Licitación ID: 5456-2-LQ23
Reparto agua potable camión aljibe Prov. del Ranco
Responsable de esta licitación: DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DEL RANCO, Delegación Presidencial Provincial del Ranco
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Distribución de agua 1 Unidad
Cod: 83101504
Servicio de reparto de agua potable para consumo humano a través de un camión aljibe, con estanque de 10.000 lt., para diversos sectores rurales de la comuna de La Unión, detallados en el numeral 2.4 de las bases.  

2
Distribución de agua 2 Unidad
Cod: 83101504
Servicio de reparto de agua potable para consumo humano a través de dos camiones aljibe, con estanques de 10.000 lt., para diversos sectores rurales de la comuna de Río Bueno, detallados en el numeral 2.4 de las bases.  

3
Distribución de agua 2 Unidad
Cod: 83101504
Servicio de reparto de agua potable para consumo humano a través de dos camiones aljibe, con estanques de 5.000 o 6.000 lt., para diversos sectores rurales de la comuna de Lago Ranco, detallados en el numeral 2.4 de las bases.  

4
Distribución de agua 1 Unidad
Cod: 83101504
Servicio de reparto de agua potable para consumo humano a través de un camión aljibe, con estanque de 5.000 o 6.000 lt., para diversos sectores rurales de la comuna de Futrono, detallados en el numeral 2.4 de las bases.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Reparto agua potable camión aljibe Prov. del Ranco
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere contratar por inaccesibilidad al agua, el servicio de reparto de agua potable para consumo humano a través de camiones aljibe, en sectores rurales de las comunas de La Unión, Río Bueno, Lago Ranco y Futrono.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
DELEGACIÓN PRESIDENCIAL PROVINCIAL DEL RANCO
Unidad de compra:
Delegación Presidencial Provincial del Ranco
R.U.T.:
65.852.930-7
Dirección:
Letelier 365
Comuna:
La Unión
Región en que se genera la licitación:
Región de Los Ríos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-12-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 21-11-2023 18:25:21
Fecha inicio de preguntas: 21-11-2023 18:31:00
Fecha final de preguntas: 23-11-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-11-2023 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-12-2023 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 11-12-2023 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 15-12-2023 16:13:59
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 2 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- El oferente debe subir al Sistema www.mercadopublico.cl: • Anexo N°1 IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE Y ACEPTACIÓN DE BASES
Documentos Técnicos
1.- El oferente debe subir al Sistema www.mercadopublico.cl: • RESOLUCIÓN SANITARIA CORRESPONDIENTE A LOS PUNTOS DE DISTRIBUCIÓN LICITADOS PARA CADA LÍNEA. • Anexo N°2 INFORMACIÓN DEL VEHÍCULO, TIPO DE ESTANQUE, DATOS DEL CONDUCTOR, OPERADOR Y DOMICILIO DEL OPERADOR. • COPIA DEL PADRÓN DEL VEHÍCULO O CERTIFICADO DE DOMINIO VIGENTE. • ADJUNTAR CERTIFICADO DE RESIDENCIA DEL OPERADOR, OTORGADO POR LA JUNTA DE VECINOS DE SU DOMICILIO O UNA DECLARACIÓN JURADA NOTARIAL.
 
Documentos Económicos
1.- El oferente debe subir al Sistema www.mercadopublico.cl: Anexo N°3 OFERTA ECONÓMICA por línea de postulación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Año fabricación del o los camión(es) ofertado(s) La metodología de evaluación y cálculo se explica en el numeral 6.2 de las Bases. 25%
2 Cumplimiento de los requisitos La metodología de evaluación y cálculo se explica en el numeral 6.2 de las Bases. 10%
3 Domicilio del Operador de Sist. provisión de agua La metodología de evaluación y cálculo se explica en el numeral 6.2 de las Bases. 25%
4 Precio Corresponde al valor de la oferta económica realizada a través del Anexo Nº3. La oferta con el precio mínimo ofertado obtendrá el valor máximo de la ponderación 40% y se evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula: (Precio mínimo ofertado/Precio oferta a evaluar)*100 *40% 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Fondos de Otras Emergencias 114.05.02.05
Monto Total Estimado: 189000000
Justificación del monto estimado Fondos de Otras Emergencias de la Delegación Presidencial Provincial del Ranco Nº 114.05.02.05
Contrato con Renovación: NO
Observaciones La propuesta que exceda el monto del presupuesto disponible por línea, no será evaluada.
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Héctor Jaramillo Márquez
e-mail de responsable de pago: hjaramillom@interior.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Durgio Rosas Leal
e-mail de responsable de contrato: drosas@interior.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-64-2475716-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
Se prohíbe la subcontratación por la certificación adquirida por el oferente adjudicado a través de la Resolución Sanitaria, como responsable del sistema de provisión de agua potable, mediante el uso de camión aljibe.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Delegación Presidencial Provincial del Ranco
Fecha de vencimiento: 22-11-2023
Monto: 1 Peso Chileno
Descripción: De acuerdo al Presupuesto disponible, menor a 2.000 UTM para las líneas uno, dos, tres y cuatro no se requiere de garantía de seriedad de la oferta.
Glosa: De acuerdo al Presupuesto disponible, menor a 2.000 UTM para las líneas uno, dos, tres y cuatro no se requiere de garantía de seriedad de la oferta.
Forma y oportunidad de restitución: De acuerdo al Presupuesto disponible, menor a 2.000 UTM para las líneas uno, dos, tres y cuatro no se requiere de garantía de seriedad de la oferta.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Delegación Presidencial Provincial del Ranco
Fecha de vencimiento: 30-08-2024
Monto: 5 %
Descripción: La garantía deberá ser entregada en Oficina de Partes de esta Delegación Presidencial Provincial del Ranco, ubicada en Letelier N°365, de la comuna y ciudad de La Unión, si fuese física. Si fuese electrónica deberá remitirse al correo hjaramillom@interior.gob.cl
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de servicio de reparto de agua potable a través de camiones aljibe, en la comuna de Río Bueno, Provincia del Ranco, región de Los Ríos, periodo enero - junio de 2024”
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de fiel cumplimiento será devuelta dentro de los sesenta (60) días siguientes a que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones contraídas en el respectivo contrato. Previamente a la restitución de la garantía, se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la contraparte técnica del servicio emitirá el respectivo "Informe de Cumplimiento" entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del proveedor revisten el carácter de indivisibles.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En el caso que dos o más oferentes al final de la evaluación por línea obtengan el mismo puntaje, los criterios para definir la oferta mejor evaluada serán los siguientes, los que se aplicarán uno a uno, en el orden de su numeración, hasta resolver el desempate:

  1. Mayor en el criterio de evaluación Precio.
  2. Mayor puntaje en el criterio de evaluación Operador de Sistema de provisión de agua potable mediante camión aljibe, con domicilio en la Provincia del Ranco.
  3. Mayor puntaje en el criterio de evaluación año fabricación del camión ofertado.
  4. Mayor puntaje en el criterio de evaluación Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta.

La cifra considerada para la evaluación del puntaje será el número entero con dos decimales.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el responsable del contrato de la licitación, señalado en el punto 7 “Montos y duración del contrato”.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
OTRAS CLÁUSULAS
8.1 Aclaraciones a las bases Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones en relación con la materia de esta Licitación dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 “Etapas y Plazos” de las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del foro del portal www.mercadopublico.cl. Adquisición ID 5456-2-LQ23. La Delegación Presidencial Provincial del Ranco pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en la opción “Foro” del portal www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 3 “Etapas y Plazos”. 8.2

Modificación de las bases La Delegación Presidencial Provincial del Ranco podrá modificar estas bases de Licitación a iniciativa propia o en atención a un aclaración solicitada por alguno de los oferentes en el proceso hasta antes de la apertura, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del Sistema de Información www.mercadopubilco.cl, adquisición ID N° 5456-2-LQ23. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.

8.3 Resolución de Empates En el caso que dos o más oferentes al final de la evaluación por línea obtengan el mismo puntaje, los criterios para definir la oferta mejor evaluada serán los siguientes, los que se aplicarán uno a uno, en el orden de su numeración, hasta resolver el desempate:
1. Mayor en el criterio de evaluación Precio.
2. Mayor puntaje en el criterio de evaluación Operador de Sistema de provisión de agua potable mediante camión aljibe, con domicilio en la Provincia del Ranco.
3. Mayor puntaje en el criterio de evaluación año fabricación del camión ofertado. 4. Mayor puntaje en el criterio de evaluación Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta.
La cifra considerada para la evaluación del puntaje será el número entero con dos decimales.

8.4 Adjudicación
Las presentes Bases de Licitación se adjudicarán en forma independiente por cada línea, en la fecha señalada en el punto N°3 "Etapas y Plazos" del formulario de bases, mediante acto administrativo debidamente notificando a los adjudicatarios y al resto de los oferentes. (Art.41 R)
Cabe señalar que el presente proceso contempla la adjudicación independiente por cada línea, vale decir, se podrán adjudicar todas las líneas a un mismo oferente o cada línea a un oferente distinto, considerando para cada línea aquella oferta que haya obtenido el mayor puntaje, resultante de la aplicación de las ponderaciones señaladas en la pauta de evaluación de las ofertas, numeral 6.2, de las presentes Bases Administrativas y Técnicas.
Lo anterior mediante resolución exenta fundada, que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada. En el caso de que la institución no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes bases de licitación, la Delegación Presidencial Provincial del Ranco informará a través del sitio web de mercado público (www.mercadopublico.cl) dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y, asimismo, indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 41, inciso número 2 del Reglamento de la Ley N° 19886.

8.5 Rechazo de la oferta La Delegación Presidencial Provincial del Ranco, se reserva el derecho de declarar inadmisible aquellas ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases.
Podrá además, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán ser por resolución fundada.
Sin perjuicio de las demás causales establecidas, la Delegación Presidencial Provincial del Ranco se reserva la facultad de rechazar, no evaluar y declarar inadmisible la propuesta en los siguientes casos:
a) Si la oferta excede el monto del presupuesto disponible por línea.
b) Si la oferta no presenta Resolución Sanitaria con los puntos de distribución solicitados para cada comuna.

8.6 Re-adjudicación Si por alguna razón, se solicitara la cancelación de la orden de compra o el contrato, por una de las partes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, se realizará una re-adjudicación de la presente licitación al oferente que obtenga el mejor puntaje de acuerdo a la reevaluación de las propuestas.

8.7 Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el responsable del contrato de la licitación, señalado en el punto 7 “Montos y duración del contrato”.

8.8 Comisión evaluadora La evaluación de las ofertas será realizada por una comisión compuesta por:
- Jefe del Departamento de Administración y Finanzas, Sr. Héctor Jaramillo M.
- Jefe del Departamento Jurídico, Sr. Carlos White S.
- Encargado de la Unidad Gestión de Riesgo, Emergencia y Seguridad Pública, Sr. Durgio Rosas L.

En ausencia de uno de los integrantes de la comisión evaluadora, será reemplazado por un funcionario/a de la Delegación Presidencial Provincial del Ranco.

8.9 Facturación y pago Las facturas deberán ser emitidas de acuerdo a los siguientes datos y en relación a la orden de compra que ésta Delegación genere a través del portal de www.mercadopublico.cl
Razón Social : Delegación Presidencial Provincial del Ranco
R.U.T. : 65.852.930-7
Giro : Servicio Público
Fono : 64-2475700
Dirección : Letelier Nº 365
Ciudad : La Unión
El pago se efectuará dentro de 30 días corridos, desde la fecha de recepción conforme de la factura.
El pago se realizará mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente correspondiente al proveedor adjudicado.

Para emitir su factura debe considerando lo siguiente: Para que la facturación sea correcta y no sea reclamada la factura es necesario que los campos a llenar al momento de emitir la factura, en el campo folio 801 en el que se indica el número de o/c de mercado público, se complete de forma correcta ingresando el número de o/c completo, es decir, XX-XX-SE23, en mayúsculas las letras y sin espacios, sin agregar información adicional como letras “OC” u orden de compra.
FolioRef: ID de la OC en Chilecompra, en igual formato (separado por guiones, código completo mayúscula sin ninguna información adicional, ni espacios.) Considerar también que al momento de ingresar la modalidad de pago se indique “Crédito”, NO PAGO AL CONTADO. Se debe emitir la factura de manera correcta, y remitir la factura en XML al mail dipresrecepcion@custodium.com y el PDF al mail drosas@interior.gob.cl

8.10 Documentos a presentar para el pago
• Actas de entrega de agua firmadas por cada beneficiario/as.
• Certificación de la Encargada(o) Comunal de Emergencia de la realización de los servicios.
• Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales del mes de cobro.
• Informe de las rutas realizadas, emitido por la empresa contratada para el Sistema de monitoreo GPS.

8.11 Sobre el contrato
- Adjudicada la propuesta el adjudicatario no podrá ceder o transferir a terceros los derechos y obligaciones que de ella emanen.
- El Contrato tendrá una duración máxima de 6 meses.
- Las Presentes Bases, Acta de adjudicación y anexos pasarán a formar parte del Contrato.
- Los precios ofertados deberán mantenerse por el período que dure el presente Contrato, no pudiéndose realizar reconsideraciones o variaciones en los precios de los servicios, con posterioridad.

 8.12 Documentación requerida para elaborar el contrato
Los oferentes que resulten adjudicados, deberán acompañar materialmente la documentación que se señala en el punto siguiente, exceptuando aquellos documentos vigentes que se encuentren digitalizados en el Registro de Proveedores, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 66 inciso final del Reglamento de la Ley 19.886 dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl, transcurrido dicho plazo, el oferente seleccionado que no efectuare entrega de la documentación solicitada o no subsanare los reparos realizados, su oferta será rechazada por la Delegación a través de una resolución exenta y hará efectiva la garantía de seriedad de la misma. De no estar digitalizados en el Registro de Proveedores, dichos antecedentes deberán ser presentados materialmente en la Oficina de Partes de la Delegación ubicada en calle Letelier N°365, de la ciudad de La Unión. El adjudicatario deberá remitir a la Delegación copia de los contratos de trabajo del conductor y de su ayudante firmados ante Notario. La documentación que debe acompañar al contrato del conductor, debe considerar: Persona Natural: Fotocopia Simple Cedula de Identidad Vigente por ambos. Persona Jurídica: 1. Fotocopia Simple del R.U.T. de la empresa. 2. Fotocopia Simple, Cedula de Identidad Vigente por ambos lados del representante legal. 4. Copia Simple de la Escritura Pública de Constitución de la Sociedad y todas sus Modificaciones, necesarias para la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos, publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces, a menos que dichos antecedentes se encuentren digitalizados en el Registro de Proveedores. 5. Copia de la Inscripción con Vigencia, del Extracto de la Escritura Social, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, con no más de 90 días corridos de antigüedad a la fecha de cierre de presentación de ofertas. Cabe señalar, que en caso de producirse cambios en el personal contratado durante la ejecución del Convenio de Suministro, el oferente estará obligado a ingresar por Oficina de Partes, los finiquitos de los trabajadores cesados y adjuntar a los contratos de los nuevos trabajadores la documentación requerida en este punto durante los 10 primeros días hábiles al producirse el cambio de personal.

8.13 Unión temporal de proveedores (artículo 67° bis del Reglamento de Compras) Se prohíbe la Unión Temporal de Proveedores, dado que el oferente con la tramitación y obtención de la certificación a través de la Resolución Sanitaria (D.41 de 2018), es el único responsable del “Sistema de provisión de agua potable, mediante el uso de camión aljibe”, y que toda modificación o cambio posterior, debe ser previamente informada para su evaluación y eventual autorización por la SEREMI de Salud Región de Los Ríos. Lo anterior, al no tener certeza respecto a la continuidad de la certificación sanitaria y el responsable del “Sistema”, ante cambios durante la ejecución del contrato, pone en riesgo cumplir con las exigencias de certificación del servicio contratado.

8.14 Contraparte técnica DPP
La Delegación Presidencial del Ranco designa como contraparte técnica al Encargado de la Unidad Gestión de Riesgo, Emergencia y Seguridad Pública, Sr. Durgio Rosas Leal, o el suplente en el cargo, quién será el responsable de velar por el fiel cumplimiento del servicio por parte del proveedor adjudicado, además estará encargado de aprobar y visar la recepción conforme de los servicios, previa autorización del pago.

8.15 Liberación de responsabilidad
El adjudicatario liberará de toda responsabilidad a la Delegación Presidencial Provincial del Ranco, frente a acciones entabladas por terceros, con ocasión de accidentes de cualquier especie, cuasidelitos, demandas laborales o civiles u otras referidas al no pago de remuneraciones y obligaciones de carácter previsional de los trabajadores a su cargo y en general de cualquier otra obligación que el Proveedor haya asumido con terceros en relación al Servicio encomendado.

8.16 Multas por incumplimiento
La Delegación Presidencial Provincial del Ranco podrá aplicar sanciones por incumplimientos de contrato, faltas operativas o faltas administrativas en la ejecución del contrato, y que provoquen retardos y/o paralización en la ejecución del contrato por cada día de atraso en la entrega de los servicios, y/o cada evento de la detección en la supervisión y/o fiscalización de servicios que no hayan sido efectivamente entregados, o modificaciones no autorizadas en la entrega de los servicios, y/o no mantener documentación al día, o denuncias efectuadas vía oficio por las municipalidades respectivas.
N° MULTA DESCRIPCIÓN 1 5 UTM Que el contratista no entregue servicio acordado en la planificación a beneficiarios, ocasionado la demora en el servicio de distribución. 2 5 UTM No entregar la información solicitada por la Delegación, en el plazo y forma otorgada para ello. 3 10 UTM El no funcionamiento del servicio de registro a beneficiarios y reporte a base de registros. 4 10 UTM Maltrato físico y/o verbal hacia el público en general y/o encargados municipales o supervisiones de la Delegación, por parte del proveedor, choferes o ayudantes, debidamente acreditado. 5 10 UTM Que el contratista mantenga trabajadores sin contrato vigente o que no se encuentre al día en el pago de las cotizaciones laborales y previsionales o en las remuneraciones a sus trabajadores y/o dependientes. 6 10 UTM Que se entregue agua para consumo humano en lugares distintos a los señalados previamente por la respectiva Municipalidad. 7 10 UTM Que alguno de los vehículos contratados entregue agua en una cantidad inferior o en una periodicidad distinta, a la pactada en el contrato. 8 10 UTM Que el contratista no reemplace el vehículo que ha sufrido desperfecto, ocasionando la falta de servicio en la distribución. 9 10 UTM Que el contratista vierta el agua a los pozos y no al estanque de acumulación en domicilios y/o Servicios Sanitarios Rural (SSR). 10 10 UTM Si el prestador no corrige las observaciones efectuadas en alguna fiscalización.

8.17 INCUMPLIMIENTOS GRAVES QUE ACARREAN TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
Las siguientes situaciones serán consideradas incumplimientos graves de las obligaciones que emanan del contrato, que una vez constatadas por la Delegación acarrearán; una multa que esta misma Delegación Provincial pondere, a la luz de los antecedentes del caso y el término anticipado del contrato Entiéndase por tal: 1. Infringir lo estipulado en el pacto de integridad. 2. La no firma del contrato dentro de los 20 días hábiles del inicio del periodo del servicio. 3. Usar el camión aljibe para otras actividades que no estén relacionadas con la entrega de agua potable rural en los días y horarios establecidos en el contrato. 4. Mantener trabajadores sin contrato vigente o pago de cotizaciones previsionales. 5. Adulteración de los documentos asociados a los estanques o modificaciones no autorizadas a estos. 6. Cualquier adulteración al GPS que debe portar cada vehículo contratado. 7. Que los estanques no cumplan con los requisitos técnicos para transportar el agua en condiciones que resguarden la salud de los usuarios, conforme a los requerimientos del 8. Decreto N° 41 de 08 de febrero de 2018, del Ministerio de Salud, Reglamento sobre condiciones sanitarias para la provisión de agua potable mediante el uso de camiones aljibe. 9. Tres o más reclamos debidamente acreditados por la Delegación Presidencial Provincial del Ranco o 2 partes por exceso de velocidad de los Camiones ofertados por los proveedores, durante la ejecución de los servicios. 10. Tres multas aplicadas al camión del prestador en un trimestre o más de 3 días corridos sin prestar el servicio. 11. Si el prestador no renueva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en los plazos de presentación. 12. Si el prestador realiza algún tipo de subcontratación o cede sus derechos. 13. Adulteración o falsificación de documentación exigida. 14. El aceptar y/o solicitar dádivas, una vez que se compruebe el hecho por parte de esta Delegación Presidencial Provincial del Ranco. 15. No mantener almacenado los datos históricos del GPS de los últimos 06 meses. 16. Inasistencia excepcional por más de dos días consecutivos sin aviso, ni autorización de la Delegación Presidencial Provincial del Ranco. 17. No portar comparador de cloro, que permita medir el nivel de cloro en el vehículo. 18. Todos aquellos incumplimientos, que este contrato señale como causal de término anticipado del contrato. La medida de término anticipado autorizará a la Delegación Presidencial Provincial del Ranco para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato que se hubiere otorgado, cuando se produzca por alguna de las causales imputables al prestador, en los términos dispuestos por el Artículo N° 72, del reglamento de la ley N°19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

8.18 DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Delegación Presidencial Provincial del Ranco, podrá poner término anticipado al contrato en los casos señalados en el Artículo N° 77, del reglamento de la ley N°19.886 y aquellos casos de incumplimiento grave de acuerdo a lo señalado en el número anterior.
No constituye causal de resciliación o mutuo acuerdo de los proveedores la solicitud unilateral del proveedor de establecer fin al vínculo contractual.
Durante el período que transcurra entre la notificación del término anticipado del contrato y la nueva contratación del servicio, el proveedor estará obligado a prestar el servicio y la Delegación Presidencial Provincial del Ranco por su parte, deberá pagar al prestador hasta el último día en que efectivamente realizó el servicio para el que fue contratado.
Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones administrativas que la Delegación Presidencial Provincial del Ranco deba emitir para velar por el interés fiscal o entregue los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado para entablar las acciones judiciales que en derecho correspondan.
El término anticipado será comunicado por escrito, mediante carta certificada, enviada al domicilio del proveedor, con al menos 5 días hábiles de antelación a la fecha en que se pondrá término a la relación contractual.

8.19 Jurisdicción y domicilio
Toda controversia que se suscite con motivo de la presente licitación o acerca de la interpretación, aplicación o ejecución de las obligaciones emanadas del convenio respectivo, será sometida a la consideración los Tribunales Ordinarios de Justicia, según corresponda.
Para todos los efectos derivados de la presente licitación las partes deberán fijar su domicilio en la comuna de La Unión.