1° OBJETO GENERAL |
El Servicio de Salud Metropolitano Central ha decidido llamar a licitación pública para la contratación del “Servicio de aseo para dependencias de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central”, para sus dependencias del edificio ubicado en Victoria Subercaseaux Nº 381, José Miguel de la Barra Nº 536, y Merced Nº 280 oficinas 21 y 22, comuna de Santiago, con la finalidad de proveer mediante este servicio de las condiciones mínimas de higiene y seguridad para su buen funcionamiento.
La descripción, cantidad y especificaciones del servicio que se licita se encuentran señaladas en las Bases técnicas de la presente licitación pública, las que forman parte integrante de la misma para todos los efectos.
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2° TIPO DE LICITACIÓN, PRESUPUESTO REFERENCIAL ESTIMADO Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS |
2.1 TIPO DE LICITACIÓN:
La forma de la presente licitación pública corresponde a aquellas contrataciones mayores o igual a 2.000 e inferiores a 5.000 UTM.
2.2 PRESUPUESTO REFERENCIAL ESTIMADO:
El presupuesto referencial estimado para esta licitación es de $240.000.000.- (doscientos cuarenta millones de pesos) IVA incluido.
2.3 VALIDEZ DE LAS OFERTAS:
Las propuestas deberán tener una validez de 90 días corridos, contados desde la fecha del cierre de recepción de ofertas. La entidad oferente deberá considerar en ella todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él.
Si a la fecha de cierre de recepción de ofertas se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en www.mercadopublico.cl en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25° inciso final, del reglamento de la Ley N° 19.886.
De ocurrir la extensión del plazo de cierre de recepción de ofertas, se modifica también en forma automática la fecha de apertura y fecha de adjudicación, en las mismas condiciones de la regla citada precedentemente”. De igual modo el Servicio podrá ampliar los plazos establecidos en el Portal www.mercadopublico.cl, resguardando los intereses de la Institución y el cumplimiento del objeto de la licitación, debiendo subir acta con los plazos a reemplazar y los nuevos plazos a publicar, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25° del reglamento mencionadas precedentemente, en situaciones que lo amerite tales como, al presentarse numerosas preguntas, al ser necesario precisar o modificar las bases, al tener 2 o menos ofertas, si se determina ex post a la publicación que dado la complejidad se requiere mayor tiempo para ofertar.
El presente proceso licitatorio público se regirá por lo dispuesto en la ley Nº 19.886 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda y sus posteriores modificaciones, lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, sus anexos, las respuestas y aclaraciones que procedan, y las modificaciones efectuadas por la resolución respectiva y sometidas al trámite administrativo correspondiente.
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3° PARTICIPANTES |
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes bases.
La sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación, implica que el respectivo proponente ha analizado las Bases Administrativas, Técnicas, Anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
En conformidad a lo prescrito en el artículo 4° de la Ley 19.886 de Compras Públicas, el Servicio de Salud Metropolitano Central, no contratará con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive. Asimismo, el Servicio no suscribirá contrato con aquellas personas jurídicas afectas a la prohibición dispuesta en el numeral 2º del artículo 8° de la Ley N° 20.393.
Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, por delito concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores.
Se deja constancia que los oferentes deben considerar en su oferta económica todos los gastos necesarios para la contratación, de acuerdo a las Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos, y los documentos incluidos en la propuesta. Asimismo se deja establecido, que se entiende que quien participe de este proceso licitatorio, se encuentra conforme con las condiciones generales de la presente licitación, y renuncia expresamente a alegar desconocimiento de todo lo enunciado en las presentes bases administrativas y técnicas y sus anexos, aceptándolas en todas sus partes. Así también, que lo declarado en el Anexo N°1 de la presente licitación, sobre identificación del proponente, corresponde a los datos reales y fidedignos del oferente.
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4° NORMATIVA APLICABLE |
El presente pliego de condiciones se encuentra conformado por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
I.- Bases Administrativas
II.- Bases Técnicas
III.- Anexos:
- Ø Anexo N° 1: Identificación del Oferente Persona Natural o Jurídica.
- Ø Anexo N° 2: Declaración de Responsabilidad Persona Natural o Jurídica.
- Ø Anexo N° 3: Formulario Oferta Técnica
- Ø Anexo N° 4: Formulario Oferta Económica
- Ø Anexo N° 5: Formulario Experiencia de la Empresa
- Ø Anexo N° 6: Recursos Humanos (RRHH)
Los servicios se licitarán, contratarán y ejecutarán de acuerdo a las normas contenidas en los siguientes documentos:
a) Las presentes Bases Administrativas (BA)
b) Bases y especificaciones técnicas (EETT)
c) Anexos: N°s 1, 2, 3, 4, 5 y 6.
d) Las Aclaraciones y Modificaciones a las Bases aprobadas por el Servicio, sea de oficio o con ocasión de las consultas o solicitud de aclaraciones efectuadas por los proponentes.
e) Las respuestas a consultas y/o aclaraciones realizadas en la licitación Pública.
f) Resolución de Adjudicación.
g) El contrato, si procediera
En la ejecución de los servicios deberá darse cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras, sin que el listado que a continuación se entrega, sea exclusivo ni excluyente:
a) La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y prestación de servicios, y el D.S. N° 250 del año 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprobó el Reglamento de la citada Ley N° 19.886.
b) D.F.L. N°1/19.653 del año 2000, de la Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
c) D.F.L. N° 29/2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
d) Ley N° 19.880 sobre Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.
e) Código del Trabajo
f) Normas de Seguridad y sus Reglamentos.
g) Normas técnicas y Pautas de Acreditación Sanitaria.
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5° ANTECEDENTES PARA INCLUIR EN LA OFERTA |
Cada oferente debe procurar la presentación de una oferta clara y ordenada, la cual estará determinada por las siguientes estipulaciones:
a) Formatos digitales compatibles: Los archivos digitales presentados por el oferente deben contener preferentemente los siguientes formatos: PDF y EXCELL.
b) Responsabilidad e Integridad: La integridad y capacidad de lectura de la propuesta y los documentos anexos, será de exclusiva responsabilidad del oferente.
c) Indisponibilidad Técnica del Sistema: Frente a la indisponibilidad técnica del Sistema, se deberá acreditar mediante el certificado correspondiente, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe la Dirección de Compras, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. Los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
d) Ofertas Puras y Simples: Las ofertas técnicas y/o económicas deberán ser puras y simples y en ningún caso podrán estar asociadas a beneficios de ninguna especie (por ejemplo: promociones, productos 2 x 1, dádivas, regalos, entrega de productos en comodato y otros similares) ni sometidas a condición alguna para su adjudicación.
e) Idioma: Español
Los oferentes deberán presentar en el Portal de Mercado Público antes del cierre de recepción de ofertas, los documentos que en lo sucesivo se indican:
5.1 Documentos Administrativos:
5.1.1. Anexo N° 1 “Identificación del Oferente Persona Natural o Jurídica”
5.1.2 Anexo N° 2 “Declaración de Responsabilidad Persona Natural o Jurídica”
5.1.3 Anexo N° 5 “Formulario Experiencia de la Empresa”
El oferente acreditará su experiencia en el Portal de Mercado Público informando el N° de ID de las órdenes de compra (OC) vinculadas a licitaciones públicas o privadas adjudicadas y/o tratos directos en que hubiere tenido participación. Las referidas ID deben corresponder todas a procesos diferentes, de lo contrario serán contabilizadas como una sola OC general. Respecto de servicios celebrados con particulares, el oferente deberá acompañar los contratos u órdenes de compra respectivos. La experiencia del oferente debe ser de la misma naturaleza del servicio que se licita.
En caso de no contar con experiencia, el Anexo N° 5 debe presentarse igualmente, consignando en el mismo dicha circunstancia.
5.2 Documentos Técnicos[1]:
Anexo Nº 3: “Formulario Oferta Técnica”. Este formulario deberá completarse indicando al menos lo siguiente:
- Cantidad de horas dispuestas para supervisión al día para sus Aseadores Jornada Completa, Aseadores Media Jornada y Otros.
- Tiempo de respuesta para iniciar el servicio de sanitización
- Entrega de formato propio con las tareas a realizar (diarias, semanales, quincenales y trimestrales).
5.3 Documentos Económicos:
5.3.1 Anexo N° 4 “Formulario Oferta Económica”
5.3.2 Anexo N° 6 “Formulario Recursos Humanos (RRHH)”
El valor de la oferta económica deberá ser expresado en pesos chilenos ($) y será el que indique el proponente en documento electrónico con el Formulario Oferta Económica (Anexos Nº 4 y Nº 6).
El proveedor deberá ingresar su Oferta Económica en el Portal Mercado Público hasta la fecha y hora de cierre estipulado en el cronograma de licitación. Los valores indicados en los Anexos N° 4 y N°6, pasarán a formar parte de la Evaluación Económica de cada oferta en la presente licitación.
En caso de existir una discrepancia entre la oferta indicada en el Portal www.mercadopublico.cl y en los formularios de oferta económica, se entenderá como válido el valor indicado en los referidos Anexos, para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación.
Las empresas deberán ofertar precios para cada una de las dependencias indicadas o el valor total que las incluya en el Formulario Oferta Económica Servicio de Aseo y Servicio de Sanitización (Anexo Nº 4).
Las empresas deberán ofertar precios para cada una de las casillas indicadas o el valor total que las incluya en el Formulario Oferta Económica R.R.H.H. (Anexo Nº 6).
En caso de existir una discrepancia entre la cifra indicada en el portal y en el formulario respectivo (Anexo 4 y/o 6), se entenderá como válido el valor indicado en el formulario para los efectos de la evaluación y eventual adjudicación.
5.4. REQUISITOS PARA FORMALIZAR LA LICITACIÓN CON EL PROVEEDOR ADJUDICADO.
El oferente favorecido deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, lo que se comprobará con la respectiva certificación de inscripción. En caso que no se encuentre inscrito, el proveedor adjudicado tendrá 5 (cinco) días hábiles contados desde la fecha en que se le notifique la adjudicación de la propuesta para cumplir con este requisito.
Los documentos que deberá presentar cada oferente serán los que se indican en lo sucesivo distinguiendo según se trate de una persona natural, jurídica o de una unión temporal de proveedores:
5.4.1 Persona Natural.
5.4.1.1 Encontrarse hábil en Chile Proveedores
5.4.1.2 Fotocopia simple de la cédula de identidad del proponente, por ambos lados.
5.4.2 Persona Jurídica.
5.4.2.1 Encontrarse hábil en Chile Proveedores
5.4.2.2 Fotocopia RUT empresa.
5.4.2.3 Certificado de Vigencia de la persona jurídica
5.4.2.4 Copia de la escritura pública de Constitución de la Sociedad o Certificado de Estatuto Actualizado, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la ley N° 20.659.
5.4.2.5 En caso de modificaciones efectuadas a la sociedad, copia de la o las escrituras públicas de modificación, en el orden en que se efectuaron, si las hubiere (no es requisito para el caso de sociedades acogidas a la ley N° 20.659).
5.4.2.6 Copia con certificado de Vigencia y anotaciones marginales, de no más de 60 días a la fecha de publicación de las bases, emitido por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la ley N° 20.659.
5.4.2.7 Certificado de Anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la ley N° 20.659.
5.4.2.8 En caso de no constar la personería del representante legal del proponente en la documentación citada en las letras anteriores, debe adjuntarse copia de escritura pública en que conste su designación.
5.4.2.9 Otras personas jurídicas, se deberán adjuntar los antecedentes que acrediten su vigencia y la personería del representante legal, emitidos por las autoridades que correspondan, con fecha no anterior a cuatro meses contados desde la fecha de presentación de la oferta.
5.4.3 Unión Temporal de Proveedores:
5.4.3.1 Todos los integrantes deben encontrarse hábiles en el Registro de ChileProveedores.
5.4.3.2 Fotocopia de cédula de identidad o RUT de las empresas, de todos los integrantes.
5.4.3.3 Al momento de ofertar, el representante de la Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un instrumento público o privado en el cual conste el Acuerdo de Unión Temporal, el que deberá contener al menos las siguientes declaraciones:
- Expresa mención de que se unen con el objeto de participar en la propuesta pública para el “Servicio de aseo para dependencias de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central”. Los proveedores que forman parte de la Unión, serán solidariamente responsables respecto de todas las obligaciones que se generen con el Servicio de Salud Metropolitano Central. El consorcio comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, el Servicio de Salud Metropolitano Central podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contraídas, cualquiera sea su naturaleza. De igual forma, el pago efectuado por el Servicio de Salud Metropolitano Central a cualquiera de sus integrantes será válido y extinguirá la deuda con respecto a los otros en la parte en que hubiere sido satisfecha.
- El nombramiento del representante o apoderado común de la Unión con poderes suficientes.
- Los oferentes al presentar garantía de seriedad de la oferta, deberán presentarla constituida como instrumento único tomada por el representante del consorcio señalado en mandato para postulación del consorcio.
Los documentos, sean estos instrumentos públicos o privados, y certificados de cualquier naturaleza, emitidos en el extranjero deberán presentarse en original debidamente traducidos y legalizados por el Consulado Chileno.
No será exigible la presentación de la documentación señalada en el numeral 5.4 respecto del adjudicatario que, estando inscrito en el Registro de ChileProveedores, ésta se encuentre disponible en el Portal de Mercado Público, con una vigencia no menor a 60 días hábiles a la fecha de Apertura Electrónica de la presente licitación. Ahora bien, el oferente adjudicado deberá acompañar al momento de la aceptación de la orden de compra:
- Documento que acredite el cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales:
Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, que acredite que no existen saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social del contratante con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, con una antigüedad no mayor a 30 días del cierre de la licitación. Deberá para estos efectos presentarse: Certificado F30 (Certificado de Antecedentes laborales y previsionales) y el Certificado F30-1(Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales).
[1] La propuesta técnica deberá cumplir los requisitos, exigencias, especificaciones y condiciones solicitadas en las Bases Técnicas.
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6° DEFINICIONES |
Para la correcta aplicación de las presentes bases se entiende por:
Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras.
Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características de los servicios a contratar.
Contrato / Orden de Compra: Es la manera de formalizar la presente licitación respecto del proponente cuya propuesta ha sido adjudicada dentro del proceso de licitación.
Condiciones Económicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que establecen los aspectos económicos de la licitación y del contrato a que dé lugar.
Caso Fortuito o de Fuerza Mayor: Hecho imprevisto al que no es posible resistir, que impide y excusa el cumplimiento de alguna de las obligaciones del contrato. Referencia Código Civil Art. 45.
Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal, mediante el cual la Administración realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas a través del portal www.mercadopublico.cl, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
Mandante: “Servicio de Salud Metropolitano Central” o “la Dirección” o “SSMC”, quien aprueba las bases de licitación y convoca a dicho proceso, provee y administra los fondos del proyecto y es el órgano superior de control para los eventos que se indican en las presentes bases. El mandante ejercerá la supervisión técnica y administrativa a través de la Referencia Técnica.
Plazos: Período de tiempo establecido en las Bases Administrativas, Bases Técnicas y/o en el Contrato, dentro del cual las partes deben cumplir con las obligaciones contraídas o ejercer los derechos que emanan del contrato de ejecución de servicios. Los plazos establecidos en las presentes Bases se entenderán de días corridos incluidos los festivos, salvo mención en contrario.
Referencia Técnica: El Departamento de Operaciones y Logística del Servicio de Salud Metropolitano Central, actuará como Referencia Técnica correspondiéndole a la Unidad de Convenio y Contratos, la supervisión técnica y administrativa de todas las etapas del proceso de contratación, y de las que comprende la ejecución y cumplimiento del respectivo contrato. Serán funciones de la Referencia Técnica:
a) Supervisar y controlar el desarrollo de la presente licitación, velando por el estricto cumplimiento de las bases técnicas y sus anexos;
b) Velar por el cumplimiento de los plazos ofertados por los proveedores, y que los servicios proporcionados por el proveedor correspondan realmente a los adjudicados en la licitación; dar fe de la calidad y los estándares solicitados por el Servicio de Salud Metropolitano Central;
c) Determinar la procedencia de multas y sanciones que se estipulen en las presentes bases, emitiendo informe técnico de ello, al Servicio de Salud Metropolitano Central, en caso de incumplimiento por parte del proveedor, según corresponda.
d) Solicitar a la autoridad competente el término anticipado del contrato en caso de requerirlo la institución, sea por incumplimiento contractual, por motivos presupuestarios u otros derivados del caso fortuito o fuerza mayor.
e) Proporcionar la información necesaria al proveedor para la correcta prestación del servicio.
f) La certificación del estado de los servicios como requisito esencial para proceder al pago de los mismos.
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7° MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN |
El Servicio de Salud Metropolitano Central, se reserva el derecho de modificar las Bases administrativas y técnicas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Estas modificaciones serán informadas exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por tal circunstancia, conocidas y obligatorias para todos los participantes y se entenderán como parte integrante de las presentes Bases de licitación. En este caso existirá una resolución que la fundamente y la disponga, la que será sometida al trámite administrativo que corresponda.
Cuando se modifiquen las bases, se prorrogará el plazo para la presentación de la propuesta a fin de dar un tiempo razonable para la preparación de los antecedentes, considerando lo indicado en el párrafo anterior. En todo caso, las modificaciones a las bases sólo serán procedentes si se efectúan antes del cierre de presentación de las ofertas.
Los oferentes deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias, en el plazo que disponga la resolución totalmente tramitada antes señalada.
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8° CONSULTAS, RESPUESTAS Y ACLARACIONES |
Las consultas sobre los contenidos de las bases deberán ser efectuadas sólo a través del Portal www.mercadopublico.cl, en el foro electrónico dentro del plazo establecido en el calendario publicado en el citado portal y en el horario que en este se indique, no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna otra forma con la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central o con sus funcionarios, por la respectiva licitación, durante el curso del proceso. Dichas consultas serán respondidas y publicadas en el portal www.mercadopublico.cl en el plazo indicado en el cronograma de Bases de licitación y formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes. Asimismo, las aclaraciones que la Dirección estime necesario hacer a las Bases y/o sus documentos anexos, deberán realizarse exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl., en el aplicativo “Aclaración Ofertas”.
Los requisitos de carácter evaluable, de la presente licitación, no podrán ser objeto de aclaración por parte de la Comisión Evaluadora.
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9° APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS PROPUESTAS Y REQUISITOS PARA SU ADMISIBILIDAD |
La Apertura Electrónica de las propuestas presentadas por los oferentes, se realizará únicamente a través del Portal www.mercadopublico.cl en la fecha y hora que en éste se establezca de acuerdo al cronograma dispuesto en las presentes Bases administrativas, y sólo tendrá lugar respecto de aquellas que hayan cumplido los requisitos de admisibilidad.
La apertura electrónica de las propuestas presentadas será efectuada por el funcionario administrativo del Departamento de Operaciones y Logística del Servicio de Salud Metropolitano Central, encargado del proceso administrativo de la licitación o en caso de impedimento de aquél, el funcionario administrativo que el Jefe del Departamento mencionado designe para tales efectos, dentro del plazo señalado en el cronograma contenido en las presentes Bases.
La apertura electrónica deberá contener, a lo menos, las siguientes menciones, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 33° del Reglamento:
• Individualización del oferente
• Descripción básica del servicio ofrecido
• Precio unitario y neto total de la oferta
Requisitos para la admisibilidad de las propuestas:
- Asistencia a visita a terreno (obligatoria), en el lugar y plazo indicado en el cronograma de las presentes Bases Administrativas. Será obligación de los oferentes concurrir con los implementos de protección necesarios que eviten cualquier posible contagio de virus COVID-19.
- Garantía de Seriedad de la Oferta entregada dentro de plazo y en la forma establecida en las presentes Bases administrativas.
- Declaración Jurada Simple respectiva, en el formulario escaneado, como archivo adjunto, a través del Portal www.mercadopublico.cl. (Anexo N°2)
- Presentación de los Anexos Nº 4 y Nº 6 “Oferta económica” completando la totalidad de los valores requeridos en los antedichos anexos.
Quedarán automáticamente excluidos de la presente licitación, al momento de la presentación de la oferta, quienes hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
**Las propuestas que no cumplan con los requisitos de admisibilidad establecidos, serán declaradas inadmisibles de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley Nº 19.886.
El Servicio de Salud Metropolitano Central, declarará desierta una licitación cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses del Servicio. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada.
La declaración de inadmisibilidad, así como la declaración de desierta de la licitación conforme a lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N° 19.886, no dará derecho a indemnización alguna a los proponentes cuyas ofertas hubiesen sido declaradas inadmisibles o desiertas.
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10° DE LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
10.1 COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS.
Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por los funcionarios que a continuación se mencionan, o quienes se encuentren subrogando o desempeñando el cargo o función al momento de la evaluación:
- Sr. Héctor Ureta Lazo, cédula nacional de identidad Nº 10.537.457-7, funcionario de la Unidad de Convenios y Contraos del Departamento de Operaciones y Logística del Servicio de Salud Metropolitano Central.
- Sr. Victor Pisón Silva, cédula nacional de identidad Nº 9.396.194-3, Encargado de Mantención y Movilización del Servicio de Salud Metropolitano Central.
- Sr. Miguel Prati Poblete, cédula nacional de identidad N° 16.739.558-9, Jefe (S) del Departamento de Operaciones y Logística del Servicio de Salud Metropolitano Central.
La Comisión señalada precedentemente asumirá sus funciones en propiedad y estudiará las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos, las más convenientes a los intereses de la institución, levantando un acta en la que se consignará el estudio de lo ofertado, y hará una propuesta de adjudicación al Servicio de Salud Metropolitano Central; o bien, propondrá fundadamente declarar desierta o inadmisible la licitación conforme lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 19.986. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas.
Los miembros que integran la Comisión de Evaluación no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, debiendo dejar constancia de aquello en el Informe de Evaluación.
De conformidad con lo previsto en el artículo 4° N° 7 de la Ley N° 20.730, los integrantes de la Comisión Evaluadora, se consideran sujetos pasivos de la Ley del Lobby, mientras ejerzan sus funciones al interior de la comisión, motivo por el cual cualquier comunicación con los referidos integrantes deberá hacerse en los términos y condiciones establecidos en la referida Ley N° 20.730 y su reglamento, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 27° del Decreto N° 250, que contiene el Reglamento de Compras.
10.2 Subsanación de Errores u Omisiones Formales y Solicitud de Antecedentes Omitidos
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información (Art. 40, inciso 1° del Reglamento de la Ley N° 19.886).
Asimismo, se podrá permitir la presentación de las certificaciones y/o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 40, inciso 2° del Reglamento de la Ley N° 19.886). No se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de la plataforma.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
10.3 CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La presente licitación se evaluará en una sola etapa, y el oferente mejor calificado, será el que obtenga el mayor porcentaje, producto de la sumatoria de todos los puntajes ponderados correspondientes a cada criterio de evaluación, que se suceden a enunciar:
N°
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CRITERIOS
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PONDERACIÓN
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1
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ANTECEDENTES GENERALES (AG)
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10%
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2
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PROPUESTA TÉCNICA (PT)
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40%
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3
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PROPUESTA ECONÓMICA (PE)
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50%
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1.- ANTECEDENTES GENERALES (AG): 10%
DESCRIPCION SUBCRITERIOS
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PONDERACION
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Experiencia del Oferente (EO) Anexo N° 5
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80%
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Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta, presentación de anexos conforme a Bases. (CRF)
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20%
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1.1 SUB-CRITERIO EXPERIENCIA DEL OFERENTE (EO): 80%
DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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El oferente acredita que ha desarrollado la prestación de servicios de aseo por un periodo igual o inferior a 10 años.
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10
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El oferente acredita que ha desarrollado la prestación de servicios de aseo por un periodo superior a 10 años, y hasta 20 años.
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50
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El oferente acredita que ha desarrollado la prestación de servicios de aseo por más de 20 años.
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100
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1.2 SUB-CRITERIO CUMPLIMIENTO REQUISITOS FORMALES, PRESENTACIÓN DE ANEXOS CONFORME BASES (CRF): 20%
DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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El oferente no presenta la totalidad de los anexos y/o documentación formal solicitada en las presentes Bases de Licitación, ya cumplido el plazo para que se salve errores.
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0
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El oferente no adjunta toda la documentación formal y los anexos solicitados en las presentes Bases de Licitación, pero los presenta una vez solicitado por foro inverso, en el plazo dispuesto según Bases para que se salven errores u omisiones formales.
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50
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El oferente presenta en tiempo y forma la totalidad de la documentación formal y los anexos solicitados en las presentes Bases de Licitación.
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100
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1.3 FÓRMULA FINAL “ANTECEDENTES GENERALES”:
La ponderación del criterio denominado “Antecedentes Generales” será la sumatoria del puntaje de los subcriterios descritos con anterioridad, obteniendo la siguiente formula:
2. PROPUESTA TÉCNICA (PT): 40% (ANEXO Nº 3)
DESCRIPCIÓN SUBCRITERIO
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PUNTAJE
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Supervisión diaria (SD)
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40%
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Tiempo de respuesta para sanitización (TRS)
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40%
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Formalidad en la entrega de tareas diarias, semanales, mensuales y trimestrales (FET)
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20%
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2.1. SUB-CRITERIO SUPERVISIÓN DIARIA (SD): 40%
DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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A la empresa que acredite como práctica y comprometa la supervisión de su personal hasta 3 horas por día en el libro de registro de la empresa.
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10
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A la empresa que acredite como práctica, y comprometa la supervisión de su personal entre 5 y hasta 7 horas al día en el libro de registro de la empresa.
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80
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A la empresa que acredite como práctica y comprometa la supervisión por más de 7 horas al día en el libro de registro de la empresa.
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100
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2.2. TIEMPO DE RESPUESTA PARA SANITIZACIÓN (TRS) 40%
DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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A la empresa que su tiempo de respuesta sea igual o superior a 5 horas.
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0
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A la empresa que su tiempo de respuesta sea igual o superior a 3 horas.
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60
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A la empresa que su tiempo de respuesta sea de 2 horas o menos
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100
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2.3 SUB-CRITERIO FORMALIDAD EN LA ENTREGA DE TAREAS (FET): 20%
DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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El oferente no adjunta formato de tareas a ejecutar
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0
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El oferente entrega debidamente las tareas a ejecutar conforme a las Bases (adjunta formato)
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100
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2.4 FÓRMULA FINAL “PROPUESTA TÉCNICA”:
La ponderación del criterio denominado “Propuesta Técnica” será la sumatoria del puntaje de los subcriterios descritos con anterioridad, obteniendo la siguiente formula:
- PROPUESTA ECONÓMICA (PE): 50% Anexos Nº4 y Nº 6
Valor Mensual Servicio De Aseo (VMSA) – Valor Mensual Remuneraciones (VMR) – Valor Sanitización (VS): (Anexos Nº4 y Nº 6)
DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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DETALLE DEL CRITERIO
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Valor Mensual Servicio de Aseo (VMSA)
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60%
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El valor ofertado deberá reflejar la totalidad de las tareas diarias, semanales quincenales y trimestrales (Anexo N° 4)
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Valor Mensual por Remuneraciones (VMR)
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30%
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El valor ofertado deberá considerar el monto total del sueldo bruto de todos los trabajadores (Anexo N° 6)
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Valor Sanitización por Piso (VSP). Esta deberá ser con equipo termonebulizador profesional o similar
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10%
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El valor ofertado deberá reflejar el costo de una sanitización multiplicada por la cantidad de eventos que aparecen en el anexo Nº 4)
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FÓRMULA FINAL “PROPUESTA ECONÓMICA”:
La evaluación económica de las ofertas se hará en base a la totalidad de la Propuesta Económica, es decir, la sólo circunstancia de no informarse alguno cualquiera de estos tres valores, implicará que la oferta será desestimada (ver requisitos de admisibilidad).
La evaluación de este factor se efectuará en conformidad a la oferta económica más conveniente y que se ajuste al valor total del requerimiento, para ello se utilizarán dos fórmulas, una cuando el valor mínimo sea lo más conveniente para la contratación (Anexo Nº4) y la otra cuando el valor máximo sea lo más conveniente para la contratación (Anexo Nº 6), a saber:
- FÓRMULA GLOBAL DE EVALUACIÓN:
Para la evaluación se confeccionará un cuadro comparativo, que establecerá el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por el puntaje que obtenga cada uno. El Servicio decidirá la adjudicación en conformidad al puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación, que en definitiva será la oferta que este estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio, siguiendo la siguiente formula:
De existir dos o más ofertas calificadas con igual puntaje el orden de desempate será el siguiente:
- Propuesta Económica
- Propuesta Técnica
- Antecedentes Generales
En caso de que persista el empate, después de haber utilizado los criterios de desempate en el orden antes expuesto, se optara por la oferta que haya sido ingresada primero al Sistema de Información de www.mercadopublico.cl (Comprobante de Ingreso)
El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, mediante Resolución fundada.
La Comisión Evaluadora elaborará un informe de evaluación, que contendrá un cuadro comparativo que establecerá el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por la nota o puntaje que obtenga cada uno.
La Comisión Evaluadora en su Informe de Evaluación otorgará estricto cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40 bis del Decreto que Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que se transcribe íntegramente a continuación:
“El informe final de la comisión evaluadora, si ésta existiera, deberá referirse a las siguientes materias:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
4. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.”
La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en las presentes bases. Las propuestas deberán referirse a la totalidad de los servicios que se licitan. No se aceptarán ofertas parciales.
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11° ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
La modalidad de la presente licitación es mediante “Adjudicación Simple”, seleccionando un oferente, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de licitación.
La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante Resolución de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, la que será notificada y publicada a los oferentes y al contratante por el mismo medio, de acuerdo con el artículo 6º del Reglamento de la Ley de Compras. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Servicio de Salud Metropolitano Central dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación de las presentes bases, se informará de ello en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
En efecto, si el Servicio de Salud Metropolitano Central no adjudicare en el tiempo indicado en el cronograma de las presentes Bases, informará de esta circunstancia dictando el acto administrativo que indique claramente las razones que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el cronograma de licitación de las presentes bases, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 6° del Reglamento de la Ley de Compras.
La Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central se reserva el derecho a suprimir partidas completas o itemizados específicos, según convenga a sus intereses o en resguardo de las disponibilidades presupuestarias, siempre y cuando no se vea afectado el principio de igualdad de los oferentes seleccionados para el proceso de adjudicación. En el evento de producirse esa situación, esas modificaciones, por una parte, no podrán ser de tal magnitud, que afecten la correcta ejecución del proyecto y, por la otra, no podrán implicar la eliminación de los componentes o partidas consultadas, en términos que afecten la naturaleza propia del proyecto.
El Servicio de Salud Metropolitano Central se reserva el derecho a desestimar todas las ofertas, fundamentando su decisión y los proponentes no tendrán derecho a reclamo o indemnización alguna.
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12° DE LA READJUDICACIÓN |
El Servicio de Salud Metropolitano Central, podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido e informado en la Resolución Adjudicatoria, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
- Si el adjudicatario se desiste de la oferta.
- Si el adjudicatario no celebra el contrato que formaliza la presente licitación en el plazo indicado en el cronograma de las Bases.
- Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar la referida condición.
- Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo señalado en las presentes Bases Administrativas
La Resolución de Readjudicación será publicada mediante el Sistema de Información y el nuevo adjudicatario deberá cumplir en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases de licitación. Además, previo a la readjudicación, el Servicio de Salud Metropolitano Central exigirá al oferente adjudicado, certificado que acredite su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado. Asimismo, debe ser hábil para contratar con el Estado, tal como se menciona en las presentes bases.
La readjudicación será procedente sólo si el proveedor a quien se re adjudique mantenga la vigencia de su oferta y siempre que no se haya formalizado el acuerdo de voluntades con el primer adjudicatario, conforme a lo dispuesto en el artículo 41° del Reglamento de Compras.
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13° FORMALIZACIÓN DE LA LICITACIÓN: CONTRATO |
13.1 PLAZO PARA FIRMA DEL CONTRATO Y ANTECEDENTES
El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de un plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de publicación en el Portal www.mercadopublico.cl de la Resolución de Adjudicación.
Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo antes señalado, ni remite la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, en cualquiera de los dos casos, se entiende que desiste de la propuesta, caso en el cual el Servicio procederá a hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el Acta de Evaluación respectiva, según lo estime pertinente.
El proveedor, deberá acreditar al tiempo de celebración del contrato que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante la entrega de un certificado emitido por la Inspección del Trabajo o entidad certificadora de obligaciones laborales y previsionales acreditada de conformidad con la Ley Nº 20.123 y su Reglamento. En caso de que la empresa que obtiene la licitación registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad de un período, considerando un periodo de doce meses para la ejecución del contrato. El Servicio exigirá que la empresa contratada que proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a poner término el respectivo contrato.
Si la empresa prestadora del servicio, subcontratare parcialmente algunas labores del mismo, la empresa subcontratista deberá igualmente cumplir con los requisitos señalados en este párrafo.
Será requisito esencial para suscribir el contrato, la entrega oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento de que trata estas Bases Administrativas.
El contrato podrá modificarse de común acuerdo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 77° del Reglamento de Compras Públicas. De todas formas y tal como establece la referida normativa, no podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30 % del monto originalmente pactado.
13.2 VIGENCIA
La vigencia del contrato comenzará desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y posterior notificación a través del portal de mercado público, en los términos del artículo 6° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, y su vigencia tendrá una extensión de 24 meses, previa consulta de los recursos necesarios para su ejecución. Sin embargo, por razones de buen servicio, las prestaciones que derivan del contrato se podrán iniciar con anterioridad, desde la fecha de suscripción del contrato, no obstante que su pago sólo podrá efectuarse una vez verificada la total tramitación de dicho acto aprobatorio[1].
13.3 PRECIO Y CONDICIONES DE PAGO
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos que correspondan, y sin reajustes.
La forma de pago será mediante transferencia electrónica dentro de 30 días de la fecha de recepción de la factura respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno de la entrega del servicio contratado según Acta de Recepción Conforme del Referente Técnico.
Para lo anterior, el adjudicado deberá enviar vía correo electrónico la cuarta copia de crédito cedible al siguiente correo electrónico virginia.tuya@redsalud.gov.cl junto con los datos bancarios (banco, tipo de cuenta, N° de cuenta, correo electrónico). Además, deberá adjuntar a cada factura emitida los siguientes documentos:
- Pre Facturación y/o Informe que acredite los servicios efectuados del mes
- Certificado F30 (Certificado de Antecedentes laborales y previsionales)
- Certificado F30-1(Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales)
- Nómina de funcionarios al mes de facturación
- Copias de Licencias médicas cuando correspondan
- Liquidaciones de sueldo debidamente firmadas por cada trabajador
- Certificados de jubilación cuando corresponda.
La factura deberá emitirse a nombre del “Servicio de Salud Metropolitano Central”, RUT 61.608.600-6, domiciliado en calle Victoria Subercaseaux Nº381, comuna y ciudad de Santiago.
Al momento de generar el documento tributario electrónico es obligatorio incorporar los campos de orden de compra y casilla de envió de facturas dipresrecepcion@custodium.com. En caso de no contener los antecedentes señalados será motivo de rechazo de la factura vía plataforma del servicio de impuestos internos.
Todo documento rechazado deberá incluir por parte del proveedor nota de crédito anulando el documento y volviendo a facturar enmendando el error.
El proveedor no podrá facturar hasta que el Referente Técnico emita recepción conforme de los trabajos efectuados y esta recepción sea ingresada al portal Mercado Público.
[1] Aplica Dictámenes Nº 11.189 de 2008, 2.385 de 2014 y 34.774 de 2017.
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14° DE LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DE SERVICIOS |
Los servicios deberán entregarse en la forma, cantidad, calidad, plazo y lugar convenidos de acuerdo a las especificaciones técnicas de las presentes Bases de licitación.
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15° DE LAS GARANTÍAS |
A menos que se indique expresamente lo contrario, los plazos a que se refiere esta cláusula son de días corridos.
En caso de garantías en formato electrónico, deberán ser entregadas a través de los canales dispuestos en el portal www.mercadopublico.cl para este fin y mediante la casilla garantías.dssmc@redsalud.gob.cl
De igual forma deberá entregarse una copia física al Servicio de Salud Metropolitano Central, en calle Victoria Subercaseaux N° 381, comuna Santiago, Oficina de Partes, piso 1. El horario de atención será de lunes a jueves de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 17:00 hrs., día viernes de 08:00 a 13:00 y de 14:00 a 16:00 hrs.
Se hace presente que en caso que se detecte un error formal en la extensión de la garantía, ello no invalida la presentación de aquella, sin perjuicio de que se otorgará al oferente un plazo de dos (02) días hábiles, desde la notificación al proponente del error para corregirla, y entregarla correctamente emitida. En el evento que el plazo para entregarla correctamente emitida se extinguiere un día inhábil, se extenderá al siguiente día hábil para su entrega. Lo anterior se aplica para todas las garantías indicadas en la presente cláusula.
Todos los gastos financieros que irrogue la mantención de las garantías serán de cargo de los proponentes y es de su responsabilidad mantenerlas vigentes por el periodo que caucionan.
La gestión de todas las garantías estará a cargo de la Jefatura del Departamento de Operaciones y Logística del Servicio de Salud Metropolitano Central, quien será responsable, especialmente, de lo siguiente:
- Adoptar los resguardos necesarios para la entrega oportuna de las garantías en las dependencias del Servicio de Salud Metropolitano Central;
- Corroborar que el tipo de garantía entregada, su monto, vigencia y glosa, corresponda a lo exigido en estas bases, y representar esta situación a la Comisión Evaluadora, Referencia Técnica y/o a la Subdirección de Administración y Finanzas SSMC, según sea el caso, cuando exista una discrepancia en ese sentido.
- Velar por el reemplazo y/o devolución definitiva de las garantías a los proponentes y/o proveedores, según sea el caso.
15.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El oferente deberá garantizar la seriedad de la oferta, mediante algún instrumento a la vista e irrevocable, que sirva de suficiente caución, suscrito a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, RUT 61.608.600-6, por un monto de $1.000.000.- (un millón de pesos), que deberá expresarse en pesos chilenos. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente deberá subir copia escaneada del instrumento de caución al portal mercado público, junto con el resto de los antecedentes. Los proponentes que no presenten la Garantía de Seriedad de la Oferta hasta la hora y fecha establecida en las presentes bases, quedarán impedidos de participar en la presente licitación. Esta garantía no devengará intereses, ni reajustes, y será restituida al adjudicatario una vez que éste suscriba el contrato respectivo y realice la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
- LA GLOSA que deberá señalarse en el presente instrumento deberá consignar que la misma: “garantiza seriedad de oferta, suscripción contrato dentro de plazo establecido en Bases y constitución y entrega oportuna de garantía fiel y oportuno cumplimiento”, citándose el nombre y Nº ID de la presente licitación.
- VIGENCIA: Esta garantía deberá tener una vigencia mínima de 90 días corridos, a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas. En caso de vencimiento de las ofertas, se solicitarán a los proveedores con ofertas admisibles, las actualizaciones de sus documentos de garantías, a través de foro inverso, en un plazo no superior a 48 horas.
- ENTREGA DE GARANTÍA: La entrega de esta garantía deberá efectuarse a más tardar, el día y hora indicados para el cierre de recepción de ofertas, conforme al cronograma de licitación contenido en las presentes Bases. En el caso de la póliza de seguro electrónica, ésta deberá remitirse directamente a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl).
- EXIGIBILIDAD Y COBRO: Esta boleta de garantía se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas, y de todas las obligaciones que se imponen al oferente. El Servicio de Salud Metropolitano Central, podrá ejecutar cuando se configure cualquiera de los riesgos que caucione, y aquellos dispuestos como causal de readjudicación, conforme a lo prevenido en las presentes bases.
El Servicio de Salud Metropolitano Central, podrá hacerla ejecutar unilateralmente por vía administrativa sin forma de juicio, en los siguientes casos:
a) Si el oferente se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de la misma.
b) Si se presentare una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error.
c) Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo respectivo, o no se inscribe en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (ChileProveedores), dentro del plazo señalado en las presentes Bases Administrativas.
d) Si el adjudicatario no entrega en forma oportuna la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato y de pago de obligaciones laborales y sociales.
- DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DE SERIEDAD
El documento de Garantía de Seriedad de la Oferta será devuelto sin reajustes ni intereses, ni costo alguno para el Servicio de Salud Metropolitano Central, y se efectuará de la siguiente forma:
- Devolución por no adjudicación
Dicho documento será devuelto por el Servicio dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la adjudicación de la licitación (salvo en el caso del proveedor adjudicado y las 2 ofertas que le siguen en puntaje). Los documentos serán endosados por el Departamento de Finanzas y liberados por el Depto. de Operaciones y Logística, para que el proveedor pueda retirar desde Tesorería del Servicio de Salud Metropolitano Central, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs., cesando desde este momento, la responsabilidad de custodia del documento para el Servicio de Salud Metropolitano Central, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 43 del Reglamento de la Ley de Compras.
- Devolución por adjudicación
Para el caso del proveedor con el mayor puntaje y los dos proveedores con los puntajes siguientes, se les devolverá una vez que el proveedor adjudicado firme el respectivo contrato y haga entrega del documento de Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.En caso de que el proceso de adjudicación supere la fecha de vigencia establecida, se solicitará la renovación del documento de Seriedad de la Oferta. De no renovarse dicha garantía, se entenderá por desistida su oferta e inmediatamente se procederá a adjudicar al oferente del segundo lugar; si la oferta del segundo lugar se diese también por desistida por la misma causa, se procederá a la adjudicación con el tercer lugar. Los documentos serán endosados por el Departamento de Finanzas y liberados por el Depto. de Operaciones y Logística, para que el proveedor pueda retirar desde Tesorería del Servicio de Salud Metropolitano Central, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 13:00 hrs, cesando desde este momento la responsabilidad de custodia del documento para el Servicio de Salud Metropolitano Central.
15.2 GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El oferente deberá garantizar el fiel cumplimiento del Contrato, mediante algún instrumento que sirva de caución, a la vista e irrevocable tomado a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, R.U.T. N° 61.608.600-6, cuyo monto será de 5% del valor total del contrato y se expresará en pesos chilenos.
En caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato, lo que incluye también el cumplimiento imperfecto o tardío, el Servicio de Salud Metropolitano Central, estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones que el del Servicio de Salud Metropolitano Central pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Además, con cargo a la garantía vigente, podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten al oferente, siempre. También podrá utilizarse la Garantía de fiel y oportuno cumplimiento, a la situación de incumplimiento de parte del proveedor, de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores y/o dependientes.
Esta garantía será custodiada por el Departamento de Finanzas del Servicio y será devuelta, una vez transcurrido el plazo de vigencia de la misma y certificado el cumplimiento del contrato por el Servicio, a solicitud escrita dirigida al director del Servicio, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos.
- VIGENCIA: Esta garantía deberá tener una vigencia igual al período de validez del contrato aumentado en 60 días hábiles. El plazo será computado a partir de la fecha de firma del contrato. Dicha garantía quedará en poder del del Servicio de Salud Metropolitano Central, mientras dure el período de vigencia
- GLOSA: La entrega física se realizará mediante sobre cerrado que deberá ser rotulado completando la siguiente leyenda:
“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, por la licitación Servicio de aseo para dependencias de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central”, indicándose el Nº de ID de la presente licitación. Para el caso de vale vista, la glosa deberá escribirse en la parte posterior de la garantía.
- PROCEDIMIENTO PARA EJECUTAR LA GARANTÍA: La entidad licitante de forma previa a la ejecución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato, deberá otorgar al proveedor el respectivo traslado, de acuerdo a lo señalado por el artículo 79 TER del Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, para lo cual se aplicará de forma análoga el procedimiento establecido en la cláusula 16.2 de las presentes Bases Administrativas.
- ENTREGA DE GARANTÍA: El documento de garantía deberá ser presentado dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, junto con la suscripción del contrato.
Si transcurridos 10 días hábiles desde la adjudicación, el proveedor no presentase la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del Contrato, el Servicio de Salud Metropolitano Central, se reserva el derecho a dejar sin efecto la adjudicación, y proceder a la contratación con el proveedor que le sigue en puntaje, de acuerdo a lo indicado en el Acta de Evaluación respectiva.
Con todo, una vez vencido el primer año de la prestación del servicio, el empresa adjudicada podrá sustituir dicha garantía por otra equivalente al 5% del proporcional de meses restantes de lo contratado (12 meses), para lo cual el proveedor deberá solicitar por escrito esta opción. La vigencia de esta nueva garantía deberá ser de 60 días hábiles después de terminado el vínculo contractual, su glosa indicará que “cauciona fiel y oportuno cumplimiento contrato Servicios de Aseo Dirección SSMC”, indicándose el Nº ID de la presente licitación, y se expresará en pesos.
- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA: Esta garantía será custodiada por la Jefatura del Departamento de Operaciones y Logística del Servicio de Salud Metropolitano Central, y será devuelta si procediere, una vez transcurrido el plazo de vigencia de la misma, y certificado previa consulta al Referente Técnico designado en las bases de licitación, sobre el cumplimiento total y efectivo de lo contratado, a solicitud escrita dirigida al Servicio de Salud Metropolitano Central, ya sea del proponente o de su personal autorizado expresamente para estos efectos. Para efectos de lo anterior, se entiende que las obligaciones del proveedor tienen el carácter de indivisibles.
En caso de prorrogarse el contrato, esta garantía será devuelta al momento de entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en las condiciones señaladas en las presentes bases.
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16° DEL TÉRMINO ANTICIPADO DE LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO |
16.1 Causales de terminación anticipada de la ejecución del servicio
Sin perjuicio de las causales establecidas en el artículo 77° del DS Nº 250/04, del Ministerio de Hacienda, la orden de compra se cancelará, sin derecho a indemnización, por cualquier incumplimiento grave de parte del proveedor respecto de las obligaciones contraídas en virtud de la aceptación de la orden de compra.
La Dirección, a petición de la Referencia Técnica, podrá poner término definitivo o suspender transitoriamente la ejecución de los servicios en cualquier momento, por causales ajenas a la responsabilidad del proveedor, tales como, emergencia nacional, instrucciones superiores de instituciones que financian los servicios, legislaciones u otro motivo de fuerza mayor, dando aviso por escrito a éste.
Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en el literal b), se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del contratante, facultando al Servicio de Salud Metropolitano Central para poner término anticipado al contrato, entre otras, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la Referencia Técnica del Servicio de Salud:
- Si el contratante inicia un procedimiento de reorganización y liquidación de empresas y/o persona, consagrado en la Ley N° 20.720.
- Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de los bienes del contratante.
- Si el contratante ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
- Si el contratante ha acordado llevar la orden de compra a un comité de inspección de sus acreedores.
- Si el contratante se disuelve y procede a su liquidación.
- Si el contratante o alguno de los socios del contratante fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
- Si al contratante le fueren protestados documentos comerciales que mantuviere impagos durante 60 días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
- Si no ha efectuado dentro de 15 días después de haber sido notificado por escrito por la Referencia Técnica el reemplazo de materiales, equipos o personal que hayan sido rechazados.
- Si a juicio de la Referencia Técnica no cumple con las obligaciones estipuladas.
- Si es declarado en quiebra, solicita su quiebra, o inicia proposiciones de convenio con sus acreedores.
- Si incurre en multas que en su totalidad sobrepasen un 30% del valor total de la contratación.
El incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones precedentes, u otra cualquiera las Bases o del contrato, en cualquier forma o por cualquier razón, será causal suficiente para que el Servicio de Salud Metropolitano Central pueda poner término inmediato al contrato sin que el contratante tenga derecho a indemnización de ninguna especie, circunstancia que éste declara conocer y aceptar por cuanto esta prohibición ha sido determinante para la celebración del presente contrato.
Efectuado el término anticipado del contrato por cualquiera de las causales señaladas precedentemente (a excepción a las causales de resciliación y por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud) se mantendrán las garantías y retenciones del convenio, las que servirán para responder del pago de las multas que afecten al contratante o cualquier otro perjuicio que resultare para el Servicio de Salud Metropolitano Central, con motivo de ese incumplimiento.
Lo establecido en esta cláusula es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
16.2 Procedimiento para proceder al Término Anticipado por Incumplimiento
En virtud de lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas contenido en el Decreto N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, las Bases deberán contemplar un procedimiento para aplicación de las medidas que se adopten para los casos de incumplimientos que respete los principios de contradictoriedad e impugnabilidad. Para lo anterior se establece el siguiente procedimiento:
Frente el incumplimiento del proveedor de cualquiera de las obligaciones que deriven de las Bases y orden de compra, el Referente Técnico, dará cuenta de ello mediante Informe fundado a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central. El Servicio, a la vista del Informe, dirigirá Oficio Ordinario al domicilio que el proveedor hubiere proporcionado, dentro de los antecedentes que integran la licitación, para comunicar el/los hecho/s que se le imputa/n como incumplimiento (s) en relación a lo dispuesto en las Bases y la orden de compra. Eventualmente el Servicio requerirá antecedentes y se le otorgará traslado para que dentro del plazo de 5 días hábiles siguientes a la notificación del antedicho Oficio, manifieste sus descargos en relación a los hechos que se le imputan. No se aceptarán descargos fuera del plazo mencionado, y deberán ser presentados de forma escrita y de la forma que resulte más expedita al Servicio.
La medida a aplicar deberá formalizarse a través de una resolución fundada, que se pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
16.3 Incumplimiento de Obligaciones por causa de Fuerza Mayor
No será causal de término de la orden de compra, el incumplimiento de las obligaciones del proveedor derivado de una catástrofe natural que impida el acceso al área de trabajo o de otra causal de fuerza mayor.
Se entenderá como fuerza mayor para los efectos de la orden de compra los hechos imprevisibles que no dependen de la voluntad de las partes, que afecten o incidan directamente en sus respectivas capacidades para cumplir con las obligaciones contraídas en el respectivo en la orden de compra del Portal www.mercadopublico.cl, las que son entre otras, el sabotaje, catástrofes naturales, guerra declarada, rebelión o revolución, actos de gobierno.
Si una u otra parte se ve impedida de cumplir con sus obligaciones contractuales por alguna causa de fuerza mayor, deberá notificar a la otra parte por escrito en un plazo no superior a 5 días corridos desde iniciada la causa de fuerza mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos en el contrato o en la orden de compra. La causal invocada deberá ser aceptada o rechazada por escrito por la otra parte, dentro del plazo de 10 días corridos desde que haya sido notificada, conforme al mérito de los antecedentes.
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17° MULTAS |
Cada vez que el contratante incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, el Servicio de Salud Metropolitano Central podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratante ante la Referencia Técnica.
17.1 Procedimiento para Aplicación de multas e Impugnación de las mismas:
17.1.1 Procedimiento de aplicación de multas.
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases sean constitutivos de multa, el Referente Técnico del Dpto. de Operaciones y Logistica de este Servicio, dará cuenta mediante Informe fundado al Director del Servicio de Salud Metropolitano Central del hecho de haber incurrido el contratante en alguna infracción, y propondrá la aplicación de las multas que en el presente acápite más adelante se indican.
17.1.2 Impugnación de multas
El Director del Servicio de Salud Metropolitano Central, a la vista del Informe, dirigirá oficio ordinario al domicilio que este último hubiere proporcionado dentro de los antecedentes que integran la licitación, mediante el que comunicará el/los hecho/s que se le imputa/n como incumplimiento en relación a lo dispuesto en las presentes Bases; la/s multa/s asociada/s a dicho/s incumplimiento/; requerir eventualmente antecedentes y se le comunicará y otorgará traslado para que en el plazo de 5 días hábiles siguientes a la notificación del antedicho oficio, manifieste sus descargos en relación a los hechos que se le imputan y las multas asociadas a los mismos. No se aceptarán descargos fuera del plazo mencionado. Los descargos deberán ser presentados de forma escrita y de la forma que resulte más expedita al domicilio de la Referencia Técnica, indicado en las presentes bases (Victoria Subercaseaux Nº 381, comuna de Santiago), o bien mediante correo electrónico que la Referencia Técnica le indique.
La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al contratante en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado por el proveedor, para efectos que éste pueda ejercer los derechos que le concede la ley al respecto. La notificación que se efectúe mediante carta certificada, se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente. El procedimiento de aplicación de multas y la reposición de ella se regirán por lo establecido en las presentes Bases, en la Ley 19.886 y su Reglamento, y en la Ley 19.880, en lo pertinente.
Si el o los adjudicatarios hubiesen repuesto la multa dentro de plazo, el Director(a), evaluando los antecedentes y, mediando a este respecto informe de la Referencia Técnica, resolverá mediante Resolución fundada en un plazo no mayor a 30 días contados desde la fecha de ingreso de dicha reposición consignada por Oficina de Partes del Servicio de Salud Metropolitano Central.
17.2 Pago de Multas
En caso que no se hubiese recurrido la multa por parte del proveedor o si alegada la aplicación de la multa, no se hubiese acogido tal por parte de la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, se dispondrá de su pago, el cual podrá efectuarse directamente por el proveedor mediante transferencia electrónica a nombre del Servicio de Salud Metropolitano Central, dentro de un plazo de 15 días corridos, a contar de la fecha en que se notifique la respectiva multa. También podrá ser pagada vía transferencia bancaria a la cuenta del Servicio de Salud Metropolitano Central, con los siguientes datos:
N° de Cuenta : 9276491
Tipo de cuenta : Corriente
Banco : Banco Estado
R.U.T. : 61.608.600-6
La transferencia bancaria deberá ser acreditada por parte del Departamento de Finanzas del Servicio de Salud Metropolitano Central, previo aviso del proveedor vía correo electrónico, para ser validada.
El Director del Servicio de Salud Metropolitano Central deberá arbitrar las medidas necesarias para cumplir con el imperativo de cobro de las multas generadas, incluso mediante la vía judicial, en caso de ser justo y necesario.
La Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Central, se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, por indicaciones de la Referencia Técnica, sin perjuicio de las demás acciones legales que fueren procedentes.
17.3 Mecanismo de Aplicación se multas:
Para los efectos de la aplicación de multas, la causal que puede originarlas es la siguiente:
17.3.1 Respecto de las Actividades de Aseo y Limpieza
EVENTO
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POR INCIDENTE
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TOPE
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TÉRMINO DE CONTRATO
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Cuando no se realiza una actividad indicada como diaria.
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1 UF
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10 UF
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Al segundo tope de 10 UF durante el contrato, se procederá a dar término de éste y readjudicar al siguiente oferente con mayor puntaje
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Cuando no se realiza una actividad indicada como semanal.
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1 UF
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10 UF
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Cuando no se realiza una actividad indicada como mensual.
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3 UF
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6 UF
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Al segundo tope de 6 UF durante el contrato, se procederá a dar término de éste, y se procederá a la readjudicación
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Cuando no se realiza una actividad indicada como trimestral.
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5 UF
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10 UF
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Al segundo tope de 10 UF durante el contrato, se procederá a dar término a éste y se procederá a la readjudicación.
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17.3.2 Respecto de los Horarios a Efectuar las Actividades Diarias
EVENTO
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POR INCIDENTE
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TOPE MAXIMO EN UN AÑO
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TERMINO DE CONTRATO
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Cualquier infracción a lo indicado en el punto 2.3 de las presentes Bases Técnicas.
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1 UF
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20 UF
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Cuando cumpla 20 UF o más durante el contrato, procediendo a la readjudicación.
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17.3.3 Respecto del Personal del Adjudicatario
EVENTO
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POR INCIDENTE
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TOPE MAXIMO EN UN AÑO
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TERMINO DE CONTRATO
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Cualquier infracción a lo indicado en el capítulo 3 de las Especificaciones Técnicas (con excepción del punto 3.8).
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1 UF
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10 UF
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Cuando cumpla 15 UF o más durante el contrato, procediendo a la readjudicación.
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17.3.4 Respecto de los Equipos e Insumos Requeridos para el Servicio
EVENTO
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POR INCIDENTE
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TOPE MAXIMO
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TERMINO DE CONTRATO
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El uso de productos químicos y/o solventes no autorizados por el mandante.
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4 UF
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2 incidentes
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Cuando cumpla 15 UF o más durante el contrato, procediendo a la readjudicación.
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No utilizar dos (2) baldes en la labor de trapeado, en cualquier recinto.
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1 UF
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10 incidentes
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Cuando cumpla 15 UF o más durante el contrato, procediendo a la readjudicación.
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Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma acumulada, un 30% del valor total de la contratación.
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18° FIJACIÓN DE DOMICILIO Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS |
Para los efectos de la presente licitación, y emisión de orden de compra respectiva, las partes acuerdan fijar como domicilio, la comuna de Santiago de la Región Metropolitana, y acuerdan someterse a la Jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
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19° RESPONSABILIDAD |
El proveedor deberá dar cumplimiento a todas las obligaciones legales sobre higiene, seguridad, accidentes del trabajo, enfermedades profesionales y, en general, con todas las normas laborales y tributarias o demás contenidos en la legislación y reglamentación vigentes. En este sentido, la empresa contratada quedará especialmente sujeta a las disposiciones contenidas tanto en el Código del Trabajo como a la legislación complementaria de dicho código en cuanto a las relaciones con sus trabajadores, en especial las previsionales.
El Proveedor será el responsable en caso de daños ocasionados a las personas o a propiedad pública o privada que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o sus empleados en cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, como asimismo respecto de terceras personas subcontratistas que circunstancialmente estén trabajando para ese Proveedor a propósito del convenio.
El Servicio de Salud Metropolitano Central, no será responsable ni asumirá costos originados por accidentes de trabajo que afecten al personal de la empresa contratante, por lo que será responsabilidad de ésta tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, la empresa contratante libera al Servicio de Salud Metropolitano Central de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en la prestación de los servicios materia de este encargo encomendado.
El proveedor será responsable por los daños ambientales que pudiera ocasionar producto de la ejecución de los servicios contratados. La Dirección no se hará responsable de ningún tipo de pérdida, hurtos o extravíos dentro de sus instalaciones.
Durante la ejecución de los servicios el proveedor no sólo será responsable de los daños y perjuicios que sean producto de sus propias acciones u omisiones, sino que también del hecho de sus dependientes, de acuerdo a lo establecido en la normativa civil vigente, y en particular lo establecido en los artículos 2.320 y 2.322 del Código Civil.
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20° SUBORDINACIÓN Y DEPENDENCIA |
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con Ia Superintendencia, sino que exclusivamente con el Proveedor, sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 20.123.
Se deja establecido que el proveedor durante la ejecución del contrato, sólo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el proveedor deberá solicitar, por escrito, autorización a la Referencia Técnica, y deberá constatar y acreditar que los socios o administradores de las empresas subcontratadas no se encuentren afectos a alguna de las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los artículos 4° de la Ley N° 19.886, y 92° de su Reglamento.
Corresponderá a la Referencia Técnica calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Servicio de Salud Metropolitano Central, y por los daños directos, previstos, imprevistos o perjuicios de cualquier naturaleza que se causen por él, sus dependientes o subcontratistas, sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 20.123.
No obstante todo lo anterior, y cada vez que el Servicio de Salud Metropolitano Central así lo requiera, el proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éste último les corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.
En caso de que el proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El Servicio de Salud Metropolitano Central exigirá que el proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento del proveedor de alguna de las obligaciones establecidas en el presente numeral será estimado como incumplimiento grave y facultará al Servicio de Salud Metropolitano Central para poner término anticipado al contrato en conformidad con dispuesto en las Bases.
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21° NOTIFICACIONES |
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación. Lo anterior, conforme lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
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22° OTROS |
El adjudicatario deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes del Servicio de Salud Metropolitano Central que conozca con motivo del contrato, y no podrá hacer uso de éstos para fines ajenos a las presentes bases y bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio, revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte, esta información; ya sea durante la vigencia de la orden de compra como después de su finalización. Esta prohibición afecta al adjudicatario, su personal directo e indirecto y al personal de éstos, en cualquier calidad que se encuentren ligados a la ejecución de los servicios en cualquiera de sus etapas y su responsabilidad será solidaria. En caso de incumplimiento, el Servicio de Salud Metropolitano Central podrá terminar anticipadamente la ejecución de los servicios, de acuerdo con lo especificado en la sección respectiva de estas bases.
La presente contratación no significa impedimento para que el Servicio de Salud Metropolitano Central pueda contratar otros servicios de similar naturaleza, con otras personas, si a su juicio exclusivo fuere necesario para el mejor desarrollo de las funciones que le competen.
Los derechos y obligaciones que emanen del presente contrato no podrán ser cedidos ni total ni parcialmente por el proveedor bajo ningún respecto. Excepción: norma legal especial que lo permita. Art. 74 Decreto N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda.
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23° CRONOGRAMA DE LICITACIÓN |
Los plazos a que se hace referencia en esta licitación serán de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario. Sin embargo, si un plazo de día corrido vence en día inhábil, se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente. Los días inhábiles corresponderán a los sábados, domingos y festivos. El plazo del cierre para la recepción de ofertas no puede vencer en días inhábiles ni en día lunes o en un día siguiente a un da inhábil antes de las 15:00 horas. La fecha de publicación en el referido portal es el plazo inicial, o día uno del presente proceso licitatorio. A modo de ilustrar adecuadamente a los proponentes, se informan los hitos y plazos relevantes del proceso de licitación, como sigue:
Fecha de publicación en el portal www. publico.cl.
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Dentro de los 10 días corridos siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes Bases de licitación.
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Visita a terreno (Obligatoria)
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A las 10:00 hrs. del segundo día corrido a contar de la fecha de publicación de la resolución que aprueba las presentes Bases de licitación, o en el horario que por este medio se informe, en calle Victoria Subercaseaux N° 381, comuna de Santiago.
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Fecha inicio preguntas.
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Desde la fecha de publicación de la resolución que aprueba las presentes Bases de licitación
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Fecha final de preguntas.
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Hasta las 15:00 hrs. del quinto día corrido a contar de la fecha de publicación de la resolución que aprueba las presentes Bases de licitación
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Fecha de publicación de respuestas.
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A las 15:00 hrs. del sexto día corrido a contar de la fecha de publicación de la resolución que aprueba las presentes Bases de licitación.
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Fecha de cierre de recepción de ofertas.
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A las 15:00 hrs. del décimo día corrido a contar de la publicación de la resolución que aprueba las presentes Bases de licitación..
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Fecha de Apertura Electrónica
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A las 15:01 hrs. del día de cierre de recepción de ofertas.
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Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la Comisión de Evaluación.
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Dentro de las 48 hrs. siguientes a la fecha de solicitada la aclaración a través del Aplicativo “Aclaraciones” en el Portal de Mercado Público.
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Fecha estimada de evaluación de las ofertas.
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Hasta el vigésimo día corrido siguiente a la fecha de cierre de recepción de propuestas
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Fecha estimada de adjudicación.
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Hasta el trigésimo día corrido siguiente a la fecha de cierre de recepción de propuestas.
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Fecha estimada de suscripción de contrato definitivo y entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento.
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Hasta el décimo día hábil siguiente a la fecha publicación de la Resolución de adjudicación.
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II. BASES TÉCNICAS LICITACIÓN PÚBLICA “SERVICIO DE ASEO PARA DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN DEL SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL” |
- CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. Las presentes especificaciones técnicas indican el servicio de aseo e higiene requerido por el Servicio, y las exigencias que se tendrán en cuenta para el control y evaluación del respectivo contrato.
1.2. En cada caso se señalan las condiciones de calidad y acreditación de la misma que deben contemplar las empresas oferentes para presentar sus propuestas, y para la ejecución del servicio por parte del adjudicatario.
1.3. El Servicio se reserva el derecho de representar oficialmente a la empresa adjudicada cualquier disconformidad en la calidad de la prestación del servicio, durante el período de vigencia del contrato; o por deficiente desempeño o conducta del personal asignado. Esto, sin desmedro de las medidas que se indican en cada uno de los temas que se tratan en puntos siguientes de las presentes Bases Técnicas. La persistencia de problemas, sin visos de solución a juicio del Servicio, podrá ser motivo de caducidad anticipada del contrato.
1.4. Condiciones del Proveedor: será importante en la evaluación de las ofertas, la experiencia de la empresa y los antecedentes que se recaben de los clientes actuales y anteriores del oferente (Anexo 5).
- ESPECIFICACIONES SOBRE EL SERVICIO
2.1. De los recintos cuyo aseo e higiene se licita
El Servicio de Salud Metropolitano Central cuenta con oficinas que comprenden tres dependencias, las cuales en su conjunto permiten obtener una población permanente de al menos 200 funcionarios, quienes desarrollan sus actividades principalmente dentro de las oficinas, considerando las tres dependencias, la superficie alcanza aproximadamente 2.850 m² construidos más un estacionamiento el cual se ubica en Victoria Subercaseaux y que contiene un área de 350m².
Además, se debe considerar la coordinación del retiro de las basuras entre la supervisión de la empresa adjudicada por este servicio, con los camiones recolectores de la I. Municipalidad de Santiago.
Por último, se debe considerar en la propuesta la mantención de un comedor ubicado en el subterráneo del edificio en Victoria Subercaseaux Nº 381, debiendo mantener el aseo y la loza en perfectas condiciones, de tal forma que el espacio y los utensilios que allí se encuentran estén dispuestos para ser usados en los horarios que sea necesario.
Las dependencias del Servicio de Salud Metropolitano Central están distribuidas de la siguiente manera:
- En calle Victoria Subercaseaux Nº 381: Edificio de 7 pisos (incluido subterráneo), de aproximadamente 2.000 m², más estacionamiento de 350 m². En este caso, se debe considerar la limpieza diaria del frontis del edificio, incluyendo las calles Victoria Subercaseaux y Merced.
- En calle José Miguel de la Barra Nº 536 piso 2: Oficinas de 300 m²
- En calle Merced Nº 280: Oficina de 290 m². (distribuidos en oficina 21 y 22)
2.2. De las Actividades de Aseo y Limpieza
Todas las actividades de aseo que realice la Empresa adjudicada al interior del Servicio deberán efectuarse a lo menos de acuerdo a las pautas de aseo diario, semanal, quincenal y trimestral que se indican en los recuadros para:
- José Miguel de la Barra 536, piso 2.
- Merced 280, piso 2.
- Victoria Subercaseaux 381, 6 pisos.
2.3. De los horarios a comenzar actividades diarias
El Servicio de Salud Metropolitano Central funciona regularmente de lunes a viernes, entre las 7:00 y 20:00 horas, y dos sábados al mes entre 8:00 y 18:00 hrs., excepto festivos. Se contempla que el oferente considere que el desarrollo de los trabajos se debe acotar a los horarios establecidos de lunes a viernes y los dos días sábado en que se abre el edificio para que se programen a lo menos las actividades más intensas de aseo que se describen en el punto 2.2.
Los turnos y el personal que el Servicio requiere como mínimo son:
- En Victoria Subercaseaux 381, 7 pisos:
- Un turno de 6 personas de lunes a viernes desde las 7:00 a 16:00 horas.
- Otro turno de 6 personas de lunes a viernes de 12:00 a 20:00 horas, el día viernes este segundo turno entra una hora antes y sale a las 19:00 horas.
- Este Servicio de Salud abre 2 días sábado en el mes para realizar aseo terminal en horario de 8:00 a 18:00 horas, estos parámetros podrán ser modificados de común acuerdo conforme lo requiera el Servicio.
- En José Miguel de la Barra 536, piso 2:
- Una persona de lunes a viernes desde las 7:00 a las 16:00 horas.
- Este Servicio de Salud abre 2 días sábado en el mes para realizar aseo terminal en horario de 8:00 a 18:00 horas, estos parámetros podrán ser modificados de común acuerdo conforme lo requiera el Servicio.
- Una persona de lunes a viernes desde las 7:00 a las 16:00 horas.
- Este Servicio de Salud abre 2 días sábado en el mes para realizar aseo terminal en horario de 8:00 a 18:00 horas, estos parámetros podrán ser modificados de común acuerdo conforme lo requiera el Servicio.
La empresa adjudicada deberá mantener en las dependencias un libro de control de asistencia previamente visado por la Inspección del Trabajo, en donde se consignará: la identificación de cada trabajador, el nombre, los dos apellidos, número de C.I., hora de entrada y salida en cada jornada.
- ESPECIFICACIONES SOBRE EL PERSONAL DEL ADJUDICATARIO
3.1. El Adjudicatario deberá entregar al momento de la suscripción del ontrato, una nómina del personal de su dependencia que con motivo del contrato podrá tener acceso al Servicio. Dicha nómina deberá indicar al menos lo siguientes datos para cada persona: nombre completo, teléfono y número de cédula de identidad. Además, el adjudicatario deberá presentar una fotocopia del Certificado de Antecedentes de cada uno de sus trabajadores asignados al contrato, el que no deberá tener una antigüedad mayor a 2 meses contados a la fecha de cierre de esta licitación y en los que conste que se trata de personas sin antecedentes.
En caso de cambio de personal, el Adjudicatario deberá hacer llegar la información al Servicio, previo a la puesta en funciones de la nueva persona.
La cantidad de personal que haya incluido el adjudicatario en su oferta, no podrá ser disminuido durante la vigencia del Contrato.
3.2. El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el contratista adjudicado (Art. 76 Decreto 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda).
3.3. El Adjudicatario será responsable de cualquier daño, desperfecto, pérdida y, en general, de todo menoscabo que su personal pueda ocasionar a los bienes del Servicio, aun cuando ocurran con motivo u ocasión de la ejecución de los servicios prestados y, por ende, quedará obligado a la reparación o pago por dichos daños.
De no responder el adjudicatario, en un plazo no superior a diez días, el Servicio podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
3.4. Todo el personal del adjudicatario deberá estar premunido de una tarjeta de identificación, proporcionada por éste, la que deberá incluir nombre de la empresa, nombre del funcionario, número de cédula de identidad y fotografía reciente. Dicha credencial deberá ser portada por el personal, prendida en la pechera del uniforme.
3.5. El adjudicatario deberá tener a todos sus trabajadores que presten el servicio contratado, afiliados en alguna Mutual de Seguridad. El Servicio no se responsabiliza de cualquier accidente que ocurriere al personal del adjudicatario.
3.6. El Servicio, sin expresión de causa, podrá solicitar, en cualquier momento, el inmediato retiro de cualquiera de los trabajadores del adjudicatario asignados al Contrato. Para lo anterior el Servicio efectuará dicha solicitud al representante legal de la Empresa, o a quien supervise el contrato por parte de ella.
3.7. El adjudicatario deberá presentar en su oferta un listado, con al menos cinco nombres, como personal de reserva para suplir de inmediato, cualquier ausencia de sus trabajadores.
3.8. El Supervisor del adjudicatario deberá demostrar experiencia y conocimientos básicos respecto de Aseo de recintos similares al edificio que se licita. Todo el personal de aseo y Supervisores deberá ser capacitado, por parte del adjudicatario, respecto de estas disciplinas, en lo que concierne a su función, antes de iniciar sus funciones en el Servicio y, permanentemente, durante la vigencia del Contrato.
3.9. Será obligación del adjudicatario instruir a su personal sobre normas de prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y conductas a desarrollar en casos de emergencia, por lo cual deberá mantener una estrecha coordinación con el personal del Servicio responsable de estas acciones.
3.10. El personal del adjudicatario deberá presentarse en condiciones de higiene óptimas, vale decir, bien aseado, uniforme limpio y en buen estado de conservación.
3.11. El personal del adjudicatario deberá observar todas las normas generales de conducta que establezca la Dirección del Servicio al interior del recinto, en lo referente a seguridad, lugares de circulación restringida y otros.
3.12. Queda terminantemente prohibido al personal del adjudicatario atender pedidos particulares de personal del Servicio, tales como salidas a pago de cuentas particulares, compras, gestiones privadas u otras similares. El funcionario que sea sorprendido en tareas que no son las señaladas en el contrato será objeto de cambio inmediato previa comunicación a la persona designada para la supervisión del servicio entregado.
3.13. En caso de emergencia calificada, el personal de la empresa deberá someterse a las indicaciones de seguridad que le sean señaladas por los responsables del Servicio; y deberá prestar su colaboración en aquellas tareas que se le soliciten, aun cuando éstas no sean parte de las especificadas en este contrato; siempre y cuando éstas no afecten la integridad o la seguridad de los funcionarios de la empresa.
- ESPECIFICACIONES SOBRE LOS EQUIPOS E INSUMOS REQUERIDOS PARA EL SERVICIO
4.1. Todas las herramientas, equipos, útiles, elementos de protección personal y, en general, todos los insumos necesarios para llevar a cabo los trabajos a contratar, serán de cargo del adjudicatario.
4.2. Las máquinas a vapor, lavadoras y abrillantadoras utilizadas por el adjudicatario deberán ser silenciosas, las aspiradoras deberán serlo en la medida posible.
4.3 El Adjudicatario no podrá utilizar ningún producto corrosivo o solvente sin antes consultar, por escrito, a su contraparte del Servicio.
4.4. El Servicio exigirá al Adjudicatario la adecuada dotación y reposición de baldes, traperos o mopas, hisopos, paños, así como también la exclusividad de su uso en determinados sectores, servicios o pisos. En el caso de los baldes, se debe considerar dos por cada trabajo de limpieza, uno para la solución limpiadora y otro para enjuagar.
- DE LA COORDINACION SUPERVISORES ADJUDICATARIO – SERVICIO
Los Supervisores del Adjudicatario deberán estar en permanente coordinación con su contraparte del Servicio, para que esto ocurra se hace necesario que la empresa provea de celulares a los Supervisores, de modo tal que estén ubicables toda vez que sea necesario.
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