Resolución de Empates |
En caso de empate en el puntaje técnico-económico final, entre dos o más propuestas, la Subsecretaría optará por aquella propuesta que obtenga el mejor puntaje, de acuerdo al siguiente orden de prelación:
1. Criterio de evaluación “Experiencia del Oferente”.
2. Criterio de evaluación “Ejecutivo dedicado”.
3. Criterio de evaluación “Sanciones asociadas en la ficha de Mercado Público”.
4. Criterio de evaluación “Valor Neto Mensual”.
En caso de que, no obstante lo anterior, la situación de empate subsista se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Una vez adjudicada la licitación, cualquier persona interesada podrá efectuar consultas respecto de la adjudicación dentro de los 5 (cinco) días siguientes contados desde la fecha de notificación de la resolución en el portal www.mercadopublico.cl. Las consultas serán formuladas directamente al correo electrónico adquisiciones@minrel.gob.cl, única casilla válida para estos efectos, respondiendo la Subsecretaría, por esta misma vía al interesado.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Subsecretaría, a través de DICOMPRAS, podrá ejercer su facultad (no estando obligado a ello) de solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las Ofertas, que salven los errores y omisiones formales detectados en esta etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifiquen asumir una situación de privilegio respecto a los demás Oferentes, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los Oferentes, ni impliquen una modificación de la oferta presentada.
Dicha solicitud y las correspondientes rectificaciones deberán ser informadas al resto de los Oferentes a través de www.mercadopublico.cl.
Del mismo modo, la Subsecretaría podrá ejercer su facultad (no estando obligado a ello) de solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los Oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la Oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar Ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar Ofertas y el periodo de evaluación.
Para acompañar los referidos documentos, los oferentes dispondrán del plazo fatal de 2 (dos) días hábiles contados desde el requerimiento que al efecto haga la Subsecretaría, a través de www.mercadopublico.cl.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Responsabilidad extracontractual |
La responsabilidad extracontractual que pudiera derivarse por hechos o actos del personal del Contratista será siempre del Contratista y en ningún caso afectará a la Subsecretaría.
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Confidencialidad |
El Contratista se somete a las políticas de seguridad de la Subsecretaría y no podrá difundir a terceros información sobre los trabajos realizados con la Subsecretaría. Toda información que proporcione la Subsecretaría al Contratista será considerada como información confidencial, aun cuando no se indique dicha calidad mediante una leyenda escrita o en forma verbal, con la sola excepción de la siguiente información:
1. Aquella que sea pública o llegue a estar disponible para el público, sin que medie incumplimiento por parte del Contratista, sus representantes y trabajadores o terceros por quienes responde el mismo según este instrumento.
2. Aquella que haya sido entregada al Contratista o sus representantes por un tercero que tenga derecho legal a entregarla y hacer uso de ella.
3. Aquella que sea desarrollada por el Contratista de forma independiente de cualquier entrega de información confidencial, protegida de acuerdo a este instrumento.
4. Aquella que el Contratista sea obligado a entregar en un proceso judicial o administrativo o aquella que deba ser entregada en virtud de un requerimiento legal. Sin embargo, en este caso, el Contratista, se obliga a comunicar de inmediato esta circunstancia a la Subsecretaría, a fin de que éste pueda ejercer las acciones legales necesarias para prevenir dicha divulgación.
Esta prohibición afecta al Contratista, su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y el personal de estos, que en cualquier calidad se encuentren ligados al proyecto en cualquiera de sus etapas, y su responsabilidad será solidaria respecto de estos, incluso después de la expiración del contrato. El Contratista sólo podrá copiar o reproducir la información que sea necesaria para dar cumplimiento al contrato.
Cuando el Contratista reciba información confidencial por parte de la Subsecretaría, aquél quedará obligado a:
i. Limitar la divulgación de dicha información sólo a aquellos de sus funcionarios que estrictamente tengan la necesidad de conocerla.
ii. Instruir por escrito, cada parte de acuerdo con sus mecanismos formales internos, a cualquiera de sus funcionarios que tengan acceso a la misma, en el sentido que no deberá ser copiada, total o parcialmente, y mantener la confidencialidad correspondiente, evitando el acceso a la misma por parte de terceros.
iii. Adoptar medidas de seguridad adecuadas para conservar la propiedad de dicha información, libre de robo o de cualquier otra forma de apropiación de las especies o de acceso por parte de terceros no autorizados.
El no cumplimiento de esta cláusula de confidencialidad implicará poder poner término anticipado del contrato y eventuales acciones legales en contra del Contratista.
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Propiedad intelectual |
La Subsecretaría tendrá la propiedad sobre todos los productos que se elaboren con ocasión del cumplimiento de las presentes bases, siendo titular de todos los derechos que la ley de propiedad intelectual e industrial y otras leyes reconozcan al efecto.
Sin perjuicio de lo anterior, las imágenes usadas como parte de los reportes, son de propiedad de los medios de comunicación que ocupa el Contratista para elaborar los informes requeridos. Dicha información podrá ser utilizada por la Subsecretaría, pero sin alterar la propiedad intelectual de los medios de comunicación respectivos.
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