“SERVICIO DE DEFENSA JUDICIAL PARA DOS CAUSAS DEL GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE”
- ANTECEDENTES GENERALES y OBJETO DE LA CONTRATACIÓN:
El Gobierno Regional del Maule requiere contratar el servicio de defensa judicial para dos causas vigentes de tipo ordinarias de mayor cuantía.
(1) Causa Rol C-3187-2020 1° Juzgado de Letras de Talca.
(2) Causa Rol C-420-2022 1° Juzgado de Letras de Talca.
Se ha estimado como indispensable, externalizar la defensa de los juicios indicados en el párrafo anterior. A objeto de que los profesionales abogados del Servicio se preocupen exclusivamente de los fines propios de asesoría jurídica del Gobierno Regional del Maule, externalizar la defensa de los juicios indicados en el párrafo anterior.
1.1 ORGANISMO ADQUIRENTE
Razón Social: Gobierno Regional del Maule.
R.U.T.: 72.227.000-2
Domicilio: 1 Norte N° 711, Talca
2. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Nombre del servicio: Servicio de defensa y representación judicial del Gobierno Regional del Maule.
Tipo de contratación: Licitación Pública superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM.
Tipo de Convocatoria: Abierta.
Moneda: Peso Chileno.
Etapas del Proceso de Apertura: Una etapa.
Toma de Razón: No requiere toma de razón por Contraloría General de la República.
Publicidad de las Ofertas Técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
3. ETAPAS Y PLAZOS
Publicación: La Publicación de las Bases de Licitación se realizará dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que las apruebe.
Cierre de Recepción de Ofertas: Diez (10) días corridos siguientes a la fecha de publicación.
Acto de Apertura Técnica y Económica: Este acto se realizará dentro de los dos (2) días corridos siguientes a la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Preguntas Aclaración Bases: El oferente tendrá tres (3) días hábiles contados desde la fecha de publicación, para generar preguntas de aclaración de las Bases de Licitación. Asimismo, el Gobierno Regional tendrá dos (2) días hábiles desde la fecha de término del periodo de consultas para responderlas.
Fecha de Adjudicación: La adjudicación se realizará dentro del plazo de quince (15) días corridos contados desde la apertura de las ofertas.
En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, el Gobierno Regional informará en el Sistema de Información Mercado Público las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas o solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases.
Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl.
Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados en el formulario de bases de licitación.
4.- DE LOS OFERENTES.
Podrán participar en la presente licitación toda clase de oferentes, que presenten sus ofertas de acuerdo a lo requerido en las presentes bases administrativas a través del Portal, www.mercadopublico.cl.
a) Personas naturales
b) Personas Jurídicas,
c) Uniones Temporales de Proveedores (UTP), constituidas como tal al momento de la presentación de las ofertas por personas naturales y/o personas jurídicas. En el caso de las UTP, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por un instrumento público o privado, que deberá tener una fecha igual o anterior a la del cierre de recepción de ofertas. El documento que formalice la unión deberá establecer, a lo menos, el nombre con el que actuará la UTP para efectos de la Licitación, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante y el nombramiento de un único representante o apoderado común con poderes suficientes, quien deberá ser la persona que presente su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, ya que tratándose de Uniones Temporales de Proveedores sólo se aceptarán ofertas presentadas por el representante o apoderado común con poderes suficientes. De este modo, el acuerdo de la unión temporal deberá considerar facultades suficientes que le permitan al representante o apoderado a lo menos: presentar antecedentes al proceso licitatorio, subsanar solicitudes de aclaración a la propuesta, aceptar solicitudes de ajuste de oferta y/o remanente y constituir, modificar y renovar garantías. En este caso, el oferente UTP deberá acompañar al Anexo N°1 de presentación del oferente, el documento que formalice+ su acuerdo. El acuerdo de la UTP deberá contemplar el/los integrante/s de esta, quien se obligará a nombre de la UTP respecto del cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y tributarias de los trabajadores durante la ejecución del contrato. Atendido a que será el representante o apoderado de la UTP quien, a nombre de la unión temporal, actúe en la plataforma www.mercadopublico.cl, en el evento de resultar adjudicada la UTP, será a nombre de este apoderado que se emitirá la respectiva Orden de Compra, de modo que el instrumento de formalización de la UTP deberá contemplar facultades suficientes para el representante o apoderado para emitir y aprobar Estados de Pagos, emitir el documento tributario pertinente y percibir el pago que la entidad licitante efectuará por los servicios prestados, siendo en consecuencia de su cargo la facturación y el pago de las obligaciones tributarias que procedan. En razón de lo señalado precedentemente, el acuerdo de la unión deberá señalar expresamente que el representante o apoderado deberá permanecer en dicha calidad durante toda la vigencia del contrato que mantenga con la Entidad Licitante, de suerte que su retiro de la unión significará el término o disolución de la UTP. Por su parte, el acuerdo de la Unión Temporal deberá considerar una vigencia de, a lo menos, seis meses posteriores a la fecha de término del contrato adjudicado. Cada oferente sólo podrá presentar una oferta en cada licitación que se convoque. En caso de que una misma persona concurra al llamado, en calidad de oferente persona natural y siendo propietario o accionista del 50% o más del capital o administrador o representante de una oferente persona jurídica en forma indistinta, o bien siendo parte de una Unión Temporal de Proveedores, en caso de resultar adjudicado, deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos para cada uno de los contratos, y en ningún caso podrán compartir el lugar para la prestación de los servicios.
5.- DE LAS INHABILIDADES PARA PRESENTAR OFERTAS.
No pueden presentar ofertas quienes hayan sido condenados por prácticas antisindicales, por infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el artículo 6 del Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 1°, parte final de la Ley de Compras. Asimismo, no podrán presentar ofertas, las personas naturales o jurídicas y Uniones Temporales de Proveedores que, al momento de la presentación de la oferta, se encuentren afectas a alguna de las demás causales de inhabilidad o incompatibilidad contempladas en el artículo 4° de la Ley de Compras, y no haber sido condenado en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica. Para efectos de acreditar que no se encuentran afectos a las inhabilidades antes señaladas, los proponentes deberán suscribir y adjuntar a sus ofertas una declaración jurada simple con tal objeto, cuyo texto se acompaña como Anexo N° 2 según se trate de persona natural o jurídica, sin perjuicio de las indagaciones que, por su parte, pueda efectuar la Comisión Evaluadora. Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una declaración jurada por cada integrante de la UTP, suscrita por el respectivo integrante o por el representante legal del respectivo integrante, según sea el caso.
6.- PRESENTACIÓN DE ANEXOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN
Presentación de Anexos: Anexos Nº1 “Carta de presentación del oferente”, N°2 “Declaración jurada”, N°3 “Propuesta Económica”, N°4 “Propuesta técnica”, todos debidamente firmados por el oferente, su representante legal, o por quien tenga poder suficiente para representarlo en la presentación de la oferta.
IMPORTANTE: La no presentación de alguno de estos anexos tendrá como consecuencia que la oferta quedará fuera de bases y será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de las presentes bases.
6.1 Instrucciones para presentación de ofertas
Las propuestas se presentarán de acuerdo a los anexos señalados y adjuntos, en la modalidad de formato digital a través del portal www.mercadopublico.cl.
Las ofertas deberán ser presentadas íntegramente en idioma español, pero se aceptarán documentos anexos en otro idioma siempre que se anexe su respectiva traducción al español, tales como prospectos, folletos, etc.
Antecedentes Administrativos: Anexo N° 1 “Carta de presentación del oferente” y Anexo Nº 2 “Declaración jurada”
Antecedentes Económicos: Anexo N° 3 “Propuesta Económica”
Antecedentes Técnicos: Anexo N°4 “Propuesta técnica”
7. DE LA FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Cada proponente deberá presentar su oferta a través del Portal, utilizando su propia cuenta de usuario con arreglo a las condiciones de uso del mismo, disponibles en el sitio web www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado en el calendario de la licitación, en formato electrónico o digital. Las propuestas presentadas a través de una cuenta de usuario del portal, que no se corresponda con la persona identificada en el Anexo N°1, de “carta de presentación del oferente”, serán declaradas inadmisibles, y no serán evaluadas en sus demás antecedentes, en razón de vulnerar las citadas condiciones de uso, sin perjuicio de las indagaciones que la Comisión Evaluadora pueda efectuar, en orden a verificar el cumplimiento por parte de los oferentes, de la demás normativa dictada por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el ámbito de su competencia. En el caso de las UTP, sólo se aceptarán ofertas presentadas mediante la cuenta de usuario del Portal del representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión. En este caso, el oferente UTP deberá acompañar al Anexo N°1 de carta de presentación del oferente, el documento que formalice su acuerdo. En caso de inconsistencia entre la información contenida en los Anexos y la señalada por el oferente en otros instrumentos o fichas del portal, primará la indicada en los Anexos o documentos señalados en el numeral 6 “presentación de anexos”. El Licitante no se verá obligado por limitación, restricción u obligación alguna impuesta por los oferentes en sus propuestas, sino sólo por aquellas establecidas en las presentes bases, la Ley de Compras y su Reglamento. En consecuencia, cualquier documento acompañado a las ofertas que imponga algún tipo de restricción u obligación al licitante, no será considerado como parte de la oferta debiendo el contratante cumplir igualmente el contrato en conformidad a lo establecido en las Bases de Licitación, en caso de resultar adjudicado. Es responsabilidad del oferente velar por la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, Proyect o Word), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el sistema informático (20 MB). En caso que la propuesta no pueda ajustarse a dicho peso, el proponente tendrá que ingresarla dividida en tantos documentos como el Portal lo permita, debiendo numerarlos correlativamente. Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes proporcionar en forma oportuna, clara y completa los documentos exigidos; el contenido de los mismos y la veracidad de lo que en ellos consten. Todos los gastos en que incurran los interesados para la preparación y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
8.- ANTECEDENTES LEGALES
8.1.- Antecedentes Legales para participar
Las personas naturales o jurídicas inscritas en ChileProveedores en calidad de “Hábil” no requieren presentar ni ingresar al Portal tales documentos.
Las personas naturales no inscritas en ChileProveedores que presenten ofertas, deberán ingresar al Portal o acompañar la siguiente documentación:
- Fotocopia de Cédula de Identidad
- Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII
Las personas jurídicas no inscritas en ChileProveedores que presenten ofertas, deberán ingresar al Portal o acompañar la siguiente documentación:
- Fotocopia del RUT;
- Fotocopia de Cédula de Identidad del representante legal;
- Certificado de Vigencia de la entidad, con una fecha no superior a 90 días corridos al día de su presentación;
- Copia de inscripción del extracto de constitución y sus modificaciones de la sociedad en el Registro de Comercio, emitido por el correspondiente Conservador.
- Certificado de vigencia de la personería del representante legal, emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores: Antecedentes legales de la persona natural o jurídica designada como representante o apoderado común, y los de cada una de las personas naturales o jurídicas que integran la Unión de Proveedores, según se indica en los numerales precedentes. Además deberán acompañar la Escritura Pública por la cual formalizan su Unión Temporal de Proveedores.
Asimismo, la persona natural o jurídica no podrá encontrarse individualizada en el listado de Empresas y/o Empleadores Condenados por Prácticas Antisindicales, publicado por la Dirección del Trabajo, vigente en la fecha del acto de apertura de las ofertas.
8.2.- Antecedentes Legales para ser Contratado
La persona natural o jurídica debe encontrarse inscrita en ChileProveedores, en calidad de “Hábil”.
En caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado, Chileproveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de siete (7) días corridos contados desde la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva.
9.- GARANTÍAS
9.1.- Garantía de Seriedad de Oferta: Dado el monto estimado para la presente licitación y posterior contratación, el Servicio, a través de la Jefatura de División de Administración y Finanzas, resolvió no requerir garantía de Seriedad de la Oferta, en conformidad con la normativa vigente.
9.2.- Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato:
Dado el monto estimado para la presente licitación y posterior contratación, el Servicio, a través de la Jefatura de División de Administración y Finanzas, resolvió no requerir garantía de fiel cumplimiento de contrato, en conformidad con la normativa vigente
10.- PRESUPUESTO DISPONIBLE
El presupuesto disponible para la contratación del servicio que se licita asciende a la suma total de $10.000.000.- (diez millones de pesos) impuestos incluidos.
11.-OFERTA
Los proponentes deberán subir al portal www.mercadopublico.cl los antecedentes del servicio ofertado, conforme a los anexos correspondientes.
12.-PROPUESTA ECONÓMICA
Se refiere al precio total neto del servicio licitado, que el proponente debe ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, expresado en pesos chilenos, sin incluir el IVA, ni reajuste alguno.
Sin embargo, deberá indicar claramente en el anexo económico (Anexo N° 3) que se suba al portal y en una nota explicativa, los impuestos que gravan su oferta (IVA, segunda categoría o si está exento de impuesto).
13.- PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Gobierno Regional del Maule, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre que las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, si correspondiere, a través del Sistema de información.
El Gobierno Regional podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El Gobierno Regional del Maule solicitará estas rectificaciones o aclaraciones a través del sistema electrónico y los oferentes tendrán un plazo máximo de 25 horas para cumplir lo solicitado por el Gobierno Regional del Maule, a través del mismo medio.
En ningún caso se podrá, mediante este procedimiento, subsanar la no presentación de los Anexos Administrativos, Técnicos y Económicos que exigen las presentes Bases Administrativas.
14.- PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES
Los plazos y antecedentes de esta licitación serán publicados en el portal www.mercadopúblico.cl.
En consecuencia, no se recepcionarán antecedentes enviados por correo electrónico.
La presentación incompleta de antecedentes, será motivo para declarar inadmisible la propuesta del oferente.
15.- PLAZO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una validez de cuarenta (40) días hábiles contados desde la fecha de apertura de la propuesta.
16.- COSTOS DE LA OFERTA
Los costos en que el proponente deba incurrir como consecuencia de la formulación de su oferta serán de su exclusivo cargo, no dando origen a pago o indemnización alguna en caso de rechazarse la oferta.
17.- MODIFICACIÓN DE LAS BASES
El Gobierno Regional del Maule podrá modificar o aclarar algunos puntos de las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, hasta antes del cierre de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, en su caso. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las presentes bases y obligarán a su cumplimiento por todos los proponentes.
18.- ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LAS BASES
La participación en el proceso de licitación implica la total aceptación, por parte de los proponentes, de todos y cada uno de los términos y disposiciones contenidas en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas, anexos, aclaraciones y demás antecedentes de la propuesta, sin necesidad de declaración expresa del oferente.
19.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
El Gobierno Regional del Maule se reserva la facultad de interpretar el sentido y alcance de todas aquellas materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, de acuerdo a criterios de ecuanimidad y racionalidad que estime convenientes, teniendo presente los principios de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación objeto de este proceso licitatorio.
20.- DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS.
La apertura de las ofertas se realizará en una etapa, en la cual se abrirán conjuntamente todos los antecedentes que conforman la oferta. La apertura de las ofertas se efectuará en la fecha y a partir de la hora establecida en el calendario de la licitación, mediante la liberación automática de las mismas. Sólo se procederá a revisar Ofertas de los proponentes que hayan presentado en tiempo y forma y respecto de los oferentes que hubieren presentado sus propuestas utilizando su propia cuenta de usuario con arreglo a las condiciones de uso del Portal. Las ofertas que no sean remitidas electrónicamente a través del Portal www.mercadopublico.cl, que hubieren sido ingresadas mediante la cuenta de usuario distinta de la del oferente, serán declaradas inadmisibles. Lo anterior no obsta a que cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas, invalide aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas Bases.
21.- EXAMEN DE ADMISIBILIDAD
Las ofertas ingresadas al Portal serán objeto de un examen de admisibilidad, y en caso de ser calificadas como admisibles por la Comisión Evaluadora, serán objeto de una posterior evaluación técnica y económica. En esta instancia la Comisión Evaluadora verificará la entrega en tiempo y forma de la totalidad de los Anexos indicados en el punto 6, verificando que no concurra ninguna de las causales de inadmisibilidad que establecen las presentes Bases.
22.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Le corresponde a la Comisión Evaluadora la evaluación de las ofertas presentadas.
Las propuestas técnicas y económicas de los oferentes, declaradas admisibles, serán evaluadas por una Comisión de Evaluación, conformada por tres funcionarios/as del Gobierno Regional del Maule:
La Comisión de Evaluación, durante el proceso de evaluación de las propuestas, podrá solicitar aclaraciones a las personas naturales o jurídicas postulantes, sin perjuicio que será responsabilidad de los proponentes el proporcionar toda la información que permita efectuar una correcta evaluación de las ofertas, de acuerdo a lo solicitado en estas bases.
Para efectos de cumplir con lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 37 del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán declarar bajo juramento en el acta de evaluación que no les afectan conflictos de interés de ninguna especie, que los inhabiliten o hagan incompatible su participación en el presente procedimiento concursal. Asimismo, deberán declarar cualquier otra circunstancia que afecte o pueda afectar su imparcialidad al respectivo superior jerárquico. Durante el periodo comprendido entre el cierre de recepción de ofertas y la fecha señalada en el calendario de la licitación para la adjudicación de cada proceso, uno o más integrantes de la Comisión Evaluadora realizarán la revisión pormenorizada de los antecedentes de cada uno de los oferentes. De dicha revisión se confeccionará una minuta o informe por cada propuesta examinada, la que será puesta a disposición de la Comisión Evaluadora. Dichas minutas formarán parte integrante del Acta de Evaluación. Asimismo, durante el periodo de evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora podrá sesionar las veces que estime pertinente, con el propósito de revisar la documentación presentada por cada oferente y las minutas o informes de evaluación confeccionadas por los revisores, a fin de asistir a un adecuado examen de las mismas. De cada sesión realizada, la Comisión podrá levantar un Acta de Sesión, en la que deberá exponer en forma resumida y clara lo tratado, o bien incluir dicho contenido en el Acta de Evaluación de las Propuestas que deberá levantar al finalizar el periodo de evaluación, la que deberá ser suscrita por todos sus integrantes. El proceso de evaluación tendrá el carácter de confidencial durante su realización no pudiendo los oferentes mantener contacto con el licitante por medios distintos a los previstos en estas Bases.
23.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS OFERENTES
Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente por la Comisión Evaluadora, fundada en los siguientes criterios:
Precio
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30 puntos. Se concederá mayor puntaje al oferente que proporcione el valor más económico. (Anexo N°3)
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Experiencia profesional
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20 puntos. Se concederá mayor puntaje al oferente con más años de experiencia profesional (Anexo N°4)
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Antecedentes académicos relacionados al servicio requerido.
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15 puntos. Se concederá mayor puntaje al oferente que acredite mayor cantidad de especializaciones (Anexo N° 4)
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Trayectoria laboral afín al servicio
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30 puntos. Se concederá mayor puntaje al oferente que acredite tener patrocinio y poder en más de 20 causas en las materias indicadas en el punto 23.4 (Anexo N° 4)
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Cumplimiento de requisitos formales
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5 puntos. Se concederá mayor puntaje a aquel oferente que no haya debido subsanar la omisión de requisitos formales en la presentación de su oferta.
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La oferta que logre en la evaluación el mayor puntaje final, como resultado de la suma de los puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación, debidamente ponderados, de acuerdo a las tablas siguientes, será considerada como la más conveniente para el interés del Servicio y por ende propuesta para su adjudicación.
El puntaje máximo para la presente licitación es de un 100 puntos.
23.1 Propuesta Económica (30 puntos) – Precio.
Se analizará el precio que presenten las ofertas, otorgándole mayor puntaje al oferente que entregue el valor más económico. La sumatoria de lo anterior será el valor usado para calcular la mejor oferta de acuerdo con lo siguiente:
PROPUESTA ECONOMICA: 30 PUNTOS
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Nota =
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7,00
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Oferta más económica
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6,00
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2da. oferta más económica
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5,00
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3ra. oferta más económica
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4,00
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Resto de las ofertas
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Puntaje precio =
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Nota Prov. Evaluado x 30 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente al precio se expresará con dos decimales.
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El Gobierno Regional del Maule aceptará la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación antes señalados, con sus correspondientes ponderaciones, no estando obligado a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea aquella de menor valor, sino a la oferta que resulte mejor evaluada. Serán evaluados según Anexo N°3 “Propuesta Económica”
El puntaje máximo para el presente criterio es de 30 puntos
23.2 Experiencia profesional del Oferente (20 puntos)
Se analizará la experiencia de los oferentes que presenten las ofertas, otorgándole mayor puntaje al oferente que cuente con mayor cantidad de años de experiencia profesional, contados desde la obtención del título profesional de abogado, debiendo adjuntar copia de su certificado de título. En el caso de persona jurídica, ella deberá acreditar la experiencia profesional adjuntando los certificados de título de los abogados que la conforman, y se considerará para efectos de la evaluación, al profesional que forme parte de la entidad y que acredite la mayor cantidad de años de experiencia profesional.
EXPERIENCIA: 20 PUNTOS
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Nota =
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7,00
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Oferente con mayor experiencia.
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6,00
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2do. Oferente con mayor experiencia.
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5,00
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3er. Oferente con mayor experiencia.
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4,00
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Resto de las ofertas
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Puntaje experiencia=
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Nota Prov. Evaluado x 20 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente se expresará con dos decimales.
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El puntaje máximo para el presente criterio es de 20 puntos
23.3 Antecedentes académicos relacionados al servicio requerido (15 puntos)
Se analizará la especialización que tenga el oferente en derecho procesal civil, derecho civil y derecho administrativo, debiendo acreditar la especialización con el diploma o certificado correspondiente. En el caso de persona jurídica, cada integrante perteneciente a la entidad que postula podrá acreditar una o más especialidades, sumándose y complementándose entre sí.
El cálculo del puntaje se realizará de la siguiente forma:
Disciplina de la especialización. Se acreditará con certificado de diplomado, magíster o doctorado.
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1. Derecho procesal civil
2. Derecho Civil
3. Derecho Administrativo
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CANTIDAD DE DISCIPLINAS DE LA ESPECIALIZACIÓN ACREDITADAS: 15 PUNTOS
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Nota =
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7,00
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Oferta que acredita especialización en todas las ramas del derecho solicitadas.
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4,00
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Oferta que acredita especialización en 2 ramas del derecho que se solicitan.
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1,00
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Oferta que acredita especialización en 1 rama del derecho que se solicitan.
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0,00
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No acredita especialización.
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Puntaje =
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Nota Prov. Evaluado x 15 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente se expresará con dos decimales.
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El puntaje máximo para el presente criterio es de 15 puntos
23.4 Trayectoria laboral afín (30 puntos)
Se analizará la experiencia en juicios civiles, tramitación ante Cortes de Apelaciones, Corte Suprema, entre otros, en atención a la cantidad de patrocinios y poderes otorgados en los últimos 5 años, y que deberá acreditarse adjuntando documento donde conste patrocinio y representación judicial, ya sea mediante escrito presentado en la causa respectiva con su correspondiente resolución judicial, obtenido de la página web del Poder Judicial, o con cualquier documento que así lo acredite.
En el caso de persona jurídica, cada abogado perteneciente a la entidad deberá acreditar su trayectoria personal, sumándose la trayectoria laboral de todos los profesionales integrantes de la misma.
Solo serán válidas para acreditar la trayectoria laboral aquellas causas judiciales iniciadas hasta antes del 1 de mayo de 2022.
El cálculo del puntaje se realizará de la siguiente forma:
MATERIA
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Más de 20 causas
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Entre 20 y 15 causas
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Menos de 15 y más de 10 causas
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Entre 10 y 5 causas
|
Menos de 5 causas
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Ninguna
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Causas civiles de mayor cuantía
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7
|
6
|
5
|
4
|
2
|
0
|
Causas civiles de menor cuantía
|
7
|
6
|
5
|
4
|
2
|
0
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Litigación en Cortes de Apelaciones (exceptuando Recursos de protección)
|
7
|
6
|
5
|
4
|
2
|
0
|
Litigación en Corte Suprema
|
7
|
6
|
5
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4
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2
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0
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Se deberá calcular el promedio final, sumando cada nota de cada materia y dividida por 4. Con el resultado obtenido se calculará el puntaje.
El puntaje correspondiente se expresará con dos decimales.
Puntaje =
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Nota promedio Prov. Evaluado x 30 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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23.6 Cumplimiento de los requisitos formales (5 puntos)
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES: 5 PUNTOS
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Nota =
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7,00
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Oferente no omite requisitos
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4,00
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Oferente omite un antecedente o certificación.
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1,00
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Oferente omite dos o más antecedentes o certificaciones
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Puntaje =
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Nota Prov. Evaluado x 5 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente se expresará con dos decimales.
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El puntaje máximo para el presente criterio es de 5 puntos.
Requisitos:
- Para la evaluación se considerarán solamente las ofertas que cumplan las Bases administrativas y Técnicas y las aclaraciones, si las hubiere.
- El no cumplimiento de los requisitos antes solicitados producirá que la oferta será declarada inadmisible, y por lo tanto, no pasará al proceso de evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13 de las presentes Bases.
24.- CRITERIOS PARA DESEMPATE
En caso que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en estricto orden de prelación:
1) Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación en el desarrollo del “Precio”
2) Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación en el criterio “Trayectoria laboral afín”.
3) Si persistiere la igualdad, se preferirá la oferta de la que resulte una combinación mejor ponderada respecto de los dos criterios anteriores.
25.- CONTACTOS DURANTE LA EVALUACIÓN
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas formuladas por los proponentes, el Gobierno Regional del Maule podrá solicitar por intermedio de foro inverso del Portal Mercado Público, durante el proceso de evaluación, aclaraciones técnicas y/o económicas y entrega de antecedentes complementarios, como asimismo la información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones formales, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
Las respuestas las deberá entregar el oferente por medio del foro inverso del Portal Mercado Público, referidas solamente a los puntos solicitados, hasta 25 horas posteriores al ingreso de la consulta en el Portal por parte del Gobierno Regional del Maule, según se dispone en el numeral 13 de las presentes bases.
26.- ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Comisión de Evaluación recomendará adjudicar la licitación en favor de aquel oferente que haya obtenido el mayor puntaje por aplicación de lo establecido en el punto 23 de las presentes Bases. El puntaje total de cada oferente se expresará con dos decimales.
Estos elementos se incluirán en un cuadro comparativo que será parte del Informe de Evaluación.
En caso debidamente justificado, la Comisión podrá recomendar declarar desierta la presente licitación, debido a que ningún oferente garantiza en forma satisfactoria cumplir en calidad y tiempo la provisión del servicio requerido.
La adjudicación de la licitación se hará mediante resolución de la autoridad facultada para ello, debidamente notificada a través del Sistema de Información.
27.- NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La resolución que adjudique la Licitación será notificada al oferente que resulte adjudicado, a través de la página www.mercadopublico.cl
Posteriormente el encargado de esta licitación, en la Unidad de Abastecimiento del Departamento de Administración, enviará un correo electrónico al adjudicatario, comunicándole que dispondrá de un plazo total de siete (7) días corridos, a contar de la misma fecha, para suscribir el texto del contrato que será preparado por el Gobierno Regional del Maule.
En caso de que el oferente adjudicado requiera realizar consultas, podrá dirigirlas al correo electrónico compraspublicas@goremaule.cl.
En caso que el adjudicatario incurra en cualquiera de las inhabilidades para contratar, no se inscriba en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, no firme el contrato en los plazos estipulados, no entregue las declaraciones juradas, no entregue la documentación señalada en numeral 8, entregue documentos falsos, no acepte la Orden de Compra, se entenderá que éste no acepta la adjudicación.
Para los efectos de proceder a readjudicar la licitación, la Comisión Evaluadora realizará el ofrecimiento al proponente en el Portal de Compras Públicas, quien deberá pronunciarse en el plazo que se le indique.
El acto administrativo que deje sin efecto la adjudicación respecto del adjudicado afectado, procederá también a readjudicar la licitación, o en su caso la declarará desierta.
En caso que se proceda a readjudicar al oferente que corresponda de acuerdo al orden establecido en el Acta de Evaluación, para proceder con la contratación, éste deberá hacer entrega de la documentación correspondiente, antes de la firma del contrato respectivo.
28.- PROHIBICIÓN DE CESIÓN y SUBCONTRATACIÓN DE LA CONTRATACIÓN.
El Oferente adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la contratación referida a la presente licitación, para resguardo del interés del Servicio. Lo anterior, es sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 19.983.
El proveedor no podrá concertar con terceros la subcontratación del contrato por tratarse de servicios especiales en donde se ha contratado en vista de la capacidad e idoneidad del contratista, ello en consideración al contenido de los criterios de evaluación de las presentes bases de licitación.
29.- PLAZO DE VIGENCIA DEL SERVICIO LICITADO y VIGENCIA CONTRACTUAL:
a) Plazo de vigencia del servicio licitado:
El servicio licitado comprende la defensa de dos juicios ordinarios de mayor cuantía.
b) Vigencia contractual :
Sin perjuicio de lo anterior, y en atención a la naturaleza particular y especializada del servicio contratado, que consiste en la defensa judicial, respecto de dos juicios indicados en la letra a) de este numeral y considerando que en general los juicios tienen una tramitación con una duración eventual normalmente mayor al plazo de vigencia del servicio que se contrate, la vigencia del contrato celebrado se mantendrá en las causas respectivas hasta la completa terminación del juicio de que se trate.
30.- VALOR DEL SERVICIO Y FORMA DE PAGO.
El pago al proveedor se realizará por cada juicio, en razón de su oferta adjudicada y por los siguientes porcentajes:
JUICIO ORDINARIO DE MAYOR CUANTÍA:
Hitos:
- 20% del monto total ofertado en la causa al momento de evacuada la dúplica.
- 20% del monto total una vez terminada la gestión de prueba testimonial.
- 15% del monto total ofertado en la causa al momento de encontrarse certificado en el proceso la terminación del término probatorio.
- 35% del monto total, al momento de dictarse sentencia definitiva de primera instancia.
- 10% del monto total, al momento de dictarse la sentencia de término en la causa.
En el evento de que la sentencia definitiva de primera instancia fuere la de término porque no se interpusieron recursos o estos fueran extemporáneos, o bien se llegue a algún acuerdo mediante un equivalente jurisdiccional que ponga término al juicio, se pagará el servicio hasta la etapa efectivamente tramitada.
En todo caso, en el evento de que el servicio contratado se asuma una vez ya realizada cualquiera de las etapas antes referidas, se pagará al proveedor solo el monto proporcional a aquella etapa en que efectivamente asumiere el patrocinio y representación de la institución licitante.
Sin perjuicio de lo señalado, en el evento de que se obtenga sentencia de término favorable al Servicio Licitante, las costas personales que regule el tribunal competente cederán a beneficio del proveedor del servicio contratado.
El pago se realizará dentro de los treinta (30) días siguientes, a la presentación de la respectiva factura o boleta de honorarios, previa recepción conforme del informe, con comprobante de la gestión realizada
Al efecto, el proveedor del servicio deberá presentar, dentro de los 3 primeros días hábiles, luego de realizada la gestión pertinente, un informe detallando las actividades realizadas, acompañando copia de estos últimos, conforme convengan con la contraparte técnica atendida la naturaleza de los mismos. La contraparte técnica verificará el cumplimiento de las prestaciones convenidas para cada etapa. Si hay observaciones, las comunicará al proveedor en la forma más expedita, dejando constancia de ello, el que tendrá un plazo de 3 días hábiles para subsanarlas. Subsanadas las observaciones, la contraparte le solicitará la emisión de la respectiva factura o boleta de honorarios, emitida a nombre del Gobierno Regional del Maule, RUT N° 72.227.000-2.
En consecuencia, el Departamento de Finanzas del Gobierno Regional del Maule deberá efectuar el pago que corresponda teniendo a la vista únicamente la Resolución de Adjudicación debidamente aprobada mediante resolución, la orden de compra emitida, la factura o boleta y la recepción conforme por parte de la contraparte técnica.
Al tratarse de un contrato de servicios eventuales, la resolución de adjudicación indicará el monto total disponible para la contratación, lo que no implica que el Gobierno Regional se encuentre obligado a pagar efectivamente dicho monto, dado que los pagos que procedan se realizarán en función de los juicios en que se requiera defensa y representación de la Institución, asignados y tramitados por el proveedor adjudicado y ofertados en su anexo N°3.
31.- MULTAS.
El Gobierno Regional del Maule podrá aplicar, en forma administrativa, multas al proveedor contratado, cuando éste no cumpla con el servicio contratado, salvo caso fortuito o fuerza mayor que sean debidamente justificados por el proveedor ante el Servicio. El tope de multa será del veinte por ciento (20%) del monto total adjudicado y contratado de aquel juicio donde se determinó el incumplimiento.
En caso que no sean justificados y que el Servicio califique el incumplimiento respectivo, se notificará por escrito esta decisión al proveedor, indicando la causa y la multa a que da origen el incumplimiento.
El proveedor podrá reclamar de su aplicación al Servicio licitante dentro de los cinco días hábiles siguientes contados desde la notificación. El Servicio resolverá la reclamación presentada, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor, o bien la rechazará, confirmando la multa respectiva, en función de los antecedentes de respaldo y fundantes respectivos que se hubieren deducido o acompañado.
Las causas que harán procedente la aplicación de multa y los montos aplicables, son los que se especifican a continuación:
CAUSAL
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CATEGORIA
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MULTA APLICABLE
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No comparecer a las audiencias que fije el Tribunal en la causa.
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Falta grave
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2% del monto total contratado, en el juicio determinado, con tope de 20% de ese monto total.
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No presentar en el plazo legal los escritos de dúplica, traslados o recursos judiciales que correspondan a la institución.
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Falta grave
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3% del monto total contratado, en el juicio determinado, con tope de 20% de ese monto total.
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El monto de la multa será descontado del pago correspondiente a la etapa en que se generó la multa respectiva, salvo que el proveedor pague la multa directamente en el Departamento de Finanzas del Servicio, debiendo otorgarse recibo para tal efecto.
Pago en efectivo: generada la Resolución que aprueba la multa, esta debe adjuntarse a la generación de un estado de pago del Programa 01 por ingreso de dicha multa, y enviar al Departamento de Finanzas. El proveedor acude a Tesorería con el efectivo y se le otorga un comprobante de ingreso manual entregando copia al proveedor y con la otra copia y demás antecedentes se genera el respectivo comprobante contable de SIGFE.
Pago por transferencia: generada la Resolución que aprueba la multa, esta debe adjuntarse a la generación de un estado de pago del Programa 01 por ingreso de dicha multa, y enviar al Departamento de Finanzas con el respectivo comprobante de transferencia a Tesorería, en esta Unidad se le otorgará un comprobante de ingreso manual entregando una copia al proveedor y con la otra copia y demás antecedentes se genera el respectivo comprobante contable en SIGFE.
Lo anterior, es sin perjuicio de la facultad del Servicio de poner término anticipado al contrato.
32.- CONTRAPARTE TÉCNICA.
La contraparte técnica estará a cargo y será desempeñada por un/una funcionario/a del Gobierno Regional del Maule.
El/La funcionario/a tendrá la función de supervisar la calidad y el cumplimiento integral del servicio, velando, por el eficiente desarrollo de la contratación. Lo anterior, sin perjuicio de que podrá asesorarse por funcionarios/as del Gobierno Regional del Maule o profesionales de otros servicios de la Administración, con conocimientos o experticia en las materias vinculadas con aspectos técnicos de la prestación del servicio.
Dentro de sus funciones específicas se encuentran las siguientes:
- Orientar al proveedor adjudicado en la solución de problemas que afecten directamente el cumplimiento de los objetivos del servicio;
- Efectuar el seguimiento y control de la prestación del servicio y velar porque el mismo se desarrolle conforme a los términos del respectivo contrato, las Bases Administrativas y Técnicas que lo integran;
- Mantener comunicación permanente con el prestador, acordando con éste las reuniones que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones y la buena marcha de los servicios contratados;
- Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las presentes bases y en el contrato que al efecto se suscriba y que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a las exigencias establecidas en las presentes Bases, las Bases Técnicas y demás documentos que integran el contrato entre el Gobierno Regional y el proveedor del servicio;
- Requerir y recibir los informes para dar curso al pago correspondiente, formular observaciones, y, en su caso, dar visto bueno a la subsanación de las mismas, aprobar, cuando corresponda los informes y actividades acreditadas por el prestador, en conformidad con el contrato,
- Requerir, en su oportunidad, la factura o boleta correspondiente, preparar el legajo de documentos que, junto a la respectiva factura respaldan el pago, solicitar a la jefa del departamento de administración autorización para el pago y entregar a la jefatura que corresponda, tales documentos, a objeto de que se curse el pago de la cuota respectiva, acuerdo a los procedimientos internos del Servicio;
- En caso de resolverse la continuidad del contrato, conforme al párrafo final del número 29 de estas Bases, corresponderá a la contraparte técnica gestionar la respectiva modificación de contrato y los aumentos que procedan;
- Informar fundadamente y por escrito a la jefatura de la División de Administración y Finanzas, de eventuales incumplimientos del proveedor, de los atrasos, u otras circunstancias que, en conformidad con las presentes Bases, puedan dar origen a multas, a la terminación anticipada del contrato;
- Solicitar a la jefatura del Departamento de Administración la respectiva autorización del pago, según se haya acordado en la contratación;
- Preparar el legajo de documentos para el pago de la cuota correspondiente, los antecedentes y Realizar la recepción de los servicios estipulados en las presentes bases de licitación, una vez revisados y terminados dar tramitación al pago y multas impuestas en su caso.
33.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda dificultad o controversia que se suscite durante la provisión del servicio serán presentadas a la contraparte técnica.
La contraparte técnica deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual puede abrir un periodo probatorio, de oficio o a petición de parte. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días, ni superior a 30 días. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitarse informes de especialistas, de acuerdo a la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Gobierno Regional del Maule o de otros órganos de la Administración.
Con el mérito de los descargos, los antecedentes aportados y las pruebas rendidas, la contraparte técnica emitirá un informe final para que la autoridad superior pueda resolver lo que corresponda, resolución que se someterá en su tramitación y recursos íntegramente a las normas contempladas en la Ley N° 19.880, sobre procedimientos administrativos.
34.- OBLIGACIONES CONTRACTUALES DEL PROVEEDOR CON SUS TRABAJADORES
El proveedor será, por los trabajadores que se desempeñen en los servicios que son objeto de las presentes Bases, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, tribunales de justicia, organismos previsionales y en general, ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones legales y contractuales que le afecten en dicha calidad. De este modo, se deja expresa constancia que el Gobierno Regional del Maule se encuentra exento de toda responsabilidad que pudiere derivar de dicha relación laboral, como asimismo de cualquier hecho imputable al proveedor y a consecuencia del cual se produzcan lesiones o daños en las personas o bienes de los trabajadores del proveedor.
En caso de que el proveedor no tenga trabajadores a su cargo, deberá así acreditarlo mediante una declaración jurada simple, que exonerará al Gobierno Regional de toda responsabilidad en esta materia.
35.- TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN
El contrato para la provisión del servicio terminará en forma normal por el término del juicio que fue objeto de la presente licitación.
Sin embargo, el servicio contratado podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causales, que el oferente declara conocer y aceptar al momento de presentar su oferta, las que tienen el carácter de esenciales:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
3. Estado de notoria insolvencia del contratante.
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5. En su caso, registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses.
Para efectos de la aplicación de la causal de término anticipado indicado en el numeral 2 precedente, se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del proveedor, lo siguiente:
a) La verificación de causales constitutivas de falta grave, de acuerdo a lo establecido en el numeral 31. En el caso de superar el 20% del monto total contratado y referido al juicio de que se trate, se podrá poner término anticipado al servicio contratado objeto de la presente licitación.
b) Si, a juicio de la contraparte técnica, el oferente ha actuado negligentemente en la representación judicial.
c) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que establezca el contrato.
Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado del contrato o la resolución del mismo y, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
36.- PROCEDIMIENTO EN CASO DE APLICACIÓN DE MEDIDAS FRENTE A INCUMPLIMIENTOS.
Detectada una situación susceptible de aplicación de las medidas frente a incumplimientos del numeral 35 de las presentes Bases, el Gobierno Regional notificará al adjudicatario por alguna de las siguientes vías: personalmente, por carta certificada, correo electrónico o por alguna otra herramienta electrónica que se encuentre disponible en el sistema de información, a la dirección o datos de contacto que el proveedor haya comunicado en el anexo N°1, indicando los hechos que ameritan la aplicación de una medida y adjuntando los antecedentes que se estimen pertinentes. A contar de ello, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Se deja expresa constancia que es responsabilidad del adjudicatario mantener actualizados los datos de contacto para recibir notificaciones por parte del Gobierno Regional del Maule.
Vencido el plazo sin presentar descargos, el Gobierno Regional del Maule dictará un acto administrativo aplicando la medida que corresponda.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Gobierno Regional, tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante un acto administrativo, que se notificará personalmente o por carta certificada.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción, en la oficina de correos que corresponda.
37.- PROCEDIMIENTO DE REPOSICIÓN.
El adjudicatario dispondrá del plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del acto administrativo que le impone la medida, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.
El Gobierno Regional resolverá dentro de 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazo total o parcialmente la reposición. Dicho acto administrativo se notificará al respectivo proveedor.
38.- LEGISLACIÓN SUPLETORIA DE LAS BASES.
Las presentas Bases de Licitación, en todo aquello que no se encuentre expresamente regulado, se entenderán complementadas por las disposiciones establecidas en la Ley N° 19.886 y su reglamento el Decreto N° 250 de Hacienda.
En caso de contradicción o discrepancias entre las presentes Bases de Licitación, con lo dispuesto en la Ley N° 19.886, y el Decreto N° 250, del Ministerio de Hacienda, prevalecerán las estipulaciones contenidas en dicha Ley y Decreto.
39.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El Servicio licitante, en casos muy calificados, y debidamente fundados, podrá convenir de común acuerdo con el proveedor una modificación del servicio contratado, aumentándolo hasta en el equivalente máximo de un 30% del precio de éste. En todo caso, en virtud de esta modificación no podrán alterarse los términos de la oferta económica y técnica del proveedor.
Con todo, las eventuales modificaciones que se pacten no producirán efecto alguno sino desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.