En caso de existir empate entre dos o más ofertas, en primer lugar, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación del literal d) del numeral 8.4.1 de las presentes bases administrativas.
En segundo lugar, en caso de que la situación de empate subsista, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje ponderado en el criterio de evaluación del literal a) del numeral 8.4.1 de las presentes bases administrativas.
En cuarto lugar, en caso de que la situación de empate subsista, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje ponderado en el criterio de evaluación del literal b) del numeral 8.4.1 de las presentes bases administrativas.
En quinto lugar, en caso de que la situación de empate subsista, se adjudicará al oferente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación económico establecido en el numeral 8.6 de las presentes bases administrativas, de acuerdo con lo propuesto en el Anexo N°4 de las presentes bases. Por último, si la condición de empate aún persiste, se adjudicará al oferente que haya ingresado primero su oferta al sistema de información www.mercadopublico.cl.