3.1. Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
3.1.1. La SEREMI se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que, aun cuando presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, no alteren el tratamiento igualitario de los proponentes, ni dificulten el correcto estudio de las propuestas.
3.1.2. El uso de esta potestad se orienta a obtener los antecedentes necesarios para la adecuada evaluación e interpretación de las propuestas y no podrá suponer, en caso alguno, la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas Bases como “Requisitos Técnicos y Económicos”.
3.1.3. Los señalado en los puntos precedentes, se materializará vía foro del portal Mercado Público en el plazo estipulado en el mismo; en caso de que el oferente no diera respuesta en dicho plazo éste se declarará inadmisible.
3.1.4. Para toda oferta rechazada en la apertura de las ofertas, o bien declarada inadmisible por la Comisión de Evaluación, no aplicará el cálculo de los criterios de evaluación.