MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN |
El INAPI podrá, por cualquier causa y hasta antes del vencimiento del plazo para la presentación de las propuestas, modificar estas bases y/o las técnicas mediante enmienda contenida en una resolución fundada, que será notificada a todos los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl y serán obligatorias para ellos. Si la magnitud de estas enmiendas así lo amerita, dicha resolución procederá a prorrogar el plazo de presentación de las ofertas.
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CAUSALES DE INADMISIBILIDAD |
las ofertas de los proponentes que puedan participar, según el punto 2 de estas Bases, serán declaradas inadmisibles, según el análisis y revisión que efectúe la Comisión Evaluadora establecida en el punto 9 de estas Bases, conforme las causales contempladas en estas Bases, que se resumen a continuación:
1. Por exceder el presupuesto máximo estimado para el período de duración completo, según párrafo quinto del punto 5.2. de las Bases Administrativas.
2. Por omitir acompañar en su oferta los Anexos N°s 8, 9, y 11.
3. Por omitir acompañar la Propuesta Técnica los antecedentes que se indican en el punto 5 de las BT.
4. Por no acompañar la declaración jurada simple, efectuada por el proponente, si es una persona natural (Anexo N° 2) o por el representante legal, si es una persona jurídica, (Anexo N° 3).
5. Por omitir acompañar la Garantía de Seriedad de la Oferta, según lo establecido en el punto 13 de las presentes Bases.
6. Por exceder los plazos máximos para entrega de los capítulos según lo establecido en el punto 4 de las Bases Técnicas.
7. Cualquier otra causal contemplada en las Bases Administrativas o Técnicas.
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ACEPTACIÓN DE LAS BASES |
El sólo hecho de la presentación de una oferta, implica la aceptación total por parte del proponente de los documentos citados en el punto 1.2 de las presentes bases, y de las condiciones contenidas en ellos.
5.1 Propuesta Técnica: El proponente deberá ingresar su propuesta, ajustada a las definiciones y criterios requeridos por las bases técnicas, al portal www.mercadopublico.cl y dentro del plazo establecido en el Anexo N° 1.
Particularmente, el oferente deberá dar cumplimiento a todo lo señalado en el punto 5 de las Bases Técnicas. La omisión de cualquiera de los antecedentes señalados en ese punto será causal de inadmisibilidad conforme al Nº 3 del punto 4.1, de las presentes Bases Administrativas.
5.2 Propuesta Económica: los oferentes ingresarán a través del Portal Mercado Publico www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de las ofertas, su oferta económica, que deberá ser ingresada en los formularios definidos en la plataforma de licitaciones de Chilecompra.
La oferta económica deberá incluir el “Anexo Oferta Económica” completado con los datos del oferente, señalando el valor anual con y sin impuestos. (VER Anexo N° 9). Los precios deben ser presentados según se indica en dicho Anexo, esto es, en valores netos, sin impuestos y separadamente el valor que incluya los impuestos y el monto específico del impuesto.
Asimismo, para explicitar los impuestos a que están sujetas las tarifas, el oferente deberá informarlo al momento de ingresar su oferta económica en el sitio www.mercadopublico.cl, en el campo “Especificaciones del Proveedor”. En caso que el bien o servicio no se encuentre afecto o esté exento, deberá indicarlo en el mismo campo.
Cabe señalar que, sin perjuicio de lo señalado en el párrafo precedente, el valor que se considerará para las ofertas en el Cuadro Comparativo de Evaluación de Ofertas, será el valor neto más los impuestos correspondientes.
Para esta licitación se ha considerado un presupuesto máximo de $18.900.000.- (dieciocho millones novecientos mil pesos chilenos), impuestos incluidos. Las ofertas que superen el presupuesto máximo estimado contemplado para este servicio, incluidos los impuestos, serán declaradas inadmisibles, conforme lo establecido en el numeral 1 del punto 4.1 de las BA.
Las ofertas que superen este presupuesto incluidos los impuestos, serán declaradas inadmisibles.
Los precios no estarán sujetos a ajustes por causa de diferencias entre las cantidades reales y las consideradas por el oferente en su oferta. Los precios que los oferentes incluyan en su oferta serán fijos y no podrán reajustarse o modificarse de manera alguna.
Los costos derivados de la formulación de la oferta técnica en que incurra el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de rechazarse la oferta.
Se les sugiere a los participantes adoptar todas las medidas conducentes a ingresar con la suficiente anticipación sus propuestas en el portal www.mercadopublico.cl, ya que INAPI no administra los recursos informáticos de ese portal ni tiene facultades para anular, modificar o corregir en modo alguno errores derivados del ingreso de los datos al sitio precitado.
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ACLARACIONES A LOS ANTECEDENTES DEL PROCESO |
Cualquier proponente puede solicitar aclaraciones sobre los documentos de la propuesta, ingresando la consulta al portal www.mercadopublico.cl, desde la fecha de la publicación del presente llamado hasta el plazo y hora indicados en Anexo N° 1.
Todas las consultas generarán respuesta única por parte del Inapi, las que estarán disponibles en el portal, a más tardar en el plazo y hora indicados en Anexo N° 1 incluyendo la descripción de las consultas realizadas sin identificar la fuente.
INAPI podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes de que venza el plazo para la presentación de las propuestas, modificar los documentos (bases administrativas y técnicas) mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un proponente. Las enmiendas serán notificadas a todos los proponentes a través del portal www.mercadopublico.cl y serán obligatorias para ellos. Si la magnitud de estas enmiendas así lo amerita, se procederá a prorrogar el plazo de presentación de las ofertas.
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ACLARACIONES SOLICITADAS A LOS PROPONENTES |
INAPI podrá solicitar a los licitantes, después de la recepción de las propuestas técnicas, aclaraciones por escrito en el foro provisto para estos efectos sobre dichos antecedentes que permitan una mejor comprensión de los mismos, sin que alteren el principio de igualdad de los proponentes y de estricta sujeción a las bases. Una vez publicada la consulta el oferente contará con 24 horas corridas para responder. Las aclaraciones que haga el proponente favorecido con la licitación pasarán a formar parte de los antecedentes del contrato.
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La Comisión Evaluadora |
será integrada por la Encargada de Comunicaciones Externas y/o un profesional que será designado por el Director Nacional, quienes legalmente los subroguen o reemplacen, por la Encargada de Compras y por una abogada de la Subdirección Juridica.
La Comisión Evaluadora podrá ser modificada a través de memorando del Jefe de la División de Administración y Finanzas.
La Comisión Evaluadora podrá, a su sólo criterio, admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, siempre que no sean sobre cuestiones de fondo, ni su corrección altere el principio de igualdad de los proponentes.
El resultado del análisis de admisibilidad será comunicado a través del portal www.mercadopublico.cl y se dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 33 del Reglamento.
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CRITERIOS DE DESEMPATE |
En caso de producirse un empate en el resultado final, éste se definirá privilegiando el mayor puntaje obtenido en la evaluación de los criterios, según el siguiente orden de prelación:
1.- Criterio de Experiencia comprobable del oferente (suma de los dos subfactores).
2.- Oferta Técnica (Anexo N° 8), que se refiere a los Plazos de Entrega de los Capítulos.
Aquella oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de los criterios estipulados se adjudicará la presente Licitación. Sin perjuicio de lo anterior, INAPI podrá no adjudicar la oferta de mayor puntaje si ésta obtiene menos de 80 (ochenta) puntos en el subfactor de “Experiencia comprobable del proponente en el Servicio de grabación, edición, realización y producción audiovisual de un programa de televisión, en número de años de experiencia” (Anexo N° 6).
Si por aplicación de lo anterior o de otra causal pertinente de las bases, no es posible adjudicar al oferente que obtenga el mayor puntaje total, INAPI podrá adjudicar al segundo mejor puntaje que cumpla con los requisitos y así sucesivamente, sin perjuicio de lo establecido en el punto 12 de las Bases Administrativas.
En cuanto al criterio de contratación de personas con capacidades diferentes, el oferente deberá acreditar que mantiene contratos de trabajo con personas con capacidades diferentes, por medio de copia de dichos documentos. Para efectos de la verificación de la discapacidad que presente la persona contratada, el oferente debe adjuntar certificado de la COMPIN o certificado del Registro de Discapacidad emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, que permita al INAPI validar la contratación de personas con capacidades diferentes. Si el oferente no adjunta dicha documentación, se le asignará 0 puntos en este criterio.
Con el objeto de poder efectuar la evaluación con todos los antecedentes solicitados, los proveedores que deseen participar de esta propuesta serán responsables de suministrar toda la información solicitada y la que estimen pertinente para su adecuada evaluación. En especial, deberán considerar la obligatoriedad de indicar en sus cotizaciones, información para todos los criterios de evaluación.
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CONTACTOS DURANTE LA EVALUACIÓN |
Los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante a través del Sistema de Información de Compras Públicas, y para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras, o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación y que sean previstas en las presentes bases, no pudiendo los proveedores contactarse de ninguna otra forma con la entidad licitante o sus funcionarios, durante el curso del proceso.
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ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN |
La Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Conforme lo indicado en el párrafo anterior, Inapi podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El plazo fatal para la presentación de las certificaciones, antecedentes o documentos faltantes será de 24 horas, contados desde el requerimiento informado a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante la aplicación “Solicitud de aclaraciones”, la cual también tendrá por objeto la recepción electrónica de los mismos, salvo que por su naturaleza deba entregarse en papel en cuyo caso deberá entregarse en la forma y lugar que se indique en el requerimiento. Todo lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 40 ya citado.
En estas circunstancias, la entrega de los antecedentes, certificaciones o documentos será calificada según los criterios de evaluación definidos en el numeral 9.2.
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DEL PRECIO Y DURACIÓN DEL CONTRATO: |
El contrato tendrá vigencia desde la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y hasta el término de la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento que el oferente debe emitir, de conformidad a lo indicado en el punto 15. Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
Para efectos de las presentes bases, se ha determinado como presupuesto máximo para la contratación del servicio licitado un monto de hasta $18.900.000.- (dieciocho millones novecientos mil pesos), impuesto incluido.
El servicio que se contrate será pagado en dos cuotas, según el siguiente detalle, asociado al cumplimiento de la entrega de Capítulos, definida en las Bases Técnicas::
Pagos:
Primer Pago 50% del total del contrato, se pagará una vez aprobado por la Contraparte Técnica la recepción conforme de los capítulos 1, 2, 3, 4, 5 y 6, según los plazos ofertados por el oferente (Anexo N° 8).
Segundo Pago 50% del total del contrato, se pagará una vez aprobado por la Contraparte Técnica la recepción conforme de los capítulos 7, 8, 9, 10, 11 y 12 y el capítulo resumen, según los plazos ofertados por el oferente (Anexo N° 8).
Los pagos se efectuarán previo informe y visto bueno de la contraparte técnica, según corresponda, contra presentación y aprobación del correspondiente documento tributario de cobro, de acuerdo a lo señalado en el cuadro anterior, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción del respectivo documento tributario en papel, en la Oficina de Partes de INAPI, o copia del documento tributario que se emita electrónicamente remitida a la casilla de correo facturas@inapi.cl.
Para efectos del pago, los Informes de la contraparte técnica deberán contener el desarrollo de las actividades señaladas en el número 4 de las BT.
Sin perjuicio de lo anterior, la contraparte técnica podrá solicitar la ampliación del contrato, en cuanto a requerir servicios adicionales a los contratados, solicitud que deberá ser debidamente justificada, cada vez que se requiera, pudiendo el Director Nacional suscribir con el adjudicatario contratado una modificación del contrato, según lo solicitado por la contraparte técnica, de acuerdo al valor expresado en la propuesta técnica, siempre que exista disponibilidad presupuestaria y durante todo el período de ejecución del contrato no se supere el 20% del valor total del contrato. Asimismo, podrá solicitarse por la contraparte técnica mediante una solicitud fundada la ampliación de los plazos de ejecución por causas no imputables al proveedor adjudicado.
Los plazos de ejecución que se establezcan durante la vigencia del contrato deberán ser observados a cabalidad, bajo sanción de multas y/o de hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
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MULTAS |
: En caso que el proveedor no diera cumplimiento oportuno, sin causa justificada al contrato, en cuanto a los plazos establecidos en las bases, en la oferta, en el contrato que se suscriba o aquellos derivados de la ejecución de trabajos o alcance de las labores contratadas, ésta podrá proponer al Director Nacional, la aplicación de la multa que se señala a continuación:
- 0,5 % del monto total del contrato por cada día de atraso en el cumplimiento de los plazos de entrega o de su corrección, según la propuesta adjudicada.
En caso que los perjuicios que el incumplimiento de sus obligaciones por parte del adjudicatario ocasione al INAPI excedan el monto de las sanciones aplicadas, ésta podrá perseguir judicialmente la indemnización de perjuicios correspondientes.
Las multas que se requiera aplicar, serán aprobadas por medio de Resolución fundada. Podrán hacerse efectivas deduciéndose, en primer lugar, de la parte impaga del precio del contrato, sin perjuicio de su derecho a proceder a su cobro judicial. En todo caso, cuando el monto total de las multas impuestas superen el equivalente al 10% del monto total del contrato, INAPI podrá poner término anticipado al contrato, de acuerdo lo dispone el numeral siguiente.
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SUBCONTRATACIÓN |
El proveedor podrá concertar con terceros más calificados para su ejecución la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad de su cumplimiento permanecerá en el proveedor adjudicado, siempre y cuando declare en su oferta que subcontratará, su alcance y características, y cuente con la aceptación expresa de INAPI.
El oferente adjudicado deberá cerciorarse que los profesionales designados a cargo de la ejecución de los servicios, estén debidamente informados de los términos del contrato y de la totalidad de sus antecedentes, renunciando desde ya, a alegar desconocimiento de éstos, una vez emitido el respectivo contrato.
En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el pago producto del contrato licitado deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo el proponente acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato. INAPI exigirá que el proponente contratado proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del proponente contratado, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que dicho proponente no podrá participar.
Queda expresamente establecido que el adjudicatario no podrá ceder, transferir o traspasar en forma alguna, ni total ni parcialmente los derechos y obligaciones establecidos en el contrato; ni tampoco constituir sobre ellas garantías, prendas u otros gravámenes que lo afecten, ni otorgar mandatos de cobro irrevocable a un tercero, sin la aprobación escrita y previa de INAPI.
El incumplimiento de las obligaciones precedentes, será causal suficiente para que INAPI ponga término al contrato en forma inmediata y sin indemnización de ninguna especie para el adjudicatario, circunstancia que éste declara conocer y aceptar.
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INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y TÉRMINO ANTICIPADO |
Sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral anterior, en caso de incumplimiento injustificado y reiterado por parte del adjudicatario de alguna de las cláusulas que contemple el contrato suscrito en virtud de la presente licitación, INAPI tendrá derecho a ejecutar cualquiera de las dos opciones que a continuación se señala:
a) Suspender el pago que deba realizar INAPI al adjudicatario, mientras el problema o incumplimiento no sea resuelto por parte de este último.
b) Poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, cuando el incumplimiento en la prestación de los servicios contratados sea reiterada y genere problemas operativos a INAPI. Esta situación será determinada y calificada por el Servicio.
No obstante ello, INAPI se reserva además la facultad de terminar anticipadamente el contrato celebrado con el adjudicatario, en los siguientes casos:
• Resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
• Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato
• Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
• Si se disolviese la empresa adjudicataria.
• Si el adjudicatario efectuase un traspaso total o parcial del contrato o cesiones de derechos provenientes de aquél a un tercero.
• Por incumplimiento grave, a juicio de INAPI, de cualquiera de las exigencias de estas Bases o del contrato, especialmente si a juicio de la contraparte técnica, la calidad de servicio que por este proceso se contratan, no cumpliera con las Especificaciones Técnicas establecidas en las Bases respectivas y el proveedor se negase a rectificar dichos errores.
• Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Si se verificase la ocurrencia de cualquiera de estas causales, INAPI podrá poner término anticipado al contrato, mediante acto administrativo fundado y debidamente notificado al adjudicatario, por correo certificado.
En tal caso, deberá procederse a la liquidación del contrato, no teniendo derecho el adjudicatario a indemnización alguna ni a los pagos que aún no se hayan devengado.
Asimismo, el contrato puede ser objeto de modificaciones conforme lo establecido en la Ley N° 19.886 y su reglamento.
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PUBLICIDAD Y CONFIDENCIALIDAD |
Sin el previo consentimiento de Inapi, el adjudicatario no podrá realizar ninguna publicidad, despacho noticioso, realizar conferencias o charlas de esas materias utilizando el nombre de Inapi, o que su contenido se relacione en cualquier forma con el contrato o con cualquier información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del mismo.
Toda la información y/o cualquier antecedente en general que Inapi entregue o facilite al oferente son de propiedad exclusiva de esta Institución y no podrán ser usados para ningún otro fin que no sea contemplado en el contrato.
La infracción a estas disposiciones podrá significar para el proveedor el término anticipado del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que decida iniciar Inapi.
La propiedad intelectual del trabajo desarrollado por el proveedor, especialmente las facultades señaladas en los artículos 17 y 18 de la Ley 17.336, sobre Propiedad Intelectual, se entenderá transferida y cedida a Inapi, que quedará totalmente facultado para completar, ampliar o modificar el trabajo desarrollado, así como también para llevar a cabo su materialización posterior, sin pago adicional alguno al oferente. En razón de lo anterior INAPI efectuará el o los registros que correspondan en el Departamento de Derechos Intelectuales.
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DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO REQUERIDO |
Este proyecto, constará de un máximo de 12 capítulos, más uno de resumen, incluyendo la “promo” correspondiente a cada capítulo, en los cuales se buscará acercar la ciencia y los inventos a los telespectadores mediante piezas periodísticas realizadas, entre otros formatos, a través de entrevistas efectuadas a inventores chilenos, quienes en cada uno de los capítulos del programa, mostrarán sus inventos, explicarán de un modo cercano y distendido en qué consisten y para qué sirven, además de dar una muestra del proceso de fabricación y, exhibirán un prototipo o ejemplar del invento funcionando.
En cada capítulo se entrevistará a un máximo de dos inventores y se utilizará preferentemente como locación los talleres o demás instalaciones en que los inventores desarrollen sus productos, además de los lugares necesarios para la prueba de éstos. También, en cada programa, se buscará, de una manera lúdica y didáctica, educar a la población acerca de la forma en que puede solicitar el registro de una patente de invención, modelo de utilidad, dibujo o diseño industrial u otro derecho de propiedad industrial relacionado, a través de cápsulas.
Los casos de inventores serán entregados por la contraparte técnica de INAPI en la reunión de inicio. La lista contendrá los datos necesarios para que el proveedor contacte a los inventores, con el fin de producir las pautas de grabación. El proveedor deberá coordinar directamente con los inventores la fecha de grabación, horario y locaciones.
Previo a la grabación de cada capítulo, se realizará una reunión de pauta en la que se abordarán los temas a grabar, coordinando previamente con la Contraparte técnica de INAPI, modo de grabación, cuál será el enfoque de la misma, cuál será la pauta de preguntas, y qué se pretende lograr con las entrevistas. INAPI ejercerá como editor de cada capítulo.
Por lo tanto, el oferente deberá producir y realizar un programa de televisión de 12 capítulos más uno de resumen, de 25 minutos mínimos cada uno de ellos, con material inédito y una “promo” de cada capítulo.
La grabación de cada capítulo del programa se efectuará de acuerdo a la calendarización que se fije en la reunión de inicio conforme a la Carta Gantt y los plazos ofertados por el proveedor.
Se deja constancia en estas bases que la idea original del programa descrito es de propiedad del Instituto Nacional de Propiedad Industrial – INAPI. La propiedad intelectual del trabajo desarrollado por el proveedor, especialmente las facultades señaladas en los artículos 17 y 18 de la Ley 17.336, sobre Propiedad Intelectual, se entenderá transferida y cedida a Inapi, que quedará totalmente facultada para completar, ampliar o modificar el trabajo desarrollado, así como también para llevar a cabo su materialización posterior, sin pago adicional alguno al oferente. En razón de lo anterior INAPI efectuará el o los registros que correspondan en el Departamento de Derechos Intelectuales
De la producción audiovisual
El programa de televisión que se licita deberá contener 12 Capítulos y uno de resumen, de mínimo veinticinco (25) minutos de contenido neto cada uno. Cada capítulo estará compuesto por una (1) presentación, una (1) despedida, dos (2) notas periodísticas, dos (2) cápsulas informativas, una (1) transición gráfica, generador de caracteres, y tres (3) nexos; cuyos formatos se describen a continuación:
• Presentación y despedida: Animación gráfica a generarse en Adobe After Effects o similar con formato de 1080p (HDTV), musicalizada en toda su extensión, que aluda al foco central del programa de televisión. En caso de ser necesario, puede incorporarse contenido audiovisual inédito extraído del proceso de registro de las notas periodísticas. La pieza debe finalizar con el logo del programa, cuya creación es de responsabilidad del equipo realizador. Su extensión no debe ser superior a veinte (20) segundos. Sólo en el caso de la despedida, el logo del programa debe anteceder al logo de Inapi.
• Nota periodística: Pieza audiovisual destinada a contar la historia de un inventor chileno que logró obtener una patente de invención, diseño o modelo de utilidad. El relato debe ser realizado en primera persona, entendiéndose que el inventor es el único protagonista. La voz del protagonista cruza todo el relato, que estará compuesto por cuatro hitos: detección del problema, desarrollo de la solución, elaboración del prototipo o producto final y protección de derechos de Propiedad Industrial.
El registro del testimonio se debe realizar en dos formatos. En primer término, se realizará una entrevista en plano compuesto, utilizando trípode y micrófono de solapa y/o de caña direccional. El segundo formato de la entrevista se realiza en movimiento, privilegiando el uso de cámara libre, a fin de explicar procesos, lugares y situaciones.
El registro audiovisual (imágenes de apoyo) debe ser desarrollado en función de secuencias cronológicas, que complementen el relato del protagonista. A su vez, el proceso de captura de audio ambiente, debe ser limpio y en sintonía con el desarrollo de secuencias, con la finalidad de aumentar el realismo.
Por su parte, el proceso de edición debe privilegiar cortes directos. Las transiciones, sólo deberán ser utilizadas cuando se marque un cambio de tiempo y lugar. El uso de otros recursos, así como la extensión de cada pieza, deberá ser consensuada con la contraparte técnica.
El contenido y edición debe ser trabajado en 1080p (HDTV).
• Cápsulas informativas: Pieza compuesta por animación gráfica, música y locución en off. Su finalidad es entregar uno o más datos y/o explicar un procedimiento. Su extensión no debe ser superior a 30 segundos. Este contenido será entregado por INAPI. Promo: El oferente deberá entregar un total de, de trece (13) videos promocionales del programa de televisión, correspondiente a uno (1) por cada capítulo y al de resumen que debe entregar. La pieza audiovisual, deberá contener un resumen de los principales contenidos de cada edición (capítulo) en un máximo de 30 segundos. La entrega del archivo aludido, deberá hacerse en formato 1080p (HDTV). El texto y los contenidos a utilizar, deberán ser validados por la contraparte técnica.
• Transición gráfica: Recurso gráfico en movimiento, que permite unir dos contenidos audiovisuales disímiles entre sí (tiempo y espacio). Su extensión no debe ser superior a un segundo.
Generador de caracteres (GC): Franja gráfica ubicada en la parte inferior de la pantalla destinada a la referencia de nombres, cargos, lugares y datos. Su diseño debe incluir el logotipo del programa. Debe considerar a lo menos dos movimientos (entrada – salida).
• Nexos: Recurso destinado a la unión de los contenidos que constituyen el programa de televisión. Cada nexo estará a cargo de un conductor del programa de televisión, quien deberá estar presente en los 12 capítulos y en el de resumen (sólo en los nexos). Por cada nexo se deberá entregar, a lo menos, un dato atingente al sentido del capítulo que lo contiene; y a la historia o cápsula que presenta o antecede. El contenido deberá ser discutido con la contraparte técnica, en cada reunión de pauta, con el fin de generar un guión para el conductor.
Material entregable
El material entregable debe considerar seis (6) archivos por capítulo, contenidos en una carpeta que identifique el número de cada capítulo y almacenados en una unidad de almacenamiento externa, la que será devuelta al oferente, luego de realizarse el proceso de traspaso de archivos electrónicos.
Los archivos a entregar por capítulo son:
• Un (1) Capítulo completo
• Dos (2) notas periodísticas.
• Dos (2) cápsulas informativas
• Un (1) spot promocional de 30 segundos (varía por cada capítulo)
En el caso del capítulo número trece (13), entendido como edición de resumen, el oferente sólo deberá entregar un (1) capítulo completo.
La suma total de archivos a entregar por parte del oferente, son sesenta y cuatro (74) considerando los trece (13) capítulos.
Los materiales deberán ser entregados por el oferente, siguiendo el siguiente protocolo técnico:
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