: a. Contratación de personas con discapacidad El oferente tiene 1 o más trabajadores/as por sobre el número que se encuentre obligado a contratar de conformidad a la Ley N° 21.015 sobre Inclusión Laboral, si corresponde, con contrato de trabajo indefinido. Para acreditar se debe adjuntar copia simple de la credencial de Discapacidad del Registro Nacional de Discapacidad o certificado de discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e identificación y copia del contrato de trabajo indefinido. b. Contratación de adultos mayores El oferente tiene contratado al menos una persona mayor de 60 años de edad con contrato de trabajo indefinido. Para acreditar se debe adjuntar copia simple de la cédula de identidad vigente del o los adultos mayores contratados, o certificado de nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación y copia de los respectivos contratos de trabajo indefinido de dicha/s persona/s.   c. Contratación de jóvenes El oferente tiene contratada al menos a una persona mayor de 18 años y menor de 25 años de edad con contrato de trabajo indefinido. Para acreditar se debe adjuntar copia simple de la cédula de identidad vigente, o certificado de nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación y copia de los respectivos contratos de trabajo indefinido de dicha/s persona/s. d. Contratación de personas perteneciente a minorías étnicas. El oferente tiene contratada al menos una persona perteneciente a alguna minoría étnica, reconocida por la ley, con contrato de trabajo indefinido. Para acreditar se deberá adjuntar copia de Certificado de Acreditación de Calidad Indígena emitido por la CONADI y copia de los respectivos contratos de trabajo indefinido de dicha/s persona/s. e. Criterio de equidad de género El oferente cuenta con Sello Empresa Mujer, vigente, emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública. Para acreditar se revisará el cumplimiento de este criterio directamente en la ficha electrónica del proveedor en el Registro de Proveedores de aquella entidad. El puntaje se asignará de la siguiente forma: Desarrollo Inclusivo Puntaje El oferente que cumple con 5 iniciativas 100 puntos El oferente que cumple con 4 iniciativas 80 puntos El oferente que cumple con 3 iniciativas 60 puntos El oferente que cumple con 2 iniciativas 40 puntos El oferente que cumple con 1 iniciativa 20 puntos El oferente que NO cumple o no acredita cumplir con ninguna de las iniciativas, señaladas precedentemente. 0 punto El puntaje de la Evaluación Técnica, se obtiene al sumar los puntajes obtenidos en los Factores A, B, C, D y E. Aquellas propuestas que obtengan menos de 30 Puntos para los criterios A y B quedarán descartadas automáticamente. Evaluación Económica Las ofertas, serán evaluadas de acuerdo al factor Precio. El puntaje de evaluación económica, en caso de contener números decimales, deberán incluir hasta dos dígitos después del punto decimal. Precio: máximo 100 puntos El puntaje se asignará de acuerdo al PRECIO TOTAL NETO de la oferta, indicado en el numeral 2 del Formulario N° 1, de conformidad a la siguiente relación: I = P mín x I máx P2 Donde I : Puntaje a asignar a la oferta económica en análisis. P mín : MENOR PRECIO TOTAL NETO ofertado. P2 : Precio Total Neto Final de la oferta en análisis. I máx : Puntaje máximo correspondiente a este criterio, esto es, 100 puntos. 3. Calificación final de la oferta La calificación final del proceso de evaluación de cada oferta, será el resultado de aplicar la siguiente relación: 〖Puntaje〗_Final=〖Puntaje〗_(Evaluación Técnica)×0,80+ 〖Puntaje〗_(Evaluación Economica)×0,20 En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad: Lugar Nombre del Factor 1° Consistencia metodológica 2° Precio 3° Experiencia y formación del equipo de trabajo propuesto 4° Experiencia del oferente 5° Cumplimiento de requisitos formales Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación. La oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de los criterios estipulados y se a conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación. Cualquier error de concordancia de la presente pauta de evaluación, será resuelto por la Comisión Evaluadora, sin modificar en lo sustancial la lógica de objetividad de los criterios de evaluación. Es necesario tener presente, que en el caso de las U.T.P., éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la D.G.A. sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la U.T.P. debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta. La U.T.P. debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una U.T.P. sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una U.T.P., que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia debiera constituir una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta. La Comisión Evaluadora levantará un acta de evaluación de la presente Licitación (Acta Completa Detallada y fundada), con su propuesta de adjudicación a la Autoridad Competente, la que deberá adoptar la decisión final, a través de un acto administrativo fundado. Para resguardar la conveniencia de los intereses de la Institución, la Dirección General de Aguas, se reserva el derecho de adjudicar o no la licitación, cuando la nota de la oferta mejor evaluada sea inferior a 65.
XIV. ADJUDICACIÓN
La D.G.A. adjudicará la licitación pública mediante resolución fundada, que será notificada a los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, y se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en dicha plataforma electrónica. Se hace presente que la D.G.A., adjudicará la licitación a la oferta que considere más adecuada a sus objetivos, que cumpla con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases, conforme con los criterios de evaluación ya considerados, y que resulte conveniente al interés fiscal. Es preciso señalar, que no necesariamente se adjudicará la licitación pública a la empresa u oferente que presente la oferta más económica, dado que se evaluará si se ajusta técnicamente a lo requerido. En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado al efecto en el numeral III de las presentes Bases Administrativas, la D.G.A. informará en el portal www.mercadopublico.cl, las razones que justifiquen el incumplimiento del referido plazo, e indicará un nuevo plazo para ello. Los oferentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza. En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, ChileProveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Lo anterior, con el objeto de verificar la habilidad de los proveedores, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 19.886.
XV. NUEVA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
En caso que el adjudicatario se desistiera de su oferta o el oferente adjudicado no acreditara su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado o si el oferente adjudicado no presentara la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato (si fuera el caso) o no firmara el contrato correspondiente en el plazo establecido en las Bases y/o no aceptara la orden de compra y/o no pudiera cumplir con la prestación del servicio contratado, la D.G.A. podrá readjudicar la licitación pública al oferente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta mediante acto administrativo totalmente tramitado. En este caso, conforme con lo establecido en el numeral XI de las Bases Administrativas, se hará efectiva la garantía de seriedad de oferta (si fuera el caso).
XVI. PRESUPUESTO DISPONIBLE
El contrato dispone de un presupuesto máximo de $96.896.000 (noventa y seis millones ochocientos noventa y seis mil pesos), impuestos incluidos, y no considera reajuste.
XVII. CONTRATO
Formalización de los Contratos regido por la Ley 19.886. a) Contrataciones menores a 100 UTM. Los contratos cuyo monto sea menor a las 100 UTM, se formalizarán mediante emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Corresponderá al Inspector Fiscal, en el ejercicio de su deber de verificación de fiel y oportuno cumplimiento del contrato respectivo, corroborar que la orden de compra se encuentre en estado “aceptada” por el proveedor, dentro del plazo máximo de dos (2) días hábiles a contar de su emisión en el portal www.mercadopublico.cl. Lo anterior, no obsta al cumplimiento de las tareas/funciones establecidas en el Manual de Compras del Servicio por parte de los funcionarios que correspondan, y que intervengan en el proceso de adquisición, Nivel Central o Regional, según sea el caso. b) Contratos iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM. Por regla general, las contrataciones iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, requerirán la suscripción de un contrato (cabe hacer presente, que la garantía de fiel cumplimiento, si hubiese sido requerida, deberá presentarse de acuerdo con lo establecido en las bases o en los término de referencia, a más tardar, en forma coetánea a la firma del contrato, nunca con posterioridad a su suscripción). Una vez que el referido contrato de suministro o prestación de servicio respectivo haya sido firmado por las partes (la gestión de firmas debe coordinarse por los Coordinadores de Gestión, o en su defecto, por el Inspector Fiscal del área requirente o del área técnica respectiva), deberá ser sancionado por Resolución de la autoridad competente. Finalmente, luego de su aprobación mediante acto administrativo, la Unidad Administrativa que corresponda, deberá proceder al envío de la orden de compra respectiva a través del Portal Mercado Público. Dicha orden de compra, deberá ser aceptada por el proveedor, formalizándose en ese momento la contratación. No obstante, y de manera excepcional, las contrataciones de bienes y servicios iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM se formalizarán con la emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor, y aquello acontecerá siempre y cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación. Al respecto, corresponderá al área técnica (requirente) definir si un bien o servicio reviste de tales características, y de ello deberán dejar constancia expresa en las especificaciones de los bienes respectivos (Bases o Términos de Referencia, según sea el caso). Solo de esa manera, las contrataciones por los montos (rangos) indicados en el presente párrafo prescindirán de la firma o suscripción de contrato y se entenderán formalizados con la sola aceptación de la orden de compra. c) Contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM: Las contrataciones iguales o superiores a las 1.000 UTM, siempre y sin excepción alguna, requerirán la firma o suscripción de un contrato. Tal como se indicó en el punto anterior, El referido contrato deberá sancionarse por resolución de la Autoridad Competente, totalmente tramitada, y luego de esto, se podrá efectuar el envío de la orden de compra a través del sistema de información, la que deberá ser aceptada por el proveedor en el plazo establecido. Finalmente, cabe reiterar que, para todos los efectos, al tenor de la normativa vigente, los contratos de suministro de servicios regidos por la Ley N° 19.886, se entenderán formalizados, solo una vez que la orden de compra respectiva se encuentre en estado “aceptada” por parte del proveedor/contratista. d) Consideraciones con respecto a la aprobación de contrato mediante Acto Administrativo fundado por Autoridad Competente. No obstante que, con la firma o suscripción del contrato (o aceptación de la orden de compra, si fuera el caso) surgen los derechos y obligaciones entre las partes, es necesario que el texto íntegro del contrato (si fuera el caso, en los términos explicitados en las letras “b” y “c” anteriores) sea aprobada por Resolución Fundada de la Autoridad Competente, con el objeto de que se sancione, de forma inequívoca, la decisión o voluntad formal de la Autoridad de aprobar los respectivos convenios (contratos). Así, como bien ya e indicó, solo en forma posterior a la total tramitación del acto administrativo aprobatorio del contrato se podrá emitir la orden de compra, puesto que con la resolución fundada de la Autoridad respectiva se formalizará la decisión administrativa y se asumirá la obligación de pago por parte del Servicio. De acuerdo con lo dispuesto en el Numeral XVI de las presentes Bases, Titulado “PRESUPUESTO DISPONIBLE”, se dispone de un presupuesto máximo de $96.896.000 (noventa y seis millones ochocientos noventa y seis mil pesos), impuestos incluidos, y no considera reajuste. En razón de lo anterior, el presente contrato queda circunscrito a lo indicado en la Letra c) precedente, siendo su categoría la de “Contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM”, debiendo, por tanto, darse cumplimiento lo dispuesto en ella para la formalización del respectivo contrato. Formarán parte integrante del contrato, los siguientes documentos: • La Ley Nº 19.886, de 2003, de bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. • El Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, y sus modificaciones. • La Resolución que aprueba las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos. • La serie de preguntas y respuestas, si las hubiere. • La oferta técnica y económica del adjudicatario. • La Resolución de Adjudicación que acepta la propuesta del adjudicatario. • Los antecedentes legales para contratar, que se detallan en el numeral X de las presentes Bases. • El Contrato y la resolución que lo aprueba (si fuera el caso). • La orden de compra respectiva. En caso que el adjudicatario no suscriba el contrato dentro del plazo citado, se tendrá a este como desistido de su oferta, debiendo hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la misma (si fuera el caso). La D.G.A. corroborará que el proveedor esté inscrito en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. De no ser así, el adjudicatario tendrá la obligación de inscribirse en dicho registro, en el plazo establecido en el numeral XIV “Adjudicación” de las presentes Bases, tras lo cual la D.G.A. podrá enviar la orden de compra respectiva. Si el adjudicatario se desistiera de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, de acuerdo con lo establecido en la letra a) de este numeral, o no cumpliera con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la D.G.A. podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al proponente que le siga en puntaje, dentro del plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. a) Inicio y Vigencia del Contrato El inicio del contrato se hará efectivo a partir del día hábil siguiente a la fecha de emisión de la orden de compra en el portal electrónico www.mercadopublico.cl, y hasta la fecha de término de la prestación de servicios propuesta por el oferente (contratista), no pudiendo ser superior 12 meses, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de emisión de la orden de compra. El cómputo de plazos es partir del día hábil siguiente a la respectiva fecha de emisión de la orden de compra, y esto es indispensable de considerar para efectos del Programa de Trabajo Definitivo establecido en el numeral XIX de las Bases Administrativas, ya que el plazo de ejecución de los trabajos no se cuenta desde la suscripción del contrato, sino que desde el día hábil siguiente a la emisión a la orden de compra, acto que se efectúa en forma posterior a la firma de las partes contratantes. b) Etapas del Contrato y Productos Asociados El contrato que se origine en la presente licitación pública se ejecutará en cinco (5) etapas, cuyo avance y monto asociado se definirá en el Programa de Trabajo Definitivo. c) Integración al Contrato Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan. Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, las consultas, respuestas, aclaraciones, la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, lo que se entenderá por enteramente reproducido en el mismo.
XVIII. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, que tendrá el carácter de irrevocable, tomada por el mismo adjudicatario o por terceros en un banco comercial o una Compañía Aseguradora, con oficinas en Santiago o en la ciudad de Concepción, región del Biobío, con las siguientes Características: Tipo de documento Cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, por ejemplo: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, y otros. Beneficiario Ministerio de Obras Públicas - RUT: 61.202.000-0 Pagadera A la Vista e irrevocable. Vigencia mínima 30/04/2025 Expresada en Pesos Chilenos. En caso que la garantía que se presente sea una póliza o Certificado de Fianza y el monto asegurado se indique en unidad de fomento (UF), deberá además, dicha cifra señalarse en pesos de forma numérica y escrita, expresando claramente que es pagadera a la vista o primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe para los casos que fuere necesario hacerla efectiva, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. Monto Equivalente a un 10% del monto total adjudicado. Glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato denominado “DIAGNÓSTICO HIDROLÓGICO E HIDROGEOLÓGICO ISLA SANTA MARÍA Y MOCHA” Forma y Oportunidad de Restitución La devolución de la garantía debe solicitarse por escrito en la Oficina de Partes, por parte del Contratista del servicio al Inspector Fiscal del Contrato, a los 60 días después del término del contrato. El Inspector Fiscal del Contrato deberá levantar acta de la devolución de la garantía estableciendo que el Contrato fue ejecutado a conformidad, y en el caso que hubiere multas, deberá expresar si fueron descontadas en su oportunidad indicando el acto administrativo respectivo. En el acta deberá constar la firma conjunta del DIRECTOR REGIONAL de la D.G.A. y el Inspector Fiscal del Contrato. Esta acta deberá ser aprobada mediante acto administrativo. Esta garantía, deberá entregarse en la oficina de partes de la Dirección Regional de Aguas de la Región de Región del Biobío, ubicada en calle Av. Arturo Prat 501, Piso 6, ciudad de Concepción, y en el caso de presentar un instrumento electrónico –el que deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos y Servicios de Certificación de Firma Electrónica– este deberá suscribirse mediante firma electrónica avanzada, pudiendo ser enviada al correo electrónico: mabel.vera@mop.gov.cl, indicando el ID de la Licitación. La garantía que se extienda por una institución bancaria en papel solo podrá ser ingresada a través de oficina de partes de la D.G.A. En ambos casos –entrega en oficina de partes o envío por correo electrónico– el plazo de entrega de la garantía deberá realizarse dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el portal electrónico www.mercadopublico.cl. En el caso probable que la entrega de la garantía se produzca en día inhábil –sábado, domingo o festivo– deberá realizarse el ingreso de esta a más tardar al día hábil siguiente a la fecha de entrega. Si la vigencia de la garantía individualizada precedentemente fuera insuficiente por cualquier causa, el adjudicatario (contratista) deberá presentar, a lo menos el antepenúltimo día hábil bancario a su vencimiento, una garantía en las mismas condiciones señaladas precedentemente, de lo contrario, la D.G.A. hará efectiva la garantía vigente antes de su vencimiento. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, caucionará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que se imponen a la contratada, y además asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de esta, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 19.886, pudiendo ser ejecutada, en caso de incumplimiento, unilateralmente, por la vía administrativa y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, a través de la dictación de la correspondiente resolución fundada. Se hace presente que el incumplimiento al que se refiere el presente numeral también aplicará en el evento que exista cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones asumidas por la contratada. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la D.G.A. pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. En caso de que el cobro de esta garantía no implique el término del contrato, el contratista deberá reemplazar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato por una de igual monto y vigencia, dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde la fecha de cobro de la caución, bajo sanción de término del contrato. Se hace presente, que el cobro de toda garantía (seriedad y fiel y oportuno cumplimiento del contrato) se encuentra sujeto a las reglas establecidas en el Reglamento de Compras en el artículo 79 ter, por lo que deberán respetarse los principios de contradictoriedad e impugnabilidad. En caso de que exista alguna infracción durante la ejecución del contrato que amerite el cobro de esta garantía, la D.G.A. notificará por escrito al contratista (carta certificada o correo electrónico, según lo requerido por el contratista), comunicando las causales o razones que se tienen en vista para dicho cobro. El contratista, por su parte, dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación para efectuar sus descargos, resolviendo la D.G.A., mediante resolución fundada, si acepta los mismos o ratifica el cobro de la garantía. Para tal efecto, la autoridad deberá pronunciarse en el plazo de cinco (5) días hábiles. En contra de esta última resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880. No procederá esta sanción si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor –que deberá ser alegado y acreditado, oportunamente, por el contratista, con la respectiva documentación de respaldo–, calificado así por la D.G.A., mediante resolución fundada.
XVIII. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
El adjudicatario deberá entregar, dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, que tendrá el carácter de irrevocable, tomada por el mismo adjudicatario o por terceros en un banco comercial o una Compañía Aseguradora, con oficinas en Santiago o en la ciudad de Concepción, región del Biobío, con las siguientes Características: Tipo de documento Cualquier instrumento que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, por ejemplo: Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, y otros. Beneficiario Ministerio de Obras Públicas - RUT: 61.202.000-0 Pagadera A la Vista e irrevocable. Vigencia mínima 30/04/2025 Expresada en Pesos Chilenos. En caso que la garantía que se presente sea una póliza o Certificado de Fianza y el monto asegurado se indique en unidad de fomento (UF), deberá además, dicha cifra señalarse en pesos de forma numérica y escrita, expresando claramente que es pagadera a la vista o primer requerimiento, de ejecución inmediata, sin liquidador ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión para el Mercado Financiero, que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe para los casos que fuere necesario hacerla efectiva, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. Monto Equivalente a un 10% del monto total adjudicado. Glosa “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del Contrato denominado “DIAGNÓSTICO HIDROLÓGICO E HIDROGEOLÓGICO ISLA SANTA MARÍA Y MOCHA” Forma y Oportunidad de Restitución La devolución de la garantía debe solicitarse por escrito en la Oficina de Partes, por parte del Contratista del servicio al Inspector Fiscal del Contrato, a los 60 días después del término del contrato. El Inspector Fiscal del Contrato deberá levantar acta de la devolución de la garantía estableciendo que el Contrato fue ejecutado a conformidad, y en el caso que hubiere multas, deberá expresar si fueron descontadas en su oportunidad indicando el acto administrativo respectivo. En el acta deberá constar la firma conjunta del DIRECTOR REGIONAL de la D.G.A. y el Inspector Fiscal del Contrato. Esta acta deberá ser aprobada mediante acto administrativo. Esta garantía, deberá entregarse en la oficina de partes de la Dirección Regional de Aguas de la Región de Región del Biobío, ubicada en calle Av. Arturo Prat 501, Piso 6, ciudad de Concepción, y en el caso de presentar un instrumento electrónico –el que deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos y Servicios de Certificación de Firma Electrónica– este deberá suscribirse mediante firma electrónica avanzada, pudiendo ser enviada al correo electrónico: mabel.vera@mop.gov.cl, indicando el ID de la Licitación. La garantía que se extienda por una institución bancaria en papel solo podrá ser ingresada a través de oficina de partes de la D.G.A. En ambos casos –entrega en oficina de partes o envío por correo electrónico– el plazo de entrega de la garantía deberá realizarse dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el portal electrónico www.mercadopublico.cl. En el caso probable que la entrega de la garantía se produzca en día inhábil –sábado, domingo o festivo– deberá realizarse el ingreso de esta a más tardar al día hábil siguiente a la fecha de entrega. Si la vigencia de la garantía individualizada precedentemente fuera insuficiente por cualquier causa, el adjudicatario (contratista) deberá presentar, a lo menos el antepenúltimo día hábil bancario a su vencimiento, una garantía en las mismas condiciones señaladas precedentemente, de lo contrario, la D.G.A. hará efectiva la garantía vigente antes de su vencimiento. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, caucionará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que se imponen a la contratada, y además asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de esta, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 19.886, pudiendo ser ejecutada, en caso de incumplimiento, unilateralmente, por la vía administrativa y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, a través de la dictación de la correspondiente resolución fundada. Se hace presente que el incumplimiento al que se refiere el presente numeral también aplicará en el evento que exista cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones asumidas por la contratada. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la D.G.A. pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. En caso de que el cobro de esta garantía no implique el término del contrato, el contratista deberá reemplazar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato por una de igual monto y vigencia, dentro del plazo de diez (10) días corridos, contados desde la fecha de cobro de la caución, bajo sanción de término del contrato. Se hace presente, que el cobro de toda garantía (seriedad y fiel y oportuno cumplimiento del contrato) se encuentra sujeto a las reglas establecidas en el Reglamento de Compras en el artículo 79 ter, por lo que deberán respetarse los principios de contradictoriedad e impugnabilidad. En caso de que exista alguna infracción durante la ejecución del contrato que amerite el cobro de esta garantía, la D.G.A. notificará por escrito al contratista (carta certificada o correo electrónico, según lo requerido por el contratista), comunicando las causales o razones que se tienen en vista para dicho cobro. El contratista, por su parte, dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación para efectuar sus descargos, resolviendo la D.G.A., mediante resolución fundada, si acepta los mismos o ratifica el cobro de la garantía. Para tal efecto, la autoridad deberá pronunciarse en el plazo de cinco (5) días hábiles. En contra de esta última resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880. No procederá esta sanción si se estableciere la concurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor –que deberá ser alegado y acreditado, oportunamente, por el contratista, con la respectiva documentación de respaldo–, calificado así por la D.G.A., mediante resolución fundada.
XIX. PROGRAMA DE TRABAJO DEFINITIVO
En un plazo máximo de cinco (5) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de emisión de la orden de compra respectiva, el contratista deberá presentar un programa de trabajo detallado definitivo, en el cual se ajusten las actividades propuestas en su oferta de acuerdo a la fecha de vigencia del contrato, dentro del marco entregado en las Bases Técnicas y el programa propuesto por el oferente, identificando las fechas de entrega de los trabajos, los plazos de revisión por parte del Inspector Fiscal y los plazos que cuenta el contratista para atender las observaciones que se hagan en la respectiva etapa, del estado de pago asociado y los montos respectivos. Este programa de trabajo definitivo deberá ser aprobado por el Inspector Fiscal, constando su aprobación mediante un Oficio que será notificado al contratista por medio de correo electrónico, dicha aprobación deberá constar en la carpeta del contrato respectivo. En la eventualidad que el programa de trabajo no sea aprobado por el Inspector Fiscal, será él quien lo fije y el contratista deberá acatar lo resuelto por la inspección fiscal.
XX. INTERPRETACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE TRABAJO
Toda discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como toda diferencia de interpretación de su contenido, será resuelta por la Directora Regional de Aguas, Región de Biobío, sin perjuicio de las atribuciones legales correspondientes al Director General de Aguas, al Ministro de Obras Públicas, y al Contralor General de la República. Los requisitos mínimos establecidos en las bases del presente concurso prevalecerán sobre lo ofrecido por el contratista en su propuesta.
XXI. INSPECTOR FISCAL
La D.G.A., con el fin de velar por el buen y oportuno cumplimiento del contrato, designará un Inspector Fiscal y a un subrogante del mismo, quienes serán funcionarios profesionales de la D.G.A.
XXII. DEBERES Y FACULTADES DE LA INSPECCIÓN FISCAL
El Inspector Fiscal, será el encargado del cumplimiento cabal y oportuno de la oferta adjudicada (contrato), y tendrá los siguientes deberes y facultades: a) Relacionarse directamente con el proveedor/contratista de la Dirección General de Aguas. b) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato (por ejemplo: velar por el cumplimiento de los plazos estipulados; verificar la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si fuera el caso; corroborar que el contratista acate y cumpla en forma oportuna, con todas y cada una de las obligaciones establecidas en las bases y sus anexos; entre otras). Por lo tanto, el Inspector Fiscal deberá supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases, para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. c) Fijar las reuniones que estime necesarias, utilizando los medios formales. d) Dejar constancia en Actas firmadas por el proveedor/contratista y el Inspector Fiscal, de todas las definiciones y resoluciones respecto del desarrollo del contrato, enviando copia del Acta a su jefatura directa. En caso de Actas originadas en reuniones telemáticas, estas deberán ser suscritas por el Inspector Fiscal y el proveedor/contratista, en un plazo no superior a 72 horas, contado desde su finalización. e) Analizar y autorizar las prórrogas de plazos y/o modificaciones de productos de las Bases de Licitación, emitiendo el informe correspondiente, debidamente justificado, dirigido a la Autoridad Competente, de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones que rige el contrato. f) Solicitar en forma oportuna, al Área Administrativa Regional, el acto administrativo correspondiente para formalizar posibles modificaciones al contrato, por necesidades de la D.G.A. g) Notificar, oportunamente, al proveedor/contratista y al Área Administrativa Regional de las falencias en el cumplimiento del contrato, ateniéndose a los mecanismos que se establecen en las Bases, y ejecutar las actividades necesarias para el cálculo y cobro de las multas y garantías. h) Informar al proveedor/contratista, de manera oficial y fundada de acuerdo con lo establecido en las Bases, acerca de las multas acaecidas en el ejercicio del contrato. i) Solicitar, cuando corresponda: i. La aplicación de multas, efectuando el cálculo correspondiente. ii. El cobro de garantías, de acuerdo con lo estipulado en las Bases. iii. El término administrativo y anticipado del contrato, cuando corresponda y así lo determine la D.G.A. j) Velar por la rápida gestión de las multas y sanciones, en los casos que corresponda. k) Coordinar con la Contraparte Técnica (si la hubiere), el envío de la información necesaria que respalde la recepción conforme, solicitudes de ampliación de plazos de entrega y/o ejecución, o cobro de multa y/o garantía. l) Efectuar la recepción conforme de los bienes y/o servicios, de acuerdo con las formalidades establecidas en las Bases, y enviarla al área que corresponda. m) Aprobar el pago, a través de la recepción conforme de los bienes y servicios (y sus respectivos documentos tributarios), considerando los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, ajustándose al procedimiento descrito en las Bases, cuando corresponda. n) Supervigilar el cumplimiento de las obligaciones previsionales y de los derechos laborales con respecto a los trabajadores que se desempeñen en la Dirección General de Aguas y que mantengan una relación contractual con el proveedor adjudicado (contratista), manteniendo carpetas con liquidaciones y pagos previsionales al día por cada trabajador que esté destinado por el proveedor/contratista en las instalaciones de la D.G.A. y disponibles en caso de ser solicitadas por la Autoridad. Además, deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias sobre prevención de accidentes y enfermedades profesionales, cuando corresponda. o) Mantener actualizada una carpeta (expediente) física, electrónica o híbrida, de acuerdo con los lineamientos institucionales, con todos los antecedentes del contrato, informando de sus avances y de todo aspecto relevante, a su jefatura (Área o Unidad Requirente). p) Atender situaciones emergentes no consideradas, lo que deberá siempre ser propuesto para aprobación o rechazo de la Autoridad Competente, mediante el respectivo informe técnico o minuta técnica en la que deberá establecer los hechos que se deben considerar más su conclusión técnica, lo que no solamente deberá ser un detalle pormenorizado de los hechos, sino que temas técnicos relevantes que deberán ser considerados al momento de resolver. q) Y, en general, coordinar y desarrollar todas las acciones referidas de control y de gestión que faciliten la ejecución del contrato y cautelen los intereses fiscales. Cualquier duda o situación no contemplada en las presentes Bases, y que surja durante la ejecución de los trabajos o vigencia del contrato, será evaluada por el Inspector Fiscal y consultada entre las partes. En todo caso, previa consulta y negociación, primará lo que resuelva la Directora Regional de Aguas, de la Región de Biobío, conforme lo consignado en el numeral XX de las presentes Bases Administrativas.
XXIII. CONSULTAS Y ACLARACIONES SOBRE LOS TRABAJOS
Las preguntas que el contratista estime necesario efectuar durante la ejecución del trabajo, solo serán consideradas si son dirigidas, por escrito, al Inspector Fiscal. Estas consultas serán resueltas, por escrito, por el Inspector Fiscal, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha de recepción de la consulta en la oficina de partes de la Dirección Regional de Aguas, de la región de Biobío, ubicada en Av. Arturo Prat 501, Piso 6, ciudad de Concepción o bien, a través de la Oficina de Partes Virtual DGA (en el portal electrónico institucional de la Dirección General de Aguas www.dga.mop.gob.cl). De igual forma, el contratista solo podrá considerar válidas y oficiales las aclaraciones escritas, firmadas por el Inspector Fiscal.
XXIV. INGRESO DE DOCUMENTOS E INFORMES
Toda documentación, solicitudes y/o información en general que deba ser remitida oficialmente al Inspector/a Fiscal, deberá ingresar a través de Oficina de Partes de la Dirección Regional de Aguas, de la Región de Biobío, ubicada en calle Av. Arturo Prat 501, Piso 6, ciudad de Concepción, en el horario de atención de público habilitado para estos efectos o por medio de la Oficina de Partes Virtual DGA, en el portal electrónico institucional de la Dirección General de Aguas. Para todas estas formas de ingresos, se requerirá que el envío se realice a través de una carta conductora, en la cual se identifique, a lo menos, los siguientes datos: 1. Asunto del envío. 2. ID de la Licitación Pública o nombre completo del contrato. 3. Nombre completo del Inspector Fiscal o Inspectora Fiscal a quien va dirigida la comunicación. 4. Departamento/División/Unidad D.G.A. ejecutora del contrato. 5. Detalle resumido de la documentación y/o información que compone la comunicación que se envía a la D.G.A. Es de responsabilidad del Contratista/Proveedor asegurarse que su envío sea registrado adecuada y oportunamente, y así también solicitar y conservar el número de registro del ingreso a la D.G.A. para futuros trámites.
XXV. APROBACIÓN DE ETAPAS
El estudio se desarrollará en 5 etapas, las que deberán quedar reflejadas en el Programa de Trabajo Definitivo aprobado por el Inspector Fiscal, que deberá considerar como plazo de ejecución, el propuesto por el Contratista, no pudiendo ser mayor a 12 meses, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de emisión de la orden de compra. • Se deberá contemplar como primera etapa, la recopilación de antecedentes. • Se deberá contemplar como segunda etapa, el levantamiento de información. • Se deberá contemplar como tercera etapa, la evaluación del funcionamiento de los acuíferos. • Se deberá contemplar como cuarta etapa, el análisis integral. • Se deberá como quinta etapa y final, la entrega del informe final. Finalizada cada una de estas etapas, el contratista deberá comunicar formalmente (y al correo electrónico) al Inspector Fiscal el término de los trabajos establecidos en el Programa de Trabajo Definitivo para cada una de ellas. El Inspector Fiscal notificará por correo electrónico al contratista indicando la fecha y hora en que se constituirán, en un plazo de tres (3) días corridos y levantará Acta de Recepción Conforme de los Trabajos, la que se otorgará solo en el evento que los trabajos hayan sido terminados en forma íntegra y no existan observaciones por parte del Inspector Fiscal. Si los trabajos no son aprobados, la Inspección Fiscal tendrá cinco (5) días corridos contados desde la entrega para elaborar un “Acta de Observaciones”, la que será notificada por correo electrónico al contratista. El contratista dispondrá de cinco (5) días corridos contados a partir de la remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por la Inspección Fiscal para subsanarlas, informándole al Inspector Fiscal a través del mismo medio el término de las correcciones solicitadas. Terminado este plazo, el Inspector Fiscal notificará por correo electrónico al contratista indicando la fecha y hora para realizar una nueva reunión en un plazo de cinco (5) días corridos para verificar que el contratista haya corregido las observaciones. En el caso que los trabajos sean rechazados nuevamente, la Inspección Fiscal enviará oficio al contratista informando un plazo perentorio de cinco (5) días hábiles, para acoger las observaciones realizadas. La forma de notificación contemplada en este período es mediante correo electrónico, entendiéndose dicho medio con la forma de comunicación más expedita y certera para estos efectos. Dicho plazo estará sujeto a las multas correspondientes. De no realizar las correcciones solicitadas dentro del plazo estipulado, facultará a la D.G.A. para terminar el contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista (numeral XXVIII de las Bases Administrativas) y se hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Se hace presente, que el contratista al inicio de los trabajos indicará un correo electrónico, con el que se podrá mantener comunicación formal con él, especialmente para efectos de las actas de observaciones que le deban ser notificadas.
XXVI. APROBACIÓN FINAL DE LOS TRABAJOS
Ver Bases Técnicas punto 2.13
XXVII. PAGOS Y MULTAS
a) Forma de Pago El pago al contratista se hará mediante la presentación de cinco (5) estados de pago, de acuerdo con el avance del Programa de Trabajo Definitivo establecido. El Estado de Pago se pagará después de la aprobación de los trabajos esperados en cada etapa, por parte del Inspector Fiscal, conforme lo estatuido en el numeral XXV “Aprobación de Etapas” de este pliego de condiciones administrativas, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 79 bis del Reglamento de Compras. El pago se efectuará en un plazo de treinta (30) días corridos contados desde la presentación de la factura o documento tributario de cobro, previa recepción conforme de los trabajos por parte del Inspector Fiscal de la D.G.A. La Dirección General de aguas pagará los trabajos realizados específicamente de acuerdo a la programación por etapas de revisión de proyectos, la cual será establecida por la Inspección Fiscal y quedará registrada en una minuta de entrega y recepción de proyectos, la cual se explica en las Bases Técnicas. Los trabajos serán financiados por la asignación correspondiente al presupuesto de que dispone la Dirección General de Aguas. El pago al contratista se realizará bajo condición de cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Que el Inspector Fiscal haya aprobado la entrega de los trabajos respectivos, mediante un acta suscrita, en la que da su conformidad. 2. Que el Contratista o Proveedor realice su cobro mediante facturación electrónica, que deberá ser emitida a nombre del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, RUT: 61.202.000-0, ingresando en su archivo XML de factura, el código de unidad de pago 1070, y descripción de unidad de pago: DIRECCIÓN_GENERAL_DE_AGUAS_REGION_DE_BIOBIO, según Instructivo del MOP sobre facturación electrónica, cuyos principales puntos se indican en el Anexo Nº 5. 3. Además, el contratista deberá indicar en su factura o boleta, la respectiva orden de compra. 4. Formulario F-30 denominado “Certificado de Cumplimiento y Obligaciones Laborales y Previsiones”, correspondiente al mes anterior del pago de la factura y/o boleta”. Los estados de pago, facturas y/o boletas correspondientes serán visadas, además, por la Directora Regional de Aguas, de la región de Biobío Una vez adjudicado el servicio, el adjudicatario deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Anexo N° 6, denominado “Autorización de Pagos a Través de Bancos (Anexo Trámite Digital DCyF)” con el objeto de autorizar a la Dirección de Contabilidad y Finanzas (DCyF), del Ministerio de Obras Públicas, a efectuar el pago por medio de transferencia bancaria, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 8º, de la Ley Nº 21.516, indicando al efecto Banco, cuenta corriente, chequera electrónica o cuenta vista, cuenta RUT, nombre o razón social a quien se deba efectuar dicha transferencia, RUT, correo electrónico. Si el contratista no ha realizado el trámite en Tesorería MOP, deberá rellenar el Anexo N° 6 “Autorización Pagos a través de Bancos (Trámite Digital DCyF)”, firmado ante notario y presentarlo en cajas de Tesorería MOP. En atención a la Ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, el pago del saldo insoluto contenido en la factura o documento tributario de cobro, deberá ser cumplido de manera efectiva en el plazo máximo de treinta (30) días corridos contado desde la recepción de la factura o boleta. Cabe hacer presente, que en ausencia de mención expresa en la factura y su copia transferible del plazo de pago, se entenderá que deberá ser pagada dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o boleta. Cabe hacer presente, que la Ley Nº 21.131, de pago a treinta días, permite a las partes establecer un plazo mayor, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y formalidades, tales como que: el acuerdo de estipular un plazo de pago mayor conste por escrito, siendo suscrito por todas las partes, además que, este no constituya abuso para el acreedor; y finalmente sea inscrito en el registro que lleva el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para este efecto, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde su celebración. Es importante destacar que para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente el Inspector Fiscal certifique la recepción conforme de los bienes o servicios adquiridos, sin ello, no podrá proseguirse con el proceso de pago. b) Multas El contratista será sancionado con multa, en caso de incumplimiento en la entrega: (i) De los trabajos en los plazos ofertados para la revisión del Inspector Fiscal, quien tendrá cinco (5) días corridos para efectuar la revisión de los mismos; o, (ii) De los trabajos que cuenten con las modificaciones solicitadas por el Inspector Fiscal y a conformidad de este, dentro del plazo de cinco (5) días corridos y cinco (5) días hábiles, contados a partir de la remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por el Inspector Fiscal, conforme lo dispuesto en el numeral XXV “Aprobación de Etapas” de las presentes Bases Administrativas. La multa será de 1% del valor neto de los trabajos contratados que cuenten con atraso, por cada día corrido de atraso. Estas multas serán exigibles de inmediato y descontadas de la más próxima factura o documento tributario de cobro que presente el contratista o de cualquier suma que se le adeude o adeudase, con motivo del contrato que se origine de la presente licitación, o le serán cobradas judicialmente, si así lo estima conveniente la D.G.A. Si el valor total acumulado de las multas excede del 10% del valor del contrato, la D.G.A. podrá ponerle término anticipado y cobrar las garantías. En todo caso, si el incumplimiento es grave, antes de acumular un 10% del valor del contrato, la D.G.A. podrá poner término anticipado al mismo, haciendo efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Verificado el incumplimiento de contrato, la D.G.A. notificará por escrito al contratista, comunicando las causales o razones que se tienen en vista para la aplicación de la multa con indicación de su cálculo y monto, o en su caso, para poner término anticipado al contrato. El contratista, por su parte, dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación para efectuar sus descargos, resolviendo la D.G.A. mediante resolución fundada, si acepta los mismos o ratifica la aplicación de la multa o el término contractual, para tal efecto la autoridad deberá pronunciarse en el plazo de cinco (5) días hábiles. En contra de esta última resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880. No procederá el cobro de las multas y sanciones señaladas previamente, si se estableciera la concurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado por el proveedor, de acuerdo con los artículos 45 y 1547 del Código Civil, o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, lo que será calificado como tal por la D.G.A., mediante resolución fundada, sobre la base del estudio de los antecedentes respectivos (documentación de respaldo). Nota: Para el efecto señalado en el acápite que antecede, el proveedor deberá comunicar al Inspector Fiscal, por escrito, y dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde producido dicho evento o antes del vencimiento del plazo correspondiente (según sea el caso), la ocurrencia del hecho que impide el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, adjuntando toda la documentación de respaldo necesaria para validar el imprevisto. Al respecto, el Inspector Fiscal confeccionará una minuta y enviará toda documentación a la Autoridad Competente, sugiriendo aprobar o rechazar, fundadamente, el caso fortuito o fuerza mayor alegado por el proveedor. Toda solicitud que se presente fuera de plazo no tendrá validez y el proveedor deberá asumir las multas y sanciones que correspondan. La D.G.A. resolverá sobre la aplicación de multas considerando los antecedentes pertinentes.
XXVIII. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. La D.G.A. y el contratista podrán modificar o dar término anticipado al contrato, de común acuerdo, cuando a juicio de ambas partes, se hayan hecho presente motivos necesarios para la modificación del contrato o que hagan imposible su cumplimiento y cuya solución no esté contemplada en el contrato. En este caso, no corresponderá pagar indemnización. 2. Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones contraídas por el contratista, tales como, por ejemplo: • Si el contratista no destina personal en la cantidad y de la calidad indicada en su propuesta o recursos suficientes que, a juicio de la Dirección General de Aguas, ponga en peligro la ejecución del trabajo en la forma convenida. • Si la D.G.A. considera que el contratista ha incurrido en negligencia, lo que se traduce en que la calidad del trabajo ejecutado no corresponde a lo estipulado en el contrato. • Si existen causas graves imputables al contratista que, a criterio de la D.G.A., impidan una correcta ejecución de los trabajos contratados (por ejemplo, haber incurrido en el delito de plagio). • Si el contratista transgrede lo estipulado en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos y/o en el contrato que se suscriba, para la ejecución de la prestación de servicios. • Si el contratista no diera cumplimiento a los requerimientos o instrucciones de la D.G.A. que se hubiesen previamente establecido en el requerimiento técnico, lo que será determinado por el Servicio de manera fundada. • Si el contratista efectuara la cesión del contrato. • Si el contratista no entregara la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato de reemplazo, en caso de haberse hecho efectivo su cobro. • Cualquier acción u omisión efectuada por la empresa, que dificulte u obstaculice el cumplimiento de los fines propios de la Dirección General de Aguas. 3. La quiebra o el estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato. 6. Por término de la existencia jurídica y/o natural del contratista. Producidas cualquiera de las causales enumeradas (salvo aquellas indicadas en los números 1, 4 y 6) u otras señaladas en los documentos del contrato, la D.G.A. notificará por escrito al contratista la causal del incumplimiento, fijándole un plazo perentorio para que lo solucione o corrija. Si transcurrido este plazo el contratista no ha solucionado o corregido la causal de incumplimiento, la D.G.A. pondrá administrativamente término anticipado al contrato. En este caso, no corresponderá indemnizar al contratista y se harán efectivas las garantías del contrato. Solo se pagarán los servicios ejecutados y recibidos a plena conformidad de la D.G.A. En caso de término anticipado del contrato, el contratista deberá satisfacer íntegramente los servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido término. No obstante lo anterior, se deberá estar a lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento de Compras.
XXIX. NORMAS DE TRABAJO
Las actividades deberán ser ejecutadas por el contratista, en conformidad a las siguientes normas: 1 Normas Generales de Contratación, Remuneraciones y Cotizaciones Previsionales El personal que contrate el contratista, con motivo de la ejecución o durante la vigencia de esta contratación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con la D.G.A., sino exclusivamente con el contratista. Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que la D.G.A. así lo requiera, el contratista estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso que el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. La D.G.A. exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento del contratista de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará a la D.G.A. para poner término anticipado a la contratación. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 20.123. 5.12 Confidencialidad de la Información Quienes ejecuten una prestación de servicios en favor de la D.G.A. en calidad de contratistas o proveedores, deberán tener presente lo siguiente: ● El contratista y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como posterioridad a su finalización, esto incluye habiéndose liquidado el contrato. ● El contratista, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el Ministerio de Obras Públicas (MOP), las cuales se encuentran publicadas en el portal web del MOP: http://mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx. ● Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que el contratista pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información haya sido definida expresamente como confidencial. ● El Ministerio de Obras Públicas a través de la Dirección General de Aguas (D.G.A.), se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada. ● En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad que se establece en estas Bases, tanto por el contratista como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales este se relacione para la prestación de servicio que se contrata, la D.G.A. dará término anticipado al contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan. 5.13 Cambios en el equipo de trabajo definido inicialmente en la oferta Si el contratista deseara efectuar cambios en el equipo de trabajo destinado a cumplir las obligaciones del contrato, deberá informar, justificar y solicitar la aprobación de los cambios al Inspector Fiscal de la D.G.A., con una antelación no inferior a una semana, presentando al efecto una terna de las personas que se requiere reemplazar. Los profesionales presentados en esta terna estarán sometidos a evaluación, considerando los puntajes definidos en el subcriterio correspondiente al cargo a cambiar, señalado en el Criterio “Experiencia del Oferente o Empresa”, de las Bases Administrativas (si fuera el caso). El Inspector Fiscal no aprobará un profesional que en esta evaluación obtenga un puntaje menor al obtenido inicialmente por el profesional definido en la oferta del adjudicatario (contratista). Dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de recepcionada la solicitud, el Inspector Fiscal aprobará o rechazará con antecedentes fundados la petición. En caso de ser rechazada, el equipo de trabajo no podrá ser modificado, y en caso de incumplimiento, el contratista podría llegar sancionado con el término del contrato. Debe considerar el contratista que lo establecido en esta letra del numeral XXIX “Normas de Trabajo”, solo podrá ser impetrado en los casos de prestaciones de servicios personales en las que el contratista hubiere presentado una oferta en la cual se hubiere calificado como criterio de evaluación su equipo de trabajo, en caso contrario será responsabilidad del contratista mantener un equipo de trabajo que cumpla con las exigencias que permitan obtener el servicio contratado. 5.14 Subcontratación Los contratos para prestación de servicios personales se celebran en especial consideración de las personas naturales, personas jurídicas o empresarios individuales que prestarán el servicio, esto sin perjuicio de los reemplazos, sustituciones e incorporación de alguno de los trabajadores de la adjudicataria. No obstante, el contratista no podrá subcontratar cuando la persona del subcontratista, o sus socios o administradores, estén afectas a alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 92 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Durante la ejecución del trabajo, el contratista solo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas, lo que deberá ser aprobado previamente por la Inspección Fiscal. Para proceder con estas subcontrataciones el contratista deberá solicitar, por escrito, autorización al Inspector Fiscal, a quien corresponderá calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el contratista seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la D.G.A., que se origine en la presente licitación. De igual manera toda subcontratación de algún servicio que justifique un mejor desarrollo de las materias deberá ser planteada al Inspector Fiscal, quien deberá aprobar finalmente. En ningún caso se podrá subcontratar la totalidad del servicio contratado. 5.15 Cesión El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que emanen del desarrollo del contrato que se suscriba, salvo que una norma legal lo permita. 5.16 De los Dependientes de la Empresa La empresa contratada (contratista), en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de su equipo de trabajo. En consecuencia, la empresa será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su equipo de trabajo. Se deja constancia que entre el personal asignado por la empresa para el cumplimiento del contrato y la D.G.A. no existirá vínculo de dependencia alguna. Lo anterior, sin perjuicio de las normas que sobre la materia establece el Código del Trabajo. Para los efectos de cursar el pago, el contratista deberá informar, en forma mensual, el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo y en el Decreto Supremo N° 319, de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Reglamento sobre acreditación de cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales. En el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales, la D.G.A. podrá retener de las obligaciones que tenga a favor de aquel, el monto que es responsable. Asimismo, el incumplimiento de esta obligación dará derecho de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, caso en el cual, previo a su cobro, el contratista deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, bajo sanción de poner término anticipado y administrativo del contrato en caso de no entregarla y como se señaló, cobrar la garantía anterior. 5.17 Aplicación del Pago a Obligaciones pendientes con los Trabajadores De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° inciso 2° de la Ley N° 19.886, el adjudicatario que hubiese declarado que registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, deberá destinar los primeros estados de pago producto del contrato licitado al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses. La D.G.A. exigirá que el contratista proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de obligación. El incumplimiento de estas obligaciones dará derecho a la D.G.A. a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación. 5.18 Responsabilidad del Contratista sobre Prevención de Accidentes y Enfermedades Profesionales El contratista, y sus subcontratistas, concesionarios y sus empresas contratistas, serán responsables de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales que puedan afectar a los trabajadores de su dependencia, por lo que deberán velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia, sin perjuicio que el contratista deberá cumplir con todas las disposiciones legales vigentes en materia de protección a los trabajadores, las cuales se encuentran contenidas en la Ley N° 16.744 y la Ley N° 20.123, en el Código del Trabajo, y en otros cuerpos legales que regulen estas materias. Al respecto, cabe hacer presente que al contratista le caben las responsabilidades con el organismo administrador de la Ley N° 16.744 al que esté afiliado, además de la responsabilidad civil y penal en los accidentes que se puedan producir en los trabajos por el cumplimiento de las medidas de prevención de riesgos, y asimismo de lo estipulado en el Anexo N° 4 de las presentes Bases de Licitación. 5.19 Propiedad Intelectual Toda la información que se maneje y los productos resultantes del presente trabajo, serán de propiedad exclusiva de la D.G.A., de modo que su uso, administración, intervención o publicación le corresponde solo a la D.G.A. Sin perjuicio de lo anterior, la contratista tiene la obligación de ceder y garantizar la cesión de cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial que diga relación con el trabajo desarrollado con objeto del convenio (contrato) que se origine del presente concurso. Esta obligación subsistirá inclusive después de liquidado el contrato, y en caso de incumplimiento de la obligación impuesta, la D.G.A. se reserva el derecho de accionar en contra de los responsables ante los Tribunales de Justicia. 5.110 Responsabilidad por la Información El contratista será responsable por todos y cada uno de los antecedentes, cálculos, conclusiones, y en general, de todas las materias que forman parte del trabajo. En el caso de disolución de la empresa, las personas que actuaron como representante legal y jefe de proyecto en el contrato pertinente, asumirán esta responsabilidad, que se entenderá en su más amplia acepción, y en caso de incumplimiento de la obligación impuesta, la D.G.A. se reserva el derecho de accionar en contra de los responsables ante los Tribunales de Justicia.
XXX. PRÓRROGA DE PLAZOS
Si el contratista estimara necesario solicitar una prórroga en los plazos para la entrega de los trabajos y/o ejecución de los servicios, deberá basar su solicitud ya sea por fuerza mayor o un atraso por parte del Servicio en la entrega de algún insumo básico para la realización y/o ejecución de los mismos. Esta solicitud, por causa justificada, deberá presentarse antes del vencimiento del plazo correspondiente, por escrito, a través de la Oficina de Partes de la D.G.A. de la Región de Biobío (u Oficina de Partes Virtual DGA), dirigida al Inspector Fiscal, quien deberá aprobar o rechazar las justificaciones entregadas, enviando luego toda la documentación para que sea resuelto finalmente por la Directora Regional de Aguas, de la Región de Biobío. Toda solicitud que se presente fuera de plazo no tendrá validez, y el contratista deberá asumir las multas y sanciones que correspondan. En caso de atraso o incumplimiento injustificado de la entrega o ejecución del bien o servicio, la D.G.A. resolverá sobre la aplicación de multas considerando los antecedentes pertinentes. Todo aumento de plazo deberá ser justificado, y deberá solicitarse antes del vencimiento del mismo.
XXXI. MODIFICACIÓN DE PRODUCTO
Si la D.G.A. y/o el contratista requirieran modificar algún o algunos de los productos o de los servicios contratados de las Bases Técnicas o de la oferta técnica del oferente adjudicatario (contratista), el Inspector Fiscal deberá levantar una minuta, dirigida a la Directora Regional de Aguas, de la Región de Biobío, cuando corresponda, con una antelación de quince (15) días hábiles al término de la etapa que corresponda para su aprobación, con todos los antecedentes que permitan realizar el cambio solicitado, el cual deberá ser aprobado por resolución fundada. El contratista podrá solicitar modificaciones a su propuesta técnica orientadas al logro de los productos comprometidos o servicios contratados, por escrito fundando su petición, ya sea por temas técnicos o de plazo de entrega. El procedimiento de análisis y eventual aprobación de la solicitud se regulará por lo dispuesto en estas Bases.
XXXII. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para todos los efectos del contrato que se suscriba entre la D.G.A. y el contratista, las partes fijarán domicilio en la ciudad de Santiago de Chile, prorrogando la competencia ante los Tribunales Ordinarios de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras que correspondan a la Contraloría General de la República (CGR).
BASES TÉCNICAS
1.1. Identificación del problema que genera la realización del estudio y su relevancia para la institución proponente. En los últimos años se han presentado períodos de sequía más recurrentes en el país, lo que ha afectado fuertemente a los sectores que dependen principalmente de las lluvias en el desarrollo de sus actividades productivas, especialmente a la Agricultura. Según el reporte anual de la evolución del clima en Chile (DGAC, 2023), el año 2022, terminó con un 22% de déficit de precipitaciones a nivel nacional, completándose 16 años consecutivos con precipitaciones bajo el promedio. Figura 1: a) Precipitación total anual para Chile continental en milímetros (promedio anual de 200 estaciones) y línea segmentada de tendencia lineal. b) Anomalía porcentual de precipitación total anual respecto al promedio 1961-1990. Barras en tonos verdes representan valores positivos (superávit) y tonos cafés valores negativos (déficit) Fuente: (DGAC, 2023) Año Pp Acumulada (mm) 2012 845.5 2013 782.3 2014 1197.7 2015 1077.7 2016 553.2 2017 967.2 2018 804.2 2019 666.9 2020 803.6 2021 447.8 2022 - 2023 764.9 Tabla 1: Precipitaciones estación Concepción Región del Biobío Fuente: DGA, 2023 Asimismo, se han registrado 12 años consecutivos más cálidos que lo normal, estimándose una tasa de aumento de la temperatura desde 1961 al 2022, de +0.15° por década. Por otro lado, desde el año 2011, en la región del Biobío se han producido cambios en términos del aumento de la aridez, pasando de climas húmedos a semi-húmedos según el índice de Aridez de Martonne (MAI) en las ciudades de Concepción y Los Ángeles. Tabla N°2: Ranking de los 10 años más cálidos y más frío respecto a la temperatura mínima (Panel izquierdo) y temperatura máxima (Panel derecho) para el período 1961-2022. En paréntesis se menciona la diferencia respecto al promedio 1961-1990. Fuente: DGAC, 2023 Lo anterior, sumado al aumento de la demanda por el uso de las aguas de los cauces naturales, genera la necesidad de terminar el potencial de agua dulce que poseen los acuíferos a nivel nacional, con especial énfasis en sectores donde el desabastecimiento del recurso hídrico significa un alto grado de riesgo debido a la lejanía o desconexión de estos lugares con zonas que puedan dar abasto en períodos de escasez hídrica. Considerando esto, resulta de gran relevancia determinar el potencial de los acuíferos y cauces naturales que poseen las islas, de manera de dar sustento a las actividades humanas que se desarrollan en el territorio insular, tanto a nivel productivo como de consumo propio. En específico, en las islas Santa María e Isla Mocha y sus respectivos sistemas de APR, existen dificultades a la hora de contar con agua durante todo el año, evidenciándose horarios de escasez y períodos con aguas que carecen de las condiciones mínimas de salubridad para el consumo humano. Esta problemática, afecta negativamente y en forma directa sobre la calidad de vida de los habitantes, amenazando la salud, el desarrollo económico local, educación escolar, entre otros. Ante esta problemática, la Dirección General de Aguas en su rol como organismo del Estado a cargo de promover la gestión y administración del recurso hídrico en un marco de sustentabilidad, interés público y asignación eficiente; en coordinación con otros organismos a cargo de la provisión de agua potable en sectores rurales, como la Dirección de Obras Hidráulicas y Municipalidades, buscando poder ofrecer soluciones desde una mirada técnica, incorporando metodologías innovadoras, para invertir estratégicamente los recursos públicos y así dar respuesta a la necesidad básica de tener claridad en la disponibilidad de explotación de agua dulce sustentable para los habitantes de ambas islas, propone la realización del “Estudio Hidrológico e Hidrogeológico Isla Santa María e Isla Mocha” Código: 30480777-0 que permitirá cuantificar el recurso hídrico y la distribución espacial del mismo y corresponderá a un insumo de vital importancia a la hora de establecer políticas locales de gestión del agua, apuntando así, a mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Isla Mocha e Isla Santa María. Figura 2: Árbol de problemas y soluciones del proyecto Fuente: Elaboración propia 1.2. Políticas sectoriales generales y/o específicas, marco institucional y planes regionales de gobierno a las que responde el estudio básico. I. La presente iniciativa se vincula junto con otras de la DGA, como: ● “Actualización del Balance Hídrico Nacional” Código BIP 30398922-0. La información del proyecto servirá de insumo para el balance hídrico a realizarse en las cuencas insulares. ● “Análisis para el Desarrollo de un Plan Nacional de Recursos Hídricos” Código BIP 30409172-0. ● “Análisis para la Implementación de Planes Estratégicos de Cuenca para la Gestión de Recursos Hídricos Nacional”, Código BIP 40012044-0. II. La presente iniciativa también se encuentra en concordancia con los contenidos y productos propuestos en el Manual para el desarrollo de grandes obras de riego (2015) para Estudios Integrados de Recursos Hídricos. III. El desarrollo de una herramienta que permita conocer características de acuíferos en zonas insulares, contribuye al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sustentable 2030, comprometidos en la agenda país y acuerdos internacionales. IV. Se vincula al Programa de Gobierno en cuanto a su ítem i. Un Chile más libre que progresa creando oportunidades para todos, subítem Recursos naturales e infraestructura para potenciar el progreso, AGUA, bajo el lineamiento 2 Hacer más sostenible el uso de los recursos hídricos, donde se considera: ● Generar una cartera de planes de cuencas que permita gestionar la escasez y los requerimientos de infraestructura, cautelando la sustentabilidad ambiental del recurso. ● Crear un sistema único, abierto y transparente de información, indispensable para la administración de los derechos de agua y la gestión integrada de recursos hídricos en la cuenca. ● Mejorar la red de diagnóstico y monitoreo hidrológico e hidrogeológico. V. La presente iniciativa se vincula también con la Política Nacional de Recursos Hídricos (2015) a partir de los siguientes ejes y líneas de acción: • EJE 1: El Estado Como Agente Responsable y Participativo: Línea de acción: 1. La Gestión Integrada de los Recursos Hídricos como Política Nacional. Coordinación institucional y de acción: Estudios de este tipo, permiten avanzar en post de la correcta coordinación de las instituciones que tienen relación directa con el manejo del recurso hídrico en las cuencas de estudio. La cuenca hidrográfica como unidad de ordenamiento territorial: Parte de los objetivos del estudio es levantar las brechas de información y planificar las acciones vinculados a los recursos hídricos, reconociendo a la cuenca como la unidad para la toma de decisiones en temas relacionados con los recursos hídricos. Promoviendo de esta forma a la cuenca como “unidad de ordenación y planificación de los recursos hídricos”. Mejorar la gestión de la información sobre los Recursos Hídricos: Parte de los objetivos del estudio es levantar las brechas de información, lo que permitirá enfocar la acción del monitoreo de variables hidrometeorológicas e hidrogeológicas a estas brechas específicas. Ya sea implementando nuevas estaciones de monitoreo como el intercambio de información con otras instituciones, ya sean públicas o privadas. Línea de acción: 3. Creación y fortalecimiento de un sistema de información útil para la ciudadanía y los diferentes sectores. Implementación de un sistema informático Unificado de Acceso Público sobre los recursos hídricos: Uno de los objetivos del estudio es generar modelos hidrogeológicos e hidrológicos. En este sentido, los resultados de este proyecto corresponden a un insumo de gran importancia para la creación de la base de datos unificada a nivel Nacional. Mejoramiento de la Información Pública y Privada: Al tener certeza o mayor claridad de la disponibilidad del recurso, se podrán generar políticas que apunten a una mejor toma de decisiones, tanto a nivel público (planes, políticas, programas), como privado. Ya que la información levantada quedará en un formato de fácil acceso (SIG, Excel, pdf) para la consulta de cualquier usuario. Línea de acción: 4. Creación de una nueva cultura en uso eficiente de los recursos hídricos. Implementación de una Campaña comunicacional en el Uso y Cuidado del Recurso Agua y sus fuentes: Las etapas finales del proyecto, contemplan la difusión y divulgación de los resultados obtenidos. En este sentido, las medidas de difusión y divulgación buscan dar a conocer el valor del recurso, buscando asimismo, mejorar la calidad de vida de los habitantes de la cuenca. VI. La presente iniciativa se vincula, además, con la Estrategia Nacional de Recursos Hídricos 2012-2025 (2013) a partir de tres ejes relevantes: ● Gestión Eficiente y Sustentable, la Gestión Integrada de Recursos Hídricos (GIRH) exige contar con un conocimiento profundo de la disponibilidad y calidad del agua, de las condiciones en que se aprovecha ésta y el perfil o vocación de cada cuenca. Una vez establecido lo anterior, se pueden identificar las acciones y medidas deseables y viables para cada territorio en particular, a través de instancias de coordinación y participación entre los actores involucrados. ● Enfrentar la escasez, de tal manera que se aborde la sequía como un fenómeno permanente en el mediano y largo plazo; como también el fenómeno de cambio climático, como un hecho dado y en permanente evolución, que es necesario asumir y trabajar para, de ser posible, frenar sus efectos negativos. VII. La iniciativa, se enmarca dentro de las políticas establecidas en el decreto N°1116 del año 2014, modificado por el decreto N°1929 del 2015, que establece el Plan de desarrollo para territorios rezagados, definidos como aquellos que presentan una situación de atraso y brechas importantes en su nivel de desarrollo y bienestar respecto al promedio del resto del país. Dicho plan busca el desarrollo territorial armónico y equitativo de Chile, por cuanto focaliza acciones específicas en comunas cuyo nivel de desarrollo y bienestar es inferior al promedio nacional. Dentro de este plan, se incluye la comuna de Lebu, donde se inserta la Isla Mocha. VIII. Finalmente, el estudio se enmarca dentro de la “Estrategia Regional de Desarrollo Biobío 2015 – 2030”, según los siguientes lineamientos: • Lineamiento I: Contribuir al bienestar de todos los habitantes de la región del Biobío, promoviendo condiciones de equidad, seguridad, acceso a condiciones de vida dignas y cuidado medioambiental; con énfasis en la inclusión social de los niños, jóvenes, mujeres, mapuches, adultos mayores, sectores medios y población en condiciones de vulnerabilidad, atendiendo en forma especial aquellos territorios rurales de la región con débil infraestructura social y crecimiento económico. o Objetivo específico 1.1: Asegurar condiciones sociales y ambientales favorables e inclusivas a toda la población regional, impulsando el acceso a los beneficios del desarrollo, fortalecimiento del respeto, valoración de la diversidad y representatividad equitativa o Objetivo específico 1.3: Incorporar plenamente el desarrollo de los territorios que presenten desventajas relativas, a través de políticas específicas que aborden prioritariamente la ruralidad, migración, el fomento de la diversidad productiva y la creación de trabajos de calidad en un medio ambiente sustentable. 1.3 Análisis y/o referencia de la información bibliográfica, incluyendo información estadística, existente sobre el tema. La Dirección General de Aguas (DGA) es el organismo del Estado de Chile, que se encarga de promover la gestión y administración del recurso hídrico, en un marco de sustentabilidad, interés público y asignación eficiente del recurso hídrico, para el consumo humano, producción de bienes y servicios, y la conservación del medio ambiente (DGA, 2019, 2017). Actualmente dicho contexto es complicado, con numerosos desafíos que enfrentar, puesto que el escenario hidrológico global es complejo, y Chile no es la excepción. Predicciones estiman que, para la mitad del presente siglo, más de la mitad de la población mundial vivirá en áreas con estrés hídrico, en las cuales se extraen volúmenes insostenibles de agua dulce superficial y subterránea para suplir la demanda (Kundu et al. 2017). Los principales factores que limitan el uso sustentable del agua, son sus usos desregulados y el desfase entre la oferta y demanda, debido a que la expansión de la demanda ocurre a una tasa mayor que la capacidad de suministro hídrico de la cuenca, ya sea por falta de infraestructura, ineficiencias en la gobernanza, o falta de información para la toma de decisiones. (Unver et al., 2017). Además, los efectos del cambio climático alteran los ciclos hidrológicos, generando: (1) más humedad en áreas húmedas, pero en menores tiempos de ocurrencia, y (2) sequías más prolongadas en áreas de clima seco, es decir, las precipitaciones que ocurrían en ciclos de 5 a 10 años dentro de lo normal, hoy ocurren en 1 o 2 años, los cuales son seguidos de años secos hasta el próximo ciclo húmedo (Bucak et al., 2017). Durante los periodos húmedos, aumenta el riesgo de inundaciones con graves daños a la población, y el agua que escurre por las cuencas sobrepasa el volumen de almacenamiento, y ocurre en tiempos cortos que limitan la gestión integrada del agua. En las siguientes épocas secas, disminuye la seguridad de agua para satisfacer demandas agrícolas, mineras, industriales, y urbanas (Costa Silva, 2017). Chile, desde los últimos 10 años, se encuentra en un estado de megasequía, que concentra sus efectos entre las regiones de Atacama y El Maule, y las proyecciones indican que las condiciones actuales se mantendrán durante los próximos años. En dicho ambiente, fortalecer la gestión de agua ha sido demostrado como un elemento clave en el éxito de la sociedad, mejorando el núcleo de ineficiencias de distribución de agua entre los usuarios, que hoy generan insolvencias a los problemas de agua, uso insostenible, y perpetuación en el tiempo. Dicha gestión es óptima cuando la institucionalidad del agua actúa en conjunto y coordinadamente. Un punto esencial para adaptarse a este complicado escenario de gestión integrada, es distribuir el agua eficientemente a todos los usuarios, lo cual presenta dificultades, cuando no hay acuerdos entre usuarios, y existen fallas en el desarrollo hídrico de los territorios (Kiparsky et al., 2016). Las asimetrías de información y fallas en el mercado del agua, generan incertidumbre sobre los flujos de entrada y salida en las cuencas hidrográficas, e imprecisión en las estimaciones de oferta y demanda hídrica, limitando la planificación, asignación de derechos, y uso eficiente del agua (Fisher, 2015). Considerando que el sector agrícola es el principal usuario de agua con extracciones de un 75%, y la minería, centros urbanos, e industria, con el restante 25%, el nivel de competencia entre los usuarios del agua es alto, saturado de conflictos, y con altas presiones al medio ambiente (DGA, 2018). La principal temática de estudios realizados en ambas islas, corresponden a estudios de carácter sismotectónico (e.g. Melnick et al., 2004; Nelson et al., 1992) y ecológico (e.g. Quilhot et al., 2010; Quiroz, 2016). En relación a esto, la carencia de estudios de tipo hidrológico-hidrogeológico en las Islas Mocha y Santa María, contribuyen al mantenimiento de la brecha de asimetría de información, incertidumbre de los flujos de entrada y salida, estimación de balances hídricos, etc. 1.4 Identificación de los potenciales usuarios de la información y su relación con el o los productos del estudio.  Gobierno Regional, que tendrá antecedentes que permitirán tomar decisiones más fundadas acerca de inversiones en la zona, especialmente en materia de infraestructura y potenciar agricultura.  Municipios, que dispondrán de información de base para los instrumentos de planificación y de respuestas ante emergencias  Municipios, que dispondrán de una cartera de proyectos definidos a nivel de pre-factibilidad para la gestión de su presupuesto.  Servicios públicos que trabajan en las comunas, para incorporar esta dimensión en sus planes sectoriales.  Organizaciones No Gubernamentales que pueden encontrar nuevas áreas de desarrollo y gestión en ámbitos relacionados.  Universidades interesadas en desarrollar investigación aplicada en materias relacionadas con el problema central y/o las medidas de mitigación y respuesta.  Empresas de servicios básicos que necesitan desarrollar su inserción territorial considerando las condiciones de los territorios donde operan.  Emprendimientos que exploran nuevos mercados, ajustando sus procesos a estándares que el factor amenaza / vulnerabilidad / riesgo como subyacente.  Dirección General de Aguas (DGA)  Dirección de Obras Hidráulicas (DOH)  Comisión Nacional de Riego (CNR)  Ministerio de Agricultura (MINAGRI)  Ministerio del Medio Ambiente (MMA)  Corporación de Fomento de la Producción (CORFO)  Instituto Nacional de Hidráulica (INH)  Centro de Información de Recursos Naturales (CIREN)  Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS)  Instituto de Desarrollo Agropecuario (INDAP)  Servicio Agrícola y Ganadero (SAG)  Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN)  Empresas de Servicios Sanitarios del país  Centros de Investigación Sociedad Civil vinculada con temas hídricos:  Organizaciones de Usuarios de Aguas  Empresas agrícolas  Organizaciones campesinas  Empresas Consultoras de Ingeniería y Jurídicas asociados a temas de agua  Sociedad Civil  ONGs vinculadas a temas ambientales e hídricos.  Personas e instituciones en general con propiedad de derechos de agua. 2. DESARROLLO DEL PROYECTO 2.1. Situación actual, problema, y población afectada. Las condiciones hidrológicas actuales en las Islas tanto Mocha como Santa María son complejas, debido al cambio climático que ha generado variaciones en la distribución e intensidad temporal de las precipitaciones, generando periodos húmedos de corta duración pero con alta escorrentía, y luego periodos de escases, en este último caso las aguas subterráneas cumplen con un rol vital en el desarrollo socioeconómico sostenible (Gao et al., 2020). Sin embargo, a escala mundial se ha evidenciado que las extracciones de agua antropogénicas pueden aumentar o disminuir el almacenamiento de aguas subterráneas y además, los diferentes usos sobre el recurso aumenta el riesgo de sobreexplotación y contaminación de estas aguas (Mokarram et al., 2020; Döll et al., 2012; Samadi et al., 2009). Por otra parte, diversas ciudades del mundo están expuestas al agotamiento del recurso, como efecto del uso desmedido de diferentes sectores y actividades, del cual destaca la agricultura como el principal sector que consume agua subterránea en el mundo (Döll et al., 2012; Faures et al., 2010) En este orden de eventos los últimos años se han presentado períodos de sequía más recurrentes en el país, lo que ha afectado fuertemente a los sectores que dependen principalmente de las lluvias en el desarrollo de sus actividades productivas, especialmente a la Agricultura. Según el reporte anual de la evolución del clima en Chile (DGAC, 2023), el año 2022, terminó con un 22% de déficit de precipitaciones a nivel nacional, completándose 16 años consecutivos con precipitaciones bajo el promedio. El problema lo podemos explicar por dos efectos para el caso de las islas: Población. Actualmente las Islas Mocha y Santa María, pertenecientes a las comunas de Lebu y Coronel, respectivamente, corresponden a territorios insulares de gran población y, por ende, con una gran necesidad del uso de agua tanto para agua potable como actividades productivas. La tabla siguiente, resume los principales indicadores de ambas islas: Indicador Isla Mocha Isla Santa María Población (Habitantes) 740 2200 Superficie Km2 48 35 Largo Km 14 11 Anchura máxima KM 6 6.5 Tabla N°3: Indicadores estadísticos Isla Mocha y Santa María Fuente: INE, 2017 En cuanto al abastecimiento actual de los habitantes de las islas, según el catastro de servicios sanitarios rurales (SSR), Isla Mocha cuenta con un SSR de carácter menor, llamado Isla Mocha, mientras que la Isla Santa María presenta dos sistemas de SSR correspondientes a Puerto Sur de carácter mediano, y Norte de carácter menor. APR Cantidad Arranques Beneficiarios Estimados Clasificación Operadores Isla Mocha 175 543 Menor Isla Santa María Puerto Sur 405 1256 Mediano Puerto Norte 224 694 Menor Tabla N°4: Beneficiarios y arranques para Isla Mocha y Santa María Fuente: Información SSR, 2022 Dichos sistemas de SSR, han visto disminuidos su capacidad de extracción de agua, así como también, dadas las fallas que han presentado en su funcionamiento, y el aumento del volumen de consumo, se han generado problemas de desabastecimiento de agua potable.   Cambio Climático. Figura 3: a) Precipitación total anual para Chile continental en milímetros (promedio anual de 200 estaciones) y línea segmentada de tendencia lineal. b) Anomalía porcentual de precipitación total anual respecto al promedio 1961-1990. Barras en tonos verdes representan valores positivos (superávit) y tonos cafés valores negativos (déficit) Fuente: (DGAC, 2023) Año Pp Acumulada (mm) 2012 845.5 2013 782.3 2014 1197.7 2015 1077.7 2016 553.2 2017 967.2 2018 804.2 2019 666.9 2020 803.6 2021 447.8 2022 - 2023 764.9 Tabla 5: Precipitaciones estación Concepción Región del Biobío Fuente: DGA 2023 Asimismo, se han registrado 12 años consecutivos más cálidos que lo normal, estimándose una tasa de aumento de la temperatura desde 1961 al 2022, de +0.15° por década. Por otro lado, desde el año 2011, en la región del Biobío se han producido cambios en términos del aumento de la aridez, pasando de climas húmedos a semi-húmedos según el índice de Aridez de Martonne (MAI) en las ciudades de Concepción y Los Ángeles. Tabla N°6: Ranking de los 10 años más cálidos y más frío respecto a la temperatura mínima (Panel izquierdo) y temperatura máxima (Panel derecho) para el período 1961-2022. En paréntesis se menciona la diferencia respecto al promedio 1961-1990. Fuente: DGAC, 2023 Lo anterior, sumado al aumento de la demanda por el uso de las aguas dulce existente en ambas islas, genera la necesidad de terminar el potencial de agua dulce que poseen los acuíferos a nivel de cada cuerpo insular, con especial énfasis en sectores donde el desabastecimiento del recurso hídrico significa un alto grado de riesgo debido a la lejanía o desconexión de estos lugares con zonas que puedan dar abasto en períodos de escasez hídrica. Considerando esto, resulta imperativo determinar el potencial de los acuíferos y cauces naturales que poseen las islas, de manera de dar sustento a las actividades humanes que se desarrollan en el territorio insular, tanto a nivel productivo como de consumo propio. En específico, en las islas Santa María e Isla Mocha y sus respectivos sistemas de APR, existen dificultades a la hora de contar con agua durante todo el año, evidenciándose horarios de escasez y períodos con aguas que carecen de las condiciones mínimas de salubridad para el consumo humano. Esta problemática, afecta negativamente y en forma directa sobre la calidad de vida de los habitantes, amenazando la salud, el desarrollo económico local, educación escolar, entre otros. Ante esta problemática, la Dirección General de Aguas en su rol como organismo del Estado a cargo de promover la gestión y administración del recurso hídrico en un marco de sustentabilidad, interés público y asignación eficiente; en coordinación con otros organismos a cargo de la provisión de agua potable en sectores rurales, como la Dirección de Obras Hidráulicas y Municipalidades, buscando poder ofrecer soluciones desde una mirada técnica, incorporando metodologías innovadoras, para invertir estratégicamente los recursos públicos y así dar respuesta a la necesidad básica de tener claridad en la disponibilidad de explotación de agua dulce sustentable para los habitantes de ambas islas, propone la realización del “Estudio Hidrológico e Hidrogeológico Isla Santa María e Isla Mocha” Código: 30480777-0 que permitirá cuantificar el recurso hídrico y la distribución espacial del mismo y corresponderá a un insumo de vital importancia a la hora de establecer políticas locales de gestión del agua, apuntando así, a mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Isla Mocha e Isla Santa María. 2.2. Objetivos 2.2.1. Objetivo General Conocer las características hidrogeológicas e hidrológicas de los sistemas de acuíferos que conforman el área de influencia de ambas islas, determinando el caudal sustentable de explotación. 2.2.2. Objetivos Específicos i. Definir y caracterizar los acuíferos del sistema, levantando información, recopilando antecedentes y determinando los parámetros y la geometría de los acuíferos. ii. Caracterizar la calidad basal de las aguas subterráneas y su grado de conexión con aguas superficiales iii. Sistematizar usos y derechos de agua iv. Conocer el funcionamiento de los acuíferos incluyendo modelos conceptuales matemáticos v. Simular el uso del recurso frente a diferentes escenarios actuales y futuros vi. Representar cartográficamente los resultados del estudio en un sistema de información geográfica vii. Obtener un análisis integral de toda la información levantada y analizada en el estudio de ambas zonas viii. Establecer directrices para la elaboración de una herramienta de gestión de aguas para la región del Biobío, que permita la planificación y materialización de obras hidráulicas, tales como pozos de monitoreo de niveles y calidad de agua, sistemas de agua potable rural, etc. 2.3. Localización geográfica y cobertura del estudio El área de estudio corresponde a las subcuencas Isla Mocha e Isla Santa María de 51.6 km2 y 30.8 km2 de superficie respectivamente, y que corresponden político-administrativamente a las comunas de Lebu y Coronel. Figura N°4. Localización del área de estudio. Isla Mocha Fuente: Elaboración propia   Figura N°5. Localización del área de estudio. Isla Santa María Fuente: Elaboración propia   2.4. Actividades Consideradas Debido a la complejidad técnica y objetivos del estudio, las actividades se agruparán principalmente en etapas, de acuerdo con los puntos 2.6 a 2.9 de estas BT y que se resumen en la siguiente tabla: ETAPA OBJETIVO ESPECÍFICO ACTIVIDADES ETAPA I 1. Sistematizar derechos y usos 1.1. Catastro de captaciones 1.2. Información de derechos y usos 1.3. Determinación de la demanda hídrica 1.4. Taller participativo 1 1.5. Entrega etapa Etapa II 2. Definir y caracterizar los acuíferos del sistema 2.1. Recopilación de antecedentes 2.2. Campaña de inspección visual, Planificación 2.3. Caracterización hidrológica 2.4. Caracterización hidrogeológica, geofísica, geología, acuíferos. 2.5. Prospecciones y pruebas de bombeo 2.6. Determinación de parámetros elásticos 2.7. Sistematización de la información de derechos de uso. 3. Caracterizar la calidad de las aguas subterráneas 3.1. Campaña de muestreo de calidad de aguas subterráneas. Etapa III 4. Conocer el funcionamiento de los acuíferos. 4.1. Establecer el modelo conceptual de los acuíferos 4.2. Formulación e implementación de los modelos hidrogeológicos 4.3. Calibración de los modelos 5. Evaluar el uso del recurso frente a diferentes escenarios actuales y futuros 5.1. Operación de los modelos, escenarios. 5.2. Balance hídrico de los sistemas 5.5. Análisis de resultados Etapa IV 6. Representar territorialmente los resultados del estudio en sistemas de información geográfica 6.1. SIG con los resultados del estudio y datos de manejo a futuro. 7. Obtener un análisis integral 7.1. Informe parcial, Resumen ejecutivo y conclusiones 7.2. Taller participativo 2 Etapa V 8. Contar con una herramienta de gestión de aguas para las islas 8.1. Entrega final de SIG 8.2. Entrega Informe Final 8.3. Entrega de modelo y datos brutos finales Tabla N°7: Etapas y actividades consideradas para el desarrollo del proyecto. Fuente: Elaboración propia 2.5. Productos y/o actividades adicionales que mejoren los productos o el objeto de la licitación Las tareas mínimas y productos de este estudio se resumen en el punto anterior de las Bases Técnicas, sin embargo las propuestas de los oferentes que contemplen productos adicionales que mejoren el objetivo de esta licitación y puedan ponderar un mayor puntaje según lo contemplado en el “FACTOR B: CONSISTENCIA METODOLÓGICA” de las Bases Administrativas, deben ser acotados a lo siguiente: Actividad/Producto adicional Detalle Talleres participativos Incorporación de 1 o más talleres participativos, adicionales a los estipulados en las presentes BT Prospecciones geofísicas Incorporación de perfiles geofísicos con técnicas adicionales a las estipuladas en el punto 2.8.1.3 Pruebas de bombeo Incorporación de 1 o más pruebas de bombeo adicionales a las estipuladas en el punto 2.8.1.3 Muestreo de calidad de aguas Incorporación de campañas adicionales de muestreo de calidad de aguas, o de parámetros no estipulados en el punto 2.8.2. Nota: las especificaciones de Estación metereológica y Modelos del Contrato 1, estarán disponibles en la plataforma mercado público. 2.6. Identificación y definición de variables a analizar Las principales variables a identificar corresponden a: • Parámetros elásticos de acuíferos: Conductividad hidráulica o permeabilidad (K (m/d) y coeficiente de almacenamiento (S) por zonas o sectores. Generar figuras y cuadros con la cuantificación y descripción cualitativa. • Cuantificación de los caudales subterráneos: Se espera una caracterización de los flujos y su cuantía por zona o sector hidrogeológico, caudales o flujos entrantes y/o salientes por zonas o sectores. • Calidad de las aguas subterráneas: Cuantificación y descripción cualitativa de los resultados obtenidos, a escala adecuada dependiendo de los resultados. • Balance hídrico en general. Valores de recarga y descarga: cuantificación de los valores de entrada y salida del sistema, a escala local y zonal. Infiltración de ríos, recarga aportante de precipitación, salidas por extracción de bombeos, salidas por afloramientos, etc. • Variación de los niveles de la napa subterránea: descripción y análisis cualitativo por zonas y/o sectores, y en profundidad cuando corresponda en el caso de identificar más de un acuífero subterráneo. • Determinar la oferta potencial del sector en estudio considerando la limitante que produce la intrusión salina en el acuífero en estudio. • Volúmenes sustentables de explotación: cuantificación por sector y por acuífero. Los sectores serán producto de los análisis y de la modelación hidrogeológica respectiva. El volumen sustentable en el acuífero, es aquel que permite un equilibrio de largo plazo del sistema, otorgando respaldo físico a los derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas constituidos, no generando afección a derechos de terceros (tanto superficiales como subterráneos) y no produciendo impactos no deseados a la fuente y al medio ambiente. La calidad de las aguas se refiere a aspectos físicos, químicos y microbiológicos que definen la capacidad de utilizar el agua para distintas actividades (agua potable, riego, recreativo, industrias, etc.) 2.7. Metodología etapa I – Recopilación de antecedentes Para el sector en estudio se deberá efectuar una completa recopilación de los antecedentes necesarios para el desarrollo del presente trabajo (informes, estudios, tesis, expedientes, estadísticas, datos puntuales, etc.), que estén disponibles en instituciones tales como la Dirección General de Aguas, Dirección de Obras Hidráulicas, Comisión Nacional de Riego, Instituto de desarrollo Agropecuario, Servicio Nacional de Geología y Minería, empresas de servicios sanitarios, hidroeléctricas, empresas de acuicultura, etc. Al respecto, es de interés contar con antecedentes tales como: - Información hidrológica: referida a caudales, aforos puntuales, precipitaciones, etc. - Información de carácter geológico e hidrogeológico, correspondientes a antecedentes sobre las formaciones geológicas, profundidad del basamento, estructuras geológicas, columnas estratigráficas, pruebas de bombeo, niveles freáticos, etc. - Información cartográfica general: Referida a coberturas de suelo, fotografías aéreas, topografía, imágenes satelitales, entre otras. - Información sobre usos y derechos de aprovechamiento de aguas: Derechos constituidos disponibles en fuentes distintas a la DGA (e.g. Tribunales, CBR), antecedentes sobre derechos en trámite, áreas de explotación, etc. La DGA proporcionará los antecedentes pertinentes, dependiendo de la confidencialidad del caso. En el caso de los usos, deberá recopilarse información referida a catastros de usuarios, catastros de bocatomas, catastros de pozos, y otros antecedentes relevantes que digan relación con ello. Considerando lo anterior, será de alta valoración los antecedentes que pueda proporcionar el oferentes en base a la información de que disponga a partir de su experiencia y trabajo desarrollado en la zona. En la oferta que efectúe el proponente, se deberá indicar la forma en que procederá a esta labor, indicando claramente la forma y contenido de los antecedentes. Los antecedentes recopilados deben ser expresados en el cuerpo principal del informe como recopilación bibliográfica. La información estadística, y otras de mayor detalle y extensión deberán ser incluidas en anexos, debidamente individualizados. 2.7.1. Sistematizar derechos y usos 2.7.1.1. Catastro de captaciones Cada punto de captación de agua deberá ser definido mediante coordenadas UTM y obtenido mediante empleo de dispositivos GPS, indicándose todos los datos de la toma de coordenadas (Huso, Datum, fecha y hora de medición) 2.7.1.2. Información de derechos y usos Cada punto de captación de agua deberá ser definido mediante coordenadas UTM y obtenido mediante empleo de dispositivos GPS, indicándose todos los datos de la toma de coordenadas (Huso, Datum, fecha y hora de medición) El consultor deberá realizar una recopilación de antecedentes sobre derechos existentes en los Conservadores de Bienes Raíces y Dirección General de Aguas. Posteriormente, se deberá representar cartográficamente esta información, a escala 1:10000. En los planos deberán esquematizarse claramente la ubicación de los distintos usos de agua que se realizan mostrando los predios involucrados. Asimismo, se confeccionarán listados de usuarios, que contengan como mínimo, los siguientes antecedentes: - Nombre completo o razón social y RUT del usuario propietario del predio o industria - Rol de avaluó fiscal de la propiedad regada - Inscripción de los respectivos derechos de aprovechamiento de agua. En caso de existir una asociación de canalistas o comunidad de Aguas, se debe indicar la inscripción de derechos en forma colectiva Por otro lado, se deberá entregar un listado de personas naturales o jurídicas que utilicen los cauces naturales o artificiales para descargar desechos sólidos o líquidos. Lo anterior, deberá catastrarse teniendo como base los siguientes antecedentes: - Nombre completo o razón social y RUT de la persona que utiliza el cauce para descargar desechos - Caudal o cantidad por unidad de tiempo, de desechos descargados al cauce - Punto de entrega de desechos, con coordenadas y cartografiado - En caso de existir, deberá señalarse e incluirse la autorización junto el código del expediente DGA. En caso de existir alguna organización de usuarios legalmente constituida, se deberán incluir los siguientes antecedentes según corresponda la inscripción respectiva: - Nombre, domicilio de la comunidad y directiva - Cauce o fuente natural de donde deriva su derecho - Canal o canales sometidos a la jurisdicción - Derechos del canal comunero en el cauce o fuente natural - Escritura y fecha de esta - División de los derechos entre los comuneros A su vez, se deberán catastrar los embalses o tranques mayores, donde para este propósito, se definirá tranque o embalse mayor, aquel que tenga una capacidad superior a 50.000 m3 o cuyo muro tenga más de 5 m de altura. En estos embalses deberá adjuntarse la siguiente información: - Características del muro, del vertedero y de las obras de entrega - Capacidad de acumulación - Recursos de agua - Ubicación en coordenadas UTM - Uso del agua - Estado de la obra - Propietario o representante legal Finalmente, se deberá realizar un listado de pozos existentes por cuenca, adjuntando la siguiente información: - Características físicas e hidráulicas - Ubicación expresada en coordenadas UTM, rol de servicio de impuestos internos - Uso, tipo y rendimiento del pozo - Propietario - Estado de la obra 2.7.1.3. Determinación de la demanda hídrica Cada punto de captación de agua deberá ser definido mediante coordenadas UTM y obtenido mediante empleo de dispositivos GPS, indicándose todos los datos de la toma de coordenadas (Huso, Datum, fecha y hora de medición) El establecimiento de la demanda para la zona de estudio está orientado a los fines de la modelación, y requerirá identificar los usos históricos y actuales agrupados por los sectores de riego, agua potable, industria y minería. Para los usos previsibles (simulación de escenarios futuros) se efectuará una estimación de su proyección. Para el caso de riego deberá establecerse la superficie de riego asociada a la zona de estudio y su evolución en el tiempo, específicamente para los efectos de establecer la recarga sobre el acuífero. Las demandas para cada sector deben diferenciar el uso de recursos superficiales y subterráneos para la situación histórica y actual. Las demandas de aguas subterráneas deberán ser concordantes con los datos obtenidos en terreno, distinguiendo la demanda en relación a los usos y la demanda en relación a derechos. Lo anterior requerirá un trabajo de compatibilización de los datos obtenidos en terreno con los datos consignados en los títulos de los derechos. El resultado de la compatibilización debe explicitarse en el cuerpo principal del informe. Los detalles de la evolución de las demandas y las metodologías o antecedentes específicos para su determinación, deben ir en los anexos. 2.7.1.4. Taller participativo Se deberán generar talleres participativos con la comunidad de Isla Mocha e Isla Santa Maria, donde se difundan los objetivos del estudio y se recepcionen las opiniones y conocimiento de la sociedad civil en esta materia. Se deberán considerar a todos los habitantes de las islas, así como también autoridades privadas y públicas de la región. Se utilizará material audiovisual acorde a la situación insular, para que la gran mayoría de los usuarios estén informados. Los talleres deben tener por objetivo el difundir el estudio, pero también poder levantar las inquietudes de la comunidad, y de qué manera se pueden incluir en el desarrollo del estudio. 2.7.2. Entrega Etapa I Los productos esperados de la entrega de etapa I corresponden a: - Resumen con una descripción de toda la bibliografía consultada, resaltando los temas que contienen información útil para el estudio - Breve análisis de la información recopilada: Meteorológica, hidrológica, pluviométrica, geológica, hidrogeológica, cartográfica, y de usos de aprovechamiento del recurso - Desarrollo y ejecución de los primeros talleres participativos del estudio - Definición y carta Gantt de los trabajos de terreno - Informe preliminar etapa I 2.8. Metodología etapa II – LEVANTAMIENTO DE INFORMACIÓN 2.8.1. Definir y caracterizar los acuíferos del sistema 2.8.1.1. Caracterización hidrológica El análisis hidrológico contempla la caracterización de los flujos superficiales en las zonas de estudio. Para tal efecto, se deberá distinguir entre los sectores que cuenten con información fluviométrica de aquellos que no la tengan. Para los casos que no cuenten con información fluviométrica, deberá considerarse estaciones cercanas y estaciones pluviométricas y justificar su utilización en términos hidrológicos, y metodologías de obtención de caudales. En el primer caso se deberá analizar los antecedentes de forma tal de poder disponer de una serie de valores medios mensuales por un período estadístico de los últimos 50 años. En la oferta se deberá señalar la metodología a emplear para la validación de la información, relleno o extensión en los casos que se estime necesario. Para lo anterior debe considerarse la posibilidad de generar un cálculo indirecto de la escorrentía en base a la información pluviométrica existente, interpolación de datos, mapa de isoyetas, y otras metodologías tradicionales. Para el caso de los sectores sin control fluviométrico se deberá generar en forma sintética los flujos superficiales a escala mensual para el mismo período estadístico, sobre la base de relaciones precipitación escorrentía, transposición de caudales o vía modelación. Dentro de la caracterización hidrológica, debe contemplarse el cálculo de la evaporación y evapotranspiración, es decir, balance hídrico de las zonas, que servirán también para el modelo conceptual. Por otra parte se analizarán los antecedentes e información disponible que permitan establecer los caudales de pérdidas o recuperaciones en los cursos superficiales de la zona de estudio; para esto puede ser relevante la información disponible sobre corridas de aforos y/o aforos esporádicos existentes. Del mismo modo, deberá contarse con la estadística de niveles en los embalses (si los hubiera), flujos de vertientes (si los hubiera), que constituyen elementos que determinan condiciones de borde para la modelación hidrogeológica. La serie estadística deberá ser concurrente con las otras series hidrológicas generadas. También se debe contemplar el análisis de eventos para diversas probabilidades de excedencia, en crecidas y estiaje, con y sin control fluviométrico, para todos los puntos de análisis y de interés para la conceptualización y caracterización hidrológica. El oferente deberá entrega un análisis que permita obtener los flujos superficiales en diferentes puntos de interés para la Inspección Fiscal y en las quebradas afluentes. Para tal efecto se deberá efectuar una evaluación que permita establecer la escorrentía total en dichos puntos, a partir de la determinación del balance aplicando las metodologías hidrológicas convencionales. El Consultor deberá presentar en su propuesta técnica, en forma detallada para una adecuada evaluación, el enfoque metodológico que propone para abordar el trabajo en esta zona. Como resultado de esta caracterización se espera conocer los flujos superficiales en las distintas cuencas de la zona de estudio si existieran. Los resultados de esta caracterización, así como la descripción general del método utilizado para la determinación de los flujos superficiales deben incluirse en el cuerpo principal del informe. Estadísticas y cálculos específicos deben incluirse en los anexos en forma escrita o digital según resulte pertinente. 2.8.1.2. Caracterización hidrogeológica Esta actividad se enmarca dentro del objetivo de definir y caracterizar los acuíferos del sistema. Se procederá a efectuar una caracterización, que considere la definición del marco geológico en el cual se distingan las principales formaciones y las zonas de interés hidrogeológico. Para el análisis geológico, se deberá considerar además la geomorfología de las cuencas, y los antecedentes de estratigrafía de sondajes que se recopilen y levanten, producto de este estudio y en trabajos anteriores. A partir de esto, sumado a los trabajos de terreno (pruebas de bombeo, estratigrafía, geofísica, etc.), se establecerán las características de las unidades, distinguiendo los límites de los rellenos sedimentarios y unidades de interés, así como también la potencia de los estratos, singularidades, estructuras, etc. Un factor importante a considerar dentro del análisis hidrogeológico, y al tratarse de territorios de carácter insular, es el efecto de la intrusión salina en los acuíferos y proximidades al contacto intrusión-acuífero. Figura N°5. Modelo conceptual intrusión salina en islas 2.8.1.3. Prospecciones y pruebas de bombeo Se deberán definir campañas de prospecciones geofísicas TEM y/o MT que se consideren necesarias, con un mínimo de 6 perfiles por isla, cercanos a las captaciones de agua. Entregar de perfiles realizados como muestra figura precedente Asimismo, se debe realizar un levantamiento con el objeto de estimar la profundidad del basamento, para los efectos de las estimaciones de balances posteriores. La localización de las estaciones de medición, deberá decidirse luego de un adecuado análisis de la información ya existente y de la inspección visual de terreno en toda la zona de estudio. La ubicación final de estaciones y transectas de medición deberá ser analizada en conjunto con la inspección fiscal para su aprobación previa a ejecución. La inspección fiscal tendrá un plazo máximo de 7 días hábiles para dar respuesta en los mismos términos. Por otro lado, se deberá considerar la realización de 1 sondajes por sistema acuífero, que permitan la calibración de la geofísica de terreno, en lugares donde no exista información estratigráfica. La ubicación, profundidad y características de la perforación deberán ser convenidas en conjunto con la inspección fiscal. Finalmente, se deberá realizar un mínimo de 1 prueba de bombeo de gasto constante en cada isla, con una duración de 24 horas, para toda la zona en estudio, en sectores que requieran la complementación de información. Se propondrá a la inspección fiscal la localización de cada prueba para su aprobación y se informará de la fecha de realización de modo de supervisar su ejecución. Los permisos y autorizaciones serán responsabilidad del proponente. La DGA otorgará una carta certificando el desarrollo del estudio si el proponente lo requiriese. 2.8.1.4. Determinación de parámetros elásticos A partir de los antecedentes recopilados y de la información generada en terreno (pruebas de bombeo) se procederá a definir los parámetros elásticos iniciales de cada zona de estudio, sectorizando en base a las características específicas de la zona, atendiendo también a las singularidades geomorfológicas y litológicas de los acuíferos. 2.8.2. Caracterizar la calidad de las aguas subterráneas 2.8.2.1. Campañas de muestreo de calidad de aguas, hidroquímica e isotopos El objetivo del muestreo es la caracterización basal de la calidad de las aguas subterráneas de los acuíferos. Pero, por otro lado y no menos importante, es su relación con las aguas superficiales, y en este sentido, se refiere al grado de relación y conexión entre aguas superficiales y subterráneas, es decir, fuente de recarga, aguas de origen, zonas de descargas, etc. Los resultados producto del análisis de calidad de agua deben proporcionar antecedentes que permitan robustecer y verificar la hipótesis del modelo conceptual que se establezca, para el funcionamiento de las aguas subterráneas. Para las aguas superficiales, se deberá realizar un mínimo de 4 campañas, en cada cuenca de estudio. Se deberá poner especial énfasis en la hidroquímica y su relación con aguas subterráneas. Las campañas de muestreo deberán, idealmente, realizarse en estaciones climáticas distintas, con el fin de obtener una caracterización temporal de la calidad de las mismas. Para las aguas Para aguas subterráneas, se deberá realizar muestreo (físico e hidroquímico) distribuido espacialmente de manera de poder caracterizar de la mejor manera posible la calidad de las aguas de los acuíferos. El monitoreo consistirá en tomar muestras en un número de cauces existentes y pozos, punteras, norias de la zona de estudio, representativo del acuífero. Dicho número y ubicación de las muestras, deberá ser aprobado por la autoridad o inspección fiscal. Se deberá caracterizar la calidad físico – química y microbiológica de las aguas subterráneas de las cuencas en estudio, considerando como mínimo los siguientes parámetros: Calidad química: - Constituyentes mayoritarios tales como: Anhídro carbónico, bicarbonatos y carbonatos, cloruros, sulfatos, iones nitrato, nitrino y amonio, ion calcio, ion magnesio, ion sodio, ion potasio, sílice. - Constituyentes minoritarios tales como: Ion floruro, ion bromuro, ion ioduro, boro, fosforo, hierro, manganeso, aluminio, bario, molibdeno, cadmio, cobre, níquel, etc. Características físico-químicas: - Temperatura - Conductividad, residuo seco y total de solidos disueltos - Alcalinidad - Dureza - Demanda química y bioquímica de oxígeno Calidad microbiológica: - Coliformes totales - Coliformes fecales - Estreptococos fecales - Anaerobios sulfito-reductores El muestreo deberá ser realizado por personal especializado en aguas subterráneas y circunscritas a la norma chilena NCh411/10 (Guía para el muestreo de aguas subterráneas). La determinación de los distintos parámetros y el recuento bacteriano deberá efectuarse a través de un laboratorio debidamente acreditado. Dentro de los resultados esperados del análisis de la calidad de las aguas subterráneas, está el de obtener el análisis hidroquímico de las aguas subterráneas, para lo cual se espera contar con mapas para cada una de las cuencas consideradas en este estudio. El perfil de la calidad del agua subterránea para cada cuenca debe ser entregado en el cuerpo principal del informe y el detalle del muestreo, como los procedimientos y resultados de los análisis de laboratorio, en los anexos. 2.8.2.2. Muestreo isotópico Se deberá efectuar un análisis relacionado con muestreos de Isótopos Estables (Deuterio y Oxígeno 18) de aguas subterráneas y superficiales, de modo de determinar el origen o procedencia de las aguas muestreadas, y con ello apoyar las hipótesis de determinar desde dónde provienen las recargas a los acuíferos. Tanto para el muestreo hidroquímico como isotópico, se deberá colocar especial énfasis en los objetivos del muestreo: por un lado la caracterización base de las aguas subterráneas, y por otro la relación con las aguas superficiales, fuentes de recargas y aguas de origen. 2.8.2.3. Caracterización final de las aguas y propuesta de red de monitoreo En esta etapa se utilizarán las 4 campañas de calidad superficial, y se espera que se haya terminado con los muestreos de calidad subterránea, y los respectivos análisis hidrogeoquímicos e isotópicos. Esta información complementa y respalda el modelo conceptual que se tenga de los acuíferos, y el informe debe entregar tanto los resultados de cada uno de los análisis de los puntos realizados de las campañas, como el análisis y conclusiones respectivas. Asimismo, se debe contemplar en esta etapa la entrega de una primera propuesta de red de monitoreo de aguas subterráneas para la zona, de manera de poder contar con una opinión técnica inicial, de la factibilidad de implementar la red de monitoreo de aguas subterráneas, en términos de medición de niveles piezométricos y de calidad. El Consultor debe considerar en su propuesta de red de monitoreo tanto la componente de espacialidad, para que queden representados la mayoría de los unidades relevantes, como también los parámetros relevantes a medir. 2.8.3. Entrega Etapa II La entrega del informe preliminar de la etapa II deberá contar con al menos los siguientes apartados: - Caracterización preliminar de la calidad físico-química y microbiológica del agua subterránea para cada cuenca - Caracterización hidrológica de la cuenca - Informe de los principales resultados de las mediciones geofísicas. Anexos generados con datos en bruto - Informe de los principales resultados de las interpretaciones hidrogeológicas. - Determinación de la geometría de los acuíferos - Caracterización hidrogeológica - Cartografías, capas vectoriales y raster, de los principales resultados obtenidos - Caracterización de los flujos superficiales y subterráneos 2.9. Metodología etapa III – FUNCIONAMIENTO DE LOS ACUÍFEROS 2.9.1. Conocer el funcionamiento de los acuíferos 2.9.1.1. Establecer el modelo conceptual de los acuíferos A partir de los antecedentes generados en los puntos anteriores se procederá a la formulación del modelo hidrogeológico conceptual, teniendo como objetivo primordial que este modelo será la base para la implementación del modelo numérico y de gestión de los acuíferos de la cuenca. El modelo conceptual a desarrollar para las zonas de estudio contempla por una parte la definición fundada del dominio espacial y la definición de la geometría del acuífero considerando la posibilidad de establecer un sistema multiestrato, si las características hidrogeológicas lo hacen necesario y los datos de terreno así lo permiten. Para cada zona de estudio el oferente deberá tener en consideración, si la importancia lo amerita, el tema de intrusión salina que pudiera estarse desarrollando o desarrollar en el mediano plazo, para lo cual se requiere que se establezca un procedimiento, basado en los antecedentes recopilados en terreno, piezometría u otra variable relevante, que permita estimar la posibilidad de intrusión salina. Lo anterior, aplicando relaciones funcionales que permitan establecer la posición de la interfase agua salina-agua dulce a partir de la piezometría, flujos u otros parámetros. Como resultado de esta actividad y etapa se debe obtener y entregar un modelo conceptual, o más de uno (esto es parte del análisis), para los acuíferos principales ubicados en la zona de estudio. Los valores iniciales usados para los parámetros del modelo deben ir en el cuerpo principal del informe, así como la justificación de aquellos parámetros de mayor significancia para la modelación. El detalle del desarrollo del modelo deberá ir en los anexos. Para el análisis del modelo conceptual, se debe tener en cuenta las variables mínimas, tales como: - Entradas por concepto de recarga por precipitación, flujos subterráneos entrantes, infiltración desde ríos y/o embalses, escorrentía afluente, infiltración y recuperación de aguas desde cauces superficiales, infiltración de aguas excedentes de regadío, etc. - Salidas por concepto de: flujos subterráneos salientes, afloramientos a ríos y/o vertientes, bombeos, evapotranspiración, diferentes usos, caudal captado por canales regado fuera del área de dominio, etc Lo anterior, deberá traducirse en un balance hídrico general, y el comportamiento de los flujos del sistema mediante el modelo conceptual, presentado además de esquema, en cartografías ad hoc. La modelación se hará sobre la base del modelo para cuencas pluviales desarrollados por la DGA (modelo SIMED); para este caso, el Consultor deberá complementar el desarrollo de un módulo que represente de una forma simplificada el acuífero subterráneo, que para estos casos son por lo general sistemas más bien estrechos y de pequeña magnitud relativa. La mejora a implementar requiere la vinculación de la percolación profunda que genera el modelo con la capacidad de transporte de un objeto que represente el acuífero. 2.9.1.2. Formulación e implementación de los modelos hidrogeológicos El paquete de modelación que se recomienda utilizar es Visual Modflow (versión 4.2 o mayor). No obstante, el Consultor podrá utilizar un software distinto al Visual Modflow, justificando su elección. Sin embargo, esta selección deberá ser acordada previamente con la inspección fiscal, y en caso de ser un software distinto, el consultor deberá contemplar la adquisición de licencias para la DGA (se especifican más adelante) y la respectiva capacitación e instrucción para el correcto uso del mismo. El modelo deberá considerar un área tal que contenga todos y cada uno de los elementos relevantes del sistema (pozos existentes, zonas de recarga, condiciones de borde, etc.) para cada sistema acuífero. El modelo de flujo de aguas subterráneas deberá ser capaz de representar adecuadamente el comportamiento del agua subterránea (niveles, condiciones, afloramientos y caudales) en la zona de estudio, de manera de lograr reproducir acertadamente las tendencias históricas medidas (proceso de calibración) y poder a su vez predecir comportamientos futuros bajo diferentes escenarios (proceso de operación). Para la construcción del Modelo, su discretización espacial (limites) y temporal (pasos de tiempo y tiempo de calibración), se deberá trabajar en conjunto con la inspección fiscal de manera de que cumplan con los criterios y objetivos que se desean obtener. Para el proceso de Calibración, y del grado de ajuste del modelo, se deberá considerar incluir estadígrafos que den cuenta de los ajustes, para los diferentes puntos de control considerados. Para la Operación de los modelos el Consultor propondrá a la Inspección Fiscal del proyecto los diferentes escenarios a simular. Para cada escenario se deberá establecer claramente las consideraciones, condiciones de borde, hipótesis o supuestos que lo definen, así como el período de simulación. Se deberá considerar un escenario BASE de simulación, el que deberá ser acordado con la Inspección Fiscal, más un mínimo de 3 escenarios futuros de operación, que totalizan un total de cuatro (4) escenarios, los cuales deberán ser propuestos o trabajados con la Inspección Fiscal, de manera de cumplir con los fines de este estudio. Lo anterior es igualmente válido en el caso que se desarrolle más de un modelo para el Área en estudio. La tabla siguiente, muestra los escenarios mínimos propuestos a desarrollar en esta etapa: N° Escenario 1 Escenario Base 2 Escenario base + demanda real proyectada 3 Escenario base + totalidad de derechos otorgados 4 Escenario base + derechos otorgados y recarga por intrusión salina Tabla N°8: Escenarios mínimos propuestos a desarrollar Fuente: Elaboración propia Como resultado del trabajo de modelación, el consultor estará en condiciones de poder proponer una red mínima optima de medición de niveles de agua subterránea para los acuíferos estudiados. Asimismo, se debe replantear la red de calidad y de niveles, enfocando los esfuerzos en que sea una sola red de monitoreo, complementando ambas redes en una sola. Lo anterior, deberá contemplar la propuesta en términos de: los puntos (pozos) de monitoreo y control de niveles y calidad, la frecuencia, costos de dicho plan, entre los más relevantes. Además y en caso de que sea necesario, se debe dejar establecido si corresponde o no plantear la construcción de piezómetros para que formen parte de la red de monitoreo que se plantee. Se dejarán establecidas las principales conclusiones y recomendaciones que surjan del estudio, señalando las principales fortalezas y debilidades del modelo construido, y si corresponde, las acciones futuras que se debieran contemplar para lograr una mejor representación de los fenómenos de flujo de las aguas subterráneas en la zona de interés. Se deberá proporcionar dos (2) licencias, como mínimo, del software utilizado. Además, se deberá capacitar a un mínimo de cuatro (4) profesionales para el Servicio Regional, que suman un total de 8 profesionales como máximo, para el mejor uso y aprovechamiento de esta herramienta de gestión en su análisis a futuro en la región. 2.9.2. Productos esperados etapa III El informe preliminar de la etapa III deberá contener lo siguiente: - Modelo conceptual de los acuíferos de la zona de estudio - Caracterización final de la calidad de las aguas superficiales y subterráneas - Propuesta de red de monitorio de aguas subterráneas - Cuantificación preliminar de los volúmenes almacenados, flujos existentes e interrelaciones que pudieran existir entre acuíferos, edad origen y calidad de aguas subterráneas - Balance hídrico general, preliminar - Estimación de la recarga neta preliminar para cada uno de los acuíferos - Modelo simplificado para cuencas costeras, valores globales 2.10. Metodología etapa IV – ANALISIS INTEGRAL 2.10.1. Representar territorialmente los resultados del estudio en sistemas de información geográfica 2.10.1.1. Implementación de un mapa web en sistemas de información geográfica Uno de los objetivos específicos que se señala es el de obtener un atlas de información alojado en un sistema de información geográfica, que contenga los resultados del estudio. Para ello, el consultor debe contemplar como actividad transversal, durante el transcurso del estudio, la implementación de un mapa web, vinculado a posteriori a la página de la DGA, que contenga, desde el catastro de captaciones y riego, hasta los resultados del modelo (flujos, equipotenciales, etc). La información que se alojara en el SIG, será consensuada con el inspector fiscal. 2.10.2. Obtener un análisis integral 2.10.2.1. Taller participativo II Taller participativo de difusión, abierto a todos los usuarios del recurso hídrico tanto en Isla Mocha como en Isla Santa María. Para este fin, al igual que en el taller anterior, se deberá invitar a autoridades públicas y privadas de la región, a organizaciones no gubernamentales, organizaciones de usuarios, etc. Corresponderá a un taller que explicará la información recabada y cómo los resultados ayudaran a la elaboración de un instrumento de gestión del recurso. Asimismo, se expondrán los resultados y conclusiones finales. A su vez, se deberá exponer la plataforma o mapa web, donde se presentarán los principales resultados obtenidos. 2.11. Metodología etapa V – ENTREGA FINAL Como parte del trabajo final se espera que el consultor pueda hacer un análisis integral del trabajo desarrollado y se deben entregar las conclusiones de la evaluación efectuada, las que deben incluirse en el cuerpo principal del informe. Las conclusiones deben abordar cada uno de los objetivos, considerando, a lo menos, los siguientes ítems: - Concluir respecto de caudales superficiales - Concluir acerca de las características y volumen de los acuíferos identificados - Indicar las recargas al sistema subterráneo, estimadas a través de la modelación - Indicar rangos promedio de los parámetros elásticos de los acuíferos - Indicar los caudales de explotación sustentables obtenidos a través de la modelación - Indicar los resultados de las diferentes interrelaciones, flujo superficial – subterráneo. - Caracterizar el tipo, origen, edad y la calidad de las aguas subterráneas de cada acuífero. - Balance hídrico global para cada acuífero, flujos superficiales y subterráneos - Características hidrogeológicas referidas a parámetros elásticos, espesores, tipos de rellenos, volúmenes embalsados. - Resultados respecto a los caudales de extracción en los escenarios base y de explotación - Evolución de los niveles freáticos - Balance de flujos considerando extracciones, flujos de entrada, variación de almacenamiento - Pronóstico de sustentabilidad de los acuíferos, en base a los escenarios simulados de demanda - Disponibilidad del recurso subterráneo (por sectores, zonas y/o acuíferos) sujeto a los diferentes escenarios de simulación - Análisis de sustentabilidad, desde el punto de vista hídrico – medioambiental - Recomendaciones para la buena gestión del recurso - Fortalezas y debilidades del estudio 2.12. Carta Gantt Nota: Carta Gantt con principales actividades. 2.13. Informes Parciales En lo referido a los informes por etapa, estos deberán ser aprobados mediante un Acta de Recepción Conforme emitida por la Contraparte Técnica. Dichos Informes deben dar cuenta en forma pormenorizada de cada uno de los productos exigidos y entregables. Para las etapas cuyo plazo de ejecución sea superior a dos meses, se deberán entregar Informes Parciales de Avance de carácter bimensual, que den cuenta en forma pormenorizada de cada uno de los productos exigidos y entregables en base a lo indicado en este punto VI de las presentes BT, debiendo detallarse en extenso lo realizado. Los Informes Parciales de Avance deberán ser entregados a la Contraparte Técnica los últimos 5 días hábiles del término del segundo mes y así sucesivamente hasta completar cada etapa. En caso que exista retraso en la entrega de algún Informe Parcial de Avance, se aplicará la multa y sanción señalada en el punto 12.1, letra c., de las BA. La Contraparte Técnica analizará y revisará cada Informe Parcial de avance a modo de constatar el debido cumplimiento de las actividades y el adecuado desarrollo del contrato, siendo respondido al oferente adjudicado en un plazo de 5 días hábiles con la aprobación y/u observaciones realizadas al informe parcial de avance, observaciones que de existir, deberán estar consideradas en el siguiente informe parcial o Informe Final de etapa. 2.14. Propuesta de mejoras técnicas que se pueden ofertar Toda mejora técnica deberá cumplir con los lineamientos establecidos en el punto 2.2.2 de las BT. 2.15. Revisión de estados de avance y etapas del estudio. En la ejecución del estudio, se requerirá realizar al menos las siguientes reuniones obligatorias de trabajo detalladas a continuación. Cada una de las reuniones deberá ser citada, por escrito, por la Contraparte Técnica, con al menos 3 días hábiles de anticipación. Los integrantes del equipo de trabajo deben participar en todas las reuniones que la Contraparte Técnica solicite su asistencia, en caso contrario, se aplicará la multa y sanción señaladas en el punto 12.1, letra b., de las BA. a) Reunión de inicio: El objetivo de esta reunión es presentar a la Contraparte Técnica todo el equipo profesional que realizará el trabajo y dar inicio al estudio. Se revisará el cronograma de ejecución del estudio a objeto de cumplir con los plazos establecidos. b) Reuniones de presentación de etapa La entrega de informes finales de las etapas, deberán ser presentadas en extenso en una reunión en la fecha de entrega establecida, para lo cual deberá ser acordada con la Contraparte Técnica con al menos tres días hábiles de anticipación. En esta presentación deberá participar el Jefe de Proyecto acompañado de los profesionales participantes del estudio que la Contraparte Técnica determine. c) Reuniones de trabajo En caso de que se requiera tratar temas específicos relacionados con el estudio, tanto la Contraparte Técnica como el oferente adjudicado, podrán solicitar reuniones de trabajo, cuando se estime conveniente. En esta presentación, deberá participar el Jefe de Proyecto acompañado de los profesionales participantes del estudio que la Contraparte Técnica determine. d) Reunión Entrega final Para la entrega final se requiere la entrega de todos los productos requeridos. En esta presentación deberá participar el Jefe de Proyecto acompañado de los profesionales participantes del estudio que la Contraparte Técnica determine. El informe final será entregado a la Contraparte Técnica, en las mismas condiciones de los informes de finalización de etapas. 2.16. Equipo de trabajo a. El proveedor deberá contar con un equipo de trabajo, profesional a tiempo completo, que cumpla todos los requisitos mínimos de cada cargo, de acuerdo con la siguiente tabla: Profesional Descripción Jefe Proyecto Un profesional con experiencia profesional deseable de 10 años, como jefe de proyecto en estudios de evaluación y análisis de recursos hídricos. Título profesional obtenido en universidad nacional o extranjera de ingeniero civil, ingeniero civil con mención del área hidráulica, geólogo, geofísico, ingeniero de caminos canales y puertos (extranjero), civil engineer (extranjero), bachelor of engineering (extranjero), o relacionada. Con su respectivo apostillamiento. Deseable, Postgrado o Postítulo en materia relacionadas con el área de las ciencias de la ingeniería. Especialista en hidráulica, modelación hidrológica Profesionales con experiencia deseable de al menos 3 años, en modelación hidrológica e hidráulica. Título profesional obtenido en universidad nacional o extranjera de ingeniero civil con mención del área hidráulica, ingeniero de caminos canales y puertos (extranjero), civil engineer (extranjero), bachelor of engineering (extranjero) o similar Deseable, Postgrado o Postítulo en materia relacionadas con las áreas de hidrología e hidráulica de crecidas. Especialista en hidrogeología Modelación hidrogeológica Profesionales con experiencia deseable de al menos 3 años, en modelación hidrogeológica Título profesional obtenido en universidad nacional o extranjera de ingeniería civil, ingeniería civil geológica, geofísica o geología o similar. Deseable, Postgrado o Postítulo en materia relacionadas con las áreas de hidrogeología. Especialista en tecnologías de la información y comunicaciones Un profesional con experiencia profesional deseable de al menos 3 años, en tecnologías de la información y redes. Profesional del área de la computación, que haya obtenido el título de ingeniero civil en computación o ejecución en computación o su equivalente, o algún grado académico superior a éste. Especialista geografía y SIG Un profesional con experiencia profesional deseable de al menos 3 años, en geografía y/o en sistemas de información geográfica (SIG). Título profesional de geógrafo, cartógrafo, ingeniero civil, ingeniero civil en geografía o similar. b. El oferente deberá acreditar que cada uno de los profesionales propuestos, cuenta con la experiencia profesional requerida en cada una de las áreas y/o materias solicitadas. La formación formal deberá ser acreditada adjuntando copia simple de los títulos profesionales; en tanto, la experiencia deberá ser acreditada adjuntando: contratos, actas de término de proyecto, certificaciones y/o evaluaciones de contratos, todas emanadas de clientes. c. Cada uno de los integrantes del equipo de trabajo propuesto por el oferente, deberá firmar una Declaración Jurada Simple, que se deberá adjuntar a la oferta, en la cual declaren que formarán parte del equipo de trabajo del proponente, en el caso que éste se adjudique la presente licitación. Las personas que integren el equipo de trabajo, sólo podrán ser reemplazadas cuando ello fuere previamente autorizado. La persona reemplazante, deberá tener la formación profesional y experiencia equivalentes a la de la persona reemplazada. La Contraparte Técnica será el responsable de autorizar y oficializar todos los cambios que se realicen. d. El oferente adjudicado deberá, dentro del periodo que dure la ejecución del servicio que se contrata, contar con oficinas de funcionamiento para su equipo de trabajo en la ciudad de Concepción.