Licitación ID: 898-186-LE24
SERVICIOS DE CIRUGÍA DE PACIENTES CON PATOLOGIAS TRAUMATOLOGICAS DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Responsable de esta licitación: HOSPITAL CLAUDIO VICUNA, HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
Fecha de Cierre: 04-11-2024 18:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 210
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de consulta médica 1 Unidad
Cod: 85101503
SERVICIOS DE CIRUGÍA DE PACIENTES CON PATOLOGIAS TRAUMATOLOGICAS  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS DE CIRUGÍA DE PACIENTES CON PATOLOGIAS TRAUMATOLOGICAS DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Estado:
Publicada
Descripción:
Contar con los servicios médicos completos incluyendo la infraestructura equipada necesaria en dependencias del Hospital para la realización de la siguiente prestación RESOLUCIÓN QUIRÚRGICA DE PACIENTES CON PATOLOGÍA TRAUMÁTOLOGICA HOSPITALIZADOS EN EL HCV O BIEN EN ESPERA DE CIRUGÍA EN DOMICILIO
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
Unidad de compra:
HOSPITAL CLAUDIO VICUNA
R.U.T.:
61.602.126-5
Dirección:
Carmen Guerrero N° 945
Comuna:
San Antonio
Región en que se genera la licitación:
Región de Valparaíso
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-11-2024 18:00:00
Fecha de Publicación: 21-10-2024 13:54:24
Fecha inicio de preguntas: 21-10-2024 20:15:00
Fecha final de preguntas: 25-10-2024 17:15:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-10-2024 20:15:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-11-2024 18:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-11-2024 18:01:00
Fecha de Adjudicación: 21-11-2024 19:54:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 15.1 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS • Formulario Nº1: Identificación del Oferente. • Formulario Nº2 Declaración de Aceptación de Bases (*) • Formulario Nº3: Declaración Jurada sobre Inhabilidades Cabe señalar que los documentos (*) solicitados en el presente artículo, se considerarán documentos obligatorios para la presentación de la propuesta del oferente, de lo contrario su oferta será desestimada.
Documentos Técnicos
1.- 15.2 ANTECEDENTES TÉCNICOS • Formulario Nº4: Experiencia del Oferente. El oferente debe respaldar la experiencia declarada en el formulario adjuntando copia de contratos, adjudicaciones, órdenes de compra, facturas o boletas de honorarios de servicios prestados, cartas de referencia o certificados, debidamente firmados y timbrados, de servicios médicos. Sólo se contabilizará la experiencia con respaldo (*) Los contratos, adjudicaciones u órdenes de compra no deben hacer referencia entre sí, de lo contrario se contabilizarán como uno.  Currículum vitae del Profesional  Certificado Inscripción en la Superintendencia de Salud. (REQUISITO EXCLUYENTE) (*)  Certificado de la Especialidad • Formulario N°6: Equipo Profesional. Cabe señalar que los documentos (*) solicitados en el presente artículo, se considerarán documentos obligatorios para la presentación de la propuesta del oferente, de lo contrario su oferta será desestimada.
 
Documentos Económicos
1.- 15.3 ANTECEDENTES ECONÓMICOS: • Formulario N°5: Oferta Económica. (*) El oferente deberá considerar que la oferta económica incluye todos los gastos, impuestos y demás costos eventuales que se deriven de los servicios licitados. No procederá ningún tipo de costo adicional para el Hospital Claudio Vicuña, ya que la presente licitación es por suma alzada lo que significa que no involucra reajustes ni intereses. Cabe señalar que los documentos (*) solicitados en el presente artículo, se considerarán documentos obligatorios para la presentación de la propuesta del oferente, de lo contrario su oferta será desestimada.
2.- 15.4 CERTIFICACIÓN Y/O DOCUMENTOS A ADJUNTAR • Adjuntar Certificados de Inscripción en el Registro Nacional de Prestadores individuales de Salud de cada uno de los integrantes del equipo a participar en las intervenciones (Requisito excluyente). • Para los Profesionales Médicos que realizan la prestación, Certificado de la Superintendencia de Salud incluyendo la acreditación de la especialidad de Cirujano. • Currículum vitae del Profesional Cabe señalar que los documentos (*) solicitados en el presente artículo, se considerarán documentos obligatorios para la presentación de la propuesta del oferente, de lo contrario su oferta será desestimada.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos Ver Bases Administrativas 10%
2 Experiencia de los Oferentes Ver Bases Administrativas 30%
3 Precio Ver Bases Administrativas 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El Presupuesto disponible para esta licitación, alcanza la 47.000.000 cuarenta y siete millones de pesos con impuesto incluido, para el periodo de 12 meses. Según lo señala el Artículo 11 del Reglamento de Compras Públicas.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: CARMEN GLORIA OSORIO
e-mail de responsable de pago: carmengloria.osorio@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en los respectivos contratos que se celebren con los
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA
Fecha de vencimiento: 01-03-2026
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el Fiel Cumplimiento del Contrato, se podrá presentar, conforme a lo estipulado en el Artículo N°68 del Decreto 250/2004 del Ministerio de Hacienda, cualquier documento que asegure el cumplimiento del pago de garantía de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con carácter irrevocable, extendido a nombre del Hospital Claudio Vicuña, Rut 61.602.126-5. El documento podrá ser entregado en soporte papel en la Oficina de Partes del hospital, ubicada en calle Carmen Guerrero N°945, 3° piso, San Antonio o de forma electrónica a los correos electrónicos: oficinadepartes.hcv@redsalud.gob.cl y gladis.castillov@redsalud.gob.cl indicando en el asunto tipo de garantía e ID de la licitación. En caso de ser documento electrónico debe ajustarse a la Ley 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Esta garantía deberá ser ingresada a la oficina de partes del hospital ya sea en documento físico o electrónico, en un plazo máximo de 20 días corridos junto con el contrato desde la notificación de adjudicación. La garantía deberá ser extendida expresamente a nombre del Hospital Claudio Vicuña, con la glosa: “Para Garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato asociado a “SERVICIOS DE CIRUGÍA DE PACIENTES CON PATOLOGIAS TRAUMATOLOGICAS DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA”. Por un valor equivalente al 5% en pesos chilenos del monto adjudicado con impuesto incluido, con fecha de vencimiento a 60 días hábiles posteriores al término del plazo del contrato. Esta garantía se otorgará para caucionar el cumplimiento de todas las obligaciones que se imponen al adjudicado, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa y por la sola voluntad del Hospital, si procede alguna de las causales estipuladas en el Art. Nº34 de las presentes Bases Administrativas, a través de la dictación de la correspondiente Resolución fundada y debe ser entregada al Hospital en el momento de la suscripción del contrato.
Glosa: “Para Garantizar el Fiel Cumplimiento de Contrato asociado a “SERVICIOS DE CIRUGÍA DE PACIENTES CON PATOLOGIAS TRAUMATOLOGICAS DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA”.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución del documento de garantía será realizada dentro de los 10 días hábiles siguientes, una vez cumplido el periodo de vigencia de ésta. Esto es, el plazo del contrato aumentado en 60 días hábiles, para resguardar que el producto o servicio contratado cumpla su objetivo con eficacia. Para retirar el documento, cumplido el plazo indicado en el párrafo anterior, el oferente adjudicado deberá enviar correo electrónico, en su defecto documento escrito, a la Unidad CC Gestión de Compras y Abastecimiento (gladis.castillov@redsalud.gob.cl) ;con copia a la Subdirección Gestión Administrativa y Financiera (javier.rojasr@redsalud.gob.cl) con el objetivo de realizar dicha gestión. Para retirar este documento de los oferentes que sean personas jurídicas deberán presentarse en la unidad de Contabilidad del hospital Claudio Vicuña, ubicada en Carmen Guerrero N°945, 3° piso, San Antonio, una carta poder simple indicando Nº de documento, monto, Banco de Emisión y motivo de la Garantía con copia señalando que autoriza al portador, previamente identificado, a realizar dicha gestión, en caso de que el representante legal sea quien realice este trámite, deberá acreditar dicha condición y presentar su cédula de identidad. Para las personas naturales bastará solo con la presentación de su Cédula de Identidad. Una vez vencido el plazo de la garantía por fiel cumplimiento del contrato, mencionado en el párrafo primero del punto 12.2.2 de las bases, el Hospital Claudio Vicuña se reserva el derecho de eliminar este documento una vez caducado
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

ARTICULO Nº19 - RESOLUCION DE EMPATES

Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de "Oferta Económica" (Art.17.3.1 bases)

En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de “Oferta Experiencia” (Art.17.3.2), respectivamente.

En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como tercer mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos” (Art.17.3.3), respectivamente

Finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal Mercado Público considerándose la hora en que aquello se efectúe


Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

ARTICULO Nº22 - MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

Conforme a lo indicado en el Articulo Nº41 del Reglamento de la Ley Nº19.886, en el caso de las consultas relacionadas a la adjudicación o deserción del presente proceso de Licitación, estas consultas deberán ser enviadas al correo electrónico a javier.rojasr@redsalud.gob.cl  en un plazo no superior a 10 días corridos contados desde la fecha de adjudicación o deserción, posterior a esa fecha se considerará fuera de plazo. El Hospital dará respuesta a las mismas por correo electrónico en un plazo no superior a 30 días corridos a partir de la publicación en el portal de la adjudicación o deserción al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.

Pacto de integridad

ARTICULO N°34 - PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

a)   El oferente se obliga a no intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

b)   El oferente se obliga a no intentar efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

c)   El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

d)   El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

e)   El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respeta las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivasen.

f)    El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como también las previstas en la legislación y normativa que sean aplicables.

g)   El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

h)   El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, asesores, agentes y todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

ACLARACION DE OFERTAS POR ERROR U OMISION

El Hospital podrá solicitar a través del portal (foro inverso), de conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, estos es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal.

El Hospital podrá también permitir, de conformidad a los establecido en el inciso segundo del artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ello dará un plazo 2 (dos) días hábiles por el foro inverso en el sistema de información, contados desde la solicitud de rectificaciones, complementación o aclaraciones según corresponda, realizada en el portal www.mercadopublico.cl

TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

ARTICULO Nº34 - TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.

El contrato quedará terminado, por disposición del Hospital Claudio Vicuña en los casos señalados en el artículo N°77 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas Nº19.886, además de los casos que se mencionaran a continuación:

En los siguientes casos no se procederá el cobro de garantía

  • Si de común acuerdo entre las partes se decide poner término anticipado al contrato.
  • Si falleciera el contratista. en caso que este fuere una persona natural.
  • Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

El mandante podrá dar término anticipado del contrato y hacer uso del cobro de garantía de fiel cumplimiento del contrato por las siguientes causales imputables al proveedor:

a)   Si se disuelve la empresa adjudicada.

b)   Si el oferente adjudicado fuere declarado en quiebra o le fueren protestados documentos comerciales, que se mantuvieran impagos más de 60 días corridos o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.

c)   Si el contratista no cumple con las Obligaciones Laborales y Sociales de los trabajadores (Ley N°20.238)

d)   No respete las normas de seguridad, las normas técnicas o las normas ambientales.

e)   El Prestador adjudicado no acatase las órdenes e instrucciones que se le imparten, en uso de las facultades que imponen el contrato y las bases.

f)    Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

g)   El oferente adjudicado o alguno de los socios de la empresa fuera formalizado por algún delito que merezca pena aflictiva; en los casos de una Sociedad Anónima, cuando algún miembro del Directorio o el Gerente se encuentre en esta situación.

h)   Si la empresa acumula cuatro multas graves dentro durante el transcurso del periodo del contrato

El incumplimiento por parte del Prestador de la(s) cláusula(s) del contrato, facultará al Hospital para poner término a éste, según se establece en Articulo Nº34 de las presentes Bases. El Hospital además se reserva el derecho de poner término al contrato en cualquier fecha y con 10 días de anticipación y sin indemnización, si se establece formal y fundadamente, que la continuación del contrato daña el normal desenvolvimiento de las actividades que se desarrollan en este centro asistencial.

CONTRATO

El Contrato se formalizará a contar de la fecha del acto administrativo totalmente tramitado apruebe la Adjudicación de la Licitación en el Portal www.mercadopublico.cl

De acuerdo al Artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886 de Compras Públicas, el contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra

Formarán parte integrante del contrato todos los documentos que la regulan señalados en el Articulo Nº7 de las presentes bases Administrativas.

Si vencido el plazo, el adjudicado no ha entregado los antecedentes requeridos en las presentes bases para formalizar el contrato definitivo por causas que le resulten atribuibles, el Hospital podrá dejar sin efecto la resolución de adjudicación. En esa circunstancia el mandante, deberá determinar si procede a readjudicar o declarar desierta la propuesta efectuando un nuevo llamado a licitación.

VIGENCIA DEL CONTRATO

ARTICULO Nº24 - VIGENCIA DEL CONTRATO

Por razones de buen servicio del Hospital, este se extenderá 12 meses. Pudiendo ser prorrogado por tres meses, siempre que el proveedor mantenga la oferta y exista monto disponible.

Por Razones de fuerza mayor o casos fortuitos tales como: pandemias, tormentas, huracanes, terremotos, erupciones volcánicas y otros fenómenos climáticos que puedan causar suspensión o interrupción de la función normal de la institución de servicio de atención en salud a las personas y que requieran reorientar los recursos humanos y materiales a las situaciones de emergencia.

Cualquier otro fenómeno de esta envergadura, sea ocasionado por el hombre o por la naturaleza y en cuyas situaciones de desastre, el riesgo directo a la salud de las personas puede verse seriamente aumentado, entre otros factores, por la interrupción o falta del servicio. En este entendido y por considerarse indispensables la prestación de servicios para el nuevo hospital Claudio Vicuña para las funciones relacionadas con la atención de la salud a las personas, y sólo por el tiempo que procede a un nuevo proceso de acuerdo con la normativa vigente, podrá la autoridad administrativa autorizar la prórroga del contrato por un periodo de 3 meses válidamente celebrado con anterioridad.

Verificándose razones de fuerza mayor o caso fortuito como las precitadas, el director del Hospital deberá adoptar todas las medidas necesarias inmediatamente antes, en el transcurso del evento o poco después de una catástrofe, con el propósito de que junto con evitar exponer a riesgo la salud de los usuarios internos y externos del Hospital Claudio Vicuña, vetar porque los procesos de compra gestionados al interior de la institución a su cargo, se ciñan a la normativa vigente.

Si el contratista adjudicatario no diere oportuno y correcto cumplimiento a cualquiera de las obligaciones que contraiga por el contrato y sus anexos. El Hospital podrá hacer efectiva a título de pena la garantía por fiel cumplimiento de contrato con el solo informe fundado del subdirector de Gestión Administrativa y Financiera del Hospital, de acuerdo a lo estipulado en el artículo N°32 de las presentes bases.

Además de informar a Mercado Publico y al Registro Nacional de Chile Proveedores a la empresa contratista, para que ello sea considerado en cualquier tipo de licitación que exista en dicho período

Se deja expresamente establecido que El Hospital puede, además de la pena, pedir indemnizaciones de perjuicios de acuerdo a los Artículos Nº1542 y Nº1543 del Código Civil.


cto administrativo totalmente tramitado que apruebe la adjudicación

READJUDICACION
ARTICULO Nº21 – READJUDICACION El Hospital Claudio Vicuña, podrá readjudicar en caso de que el proveedor adjudicado no cumpla con alguna cláusula o requerimiento en el plazo establecido en las presentes bases, o concurra en alguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su Reglamento. Procediendo a la readjudicación en los siguientes casos: • En caso de que el oferente no de cumplimiento a lo estipulado en los Artículos 6.1 y 26 de las presentes Bases Administrativas. • En caso que el adjudicatario se desistiere de aceptar la orden de compra para formalizar la contratación acorde al artículo 63 del Reglamento de la Ley 19.886, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos. El Hospital podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido en informe emitido por la Comisión de Evaluación, dejando sin efecto la adjudicación previa. El Hospital determinará si adjudicada a la segunda oferta mejor evaluada, en el marco de los recursos, o efectúa un nuevo llamado a licitación, emitiéndose para cada caso la respectiva resolución fundada
BASES TECNICAS
BASES TECNICAS
BASES TECNICAS

BASES TECNICAS

“SERVICIOS DE CIRUGÍA DE PACIENTES CON PATOLOGIAS TRAUMATOLOGICAS DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA”

  1. GENERALIDADES

Los presentes Términos de Referencia, vienen a complementar las Bases Administrativas, que establecen las disposiciones que rigen el proceso licitatorio publicado vía CHILECOMPRA. Estos regirán el proceso de licitación para la adquisición de lo siguiente: SERVICIOS DE CIRUGÍA DE PACIENTES CON PATOLOGIAS TRAUMATOLOGICAS DEL HOSPITAL CLAUDIO VICUÑA, para el Hospital Claudio Vicuña, establecimiento dependiente del Servicio de Salud Valparaíso San Antonio.

  1. PRESTACIONES OBJETO DE LA LICITACION

Contar con los servicios médicos completos incluyendo la infraestructura equipada necesaria en dependencias del Hospital para la realización de la siguiente prestación RESOLUCIÓN QUIRÚRGICA DE PACIENTES CON PATOLOGÍA TRAUMÁTOLOGICA HOSPITALIZADOS EN EL HCV O BIEN EN ESPERA DE CIRUGÍA EN DOMICILIO.

El pago por las prestaciones se realizará por las cirugías efectivamente realizadas, no incluye Re operaciones de complicaciones. Y se realizará una vez el paciente se encuentre de alta en buenas condiciones.

  1. CONSIDERACIONES GENERALES Y TECNICAS

Resolución quirúrgica de pacientes con patología traumatológica hospitalizados en el hospital Claudio vicuña o bien en espera de cirugía en domicilio.

Listado de Intervenciones:

  • Fractura Clavícula
  • Fractura cubito o radio diafisaria
  • Fractura epífisis distal radio (muñeca)
  • Fractura metacarpiana
  • Fractura falange
  • Fractura de tibia
  • Fractura tobillo maleolar o bimaleolar
  • Fractura metatarsiana

  1. CONSULTA PRE OPERATORIA

Los pacientes con diagnóstico de fractura HOSPITALIZADOS Y/O EVALUADOS EN URGENCIA EN ESPERA DE CIRUGÍA serán evaluados al ingreso del Hospital Claudio Vicuña, el equipo licitado será quién solicitará el estudio pre operatorio correspondiente más solicitud de evaluación anestésica de ser necesario. Además, se solicitará en el hospital en caso de requerir evaluación por otra especialidad.

La realización de los exámenes que se prescriban será de cargo del Hospital y coordinados con Traumatología.

  1. INTERVENCIÓN QUIRURGICA – GENERALIDADES

Todas las actividades incluidas en el servicio contratado, según de describe a continuación, deberán ser programada y realizadas en recintos de este centro hospitalario, de acuerdo a la disponibilidad horaria, lo cual deberá ser aprobado por la Jefatura del Departamento de Gestión Clínica del Establecimiento.

a)     Los pacientes serán intervenidos en horario de lunes a viernes desde las 17 horas, o sábados y domingo en pabellones del hospital. En adelante, los días sábado, domingos y festivo desde las 08:00hrs., siempre resguardando el normal funcionamiento del establecimiento, de acuerdo al cronograma y coordinado con Jefe Departamento Gestión Clínica y Enfermeras/os supervisores de pabellón.

La aceptación del horario de realización de las cirugías es obligatorio y excluyente y deberá hacerse expresa mención de su aceptación en el formulario correspondiente.

b)     Los pacientes beneficiarios de esta licitación son seleccionados según prioridad de Jefe Departamento Gestión Clínica del Hospital Claudio Vicuña de San Antonio, la cual hará llegar al correo que se defina para estos efectos, un monitoreo en forma quincenal de las garantías GES, ya sean vencidas, vigentes y/o exceptuadas, a dar cumplimiento según se requiera

c)     El adjudicatario deberá realizar las evaluaciones post operatorias pertinentes a cada cirugía. solicitará los exámenes, interconsultas y evaluaciones que considere correspondiente según caso a caso, las cuales se harán en el centro.

d)     En esta adjudicación deberá incluir al menos 2 consultas de control post operatorio al alta.

e)     Será de cargo del adjudicatario la obtención del o los con sentimientos informados establecidos en los protocolos, utilizando los formularios que para tal efecto ponga a su disposición el Hospital

f)      Toda complicación o problema derivado o relacionado a la cirugía serán atendidos por el personal adjudicatario, así como los aspectos legales que pudiesen derivarse de complicaciones del evento quirúrgico. Esto hasta los 6 meses post operado y al menos 3 meses desde su alta.

g)     Los servicios contratados incluyen al equipo clínico completo necesario para la resolución integral de los pacientes con confirmación diagnóstica derivados en

h)     Los términos previamente señalados y de acuerdo con el procedimiento que establezca el Hospital, incluyendo los controles post operatorios pertinentes.

i)      El equipo médico del adjudicatario se obliga a responder en forma satisfactoria cualquier reclamo que el paciente le formule con motivo de la intervención quirúrgica realizada.

j)      Se deberán efectuar controles post operatorios de acuerdo con los contenidos de las guías clínicas de la patología.

k)     Será de cargo del adjudicatario la resolución de las complicaciones que pudieren afectar a los pacientes ocasión de la intervención quirúrgica, hasta los 6 meses de efectuada ésta.

l)      El equipo adjudicado se hace responsable de realizar todos los registros tanto clínicos como administrativos asociados a la atención de salud y derivados de la consulta como de la intervención quirúrgica, efectuando todas las anotaciones pertinentes en la Ficha Clínica de cada paciente.

m)   El equipo adjudicado será el responsable del paciente en todo momento hasta su alta clínica, para ello deberá mantener una comunicación fluida y oportuna con el Hospital y los familiares del paciente en forma permanente, a la vez que deberá estar siempre ubicable y disponible para cualquier requerimiento y/o eventualidad.

n)     Será responsabilidad de la Jefatura del Consultorio de Atención de Especialidades, disponer de la infraestructura necesaria de Box. Los equipos y personal de apoyo para el día de las atenciones médicas serán de responsabilidad del oferente.

  • o)     Si el Oferente que resulta adjudicado durante la vigencia del convenio desea realizar cambios en el equipo de profesionales, deberá informarlo a la Subdirección Asistencial del Hospital Claudio Vicuña, quien le comunicará la decisión de autorizar o no el cambio de profesionales. Los nuevos profesionales siempre deberán cumplir con los requisitos anteriormente señalados.

  1. INTERVENCION QUIRUGICA TRAUMATOLOGICA

La cirugía traumatológica u ortopédica tiene como objetivo la solución de problemas del aparato locomotor, tanto de sus partes musculares como óseas o articulares. Estas cirugías buscan solucionar lesiones agudas, crónicas, recurrentes o traumáticas.

El equipo médico requerido para la realización de la intervención quirúrgica será:

  • Cirujano
  • 1 cirujano Ayudante (optativo)
  • Médico Anestesista
  • Arsenalera
  • Tecnólogo médico

El resto del personal será puesto por el Hospital

Debe presentar antecedentes y/o certificaciones que los acrediten.

  • Certificado de Inscripción en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud en la Superintendencia de Salud, de no estar inscrito, su oferta será rechazada.
  • Certificado del o los profesionales que intervienen en el tratamiento.

  1. PACIENTES:

El jefe del departamento de Gestión Clínica, será quien proporcione listado de pacientes, debidamente identificados con nombre completo, Rut, Fecha de Garantía, calidad previsional. Será responsabilidad del adjudicatario entonces Coordinar los exámenes Pre anestésicos, Pre operatorios (los exámenes mínimos requeridos serán: Hemograma, Glicemia, Pruebas de coagulación, ECG, para todos los pacientes a intervenir) y pases quirúrgicos requeridos según requerimiento.

Será responsabilidad de la Jefatura de Pabellones Quirúrgicos del Hospital disponer de la infraestructura para el día de las intervenciones.

Posteriormente a la atención en el Hospital Claudio Vicuña, cualquier dificultad inherente a ella será de cargo del prestador y en ningún caso de parte del Hospital.

El Hospital Claudio Vicuña se regirá por la normativa interna del hospital y las señaladas por el MINSAL.

  1. REQUISITOS.

Lo anterior no excluye las exigencias propias del Oferente para la prestación ofrecida, las cuales en conjunto deben apuntar a la prestación de un buen servicio final.

Tratándose de una Propuesta Pública por suma alzada, el oferente deberá consultar en su propuesta, todos los elementos o acciones necesarios para la correcta ejecución, aun cuando no aparezca su descripción, detalle o especificación en el legajo de antecedentes.

  1. CONDICIONES DE ENTREGA DEL SERVICIO

Cuando ocurran complicaciones no dependientes de la cirugía misma, ni de su estadía en el establecimiento, que impliquen riesgo vital o secuela funcional grave y, en consecuencia, requiera atención u hospitalización inmediata e impostergable el Oferente deberá informar al hospital y al Administrador del Contrato.

  1. CONSENTIMIENTO INFORMADO

El Oferente, antes de iniciar el tratamiento, deberá informar por escrito a todos los pacientes, los alcances del procedimiento que se realizará, obligación que se entenderá cumplida con la firma del “Formulario de Consentimiento Informado.”. Este documento deberá ser emitido quedando en la ficha clínica del paciente.

  1. PROCESO DE ATENCIÓN

a)     Si por razones ajenas a la voluntad del Oferente, la intervención quirúrgica solicitada no pudiera ser realizada en la fecha fijada por el Oferente, este deberá informar por escrito (correo electrónico) oportunamente al Jefe del departamento de Gestión Clínica, señalando los motivos que le impiden cumplir con su compromiso; por ejemplo, que los resultados de los exámenes preoperatorios del paciente, muestren que no se cumplen las condiciones médicas para ser intervenido, requiriendo subsanar el problema de salud antes de la intervención, quedando pendiente su resolución para otra fecha, además de realizar la excepción de garantía según corresponda.

b)     El Oferente deberá realizar el tratamiento, sin discriminar por sexo, edad, patología asociada y condición epidemiológica.

  1. RESPONSABILIDAD DEL OFERENTE

Desde el ingreso del paciente beneficiario al establecimiento, y hasta su egreso o traslado por cualquier causa, el Oferente será responsable de su manejo y protección.

Por lo anterior, el Oferente, bajo ninguna circunstancia podrá traspasar o encomendar a terceros las obligaciones que le corresponden por la prestación convenida.

El Oferente deberá resguardar, durante el proceso de atención, el cumplimiento de lo establecido en la Ley N°20.584 que Regula los Derechos y Deberes que Tienen las Personas en Relación con Acciones Vinculadas a su Atención de Salud.

El adjudicado, conforme al desempeño de las funciones que efectuara en las instalaciones del Hospital Claudio Vicuña, deberá resguardar la integridad del equipamiento y la infraestructura utilizada; en caso de daño, pérdida, mal uso y/o desperfectos del equipamiento y/o infraestructura y que se comprueben que fueron causados por el Adjudicado, estos deberán ser reparados y/o repuestos, con cargo integro al patrimonio del Adjudicado.

Las prestaciones serán en carácter del ejercicio libre de la profesión, por lo que el adjudicado se hace personalmente responsable de los actos profesionales durante la atención, en el marco de las normas, procedimientos y rendimientos establecidos por el MINSAL y la superintendencia de Salud.

En el desempeño de las actividades, técnicas y procedimientos, inherentes a los servicios contenidos en la presente licitación y que sean presentadas en el establecimiento, el adjudicado debe observar y respetar las normas y procedimiento internos, tanto técnicos como administrativos, que el Hospital Claudio Vicuña tiene establecidos para este tipo de acciones.