De acuerdo al Art. 6 inciso 3 y 4 de la Ley 21.395 Ley de Presupuesto Sector Público correspondiente al año 2022, que dice: “Las empresas contratistas y subcontratistas que ejecuten obras o presten servicios financiados con recursos fiscales, que incumplan las leyes laborales y previsionales, lo que deberá ser determinado por la autoridad competente durante el desarrollo de tales contratos, serán calificadas con nota deficiente en el área de administración del contrato, sin perjuicio de las sanciones administrativas que correspondan. Esta calificación pasará a formar parte de los registros respectivos y se considerará en futuras licitaciones y adjudicaciones de contratos.”. “Las instituciones privadas, cualquiera sea su naturaleza, en el momento de contratar con el Estado deberán acompañar un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración. En el evento de que la institución privada se encuentre incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte”.
De acuerdo a lo anterior, el adjudicatario deberá adjuntar dentro de 48 horas posteriores a la adjudicación, el certificado donde acredita que no presenta deudas previsionales ni de remuneraciones a la fecha de adjudicación, esto será solicitado por La SEREMI de Salud Región de La Araucanía a través de correo electrónico.
En caso de no presentar el documento señalado precedentemente, se entenderá que desiste de su oferta, ya que el referido certificado es un antecedente indispensable para la suscripción del contrato.
El oferente adjudicado deberá dar cumplimiento a lo señalado en el numeral 14 de las presentes Bases Administrativas que dicen relación al documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato. En caso contrario se entenderá que desiste de su oferta y se procederá a readjudicar de acuerdo al numeral 11 de las presentes Bases.