Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
|
Hospital Psiquiátrico El Peral (61608106-3)
|
Fecha de vencimiento:
|
10-08-2024
|
Monto:
|
200000
Peso Chileno
|
|
Descripción:
|
Cada proponente deberá entregar una garantía que cumpla con lo exigido en el artículo 31 del reglamento, que sea a la vista y con carácter irrevocable, a orden del “Hospital Psiquiátrico El Peral”, RUT 61.608.106-3, en moneda nacional, por la suma de $ 200.000.- (Doscientos mil pesos),expresando claramente la obligación que cauciona, esto es garantía de seriedad de la oferta, y con una vigencia de 90 (noventa) días corridos contados desde la fecha de cierre para la presentación de propuestas en el portal del Sistema.
La presentación de esta boleta podrá ser física y presencialmente en las dependencias del Hospital Psiquiátrico El Peral, en un sobre cerrado en la Oficina de Partes (lunes a viernes: 09:00-16:00 hrs.), la cual, en caso de encontrarse conforme, será enviada a resguardo en el Departamento de Finanzas de la Institución. O de igual manera la presentación de esta boleta podrá ser adjuntada a su propuesta en el sistema de compras públicas la que será revisada una vez ocurra el acto de apertura correspondiente a los pazos del proceso licitatorio. La falta de entrega de esta garantía será causal para dejar sin efecto la inadmisibilidad de la oferta.
El Hospital Psiquiátrico El Peral podrá hacer efectiva esta boleta en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el proponente desiste de su propuesta o la retira unilateralmente, durante el período de vigencia de la misma.
b) Si el adjudicatario no entrega en forma oportuna la Boleta de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio que el retraso sea a causa de la tramitación del Servicio.
c) Si el adjudicatario no suscribe el contrato o no acepta o rechaza la orden de compra por causas ajenas o injustificables a la contratación, según corresponda, dentro del plazo respectivo o no entrega los antecedentes solicitados para la suscripción del contrato, si los hubiere. Salvo que las razones sean imputables al Servicio.
d) Si el(los) proponente(s), en su oferta, acompañase(n) información alterada, falsificada o maliciosamente incompleta.
e) Si el adjudicatario no se inscribe en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado o no se habilita en los casos en que se encuentre inscrito, pero no habilitado, dentro del plazo fatal de 15 días, señalado en el Artículo 16 de la ley 19.886 y las políticas y condiciones de uso del sistema www.chilecompra.cl.
Como señala el párrafo segundo del presente numeral, toda oferta que no esté acompañada de la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta o que acompañándola, sea tomada por un período inferior al solicitado o sea tomada en condiciones diferentes a las requeridas (excepto por errores de forma), será declarada inadmisible, por no ajustarse a los términos de las presentes Bases, devolviéndose al oferente respectivo a partir del día siguiente hábil a la publicación de la Resolución de adjudicación, de inadmisibilidad o deserción del proceso licitatorio.
|
|
Glosa:
|
SERVICIO SUMINISTRO DE REPUESTOS Y OBRA DE MANO EN REPARACIONES Y MANTENCIÓN GENERAL POR 24 MESES, indicando el N.º de ID DE LICITACIÓN
|
|
Forma y oportunidad de restitución:
|
En el evento de que la propuesta sea declarada inadmisible, desierta o para los oferentes que no sean adjudicados, la boleta de garantía de seriedad de la oferta será devuelta dentro del plazo contemplado en el artículo 43 del reglamento de compras. Dicho plazo podrá extenderse, respecto de los oferentes no adjudicados, cuando se haga uso de la facultad de re adjudicar contemplada en estas bases, por quince (15) días hábiles más. Para el retiro de la garantía, se deberá presentar la fotocopia de cédula de identidad de la persona que retira y un poder notarial. Si quien retira es el representante legal, basta con presentar la escritura, donde se indique su facultad.
El mismo plazo señalado anteriormente regirá en el caso de que el proceso se declare desierto. En este caso, el plazo de devolución de las garantías será de diez días hábiles a contar de la notificación de la resolución que declare desierta la licitación, documentos que serán devueltos dentro de los días y horarios señalados en el artículo 43 del reglamento de compras.
|
|
Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
|
Hospital Psiquiátrico El Peral (61608106-3)
|
Fecha de vencimiento:
|
11-08-2025
|
Monto:
|
20
%
|
|
Descripción:
|
El proveedor adjudicado deberá garantizar el fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato entregando, dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la fecha en que se notifique la adjudicación de la propuesta en conformidad a lo previsto en estas Bases, documento pagadero a la vista y con carácter de irrevocable, por un monto en pesos de la moneda de curso legal equivalente al 20% (veinte por ciento) del monto total de adquisición de los servicios adjudicados propuesto por el oferente (se considera monto, IVA incluido, ofertado por el proveedor adjudicado), a nombre del Hospital, con una vigencia que exceda en sesenta días (60) corridos al plazo de duración del convenio, cumpliendo con los dispuesto en el artículo 68 del reglamento, la cual será condicionante para la formalización de la contratación. Esta garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en conjunto, representen el monto o porcentaje a caucionar. Se deja constancia que el cheque por su carácter de revocable queda excluido de entre los documentos admisibles como garantía.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato deberá entregarse en un sobre cerrado en la Oficina de Partes (lunes a viernes: 09:00-16:00 hrs.), previo a la formalización de la contratación, la cual, en caso de encontrarse conforme, será enviada a resguardo al Departamento de Finanzas de la Institución. La falta de entrega de esta garantía será causal para dejar sin efecto la adjudicación y proceder a la readjudicación o deserción, según el caso.
La garantía deberá ser emitida por un Banco, Institución Financiera o Institución de Garantía Recíproca (IGR) de la plaza, ser pagadera a su sola presentación (a la vista), irrevocable y sin ningún condicionamiento. En caso que se entregue una póliza de seguro para tal efecto debe cumplir con lo siguiente:
1. Debe excluir cláusula de arbitraje en los términos del artículo 72 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, toda vez que debe ser irrevocable, pagadera a la vista y de cobro inmediato.
2. Debe establecer que se hará efectiva en caso de multas aplicadas al contratista.
3. Pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores del contratista y subcontratistas en virtud del artículo 183 A y siguientes del Código del Trabajo.
|
|
Glosa:
|
PARA GARANTIZAR EL FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE SERVICIO SUMINISTRO DE REPUESTOS Y OBRA DE MANO EN REPARACIONES Y MANTENCIÓN GENERAL POR 24 MESES y para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones sociales y laborales con los trabajadores de los contratantes, señalando la ID de la licitación.
|
|
Forma y oportunidad de restitución:
|
La garantía de fiel cumplimiento del contrato y obligaciones laborales será devuelta una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo convenio y a su solicitud en el Departamento de Finanzas del Hospital (de lunes a viernes desde las 09:00 hrs hasta las 14:00 hrs), una vez cumplido su vencimiento o la aprobación del supervisor técnico del contrato para su devolución. Para el retiro de esta garantía se deberá presentar un poder notarial más la fotocopia de la cédula de identidad de la persona que la retira y el R.U.T. de la persona jurídica (en el evento que el oferente tenga dicha calidad). Si quien retira es el representante legal, basta la escritura para hacer retiro de la garantía, en la cual se indique su facultad.
En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la oferta correspondiente, el Hospital queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle al Hospital.
16.3 Normas comunes
a) Las Garantías: Boleta Bancaria a la vista, irrevocable. No se aceptarán como garantías pólizas de seguro.
b) Las Boletas de Garantías a la vista deberán ser tomadas a la orden del Hospital Psiquiátrico El Peral.
c) Las Garantías, que deberán ser tomadas por el oferente o en su nombre, expresarán claramente la obra que caucionan y el objeto específico de la misma.
d) Las garantías quedarán bajo la custodia del Departamento de Contabilidad del Hospital Psiquiátrico El Peral.
e) Todos los gastos financieros que irrogue la mantención de las garantías serán de cargo del contratista y éste será responsable de mantenerlas vigentes por el período que caucionan.
f) Las garantías no devengarán intereses ni reajustes.
|
|