OBJETO DE LA LICITACIÓN |
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia en adelante “el Ministerio”, requiere la suscripción de las Licencias Sophos Antivirus, INTERCEPT X ADVANCED WITH EDR y INTERCEPT X ADVANCED FOR SERVER WITH EDR o su equivalente, para dar cobertura a los equipos computacionales, apoyar las funciones de los usuarios y así ejercer sus labores con mayor seguridad y tranquilidad. Esta suscripción permitirá la actualización automática de las licencias instaladas en el parque computacional.
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DEL OFERENTE |
2.1 Requisitos del oferente:
Podrán participar en la presente licitación pública las personas naturales o jurídicas, de manera individual o como uniones temporales de proveedores, nacionales o extranjeras que, cumpliendo los requisitos señalados en estas bases, presenten una o más ofertas en la oportunidad y forma establecida en las mismas.
Sin perjuicio de lo anterior, para la contratación el oferente que resulte adjudicado o la unión temporal de éstos deberá encontrarse habilitado para contratar con organismos del Estado, lo que deberá acreditar mediante su inscripción en el Registro de Chile Proveedores de la plataforma de Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
2.2 No podrán participar:
a) Las personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, chilenas o extranjeras, que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 1°, parte final de la Ley N° 19.886.
b) Aquellas personas que se encuentren en las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4° de la Ley de Compras, que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.”
c) Aquellas personas jurídicas que se encuentren cumpliendo la pena prevista en el numeral segundo del artículo 8° de la Ley N°20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a Funcionario Público Nacional o Extranjero.
d) Aquellas personas que hayan sido condenadas en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N°211, de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia.
2.3. Declaración jurada de no estar afecto a inhabilidades para contratar.
Quedarán excluidos de la licitación quienes se encuentren afectos a alguna inhabilidad para contratar con la Administración del Estado. Por ello, junto con la presentación de la oferta, los oferentes deberán presentar una Declaración Jurada Simple, en la que conste que el oferente respectivo no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades mencionadas en el punto 2.2, precedente, de estas Bases Administrativas.
La Declaración Jurada deberá presentarse en el formato dispuesto en el Anexo 2-A, 2-B o 2-C, según corresponda. La no presentación de la declaración jurada según el formato señalado será causal de inadmisibilidad de la oferta, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 6.2 de las presentes Bases Administrativas.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES. |
4.1. Recepción de consultas y aclaraciones:
a. Una vez publicado el presente proceso licitatorio, y en caso de que, existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado y las bases de licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas a la mencionada ficha, siempre primará lo expresado en las presentes bases de licitación.
b. Todas las notificaciones a efectuarse en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas, desde que el Ministerio publique, en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, el respectivo documento o el acto administrativo objeto de la notificación.
c. Las consultas y aclaraciones sólo serán recibidas a través del portal www.mercadopublico.cl, a través del respectivo foro del ID de la licitación, dentro de la fecha y horario indicado en el cronograma.
4.2. Respuestas a las consultas y aclaraciones:
Se responderán sólo aquellas consultas realizadas a través del Portal Mercado Público, recibidas en la fecha y horario indicado. Las preguntas y respuestas de las consultas formarán parte integrante de las bases de la licitación.
Dentro del mismo plazo, se podrán efectuar aclaraciones de oficio a las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas, sin que medie consulta, siempre que el Ministerio lo considere adecuado. Tanto las respuestas, como las aclaraciones, serán vinculantes para los oferentes.
A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, conforme se establece en la Resolución Exenta N° 585-B, de 2021, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
5.1. Perfil del oferente:
El oferente podrá ser una persona natural o jurídica, nacional o extranjero(a), o unión temporal de proveedores, que no se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado y acredite contar con el perfil definido por las Bases Técnicas.
5.2. Cumplimiento de las condiciones administrativas:
El oferente deberá dar cumplimiento a los requerimientos señalados en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y presentar además los documentos exigidos que se entenderán formar parte integrante del proceso licitatorio.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y las respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, por lo que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación requerida en las presentes bases.
Los documentos que forman parte de este proceso licitatorio son:
● Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
● Las modificaciones a las Bases de Licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo.
● Consultas, aclaraciones y respuestas, en caso de que existan.
● La oferta y los documentos anexos, presentados por el oferente adjudicado, en concordancia con las presentes bases.
● La resolución de adjudicación/deserción y los antecedentes que la fundan.
● La o las Órdenes de Compra emitidas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado.
Se deja constancia que, en caso de existir inconsistencias en las presentes bases de licitación, prevalecerá lo dispuesto en las bases administrativas y técnicas por sobre sus Anexos.
5.3. Recepción de las propuestas:
Las Propuestas se recibirán sólo hasta el día y hora señalados en el cronograma de licitación, a través del Portal Mercado Público.
Sólo se recibirán ofertas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado previamente, sin perjuicio de la posibilidad de recepcionarlas en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 62 del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, lo que será informado a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del Estado, junto al lugar de presentación de las propuestas. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las ofertas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
5.4. Antecedentes del oferente y documentación que acompaña la oferta:
El oferente deberá adjuntar a la sección “Anexos Administrativos” del portal www.mercadopublico.cl la siguiente documentación:
a) Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº 1-A (persona natural), 1-B (persona jurídica) o 1- C (unión temporal de proveedores) de estas bases, según corresponda.
b) Declaración jurada contenida en el Anexo Nº 2-A (persona natural), 2-B (persona jurídica) o 2-C (unión temporal de proveedores), según corresponda, debidamente suscrita. Tratándose de la unión temporal de proveedores, se deberá adjuntar, además, el documento público o privado según corresponda de acuerdo a lo señalado artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas, que formalizó dicha unión, en que se haya pactado solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que emanen de la licitación y se haya designado un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del servicio a contratar, incluyendo el plazo de ampliación del contrato establecido en las presentes Bases Administrativas.
La oferta que no presente la información a la que se refiere la letra b) anterior será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 6.2 de las Bases Administrativas.
5.5. Ingreso de la oferta técnica al portal Mercado Público:
El Oferente deberá ingresar su oferta técnica en la sección “Anexos Técnicos” de www.mercadopublico.cl, mediante archivo adjunto, indicando con detalle las características y descripción del producto ofrecido, debiendo cumplir con todas las especificaciones señaladas en las Bases Técnicas.
La oferta que no cumpla con lo exigido en las Bases Técnicas, o que la modifique en todo o parte, será declarada técnicamente inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.
Documentos requeridos:
a. Oferta técnica: Propuesta que responda al objetivo general y/o específicos del producto requerido en la presente licitación. Los oferentes deberán acreditar a través de la presentación de Certificado original y vigente, ser representante o distribuidor oficial en Chile de la respectiva licencia.
La Oferta que no cumpla con lo requerido, será declarada técnicamente inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.
b. Anexo N°4. Tiempo de entrega y habilitación de las licencias. Los oferentes deberán indicar el tiempo estimado de habilitación de las licencias al Ministerio, el cual no puede ser superior a 5 días corridos, contados desde la aceptación de la orden de compra.
Toda oferta que no proporcione la referida información o no cumpla con el plazo requerido, será declarada inadmisible.
5.6. Ingreso de la oferta económica en el portal Mercado Público:
El Ministerio informa que el monto máximo disponible para esta contratación es de $14.000.000.- (catorce millones de pesos), impuestos incluidos. Toda oferta por un monto superior al indicado será declarada inadmisible.
El precio que señalen los oferentes en la oferta económica correspondiente al Anexo N°3, a través del portal Mercado Público, corresponderá al valor total neto (sin impuestos). Dicho valor deberá estar expresado en pesos chilenos. En todo caso, para la evaluación de la oferta se considerará el valor total de la oferta, impuestos incluidos. La Oferta que no presente íntegramente la referida información o que la modifique en todo o parte, será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos, y, en general, todo cuanto implique un gasto para el buen cumplimiento de la contratación, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos, hasta el total cumplimiento de la contratación.
El proponente será responsable de constatar que el envío de su propuesta, a través del portal www.mercadopublico.cl, se haya efectuado con éxito. Para ello, deberá verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema e imprimirlo para su resguardo.
5.7. Vigencia de la oferta:
La oferta deberá tener una vigencia mínima de 60 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal Mercado Público.
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APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS. |
6.1. Apertura de las ofertas:
La apertura de los antecedentes de las ofertas técnicas y económicas se efectuará el día señalado en el cronograma, en un solo acto, a través del portal Mercado Público, por un encargado de la División de Administración General del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Una vez concluidas las aperturas respectivas, dicho encargado le comunicará por escrito o por correo electrónico a los integrantes de la Comisión de Evaluación, el hecho de haberse efectuado la apertura electrónica de las propuestas, remitiéndole copia de las mismas, de la Declaración Jurada a que se refiere el número 2.3 de las presentes bases administrativas y los demás antecedentes formales que se hubieran presentado junto con la oferta.
6.2. Aclaración y complementación de antecedentes:
Previo a la evaluación de las ofertas y durante el examen de admisibilidad, el Ministerio podrá solicitar a los proponentes que salven errores, omisiones formales y/o entreguen aclaraciones sobre los antecedentes presentados, así como la complementación de éstos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones o aclaraciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes, a través del portal Mercado Público. El plazo máximo para que los oferentes hagan las aclaraciones, salven los errores o entreguen dichos antecedentes, será de 2 días hábiles contados desde la solicitud realizada por el Ministerio.
Del mismo modo, el Ministerio podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En tal caso, el proveedor recibirá menos puntaje de acuerdo con lo señalado en el numeral 6.8 de las bases administrativas.
6.3. Contactos:
El Ministerio no podrá tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones en el sistema de información u otro expresamente previsto en estas bases.
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Comisión Evaluadora |
La evaluación de las ofertas presentadas será realizada por una Comisión Evaluadora, la que estará compuesta por las siguientes personas:
- Carolina Pino Sepúlveda, funcionaria de la Unidad de Fiscalía Interna.
- Solange Godoy Carrera, funcionaria de la División de Administración General.
- Jorge Romero Vargas, funcionario de la División de Administración General.
En caso de impedimento de alguno (s) de ellos, integrarán la Comisión las personas que las jefaturas correspondientes designen, mediante correo electrónico a la jefatura de la Unidad de Fiscalía Interna de este Ministerio.
El personal a honorarios, excepcionalmente, podrá integrar comisiones evaluadoras si la autoridad lo estima pertinente; en todo caso, los funcionarios(as) deberán ser siempre mayoría con respecto al personal que no cuenta con esta condición.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, lo que se acreditará mediante la respectiva declaración jurada que suscriban. En caso de existir algún tipo de conflicto, esta situación deberá dar lugar a la abstención del miembro de participar en la Comisión y el Ministerio deberá designar a otra persona en su reemplazo.
Sólo se evaluarán las ofertas que hayan acompañado la documentación requerida, en tiempo y forma, incluyendo las aclaraciones. Los puntajes técnicos, económicos y finales se expresarán, por cada evaluación, con dos decimales, sin aproximación.
La Comisión de Evaluación deberá elaborar y suscribir un Informe de Evaluación en el cual deberá contener la siguiente información:
1.- Verificación de admisibilidad de los proponentes: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas junto con toda la documentación adicional exigida. En el evento de detectarse alguna causal de inadmisibilidad se deberá dejar constancia de ello, declarándose inadmisibilidad y no procediéndose a la evaluación de dicha oferta.
2.- Cuadro de evaluación de todas las propuestas recibidas que fueron consideradas admisibles, las que serán consignadas en orden decreciente, según el puntaje total obtenido.
3.- Proposición fundada de adjudicación de la licitación al proponente que efectuó la oferta más ventajosa, es decir, la que obtuvo el mayor puntaje de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en las presentes bases, o bien, la proposición fundada de que se declare desierto el proceso licitatorio, cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses del Ministerio.
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Criterios de desempate |
En caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:
1. Criterio de evaluación “Plazo de entrega”.
2. Criterio de evaluación “Oferta Económica”.
En caso de que, no obstante lo anterior, la situación de empate subsista se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el portal www.mercadopublico.cl.
6.10. Coordinación de procesos de compra:
La División de Administración General, a través del Área de Compras y Contrataciones, servirá de instancia de coordinación de la presente licitación pública, para efectos de dar cumplimiento a las regulaciones vigentes y los plazos fijados en el respectivo cronograma de licitación.
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ADJUDICACIÓN. |
7.1. Selección de la oferta más conveniente:
El Ministerio adjudicará la presente licitación a un solo proponente. Será seleccionada aquella propuesta que obtenga el mayor puntaje total, de acuerdo con lo informado por la Comisión Evaluadora en la respectiva Acta de Evaluación.
El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación será seleccionado y se procederá a su adjudicación mediante resolución fundada de la autoridad competente, debidamente notificada. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo originalmente establecido, el Ministerio informará en el portal Mercado Público las razones que justifican dicho retraso y señalará un nuevo plazo para la adjudicación. En este caso el plazo de entrega de la documentación para contratar, se aumentará en la misma cantidad de días que se haya modificado el plazo original de la adjudicación.
En caso de que los participantes de esta licitación tuviesen consultas respecto del proceso de adjudicación, éstas deberán ser enviadas al correo electrónico compras@minsegpres.cl hasta el tercer día hábil siguiente a la adjudicación en el portal Mercado Público.
7.2. Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación:
El Ministerio se reserva el derecho de declarar inadmisibles las ofertas en los siguientes casos:
• Cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, ya sea en uno o más actos específicos.
• La oferta que no acompañe la declaración jurada contenida en el Anexo Nº 2-A, 2-B o 2-C, según corresponda, en ninguna de las dos etapas contempladas para el efecto.
• La oferta que no cumpla con lo exigido en las Bases Técnicas, o que la modifique en todo o parte.
• La oferta que no proporcione la información solicitada en el Anexo N°4.
• La no presentación de la oferta económica (Anexo N°3) que la modifique en todo o parte, o que señale un precio mensual superior al máximo estipulado en estas bases.
Podrá también el Ministerio declarar inadmisible las ofertas en el mismo acto de adjudicación si lo creyere procedente, en forma fundada, o bien, declarando desierta la licitación, cuando las propuestas no resulten convenientes para los intereses del Ministerio.
Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.
7.3. Readjudicación:
El Ministerio podrá readjudicar el proceso licitatorio dentro de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al segundo oferente mejor evaluado, de acuerdo al Acta de Evaluación informada en el Sistema de Información, y así sucesivamente con el resto de los proponentes, cuando concurra alguna de las siguientes situaciones:
1) En caso de que se presentaren observaciones al proceso de adjudicación.
2) Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
3) Si el adjudicatario no acepta la orden de compra dentro del plazo 2 días hábiles.
4) En caso de que el proveedor adjudicado no pueda cumplir con la prestación contratada.
5) Si el adjudicatario al momento de la emisión de la orden de compra es inhábil para contratar con el Estado.
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EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA |
En atención a que el presupuesto disponible para la presente licitación es inferior a 1000 UTM, y que el servicio que se requiere contratar es de aquellos de simple y objetiva especificación, no se requerirá la suscripción de un contrato, debiendo entenderse formalizada la contratación, mediante la emisión por parte del Ministerio, y la posterior aceptación por parte del adjudicatario de la orden de compra, al tenor de los dispuesto por el artículo 63 del Reglamento de la ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios Nº 19.886.
Se hace presente que se entenderán incorporadas a la orden de compra que se emita y acepte, las normas establecidas en las presentes bases, aun cuando no se mencionen expresamente en el documento indicado.
8.1. Requisitos para la contratación
Los siguientes antecedentes serán requeridos al respectivo adjudicatario, como requisito previo a la contratación:
1- Si el adjudicatario es Persona Natural
- Debe encontrarse inscrito en estado 'hábil' en el Registro de Proveedores.
- Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores suscrita por el adjudicatario, donde declare que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886.
- Debe acompañar Fotocopia simple de la cédula de identidad de la persona natural adjudicada, la que debe adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
2.- Si el adjudicatario es Persona Jurídica:
- Debe encontrarse inscrito en estado 'hábil' en el Registro de Proveedores.
- Debe presentar un Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
- Debe presentar un Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
- Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores, donde declare que el adjudicatario no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886. Esta declaración debe ser firmada por el representante legal de la persona jurídica o por quien
tenga poder suficiente para representarla para estos efectos. Cuando resulte adjudicada una unión temporal de proveedores, dicha declaración deberá ser presentada por cada uno de sus integrantes.
Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. Lo anterior se verificará a través del Registro dispuesto por la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
3.- Persona jurídica extranjera:
- Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser apostillados o en su defecto legalizados en Chile, tanto en el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
- Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las presentes Bases.
- Deberá designar un domicilio en Chile.
- Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº18.046.
- RUT otorgado al representante o agente de la empresa extranjera, o el de la sociedad constituida en Chile.
8.2 Inscripción en Registro de Proveedores
Si el adjudicado no se encontrase inscrito en el Registro de Proveedores, dispondrá del mismo plazo indicado en el Cronograma para la recepción de los antecedentes, para efectuar su inscripción y acompañar el respectivo comprobante o certificado.
Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, formalizada en los términos señalados en el punto 5.1 denominado “Perfil del Oferente” de estas Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro señalado. En caso de que uno o más integrantes de la unión no cumplan dicha exigencia, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
Esta comunicación deberá efectuarse dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a aquel en que se constate la inhabilidad, y en caso de no efectuar esta comunicación dentro de plazo, se entenderá que se desiste de su participación y se procederá a la readjudicación.
El adjudicatario deberá informar el nombre completo y la dirección de correo electrónico de la Contraparte designada para la gestión de la prestación del servicio.
8.3 Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicada, dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
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Vigencia de la contratación |
La contratación tendrá una vigencia de 12 meses y comenzará a regir desde el 27 de noviembre de 2022.
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Confidencialidad |
El Ejecutor declara conocer y acepta la Política de Seguridad de la Información del Ministerio y se obliga en forma irrevocable a que toda información que éste le proporcione o le suministre con motivo de la contratación tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, pendrives, archivos computacionales o en cualquiera otra forma.
El Ejecutor solo utilizará la Información Confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de la contratación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de ella.
Al momento de la terminación, por cualquier causa, de la contratación, el Ejecutor deberá restituir, según lo indique el Ministerio, la Información Confidencial y toda copia, resumen o extracto de esta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, dispositivos de almacenamiento externo o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma.
En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el Ejecutor se viere obligado a divulgar todo o parte de la Información Confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato esta circunstancia al Ministerio.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del proveedor durante la vigencia de la contratación o después de su finalización sin la aprobación de la Contraparte Técnica, dará lugar al Ministerio a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el
proveedor.
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Estándares de probidad |
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Pacto de Integridad |
El Oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el Oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El Oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el Oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- El Oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El Oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
- El Oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su
veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
- El Oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El Oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El Oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El Oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Seguridad de la Información |
El Ejecutor deberá adoptar todas las medidas técnicas y organizativas de seguridad que sean precisas para efectos de evitar que la información del Ministerio sea accedida por terceros no autorizados, o esta se extravíe o dañe.
Asimismo, para efectos de claridad, se deja expresa constancia que el Ejecutor deberá adoptar las medidas de respaldo de la información que impidan que ésta se pierda como consecuencia de alguna contingencia que afecte sus sistemas informáticos.
En el tratamiento de los datos, el Ejecutor deberá exigir a sus dependientes el más alto estándar de confidencialidad respecto de los mismos, siendo de su cuenta y riesgo la responsabilidad que se genere como consecuencia de su divulgación por parte de las personas que trabajen con ellos. Por otra parte, en el desarrollo de los servicios, se deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones que establece la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y demás normativa aplicable.
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Cesión de la Contratación y subcontratación |
El Ejecutor no podrá, en ningún caso, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones establecidos en la presente contratación. La infracción de esta prohibición dará derecho al Ministerio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen de la respectiva contratación.
Asimismo, se prohibirá la subcontratación de la infraestructura, siendo el Ejecutor el único responsable del pleno cumplimiento de lo señalado en estas bases.
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Modificación de la Contratación |
La contratación podrá modificarse, previo informe de la contraparte técnica que justifique dicha modificación, por alguna de las siguientes causales:
a) Por mutuo acuerdo de las partes.
b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento del objeto de la contratación o de salvar imprevistos ocurridos durante se ejecución, no imputables a los contratantes y que incidan en su normal desarrollo.
Las modificaciones introducidas podrán significar una variación del precio de la contratación, pudiendo aumentar o disminuir los servicios contratados hasta en un 30% del monto del mismo, IVA incluido si correspondiese, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos.
Dichas modificaciones deberán ser aprobadas mediante el acto administrativo que corresponda, siempre que no implique una modificación sustancial al objeto de la contratación, que no vulneren el principio de estricta sujeción a las bases, ni de igualdad de los Oferentes. El correspondiente acto administrativo se notificará al Proveedor por medio del Portal www.mercadopublico.cl.
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Sanciones por incumplimiento y su procedimiento de aplicación |
El Ministerio aplicará una multa de 1% del valor contratado (impuestos incluidos), por cada día hábil que exceda el plazo de activación de las licencias declarado en su oferta, con un tope de 10 días corridos desde la aceptación de la Orden de Compra.
Procedimiento de aplicación de sanciones
Para aplicar una multa, la Subsecretaría primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.
La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor señale en el contrato, entendiéndose que la misma ha sido recibida al tercer día hábil de su recepción por la oficina de correos respectiva.
Una vez notificado, el Ejecutor tendrá un plazo de diez días hábiles para formular sus descargos ante el Subsecretaria, quien resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el Ejecutor se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución de la Subsecretaria, la que podrá ser impugnada conforme a lo establecido en la Ley N°19.880 sobre procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
Dichas multas no se aplicarán si la falta se produce por caso fortuito o fuerza mayor y previa concurrencia de los siguientes requisitos copulativos:
a. Comunicación por escrito del Contratista al Ministerio, indicando los hechos que configurarían el caso fortuito o fuerza mayor alegado y adjuntando los antecedentes de respaldo correspondientes.
b. Calificación conforme por parte del Ministerio, en orden a que los hechos invocados efectivamente configuran el caso fortuito o fuerza mayor alegado y que tales hechos se encuentran debidamente comprobados.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Ejecutor en los mismos casos.
Se entenderá que el Contratista está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos cuando aquél no haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.
En caso de aplicación de multas, y una vez resuelto los recursos pendientes o si éstos no se hubiesen presentado en los plazos legales, el Contratista podrá pagar directamente el monto total de la sanción aplicada, dentro de los 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplique la multa, si no lo hiciere, el Ministerio estará facultado para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes bases.
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Término Anticipado |
El Ministerio pondrá término a la contratación por resolución fundada, sin indemnización alguna al Ejecutor, en el evento de alguna de las siguientes circunstancias:
a) Por acuerdo de las partes.
b) Si se dictare resolución de liquidación en contra del Ejecutor en un Procedimiento Concursal de Liquidación, o si transcurriera el plazo de Protección Financiera Concursal una vez dictada resolución de Reorganización o resolución de Reorganización Simplificada, en un Procedimiento Concursal de Reorganización o si el Ejecutor cayere en estado de notoria insolvencia, a menos, que se entreguen suficientes cauciones para garantizar el cumplimiento de la contratación.
c) Si se disolviere la sociedad del Ejecutor tratándose de personas jurídicas o la unión temporal de proveedores.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado por el Ministerio, de las obligaciones contraídas por el Ejecutor. Se considerarán situaciones de incumplimiento grave, entre otras, las siguientes:
i. En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 10% del valor total contratado.
ii. Toda conducta u omisión imputable al Ejecutor que impida o perturbe el otorgamiento oportuno y eficiente de los servicios contratados, de modo que afecte el normal desarrollo de las funciones del Ministerio.
iii. El incumplimiento del deber de confidencialidad o política de privacidad a que se refiere cláusula de
"Confidencialidad".
iv. El incumplimiento de lo dispuesto relativo a la cesión de contrato y subcontratación, señalado en
cláusula "Cesión de la Contratación y Subcontratación".
f) Incumplimiento de las obligaciones de pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social de los trabajadores del Ejecutor por más de dos meses seguidos.
En caso de verificarse las causales de las letras b), c), e) y f) descritas anteriormente, el Ministerio estará facultado para solicitar el cumplimiento forzado o resolución del mismo, con indemnización de perjuicios, de conformidad a las reglas generales del derecho común.
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Del pago |
El pago de las licencias será efectuado en una sola cuota, en pesos chilenos y se realizará en razón a la validación de la entrega de la totalidad de las licencias, por parte del Ejecutor, por lo que se requerirá la aprobación conforme de la Contraparte Técnica Ministerial, quien emitirá y suscribirá, al efecto, un Certificado de Conformidad que acredite dicha circunstancia. El área de Administración y Finanzas solicitará la emisión de la factura al proveedor para proceder a solicitar el pago correspondiente a la División de Administración General del Ministerio.
Para iniciar el procedimiento de pago, la Empresa emitirá el respectivo documento tributario electrónico, en adelante e indistintamente “DTE”, el que deberá contener el número de la orden de compra respectiva, dentro del Campo N° 801 (dispuesto para ingresar el número de orden compra), como requisito del nuevo sistema de gestión de documentos tributarios electrónico. Luego, la Empresa deberá enviar el DTE, en formato XML, al Servicio de Impuestos Internos, de manera que se capture la orden de compra y sea factible proseguir con el proceso de pago centralizado.
Posteriormente, la Empresa deberá enviar el DTE, a la casilla de intercambio segpresrecepcion@custodium.com. En caso de que no se haya adjuntado el archivo en formato XML, no se haya citado la orden de compra o se haya enviado a una casilla distinta a la anterior, la plataforma procederá a su rechazo en forma automática transcurridas 48 horas, contadas desde la ocurrencia de alguno de las tres circunstancias anteriores.
En caso de que se rechace un DTE, la Empresa deberá contactarse con la contraparte técnica ministerial, con el objeto de reiniciar el proceso de facturación.
El Ministerio procederá a efectuar el pago dentro del plazo máximo de 30 días corridos contados desde la recepción conforme de los servicios adquiridos y la aceptación de la respectiva factura.
En todo caso, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez cumplidos los siguientes requisitos copulativos: recepción conforme por la contraparte técnica del Ministerio; total tramitación del acto administrativo aprobatorio del contrato; y aceptación electrónica de la correspondiente Orden de Compra, por parte del Proveedor.
Si al momento de celebrar el contrato o durante la vigencia del mismo el Ejecutor registrara saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, el pago producto del contrato deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse el período de ejecución del contrato. La empresa contratada deberá proceder a los pagos y presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de esta obligación. Esto es sin perjuicio del derecho del Ministerio a poner término anticipado al contrato.
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Contraparte técnica y Administrador de la Contratación |
Contraparte Técnica:
Ejercerá la labor de contraparte técnica del contrato el Encargado del Área de Tecnologías de la Información del Ministerio, correo electrónico jromero@minsegpres.gob.cl, o quien le subrogue o reemplace. Serán funciones de la contraparte técnica las siguientes:
a. Dirigir, supervisar y controlar el desarrollo de los servicios encomendados, velando por el estricto cumplimiento de la contratación, la calidad de los servicios, y el cumplimiento de los plazos estipulados.
b. Recibir conforme la recepción del servicio y validación de los informes o productos.
c. Requerir el término anticipado de la contratación si corresponde.
d. Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda.
e. Requerir modificación de la contratación si corresponde.
f. Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución de la contratación.
Administrador de la Contratación:
Ejercerá la labor de administrador de la contratación el Encargado del Área de Tecnologías de la Información del Ministerio, correo electrónico jromero@minsegpres.gob.cl, o la persona que le subrogue o reemplace, quien tendrá las siguientes funciones:
a. Validar la (s) factura (s), según la conformidad de los servicios y validación de los productos o informes por la contraparte técnica.
b. Aclarar y orientar respecto del desarrollo de la contratación.
c. Supervisar el cumplimiento de los plazos del mismo.
d. Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución de la contratación.
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Ejecutivo del Contratista |
El contratista deberá designar a un ejecutivo, quien será su representante permanente ante el Ministerio, y en el ejercicio de esta función, le corresponderá:
• Este ejecutivo deberá estar fácilmente disponible para una comunicación rápida con la Contraparte Técnica del Ministerio. Lo anterior, sin perjuicio de la participación de la persona natural, del representante legal en el caso de las personas jurídicas o del representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, cuando ella sea requerida.
• La designación se deberá comunicar al momento de la presentación de los antecedentes legales y administrativos para ser contratado, indicando una casilla de correo electrónico y un número telefónico fijo y/o celular de contacto de la persona nombrada.
• A este ejecutivo le corresponderá, principalmente:
- Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
- Coordinar las acciones que sean pertinentes para la ejecución de la materia de la presente licitación.
- Entregar toda la información pertinente requerida por el Ministerio.
- Acudir a las citaciones realizadas por la Contraparte Técnica o el Administrador del Contrato del Ministerio.
- Dar respuesta a las consultas efectuadas por la Contraparte Técnica o el Administrador del Contrato/de la contratación del Ministerio.
- Las demás que le encomienden las presentes bases de licitación.
En caso de ser necesario su reemplazo, el contratista deberá pedir autorización, por correo electrónico, a la Contraparte Técnica del Ministerio, con siete (07) días corridos de anticipación a la fecha en que haya de producirse el cambio, debiendo serlo por una persona de competencias equivalentes o superiores a la del ejecutivo inicialmente propuesto. La Contraparte Técnica tendrá el plazo de cinco (05) días corridos para autorizar o rechazar, mediante correo electrónico, el cambio. El rechazo de la petición deberá ser fundado.
Asimismo, el Ministerio podrá solicitar el cambio del ejecutivo nombrado por el contratista, mediante correo electrónico de la Contraparte Técnica, indicando los motivos que ocasionan tal solicitud. El contratista tendrá el plazo de tres (03) días corridos para efectuar sus descargos, de los que conocerá el Administrador del Contrato, quien definirá finalmente si se ratifica la solicitud. En caso de que el contratista no efectúe descargos o el Administrador del Contrato ratificase la solicitud de cambio del ejecutivo del contratista, el contratista tendrá el plazo de catorce (14) días corridos a partir de la comunicación, para hacerlo efectivo.
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MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN |
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia se reserva el derecho de poder modificar las bases administrativas y técnicas de la presente licitación de manera previa al vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas. Las modificaciones y la nueva calendarización serán oportunamente informadas a todos los proponentes a través del Portal Mercado Público, aumentándose prudencialmente el plazo de cierre de recepción de las ofertas para que los proponentes puedan adecuar sus ofertas de ser necesario.
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