BASES ADMINISTRATIVAS |
I. BASES ADMINISTRATIVAS
1. DESCRIPCIÓN DEL MANDANTE Y FUNDAMENTO DE LA LICITACIÓN:
La entidad contratante es la Dirección del Servicio de Salud Magallanes, Rut. N° 61.607.900-K en adelante “el Servicio”, con domicilio en calle Lautaro Navarro N° 829, ciudad de Punta Arenas, representada por su Director o por quien la subrogue legalmente, o quien por delegación de facultades cumpla esta labor, quien actua en representación del Hospital Clínico de Magallanes, Hospital de Puerto Natales, Hospital de Porvenir y Hospital de Puerto Williams, en adelante “El Establecimiento”, quienes pertenecen a la Red Asistencial de Salud de la Región de Magallanes y Antártica Chilena.
Hospital Clínico de Magallanes “Dr. Lautaro Navarro Avaria”, RUT: 61.607.901-8, con domicilio en Avda. Los Flamencos N° 01364, comuna de Punta Arenas.
Hospital de Puerto Natales “Dr. Augusto Essmann Burgos”, RUT: 61.607.904-2, con domicilio en Avda. España N° 1650, comuna de Puerto Natales.
Hospital de Porvenir “Dr. Marco Chamorro”, RUT: 61.607.903-4, con domicilio en Carlos Wood N° 480, comuna de Porvenir.
Hospital de Puerto Williams “Cristina Calderón”, RUT: 61.980.720-0, con domicilio en O’Higgins N° 246, comuna de Cabo de Hornos.
La presente licitación, se efectúa dentro del marco establecido en la Ley Nº 19.886 sobre compras y contratos públicos, junto a su reglamento contenido en el D.S. Nº 250/04, del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones.
2. OBJETIVO DE LA LICITACIÓN:
El propósito de la licitación es contratar el servicio de “Mantención de Ascensores para la Red Asistencial de Magallanes y Antártica Chilena", de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases Administrativas y Técnicas, en las circunstancias que este servicio no es provisto en catálogo electrónico del Convenio Marco.
3. PARTICIPANTES:
Podrán presentar en la presente licitación, todas aquellas personas naturales, jurídicas y/o uniones temporales de proveedores y que cumplan con los requisitos exigidos en las bases administrativas y técnicas, anexos, consultas, respuestas y aclaraciones, y que no afecten alguna de las causales de inhabilidad establecidas en el art. 4 de la Ley N°19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicios.
Tratándose de personas jurídicas, no deben haber sido condenadas a penas de prohibición de celebrar actos o contratos con organismos del Estado, de conformidad con la ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento de Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica, o por las prácticas a que se refiere el DL 211/1973 que fija normas para la defensa de la libre competencia.
En caso que el o los oferentes adjudicados no estén inscritos en el registro electrónico oficial de proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, estarán obligados a inscribirse dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación. En el caso de una unión temporal de proveedores, cada prestador de dicha unión deberá inscribirse dentro del plazo señalado para poder suscribir el contrato.
3.1. Unión Temporal de Proveedores:
Para contrataciones con Unión Temporal de Proveedores, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado.
En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
4. ETAPAS Y PLAZOS DEL PROCESO:
El proceso de licitación a que se hace referencia, se publicará a través del portal de Mercado Público, en donde las etapas y plazos se resumen como sigue, sin perjuicio de las fechas de licitación que imponga el portal de compras públicas, para la correcta ejecución de la licitación, y para efectos de estas se establece el siguiente cronograma:
ETAPAS PLAZOS MÁXIMOS
Fecha de Publicación 2 días desde la total tramitación de la resolución que aprueba las bases administrativas y técnicas y autoriza el llamado a licitación.
Fecha inicio de preguntas De acuerdo a la fecha de publicación en el sistema.
Visita a terreno Obligatoria Jueves 28 de octubre a las 10:00 horas, sólo Hospital Clinico de Magallanes.
Fecha final de preguntas 6 días corridos después de la publicación.
Fecha publicación de respuestas 7 días corridos después de la publicación.
Fecha de Cierre Recepción de Ofertas 10 días corridos después de la publicación en horario de las 19:00 hrs.
Fechas de Acto de Apertura Electrónica 1 día hábil después del cierre de recepción de ofertas en horario de las 08:30 horas.
Tiempo Estimado de Evaluación 6 días hábiles después de la apertura de la licitación
Fecha adjudicación 6 días hábiles después de la evaluación de la licitación.
Fecha Suscripción de Contrato 10 días corridos de efectuada la total tramitación de la adjudicación.
En caso que el plazo de cierre para la recepción de ofertas venza en día inhábil, se prorrogará automáticamente para el día hábil siguiente a las 15:00 hrs.
5. SERIE DE CONSULTAS Y RESPUESTAS Y/O MODIFICACIONES DE DOCUMENTOS DE LICITACIÓN:
Se aceptarán consultas solamente mediante la opción “Foro”, inserta en el portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, las que podrán efectuarse en las fechas que se precisen en la misma licitación y respondidas por el mismo medio, conforme al cronograma de actividades de esta licitación, señalado en el punto 4 de las presentes bases administrativas. A su vez, las respuestas y aclaraciones estarán disponibles a través del portal de Mercado Público, en los plazos indicados en el cronograma precedente, información que se entenderá conocida por todos los interesados desde el momento de su publicación.
El Servicio podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes del vencimiento del plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante resolución, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por un oferente. Además, podrá modificar la fecha de adjudicación, en caso que estime necesario. Estas enmiendas pasarán a formar parte integrante de estas Bases, y serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl, antes del cierre de la licitación. Se deja constancia, que el oferente se hace responsable de la habilitación de “seguimiento del proceso” dispuesto en el portal de compras públicas para estos efectos.
6. AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE ADJUDICACIÓN:
Si la adjudicación no pudiese efectuarse dentro de los plazos establecidos en el cronograma dispuesto en el punto 4 de las presentes bases, el Servicio informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Lo anterior, en conformidad con lo establecido en el artículo 41 inciso 2º del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Asimismo, emitirá la correspondiente resolución fundada, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, para el conocimiento y seguimiento del proceso por parte de los oferentes.
7. PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO:
Para esta licitación el contrato de servicio deberá suscribirse con el oferente que resulte adjudicado, dentro de un plazo máximo de 5 días corridos, contados desde que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, cuyo formato está contenido en el Anexo Nº 5, para su conocimiento, y cuya vigencia se extenderá desde la fecha de aprobación del contrato y por el periodo comprendido de un año, sin posibilidad de renovación.
El contrato formalizado de la manera antes expuesta, se regirá por lo dispuesto en las presentes bases administrativas y técnicas, anexo Nº 1, 2, 3 y 4 consultas y respuestas, las aclaraciones si las hubiera, la oferta presentada, resolución de adjudicación, y cualquier otro documento que se origine con motivo del proceso de licitación, los cuales se entenderán conformar los términos de referencias de la compra.
7.1 OBLIGACIONES DEL OFERENTE ADJUDICADO
En caso que el oferente adjudicado, renuncie, abandone, no se inscriba en el Registro Electrónico de Proveedores en el plazo estipulado, o no cumpla íntegramente los trámites posteriores a la adjudicación, en particular no firmar el contrato de servicio en el plazo señalado, el Servicio podrá dictar una resolución que deje sin efecto la adjudicación, autorizando readjudicar el servicio al oferente siguiente mejor evaluado, o en caso de ser necesario, se realizará una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Además de lo anterior, podrá notificar a la Dirección de Compras Públicas o en el Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, para todos los efectos legales que procedan.
Al momento de aceptar la orden de compra, el oferente adjudicado deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte de la empresa adjudicada para con sus trabajadores, este deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso que el oferente adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante deberá presentar la certificación mencionada al tiempo de firmar el contrato. En caso que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como asimismo, la falta de presentación de dicho certificado, habilitará al Servicio, para poner término al contrato y podrá llamar a una nueva licitación.
7.2 TRASPASO DEL CONTRATO
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, si se suscribiere, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de esta licitación o contrato, los que podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común, y conforme a lo dispuesto en el artículo 75 del reglamento del reglamento de compras públicas, el Servicio dará cumplimiento con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus contratistas, siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
7.3 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Para la solución de conflictos que pudieran originarse durante la vigencia del contrato, o en general, en el cumplimiento de las obligaciones que tengan su fuente en la presente licitación, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes de acuerdo al domicilio de la entidad licitante y las leyes vigentes.
8. PROCEDIMIENTO TÉRMINO DEL CONTRATO:
El contrato que se suscriba podrá terminar anticipadamente:
a) Por Mutuo Acuerdo: Las partes podrán poner término en forma anticipada al contrato de común acuerdo, suscribiendo para ello, en forma conjunta, un documento que deje constancia de dicha voluntad.
b) Unilateralmente: El Servicio, mediante resolución fundada, podrá poner término anticipado al contrato, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, cuando se presenten una o más de las siguientes situaciones:
1. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el oferente adjudicado, previo informe fundado emitido por el supervisor o referente técnico y/o administrativo designado por el Servicio.
2. El adjudicatario sea condenado por delito que merezca pena aflictiva.
3. Si el oferente adjudicado fuera declarado en quiebra o cayera en insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5. Registrar saldos insolutos de las remuneraciones o las cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
6. No dar cumplimiento a las observaciones efectuadas por el Administrador del Contrato.
7. No reponga la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
8. Si el monto de las multas sobrepasa el monto de la garantía.
9. Caso fortuito o fuerza mayor.
10. Falta grave a la probidad
11. En caso que la multa y/o multas acumuladas excedan el tope máximo señalado.
Para hacer efectivo el término del contrato, la resolución fundada será notificada por correo electrónico al oferente adjudicado, para que en un plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la notificación presente recurso de reposición. Si vencido este plazo no presenta recurso de reposición, se hará efectivo el término de contrato de forma inmediata. Si presenta recurso de reposición, el Servicio dispondrá de un plazo de 10 días hábiles no fatales, para pronunciarse respecto del recurso de reposición, en conformidad a la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado”.
Sin perjuicio de las multas que pudieren ser aplicables, según lo establecido en estas bases, el Servicio, conservará su derecho interponer las acciones judiciales pertinentes para cobrar todos los perjuicios ocasionados.
9. SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO:
Los incumplimientos que se indican a continuación, facultarán al Establecimiento para aplicar las siguientes sanciones, sin perjuicio de los otros derechos que corresponden, en especial, el de hacer efectivas las garantías que tenga constituidas el proveedor:
9.1. En caso que no se cumplan los mantenimientos preventivos programados y que previamente hayan sido acordados con el supervisor de la actividad mediante protocolos de mantención, facultará al Establecimiento para aplicar una multa al oferente adjudicado de 5 U.T.M, con un tope de 30 UTM.
9.2. En el caso que no se cumplan con los trabajos asociados a mantenimientos de tipo correctivo o requerimientos de urgencia, que hayan sido informados al oferente adjudicado y coordinado para ser ejecutados en un plazo no superior a 8 horas, facultarán al Establecimiento para multar al oferente adjudicado con 10 U.T.M. , con un tope de 30 UTM. Se deja establecido además que ante fallas que ameriten un mayor plazo de ejecución, esto deberá ser notificado mediante un informe técnico que deberá ser entregado por el oferente adjudicado al supervisor de la actividad del Establecimiento.
9.3. Por lo indicado en los párrafos precedentes, si el oferente adjudicado acumula multas con un tope total ascendiente a 30 UTM, durante la ejecución del contrato considerado todos los establecimientos de la Red Asistencial de Salud de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, dicha falta será considerada como incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, de acuerdo a lo señalado en el punto 8, letra b) de las bases administrativas, sin perjuicio del cobro de la garantía por fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
9.4. En caso que los motivos que originen el atraso sean ajenos a la gestión del oferente adjudicado, este deberá notificarlo por escrito en un plazo no superior a 24 horas del término estipulado, solicitando con ello, una prórroga la cuál será evaluada por el referente técnico del contrato.
10. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS Y OTRAS MEDIDAS:
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, cobro de la garantía o amonestaciones por parte del Servicio, ésta será notificada al adjudicatario, por medio de correo electrónico, o carta certificada, y solo en aquellas contrataciones formalizadas a través de la emisión de un contrato, mediante el escritorio del proveedor, conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, disponible en www.mercadopúblico.cl, que se describe a continuación:
La notificación de sanción, indicara la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la medida a aplicar. A contar de la notificación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos al Director del Servicio o a quien este designe, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, los que podrá ingresar directamente a través del módulo señalado, si corresponde, o bien remitirlos al correo electrónico abastecimiento.ssm@redsalud.gov.cl o ingresarlos a la Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Magallanes.
Vencido el plazo sin presentar descargos, el Servicio dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción. Por su parte, si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Servicio tendrá un plazo de hasta 15 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante resolución fundada. Estas resoluciones serán publicadas y notificadas electrónicamente, o a través del módulo de gestión de contratos si correspondiera, siendo responsabilidad del proveedor adjudicado la revisión periódica de su escritorio y convenio respectivo, aplica artículo 79 ter del DS 250, la Ley 19.880 y Ley 19.886.
Procedimiento para interponer recurso:
El Servicio registrará las medidas indicadas, a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Todas las resoluciones firmes de aplicación de multa tratadas en este artículo, además, serán inscritas en el registro “Idoneidad del Proveedor”, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 96 bis del Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda.
Agotado el procedimiento de aplicación de multas y agotados los recursos pertinentes, el pago de las multas podrá efectuarse directamente por el proveedor adjudicado al Servicio de Salud Magallanes o ser rebajado de cualquier pago que el Servicio adeude al oferente adjudicado.
Si el proveedor no procede de la forma descrita, esto es, haciendo una transferencia a nombre del Servicio de Salud Magallanes por el valor de la multa notificada en el acto administrativo que ratifica la sanción, para lo cual tendrá un plazo de 15 (quince) días corridos desde la notificación de dicha Resolución, el descuento deberá ser incorporado como parte de la información de pre facturación que debe hacer llegar al Servicio y que realizará el adjudicatario, la que será sometida a revisión por parte del Servicio de Salud, y una vez aceptada, se informará al adjudicatario entregándole los antecedentes pertinentes para que proceda a facturar.
11. GARANTÍAS:
Por la aplicación de la Ley de Compras y Contratos Públicos, se distinguen 2 tipos de garantías a saber:
11.1. GARANTÍA POR SERIEDAD DE LA OFERTA
Con el objetivo de garantizar la seriedad de la oferta, los oferentes deberán entregar una garantía por $ 100.000 (cien mil pesos chilenos), en carácter de irrevocable y pagadera a la vista, la cual podrá ser, a vía ejemplar, mediante Vale Vista, Póliza de Garantía (acreditar el pago oportuno de la prima), Certificado de Fianza, pagadero a primer requerimiento; Boleta de Garantía Bancaria u otros instrumentos financieros que puedan ser utilizados como caución y que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, tomada por el oferente o por un tercero a su nombre. Esta garantía debe ser extendida a nombre del Servicio de Salud Magallanes, R.U.T. 61.607.900-K, cuya glosa indicará “Por Seriedad de la Oferta ID 1080089-104-LQ22, por la contratación del servicio de Mantención de Ascensores para la Red Asistencial de Magalalnes", con un mínimo vencimiento de 60 días corridos posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas publicadas en el portal, esta garantía deberá ser entregada en la Oficina de Partes del Servicio, ubicada en calle Lautaro Navarro N° 829, comuna de Punta Arenas, antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas y en horario de Lunes a Viernes, de 09:00 a 13:00 horas.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre “documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma”.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, según corresponda, vía correo certificado.
La devolución de las garantías de aquella oferta que siga en puntaje a la que ha obtenido la mejor calificación, se efectuará en un plazo no superior a 30 días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento de estas garantías o cauciones, vía correo certificado.
En el caso del oferente adjudicado, esta garantía será restituida por correo certificado, contra entrega de la garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
El oferente que no entregue el documento de seriedad de la oferta antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas, no podrá participar en la licitación pública. El documento de seriedad de la oferta podrá ser ejecutada posterior a la emisión de la correspondiente resolución y en los siguientes casos:
• Si el oferente cuya oferta ha sido aceptada se desiste de ella en el período de validez de este documento.
• Si el oferente adjudicado no suscribe contrato en los plazos que estipule en las presentes bases administrativas.
• Sí el oferente cuya oferta ha sido adjudicada, no hace entrega de la Garantía por el Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, dentro del plazo establecido en las Bases Administrativas.
• Si se comprobare falsedad en la oferta del proponente.
11.2. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de contrato, el oferente adjudicado, deberá consignar documento de garantía al momento de suscripción del contrato, la cual podrá ser, a vía ejemplar, mediante Vale Vista, Póliza de Garantía (acreditar el pago oportuno de la prima), Certificado de Fianza, pagadero a primer requerimiento; Boleta de Garantía Bancaria u otro instrumento financiero que puedan ser utilizado como caución y que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, tomada por el mismo oferente adjudicado o por un tercero a su nombre, y debe ser extendida a nombre del Servicio de Salud Magallanes, R.U.T. 61.607.900-K, expresar que se emite “Fiel y Oportuno Cumplimiento por la ejecución del servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de los Ascensores y Puertas Automáticas de la Red Asistencial de Salud de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, ID 1080089-104-LQ22, por un monto equivalente al 5% del total adjudicado, en moneda nacional (pesos chilenos), con fecha de vencimiento 60 días hábiles posteriores a la fecha de vencimiento del contrato, debiendo ser entregada en la oficina de partes del Servicio de Salud Magallanes, ubicada en calle Lautaro Navarro N° 829, comuna de Punta Arenas, y en horario de Lunes a Viernes, de 09:00 a 13:00 horas.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre “documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma”.
Esta garantía sólo se hará efectiva previa resolución fundada y en los casos que se produzca un incumplimiento grave de las obligaciones que consigna el contrato y que signifiquen daño o perjuicio al Hospital, y de acuerdo a las causales indicadas en el punto 8 “Término Anticipado del Contrato”, letra b) “Unilateralmente”.
La devolución de esta caución al oferente adjudicado, se hará efectiva en un plazo máximo de 15 días de terminada la vigencia de la garantía, previa conformidad de la recepción definitiva del servicio.
En la garantía de fiel y oportuno cumplimiento por la garantía técnica del servicio se podrán hacer efectivas las eventuales fallas y desperfectos por la ejecución del servicio previo informe del Referente Técnico del Contrato.
12. MODALIDAD EN LA CONCRECIÓN DE LA CONTRATACIÓN:
Se consideran dos aspectos como fundamentales para la contratación de ejecución del servicio:
12.1. MODALIDAD EN QUE SE HARÁ EFECTIVA: Cada Establecimiento, concretará la contratación por la ejecución del servicio sólo mediante emisión de la orden de compra que remitirá por el portal www.mercadopublico.cl, en las condiciones reguladas por la Licitación y el contrato.
12.2. OPORTUNIDAD: El proveedor tendrá la obligación de aceptar la orden de compra enviada por el portal de www.mercadopublico.cl en un plazo máximo de 48 horas contadas desde la fecha de envío de orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl.
13. ASPECTOS FINANCIEROS A CONSIDERAR:
El proveedor emitirá el documento de cobro al Establecimiento, en base a la orden de compra emitida previamente por el portal de compras públicas, por el valor correspondiente por la contratación del servicio efectivamente recepcionado por el referente técnico del contrato, para esto:
13.1 FACTURACIÓN: El prestador, una vez cumplido el protocolo anteriormente señalado, procederá a emitir la factura correspondiente (documento tributario electrónico – DTE), a nombre del Establecimiento correspondiente remitiendo el DTE a la casilla de intercambio: dipresrecepcion@custodium.com, en un plazo máximo de 48 horas posterior a la fecha y hora de emisión del DTE, en formato XML. Lo anterior, en implementación del Sistema de Gestión DTE (SGDTE), que integra al Servicio de Impuestos Internos (SII), Mercado Público y Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado (SIGFE 2.0), y en razón que este sistema permite validar los DTE emitidos por el proveedor. En caso de que no se cumpla con el envío en el plazo establecido, este documento será reclamado por el sistema, imposibilitando a los Hospitales de continuar con el proceso de devengo (contabilización).
Todos los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) emitidos deben indicar correctamente el ID de Orden de Compra al cual se encuentran asociados (campo de referencia 801 del formato XML). Al respecto, no se puede agregar ningún carácter que no tenga relación exacta a la orden de compra enviada y emitida por nuestra institución, caso contrario, será reclamada por el SGDTE, imposibilitando su contabilización. Adicionalmente, solo podrán ser relacionados a una única orden de compra, de lo contrario, dichos documentos serán igualmente reclamados.
El proveedor deberá remitir la factura electrónica al siguiente correo electrónico:
Hospital Clínico de Magallanes:
recepcion.facturashcm@redsalud.gov.cl
facturas.proveedores@redsalud.gov.cl
marco.alvaradom@redsalud.gov.cl
jacqueline.neguel@redsalud.gov.cl
marcela.nieva@redsalud.gov.cl
contabilidad.dssm@redsalud.gov.cl
Hospital de Puerto Natales:
luciano.haro@redsalud.gov.cl
mario.zuniga.a@redsalud.gov.cl
jose.paredes@redsalud.gov.cl
contabilidad.dssm@redsalud.gov.cl;
Hospital de Porvenir:
abastecimiento.porvenir@redsalud.gov.cl
contabilidad.porvenir@redsalud.gov.cl
contabilidad.dssm@redsalud.gov.cl;
Hospital de Puerto Williams:
abastecimiento.hcpw@redsalud.gov.cl
contabilidad.dssm@redsalud.gov.cl;
13.2 PLAZO DE PAGO DE FACTURAS: El pago será efectuado por la Tesorería General de la República (TGR), entidad que pagará la Factura Electrónica que se encuentre en estado devengada (contabilizada) y disponible para el pago en el Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado (SIGFE), cuyo pago electrónico será a los 30 días, según la fecha de vencimiento de la factura (Circular N° 9 del 28/04/2021, de la Dirección de Presupuesto (DIPRES).
13.3 RECHAZO DE FACTURAS: Los DTE que estén mal extendidos, o no cumplan con las condiciones y/u orden de prelación anteriormente señalado, serán rechazados por el Hospital por medio de la plataforma del Sistema de Gestión DTE (SGDTE), dentro del plazo legal establecido en la Ley Nº 19.983 que "Regula la Transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura", junto a sus modificaciones establecidas en la Ley Nº20.956, “Ley de Impulso a la Productividad”, por lo que el Proveedor deberá refacturar conforme a lo que establece la Ley N° 19.983, artículo N° 3.
El pago del DTE de reemplazo será considerado por TGR siempre y cuando se encuentre correctamente contabilizado (devengado) en el SIGFE.
Facturas que no acompañen Certificado de Recepción Conforme.
13.4 MODALIDAD DE PAGO: La Tesorería General de la República pagará en pesos chilenos, mediante Transferencia de Electrónica de Fondos (TEF), a la cuenta corriente previamente acreditada. Para conocer el estado del pago de la Factura Electrónica, el oferente podrá acceder a los siguientes canales de comunicación.
Consultas en Tesorería General de la República: www.tgr.cl, en la opción “Portal de pagos Proveedores del Estado”, ingresando con clave Tributaria (SII), clave única o clave TGR.
Para concretar lo anterior, se requiere especificar en el Anexo N° 2, los antecedentes y datos que permitan identificar correctamente la cuenta bancaria para efectuar el pago.
13.5 CESIÓN DE FACTURAS ELECTRÓNICAS POR FACTORING: En el caso de que el proveedor hubiera hecho cesión de una factura aceptada a un tercero, la notificación legal correspondiente será informada al Establecimiento, en forma oportuna del cambio de sujeto de pago, con a lo menos 15 días de anticipación a la fecha de pago de la factura. El Establecimiento rechazará la cesión de créditos contenidos en las facturas electrónicas que no se sujeten estrictamente a lo señalado precedentemente, y siempre que no existan obligaciones o multas pendientes, conforme a los términos del artículo 75 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas (Dto. 250).
13.6 MÓDULO MIS PAGOS EN WWW.MERCAPUBLICO.CL: Se exigirá al proveedor, que todo Documento Tributario Electrónico (DTE), emitido para el Establecimiento, sean ingresadas en el módulo “MIS PAGOS” del Sistema e Información www.mercadopublico.cl, con la finalidad de registrar y transparentar la programación de los pagos, según lo establecido en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, con la excepción aplicable a los Servicios de Salud.
14. DE LAS OFERTAS:
Las ofertas deberán ser presentadas exclusivamente en forma electrónica, a través del Sistema de Información Mercado Público www.mercadopublico.cl, salvo excepciones legales, hasta antes del cierre de la fecha señalada en la ficha de licitación.
El precio ingresado en la línea de oferta, deberá ser claramente identificado, en valores unitarios netos, indicando la correspondencia del precio a la unidad de presentación y considerando todos los costos asociados que se involucren por la ejecución del servicio. Los valores ofertados deberán ser en moneda nacional (pesos chilenos).
Si la Propuesta Económica subida al portal (Anexo Nº 1), presenta diferencias con el valor en números indicado en línea de oferta, prevalecerá el valor escrito en números en la respectiva línea de oferta del Anexo Nº 1 requerido y publicado en el portal www.mercadopublico.cl. Sin embargo, el Servicio podrá solicitar aclaraciones de las ofertas realizadas a través del portal.
14.1. VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una validez de 60 días corridos, contados desde la fecha de apertura de las propuestas. La oferta cuyo periodo de validez sea menor que el requerido, será rechazada de inmediato. Si vencido el plazo señalado precedentemente, el Servicio no ha realizado la adjudicación, podrá solicitar a los Proponentes la prórroga de sus ofertas. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas o desistir de ellas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Servicio.
15. CONTENIDOS DE LAS PROPUESTAS:
Las ofertas deberán ser presentadas antes del cierre de la fecha señalada en la ficha de licitación, exclusivamente en forma electrónica, a través del Sistema de Información Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
Los antecedentes que a continuación se indican se deberán presentar en el portal de Mercado Público:
15.1. ANTECEDENTES EXCLUYENTES:
15.1.1. CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN: Debido a la importancia del equipamiento industrial, en el caso de ascensores, se exigirá a los oferentes adjuntar a su propuesta técnica, la Certificación de Inscripción en el Registro Nacional de Instaladores, Mantenedores y Certificadores de Ascensores, tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas. D.S. N° 22 de (V. y U.) de 2009, modificado por D. S. N° 42 (V. y U.), de 2012 o norma vigente.
15.1.2. PROTOCOLOS DE MANTENCIÓN: El oferente deberá adjuntar a su propuesta protocolos de mantención que se ajusten al equipamiento instalado en los Hospitales dependiente de la Red Asistencial (Anexo N° 3).
15.2. ANTECEDENTES EVALUABLES:
15.2.1. OFERTA ECONÓMICA: Deberá ser completada, firmada y enviada por el oferente, utilizando estrictamente el formulario incluido en el Anexo N° 1.
15.2.2. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE: Deberá ser completada, firmada y enviada por el oferente, utilizando estrictamente el formulario incluido en el Anexo N° 2. Las uniones temporales de proveedores, deberán adjuntar el documento público o privado que contenga la formalización de la unión, y conste el cumplimiento a los requisitos exigidos por el artículo 67 bis del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Los oferentes con personalidad jurídica no inscritos en el registro electrónico oficial de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl, deberán adjuntar, además, extracto de la Escritura Pública donde conste la conformación y participación de la sociedad.
15.2.3. OFERTA TÉCNICA: Los oferentes deberán completar la totalidad de los campos del Anexo N° 3; esta información será derivada a la Subdirectora de Recursos Físicos del Servicio de Salud Magallanes, con objeto de validar la información entregada por el oferente.
Todos los antecedentes exigidos en formato anexos (1 al 3), deberán presentarse debidamente escaneados y firmados por el oferente si es persona natural; o por el representante legal del mismo, si es persona jurídica; o por el representante o apoderado, si es una unión temporal de proveedores, con la salvedad del anexo 4, que deberá ser suscrito por cada uno de los oferentes o representantes legales de las empresas que la integran.
16. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS:
Las propuestas serán evaluadas considerando los siguientes criterios, ponderados en su importancia en los porcentajes que se indican:
ÍTEM CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
1 Oferta Económica:
1. ASCENSORES (90%):
Mantenimiento Preventivo (50%): Los oferentes deberán adjuntar a su oferta el Anexo N° 1 en portal www.mercadopublico.cl, debidamente firmado, siendo evaluadas las ofertas en referencia al menor precio ofertado y conforme a la siguiente fórmula:
Puntaje Mtto. Preventivo = (Precio Mínimo Ofertado / Precio Ofertado) x 100
Para efecto de evaluación se considerará el monto total ofertado considerando todos los ítems indicados en el Anexo N° 1.
En caso que el oferente omita uno o más de los ítems requeridos en el Anexo N° 1, su propuesta será desestimada y declarada inadmisible por omitir servicios requeridos en las Bases Técnicas.
Mantenimiento Correctivo (45%): Los oferentes deberán adjuntar a su oferta el Anexo N° 1 en portal www.mercadopublico.cl, debidamente firmado, siendo evaluadas las ofertas en referencia al menor precio ofertado del valor hora/hombre por la ejecución del mantenimiento correctivo solicitado por el referente técnico de cada Hospital y conforme a la siguiente fórmula:
Puntaje Mtto. Correctivo = (Precio Mínimo Ofertado / Precio Ofertado) x 100
Para efecto de evaluación se considerará el monto total hora/hombre ofertado en el Anexo N° 1 por el mantenimiento correctivo de los ascensores.
Trabajos Fuera Horario (5%): Los oferentes deberán adjuntar a su oferta el Anexo N° 1 en portal www.mercadopublico.cl, el monto de Hora/Hombre por trabajos fuera de horario para el mantenimiento de ascensores, debidamente firmado, siendo evaluadas las ofertas en referencia al menor precio ofertado y conforme a la siguiente fórmula:
Puntaje Ítem = (Precio Mínimo Ofertado / Precio Ofertado) x 100
2. PUERTAS AUTOMÁTICAS (10%):
Mantenimiento Preventivo (50%): Los oferentes deberán adjuntar a su oferta el Anexo N° 1 en portal www.mercadopublico.cl, debidamente firmado, siendo evaluadas las ofertas en referencia al menor precio ofertado y conforme a la siguiente fórmula:
Puntaje Mtto. Preventivo = (Precio Mínimo Ofertado / Precio Ofertado) x 100
Para efecto de evaluación se considerará el monto total ofertado considerando todos los ítems indicados en el Anexo N° 1.
En caso que el oferente omita uno o más de los ítems requeridos en el Anexo N° 1, su propuesta será desestimada y declarada inadmisible por omitir servicios requeridos en las Bases Técnicas.
Mantenimiento Correctivo (45%): Los oferentes deberán adjuntar a su oferta el Anexo N° 1 en portal www.mercadopublico.cl, debidamente firmado, siendo evaluadas las ofertas en referencia al menor precio ofertado del valor hora/hombre por la ejecución del mantenimiento correctivo solicitado por el referente técnico de cada Hospital y conforme a la siguiente fórmula:
Puntaje Mtto. Correctivo = (Precio Mínimo Ofertado / Precio Ofertado) x 100
Para efecto de evaluación se considerará el monto total hora/hombre ofertado en el Anexo N° 1 por el mantenimiento correctivo de los ascensores.
Trabajos Fuera Horario (5%): Los oferentes deberán adjuntar a su oferta el Anexo N° 1 en portal www.mercadopublico.cl, el monto de Hora/Hombre por trabajos fuera de horario para el mantenimiento de ascensores, debidamente firmado, siendo evaluadas las ofertas en referencia al menor precio ofertado y conforme a la siguiente fórmula:
Puntaje Ítem = (Precio Mínimo Ofertado / Precio Ofertado) x 100 50%
2 Experiencia en el rubro: El oferente deberá utilizar el Anexo N° 3 y acreditar mediante copia del contrato vigente con clientes donde preste servicios de similar naturaleza al requerido. Se otorgará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:
Mayor número de clientes 100 puntos
Segundo mayor número de clientes 75 puntos
Tercer mayor número de clientes 50 puntos
Cuarto y más número de clientes 25 puntos
No señala, no acredita u no posee clientes de servicios contratados de similar naturaleza al requerido 0 puntos
35%
3 Comportamiento contractual anterior: Se basa en la nota calculada, según sanciones recibidas en los últimos 24 meses (100,0%), información que se encuentra en las fichas de los proveedores (www.mercadopublico.cl.). Si no apareciera esta información, se le otorgará 0 puntos. 5%
4 Cumplimiento de los requisitos: A los oferentes, que al momento de la apertura de las ofertas, cumplan oportunamente con la presentación de los anexos solicitados, se les otorgará en este criterio con el puntaje máximo (100 puntos); y para ofertas donde se requiera solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido, y estas cumplan con lo solicitado y son presentadas dentro del plazo otorgado en el foro de aclaración de ofertas, el puntaje será 50 puntos. Si no respondiera o no anexara documentación requerida, se le otorgará 0 puntos. 10%
17. OTROS ASPECTOS A CONSIDERAR:
17.1. RESOLUCIÓN DE EMPATES: En caso de igualdad de puntajes totales entre 2 o más oferentes, se resolverá en primer lugar considerando la oferta económica más conveniente; en segundo lugar, tomando como base el mayor puntaje obtenido en el criterio de experiencia en el rubro; en tercer lugar, el mayor puntaje obtenido en el critierio de comportamiento contractual anterior; finalmente, de mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado primero su oferta en el portal mercadopublico considerando la hora en que aquello se efectúe.
17.2. CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN: Las consultas o cualquier duda con respecto al proceso de adjudicación deben ser canalizados a través del correo electrónico abastecimiento.ssm@redsalud.gov.cl.
17.3. PRESENTACIÓN ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES: Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de tipo administrativo, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema la informaciones.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento vía “Foro Inverso” inserta en el portal de compras públicas, para responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El cumplimiento en el plazo establecido permitirá evaluar el criterio en el cual se solicitó el antecedente omitido dentro del plazo de presentación de ofertas, y se asignará puntaje cincuenta (50), en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos“. En caso que no se cumpla con el plazo otorgado, sin respuesta y sin anexar lo solicitado, se le otorgará 0 puntos.
18. ADJUDICACIÓN:
La Dirección del Servicio de Salud Magallanes, previo informe de la Comisión de Evaluación, procederá a adjudicar la Licitación a una única oferta, de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación establecidos en el punto 16 de las presentes bases administrativas.
El Servicio no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las Bases. No podrán adjudicarse propuestas a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las entidades del Estado, por lo que será necesario que el oferente propuesto se encuentre en estado “hábil” para contratar.
El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, si considera que las ofertas presentadas no son convenientes para sus intereses tanto técnicos como económicos, o bien solicitar antecedentes adicionales mediante los mecanismos regulados por el sistema de compras públicas.
19. READJUDICACIÓN:
Si el adjudicatario se desistiere de suscribir el contrato en los plazos estipulados, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, salvo que las Bases establezcan algo distinto.
La declaración de readjudicación será hecha a través del portal www.mercadopublico.cl y el nuevo adjudicado será el oferente que ocupe el segundo lugar en la evaluación original del proceso, en los términos estipulados en estas bases administrativas de la licitación.
20. GASTOS:
Se deja constancia que el Servicio no asumirá ningún costo relacionado a presentación de ofertas o garantía por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
21. COMISIÓN EVALUADORA:
La comisión evaluadora de las ofertas presentadas por los proponentes, y designada en conformidad con el art. 37 del Decreto N° 250 que establece el reglamento de la Ley N° 19.886, estará constituida por a lo menos cinco funcionarios designados por la institución.
La comisión evaluadora, emitirá un acta de evaluación, debidamente fundada considerando todos los antecedentes exigidos, y estableciendo el puntaje que se le asigna a cada una de las ofertas, y su correspondiente orden de prelación, el que deberá remitirse al Director del Servicio de Salud Magallanes.
22. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD:
Se liberará de toda responsabilidad al Servicio de Salud Magallanes, en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de la utilización de los servicios o productos adquiridos como resultado de esta Licitación.
23. INSCRIPCIÓN EN CHILEPROVEEDORES
En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el ‘Registro Electrónico Oficial de Contratistas’ de la administración, ChileProveedores, estará obligado a inscribirse en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación, si el adjudicado no cumple en el plazo indicado se dejará sin efecto la adjudicación, procediéndose a readjudicar al segundo oferente mejor evaluado o declarar desierto el proceso, según corresponda. El o los proveedores adjudicados, deberán mantener su registro habilitado en el portal www.chileproveedores.cl, durante toda la vigencia del convenio de suministro.
24. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación veraz que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
25. REQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO
Persona natural
Encontrarse hábil en ChileProveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
1.- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
2.- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
3.- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4.- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
5.- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
6.- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
7.- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
8.- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
Persona jurídica
Encontrarse hábil en ChileProveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:
1.- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
2.- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
3.- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
4.- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
5.- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
6.- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
7.- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
8.- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
26. AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO
Por razones emergentes debidamente justificadas, el Servicio podrá requerir durante la ejecución del contrato, hasta un 30% el aumento o disminución, en forma inmediata, del monto total del servicio contratado, conforme a un proceso de evaluación de la gestión realizada o de requerimientos fundados para el buen funcionamiento administrativo. En estas circunstancias, se valorizará de acuerdo al precio entregado en la propuesta de los oferentes, señalado en el Anexo Nº 1 “Oferta Económica”, de la presente licitación. En todo caso, cualquier modificación del contrato, sea esta ampliación y/o disminución de los servicios, se efectuará mediante la celebración del correspondiente acuerdo de modificación, el cual será suscrito por ambas partes y aprobado por el correspondiente acto administrativo.
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BASES TECNICAS |
II. BASES TÉCNICAS
1. GENERALIDADES:
La entidad contratante es la Dirección del Servicio de Salud Magallanes, Rut. N° 61.607.900-K, en adelante “el Servicio”, con Domicilio en calle Lautaro Navarro N° 829, Punta Arenas, en representación del Hospital Clínico de Magallanes, Hospital de Puerto Natales, Hospital de Porvenir y Hospital de Puerto Williams, en adelante “el Establecimiento”, pretende la contratación del servicio de mantención de ascensores para la red asistencial de Magallanes, correspondientes a los establecimientos antes mencionados. La presente licitación pública, se efectúa dentro del marco establecido en la Ley Nº 19.886, de compras y Contratos Públicos.
2. OBJETIVO:
La presente Licitación pretende la contratación de los servicios de mantención de ascemspdre por el período de 12 meses, contados desde la fecha de aprobación del contrato, de manera tal de asegurar la correcta operación de los siguientes equipos:
a) Ascensores Hospital Clínico de Magallanes:
El Hospital Clínico de Magallanes cuenta en la actualidad con 15 ascensores, todos de la marca OTIS, estos ascensores fueron instalados el año 2010 y desde esa fecha se han mantenido operativo y funcionando al 100%.
Mantenimiento preventivo para el funcionamiento óptimo de 15 ascensores, marca OTIS, bajo la modalidad de trabajo programado y conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo. Considerando que los ascensores llevan funcionando 11 años.
Estos mantenimientos involucran cambios de repuestos de común falla los cuales deberán ser cambiados sin que necesariamente estos fallen, considerando el concepto de “Mantención Preventiva” (siempre y cuando se cuente con stock de repuestos disponibles).
Mantenimiento correctivo, para el funcionamiento óptimo de 15 ascensores, marca OTIS, bajo la modalidad de llamados de Urgencia y conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo.
El mantenimiento debe realizarse presencialmente en las instalaciones de Avenida Los Flamencos 01364 de la Comuna de Punta Arenas.
b) Ascensores Hospital de Puerto Natales:
Mantenimiento preventivo para el funcionamiento óptimo de 03 ascensores, marca OTIS, bajo la modalidad de trabajo programado y conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo. Considerando que los ascensores son nuevos y requieren funcionar de forma óptima.
Estos mantenimientos involucran cambios de repuestos de común falla los cuales deberán ser cambiados sin que necesariamente estos fallen, considerando el concepto de “Mantención Preventiva” (siempre y cuando se cuente con stock de repuestos disponibles).
Mantenimiento correctivo para el funcionamiento óptimo de 03 ascensores, marca OTIS, bajo la modalidad de llamados de Urgencia y conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo.
El mantenimiento debe realizarse presencialmente en las instalaciones de Av. España Nº 1650 de la ciudad de Puerto Natales.
c) Ascensores Hospital de Porvenir:
Mantenimiento preventivo para el funcionamiento óptimo de 04 ascensores, marca OTIS, bajo la modalidad de trabajo programado y conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo. Considerando que los ascensores son nuevos y requieren funcionar de forma óptima.
Estos mantenimientos involucran cambios de repuestos de común falla los cuales deberán ser cambiados sin que necesariamente estos fallen, considerando el concepto de “Mantención Preventiva” (siempre y cuando se cuente con stock de repuestos disponibles).
Mantenimiento correctivo para el funcionamiento óptimo de 04 ascensores, marca OTIS, bajo la modalidad de llamados de Urgencia y conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo.
El mantenimiento debe realizarse presencialmente en las instalaciones de Carlos Wood Nº 480, de la ciudad de Porvenir.
d) Ascensores Hospital de Puerto Williams:
Mantenimiento preventivo para el funcionamiento óptimo de 02 ascensores, marca OTIS y 01 montacargas marca DALDOSS, bajo la modalidad de trabajo programado y conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo. Considerando que los ascensores son nuevos y requieren funcionar de forma óptima.
Estos mantenimientos involucran cambios de repuestos de común falla los cuales deberán ser cambiados sin que necesariamente estos fallen, considerando el concepto de “Mantención Preventiva” (siempre y cuando se cuente con stock de repuestos disponibles).
Mantenimiento correctivo para el funcionamiento óptimo de 02 ascensores, marca OTIS y 01 montacargas marca DALDOSS, bajo la modalidad de llamados de Urgencia y conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo.
El mantenimiento debe realizarse presencialmente en las instalaciones de O'HIGGINS N° 246, de la ciudad de Puerto Williams.
e) Puertas Automáticas Hospital Clínico de Magallanes:
Mantenimiento preventivo para el funcionamiento óptimo de 11 puertas automáticas, marca MANUSA, bajo la modalidad de trabajo programado conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo. Considerando que las puertas automáticas llevan funcionando 11 años.
Estos mantenimientos involucran cambios de repuestos de común falla o los que el referente técnico de parte del Hospital Clínico señale, los cuales deberán ser cambiados sin que necesariamente estén con falla, considerando el concepto de “Mantención Preventiva” (siempre y cuando se cuente con stock de repuestos disponibles).
Mantenimiento correctivo, para el funcionamiento óptimo de 11 puertas automáticas, marca MANUSA, bajo la modalidad de llamados de Urgencia y conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo.
El mantenimiento debe realizarse presencialmente en las instalaciones de Avenida Los Flamencos 01364 de la Comuna de Punta Arenas.
f) Puertas Automáticas Marca Grupsa, pabellones Hospital Clínico de Magallanes:
Mantenimiento preventivo para el funcionamiento óptimo de 10 puertas automáticas, marca GRUPSA, bajo la modalidad de trabajo programado conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo. Considerando que las puertas automáticas se encuentran recibidas conforme desde agosto del 2020.
Estos mantenimientos involucran cambios de repuestos de común falla o los que el referente técnico de parte del Hospital Clínico señale, los cuales deberán ser cambiados sin que necesariamente estén con falla, considerando el concepto de “Mantención Preventiva” (siempre y cuando se cuente con stock de repuestos disponibles).
Mantenimiento correctivo, para el funcionamiento óptimo de 10 puertas automáticas, marca GRUPSA, bajo la modalidad de llamados de Urgencia y conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo.
Para estas puertas será obligatorio por parte de la empresa adjudicada el coordinar y contar con autorización de la empresa Grupsa Chile para realizar la mantención de estas puertas contando además con lista de chequeo validada por la empresa antes mencionada.
El mantenimiento debe realizarse presencialmente en las instalaciones de Avenida Los Flamencos 01364 de la Comuna de Punta Arenas.
g) Puertas Automáticas Marca ALCOSUR, pabellones Hospital Clínico de Magallanes:
Dos puertas ALCOSUR instaladas al ingreso de Pabellones con control de acceso, los detalles de la puerta serán entregados en visita a terreno.
Cabe hacer presente que las puertas automáticas ALCOSUR fueron recibidas con Instalación conforme en agosto del año 2020, teniendo una garantía de 12 meses desde la fecha antes mencionada, así entonces el realizar la mantención con registro histórico de estas puertas son obligatoriamente necesarias.
h) Provisión, instalación y puesta en servicio de Puerta Automática.
Se deberá considerar los siguientes puntos, considerando una marca de puerta igual o superior a MANUSA. (Las medidas de los vanos deberán ser ratificadas por las empresas durante visita de terreno).
HOJAS;
1. Perfil principal
2. Cobertor completo
3. Sistema antipático integral que permite que las hojas móviles y fijas puedan ser abatidas, hacia el exterior, en caso de pánico.
4. Hojas móviles SOS (02) de 44 mm, para cristal de 6 mm de espesor.
5. Hojas fijas SOS (02) de 44 mm. para cristal de 6 mm de espesor.
6. Cristal Templado (04) incoloro de 6mm, para hojas móviles y hojas fijas
7. Pintura termoconvertible color por definir
8. El circuito eléctrico se mantendrá, solo se deberá conectar.
9. El vano para el montaje se entregará en óptimas condiciones de piso nivelado y terminado, pero en caso de existir algún inconveniente, será la empresa adjudicada quien deberá procurar dejarlo en forma adecuada.
10. Considerar lo que corresponde a operador de puerta y tarjeta de control adecuadas para el buen funcionamiento de esta puerta.
11. Cualquier modificación que haya que hacer en temas de estructura, la empresa adjudicada deberá procurar realizarlo en pro de dejar la puerta totalmente operativa, teniendo siempre presente las características de construcción del HCM.
Acceso Vano total 4300 x 2400
Paso libre 2000 x 2400
i) Puertas Automáticas Hospital De Puerto Natales
Mantenimiento preventivo para el funcionamiento óptimo de 03 puertas automáticas, marca MANUSA, bajo la modalidad de trabajo programado conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo. Considerando que las puertas automáticas llevan funcionando 5 años.
Estos mantenimientos involucran cambios de repuestos de común falla o los que el referente técnico de parte del Hospital señale, los cuales deberán ser cambiados sin que necesariamente estén con falla, considerando el concepto de “Mantención Preventiva” (siempre y cuando se cuente con stock de repuestos disponibles).
Mantenimiento correctivo, para el funcionamiento óptimo de 03 puertas automáticas, marca MANUSA, bajo la modalidad de llamados de Urgencia y conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo.
j) Puertas Automáticas Hospital De Porvenir
Mantenimiento preventivo para el funcionamiento óptimo de 02 puertas automáticas, marca Grupsa, bajo la modalidad de trabajo programado conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo. Considerando que las puertas automáticas llevan funcionando 04 años.
Estos mantenimientos involucran cambios de repuestos de común falla o los que el referente técnico de parte del Hospital señale, los cuales deberán ser cambiados sin que necesariamente estén con falla, considerando el concepto de “Mantención Preventiva” (siempre y cuando se cuente con stock de repuestos disponibles).
Mantenimiento correctivo, para el funcionamiento óptimo de 02 puertas automáticas, marca Grupsa, bajo la modalidad de llamados de Urgencia y conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo.
k) Puertas Automáticas Hospital De Puerto Williams
Mantenimiento preventivo para el funcionamiento óptimo de 03 puertas automáticas, marca MANUSA, bajo la modalidad de trabajo programado conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo. Considerando que las puertas automáticas llevan funcionando 5 años.
Estos mantenimientos involucran cambios de repuestos de común falla o los que el referente técnico de parte del Hospital señale, los cuales deberán ser cambiados sin que necesariamente estén con falla, considerando el concepto de “Mantención Preventiva” (siempre y cuando se cuente con stock de repuestos disponibles).
Mantenimiento correctivo, para el funcionamiento óptimo de 03 puertas automáticas, marca MANUSA, bajo la modalidad de llamados de Urgencia y conforme a la Normativa legal vigente y especificaciones técnicas del Equipo.
3. DE LA SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS
Le corresponderá a los Hospitales de la Red Asistencial de Magallanes, la fiscalización, control y supervisión del cumplimiento íntegro y oportuno del servicio de mantenimiento a contratar a través de:
a) Hospital Clínico de Magallanes:
Jefe de la Unidad de Control Centralizado, quien se llamará genéricamente “Supervisor de la Actividad”, y en caso de ausencia, actuará quien subrogue en el cargo.
b) Ascensores Hospital de Puerto Natales:
Jefe de la Unidad de Control Centralizado, quien se llamará genéricamente “Supervisor de la Actividad”, y en caso de ausencia, actuará quien subrogue en el cargo.
c) Ascensores Hospital de Porvenir:
Jefe Unidad de Mantenimiento y Control Centralizado quien se llamará genéricamente “Supervisor de la Actividad”, y en caso de ausencia, actuará quien subrogue en el cargo.
d) Ascensores Hospital de Puerto Williams:
Jefe Unidad de Mantenimiento y Control Centralizado quien se llamará genéricamente “Supervisor de la Actividad”, y en caso de ausencia, actuará quien subrogue en el cargo.
Los trabajadores que ejecuten el servicio, dependerán exclusivamente del proveedor, debiendo entregar el respectivo listado de trabajadores y protocolos de llamado de Urgencia al Supervisor de la Actividad.
Los trabajadores que ejercerán sus tareas con autonomía, no existiendo dependencia del Servicio de Salud de Magallanes y los Establecimientos, sin perjuicio de las instrucciones técnicas que el o los supervisores de la actividad le imparta para el mejoramiento del servicio de mantención contratado o supervisión de los trabajos ejecutados. De igual manera el supervisor de la actividad podrá solicitar cambio de repuestos sin que necesariamente estén con falla, esto bajo un concepto de “Mantención Preventiva”.
El trabajo será evaluado por los resultados alcanzados pudiendo el Establecimiento requerir el cambio de los trabajadores que efectúen el servicio, cuando se verifique negligencia en las tareas de mantenimiento, dada la importancia de la actividad a desarrollar y su implicancia sobre los usuarios de los Hospitales, especialmente en las medidas de seguridad.
Para todos los efectos que sean pertinentes, cada Establecimiento o el Servicio de Salud Magallanes, queda facultado para solicitar al contratista los antecedentes que acrediten el cumplimiento de las leyes laborales y previsionales.
Los trabajos, cuando se requieran de forma programada preventiva, correctiva y urgencia, serán, controlados y supervisados por el Supervisor de actividad de cada Establecimiento.
Para los trabajos que realice la empresa adjudicada, esta será responsable del uso de implementos de protección personal de sus trabajadores, los cuales serán validados previa evaluación del Prevencionista de Riesgos contratado por la empresa adjudicada.
4. DEL EQUIPAMIENTO
4.1. HOSPITAL CLÍNICO DE MAGALLANES:
4.1.1. ASCENSORES
SERVICIO EQUIPO CANTIDAD MARCA MODELO FECHA DE INST.
Edificio A (1) Pasajeros 1 OTIS GEN 2 2010
Edificio A (2) Pasajeros 1 OTIS GEN 2 2010
Edificio A (3) Montacama 1 OTIS XO-21VF 2010
Edificio A (4) Montacama 1 OTIS XO-21VF 2010
Edificio B (6) Montacama 1 OTIS XO-21VF 2010
Edificio B (7) Montacama 1 OTIS XO-21VF 2010
Edificio B (8) Pasajeros 1 OTIS XO-21VF 2010
Edificio B (9) Pasajeros 1 OTIS XO-21VF 2010
Edificio C (10) Pasajeros 1 OTIS GEN 2 2010
Edificio C (11) Pasajeros 1 OTIS GEN 2 2010
Edificio C (12) Pasajeros 1 OTIS GEN 2 2010
Edificio C (13) Montacama 1 OTIS XO-21VF 2010
Edificio C (14) Montacama 1 OTIS XO-21VF 2010
Edificio D (16) Servicio 1 OTIS GEN 2 2010
Edificio D (17) Servicio 1 OTIS GEN 2 2010
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ASCENSOR MONTACAMAS CUERPO A (N° 3 Y N° 4)
CANTIDAD 2
MODELO XO-21VF
VELOCIDAD 1.0 m/s
CAPACIDAD 1.800 Kgs
PARADAS 2 Pisos (1 y 2)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, apertura lateral
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ASCENSOR PÚBLICO CUERPO A (N° 1 Y N° 2)
CANTIDAD 2
MODELO GEN 2
VELOCIDAD 1.0 m/s
CAPACIDAD 800 Kgs
PARADAS 2 Pisos (1 y 2)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, apertura lateral
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ASCENSOR PÚBLICO CUERPO B (N° 6, N° 7, N° 8 y N° 9)
CANTIDAD 4
MODELO XO-21VF
VELOCIDAD 1.0 m/s
CAPACIDAD 2.000 Kgs
PARADAS 6 Pisos (-1, 1 al 5)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, apertura lateral
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ASCENSOR PÚBLICO CUERPO C (N° 10)
CANTIDAD 1
MODELO GEN 2
VELOCIDAD 1.0 m/s
CAPACIDAD 800 Kgs
PARADAS 3 Pisos (1 al 3)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, apertura lateral
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ASCENSOR PÚBLICO CUERPO A (N° 11 y N° 12)
CANTIDAD 1
MODELO GEN 2
VELOCIDAD 1.0 m/s
CAPACIDAD 630 Kgs
PARADAS 3 Pisos (1 al 3)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, apertura lateral
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS MONTACAMAS CUERPO C (N° 13 y N° 14)
CANTIDAD 2
MODELO XO-21VF
VELOCIDAD 1.0 m/s
CAPACIDAD 1.800 Kgs
PARADAS 3 Pisos (1, 2 y PM)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, apertura lateral
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ASCENSOR SERVICIO CUERPO D (N° 16)
CANTIDAD 1
MODELO GEN 2
VELOCIDAD 1.0 m/s
CAPACIDAD 1.600 Kgs
PARADAS 3 Pisos (1, 2 y PM)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, apertura lateral
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ASCENSOR PÚBLICO CUERPO D (N° 17)
CANTIDAD 1
MODELO GEN 2
VELOCIDAD 1.0 m/s
CAPACIDAD 1.600 Kgs
PARADAS 2 Pisos (1 y 2)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, apertura lateral
4.1.2. PUERTAS AUTOMÁTICAS MANUSA
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE PUERTAS AUTOMÁTICAS MARCA MANUSA Y QUE SE ENCUENTRAN ACTUALMENTE TRABAJANDO SEGÚN DETALLE SIGUIENTE.
4.1.3. PUERTAS AUTOMÁTICAS GRUPSA
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE PUERTAS AUTOMÁTICAS MARCA GRUPSA Y QUE SE ENCUENTRAN ACTUALMENTE TRABAJANDO SEGÚN DETALLE SIGUIENTE.
Cabe señalar que las puertas automáticas GRUPSA fueron recibidas con instalación conforme en agosto del año 2020, teniendo una garantía de 12 meses desde la fecha antes mencionada, así entonces el realizar la mantención con registro histórico de estas puertas son obligatoriamente necesarias.
Para estas puertas será obligatorio por parte de la empresa adjudicada el coordinar y contar con autorización de la empresa Grupsa Chile para realizar la mantención de estas puertas contando además con lista de chequeo validada por la empresa antes mencionada.
4.2. HOSPITAL DE PUERTO NATALES:
4.2.1. ASCENSORES
LOCALIZACIÓN EQUIPO CANTIDAD MARCA MODELO FECHA DE INST.
INFORMACIONES PASAJEROS 1 OTIS GEN2 Confort 2016
ZOCALO MONTACAMA 1 OTIS GEN2 Regen 2016
ZOCALO MONTACAMA 1 OTIS GEN2 Regen 2016
A.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ASCENSOR PUBLICO
CANTIDAD 01
MODELO GEN2 COMFORT
VELOCIDAD 1m/seg.
CARGA 679 Kilos / 9 Pasajeros
PARADAS 2 Pisos (1 y 2)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, Apertura lateral
B.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ASCENSOR MONTACAMAS / PUBLICO
CANTIDAD 01
MODELO GEN REGEN
VELOCIDAD 1m/seg.
CARGA 2000 Kilos / 26 Pasajeros
PARADAS 2 Pisos (zócalo y 1)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, Apertura lateral
C.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ASCENSOR MONTACAMAS / PUBLICO
CANTIDAD 01
MODELO GEN REGEN
VELOCIDAD 1m/seg.
CARGA 2000 Kilos / 26 Pasajeros
PARADAS 3 Pisos (zócalo, 1 y 2)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, Apertura Lateral
4.2.2. PUERTAS AUTOMÁTICAS
N° UBICACIÓN MARCA MODELO N° SERIE AÑO FABRICACIÓN
1 PABELLON 1 MANUSA VISIO HERMETICA LD - 2015
2 PABELLON 2 MANUSA VISIO HERMETICA LD - 2015
3 PABELLON 3 MANUSA VISIO HERMETICA LD - 2015
4.3. HOSPITAL DE PORVENIR:
4.3.1. ASCENSORES
IDEN EQUIPO CANTIDAD MARCA MODELO FECHA INSTALACION
A Pasajero 1 OTIS GEN2 Comfort 07-03-2017
B Pasajero 2 OTIS GEN2 Comfort 07-03-2017
C Montacargas 1 OTIS GEN2 Comfort 07-03-2017
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ASCENSOR A
CANTIDAD 1
MODELO GEN2 Comfort
VELOCIDAD 1 m/s
CAPACIDAD 675 Kg (9 Personas)
PARADAS 2 pisos (1 y 2)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, apertura lateral
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ASCENSOR B
CANTIDAD 2
MODELO GEN2 Comfort
VELOCIDAD 1 m/s
CAPACIDAD 1000 Kg (13 Personas)
PARADAS 2 pisos (1 y 2)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, apertura lateral
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS ASCENSOR C
CANTIDAD 1
MODELO GEN2 Comfort
VELOCIDAD 1 m/s
CAPACIDAD 1600 Kg (21 Personas)
PARADAS 2 pisos (1 y 2)
PUERTAS DE CABINA Automáticas, apertura lateral
4.3.2. PUERTAS AUTOMÁTICAS
N° UBICACIÓN MARCA MODELO N° SERIE AÑO FABRICACIÓN
1 PABELLÓN GRUPSA AS 2518 ASI 251818 2016
2 SALA RAYOS GRUPSA AS 2518 1650/5 2016
4.4. HOSPITAL DE PUERTO WILLIAMS:
4.4.1. ASCENSORES
SERVICIO EQUIPO CANTIDAD MARCA MODELO FECHA DE INSTAL.
Hall de espera Pasajeros 1 OTIS GEN 2 COMFORT 2015
Hall de espera Montacama 1 OTIS GEN 2 COMFORT 2015
Pasillo circulación interna Montacargas 1 DALDOSS DALDOSS 2015
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS
ASCENSOR MONTACAMAS MONTACARGA
CANTIDAD 1 1 1
MARCA OTIS OTIS DALDOSS
MODELO GEN2 COMFORT GEN2 COMFORT Microlift MDL300
Nº DE SERIE 48NE8775 48NE8774 48NE8786
PROCEDENCIA España España Italia
VELOCIDAD 1,0 m/seg 1,0 m/seg 0,17 m/seg
CAPACIDAD 630 Kg 1.600 Kg 300 Kg
PASAJEROS 8 pasajeros 21 pasajeros Solo carga
Nº PARADAS 2 2 2
UBICACIÓN DE SALA DE MÁQUINAS Sin sala de máquinas Sin sala de máquinas Sin sala de máquinas
ANCHO ÚTIL DE PUERTAS 900 mm 1.300 mm 900 mm
ALTURA ÚTIL DE PUERTAS 2.100 mm 2.100 mm 1.200 mm
PUERTAS Automáticas apertura lateral Automáticas apertura lateral De abatir, apertura manual
POTENCIA MOTOR DE TRACCIÓN 3,9 Kw 10 Kw 0,66 Kw
RECORRIDO 3,5 mts aprox. 3,5 mts aprox. 3,5 mts aprox
4.4.2. PUERTAS AUTOMÁTICAS
N° UBICACIÓN MARCA MODELO N° SERIE AÑO FABRICACIÓN
1 BOX REANIMACIÓN MANUSA VISIO HERMETICA LD - 2015
2 PABELLÓN MANUSA VISIO HERMETICA LD - 2015
3 PABELLÓN MANUSA VISIO HERMETICA LD - 2015
5. MANTENIMIENTO PREVENTIVO ASCENSORES
5.1. REQUERIMIENTOS BÁSICOS DEL SERVICIO:
El Mantenimiento preventivo entre otros debe contemplar la revisión y ajuste de:
Componentes eléctricos del panel de control
Revisión de los sistemas de seguridad antideriva (paracaídas, limitador de velocidad y polea tensora)
Revisión sistema eléctricos de control (finales de carrera superiores e inferiores, seguridades de puertas, entre otros) instalados en caja de ascensores
Revisión y ajustes de máquinas de tracción y freno
Revisión y mantener operativos los sistemas de citofonía
Comprobación de funcionamiento de pulsadores de cabina
Revisión del alargamiento de las cintas o cables de tracción y de los limitadores de velocidad
Revisión de cintas o cables de tracción y poleas
Revisión de los terminales de suspensión (cabina y contrapeso)
Estado de componentes de cabina (operador de puertas, puertas de cabina, elementos de control, entre otros)
Poleas (Sólo en el caso del Hospital Clínico Magallanes)
Encoder
Contacto de cierre de puerta
Revisión y cambio de resorte de puertas (repuesto provisto por cada Hospital)
Revisión y cambio de espigas de puerta (repuesto provisto por cada Hospital)
Rozaderas de puertas de piso y de cabina
Reapriete de empernaduras
Lubricación de los elementos móviles que lo requieran
Reemplazo y/o ajuste de guías de coche y contrapeso
Ventilación
Revisión y cambio de Iluminación (repuesto provisto por cada Hospital)
Limpieza del área de trabajo
En resumen, todos los ajustes, trabajos y reparaciones que se requiera para mantener operativos los ascensores. Seguir las recomendaciones indicadas por el fabricante.
En cada sala de máquinas, en forma obligatoria la empresa adjudicada deberá llevar un libro con los registros de cambios de repuestos realizados en cada ascensor, indicando fecha, hora y motivo del cambio.
Los ascensores se deben mantener operativos, en caso contrario el oferente adjudicado deberá presentar informe técnico en forma obligatoria, indicando las razones por las cuales el ascensor ha quedado fuera de servicio; este informe deberá ser validado por el supervisor de actividad o quien este último designe; para evaluación de aplicación de multa respectiva si esta corresponde.
Excepcionalmente, cada Hospital estará facultado para efectuar llamados por emergencias, oportunidad en que el servicio será cancelado por hora-hombre efectivamente trabajada y efectivamente supervisada. Para concretar servicios extraordinarios, los Hospitales requerirán de los servicios del contratista a través del Supervisor de actividad o quienes éstos designes, las solicitudes de servicios extraordinarios que no realicen bajo esta modalidad, no serán responsabilidad de los Hospitales o de Servicio de Salud.
Atención oportuna de las llamadas de urgencia en el caso de encontrarse paralizados ascensores o grupos de ascensores existentes, los cuales deberán ser atendidos en terreno con una demora no mayor a ocho horas de realizado el aviso, en caso del Hospital Clínico de Magallanes, 24 horas para el caso del Hospital de Puerto Natales, de 48 horas en caso de Hospital de Porvenir, y 72 horas en caso de Hospital de Puerto Williams, caso contrario se considerará lo consignado en el punto N° 9.2 de las Bases Administrativas.
El oferente adjudicado deberá suministrar los materiales o insumos necesarios para el servicio, tales como, grasa lubricante, aceite, guaipe para la limpieza y aceites lubricantes generales según sea el caso, a excepción del aceite para operadores de puertas y cajas reductoras.
Por cada trabajo efectuado por el oferente adjudicado, este emitirá un informe mediante hoja de servicio, que será visada por el supervisor de actividad de cada Hospital según corresponda o quien lo reemplace, registrando los detalles además de la hora de inicio y término de los trabajo; el oferente adjudicado deberá presentar un modelo de informe como propuesta para el control de mantenciones la cual deberá ser revisada y aprobada por el Supervisor de Actividad, en relación a estos informes, éste último emitirá un certificado de trabajos realizados, el cual se remitirá a la Unidad de Compra de cada establecimiento, para generación de Orden de Compra respectiva, lo que facultará al oferente adjudicado para facturar.
La empresa adjudicada deberá mantener el estándar de los ascensores de manera de poder certificar anualmente según calendario, sin mayores inconvenientes, por lo que deberá además valorizar los trabajos que serán entregados mediante documento anexo.
Considerando la antigüedad, y solo en el caso del Hospital Clínico de Magallanes, el oferente adjudicado deberá mantener en dependencias de mismo hospital, al menos 3 días a la semana, un servicio técnico en los siguientes horarios, lunes, miércoles y viernes de 08:00 a 13:00 y de 15:00 a 18:00, el que será evaluado mensualmente por el referente técnico del contrato, pudiendo requerirse, en caso que el servicio presente deficiencias, mejoras en la calidad del servicio técnico. El Horario descrito será controlado mediante libro de asistencia (Entrada y salida) que se encontrará en la Oficina de Control Centralizado y Energía del Hospital, el llevar el libro al día será de exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicada siendo el referente técnico del Hospital quien a cada fin de mes emitirá informe en cuanto al cumplimiento de horarios y asistencias, siendo este un requisito para emisión de factura mensual
En el caso del Hospital Clínico de Magallanes, se deberá considerar durante el primer trimestre de contrato, el cambio de los cables de tracción de los ascensores 3-4-6-7-8-9-13 y 14, el cable que deberá ir en reemplazo del existente, deberá tener las mismas o mejores características técnicas del existente, donde será obligatorio presentar el certificado de fabricación del cable en su propuesta donde además se detalle que su uso es el adecuado para equipo de transporte vertical.
En el caso del Hospital Clínico de Magallanes, se deberá considerar durante el primer trimestre de contrato, el reemplazo de las poleas de tracción maquina 18ATF, en donde se debe considerar una polea por ascensor, siendo los ascensores 6-7-8- y 9 los que se van a intervenir.
En el caso del Hospital Clínico de Magallanes, considerar para cuando disponga el HCM el reemplazo del acople entre motor reductor y motor de tracción, donde el acople será provisión por parte del HCM. Los ascensores a considerar son 3-4-13 y 14.
En el caso del Hospital Clínico de Magallanes, considerar para provisión, instalación y puesta en servicio tres variadores de frecuencia uno por cada modelo de ascensores, donde además la empresa adjudicada será 100% responsable de su instalación y puesta en marcha.
En caso que el técnico no otorgue la seguridad o bien no cuente con la experiencia para realizar la mantención en equipos de transporte vertical, el referente técnico podrá requerir cambio en el personal a la empresa adjudicada.
En forma quincenal como mínimo la empresa mantenedora deberá hacer revisiones con técnicos con experiencia comprobada en el área mecánica y electrónica para levantar información acerca del estado de los variados dispositivos que forman parte de los ascensores, de manera tal de dejar las observaciones correspondientes con el objetivo de poder abordarlas con mantenimientos de tipo preventivo y no correctivo.
5.2. OTRAS CONSIDERACIONES:
El oferente adjudicado y su personal respetarán las reglas, procedimientos y disposiciones especiales de orden interno dictadas por el Hospital, tales como áreas restringidas, condiciones de ingreso a los distintos lugares y oficinas, precauciones de seguridad y en particular el cumplimiento obligatorio del “REGLAMENTO ESPECIAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS”.
Antes de dar inicio al contrato se deberá entregar toda la documentación que el reglamento interno para empresas contratista y subcontratistas exige, siendo el departamento de prevención de riesgos del Hospital quien entregue el visto bueno del cumplimiento de estos requisitos.
Por las características del servicio de mantenimiento de ascensores a contratar, se considera fundamental que el servicio técnico cuente con personal en la región, principalmente por la atención de urgencias que puedan presentarse, especialmente en las que involucre seguridad a usuarios y que requieran atención inmediata.
Se autorizará el ingreso y ejercicio de las actividades contratadas, sólo a los trabajadores prestadores de servicio que se encuentren en la nómina entregada por el oferente adjudicado, quienes no podrán ingresar elementos que no correspondan al servicio que deben realizar.
El oferente adjudicado proveerá a sus trabajadores de una credencial de identificación con su nombre, fotografía, membrete o logo de la empresa contratista, a su vez proporcionará los implementos de seguridad industrial y ropa de trabajo.
La empresa e instalador, según sea el caso, deberán tener las respectivas acreditaciones o capacitaciones según corresponda, y en el caso especial de mantenimiento de Ascensores, deberá contar con inscripción vigente o autorización de la Autoridad competente, en el registro Nacional de Instaladores, mantenedores y certificadores de ascensores tanto verticales como inclinados y montacargas (En caso que el oferente no cuente con esta inscripción, la oferta será rechazada).
Las atenciones telefónicas en caso de Urgencia, deberán ser en modalidad 24 x 7, o la que disponga el oferente adjudicado, quedando estipulado los contactos con sus números telefónicos tanto fijos como celulares.
Por cada visita el oferente adjudicado emitirá un Informe Técnico el que será visado por el Supervisor de Actividad o quien lo subrogue, las mantenciones preventivas deberán efectuarse de acuerdo al protocolo con el fin de asegurar el buen funcionamiento integral de los equipos y deben entregarse estos protocolos firmados por el personal del oferente adjudicado.
5.3. PROGRAMACIÓN
Para lo que es el concepto de “mantenimiento preventivo”, el oferente adjudicado deberá entregar un programa mensual de carácter obligatorio que deberá cumplir y entregar firmado cada vez que sus técnicos realicen dicha labor.
El formato a considerar serán mantenimientos:
- Mensuales
- Cuatrimestrales
- Semestrales
Estos formatos se adjuntarán ya que son los recomendados por el especialista según registros de la última empresa de mantención que tuvo el contrato, pero podrán ser complementados de manera de generar una nueva revisión de los programas.
De igual manera se deberá entregar al inicio de la primera visita, un plan para cambiar en forma preventiva de algunas piezas de los equipos, indicando periodicidad de cambio de acuerdo al índice de fallas que presentan los equipos, como por ejemplo resorte de puerta.
6. MANTENIMIENTO PREVENTIVO PUERTAS AUTOMÁTICAS
6.1. REQUERIMIENTOS BÁSICOS DEL SERVICIO:
El Mantenimiento preventivo debe contemplar la revisión y ajuste de componentes eléctricos y mecánicos, con la finalidad de mantener los equipos en condiciones óptimas de operación, mediante revisiones periódicas y reparación de los desperfectos o fallas que se detecten, independiente de su origen.
Estos mantenimientos involucran cambios de repuestos de común falla o los que el referente técnico de parte del Establecimiento señale, los cuales deberán ser cambiados sin que necesariamente estén con falla, considerando el concepto de “Mantención Preventiva” (siempre y cuando se cuente con stock de repuestos disponibles).
Inspecciones, pruebas, limpiezas, lubricaciones y ajustes de las partes y piezas que se requieran para el cumplimiento del objetivo antes indicado, sin costo adicional para el Establecimiento, los repuestos que hubiese que requerir son de cargo del Hospital.
Para el caso del Hospital Clínico de Magallanes, el oferente deberá mantener en dependencias del Establecimiento al menos 3 días a la semana, un servicio técnico en los siguientes horarios, lunes, miércoles y viernes de 08:00 a 13:00 y de 15:00 a 18:00, el que será evaluado mensualmente por el referente técnico del contrato, pudiendo requerirse, en caso que el servicio presente deficiencias, mejoras en la calidad del servicio técnico. El Horario descrito será controlado mediante libro de asistencia (Entrada y salida) que se encontrará en la Oficina de Control Centralizado y Energía del Hospital.
El servicio técnico que se encuentre en el hospital deberá poseer características adecuadas para mantener las puertas automáticas del Establecimiento. El Establecimiento quedara facultado de solicitar su cambio en casos que sea necesario.
En caso que el técnico no otorgue la seguridad o bien no cuente con la experiencia para realizar la mantención en equipos de puertas automáticas, el referente técnico podrá requerir cambio en el personal a la empresa adjudicada.
En forma quincenal como mínimo la empresa mantenedora deberá hacer revisiones con técnicos con experiencia comprobada en el área mecánica y electrónica para levantar información acerca del estado de los variados dispositivos que forman parte de las puertas automáticas, de manera tal de dejar las observaciones correspondientes con el objetivo de poder abordarlas con mantenimientos de tipo preventivo y no correctivo.
Excepcionalmente el Establecimiento podrá llamar por emergencias, en horario distinto al indicado en el punto anterior, oportunidad en que el servicio será cancelado por hora-hombre trabajada y efectivamente supervisada, para concretar estas visitas extraordinarias el Establecimiento requerirá de los servicios del contratista a través del Supervisor de la Actividad del Establecimiento, las solicitudes de servicios extraordinarios que no se realicen bajo esta modalidad no serán responsabilidad del Establecimiento.
Atención oportuna de las llamadas de urgencia en el caso de encontrarse paralizados alguna de las puertas automáticas, con una demora en la atención no mayor a dos horas de realizado el aviso.
Suministro de los materiales e insumos necesarios para el servicio de limpieza y lubricación de los componentes mecánicos.
El oferente adjudicado deberá suministrar los materiales e insumos necesarios para el servicio de limpieza y lubricación de los componentes mecánicos.
En sala de control, en forma obligatoria la empresa adjudicada deberá llevar un libro con los registros de cambios de repuestos realizados en cada puerta automática, indicando fecha, hora y motivo del cambio.
Por cada trabajo ordinario efectuado por el oferente adjudicado, emitirá un informe mediante hoja de servicio, que será visada por el Supervisor de la Actividad del Establecimiento o quien lo reemplace, registrando los detalles y hora de inicio y término de trabajo, los que serán incluidos en informe mensual de trabajos realizados, que se remitirá a la Unidad de Compra del Establecimiento respectiva, para generación de Orden de Compra respectiva, lo que facultará al oferente adjudicado para facturar.
En el caso del Hospital Clínico de Magallanes, considerando la antigüedad de los equipos (11 años instalados), el oferente adjudicado deberá mantener en dependencias de mismo HCM, al menos 3 días a la semana, un servicio técnico en los siguientes horarios, lunes, miércoles y viernes de 09:00 a 13:00 y de 15:00 a 19:00, el que será evaluado mensualmente por el referente técnico del contrato, pudiendo requerirse, en caso que el servicio presente deficiencias, mejoras en la calidad del servicio técnico. El Horario descrito será controlado mediante libro de asistencia (Entrada y salida) que se encontrará dispuesto en la Oficina de Control Centralizado y Energía del Hospital, el llevar el libro al día será de exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicada siendo el referente técnico del Hospital quien a cada fin de mes emitirá informe en cuanto al cumplimiento de horarios y asistencias, siendo este un requisito para emisión de factura mensual.
6.2. OTRAS CONSIDERACIONES:
El oferente adjudicado tendrá la responsabilidad de todas las actividades realizadas por su personal en las dependencias asignadas dentro del Hospital, por lo tanto deberá mantener una supervisión permanente sobre la forma en que se están prestando los servicios contratados.
El desempeño del contrato que emane producto de la presente licitación, será evaluado por los resultados alcanzados, pudiendo el hospital requerir reuniones con el oferente para efectos de coordinar mejoras del servicio.
El oferente adjudicado y su personal respetarán las reglas, procedimientos y disposiciones especiales de orden interno dictadas por el Hospital, tales como áreas restringidas, condiciones de ingreso a los distintos lugares y oficinas, precauciones de seguridad y en particular el cumplimiento obligatorio del “REGLAMENTO ESPECIAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS”.
Antes de dar inicio al contrato se deberá entregar toda la documentación que el reglamento interno para empresas contratista y subcontratistas exige, siendo el departamento de prevención de riesgos del Hospital quien entregue el visto bueno del cumplimiento de estos requisitos.
Por las características del servicio de mantenimiento de las puertas automáticas a contratar, se considera fundamental que el servicio técnico cuente con personal en la región, principalmente por la atención de urgencias que puedan presentarse, especialmente en las que involucre seguridad a usuarios y que requieran atención inmediata.
Se autorizará el ingreso y ejercicio de las actividades contratadas, sólo a los trabajadores prestadores de servicio que se encuentren en la nómina entregada por el oferente adjudicado, quienes no podrán ingresar elementos que no correspondan al servicio que deben realizar.
El oferente adjudicado proveerá a sus trabajadores de una credencial de identificación con su nombre, fotografía, membrete o logo de la empresa contratista, a su vez proporcionará los implementos de seguridad industrial y ropa de trabajo.
Las atenciones telefónicas en caso de Urgencia, deberán ser en modalidad 24 x 7, o la que disponga el oferente adjudicado, quedando estipulado los contactos con sus números telefónicos tanto fijos como celulares.
La empresa adjudicada deberá entregar antes de iniciar los trabajos una lista de chequeo con la cual se harán las revisiones periódicas de las puertas automáticas.
Habrá un plazo de 12 horas como máximo para responder correos que sean enviados por el referente técnico del Establecimiento, en caso contrario se entenderá como una falta y será motivo de una amonestación escrita y en caso que se estime necesario se aplicara una multa correspondiente por no atención de equipos. (la multa aplicada será por incumplimiento de contrato)
Para el caso del Hospital Clínico de Magallanes, el tiempo de respuesta máximo por urgencia para las puertas automáticas, una vez contactado vía telefónica y establecido el problema, será de 2 horas para estar presentes en el Hospital, considerando los días hábiles. En casos excepcionales y debidamente coordinados con el Hospital, se podrá evaluar el mayor plazo requerido.
Por cada visita el oferente adjudicado emitirá un Informe Técnico el que será visado por el Supervisor de la Actividad del Establecimiento o quien lo subrogue, las mantenciones preventivas deberán efectuarse de acuerdo al protocolo con el fin de asegurar el buen funcionamiento integral de los equipos y deben entregarse estos protocolos firmados por el personal del oferente adjudicado.
6.3. PROGRAMACIÓN
Para lo que es el concepto de “mantenimiento preventivo”, el oferente adjudicado deberá entregar un programa mensual de carácter obligatorio que deberá cumplir y entregar firmado cada vez que sus técnicos realicen dicha labor.
7. OTROS ANTECEDENTES OBLIGATORIOS
El oferente adjudicado deberá dar cumplimiento durante toda la ejecución del servicio con lo indicado en la ley 20.123 que regula trabajo en régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios, y con lo establecido en el Decreto Supremo N° 76 que aprueba el reglamento sobre la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios.
El oferente adjudicado y su personal respetarán las reglas, procedimientos y disposiciones especiales de orden interno dictadas por cada Establecimiento, tales como áreas restringidas, condiciones de ingreso a los distintos lugares y oficinas, precauciones de seguridad y otras que cada Establecimiento determine.
7.1. HOSPITAL CLÍNICO DE MAGALLANES:
Para efectos de cumplir con el proceso de Acreditación de Calidad en Salud del Hospital, y la necesidad de informar respecto a los procedimientos básicos en seguridad, para la actuación de todo el personal externo que presta servicios en el Hospital Clínico de Magallanes, en materia de situación de emergencia, accidente relacionado con sangre o fluido corporal y de riesgo y plan de evacuación, que se puedan presentar en las instalaciones del establecimiento, antecedentes necesarios para atender las dificultades que se puedan generar y que afecten el normal funcionamiento del Hospital, asegurando de esta forma la protección adecuada de la vida y salud de todos los funcionarios, personal externo y usuarios, el Prestador deberá informar a sus trabajadores sobre el díptico de inducción Hospital Clínico de Magallanes, el que se adjunta en Anexo A en la ficha electrónica de la licitación, por lo que el Hospital estará facultado para efectuar preguntas a los trabajadores en el actuar para efectos de acción en situaciones de emergencia del Hospital.
El díptico de Inducción deberá ser entregado por el Contratista a cada trabajador, previo a su ingreso al servicio, para lo cual el Contratista deberá procurar a su costo, disponer de este material en forma impresa, registrando la entrega a su personal en la siguiente planilla:
ENTREGA CARTILLA PROGRAMA INDUCCION ABREVIADO
MES:
RUT DV. APELLIDOS - NOMBRES ESTAMENTO FECHA ENTREGA FIRMA TRABAJADOR
El Contratista, queda obligado a remitir a la Unidad de Compra de Servicios del Hospital, la planilla de constancia de la toma de conocimiento y recepción del Anexo A por parte de sus trabajadores en las siguientes oportunidades:
1. Al momento de suscripción del contrato que se derive de la presente licitación.
2. Al momento previo de iniciarse el servicio
3. Al momento de incorporar a un trabajador al contrato.
El proveedor se obliga a cumplir con la normativa interna del Hospital, lo cual será puesto en conocimiento de éste por parte del Supervisor de Actividad designado por el Hospital, previo al inicio del servicio, el que incluye la toma de conocimiento del “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas”, del Hospital Clínico de Magallanes, adjunto al link: http://hospitalclinicomagallanes.cl/wp-content/uploads/2018/06/REGLAMENTO-ESPECIAL.pdf.
El oferente que resulte adjudicado, deberá presentar el formulario de Prevención de Riesgos para Empresas Contratistas (ANEXOS Nº 1 “Comprobante de recepción Hospital Clínico Magallanes reglamento especial para empresa contratistas y subcontratistas”, N° 2 “identificación de la empresa, y N° 3 “Certificado de Compromiso de Higiene y Seguridad” del Reglamento Especial para Contratistas y Sub contratistas) al Departamento de Prevención de Riesgos del Hospital previo al inicio del servicio. El incumplimiento o la omisión de este requisito, facultará al Hospital a negar el ingreso de los trabajadores a la ejecución de los trabajos, sin perjuicio de las sanciones que correspondan por esta causa.
8. MANTENIMIENTO CORRECTIVO
Para los casos donde se presente algún tipo de falla en los equipos de cada Hospital, y que sea ajena o causa no atribuible al mantenimiento preventivo, los oferentes deberán entregar valorizado la hora/hombre por la ejecución del servicio de mantenimiento. Además, remitir Informe Técnico estableciendo los costos asociados a ejecución en horario hábil y horario inhábil del mantenimiento preventivo. La adquisición de los repuestos requeridos para efectuar el mantenimiento correctivo, se efectuará bajo la modalidad de contratación que cada Establecimiento estime conveniente de acuerdo a la Normativa de Compras Públicas que proceda.
9. RECEPCIÓN DE CONFORMIDAD
El oferente adjudicado deberá solicitar a la Unidad Técnica de cada Establecimiento designada para este efecto, que con conocimiento de las bases que regulan la presente licitación, inspeccionará el servicio realizado durante el mes, tanto los trabajos normales como extraordinarios, quién visará mediante la emisión del Certificado o Informe de Conformidad.
10. CERTIFICACION DE ASCENSORES
En caso que los ascensores sean entregados con certificaciones vigentes y observaciones subsanadas según indicaciones entregadas en informe realizado por la empresa certificadora, la empresa adjudicada deberá asegurar el estándar entregado y hacerse responsable por faltas que pudiesen aparecer y que se asocien a temas de mantención contratada.
En caso de ser necesario utilizar repuestos o trabajos específicos se deberá entregar informe técnico económico para justificar la compra conexa de los servicios.
La certificación de ascensores será coordinada por cada Establecimiento, según calendario o programación, en donde el oferente adjudicado deberá prestar apoyo técnico a la empresa certificadora.
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