Artículo
8.- Informe de la Comisión Evaluadora:
La Comisión Evaluadora emitirá un
informe (Informe de Evaluación), en el plazo establecido en el cronograma de
licitación, el cual deberá estar suscrito por todos los integrantes de la
Comisión Evaluadora. Este informe deberá contemplar un resumen del proceso de
aplicación de criterios de evaluación, indicando el puntaje que haya obtenido
cada proponente, describiendo los antecedentes evaluados, y todas las
aclaraciones que pudieren haberse realizado.
En caso de producirse empates entre
dos o más oferentes en el resultado final de la evaluación, se aplicarán en
forma sucesiva las siguientes reglas
de desempate:
1. Mayor puntaje en el criterio
“Valor total bruto”.
2. Mayor puntaje en el criterio
“Experiencia del Visitador de Obra: Años de experiencia”.
3. Mayor puntaje en el criterio
“Plazo de entrega”.