El pago de la obra ejecutada se hará mediante Estados de Pago, de la siguiente forma:
ESTADO DE PAGO
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PORCENTAJE DE PAGO
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DETALLE
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Inicial
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15% del monto del contrato
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Contra aprobación de la Ingeniería de Detalle del proyecto.
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Mensual o Bimestral
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(% de sistemas terminados en el periodo)
x
(80% del monto del contrato)
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Contra porcentaje de avance real de las obras físicas, medidos en cantidad de sistemas completamente ejecutados, validados por la ITO.
En caso de partidas globales, el pago de estás se efectuarán solo cuando se encuentren ejecutadas en un 100%.
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Final
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5% del monto del contrato
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Contra Recepción Provisoria de las Obras sin Observaciones (de la totalidad de las obras) y entrega de todos los productos listados en el numeral 5.3 de las Especificaciones Técnicas y del instrumento de Garantía por Correcta Ejecución de las Obras conforme al numeral 16.2 de las presentes Bases Administrativas Especiales.
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Para proceder a cursar un Estado de Pago, los avances en la ejecución de las obras deberán estar certificados por la ITO, circunstancia que se comunicará al Contratista a través de correo electrónico dirigido al representante legal o al representante que asigne para estos efectos. Solo una vez recibida dicha comunicación el Contratista podrá emitir la correspondiente factura o boleta.
También será requisito para cursar el Estado de Pago, que el Contratista entregue previamente a la ITO, los antecedentes que se señalan en el numeral 17.2 siguiente.
Será responsabilidad de la Unidad Técnica anexar a los Estados de Pago las carátulas, certificados y programación financiera debidamente firmados por la ITO y el representante de la Unidad Técnica, sin perjuicio de que algunos de estos antecedentes deban ser previamente entregados por el Contratista.
Con todo, la ITO tendrá un máximo de cinco (5) días hábiles desde que el Contratista ha hecho entrega de todos los antecedentes señalados en el numeral 17.2, exceptuando la boleta o factura, para aprobar o rechazar un Estado de Pago. En caso de faltar algún antecedente o efectuarse alguna observación, este plazo se contará desde que se haya subsanado la observación o acompañado el antecedente, según sea el caso.
Los Estados de Pago serán considerados como abonos parciales que efectúa el Mandante al Contratista, a cuenta del valor de la obra que está realizando. En ningún caso se estimará estos abonos como la aceptación por parte de la Unidad Técnica o del Mandante de la cantidad y calidad de la obra ejecutada en su totalidad.
La Ilustre Municipalidad de San Juan de la Costa pagará los Estados de Pago de acuerdo a lo establecido en estas Bases, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles contados desde la fecha de ingreso a su Oficina de Partes del correspondiente Estado de Pago. En caso de faltar algún antecedente o efectuarse alguna observación, este plazo se contará desde que se haya subsanado la observación o acompañado el antecedente, según sea el caso.
Para proceder al pago, el Contratista deberá presentar en la Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de San Juan de la Costa, los siguientes documentos:
a) Carta Conductora del Contratista, dirigido al Alcalde, solicitando cancelación de Estado de Pago e indicando los documentos que acompaña.
b) Factura a nombre de la Ilustre Municipalidad de San Juan de la Costa.
c) Formulario del Estado de Pago, debidamente suscrito por el Contratista o su representante, por el Inspector Técnico (ITO) del proyecto, señalando el nombre del proyecto y el ID de la Licitación Pública.
d) Informe de avance de las obras en formato entregado por la Unidad Técnica.
e) Certificado(s) de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales vigente, de la Inspección del Trabajo correspondiente, en original, que acredite que el Contratista y/o el subcontratista no tiene obligaciones laborales ni reclamaciones pendientes con relación a la obra, de aquellos trabajadores dependientes que se desarrollen en la ejecución del proyecto.
f) Comprobantes de Pago de Planillas de cotizaciones previsionales y de salud, al día.
g) Nómina de trabajadores dependientes involucrados en la obra, tanto de los subcontratistas como del mismo.
h) Fotografías en formato digital de los trabajos según solicitud por la ITO, excepto para el primer Estado de Pago.
i) Certificado(s) de ensayo(s) de materiales y/o de pruebas, si fuesen necesarios.
j) Certificaciones de calidad de materiales y/o partidas del proyecto, que hayan sido solicitadas por la ITO, si fuesen necesarios.
Las facturas serán a nombre de:
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LA COSTA
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RUT
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69.251800-4
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DOMICILIO
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Av Nueva Norte Sur S/Nº, Puaucho
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GIRO
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Actividades de la Administración Publica en General
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COMUNA
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San Juan de la Costa
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La Ilustre Municipalidad de San Juan de la Costa tiene la facultad de descontar de los Estados de Pago las eventuales multas en caso de que existiesen.
Una vez firmado el contrato o durante la ejecución de las obras, y en la eventualidad que el Contratista quisiera ceder el crédito a un factoring, el Contratista deberá comunicar dicha situación en forma expresa y con la debida antelación a cualquier emisión de facturas a la Unidad Técnica.