Artículo 1.- Objeto de la licitación:
La CMF llama a presentar ofertas en licitación pública para contratar bajo la modalidad de arriendo las estaciones de trabajos para sus funcionarios (as) de acuerdo con las características que se han definido en las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
Artículo 2.- Mandante de la licitación:
El mandante de la licitación es la Comisión para el Mercado Financiero, cuyo domicilio es Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna de Santiago, Región Metropolitana, representada por su Presidente.
Artículo 3.- Datos básicos de la licitación:
Etapas
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Una (apertura de ofertas técnica y económica en un solo acto), que se efectuará a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.
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Análisis técnico y económico
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Se publicaron las siguientes Consultas al Mercado: N° 1005498-5-RFI24.
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Presupuesto
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El presupuesto disponible total para el servicio a contratar es de $2.400.000.000 (Dos mil cuatrocientos millones de pesos), impuestos incluidos, por el período de 48 meses.
El presupuesto disponible incluye todos los gastos e impuestos que pudieren corresponder.
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Participantes
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Personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, en adelante UTP, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67 bis del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Si dos o más proveedores se unen para presentar ofertas, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la CMF y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En este caso, al momento de presentar las ofertas, deberá adjuntarse la escritura privada o pública que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Podrán participar presentando ofertas, las personas o UTP antes referidas, que de conformidad con el artículo 4° de la Ley N° 19.886, no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los Derechos Fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de la presentación de la oferta. Los oferentes tampoco podrán encontrarse inhabilitados en virtud del D.L. N° 211 de 1973, ni estar afecto a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393. Lo anterior se acreditará mediante declaración jurada electrónica que deberán presentar los oferentes en la presente licitación.
Asimismo, no podrán participar quienes se encuentren afectos al impedimento señalado en el inciso sexto del artículo 4° de la ley 19.886, esto es, los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Igualmente, el oferente no debe estar afecto a la inhabilidad contemplada en el artículo 33 de la Ley Nº 21.595, Ley de Delitos Económicos, es decir, no se encuentra condenada a la pena accesoria de "Inhabilitación para contratar con el Estado", conforme a dicha norma.
Lo anterior se acreditará mediante declaración jurada electrónica que deberán presentar los oferentes en la presente licitación.
Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado, ya sea persona natural y/o jurídica, debiendo el apoderado o representante de la UTP firmar la declaración jurada en nombre de sus integrantes, conforme a las condiciones previstas en el Portal de Compras Públicas.
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Cómputo de plazos
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Los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles.
Se consideran hábiles los días de lunes a viernes, e inhábiles los días sábados, domingos y festivos.
Todos los plazos de horas se entenderán de horas corridas, salvo que se indique lo contrario.
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Idioma
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Castellano.
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Comunicación con la CMF
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Exclusivamente a través del Portal www.mercadopublico.cl
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Soporte de documentos
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Soporte digital.
Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la Ley Nº 19.886 y su Reglamento.
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Funcionario encargado del contrato
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Jefe División de Infraestructura Tecnológica y Conectividad de la Dirección General de TI de la CMF.
El administrador, será responsable de monitorear los hitos establecidos en el contrato, velar por la eficiente ejecución del presupuesto asignado al mismo, asegurando la correcta entrega de bienes y/o servicios mediante la certificación de dicha entrega con la firma de la ficha de recepción conforme. Además, gestionará la evaluación del comportamiento contractual del proveedor al finalizar el contrato y mantendrá contacto directo y permanente con el proveedor para garantizar el cumplimiento de los hitos y entregables estipulados en las condiciones contractuales establecidas.
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Funcionario responsable del pago
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Jefatura División de Finanzas de la CMF.
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3.1.- Gastos:
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte de la CMF.
3.2.- Documentación que rige esta licitación:
Esta licitación se rige por lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 y su Reglamento contenido en el Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y por los documentos que a continuación se indican, los que, en caso de discrepancias, se interpretarán en forma armónica a las presentes bases de licitación, manteniendo el siguiente orden de prelación:
a) Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación;
b) Modificaciones a las bases que, eventualmente, podrá hacer la CMF, a través de la resolución correspondiente;
c) Respuestas a las preguntas de los oferentes, y
d) Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CMF.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al Portal Mercado Público.
3.3.- Modificaciones a las bases:
La CMF podrá modificar las bases administrativas, técnicas y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una consulta planteada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución y serán publicadas en el Portal Mercado Público. En caso de ser necesario, se deberá fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de las ofertas, de manera de permitir que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones.
3.4.- Cronograma de la licitación:
El siguiente cronograma presenta la duración de cada etapa considerada para la presente licitación pública. Los plazos definidos son contados desde la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl.
N°
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Etapa
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Plazos
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1
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Fecha de publicación de las bases
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Día uno (1). Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba las bases y el llamado.
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2
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Fecha de cierre de recepción de ofertas
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Treinta y dos (32) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl, a las 16:00 horas.
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3
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Fecha de recepción garantía de seriedad de la oferta
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Documento electrónico: Dentro de los treinta y dos (32) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta las 16:00 horas del último día.
Documento físico: Dentro de los treinta y dos (32) días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl, cada día hábil de 09:00 hasta las 13:30 horas.
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4
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Fecha de inicio de preguntas
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Un (1) día después de haberse publicado las bases, desde la 09:00 horas.
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5
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Fecha final de preguntas
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Quince (15) días posteriores al inicio de las preguntas, hasta las 18:00 horas.
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6
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Fecha publicación de respuestas
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Hasta los cinco (5) días hábiles posteriores a la recepción final de las preguntas, hasta las 18:00 horas.
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7
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Fecha de acto de apertura técnica y económica
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El mismo día de la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl a las 16:05 horas.
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8
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Fecha de evaluación de ofertas
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Dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl.
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9
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Fecha de adjudicación
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Dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta las 18:00 horas.
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10
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Suscripción del contrato y entrega garantía de fiel y oportuno cumplimiento
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Dentro de los veinte (20) días contados desde la fecha de notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público.
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Los plazos de días establecidos en las presentes bases son de días corridos, salvo que se indique lo contrario.
Si el día fijado como término de algunos de los plazos indicados, coincidiese con un sábado, domingo o festivo, la actividad correspondiente deberá realizarse en el día hábil siguiente.
Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas.
3.5.- Período de consultas, preguntas, aclaraciones y respuestas:
Toda consulta o pregunta por parte de los oferentes relativas a las bases de la presente licitación, deberá formularse a través del Portal en el ID respectivo, durante el período comprendido entre la fecha de inicio de consultas y el período de cierre de éstas indicado en el cronograma de licitación. Las consultas serán contestadas por la CMF a todos los interesados a través del mismo Portal. Dichas respuestas se considerarán como parte integrante de las presentes bases de licitación.
Las respuestas a las consultas formuladas en el Portal durante el procedimiento licitatorio, que impliquen una modificación a los antecedentes de la licitación, serán sancionadas por el respectivo acto administrativo, que será publicado en dicho Portal.
Por su parte, la CMF podrá aclarar, complementar y corregir las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta el día fijado para la recepción de ofertas, las que serán publicadas en el Portal y serán consideradas como parte integrante de dichas bases.
Artículo 4.- Contenido de la oferta:
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de estas, según lo indicado en el cronograma de la licitación.
La oferta se compone de los antecedentes administrativos, oferta técnica, pacto integridad y oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2, 4.3 y 4.4, respectivamente.
En caso de que el oferente quiera complementar la información de su oferta con archivos adicionales a lo requerido en estas bases, deberá hacer la referencia en su “Propuesta Técnica Detallada” (apartado 4.2.- Oferta Técnica, de las presentes bases administrativas) a la página y al nombre del documento adicional que la complementa. De no existir la referencia solicitada, estos documentos adicionales podrán no ser considerados por la comisión evaluadora en la revisión de las ofertas.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas, técnicas, anexos, aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
4.1.- Antecedentes administrativos:
Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, los siguientes documentos:
4.1.1.- Declaración jurada electrónica en la plataforma dispuesta por la Dirección de Compras y Contratación Pública, de acuerdo con su Directiva de Contratación Pública N° 37, recomendaciones sobre el uso y aplicación del registro de proveedores.
Las inhabilidades para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la UTP individualmente considerado, ya sea persona natural y/o jurídica, debiendo el apoderado o representante de la UTP firmar la declaración jurada en nombre de cada uno de los integrantes, conforme el formato contenido en el Anexo N°1-A o 1-B, según corresponda a su tipo de persona (jurídica o natural).
4.1.2.- Identificación del oferente:
Todos los oferentes deberán presentar el documento “Identificación del oferente” de acuerdo con el formato del Anexo N° 2.
Además, aquellos oferentes que presenten su oferta como una UTP, deberán presentar, un documento público o privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Este documento deberá contener la identificación de los integrantes de la UTP y la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la CMF, por lo que todos y cada uno de los integrantes de una UTP serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo contrato, por lo que el instrumento de constitución de la UTP no puede incluir cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP.
Asimismo, deberá contener el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, explicitándose en el acuerdo de constitución de la UTP el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes ante la CMF. Además, el acuerdo de constitución de la UTP deberá establecer su duración, la cual deberá extenderse por el tiempo que corresponda al proceso de licitación en la que participa, incluida la vigencia del contrato que eventualmente se adjudique.
El acuerdo de constitución de una UTP puede incorporar otras cláusulas adicionales que los integrantes determinen como necesarias y relevantes para el funcionamiento de la UTP, siempre y cuando se ajusten a las disposiciones de la Ley de Compras y su Reglamento, así como de las respectivas bases de licitación y el contrato.
Toda modificación que experimente la UTP debe ser informada de inmediato a la CMF, debiendo acompañarse el respectivo instrumento modificatorio. Toda modificación relativa a la integración o características de la UTP debe materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.
Asimismo, en caso de ser adjudicada su oferta, al momento de formalizar la contratación, el adjudicatario deberá presentar:
a) Una copia de Inscripción con vigencia de la persona jurídica, otorgada por el Conservador de Bienes Raíces respectivo. De la misma manera, para el caso de sociedades constituidas al amparo de la Ley N° 20.659, deberá presentar el certificado de vigencia y el certificado de estatuto actualizado, ambos otorgados por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que no podrán tener una antigüedad superior a 3 meses.
b) Una copia escaneada en formato electrónico de su escritura de constitución o una copia de escritura, acta de directorio reducida a escritura pública, u otro instrumento público en el que conste el nombre del (los) representante (s) legal (es) del proveedor y las facultades de que están investidos para representarla. Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente (Ley N° 20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y Disolución de las Sociedades Comerciales), deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses.
En caso de adjudicar el servicio a una UTP que se encuentre conformada por una o más personas jurídicas, deberá presentarse al momento de contratar los documentos aludidos en los párrafos que preceden correspondiente a cada una de las personas jurídicas. Junto a lo anterior, deberá acompañar una escritura pública como documento para contratar donde conste la unión temporal de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 67 bis, del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886.
Respecto de los oferentes que se encuentren constituidos como agencias de sociedades extranjeras, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 447 a 450 del Código de Comercio y artículos 121 a 124 de la Ley N° 18.046 sobre Sociedades Anónimas, deberán acompañar los documentos señalados en el artículo 447 del Código de Comercio o 121 de la Ley N°18.046, según sea el caso.
Los oferentes que se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado no deberán acompañar estos documentos si ellos u otros similares se encuentran disponibles en dicho Registro a la fecha de apertura de las ofertas.
4.1.3.- Garantía de seriedad de la oferta:
La seriedad de la oferta se garantizará con una caución equivalente a $2.000.000.- (dos millones de pesos).
La caución deberá consistir en cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, de ejecución inmediata, con el carácter de irrevocable y ser pagadero a la vista, (a modo ilustrativo, tales documentos podrán consistir, entre otros, en boletas de garantía bancaria, vales vista, depósitos a la vista o certificados de fianza), tomado por el oferente o señalar en el documento que se toma en nombre del oferente, en un Banco o Institución de Garantía Recíproca establecido(a) en Chile, con oficinas en la Región Metropolitana y sujetos a las normas de la Comisión para el Mercado Financiero, nominativa a nombre de la Comisión para el Mercado Financiero, RUT N° 60.810.000-8, consignando la siguiente glosa: "Garantiza Seriedad Oferta Propuesta Pública ID 1005498-XX-LR24” (que corresponde al número de identificación de la propuesta en el Portal www.mercadopublico.cl, denominada “Número de la adquisición o ID”).
En caso de presentarse un vale vista o depósito a la vista, o cualquier instrumento con similares características a éstos para garantizar la seriedad de la oferta, el documento deberá señalar como beneficiario a la “Comisión para el Mercado Financiero”.
La vigencia del documento no podrá ser inferior a 140 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas del llamado a licitación.
Si dentro de ese plazo no se puede suscribir el contrato, la CMF solicitará al adjudicatario, antes de la fecha de su expiración, la renovación de la garantía de seriedad de la oferta. Si alguno de ellos no lo hiciere, la adjudicación podrá no ser considerada.
Esta garantía se hará efectiva, sin notificación ni forma de juicio, si el oferente:
a) Retira su oferta dentro del plazo de vigencia de la misma, encontrándose en proceso la licitación.
b) Si siéndole adjudicada la licitación, no proporciona los antecedentes necesarios para elaborar el contrato respectivo, o no suscribe el contrato dentro del plazo fijado por la CMF para hacerlo.
c) No entregare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato dentro del plazo dispuesto en el cronograma de la licitación.
d) Presenta antecedentes inconsistentes o no verosímiles.
e) En los demás casos que la normativa o las presentes bases administrativas de licitación lo establezcan.
Dicho documento deberá ser entregado en forma física o electrónica. En caso de que la caución sea remitida en forma física, para los días que van desde la publicación de las presentes bases hasta el día de cierre de la licitación, se deberá entregar en la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, comuna de Santiago, Región Metropolitana, de lunes a viernes en horario de 09:00 a 13:30 hrs.
En los casos que la garantía de seriedad de la oferta se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma y ser entregada a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional, hasta el día de cierre de recepción de las ofertas.
La entrega física o electrónica de la garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo establecido en el cronograma de licitación es obligatoria, por tanto, su no entrega o entrega fuera del plazo señalado implicará la exclusión del oferente respectivo.
Una vez cerrado el período de recepción de ofertas, se revisará que las garantías de seriedad cumplan con lo requerido en las bases administrativas.
En el caso que un oferente entregue dentro del plazo una garantía de seriedad de oferta que presente errores en el monto o vigencia, su oferta será declarada inadmisible.
Tratándose de otro tipo de errores, la CMF podrá solicitar que sea enmendada en un plazo máximo de 72 horas corridas desde la notificación del reparo a través del portal www.mercadopublico.cl, debiendo acompañar el documento en la Oficina de Partes o a través de CMF sin papel. Si el reparo no es subsanado o no se presenta la garantía, la oferta será declarada inadmisible.
Si la licitación pública es adjudicada, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta, se física o electrónica, a los oferentes que no se encuentren seleccionados en el primero, segundo o tercer lugar en la escala de evaluación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación, y a los que se encuentran seleccionados en el primero, segundo y tercer lugar en la escala de evaluación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes de dictada la resolución aprobatoria del contrato suscrito con el oferente adjudicado.
En caso de que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverá la garantía de seriedad de la oferta al o los oferentes participantes en la licitación, dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a la notificación en el Portal www.mercadopublico.cl de la resolución que declara desierta la licitación.
Será de entera responsabilidad del oferente retirar la garantía de seriedad de la oferta.
Para el retiro de las garantías físicas los oferentes deberán dirigirse al Departamento de Contabilidad de la CMF, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre II, piso 2, comuna de Santiago, en horario de 09:00 a 13:00 y de 14:30 a 17:00 horas, acreditando la persona que retira tener poder suficiente para ello mediante mandato o poder simple otorgado por el oferente y una fotocopia de su cédula de identidad.
La devolución de la garantía electrónica se realizará de acuerdo con los plazos indicados previamente, mediante comunicación vía correo electrónico que efectuará el Departamento de Contabilidad de la CMF.
4.2. Oferta Técnica:
Los oferentes deberán presentar, a través del Portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las ofertas, la información solicitada en los siguientes documentos:
a) “Propuesta Técnica Detallada” (obligatorio): consistente en un documento donde el oferente deberá detallar su propuesta técnica de trabajo, describiendo la planificación, instalación y puesta en marcha de los servicios como todas las tareas relacionadas con el requerimiento técnico del servicio ofertado y las características técnicas específicas de las soluciones ofertadas.
b) Anexo N° 3 “Oferta Técnica” (obligatorio).
c) Anexo N° 4 “Experiencia del oferente (no obligatorio)”.
4.3.- Programa de integridad, de acuerdo con la información solicitada en el Anexo N° 6.
4.4. Oferta Económica:
Los oferentes ingresarán a través del Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de las ofertas, el precio del servicio de arriendo de estaciones de trabajo por un período de 48 meses, en pesos chilenos, sin impuesto.
El oferente deberá presentar la información solicitada en el Anexo N° 5 “Oferta Económica”, como documento adjunto a su oferta, en formato Word, Excel u otro, el que deberá ser completado obligatoriamente con toda la información solicitada. En caso de no presentar esta información, será causal de inadmisibilidad de su oferta.
De producirse diferencias entre los valores ingresados por el oferente en los formularios del Portal Mercado Público y los ingresados en el Anexo N° 5 “Oferta Económica” de estas bases, para todos los efectos, se dará preeminencia a lo establecido en el anexo citado.
Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que demanden la ejecución del contrato y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales.
En caso de que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales, en la medida que no condicione o modifique la oferta económica debiendo respetar los principios de estricta sujeción de las bases y de igualdad de los oferentes.
4.5.- Plazo de vigencia de las ofertas:
Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 140 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas dispuesta en el cronograma de la licitación, de estas bases administrativas. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CMF solicitará a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, la prórroga de sus ofertas y el reemplazo o ampliación de la vigencia de sus garantías de seriedad de oferta. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta no será considerada.
4.6.- Inadmisibilidad de las ofertas:
Las ofertas presentadas por los oferentes serán declaradas inadmisibles cuando:
- No presenten cualquiera de los antecedentes indicados como obligatorios en las letras a) y b) del punto 4.2, de las presentes bases administrativas.
- No presenten la información requerida en el Anexo N° 5 “Oferta Económica”.
- Sobrepasen el presupuesto total y/o de las cuotas disponible para la presente licitación.
- No cumplan con los requisitos establecidos en las bases técnicas de licitación, que deben ser informados de acuerdo con lo solicitado en el punto 1 del Anexo N° 3 “Oferta técnica”.
- No presenta Propuesta Técnica detallada de acuerdo con lo solicitado en el punto 2 del Anexo N° 3 “Oferta técnica”.
- Si la CMF solicita, de acuerdo con las bases, a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, aclarar errores u omisiones formales o requiera antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta, y el oferente no los presente dentro del plazo otorgado.
- No presenten la garantía de seriedad de la oferta, debidamente completada, de acuerdo a lo requerido en el numeral 4.1.3 de estas bases.
- Oferten un plazo de implementación superior al 31 de mayo de 2025 para la ubicación Alameda y el 30 de septiembre de 2025 para la ubicación Moneda o no señale este plazo.
- En general, por no haber dado cumplimiento a las exigencias establecidas en las bases de licitación.
Se exceptúan de ser declaradas inadmisibles las ofertas que no presenten los siguientes antecedentes:
- Información contenida en el punto 3, del Anexo N° 3 “Oferta técnica”, el anexo No 4 “Experiencia del Oferente” y el Anexo N° 6 “Programa de integridad”.
La no presentación de la información señalada será evaluada con “0” puntos.
Con respecto a los demás antecedentes establecidos en el punto 4.1, se estará a lo dispuesto en el artículo 6 y en el apartado I del punto 7.1 del artículo 7 de estas bases.
Artículo 5.- De la apertura de las ofertas:
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma de la licitación, en un solo acto, a través del Sistema de Información del Portal Mercado Público.
Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información, de acuerdo con lo establecido en el inciso final del artículo 33, del Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda que Aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento, dada la confidencialidad requerida por el mercado para este tipo de servicios.
Justificación técnica: Considerando que las ofertas incluirán la descripción de software y hardware que CMF utiliza, es prudente guardar reserva por motivos de seguridad de la plataforma de endpoints.
La CMF podrá efectuar el proceso de compra y la recepción total o parcial de ofertas fuera del Sistema de Información cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información del Portal Mercado Público, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
Artículo 6.- Errores u omisiones / falta de certificaciones o antecedentes durante la evaluación:
La CMF podrá solicitar a través del Portal Mercado Público, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. En todo caso, estas solicitudes deberán ser informadas al resto de los oferentes a través del Portal Mercado Público.
La CMF podrá también permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuada la oferta, siempre que con ello no se modifique la oferta y siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación, con excepción de la garantía de seriedad de la oferta, la que en caso de no ser presentada dentro del plazo para efectuar ofertas, o de ser presentada dentro de plazo, adolezca de un error distinto de aquellos que permiten ser subsanados en los plazos señalados, significará declarar inadmisible la oferta.
En cualquiera de las situaciones descritas en los dos párrafos precedentes, se les otorgará a los oferentes un plazo de 72 horas corridas desde la notificación de la CMF para salvar los errores u omisiones formales y presentar las certificaciones o antecedentes faltantes.
Ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la CMF podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.
Artículo 7.- De la evaluación:
Una Comisión Evaluadora nombrada para tal efecto, analizará y evaluará conforme a los criterios de evaluación las ofertas dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación, proponiendo al Presidenta de la CMF, la adjudicación total de la licitación, al oferente que haya obtenido mayor puntaje, atendiendo a que ella cumple de mejor forma los requerimientos exigidos y que constituye la oferta más conveniente para los intereses de la Institución o bien, la Comisión Evaluadora podrá proponer dejar desierta la licitación, expresando los fundamentos para ello.
La Comisión Evaluadora estará integrada al menos tres de los siguientes funcionarios de la Comisión para el Mercado Financiero:
1. Francisco Aliaga Calderón, jefe de Departamento de Ingeniería de Sistemas
2. Rubén Santelices Rodríguez, jefe de División de Infraestructura Tecnológica y Conectividad
3. Sergio Villena Inostroza, Ingeniero de Sistemas Departamento de Ingeniería de Sistemas
4. Alvaro Díaz González, Ingeniero de Sistemas Departamento de Ingeniería de Sistemas
En caso de que más de dos integrantes no pueda asistir a la evaluación de ofertas por impedimento debidamente justificado, se designará por resolución a un reemplazante.
Durante la etapa de evaluación, la CMF podrá verificar todos aquellos antecedentes que estime pertinentes con el objeto de asegurar una correcta evaluación de las ofertas. En especial, podrá requerir información de los medios de contacto indicados por los propios oferentes para validar información con terceros.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. De esto deberán dejar constancia en el Informe de la Comisión Evaluadora.
7.1.- Proceso de evaluación:
El proceso de evaluación contempla la evaluación de criterios técnicos, económicos, requisitos formales, y pacto integridad, debiendo cada uno de los componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los cuatro componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.
En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas técnicas, económicas, requisitos formales, y pacto integridad, se utilizarán dos decimales.
En caso de tratarse de una UTP, ésta estará obligada a informar inmediatamente a la CMF el retiro de uno o más de sus integrantes. Si dicho retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP deberá informar, además, en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien si se desistirá de ésta. Luego del retiro de algunos de sus integrantes, la UTP deberá continuar funcionando con al menos 2 integrantes.
Si durante la evaluación de las ofertas se retira algunos de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia podrá ser causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta la que deberá fundarse debidamente.
La pauta de evaluación que se utilizará para decidir la adjudicación considera los siguientes criterios de evaluación y sus respectivos puntajes y ponderaciones:
Nº
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Criterio
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Ponderador por Criterio
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I.- Requisitos formales de la oferta:
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Completitud de la oferta
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3 %
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II.- Aspecto económico de la oferta:
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1.
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Precio total bruto
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40%
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III.- Aspecto técnico de la oferta:
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1.
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Experiencia del oferente en cantidad de proyectos de similar envergadura a lo solicitado en las bases técnicas
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35%
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2.
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Elementos adicionales a lo requerido en la licitación.
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20%
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IV.- Pacto de Integridad:
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Programa de Integridad
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2%
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|
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I.- Evaluación requisitos formales de la oferta:
Completitud de la oferta:
Este criterio está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes, anexos y certificaciones requeridas por la CMF. La asignación de puntaje se efectuará de acuerdo con lo siguiente:
Tramos
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Puntaje
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Presentó en tiempo y forma toda la información y documentos requeridos, por lo que no es necesario solicitar información ni documentos omitidos.
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100
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Se solicita información o documentos omitidos, y responde en el plazo establecido.
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50
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Si la CMF requiere antecedentes o certificaciones omitidos en la oferta y el oferente no los presenta dentro del plazo otorgado, no continuará en el proceso de evaluación de las ofertas, declarándose la inadmisibilidad de esta, de acuerdo con lo establecido en el numeral 4.6 de las presentes bases.
En todo caso, ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por la CMF podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta técnica, económica, pacto integridad, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.
En el caso que un oferente entregue dentro del plazo una garantía de seriedad de oferta que presente errores en el monto o vigencia, su oferta será declarada inadmisible.
Tratándose de otro tipo de errores, la CMF podrá solicitar que sea enmendada en un plazo máximo de 72 horas corridas desde la notificación del reparo a través del portal www.mercadopublico.cl, debiendo acompañar el documento en la Oficina de Partes o a través de CMF sin papel. Si el reparo no es subsanado o no se presenta la garantía, la oferta será declarada inadmisible.
II.- Evaluación aspecto económico de la oferta:
Las ofertas que sobrepasen el presupuesto disponible para el servicio de arriendo de estaciones de trabajo serán declaradas inadmisibles y no continuarán en el proceso de evaluación.
Se asignará 100 puntos a la oferta de menor valor. Para el resto de las ofertas se asignará el puntaje conforme a la siguiente ecuación:
Puntaje oferta (i) = [(P (m) / P (i)) x 100]
Dónde:
Puntaje oferta (i): Puntaje asignado a la oferta económica.
P (i): Precio ofertado por el oferente evaluado.
P (m): El menor precio ofertado por los oferentes.
III.- Evaluación aspecto técnico de la oferta:
La oferta técnica tendrá que cumplir con los requisitos establecidos en las bases técnicas.
Las propuestas que cumplan con los requisitos solicitados continuarán en el proceso de evaluación, siendo evaluadas de acuerdo con los criterios y ponderaciones que a continuación se indican:
1.- Experiencia del oferente en cantidad de proyectos de similar envergadura a lo solicitado en las bases técnicas:
Para medir este criterio de evaluación, se asignará puntaje considerando la cantidad de proyectos ejecutados o en ejecución, según se detalla más adelante, los cuáles serán comprobados a través de los antecedentes informados en el Anexo N° 4 “Experiencia del Oferente” de estas bases, y la documentación de respaldo que sirva para acreditar la información presentada.
El detalle de todos los antecedentes que la comisión de evaluación considere como referencias válidas, de acuerdo a lo dispuesto en estas bases, para efectuar la revisión de documentos presentados en las ofertas, serán detallados en el respectivo informe de evaluación.
La experiencia del oferente se evaluará en base a los proyectos contratados a partir del año 2014 hasta antes de la fecha de la publicación de esta licitación, relacionados con la ejecución de proyectos de similar envergadura, entendiéndose por tales, aquellos referidos a arriendo de equipamiento y servicios asociados desarrollados tanto en el sector público como en el privado, cuyo monto total sea superior a $280.000.000, para entidades de al menos 250 usuarios, donde los requerimientos específicos del proyecto sean equivalentes a lo señalado en el punto 3 de las bases técnicas.
Cantidad de proyectos contratados desde año 2014 hasta antes de la fecha de la publicación de esta licitación
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Puntaje
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0 proyectos o no informa
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0
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Acredita la realización de entre 1 y 2 proyectos
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25
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Acredita la realización de entre 3 y 6 proyectos
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50
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Acredita la realización de entre 7 y 9 proyectos
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75
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Acredita la realización de más de 9 proyectos
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100
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La información entregada por cada oferente en el Anexo N° 4, deberá acreditarse de la siguiente manera:
- En el caso de proyectos desarrollados para el sector privado, se deberá acompañar como documento adjunto a la oferta en el Portal de Compras Públicas, copia simple del contrato respectivo firmado por ambas partes.
- En el caso de proyectos desarrollados para el sector público, indicar número de ID (número de orden de compra o licitación).
En caso de no presentar los respectivos respaldos que permitan verificar la veracidad de estas referencias, se procederá a desestimar y no considerar ese antecedente en la evaluación de este criterio.
En el evento que el oferente sea una agencia de una sociedad u otra persona jurídica con fines de lucro extranjera, conforme a lo dispuesto en los artículos 447 a 450 del Código de Comercio y artículos 121 a 124 de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, la experiencia del agenciado podrá ser considerada como propia del agente.
Si el oferente no adjuntare en el Portal de Compras Públicas la información solicitada en el Anexo N° 4 o no presenta los respaldos que permitan verificar la veracidad de lo informado, se procederá a no considerar ese antecedente en la evaluación de este criterio, siendo calificada la oferta con “0” puntos. Solo se considerarán los antecedentes y/o respaldos sobre experiencia que se encuentren debidamente acreditados, sea en idioma inglés o castellano.
En el caso que el oferente sea una unión temporal de proveedores, los integrantes de dicha unión podrán sumar sus experiencias individuales de acuerdo con la materia exigida para este criterio de evaluación.
2.- Elementos adicionales a lo requerido en la licitación:
Se asignará puntaje a las ofertas que, además de cumplir con el mínimo establecido en estas bases de licitación, oferten dentro del valor cuota de arriendo mensual, equipos del Tipo (PC-A) con 32 GB de memoria RAM.
Se asignará puntos a la propuesta que oferte la mayor cantidad de equipos adicionales del tipo “Notebook modelo A normal (PC-A) con 32 GB de Memoria RAM” referenciados en el punto 3.1.1 de las bases técnicas. Se asignará el puntaje conforme a la siguiente tabla:
Cantidad de equipos adicionales con 32 GB de memoria RAM
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Puntaje
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De 0 a 49 equipos
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0
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De 50 a 99 equipos
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8
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De 100 a 149 equipos
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16
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De 150 a 199 equipos
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24
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De 200 a 249 equipos
|
32
|
De 250 a 299 equipos
|
40
|
De 300 a 349 equipos
|
48
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De 350 a 399 equipos
|
56
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De 400 a 449 equipos
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64
|
De 450 a 499 equipos
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72
|
De 500 a 549 equipos
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80
|
De 550 a 599 equipos
|
88
|
De 600 a 662 equipos
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100
|
Para medir este criterio de evaluación, se asignará puntaje considerando los elementos adicionales, informados por cada oferente en el punto N° 3 del Anexo N° 3 “Oferta Técnica” de estas bases.
Los equipos adicionales ofertados no podrán tener costo adicional para la CMF.
IV. Pacto de Integridad:
El oferente deberá acreditar que posee herramientas en relación con el cumplimiento de un programa de integridad que ya ha sido dado a conocer a la empresa, de acuerdo con lo establecido por la instrucción Nº E370752/2023 de Contraloría General de la República, sobre “Obligatoriedad de programas de integridad y compliance por parte de los proveedores”. Para tales efectos, el oferente deberá incorporar en su oferta, a través del portal www.mercadopublico.cl, los antecedentes señalados en el Anexo N° 6.
N°
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Pacto de integridad
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Puntaje
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1
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Presenta información
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100
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2
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No informa o no se puede demostrar
|
0
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Para la asignación de puntaje se considerará lo establecido en la siguiente tabla:
Artículo 8.- Informe de la Comisión Evaluadora:
La Comisión Evaluadora emitirá un informe de Evaluación, en el plazo establecido en el cronograma de licitación, el cual deberá estar suscrito por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Este informe deberá contemplar un resumen del proceso de aplicación de criterios de evaluación, indicando el puntaje que haya obtenido cada proponente, describiendo los antecedentes evaluados, y todas las aclaraciones que pudieren haberse realizado.
En caso de producirse empates entre dos o más oferentes en el resultado final de la evaluación, se aplicarán en forma sucesiva las siguientes reglas de desempate:
1. Mayor puntaje en el criterio “Elementos adicionales a lo requerido en la licitación.”.
2. Mayor puntaje en el criterio “Precio total con IVA incluido”.
3. Mayor puntaje en el criterio “Experiencia del oferente en cantidad de proyectos de similar envergadura a lo solicitado en las bases técnicas”.
Artículo 9.- De la adjudicación:
La CMF adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación contemplados en las presentes bases, mediante resolución fundada en la que se especificarán los aludidos criterios.
La adjudicación se efectuará en el plazo indicado en el cronograma del proceso.
En el evento que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, la CMF señalará en el Portal Mercado Público las razones que lo motivaron y se dispondrá de un nuevo plazo de 20 días hábiles para la adjudicación.
En el caso que los oferentes quieran formular consultas sobre aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico dentro del plazo de tres días contados desde la notificación de la adjudicación, a la dirección abastecimiento@cmfchile.cl. Las consultas efectuadas serán respondidas por correo electrónico al proveedor que realiza la consulta, y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexo a la licitación pública.
Artículo 10.- Readjudicación:
La presente licitación contempla la posibilidad de readjudicación en los términos señalados en el inciso final del artículo 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
La CMF podrá readjudicar la propuesta al oferente que siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, dictando la respectiva resolución, la que será publicada en el Portal Mercado Público.
Procederá la readjudicación en caso de que el adjudicatario no suscriba el contrato respectivo dentro del plazo establecido en estas bases o se verifique alguna otra causal establecida en las presentes bases. De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.
Asimismo, procederá la readjudicación si el adjudicatario fuese inhábil en los términos del artículo 4°, inciso 6°, de la Ley N° 19.886 al momento de la suscripción del contrato. En el caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 5 días hábiles inmediatamente que tenga conocimiento de esta situación, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado, o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, ésta podrá ser dejada sin efecto, mediante una resolución fundada, debiendo la licitación ser readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
De estas circunstancias deberá dejarse constancia en el informe respectivo que deberá elaborar para dichos efectos la Comisión Evaluadora.
Artículo 11.- Inadmisibilidad de las ofertas y declaración desierta de la licitación:
La CMF, mediante resolución fundada, se reserva el derecho de declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales o completen certificaciones o documentos, de acuerdo con lo establecido en estas bases.
La CMF, mediante resolución fundada, podrá declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución, en virtud de lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.
Artículo 12.- Del contrato:
De la presente licitación pública derivará el contrato “servicio de arriendo de estaciones de trabajo”. El contrato se regirá por las normas de la Ley N° 19.886; su Reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, de Ministerio de Hacienda; por las presentes bases y sus anexos; por las aclaraciones a las bases entregadas por la CMF, de oficio o con motivo de alguna consulta de los oferentes; y la oferta del proveedor, en todo aquello que no sea contrario a la normativa y a los documentos antes señalados.
Para contratar con el Estado, el oferente no puede tener las inhabilidades a que se refiere el inciso sexto del artículo 4 de la Ley N° 19.886 ni estar afecto a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393, ni encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado en virtud de lo dispuesto en el D.L. N° 211 de 1973 ni estar afecto a la inhabilidad contemplada en el artículo 33 de la Ley Nº 21.595, Ley de Delitos Económicos, es decir, no se encuentra condenada a la pena accesoria de "Inhabilitación para contratar con el Estado", conforme a dicha norma. Lo anterior, se acreditará mediante declaración jurada que deberán presentar los oferentes en la presente licitación.
Las causales de inhabilidad para contratar afectarán a cada integrante de la UTP, individualmente considerado.
12.1.- Inscripción en el Registro de Proveedores de la Administración del Estado:
Para la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá estar inscrito y encontrarse hábil en el Registro de Proveedores de la Administración del Estado, que está a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
En caso de que el adjudicatario o los integrantes de la UTP no estén inscritos en el referido Registro, deberán inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación respectiva.
Cuando el adjudicatario no se inscriba en el plazo indicado en el párrafo precedente o se encontrare inhábil en Registro de Proveedores, la CMF podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar la licitación, en los términos indicados en las presentes bases o bien podrá declarar desierta la licitación, según corresponda.
Si alguno de los integrantes de la UTP no se inscribiera o se encontrare inhábil en el Registro de Proveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para suscribir el respectivo contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo suscribirse el contrato con la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características que le permitieron ser adjudicado, siendo objeto de evaluación de la oferta o de admisibilidad.
Asimismo, si durante la ejecución del contrato, alguno de los integrantes de la UTP incurriera en una inhabilidad sobreviniente que no le permita contratar con el Estado y en consecuencia no pueda estar inscrito en Registro de Proveedores, la UTP adjudicada se encontrará inhabilitada para continuar ejecutando el contrato, a menos que el integrante inhabilitado se retirase, pudiendo continuar la ejecución del contrato por parte de la UTP conformada por el resto de los integrantes, siempre que la UTP quede conformada por a lo menos 2 integrantes y que el integrante que se haya retirado, no sea de aquellos que hubiesen reunido una o más características que le permitieron ser adjudicado, siendo objeto de evaluación de la oferta o de admisibilidad.
Para efectos de estos dos últimos párrafos, el retiro del integrante inhábil deberá formalizarse dentro del plazo de 10 días hábiles.
12.2.- Condiciones básicas del contrato:
12.2.1. Domicilio de la CMF:
Comuna de Santiago, Región Metropolitana.
12.2.2. Subcontratación:
El proveedor no podrá en ningún caso subcontratar, aportar los derechos u obligaciones establecidas en la contratación con la CMF o realizar a su respecto cualquier acto jurídico o negociación que signifique que el mismo sea ejecutado por un titular diferente de ella, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
La infracción a esta obligación dará lugar al término inmediato del servicio, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor.
12.2.3. Cesión de derechos:
No se permite, excepto en los casos que dispone el artículo 74 del Decreto N° 250, del Ministerio de Hacienda, de 2004, que aprueba Reglamento de la Ley N° 19.886.
12.2.4. Vigencia del contrato:
El contrato entrará en vigor una vez tramitada la resolución que lo aprueba y se mantendrá vigente por el período de 48 meses, desde el acta de entrega del normal funcionamiento del servicio de arriendo de estaciones de trabajo firmada entre el proveedor y la Jefatura de la División de Infraestructura Tecnológica y Conectividad de la CMF, que no podrá ser superior al 1 de junio 2025.
12.2.5. Plazo máximo para ejecución del contrato:
El servicio de arriendo de estaciones de trabajado deberá estar instalado, configurado y en normal funcionamiento para la sede Alameda desde el 1 de junio 2025 al 31 de mayo 2029 y para la sede Moneda desde el 1 de octubre 2025 al 31 de mayo 2029.
12.2.6. Precio y forma de pago:
El presupuesto disponible total para el servicio a contratar es de $2.400.000.000 (dos mil cuatrocientos millones de pesos), impuestos incluidos, por el período de 48 meses.
El precio total ofertado deberá contemplar todos los gastos y costos, previstos e imprevistos, necesarios para que se cumpla el objetivo del llamado a licitación.
El pago de los servicios contratados será realizado por la Comisión para el Mercado Financiero por transferencia electrónica o a través de la Tesorería General de la República, en 48 cuotas mensuales por mes vencido, según lo siguiente:
Etapa 1: El valor mensual de las cuotas de los servicios contratados se comenzará a pagar desde el 1 de junio de 2025 al 30 de septiembre de 2025 de acuerdo con el valor ofertado por el proveedor que deberá ser proporcional a la cantidad de computadores requerido en requerimiento 22 de bases técnicas y que no podrá ser superior a $ 33.000.006 IVA incluido.
Etapa 2: El valor mensual de las cuotas de los servicios contratados se comenzará a pagar desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 31 de mayo de 2029 de acuerdo con el valor ofertado por el proveedor que deberá considerar la totalidad de los computadores requerido en requerimiento 22 de bases técnicas y que no podrá ser superior a $ 51.545.454 IVA incluido.
El valor total de la propuesta no podrá ser superior al total máximo disponible.
Todas las cuotas serán pagadas dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la recepción conforme de la respectiva factura o boleta; previa certificación de conformidad del servicio prestado, emanada del Jefatura de la División de Infraestructura Tecnológica y Conectividad, y previa acreditación del cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales por parte del proveedor respecto de su personal directo.
En caso de tratarse de una UTP, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los proveedores se acreditará respecto de cada uno de los integrantes de dicha unión.
En forma previa a la facturación, el proveedor deberá aceptar la orden de compra respectiva y verificar en el Portal Mercado Público la recepción conforme del servicio entregado. Por tanto, el proveedor no debe facturar hasta que; habiendo prestado el servicio, reciba el formulario Ficha de Recepción Conforme de Bienes y/o Servicios, el cual será tramitado internamente y puesto a disposición para el proveedor a través del Portal www.mercadopublico.cl
La factura o instrumento tributario de cobro correspondiente, deberá ser enviada por el proveedor a la casilla de correo electrónico cmfrecepcion@custodium.com.
La CMF podrá rechazar las facturas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 19.983, que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura.
Los pagos que se realicen en virtud del contrato que se suscriba, solo se podrán efectuar una vez tramitado totalmente el acto administrativo que aprueba el contrato respectivo.
Los pagos que deban realizarse durante los futuros períodos anuales de vigencia del contrato se efectuarán en la medida que exista disponibilidad presupuestaria y se cumplan las condiciones previstas en estas bases para ello.
Para proceder al pago, la CMF deberá solicitar mensualmente el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales” emitido por la Dirección del Trabajo (F30-1) o el instrumento que haga las veces de tal.
En el evento que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
12.2.7. Normativa, antecedentes y documentos aplicables:
La relación contractual con el adjudicatario se regirá por las normas de la Ley N° 19.886, su Reglamento aprobado por Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por los siguientes antecedentes y documentos, que se consideran parte integrante del mismo:
1. Las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
2. El llamado a licitación pública que se efectúe a través del Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl.
3. Aclaraciones a las bases entregadas de oficio o las respuestas emitidas en el periodo de consulta o respuestas.
4. La oferta administrativa, técnica y económica presentada por el oferente adjudicado -incluidos sus anexos- en todo aquello que no sea contrario a los demás antecedentes.
5. La resolución exenta que resuelva el proceso licitatorio adjudicando los servicios.
6. La resolución exenta que aprueba el contrato.
En caso de que existan contradicciones entre lo dispuesto por las bases administrativas, técnicas y sus anexos y el contrato, primará lo dispuesto en el presente documento.
12.2.8. Solución de controversias y legislación aplicable:
La relación contractual se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia de la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las facultades de la Contraloría General de la República.
12.2.9. Notificaciones:
Toda citación, notificación o requerimiento entre las partes, deberá hacerse por escrito. Para ello, ambas partes deberán designar como domicilios los que constan en la comparecencia del contrato.
Ello, sin perjuicio de las eventuales comunicaciones que puedan realizarse por la vía electrónica a los correos institucionales.
12.2.10. Suscripción del contrato:
El respectivo contrato se enviará al proveedor adjudicado, que deberá remitirlos firmados por el adjudicatario o su representante legal o apoderado, en caso de tratarse de una UTP, dentro del plazo indicado en el cronograma de licitación de las presentes bases, al Departamento de Compras de la CMF, ubicado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, torre II, piso 2, comuna de Santiago.
Si por cualquier causa imputable al adjudicatario, no se suscribe el contrato dentro del plazo establecido en las presentes bases, la CMF quedará facultada para dejar sin efecto la adjudicación respectiva.
En este caso, la CMF podrá, dentro del plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, seleccionar y readjudicar la oferta que reemplazará a aquella cuya adjudicación fue dejada sin efecto.
En este caso, la CMF procederá a la readjudicación en conformidad a las normas establecidas en estas bases.
Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria totalmente tramitada serán publicadas en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.
Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario.
12.2.11. Garantía fiel y oportuno cumplimiento del contrato
El adjudicatario deberá garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos y el pago de cualquier obligación derivada del contrato, mediante cualquier instrumento financiero que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva, de ejecución inmediata, con el carácter de irrevocable y ser pagadero a la vista; (a modo ilustrativo, tales documentos podrán consistir, entre otros, en boletas de garantía bancaria, vale vista, depósitos a la vista o certificados de fianza), por un monto equivalente al 5% del valor total bruto del contrato adjudicado, emitidos en pesos chilenos, tomados por el oferente o consignar que se toma en nombre del oferente y a la orden de la Comisión para el Mercado Financiero. El documento debe ser tomado en un Banco o Institución de Garantía Recíproca establecido(a) en Chile, con oficinas en la Región Metropolitana y sujetos a las normas de la Comisión para el Mercado Financiero.
El plazo de vigencia de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será la vigencia del mismo, aumentado en un período de 60 días hábiles. La garantía deberá consignar la siguiente glosa: "Garantiza el fiel y oportuno cumplimiento contrato de la licitación ID 1005498-____-LR24” (que corresponde al número de identificación de la propuesta en el Portal www.mercadopublico.cl, denominada “Número de la adquisición o ID).
En caso de presentarse un vale vista o depósito a la vista, o cualquier instrumento con similares características a éstos para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el documento deberá señalar como beneficiario a la “Comisión para el Mercado Financiero”.
El plazo para entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato corresponde al indicado en el cronograma de la licitación.
Dicho documento deberá ser entregado en forma física o electrónica. En caso de que la caución sea remitida en forma física, se deberá entregar en la Oficina de Partes de la CMF, ubicada en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, comuna de Santiago, Región Metropolitana, de lunes a viernes en horario de 09:00 a 13:30 Hrs.
En los casos que la garantía de fiel cumplimiento se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de certificación de dicha firma y ser entregada a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.
Dicha garantía no devengará intereses ni reajuste alguno y se hará efectiva en caso de incumplimiento total o parcial del contrato o de cualquier obligación emanada del mismo por parte del adjudicatario.
Esta garantía cauciona también el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores propios del oferente adjudicado.
La CMF estará facultada para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerir acción judicial alguna.
La garantía será devuelta por la CMF una vez cumplida su vigencia.
De proceder el cobro de esta garantía por las causales establecidas en estas bases de licitación, ésta deberá sustituirse por el proveedor por otra garantía de las mismas características, antes de su cobro en el Banco o Institución correspondiente, de forma que el contrato siempre permanezca garantizado. En caso de no reemplazarse la garantía, la CMF estará facultada para dar por terminado el contrato.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato o no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de este, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, pudiendo la CMF readjudicar la licitación y suscribir el contrato respectivo, con el siguiente oferente mejor evaluado o bien, declarar desierta la licitación. La CMF se encontrará facultada en el supuesto de incumplimiento establecido en estas bases por parte del proveedor adjudicado para proceder al cobro de la garantía de seriedad de la oferta.
El oferente readjudicado, deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de la documentación correspondiente, y firmar el contrato, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la notificación de la readjudicación en el Portal Mercado Público www.mercadopublico.cl.
El adjudicatario podrá solicitar, cada 12 meses de vigencia del contrato, el reemplazo de esta garantía de fiel y oportuno cumplimiento, por una en que se mantengan las mismas condiciones y características señaladas en el presente punto, por el mismo porcentaje establecido, pero sobre la base del monto correspondiente al saldo del contrato. Lo anterior, previa certificación de la Jefatura de la División de Infraestructura Tecnológica y Conectividad que no existen incumplimientos o multas pendientes de cobro.
12.3.- Obligaciones y prohibiciones del adjudicatario:
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación, el adjudicatario deberá cumplir especialmente con las siguientes obligaciones:
a) Ejecutar el contrato de buena fe y emplear el máximo de cuidado y dedicación para su debido cumplimiento.
b) Cumplir el contrato con estricta sujeción a lo establecido en las presentes bases y en los demás documentos que rigen esta licitación.
c) Abstenerse de realizar o pretender implementar cualquier cambio en la forma de prestar los servicios que no esté considerado en las bases y que no haya sido autorizado por el encargado del contrato.
d) Dar fiel cumplimiento a todas las normas legales o reglamentarias aplicables a la contratación, especialmente en materias laborales y de previsión. La CMF junto con pedir para la procedencia del pago de forma mensual los documentos indicados en el punto 12.2.6 de estas bases administrativas, referidos a obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores directos, podrá requerirlos, en cualquier momento.
No existirá relación laboral alguna entre los trabajadores del proveedor directos y la CMF, por lo que serán de cargo exclusivo del proveedor todas las obligaciones legales y previsionales a favor de sus empleados directos.
e) Dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la CMF.
f) Dar cumplimiento a la Gantt entregada en su oferta.
12.4.- Responsabilidad:
El adjudicatario será responsable de todos los daños o perjuicios derivados de la mala calidad o calidad insuficiente del servicio contratado y de cualquier acción u omisión de las obligaciones y condiciones que éste debe cumplir, establecidas en estas bases, en el contrato y demás documentos y antecedentes que se entienden formar parte de él.
Cualquier falta, descuido u omisión del adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no lo exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo del servicio materia de la licitación, regida por las presentes bases administrativas, bases técnicas y sus anexos.
En consecuencia, serán de cargo del oferente, adjudicatario o contratado, todos los costos en que pudieran incurrir para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes del análisis de la información disponible que obtengan respecto de esta licitación.
12.5.- Multas:
La CMF aplicará administrativamente multas, salvo que el incumplimiento se deba a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados debidamente por el proveedor.
12.5.1 Causal, monto y tope de la multa:
La CMF aplicará administrativamente multas, salvo que el incumplimiento se deba a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser acreditados debidamente el proveedor.
a) Multa por atraso en la implementación en el servicio de arriendo de estaciones de trabajo.
Causal
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Multa a aplicar
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Corresponde a cada día corrido de atraso en la fecha de implementación del servicio materia de esta licitación, según lo establecido en los puntos 4.2 y 6 de bases técnicas de licitación.
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50 UF por cada día corrido de atraso, con un tope de 30 días corridos de atraso.
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b) Multa por incumplimiento de los niveles de servicio (SLA), comprometido en su oferta técnica.
Causal
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Multa a aplicar
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Corresponde a cada hora corrida de atraso en que el adjudicatario no realice los servicios ofertados, o los realice fuera del plazo comprometido. En este caso, la multa será aplicada por cada hora corrida de atraso, contabilizados desde que la CMF de aviso al proveedor, hasta que la CMF dé su conformidad al servicio prestado.
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0,5 UF por cada hora de atraso.
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El tope de aplicación de estas multas será de un 5% del valor total bruto del contrato.
La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor que posea la Unidad de Fomento al día de emisión del informe de multa señalado en el punto 12.5.2.- de estas bases administrativas.
12.5.2.- Procedimiento de aplicación de multas:
En caso de producirse alguna causal que amerite la aplicación de multas, la Jefatura de la División de Infraestructura Tecnológica y Conectividad, deberá elaborar un informe de multas, el que deberá contener a lo menos:
a) Identificación del adjudicatario;
b) Identificación de la resolución exenta que aprueba el contrato;
c) Responsable por parte del adjudicatario;
d) Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario;
e) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda;
f) Monto de la multa, y
g) Firma de la Jefatura de la División de Infraestructura Tecnológica y Conectividad.
Una vez elaborado el informe, el Departamento de Compras de la CMF lo remitirá a través de carta certificada al domicilio del proveedor establecido en el contrato, o se lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento y el monto de la multa. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser presentados por escrito ante la CMF, los cuales deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1.449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.
Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CMF podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la CMF dictará la resolución de aplicación de multas.
La resolución que disponga la aplicación de una multa se notificará personalmente o por carta certificada al proveedor a su domicilio establecido en el contrato, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la CMF, os cuales deberán ser ingresados a la en la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.
Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil a aquél en que se notifique la aplicación de una multa.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
12.5.3.- Pago de las multas:
El monto de la multa será rebajado del estado de pago respectivo que se deba efectuar al adjudicatario o de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato que se encuentre vigente, y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se procederá al cobro directo.
Artículo 13.- Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes, siempre y cuando con el contenido de la modificación no se afecte el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante su ejecución, y que incidan en su normal desarrollo, como al igual, de cualquier aumento de dotación de personal que significaría un aumento de estación de trabajo.
Las modificaciones no podrán afectar el precio de la oferta ni alterar las condiciones esenciales del servicio adjudicado.
El contrato podrá prorrogarse en las mismas condiciones técnicas y comerciales pactadas, solo aumentando su plazo de ejecución que, en ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demas modificaciones realizadas a este durante la vigencia, el equivalente al 30% del monto originalmente contratado.
La resolución que apruebe cualquier modificación al contrato deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público.
Artículo 14.- Confidencialidad y políticas de seguridad:
El adjudicatario y su personal directo, que se encuentren ligados al contrato en alguna de sus etapas deberán guardar absoluta reserva de los documentos y antecedentes de las personas o entidades sujetas a la fiscalización de la CMF o de la propia CMF, a que tuviere acceso con ocasión de la ejecución del contrato.
Esta obligación se hará extensiva a los trabajadores dependientes, ejecutivos y contratistas del adjudicatario, quien deberá velar por su estricto cumplimiento de esta obligación, la que no se extingue una vez terminado el contrato.
Asimismo, quedarán obligados, en virtud de la presente licitación, a dar estricto cumplimiento a la Política General sobre Seguridad de la Información de la CMF, especialmente en lo que dice relación con la Política de Relaciones con el proveedor, que se encuentre vigente a la fecha de la suscripción del contrato. Para estos efectos, se hará entrega al adjudicatario, en el acto de suscripción del contrato, un ejemplar de dicha política para que sea aplicada en lo que sea pertinente.
Artículo 15.- Término del contrato:
15.1.- Término normal:
El contrato terminará por el transcurso del plazo establecido en éste.
15.2.- Término anticipado del contrato:
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y 77 de su Reglamento, el contrato podrá terminarse anticipadamente, por las siguientes causales:
a) Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes;
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante;
c) Si el proveedor es declarado en quiebra o tuviere la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación, según sea el caso;
d) Término o liquidación anticipada del contratante por causa distinta a la quiebra;
e) Por causa de interés público;
f) Por exigirlo la seguridad nacional;
g) Por razones de buen servicio;
h) La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica;
i) Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta;
j) Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte cualquiera de sus miembros;
k) Inhabilidad sobreviniente del proveedor o de alguno de los integrantes de la UTP, en la medida que esta no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;
l) Disolución de la UTP;
m) No sustituir la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el caso de haber procedido su cobro por alguna de las causales establecidas en las presentes bases.
n) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores directos, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Si así correspondiere y a fin de verificar la ocurrencia de esta última causal, la CMF podrá solicitar que se le exhiba, entre otros, contratos de trabajos, copias firmadas de la respectivas liquidaciones de remuneraciones del personal directo, empleado en la prestación del servicio, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales, de salud y cesantía de dichos empleados, registro de asistencia y control de jornada de trabajo, certificado emitido por la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar donde se ejecutan los servicios en que conste que no tienen reclamos pendientes con dicho personal por incumplimiento de leyes laborales o previsionales, o por incumplimiento de los contratos de trabajo.
Se entenderá por incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor las siguientes, que serán certificadas por la Jefatura de la División de Infraestructura Tecnológica y Conectividad:
a) Si a juicio de la CMF, el adjudicatario no está ejecutando el contrato de acuerdo a lo establecido en las bases y sus anexos, que forman parte de la licitación.
b) Si este afecta el normal cumplimiento de las funciones de la CMF.
c) Entrega, por parte del adjudicatario, de antecedentes inconsistentes o no verosímiles durante el proceso de licitación.
d) El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el punto 12.3 “obligaciones y prohibiciones del adjudicatario” de estas bases.
e) Por exceder el tope de multa establecido en el numeral 12.5.1 de estas bases.
f) La cesión del contrato, en los casos no autorizados expresamente por una ley.
g) El incumplimiento al punto 12.2.2 “Subcontratación” y al artículo 14 de estas bases “Confidencialidad y políticas de seguridad”.
El término anticipado del contrato será dispuesto por la CMF a través de una resolución fundada, previo informe de la Jefatura de la División de Infraestructura Tecnológica y Conectividad, quien deberá informar los hechos o situaciones constitutivas de la causal del término anticipado del contrato y será publicada en el Portal a más tardar dentro de las 24 horas de dictada.
La terminación anticipada del contrato no dará derecho a indemnización alguna para el proveedor.
En caso de tratarse de una UTP, las causales podrán afectar a cualquiera de los integrantes de la unión, en cuyo caso se dispondrá el término anticipado en la forma indicada.
En caso de producirse alguna causal que amerite el término anticipado, la Jefatura de la División de Infraestructura Tecnológica y Conectividad deberá elaborar un informe, el que deberá contener a lo menos:
a) Identificación del adjudicatario;
b) Identificación de la resolución aprobatoria del contrato;
c) Responsable por parte del adjudicatario;
d) Fecha del incumplimiento por parte del adjudicatario;
e) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda; y
f) Firma de la Jefatura de la División de Infraestructura Tecnológica y Conectividad.
Una vez elaborado el informe, el Departamento de Compras de la CMF lo remitirá al domicilio establecido por el proveedor adjudicado en el contrato a través de carta certificada o lo entregará personalmente en ese domicilio, indicando los hechos que constituyen el incumplimiento. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Dichos descargos y los antecedentes pertinentes deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o a través de la aplicación CMF sin papel disponible en el sitio web institucional.
Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CMF podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante una resolución fundada que será dictada dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de estos.
Vencido el plazo sin presentar descargos, la CMF dictará la resolución de término de contrato.
La resolución que disponga el término de contrato se notificará personalmente o por carta certificada al proveedor, quien tendrá un plazo de cinco días hábiles, contados desde su notificación para presentar recurso de reposición por escrito ante la CMF, los cuales deberán ser ingresados a la Oficina de Partes de la CMF, en las dependencias ubicadas en Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N° 1449, Torre I, piso 1, Santiago, Región Metropolitana, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 13:30 horas, o por vía electrónica a través de la aplicación “CMF sin Papel”, disponible en el sitio web institucional.
Los plazos para la presentación de los descargos o recurso de reposición se computarán desde el día siguiente hábil a aquél en que se notifique el término anticipado de contrato.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
Lo anterior, de acuerdo con la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La CMF hará efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato en caso de término anticipado del mismo y que sea imputable al adjudicatario, de acuerdo los casos señalados en este numeral.