La evaluación de las ofertas será realizada por una Comisión designada especialmente para tal efecto.
Dicha comisión estará integrada por al menos 3 funcionarios pertenecientes a la DCCP designados por el Director de la DCCP a través de una resolución.
Para la validación técnica de que los productos correspondientes a “Recursos Educativos Digitales” cumplen con lo establecido en los anexos N°1 y 2, la DCCP suscribirá un convenio con MINEDUC, con el objeto de que dicho Ministerio designe por resolución a 2 funcionarios para ello.
La Comisión también podrá estar integrada, excepcionalmente y de manera fundada, por personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran la comisión.
Esta comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director de la DCCP la adjudicación de acuerdo a los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación, el cual será realizado en una etapa, según lo descrito a continuación.
Evaluación de las Ofertas:
1° Se considerarán, para efectos de la evaluación, los productos ofertados que contengan claramente la información requerida en la Ficha Electrónica y anexos, y que además correspondan a los tipos de productos solicitados en esta Licitación.
2° Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en el punto número 6.- “Instrucciones para Presentación de Ofertas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del Portal, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en el proceso de evaluación de las ofertas.
3° La DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
4º Criterios de Evaluación:
La evaluación de las ofertas, se realizará por categoría (C), considerando los siguientes criterios y puntajes:
Criterio de Evaluación
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Puntaje
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A. PRECIO PONDERADO(P)
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85 ptos.
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B. CONDICIONES TECNICAS DE CALIDAD DE SERVICIO (CT)
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10 ptos.
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C. CUMPLIMIENTO POLÍTICAS Y/O PROGRAMAS DE SUSTENTABILIDAD (S)
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5 ptos.
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Los puntajes obtenidos en los criterios mencionados anteriormente, serán sumados entre sí para la obtención del puntaje final de cada producto.
A continuación se detallan cada uno de los criterios de evaluación.
A. EVALUACIÓN CRITERIO PRECIO PONDERADO (P) (85 puntos)
Este criterio aplica a todos los productos. Los precios finales de los productos (precio ponderado) ofertados en las fichas electrónicas por los proveedores, serán comparados con productos idénticos, es decir, productos con idéntico “Tipo de Producto”, “Marca”, “Modelo”, “Medida” y “Atributos Extendidos” (datos obligatorios, indicados en el anexo N° 1).
Los precios deberán ser netos (sin impuestos).
Dicha comparación se realizará de manera nacional.
El precio final (precio ponderado) corresponde al precio del producto más el recargo por flete ponderado ofertado por el proveedor, menos el descuento ponderado aplicado.
Serán desestimados de la evaluación económica:
1. Los productos que no se enmarquen dentro de los tipos de producto licitados (ver anexo N°1).
2. Productos nuevos que no completen correctamente el Tipo de Producto, Marca, Modelo, Medida y los Atributos Extendidos definidos en el Diccionario de Datos del Anexo Nº1.
3. Productos con precio 0 o 0,01 USD o 999.999.999 o superior.
PROCEDIMIENTO PARA EVALUACIÓN CRITERIO PRECIO PONDERADO
Paso 1: Definir precio final (precio ponderado) de cada producto:
Para definir el precio final (precio ponderado) de cada uno de los ítems o productos ofertados, se debe calcular primero el Descuento Ponderado y el Flete Ponderado para cada oferente.
Descuento Ponderado por orden de compra:
El oferente deberá indicar en el Formulario CM un porcentaje de descuento por orden de compra para cada tramo definido, el cual se aplicará sobre los montos de la orden de compra en el momento de emisión desde la tienda.
Tramo
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Monto Inferior
(en USD)
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Monto Superior
(en USD)
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Ponderador
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Tramo 1
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1.000
|
10.000
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10%
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Tramo 2
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10.001
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20.000
|
20%
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Tramo 3
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20.001
|
40.000
|
30%
|
Tramo 4
|
40.001
|
Y más
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40%
|
Para el cálculo del descuento ponderado se aplicará el siguiente polinomio:
Descuento Ponderado = descuento tramo 1* 0,1 + descuento tramo 2* 0,2 + descuento tramo 3* 0,3 + descuento tramo 4 * 0,4
Flete Ponderado:
El oferente podrá indicar en el Formulario CM un porcentaje (%) para el recargo por entrega de productos (flete) en regiones. Dicho porcentaje debe ser expresado en números enteros, sin decimales.
Para el caso que algún oferente no complete los valores de recargo, en alguna o algunas de las regiones que declara ofertar en el Formulario Electrónico de Oferta, se considerará como “0” el porcentaje de recargo por flete.
Serán desestimadas de la cobertura todas aquellas ofertas en las cuales se establezca un porcentaje de recargo por flete que no se encuentre expresado en la forma que se exige en las presentes bases y que supere el 20%. En la eventualidad que ninguna región cumpla lo indicado, la oferta completa será desestimada y no será considerada para el cálculo de este criterio ni los siguientes.
Para el cálculo del flete ponderado o recargo por entrega de productos en regiones, se utilizará el siguiente polinomio:
Flete Ponderado = sumatoria de los fletes por región * coeficiente de la región/sumatoria de coeficientes de las regiones ofertadas.
Los coeficientes definidos para cada Región son los siguientes:
Región
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Coeficiente
|
Arica y Parinacota
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1
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Tarapacá
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1
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Antofagasta
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2
|
Atacama
|
1
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Coquimbo
|
2
|
Valparaíso
|
7
|
Metropolitana
|
68
|
Lib. Gral. Bdo. O'Higgins
|
2
|
Maule
|
3
|
Bío-Bío
|
5
|
Araucanía
|
3
|
Los Ríos
|
1
|
Los Lagos
|
2
|
Aysén
|
1
|
Magallanes y Antártica
|
1
|
Una vez definidos el Descuento Ponderado y el Flete Ponderado para cada oferente se debe aplicar el siguiente polinomio para determinar el precio final de cada ítem.
Precio Final = (precio ofertado * (1+ flete ponderado))* (1 - descuento ponderado)
Paso 2: Definición de un intervalo de confianza
Cuando un producto (ítem), tenga más de 2 ofertas válidas, la DCCP aplicará la fórmula descrita a continuación para la definición de un intervalo de confianza. De esta manera se establece el límite superior e inferior entre los cuales fluctuará el precio final (precio ponderado) para cada producto, para que de esta forma sea considerado como una oferta válida.
Lo anterior, de acuerdo a lo que se detalla a continuación:
IC=[P – (n*S), P + (n*S)]
Dónde:
IC= Intervalo de Confianza
P= Promedio de los valores ofertados
S= Desviación Estándar (*)
n= Constante
Con la fórmula antes referida se definirá un intervalo de confianza, donde se determinará una banda de precios, con n=1.
(*) Se entenderá por Desviación Estándar a la dispersión de los datos respecto del valor promedio.
Los precios finales (precios ponderados) que se encuentren por sobre el Límite Superior del intervalo no serán considerados para la evaluación (ofertas desestimadas) y bajo el Límite Inferior, se les asignará automáticamente 100 puntos en este criterio, y no serán considerados para efectos de evaluación del criterio precio.
El procedimiento de cálculo para la definición del intervalo de confianza se explica detalladamente en el Anexo N°4 “Intervalo de confianza asociado a la desviación estándar”.
Paso 3: Variación Porcentual entre el precio mínimo y el precio máximo de un intervalo de confianza
La DCCP aplicará la fórmula descrita a continuación para calcular la variación porcentual entre el precio mínimo y el precio máximo de un intervalo de confianza.
Variación Porcentual = (Precio Max – Precio Min) / Precio Min
Los productos que tengan una variación porcentual mayor a 100% no serán considerados en el proceso de evaluación (ofertas desestimadas).
Paso 4: Asignación de puntaje
A las ofertas de precios que se encuentren dentro del intervalo de confianza (paso 2) y que no fueron descartadas por variación porcentual (paso 3) se le aplicará la siguiente fórmula, a través de la cual se comparará el precio Final del producto ofertado entre todos los proveedores, respecto del Precio Mínimo para el mismo producto evaluado, “Puntaje Ítem Oferente” (PIO):
PIO = (Precio Ponderado Mín. / Precio ponderado Ofertado)*100
La DCCP podrá verificar que los precios ofertados corresponden a aquellos propios de las transacciones normales del negocio, contrastando los precios ofertados contra los precios de los productos activos del Catálogo Electrónico durante el periodo de evaluación. En los casos que la DCCP no encuentre disponible en el Catalogo Electrónico los precios de referencia, podrá solicitar un número representativo de facturas bajo el concepto de “aclaraciones a la oferta”, o bien, verificar precios en el mercado.
Los puntajes obtenidos en este criterio serán ponderados por 0.85, de forma que el máximo puntaje que puede otorgar este criterio sea de 85 puntos, como se indica en la “tabla de criterios de evaluación”.
B. CONDICIONES TÉCNICAS DE CALIDAD DE SERVICIO (CT) (10 puntos)
Se considerará la declaración afirmativa o negativa que el oferente haga, respecto de la “condición técnica de calidad de servicio” indicada en la tabla siguiente. El oferente deberá señalar en la ficha electrónica de la oferta dicha respuesta con un SI o NO, donde se asigna el puntaje para una declaración positiva (SI) y 0 puntos para una declaración negativa (NO). En caso de no responder o no informar se entenderá como un NO y se asignará 0 puntos en el sub-criterio.
SUB-CRITERIO
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PUNTAJE
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SERVICIO TÉCNICO AUTORIZADO
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2 puntos globales
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GARANTÍA EXTENDIDA
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4 puntos globales
|
MEJORA DE NIVELES MÍNIMOS DE SERVICIO
|
4 puntos globales
|
A continuación se definen cada uno de los sub-criterios:
SERVICIO TÉCNICO AUTORIZADO (2 puntos): Para la evaluación de este sub-criterio se considerará que el oferente posee Servicio Técnico Autorizado cuando indique en la Ficha Electrónica de Oferta (Formulario CM), para los productos o Ítems ofertados, así como sus actualizaciones, un Servicio Técnico Autorizado para el periodo de garantía, en cada una de las Regiones en las cuales postule. Este convenio permite subcontratación para este ítem.
GARANTÍA EXTENDIDA (4 puntos): Para la evaluación de este sub-criterio se considerará la declaración que el oferente haga en la Ficha Electrónica de Oferta (Formulario CM), respecto de la entrega de garantías por sobre los tres meses legales. Se recuerda que todos los productos nuevos tienen una garantía legal de 3 meses desde que se reciben, de conformidad a la Ley N° 19.496, lo que significa que las entidades compradoras podrán elegir entre exigir su reemplazo, repararlo o recuperar el dinero que se pagó. Esta garantía deberá ser de al menos 12 meses totales, contados desde la recepción del producto.
MEJORA DE NIVELES MÍNIMOS DE SERVICIO (4 puntos): En caso de la declaración afirmativa, consiste en el ofrecimiento de todos los siguientes niveles de servicio para los productos sujetos a modalidad de arriendo:
- Tiempo de Respuesta Máximo: 2 horas en horario de oficina de lunes a viernes.
- Tiempo de Solución: hasta 24 horas.
- Soporte técnico en terreno para tipos de producto correspondientes a “Computadoras”.
Para efectos de esta licitación se considerará como:
Tiempo de Respuesta: el tiempo que media entre el primer llamado del cliente y la toma de la solicitud de la falla detectada.
Tiempo de Solución: Tiempo transcurrido desde tomada la solicitud y la solución efectiva del problema.
Se considerará que el oferente cumple con el ofrecimiento de los niveles mínimos de servicio, según lo establecido anteriormente, cuando lo indique en la Ficha Electrónica de Oferta (Formulario CM), en la sección Condiciones Comerciales.
Aquellos Proveedores que declaren NO ofrecer niveles mínimos de servicio, deberán entregar una solución efectiva del problema reportado por el cliente en un plazo máximo de 10 días hábiles o el establecido en el acuerdo complementario respectivo.
C. EVALUACIÓN CRITERIO CUMPLIMIENTO POLÍTICAS Y/O PROGRAMAS DE SUSTENTABILIDAD (S) (5 puntos)
La asignación de puntajes en este criterio, será realizada de acuerdo al cumplimiento de alguna de las materias y contenidos que a continuación se indican, junto con la declaración afirmativa (SI) en la ficha electrónica de la oferta de acuerdo a la siguiente tabla:
Materias y Contenidos
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a) Eliminación de equipos
|
b) Indicadores Básicos.
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c) Reporte de sostenibilidad.
|
En la eventualidad que algún oferente no declare o declare negativamente (NO) en la ficha electrónica en el campo dispuesto para ello, o bien no logre acreditar ninguna de las “Materias y Contenidos” se asignará 0 puntos en este criterio.
Por el contrario, si el oferente declara afirmativamente (SI) en al menos una de las “Materias y Contenidos” y cumple lo indicado como “Medio de verificación”, se asignarán 5 puntos globales en la evaluación del criterio “Cumplimiento políticas y/o programas de sustentabilidad”. Bastará el cumplimiento de alguna de las tres “Materias y Contenidos” para la asignación de los 5 puntos globales. En caso que el proveedor cumpla con más de una (1) de las “Materias y Contenidos”, se asignará igualmente todo el puntaje de este criterio, es decir, 5 puntos globales.
Los respectivos medios de verificación, en caso de ser solicitados por los organismos compradores son:
Medio de verificación:
a) Eliminación de equipos
El proveedor se compromete a eliminar responsablemente los equipos al término de su vida útil, a través de empresas especializadas para tal efecto, sin costo para la Entidad Compradora y respetando los trámites administrativos previos que ésta deba formalizar para darlos de baja.
b) Indicadores Básicos
El proveedor, en lo que sea aplicable, se compromete a que sus productos:
- Cumplan con las últimas normas ENERGY STAR de eficiencia energética al momento de la fabricación del equipo.
- Informen si las partes y piezas de plástico contienen las siguientes sustancias:
· Bifenilos polibromados (PBB - polybrominated biphenyls).
· Polibromodifenil Éteres (PBDE - polybrominated diphenyl ethers).
· Parafinas bromadas (brominated paraffins).
· Parafinas cloradas de cadena corta.
- Cumplan restricciones en Partes y Piezas de Plástico (> 25 g o superficie > 200 mm2):
· No contienen Cadmio ni Plomo (por ejemplo, catalizador o estabilizador).
· No contienen halógenos (excepciones en algunos casos para aditivos fluorados siempre y cuando esté presente en cantidades < 0,5% en peso).
· Estén identificadas (marcadas) con su código de resina, según clasificación de la Asociación Industrial de Plásticos y Químicos (http://www.pacia.org.au) o en concordancia con la ISO 11469.
- Cumplan restricciones en los Retardantes de Llama en las Piezas y Partes de Plástico (> 25 g):
· Retardantes de llama halogenados.
· R45 (H350) - Puede causar cáncer.
· R46 (H340) - Puede causar alteraciones genéticas hereditarias.
· R60 (H360F) - Puede perjudicar la fertilidad.
· R61 (H360D) - Riesgo durante el embarazo de efectos adversos para el feto.
- Cumplan restricciones de ciertas Sustancias en Placas de Circuito Impreso:
· Bifenilos polibromados (PBB - polybrominated biphenyls).
· Polibromodifenil Éteres (PBDE - polybrominated diphenyl ethers).
· Parafinas cloradas.
- Informan:
· Administración de la energía, incluyendo el consumo de energía mínimo y máximo de la unidad de control en cada modo de funcionamiento.
· Una declaración de que el equipo no se debe tirar a la basura o enviarse a vertedero, sino que su diseño permite la reutilización y/o reciclaje de partes y piezas. En este caso, además debe adjuntar instrucciones precisas de cómo proceder para la reutilización y/o reciclaje.
· Recomendaciones para la limpieza del equipo de forma ambientalmente preferible.
- Cumplan restricciones en los Materiales de Vidrio:
· Cristal de plomo.
· Alambre reforzado con vidrio.
- Cumplan con restricciones al Revestimiento de Superficies de Metal y Aleaciones: Cadmio, Níquel, Estaño, Cromo.
- No contienen Sustancias Restringidas:
· Agentes aglutinantes orgánicos halogenados
· Polibromodifenil Éteres (PBDE - polybrominated diphenyl ethers)
· Parafinas polibromadas
· Parafinas cloradas de cadena corta
· Aminas a base de anilina
· Ftalatos (DEHP, DBP, DAP o BBP)
· Aziridina o polyaziridines
· Alquilfenol Etoxilados (APEO) y sus derivados (APD)
· Pigmentos que contengan: Plomo, Estaño, Arsénico, Cadmio, Mercurio, o sus componentes
· CFC, HCFC, HFC o cualquier sustancia que agite la capa de ozono
· Retardantes de llama halogenados orgánicos
· Cadmio
· Plomo
· Mercurio
· Cromo VI
- Cumplan con Restricciones sobre el Envase:
· El envase no posee plásticos Clorados y/o Halogenados y/o de PVC.
· El envase usado es capaz de ser reciclado por los sistemas de reciclaje local.
· El papel utilizado para el relleno absorbente de choques está hecho de pulpa reciclada.
· No se utiliza CFCs como agente espumante.
- Cumplan con requisitos en la Información del Producto:
· Administración de la energía, incluyendo el consumo de energía mínimo y máximo de la unidad de control en cada modo de funcionamiento.
· Una indicación de que el producto consume energía en modo de espera y que sólo el consumo es cero cuando se desenchufa de la toma de corriente, a menos que pruebas independientes sean capaces de demostrar lo contrario.
· Una indicación de que el equipo no se debe tirar a la basura o enviarse a vertedero, sino que su diseño permite la reutilización y/o reciclaje de partes y piezas. En este caso, además debe adjuntar instrucciones precisas de cómo proceder para la reutilización y/o reciclaje.
· Recomendaciones para la limpieza del equipo de forma ambientalmente preferible.
- Cumplan con restricción en el contenido de Metales Pesados en Baterías y Acumuladores: Mercurio, Cadmio o Plomo.
La información de estos “Indicadores básicos” en lo que les sean aplicables pueden estar indicados en el Atributo Extendido de la “URL del fabricante”, para cada producto.
c) Reporte de sostenibilidad
Reporte de sostenibilidad bajo estándar GRI -iniciativa de Reporte Global- o equivalente. Mayor información en www.globalreporting.org
Este reporte deberá acreditarse con la copia digital del informe bajo el estándar GRI del año anterior a la licitación o equivalente.
Se deja expresa constancia que la Dirección ChileCompra se reserva el derecho de comprobar y solicitar que se acredite la existencia, validez, veracidad y/o atingencia de la información, documentación y/o certificaciones entregadas en este criterio, así como el contenido de las mismas, tanto en el proceso de oferta como en la operatoria del Convenio Marco.