3.1. Presentación de antecedentes omitidos por los
oferentes
3.1.1. La
SEREMI se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que, aun cuando
presenten defectos de forma, omisiones o errores evidentes, no alteren el
tratamiento igualitario de los proponentes, ni dificulten el correcto estudio
de las propuestas.
3.1.2. El
uso de esta potestad se orienta a obtener los antecedentes necesarios para la
adecuada evaluación e interpretación de las propuestas y no podrá suponer, en
caso alguno, la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente
en estas Bases como “Requisitos Técnicos y Económicos”.
3.1.3. Lo
señalado en los puntos precedentes, se materializará vía foro del portal
Mercado Público en el plazo estipulado en el mismo; en caso de que el oferente
no diera respuesta en dicho plazo éste se declarará inadmisible.
3.1.4. Para
toda oferta rechazada en la apertura de las ofertas, o bien declarada
inadmisible por la Comisión de Evaluación, no aplicará el cálculo de los
criterios de evaluación.