1.-
1.- La necesidad de contratar servicios de aseo por un periodo de 24 meses para la Procuraduría Fiscal de Concepción del Consejo de Defensa del Estado, ubicada en calle Barros Arana N° 1098, 15° Piso- oficina 1501, Edificio del Centro;
2.- El Plan Anual de Compras año 2025;
3.- Que los servicios requeridos no se encuentran en los Contratos Marco de la Dirección de Compras y Contratación Pública vigentes a la fecha, por lo que
RESUELVO
1.- APRUÉBANSE las siguientes Bases Administrativas y Técnicas de la Licitación Pública para la adquisición de servicios de aseo por un periodo de 24 meses para la Procuraduría Fiscal de Concepción.
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA CONTRATACIÓN DE
“SERVICIOS DE ASEO EN LA PROCURADURIA FISCAL DE CONCEPCION”
(Bienes y Servicios superiores a 100 UTM)
1.- Características de la licitación
Nombre de la licitación Servicios de aseo para la Procuraduría Fiscal de Concepción por un periodo de 24 meses.
Descripción El objetivo de la licitación es contar con las condiciones óptimas de higiene y aseo general en las oficinas de la Procuraduría Fiscal de Concepción del Consejo de Defensa del Estado.
Tipo de licitación Licitación Pública para adquisición entre 100 y 1000 UTM
Tipo de convocatoria Abierto
Moneda Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura Una etapa
Modalidad Esta licitación podrá ser adjudicada a un solo proveedor por el total de los servicios licitados.
Publicidad de ofertas técnicas Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
Presupuesto máximo
El presupuesto máximo para esta contratación es de 393 Unidades de Fomento, impuestos incluidos.
2.- Antecedentes Básicos del Organismo Demandante
Razón Social CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO en adelante CDE
Unidad de Compra SUBDEPTO. ADMINISTRATIVO
R.U.T. 61.006.000-5
Dirección Agustinas 1225, 4º piso.
Comuna y Ciudad Santiago
3.- Etapas y Plazos
Fecha de Publicación viernes, 03 de enero de 2025
Visita a Terreno Voluntaria
miércoles, 08 de enero de 2025
Lugar: Calle Barros Arana N° 1098, 15° Piso- oficina 1501, Edificio del Centro, 12:00 horas.
Entrega de Muestras Plazo y Procedimiento
NO APLICA Lugar de entrega: No Aplica
Procedimiento: No Aplica
Plazo: No Aplica
Recepción de Consultas miércoles, 08 de enero de 2025
Entrega de Respuestas jueves, 09 de enero de 2025
Recepción de Ofertas lunes, 13 de enero de 2025 15:00 horas
Apertura de Ofertas lunes, 13 de enero de 2025 15:30 horas
Entrega Garantía de Seriedad de la Oferta No aplica
Fecha estimada de evaluación de ofertas martes, 14 de enero de 2025
Presentación de Antecedentes Omitidos, de acuerdo con el punto 10 letra C. 48 horas desde su requerimiento
Fecha de adjudicación viernes, 17 de enero de 2025
Ampliación de plazo de recepción de ofertas En caso de que no se haya recibido ofertas al cumplimiento del plazo de recepción de estas, y con el objeto de aumentar la participación de los oferentes, el CDE podrá extender este plazo hasta por 10 días hábiles. Al efecto el jefe del Departamento de Administración y Finanzas, o su suplente o subrogante legal, dictará la correspondiente Resolución Exenta, la que será publicada en el sitio www.mercadopublico.cl.
Conforme con lo anterior, podrán ampliarse los plazos establecidos en estas bases, tales como:
a) Apertura de licitación y Entrega Garantía de Seriedad de la Oferta
b) Presentación de antecedentes omitidos
c) Adjudicación.
Ampliación de plazo de adjudicación En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación establecida, la Jefa del Departamento de Administración y Finanzas o su suplente o su subrogante legal podrá ampliar el plazo en hasta quince días hábiles adicionales. En este caso se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, junto con la correspondiente resolución, informando las razones de la postergación y la nueva fecha de adjudicación.
Importante Los plazos de días señalados en las presentes bases corresponden a días corridos, salvo señalamiento expreso en contrario. En caso de ofertas con plazo en días hábiles, la conversión a días corridos se hará considerando días hábiles administrativos (no considerando sábados, domingos ni festivos).
4.- Instancia de preguntas y respuestas y modificaciones a las bases
Preguntas y respuestas Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3 de estas bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. El CDE dispondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, omitiendo el autor, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3.
Modificaciones a las bases Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los participantes puedan adecuar sus ofertas.
5.- Requisitos Mínimos para participar de la Oferta
Podrán participar en la presente licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, y/o uniones temporales de proveedores, que tengan la capacidad técnica y financiera que este servicio requiere en la presente licitación, y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 4º de la Ley Nº19.886.
A su vez, quedan excluidos de participar o de suscribir contrato en esta licitación, todos aquellos oferentes que les afecten las inhabilidades o incompatibilidades establecidas en el artículo 4º de la Ley Nº19.886, como tampoco las personas jurídicas condenadas por los delitos previstos en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas, cuando la sanción penal incorpore la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con el Estado, u otras normas legales pertinentes.
Asimismo, la participación del oferente en la presente licitación pública, implica que el oferente no tiene dudas respecto de los términos y condiciones expresados en la presente licitación, los que en consecuencia acepta expresamente. Cualquier declaración del oferente en su oferta, que contradiga la primacía de las bases, importará un incumplimiento de la obligación contemplada en este párrafo, y habilitará a este Servicio para declarar inadmisible dicha oferta.
Conforme con lo anterior, el oferente en la presente licitación debe declarar:
a) Aceptación de los términos y condiciones de esta licitación.
b) No haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los anteriores dos años.
c) No haber sido condenado dentro de los 5 años anteriores, por el Tribunal de la Libre Competencia, conforme a lo establecido en el artículo 26, letra d), del D.L. Nº 211, de 1973, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
d) No tener calidad de funcionario directivo del CDE.
e) No tener calidad de persona unida a directivos de este Servicio, por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
f) No ser sociedad de personas de las que los directivos del Servicio o sus parientes conforme a la letra anterior formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstos sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
g) No estar afecto a la prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con el Estado, por haber sido condenado por los delitos previstos en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
h) No estar afecto a la medida de inhabilitación para contratar con el Estado dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que la representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, se debe acreditar mediante declaración, que ésta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
i) En caso de Uniones Temporales de Proveedores (UTP), se formalizará mediante escritura pública, bastando esa única formalidad para la constitución de la UTP, así como dar cumplimiento al Art. N°67-bis del Reglamento de Compras, considerando que la, el representante de la UTP deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de presentar las ofertas, los integrantes de la UTP determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.
Las Inhabilidades del Art. 4° inciso 6 de la Ley 19.886, también regirán respecto de las empresas individuales de responsabilidad limitada y sociedad por acciones.
De todo lo anterior, cada oferente deberá prestar declaración jurada mediante formato dado en el mismo sitio correspondiente a la presente licitación, sin perjuicio de las facultades del CDE para verificar esta información, en cualquier momento, a través de Registro de Proveedores de Mercadopublico.
En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, la Declaración Jurada Simple, según Anexo N°5 deberá encontrarse firmada por cada uno de los integrantes, en qué se dé cuenta que cada una de las personas que la compongan no incurre en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades que se expresa.
Si el Consejo de Defensa del Estado detectaré falsedad en alguna de las declaraciones contenidas en la declaración jurada anterior, ello será causal de descalificación de la propuesta, sin perjuicio del derecho del CDE de ejercer las acciones legales que fueran procedentes.
6.- Instrucciones para presentar Ofertas.
Presentar Ofertas por Sistema Antecedentes
Anexos Administrativos. Adicionalmente, cada oferente deberá completar los datos que corresponda en el Anexo N°1 “Antecedentes del Oferente-Resumen Oferta”. El Anexo N°1 “Antecedentes del Oferente-Resumen Oferta”, es obligatorio y debe adjuntarse en el plazo de cierre de ofertas.
Los Anexos deben ser subidos al sistema www.mercadopublico.cl, como parte de la oferta, en anexos administrativos.
Anexos Técnicos
Cada oferta deberá incluir todas las especificaciones técnicas detalladas en estas bases de licitación. No se aceptarán ofertas incompletas.
Adicionalmente, cada oferente deberá completar los datos que corresponda en el Anexo N°1 “Antecedentes del Oferente-Resumen Oferta”. El Anexo N°1 “Antecedentes del Oferente-Resumen Oferta”, es obligatorio y debe adjuntarse en el plazo de cierre de ofertas.
Los Anexos mencionados deben ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl, junto con las certificaciones y los antecedentes indicados en dichos anexos.
Anexos Económicos La oferta económica deberá expresarse en valores netos, e incorporar en Anexo N°1 “Antecedentes del Oferente-Resumen Oferta”, el detalle de valores netos y totales. En caso de existir discrepancia entre los valores del sitio y del anexo, primarán los segundos. El Anexo N°1 “Antecedentes del Oferente-Resumen Oferta”, es obligatorio y debe adjuntarse en el plazo de cierre de ofertas.
Los Anexos mencionados deben ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl.
Observaciones Los Anexos arriba singularizados deberán ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los archivos anexos requeridos. Para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del "Comprobante de Envío de Oferta" que entrega el Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl . No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Excepcionalmente, se recibirán ofertas en formato material (papel), en la situación contemplada en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886. En este caso, los antecedentes podrán remitirse a la Oficina de Partes del CDE, calle Agustinas N°1225, piso 4, Santiago, dirigidos al Jefe del Subdepartamento Administrativo, y en el mismo plazo de presentación de ofertas establecido en el punto 3 Etapas y Plazos.
PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de él o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de estas.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Unión Temporal de Proveedores Se recomienda que el contenido del acuerdo de la Unión Temporal de Proveedores señale los siguientes aspectos básicos:
a) La responsabilidad solidaria de todos quienes conforman esta unión temporal de proveedores, respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante.
b) El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes de administración y representación para actuar por la Unión Temporal de Proveedores con la entidad licitante.
c) Serán socios de esta unión temporal solo quienes hayan concurrido a la presentación de la oferta en la presente licitación, no se permitirá el ingreso de terceros que no hayan sido debidamente incorporados en la presentación de las ofertas.
d) Definir la forma de facturación de la Unión Temporal de Proveedores.
e) Definir quién de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores va a tomar las garantías a nombre del Consejo de Defensa del Estado.
f) La duración de la unión temporal será el periodo de ejecución y hasta la liquidación del contrato con el Consejo de Defensa del Estado, más la renovación de contrato si procediere.
7. Garantía de Seriedad de la Oferta
NO SE REQUIERE PARA EL PRESENTE PROCESO LICITATORIO
8.- Antecedentes Legales para poder ser Contratado.
Persona Natural Encontrarse Inscrito en Registro de Proveedores de Mercadopublico.
Declaración jurada simple, según formato dado en el mismo sitio correspondiente a la presente licitación. Acreditar en www.mercadopublico.cl
Fotocopia simple de cédula de identidad de persona natural. Acreditar en Registro de Proveedores de Mercadopublico
Certificado de antecedentes Acreditar en Registro de Proveedores de Mercadopublico
Declaraciones anuales de impuestos de los dos últimos años Acreditar en Registro de Proveedores de Mercadopublico
Declaración de Iniciación de Actividades Acreditar en Registro de Proveedores de Mercadopublico
Patente Municipal al día Acreditar en Registro de Proveedores de Mercadopublico
Persona Jurídica Encontrarse Inscrito en Registro de Proveedores de Mercadopublico.
Declaración jurada simple, según formato dado en el mismo sitio correspondiente a la presente licitación. Acreditar en www.mercadopublico.cl
Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de total tramitación de la adjudicación; o bien, cualquier otro antecedente legal que acredite la vigencia del poder del representante legal, a la época de presentación de la oferta. Acreditar en Registro de Proveedores de Mercadopublico.
Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de total tramitación de la adjudicación. Acreditar en Registro de Proveedores de Mercadopublico
Certificado de la Tesorería General de la República, con una antigüedad no superior a 30 días corridos previos a la fecha límite de entrega de las ofertas, que acredite no registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un periodo superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente extendido. Acreditar en Registro de Proveedores de Mercadopublico
Certificado emitido por la Dirección o Inspección del Trabajo, con una antigüedad no superior a 30 días corridos previos a la fecha límite de entrega de las ofertas, que acredite no tener deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes. Acreditar en Registro de Proveedores de Mercadopublico
Declaraciones anuales de impuestos de los dos últimos años. Acreditar en Registro de Proveedores de Mercadopublico
Copia de escritura de Constitución y de todas las modificaciones posteriores, sus respectivas copias de inscripción en el Registro de Comercio y las publicaciones de los extractos en el Diario Oficial.
Acreditar en Registro de Proveedores de Mercadopublico
Observaciones Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas, entre los cuales se encuentran los artículos 136, 139, 139 bis y 139 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el artículo 27 de la Ley N° 19.913, en el artículo 8° de la Ley N°18.314, en el Título I de la ley que sanciona delitos informáticos, en el Título II de la ley N° 17.798, sobre control de armas y en los artículos 240, 250, 251 bis, 287 bis, 287 ter, 318 ter, 411 quáter, 448 septies, 448 octies, 456 bis A y 470, numerales 1° y 11, del Código Penal; y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, cuando la sanción penal incorpore la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado. El CDE verificará esta información a través del Registro que para tal efecto lleva la Dirección de Compras y Contratación Pública, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°20.393.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en Registro de Proveedores de www.mercadopublico.cl.
Adicionalmente, para poder contratar con el Estado, todo proveedor adjudicado, sea persona natural o jurídica, deberá certificar o declarar, que no se encuentra en alguna de las siguientes hipótesis:
a) No haber sido condenado, o su representada no haber sido condenada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
b) No haber sido condenado, o su representada no haber sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
c) No haber sido condenado, o su representada no haber sido condenada, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
d) No haber sido condenado, o su representada no haber sido condenada, por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que su representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, debe declararse expresamente que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
e) Para adjudicatarios personas naturales, debe declarar que no es ni ha sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estar unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
f) Para adjudicatarios personas naturales, debe declarar que no integra la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni es contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni está unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
g) Que su representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
h) Que su representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
i) Que su representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
j) Para adjudicatarios personas naturales, debe declarar que no es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
k) Para adjudicatarios personas naturales o jurídicas, debe declarar que toda la información ingresada en esta certificación es veraz, completa, verificable y se encuentra actualizada.
Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales.".
Tratándose de servicios periódicos:
El oferente seleccionado deberá cumplir con la legislación laboral y previsional vigente en el país y con todas las disposiciones de la Ley Nº 16.774, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Para proceder a cada uno de los pagos correspondientes, el adjudicatario deberá acreditar encontrarse al día en el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, y de lo dispuesto en la Ley N° 20.238. Este Servicio se reserva el derecho de representar formalmente cualquier inobservancia de este último deber.
El proveedor en conformidad con el artículo 183, letra C del Código del Trabajo, tendrá la obligación de informar al CDE sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan respecto a sus trabajadores.
El proveedor deberá remitir, junto a la factura o documento tributario correspondiente, uno o más certificados que acrediten encontrarse al día en el pago de sus obligaciones laborales, previsionales y de salud con sus trabajadores dependientes.
El monto y estado de cumplimiento de dichas obligaciones deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo:
- Certificado de antecedentes laborales y previsionales (formulario F30): Emitido por la Inspección del Trabajo, en el cual se deja constancia que no registra reclamos pendientes por deudas salariales o previsionales que afecten a sus trabajadores directos o a sus subcontratistas y sus trabajadores, contratados para el desarrollo de la presente licitación.
- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (formulario F30-1): Emitido por la Inspección del trabajo, que acredita el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral, en el que se deberá señalar que el objetivo es “Cursar Estados de Pago”.
En caso de no acompañarse esta certificación, este Servicio se reserva el derecho de efectuar todas las retenciones que estime necesarias para dar cumplimiento subsidiario de las obligaciones laborales, previsionales y de salud de los trabajadores dependientes del adjudicatario.
Comentarios Inscripción en Registro de Proveedores de Mercadopublico En caso de que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la Administración, Registro de Proveedores de Mercadopublico, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Lo mismo regirá para cada uno de los integrantes, en caso de ser adjudicada la presente licitación a una UTP.
9. Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Tipo de Documento La garantía entregada deberá ser irrevocable, pagadera a la vista, y una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, que podrá constar en cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, pudiendo a título meramente ejemplar y sin que la enumeración sea taxativa, constar por una Póliza de Seguros de Garantía emitida por una Compañía de Seguros o Certificado de Fianza a la vista otorgado por una Institución de Garantía Recíproca (IGR) o Boleta Bancaria, Vale Vista o Depósito a la Vista u otro homólogo que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, tomada por el oferente adjudicatario.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, la garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá ajustarse a la Ley Nº19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Beneficiario CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
Fecha de Vencimiento 60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato.
Monto 5% del total adjudicado, incluido impuestos.
Glosa La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato emanado de la Licitación Pública N° 605-XX-LE25 y del pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N°17.322”.
Forma y oportunidad de restitución La restitución de esta garantía se verificará una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de ellas, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, una vez transcurridos 60 días hábiles sin que el proponente haga retiro material de la garantía, el CDE la remitirá vía correo certificado al domicilio que el oferente tenga señalado en Registro de Proveedores de Mercadopublico.
Entrega de la garantía Esta garantía deberá ser entregada junto al contrato firmado, dentro del plazo contemplado en el numeral 11 letra A de estas bases.
Se adjunta Anexo N°3 “Formulario Entrega de Garantías”, el que cada oferente debe completar con los datos que corresponda, y entregar junto con la respectiva garantía.
La no entrega de la referida garantía impedirá la firma del contrato por parte de este Servicio. Igualmente, esta circunstancia podrá determinar que se deje sin efecto la adjudicación y se proceda a efectuar una nueva a alguno de los oferentes seleccionados que sigan en el orden de prelación propuesto en el Informe de Evaluación, o a declarar desierta la licitación.
El “CONSEJO” podrá cobrar la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en los siguientes casos a. Incumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del proveedor adjudicado con sus trabajadores que presten servicios en la ejecución de la presente licitación;
b. Cuando el proveedor no pague las multas aplicadas y no sea posible descontarlas de los respectivos estados de pago.
c. Incumplimiento de las obligaciones impuestas en el punto 12. Especificaciones Técnicas, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado de contrato.
d. Cuando por una causa imputable al proveedor, se haya puesto término anticipado al presente contrato, en los casos señalados en la letra “D Término Anticipado” del punto 11 de las presentes bases.
Observaciones En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que impone esta licitación, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 5 días corridos siguientes contados desde el cobro de la primera, en caso de no restituir dicha boleta en los plazos indicados anteriormente, se podrá terminar anticipadamente el contrato.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles después de culminado el contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor. En particular cuando se aplique la letra “B.- Vigencia de la Contratación, Renovación y Modificación” del punto 11 de las presentes bases.
10.- Evaluación y adjudicación de las ofertas:
A.
Evaluación de la Oferta.
El CDE, a través del Jefe del Subdepto. Administrativo o su Subrogante Legal, procederá al estudio de las propuestas presentadas y propondrá la alternativa más conveniente al Jefe del Departamento de Administración y Finanzas o su suplente o su subrogante legal, quien podrá adjudicar totalmente la presente licitación, o declararla totalmente desierta.
Para cumplir lo anterior, toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se obliguen a guardar confidencialidad sobre él.
B. Procedimiento de evaluación de las Ofertas B.I. CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación de las ofertas se realizará considerando los siguientes criterios y ponderaciones respectivas:
Criterios de Evaluación Ponderación Total
a) Condiciones de empleo y remuneraciones 33
b) Precio de la oferta 32
c) Satisfacción del cliente 15
d) Acreditación de criterios de Contratación Inclusivos 14
e) Remuneración Líquida ofrecida a Trabajadores 6
Total criterios de evaluación 100%
a) Condiciones de empleo y remuneraciones: El puntaje a obtener por cada oferta será asignado de acuerdo con la siguiente tabla:
Asignación de Puntaje
33: Acredita tres o más condiciones de empleo y remuneraciones.
26 : Acredita dos condiciones de empleo y remuneraciones.
16 : Acredita una condición de empleo y remuneración.
0 : El proponente no presenta antecedentes.
La oferta debe incorporar, en caso de corresponder, los antecedentes que permitan la evaluación de las siguientes condiciones de empleo y remuneraciones, a través de los siguientes documentos:
i. Declaración jurada simple del oferente, respecto de disponer de una política de capacitación laboral de sus empleados.
ii. Declaración jurada simple del oferente, respecto de disponer de una política de reajustabilidad de las remuneraciones de sus empleados.
iii. Copia de Certificado Indicando a que Mutual está adherida la empresa.
iv. Registro de entrega de elementos de protección personal, firmados por los trabajadores de la empresa.
v. Registro del ingreso del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad en Dirección del Trabajo y en Seremi de Salud.
En caso de no incorporar estos antecedentes, la oferta será calificada con cero puntos para este criterio de evaluación.
b) Precio de la Oferta: De acuerdo con la siguiente tabla:
Precio de la Oferta Puntaje
Menor Precio ofertado 32
Segundo menor precio ofertado 30
Tercer menor precio ofertado 28
Cuarto menor precio ofertado 26
Otros precios ofertados 20
c) Satisfacción del Cliente: El puntaje a obtener por cada oferta será asignado según tabla, y sólo cuando quien certifica, califica como “Satisfactorio o Bueno”:
Satisfacción del cliente Puntaje
Presenta 6 o más certificados con calificación “Satisfactoria o Buena” 15
Presenta entre 3 a 5 certificados con calificación “Satisfactoria o Buena” 10
Presenta 1 o 2 certificados con calificación “Satisfactoria o Buena” 5
No presenta certificados 0
Para acreditar la satisfacción del cliente es necesario que los oferentes adjunten certificados emitidos por Servicios Públicos o entidades privadas a las que se les haya suministrado bienes similares a los requeridos en las presentes bases de licitación. dentro de los últimos 24 meses.
En caso de que el oferente presentara dos o más certificados por Entidad, solo será considerado uno de ellos.
Se Adjunta Anexo Nº 2, que cada oferente debe completar y acompañar a su oferta.
d) ¬Acreditación de Criterios de Contratación Inclusivos:
Criterios de Contratación Inclusivos Puntaje
Presenta cuatro o más certificados de contratación inclusiva. 14
Presenta dos o tres certificados de contratación inclusiva. 12
Presenta un certificado de contratación inclusiva. 10
No presenta certificados 0
La evaluación de este criterio otorga puntaje a oferentes que privilegien materias de altos impactos sociales y relacionados con el desarrollo inclusivo, tales como: contratación de personas en situación de discapacidad, contratación de jóvenes desempleados, contratación de personas pertenecientes a minorías étnicas, contratación orientada a la equidad de género.
Para acreditar la contratación inclusiva, el oferente deberá acompañar:
a. Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad*, para el caso de la contratación de discapacitados. En caso de corresponder, deberá superar el mínimo legal establecido y para ello deberá indicar el número total de trabajadores mediante una Declaración Jurada Simple y adjuntar antecedentes que acrediten esta inscripción.
b. Certificado de AFP que acredite que la persona contratada no registra cotizaciones en los últimos seis meses, o acreditar que la persona contratada cumple con los requisitos para ser beneficiario del programa “Subsidio Empleo Joven”.
c. Presentar antecedentes de personas contratadas que sean chilenas pertenecientes a culturas indígenas. Para ello, en conjunto con el contrato de trabajo vigente, debe acompañarse el certificado de acreditación de la calidad indígena, emitido por CONADI lo cual podrá omitirse si a lo menos uno de sus apellidos forma parte de la base de datos actualizada por CONADI mediante Resolución Exenta N° 895 de fecha 18/06/2019 que reconoce apellidos indígenas o la resolución administrativa vigente que la reemplace o modifique.
d. Nómina de personal que dé cuenta de igual proporción de hombres y mujeres contratados o bien, mayor proporción de mujeres. Es conveniente que la nómina indique el nombre de los trabajadores e indicar en cifras (números) la cantidad de cada uno de ellos. La nómina acá indicada hace referencia a los trabajadores totales de la empresa y no de un proyecto en particular.
e. Estar inscrito con “Sello Mujer” en Registro de Proveedores de Mercadopúblico.
*Nota: Se precisa que: para obtener puntaje por este tema, no basta con tener trabajadores discapacitados, sino que tener por sobre el mínimo legal exigido. Y si no hay obligación legal mínima, cada trabajador discapacitado asigna puntaje.
e) Remuneración líquida ofrecida a trabajadores:
Se le asignará una ponderación al total de la Planilla de Remuneración Líquida ofrecida a sus trabajadores, de la siguiente forma:
Forma de cálculo:
Remuneración líquida ofrecida total: ((Remuneración líquida evaluada / Mayor Planilla de Remuneración Líquida Evaluada) x 100) * 6%
Nota: Este criterio está relacionado exclusivamente a los trabajadores que se desempeñarán en el presente contrato, los que deberán ser definidos por el oferente en el correspondiente Anexo N°1.
Evaluación Total
Puntaje total: El puntaje total corresponderá a la suma de los puntajes obtenidos en los distintos criterios de evaluación. En la sumatoria del puntaje obtenido se considerará decimales, en caso de corresponder.
Será responsabilidad de los proponentes, entregar toda la información que permita al Servicio efectuar una correcta evaluación de sus ofertas.
Toda propuesta que no se ajuste substancialmente a las Bases será declarada inadmisible; y la licitación será declarada desierta cuando no se presenten ofertas, o ellas resulten inadmisibles por no ser convenientes a los intereses del Servicio. En ambos casos se dictará una Resolución fundada.
C.-
Solicitud de aclaraciones y antecedentes
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el CDE podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones NO mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. No podrán ingresar en el plazo adicional, la Oferta Económica, la Oferta Técnica, así como tampoco los antecedentes de los criterios de evaluación inclusivos y de Condiciones de Empleo y Remuneraciones.
Los oferentes contarán con el plazo determinado en el punto 3, para responder a lo solicitado por el CDE o para acompañar los antecedentes requeridos por éste. El CDE no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Por esta vía no es posible adjuntar oferta técnica y/o económica. En todo caso, la entrega de las certificaciones o antecedentes administrativos omitidos a la fecha de apertura, deberán ingresarse en www.mercadopublico.cl correspondiente a la presente licitación.
D.-
Adjudicación El Jefe del Subdepartamento Administrativo o su Subrogante Legal estudiará las diferentes propuestas presentadas, y propondrá la alternativa que se considere más conveniente a la Jefa del Departamento de Administración y Finanzas, quien, a más tardar, en la fecha consignada al efecto en el punto 3, podrá adjudicar la presente licitación, o declararla desierta.
El CDE declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
El CDE podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes bases, a través de una resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Los oferentes podrán realizar consultas al proceso de evaluación y adjudicación, las que deberán enviar en el plazo fatal de 10 días corridos contados desde la total tramitación de la resolución adjudicatoria, al siguiente correo electrónico: consultasadquisiciones@cde.cl. Para dar respuesta a dichas consultas, este Servicio dispondrá de 10 días corridos, contados a partir del día siguiente del vencimiento del término para efectuar las consultas al proceso de evaluación y adjudicación.
E.-
Resolución de Empates. En caso de igualdad de puntajes entre oferentes, luego de aplicar los criterios de evaluación de esta licitación, se aplicará el siguiente orden de prelación para seleccionar al oferente adjudicatario:
a) La oferta “económica” que haya obtenido el mayor puntaje.
b) La oferta que tenga el mayor puntaje en el criterio “Condiciones de empleo y remuneraciones”.
c) La oferta que tenga el mayor puntaje en el criterio de Satisfacción de Clientes.
d) La oferta que haya ingresado en primer lugar al portal www.mercadopublico.cl para la presente licitación.
Estos criterios son excluyentes, es decir, primero se aplica la letra a), y de mantenerse la igualdad de puntajes, se continúa con la letra b); finalmente, de mantenerse la igualdad de puntajes, se continúa con la letra c) y d).
F.-
Notificación de la Adjudicación Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.
Luego de notificada la adjudicación, se suscribirá el respectivo contrato dentro de los plazos señalados en las presentes bases.
G.-
Readjudicación Se podrá readjudicar en los siguientes casos:
a) Que el proveedor adjudicado se encuentre inhábil para contratar con el Estado, al momento de la suscripción del contrato.
b) No haberse inscrito, en el registro electrónico oficial de adjudicatarios y proveedores de la Administración, sitio www.mercadopublico.cl dentro del plazo señalado en el punto 8 de las presentes bases;
c) En caso de que el proveedor no acepte la orden de compra enviada a través del portal www.mercadopublico.cl.
d) En caso de que el proveedor rechace la suscripción del contrato o no lo suscriba dentro del plazo señalado en el punto 11 A de las presentes bases.
e) En caso de resultar adjudicada la UTP, que uno de sus integrantes (que forma parte integrante del oferente), se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado.
f) Si previo a la suscripción del contrato uno de los integrantes de la UTP, decide retirarse de la misma.
Para ello se dictará una resolución fundada que dejará sin efecto la adjudicación, y dispondrá su readjudicación al oferente que ocupare un segundo lugar conforme a los puntajes obtenidos según los criterios de evaluación, estableciéndose un plazo para cumplir sus obligaciones.
H.-
Validez de la Oferta Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, el CDE podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
11.- Condiciones contractuales y otras cláusulas
A.- Formalización de la contratación
Suscripción de contrato: La redacción del contrato corresponderá al Consejo de Defensa del Estado. La suscripción del contrato no podrá superar los 30 días corridos desde la adjudicación de la licitación. Para la Suscripción del Contrato el oferente adjudicado debe encontrarse hábil conforme a lo señalado en el Art. 4 de la Ley 19.886. No podrán contratar con el Consejo de Defensa del Estado, aquellos oferentes que sean personas jurídicas, y que hayan sido condenadas por los delitos previstos en la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas, entre los cuales se encuentran los artículos 136, 139, 139 bis y 139 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el artículo 27 de la Ley N° 19.913, en el artículo 8° de la Ley N°18.314, en el Título I de la ley que sanciona delitos informáticos, en el Título II de la ley N° 17.798, sobre control de armas y en los artículos 240, 250, 251 bis, 287 bis, 287 ter, 318 ter, 411 quáter, 448 septies, 448 octies, 456 bis A y 470, numerales 1° y 11, del Código Penal; y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, cuando la sanción penal incorpore la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado. El CDE verificará esta información a través del Registro que para tal efecto lleva la Dirección de Compras y Contratación Pública, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°20.393.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del oferente que resulte adjudicado y deberán estar disponibles en Registro de Proveedores de Mercadopublico.
Adicionalmente, para poder contratar con el Consejo de Defensa del Estado, todo proveedor adjudicado, sea persona natural o jurídica, deberá certificar o declarar, que no se encuentra en alguna de las siguientes hipótesis:
a) No haber sido condenado, o su representada no haber sido condenada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta.
b) No haber sido condenado, o su representada no haber sido condenada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
c) No haber sido condenado, o su representada no haber sido condenada, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
d) No haber sido condenado, o su representada no haber sido condenada, por los Tribunales de Justicia a la medida dispuesta en el artículo 33 de la ley N°21.595 de Delitos Económicos. En el caso de que su representada sea una persona jurídica, ya sea que se trate de sociedades, fundaciones o corporaciones, debe declararse expresamente que esta no tiene como socio, accionista, miembro o partícipe con poder para influir en la administración, a personas naturales que hubieren sido condenadas a la citada medida.
e) Para adjudicatarios personas naturales, debe declarar que no es ni ha sido durante el periodo de un año transcurrido con antelación a la presente declaración, funcionario directivo del organismo licitante y/o comprador, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, o funcionario que participe en procedimientos de contratación del organismo licitante y/o comprador, ni estar unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575 (cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive).
f) Para adjudicatarios personas naturales, debe declarar que no integra la nómina de personal del organismo licitante y/o comprador, en cualquier calidad jurídica, ni es contratado a honorarios por el organismo licitante y/o comprador, ni está unido(a) a éstos o aquéllos por los vínculos descritos en el inciso primero del artículo 35 quáter de la ley N° 19.886 (cónyuge, convivientes civil o pariente hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad).
g) Que su representada no es una sociedad de personas o empresa individual de responsabilidad limitada en la que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
h) Que su representada no es una sociedad en comandita por acciones, sociedad por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes formen parte o sean beneficiarias finales.
i) Que su representada no es una sociedad anónima abierta en que una o más de las personas singularizadas en las letras e) y f) precedentes sean dueñas de acciones que representen el 10% o más del capital o sean beneficiarias finales.
j) Para adjudicatarios personas naturales, debe declarar que no es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
k) Para adjudicatarios personas naturales o jurídicas, debe declarar que toda la información ingresada en esta declaración es veraz, completa, verificable y se encuentra actualizada.
Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud del artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales."
Ello aplica para cada uno de los integrantes, en caso de ser adjudicada la presente licitación pública, a una UTP (Unión Temporal de Proveedores).
Una vez firmado por ambas partes será aprobado por resolución de este Servicio, y una vez concluida dicha tramitación será publicado en el sitio www.mercadopublico.cl.
Documentación integrante del contrato
El contrato considerará como partes integrantes:
1. Las bases de licitación;
2. Las aclaraciones y respuestas surgidas del proceso de consultas;
3. La oferta y plazos definitivos acordados con el oferente seleccionado; y
4. Otros antecedentes anexos que correspondan.
En caso de discrepancia entre unos y otros, se estará al siguiente orden de prelación:
1. Las bases de licitación;
2. Las aclaraciones y respuestas;
3. La oferta presentada por el adjudicatario;
4. La adjudicación y
5. El contrato
l) Renovación del Contrato.
Este contrato podrá ser renovado por única vez y por un periodo máximo de 18 meses, teniendo en consideración las siguientes circunstancias.
a) el servicio de aseo, no es una tarea que este Consejo de Defensa del Estado esté en condiciones de ejecutar anualmente, por la complejidad de las gestiones administrativas y operativas que implicaría.
Para que proceda la renovación se deben cumplir con las siguientes condiciones:
d) Acuerdo de las partes,
e) Existencia de disponibilidad presupuestaria,
f) Cumplimiento de las formalidades legales y administrativas, entre ellas, la suscripción de un Addendum de actualización; y
g) Renegociación de los precios o características técnicas en sentido más favorables al CDE.
La contratación celebrada con ocasión del presente proceso licitatorio podrá ser modificado, con la finalidad de incluir o excluir servicios, para lo cual será suficiente la emisión de una orden de compra por el complemento, el que no podrá exceder el 30% del monto total de la contratación. Estas modificaciones podrán pactarse en cualquier tiempo, y regirán una vez totalmente tramitada la resolución aprobatoria de la misma.
En el evento antes mencionado, el oferente deberá aumentar proporcionalmente el monto de la garantía indicado en el Punto N° 9, Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.
B.-
Vigencia de la Contratación, Renovación y
Modificación El contrato comenzará a regir a contar de la notificación de la Resolución Administrativa que lo apruebe y el plazo de vigencia de este será de 24 meses a contar del día 27 de enero de 2025.
La contratación emanada del presente proceso licitatorio podrá ser modificada, con la finalidad de incluir o excluir servicios, para lo cual se deberá suscribir un anexo que detalle la incorporación o exclusión de que se trate, y que señale el monto en el cual se modificará, aumentando o disminuyendo su valor, el que no podrá exceder el 30% del monto total de la contratación. Estas modificaciones podrán pactarse en cualquier tiempo, y regirán una vez totalmente tramitada la resolución aprobatoria de la misma.
En el evento antes mencionado, el oferente deberá aumentar proporcionalmente el monto de la garantía indicado en el Punto N° 9, Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato.
C.-Multas
1.- MULTAS:
Será objeto de multa:
a.- 0,5 UTM por cada día hábil de retraso en el inicio de la prestación de los servicios la cual es el día 27 de enero de 2025.
b.- 0,5 UTM por cada día hábil de inasistencia de personal a realizar el servicio de aseo en la Procuraduría Fiscal de Concepción
c.- Atraso superior a 10 días hábiles en el inicio de la prestación de los servicios: Opción de aplicar término anticipado del contrato, conforme la letra D de este numeral.
El tope máximo de cada multa corresponde al 10% del monto total contratado. El monto de la multa podrá ser descontado de los pagos pendientes que el CDE deba realizar al proveedor.
2.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE MULTAS:
N° Descripción de la Actividad
1 Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el CDE notificará de ello al adjudicado, por carta certificada, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva. En caso de notificaciones por carta certificada, éstas se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
2 A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el adjudicatario tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
3 Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, el CDE aplicará, rebajará o eximirá de la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada.
4 Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el CDE tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada del CDE, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
5 Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los números 3 y 4 anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. El CDE tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
6 La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que el CDE deba efectuar al proveedor.
D.-
Término Anticipado del Contrato
Sin perjuicio de las causales legales, aplicables en virtud de las reglas generales, la contratación de los bienes y servicios licitados por parte de este Servicio podrá modificarse, salvo en todo aquello que afecta las normas y principios que rigen las licitaciones públicas, o bien, ser resuelto de pleno derecho, por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes. Asimismo, el CDE estará facultado para declarar, unilateral y administrativamente, el término anticipado del mismo, sin derecho a indemnización alguna respecto del oferente adjudicatario, sin perjuicio de las reglas generales de derecho, en los siguientes casos:
1. Si se produjese incumplimiento grave de las obligaciones del prestador del bien y servicio, calificado por el Consejo de Defensa del Estado, tales como, no cumplir con los requerimientos técnicos señalados en las bases de esta licitación.
2. Por estado de notoria insolvencia del prestador del bien y servicio, a menos que se entreguen cauciones suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato, a juicio exclusivo del CDE.
3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional;
4. Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo del contrato, con un máximo de 6 meses.
5. Si se detectare la falsedad en la declaración jurada a que se refiere el punto 5 de las presentes bases.
6. Si alguna de las dependencias para las cuales fue contratado el servicio, dejan de ser utilizadas por el CDE, en cuyo caso se modificará el contrato, para excluir la(s) dependencias(s) que no se utilizará.
Sin perjuicio de los demás casos previstos en estas bases, se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario las siguientes:
a) Retraso de más de diez días hábiles en el inicio de los servicios contratados, y por factores no atribuibles al CDE.
b) Retraso reiterado (*) en el cumplimiento de sus obligaciones laborales y de seguridad social, en relación con el personal que destine a la ejecución de este contrato.
c) Incumplimiento reiterado de instrucciones impartidas por escrito (Oficio o Correo electrónico) por el CDE en relación con la prestación y calidad de los bienes y servicios.
(*) Entiéndase por reiterado la ocurrencia por tres o más ocasiones del retraso o incumplimiento de lo establecido en letras b y c).
d) Incumplimiento de la obligación de confidencialidad.
e) Término o liquidación anticipada de la empresa por causa distinta a la quiebra.
f) Prohibición de celebrar contratos con el Estado declarada judicialmente, prevista en la Ley N°20.393.
g) No dar cumplimento a los requerimientos técnicos establecidos en las presentes bases administrativas y técnicas.
h) En caso de que el proveedor no acepte la orden de compra enviada a través del portal www.mercadopublico.cl.
i) En caso de que el oferente adjudicado no suscriba el contrato respectivo dentro de los 30 días corridos posteriores al envío realizado por el CDE. El contrato podrá ser enviado mediante correo electrónico o mediante carta certificada.
j) En caso de que el oferente adjudicado no suscriba el anexo de contrato referido en el numeral 6 de esta letra D, sobre causales de término anticipado, dentro de los 30 días corridos posteriores al envío realizado por el CDE. El anexo de contrato podrá ser enviado mediante correo electrónico o mediante carta certificada.
k) Notificaciones reiteradas relativas a un mismo tipo de problema. Se considera reiteradas 5 faltas en un periodo de 6 meses.
En el evento de ponerse término anticipado al contrato por la causal de la letra b) anterior, el CDE podrá retener o descontar del saldo del precio que se encuentre insoluto todo lo que sea necesario para cubrir las obligaciones laborales y previsionales del personal del contratista o prestador del bien y servicio que trabaje o haya trabajado en servicios que derivarán de la presente licitación.
En cualquiera de los casos anteriores, el CDE podrá iniciar las acciones legales que correspondan, a fin de obtener el resarcimiento de los perjuicios ocasionados.
Si se verificase la ocurrencia de cualquiera de las situaciones anteriores, el CDE podrá terminar anticipadamente el contrato, dictando la resolución fundada correspondiente sin previo aviso y lo comunicará al proveedor por carta certificada, dirigida al domicilio que haya proporcionado en el Registro de Proveedores de Mercadopublico.
La notificación y decisión anterior no otorgará derecho al adjudicatario a reclamar indemnización alguna, quien renuncia expresamente a ello, sin perjuicio de las reglas generales de derecho. En tanto, el CDE podrá deducir las acciones legales que correspondan, con el fin de obtener una reparación por todos los perjuicios que, eventualmente, se le ocasionaren. Además de las acciones antes señaladas, el CDE podrá ejecutar la garantía de fiel cumplimiento de contrato.
La resolución de término anticipado será publicada en el sitio www.mercadopublico.cl dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de su total tramitación.
E.-
Del Pago
Los documentos tributarios serán pagados en un plazo no superior a 30 días, desde la recepción conforme del documento tributario tanto para los servicios mensuales contratados. Lo anterior, en un plazo de 24 meses, el pago se expresará en Unidades de Fomento (UF). El pago de los servicios adjudicados, será al valor de la Unidad de Fomento vigente al último día del mes de prestación de los servicios.
Los pagos se harán mediante transferencia electrónica a cuenta corriente, cuenta vista, cuenta de ahorro y, excepcionalmente, mediante cheque.
No obstante, lo anterior, ningún pago podrá hacerse antes que la resolución que apruebe el respectivo contrato se encuentre totalmente tramitada, se hayan entregado las garantías correspondientes. La recepción conforme mensual de los bienes o servicios corresponderá al Abogado Procurador Fiscal o su Subrogante legal.
F.-
Presupuesto máximo 393.- UNIDADES DE FOMENTO Impuesto IVA incluido.
Las ofertas que superen el presupuesto máximo serán declaradas inadmisibles.
G.- Confidencialidad
El adjudicatario de la prestación de los bienes y servicios materia de la presente licitación pública y su personal directo o subcontratado, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes, reservados o no, que del CDE y/o de sus dependientes y/o cualquier asunto que conozcan durante la prestación del bien y servicio adjudicado. La responsabilidad del adjudicado será solidaria respecto de sus personeros, empleados, trabajadores o subcontratistas y de cualquiera de sus dependientes cualquiera sea la naturaleza jurídica contractual que los relacione.
Los proponentes deben comprometerse mediante declaración jurada a guardar confidencialidad de la información, reservándose el CDE, el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de que dicho resguardo no se efectúe adecuadamente.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del proveedor durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará derecho al CDE y/o de sus dependientes a interponer las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados, trabajadores y dependientes y todos quienes resulten responsables.
La responsabilidad por la confidencialidad sobre los antecedentes, reservados o no, que del CDE conozcan durante el desarrollo del trabajo se mantendrá después del término del contrato.
H. Cesión del contrato y subcontratación El contratante seleccionado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta contratación, y en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con CDE. Se encuentra prohibida la subcontratación de servicios, para la presente licitación.
El Servicio cumplirá con los contratos de factoring que suscriba el proveedor adjudicatario, siempre que éstos sean oportunamente notificados, y no existan multas u obligaciones pendientes.
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