Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Bases Técnicas |
1. OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
Las personas con discapacidad psíquica severa presentan múltiples necesidades tanto a nivel personal como en relación al medio ambiente físico y social. La definición de los ámbitos de responsabilidad entre los distintos sectores del Estado para satisfacer estas necesidades es materia aún pendiente en Chile (Norma técnica Hogares Protegidos Oct. 2000, MINSAL).
El objeto de la licitación tiene a bien evaluar y seleccionar una entidad externa calificada para que otorgue el Servicio de Hogares Protegidos para un máximo de 50 plazas de personas con Enfermedades de Salud Mental y discapacidad psíquica moderados a severos, que no tienen las habilidades para vivir de forma independiente y que no cuentan con red de apoyo de sus familias o terceros. El objetivo de los Hogares es integrar las necesidades habitacionales con las necesidades de apoyo y seguridad que requieren las personas, contribuyendo además al proceso de entrenamiento de las habilidades que se relacionan con su desempeño en el hogar, favoreciendo su autonomía.
El oferente deberá proporcionar y administrar los inmuebles, emplazados en la ciudad de Punta Arenas y uno en la ciudad de Porvenir, para dar cumplimiento al servicio licitado, estimado para 50 plazas, por el periodo de la presente licitación.
Entre estas necesidades se mencionan las siguientes:
• De vivienda.
• De apoyo familiar.
• De trabajo.
• De cuidados generales de salud.
• De Articular el tratamiento especializado y de rehabilitación.
• De ocio y tiempo libre.
En éste, el Oferente Adjudicado debe garantizar una dinámica de funcionamiento que se asemeje en la medida de lo posible a las relaciones que se establecen en cualquier grupo humano adulto que convive bajo un mismo techo, es decir, fomentar la inclusión, participación, el respeto, la tolerancia y el afecto.
Para ello, el Oferente Adjudicado deberá:
• Garantizar el pleno respeto de los derechos y deberes de los residentes.
• Promover estilos de convivencia saludable al interior y fuera del Hogar
• Cuidar y mantener en óptimas condiciones cada Hogar (exterior e interior). Por ejemplo: limpieza, control de plagas.
• Fomentar y propender a la autonomía de los residentes, como también asistir y guiar a los con mayor dependencia.
• Participar en reuniones de Comité Técnico de Hogares y/o Residencias Protegidas de acuerdo a convocatorias y en cualquier ocasión en que sea requerido por la autoridad.
• Proporcionar todas las facilidades en cuanto a datos, documentos y otros antecedentes que le sean requeridos por el Servicio de Salud Magallanes, a cuya fiscalización y supervisión quedará sometido.
El ingreso y egreso de usuarios se rige según lo establecido en el siguiente protocolo:
a) Antecedentes de ingreso:
El ingreso debe ser indicado exclusivamente por la Red de Salud Mental previa coordinación y evaluación del usuario por el Comité Técnico de Hogares Protegidos, el que se encuentra conformado por:
- Jefe de Unidad Técnica de Programas en Convenio.
- Médico general y/o psiquiátra.
- Enfermero/a.
- Trabajador/a social.
Se podrá evaluar usuarios para ingreso al momento de su derivación, y posteriormente, cada vez que se genere disponibilidad de vacantes en el Hogar Protegido de acuerdo a su nivel de dependencia.
El ingreso al Hogar Protegido, no es una limitante para el ejercicio de la ciudadanía ni de sus derechos, salvo disposición legal o judicial.
Entre los criterios de selección e ingreso debe considerarse que los postulantes:
Sean personas con patología de salud mental y discapacidad de causa psíquica de tipo moderada a severa
Personas que no poseen habilidades necesarias para vivir de manera independiente y asumir cuidados básicos de sí mismo. Esto según la valoración de profesional de Terapia Ocupacional del equipo técnico.
No cuentan con el apoyo de una red familiar responsable de cuidados y necesidades.
Que estén compensados psicopatológicamente.
Que no presenten problemas asociados al consumo actual de alcohol y otras drogas.
Personas mayores de 18 años.
Ingreso consentido y voluntario del postulante/beneficiario. En caso de que no pueda expresarse lo podrá realizar su tutor responsable. Se debe contar con un documento escrito y firmado exclusivo para tal efecto.
Entre los criterios de rechazo para los nuevos ingresos deben considerarse que los postulantes:
No deben cumplir con un diagnóstico del espectro autista
No deben cumplir con un diagnóstico de personalidad antisocial.
No deben cumplir con un diagnóstico de trastorno de control de impulso severo.
No deben tener la necesidad de cuidado permanente.
No deben ser personas que requieran apoyo permanente y/o cuidados de enfermería.
No deben poseer cuadros clínicos descompensados.
No tener presencia de cuadros activos de consumo de sustancias o sin tratamiento.
No debe existir la oposición sostenida por parte del residente.
No estén con procesos judiciales activos, cumpliendo medidas cautelares o condenas.
b) Antecedentes de egreso
La normativa para el funcionamiento de Hogares Protegidos (MINSAL 2000), en el ítem 3.5 indica que: “No podrá egresarse a los residentes puesto que se trata de una instancia residencial. Todo cambio debe hacerse por voluntad del residente interesado”. Sin embargo, a lo largo de la implementación y ejecución de esta estrategia, el equipo técnico se ha visto en la necesidad de incluir esta alternativa ante casos de alta complejidad u otros casos que se detallan a continuación:
Egreso voluntario: Los residentes que voluntariamente decidan no continuar viviendo en el Hogar Protegido, podrán realizarlo una vez que se cumplen los procedimientos establecidos para esta situación, considerando que se trata de personas con discapacidad psíquica y con factores de vulnerabilidad socio familiar, se deberán revisar los motivos que lo impulsan a salir del programa, si no se relacionan con factores del servicio que puedan modificase, se deberá cumplir con los siguientes aspectos:
• La persona deberá expresar a un integrante del equipo técnico su deseo de egresar y si al analizarlo, en conjunto, con su tutor, mantiene su decisión deberá firmar un consentimiento informado con los motivos que determinan su egreso.
• Si por el contrario se determina que no es lo aconsejable, se le explicitarán los riesgos y se implementarán formas de disuadirlo atendiendo sus motivos. Si persiste en su determinación el equipo de Hogares Protegidos procederá al egreso, velando porque éste afecte lo menos posible en su calidad de vida, para ello se establecerá contacto con redes comunitarias pertinentes, de manera de facilitar el apoyo que requerirá fuera del domicilio.
Egreso por habilitación: Los residentes que como resultado de las intervenciones recibidas logran superar algunos aspectos que determinaron su ingreso y que les permitan ser independientes en un domicilio particular, podrán prescindir del servicio sin menoscabo en su calidad de vida.
Egreso por enfermedad de alta complejidad: Se considerará egresar a las personas que, por enfermedad compleja o terminal, requieran de cuidados de enfermería, o de especialidad que no pueda proporcionar el programa. Ello deberá estar certificado por médico tratante. En su caso se informará a los familiares, quienes deberán responsabilizarse de dichos cuidados.
Egreso por incumplimiento del reglamento interno: Esta causal será aplicable sólo previa autorización del equipo técnico. Se aplicará a usuarios cuyo comportamiento y actitud persista en contravenir el reglamento interno del programa, causando daño a la residencia, el equipo humano que labora en ella u otros residentes.
Egreso por fallecimiento: Ante la ocurrencia de un fallecimiento será inmediatamente informado a Jefe de Unidad Técnica en Rehabilitación para disponer las acciones que corresponde a ejecutar en dicha situación.
2. LA VIVIENDA
Los residentes llevan a cabo una vida absolutamente común relacionándose con su entorno de acuerdo a sus capacidades individuales, mediante el apoyo de monitores y/o técnicos profesionales que los acompañan en jornadas de tiempo parcial y/o total, dependiendo del nivel de discapacidad y habilidades de cada uno de ellos.
El Oferente Adjudicado administrará y proporcionará 7 hogares protegidos, (6 en Punta Arenas y 1 en Porvenir) cada uno con diferentes niveles de complejidad y cuidados dependiendo de las condiciones y habilidades de los residentes, proporcionando habitabilidad para la cantidad de personas necesarias en un ambiente familiar y con plena integración con la comunidad.
El servicio a contratar consta de 50 plazas aproximadamente, las que actualmente están divididas de la siguiente manera, Comuna de Punta Arenas 44 plazas y Comuna de Porvenir 6 plazas (4 plazas estables y 2 sujetas a traslado a la comuna de Punta Arenas en la medida que se requiera dar cobertura en Punta Arenas dado que la demanda es mayor).
La capacidad de cada hogar es de ocho personas (excepcionalmente nueve según tamaño de las habitaciones) sin distinción de género ni raza, adultos y/o adultos mayores de quienes la entidad a cargo se hará responsable del cuidado y supervisión de acuerdo a las características propias de cada uno. En virtud de esto podrán clasificarse de acuerdo al nivel de cuidados en Hogares Independientes, Semidependientes e Independientes:
TIPO DE HOGAR SUPERVISIÓN HORARIO
Dependiente 24 horas Puede ser tercer o cuarto turno.
Semindependiente Horario diurno De 08:00 a 20:00 hrs. (lunes a viernes)
Sábado 09:00 a 14:00 hrs.
Independiente Horario diurno De 08:00 a 20:00 hrs.
Apoyo permanente las 24 horas del día; donde el cuidador permanece en el Hogar las 24 horas del día, apoyando a los residentes en conductas de autocuidado, en la estructuración de su rutina y en la administración de medicamentos. Apoyo nocturno; donde el cuidador permanece en el Hogar durante la noche, apoyando a los residentes en conductas de autocuidado, en la estructuración de su rutina y en la administración de sus medicamentos. Apoyo algunas horas al día, donde el cuidador apoya aquellos aspectos más débiles de los residentes en horarios establecidos de común acuerdo. Apoyo algunas horas a la semana, donde el cuidador supervisa a los residentes en horarios y aspectos establecidos de común acuerdo.
Las viviendas deben estar emplazadas en sector urbano, con todos los servicios básicos habilitados (luz, gas, agua, alcantarillado), con fácil acceso a locomoción colectiva que permite el desplazamiento hacia centros asistenciales, centros comerciales, servicios públicos, espacios de recreación, esparcimiento y otros.
Se deja establecido que el Oferente Adjudicado será responsable del mantenimiento de los bienes raíces, velando porque den cumplimiento permanente a la norma técnica pertinente, así como que mantenga todas las condiciones que se expresan en el presente acto administrativo.
Se entenderá por “fácil acceso”, que desde el hogar se pueda llegar de manera expedita a la locomoción colectiva en un radio no superior de tres cuadras y un tiempo de desplazamiento hacia el centro de atención de especialidad y de atención primaria de salud igual o inferior a 10 cuadras.
Las condiciones de las viviendas destinadas a Hogares Protegidos que disponga el Prestador, deberán contar con los siguientes documentos de respaldo:
• Fotocopia de la escritura si la vivienda es propia.
• Fotocopia contrato arrendamiento u otro documento que respalde el uso del bien.
• Inventario del mobiliario existente o comprometido.
Otras condiciones que deberán cumplir las viviendas son las siguientes:
• El hogar no deberá tener ningún tipo de señalética exterior que lo identifique como tal y se emplazará en un área urbana y/o rural, esta última bajo la condición de existir locomoción colectiva cercana al hogar.
• Deberá contar con a lo menos 4 a 5 dormitorios, living comedor, cocina de al menos 4 platos, 2 baños completos con ventanas para ventilación, las vías de acceso y evacuación deberán estar señalizadas.
• Cada vivienda deberá disponer de TV y telefonía fija y/o móvil.
• Los dormitorios destinados a los (as) usuarios (as) deberán contar con ropa de cama suficiente como mínimo 2 juegos de sábanas para recambio y frazadas acorde a la temperatura y calefacción de la vivienda y una adecuada ventilación e iluminación natural y artificial. El número máximo de residentes por habitación será de 2 personas, excepcionalmente 3 dependiendo del tamaño del dormitorio.
• El hogar debe disponer de una sala de baño completa y funcionando (ducha, lavamanos, WC) cada 4 residentes, con agua caliente y fría.
• Los usuarios deberán contar con todos los utensilios básicos de aseo, es decir: toallas de cara y baño, jabón de tocador, champú, acondicionador, peineta, máquina afeitar (de hoja y/o eléctrica), papel higiénico. Los que serán proporcionados por el Oferente a traves de coordinación y programación para efectuar su entrega.
• Se deberá contar con uno o más extintores de incendios vigentes (según lo establezca la norma) en buenas condiciones de mantención y con un botiquín con implementación básica.
• Cada Hogar, deberá tener un control de Control de Plagas.
• Todas las habitaciones de la casa, de acuerdo a su uso, deberán contar con cortinas en buen estado y ornamentación (cuadros, fotos, adornos).
• Los residentes, si así lo desean y de acuerdo a sus condiciones individuales, podrán contar con un juego de llaves de la puerta de calle en caso de que deseen salir y regresar por sí solos.
• Los residentes podrán recibir visitas sin mayor restricción que la que ellos mismos dispongan.
A su vez, el Oferente Adjudicado deberá:
Proveer la casa habitación, según norma técnica
Mantener la provisión de suministros básicos: luz, gas, agua, teléfono y los impuestos pertinentes.
Solventar gastos asociados al mantenimiento de la vivienda.
Adquirir la implementación necesaria para habitabilidad (juegos de comedor, living, refrigerador, amoblado en general, etc.)
Gestionar oportunamente la reposición de equipamiento deteriorado (menaje, vajilla, mobiliario en general).
Cubrir Imprevistos (traslado de residentes ante situaciones de urgencia, fallecimiento, etc.). E informar a Referente Técnico.
Garantizar los requisitos básicos de seguridad establecidos en la legislación de vivienda y seguridad vigente (extintores, sensores de detección de humo, señalética de vías de evacuación, coordinación con organismos de emergencia, entre otros).
Cumplir con los estándares mínimos para la operación de Hogares Protegidos establecidos por el Ministerio de Salud, incorporando las modificaciones que desde allí se emanen, especialmente aquellas que tengan relación con la calidad y seguridad de la atención de los usuarios.
Velar por la óptima mantención y condiciones generales de la vivienda.
Cautelar, el buen uso de los bienes adquiridos y entregados en comodato u otra figura, para los Hogares Protegidos, reponiendo aquellos que por el uso o fallas queden inutilizados.
Gestion el control de plagas con proveedores del rubro.
Gestionar de forma inmediata las reparaciones en infraestructura y mobiliario necesarias de los hogares según corresponda.
3. REGISTROS.
El hogar deberá contar con a lo menos los siguientes sistemas de registro:
• Documento de consentimiento informado, firmado por el usuario y familiar o referente responsable a su ingreso y egreso al hogar. (Se adjunta Anexo formato).
• Documento de consentimiento informado, firmado por el usuario y familiar o referente responsable para su traslado de Hogar, producto del informe realizado, que indique ser necesario un cambio de Tipo de Hogar Protegido (independiente, Semi dependiente y dependiente). (Se adjunta Anexo formato).
• Documento folio certificador FONASA
• Libro foliado que contenga, respecto de cada residente:
- Nombre.
- Rut.
- Sexo.
- Previsión.
- Edad.
- Antecedentes mórbidos.
- Registro de controles de salud general y de especialidad a los que asiste y fecha de próximos controles; asistencia a otros establecimientos como APS (programa CV, de la Mujer, Dental, etc), Urgencias, retiro de alimentos y suplementos de acuerdo a programas específicos, etc.
- Tratamiento farmacológico indicado y sus correspondientes actualizaciones de acuerdo a controles de salud general y de especialidad, y respectivas fecha de retiro de medicamentos.
• Libro de novedades del hogar, con registro de las novedades más importantes ocurridas durante la jornada diaria, consignando entre otras, visitas de supervisión y asesoría, situaciones relevantes en la convivencia entre los residentes, estado de salud general, salida a horas médicas, administración de fármacos.
• Otros registros solicitados por profesional a cargo de la supervisión técnica.
• Libro de Asistencia de trabajadores.
• Disponer de un Manual de Procedimientos, Higiene y Seguridad atingente a las características de cada uno de los Hogares Protegidos, el cual debe ser de pleno conocimiento y manejo del personal de los Hogares Protegidos, que considere:
Medidas básicas de contención en situaciones de crisis o agitación psicomotora, acordadas con equipo de salud mental y psiquiatría comunitaria asesor, ajustado a la normativa vigente.
Medidas básicas ante problemas de salud (enfermedad física, urgencias médicas, accidentes domésticos, etc.)
Medidas ante otras situaciones como fallecimiento, extravío de residentes, robos al interior del hogar, etc.
Medidas antes situaciones de sospecha y posterior comprobacion de agresiones físicas, psicológicas, económicas y/o verbales desde el personal en convenio hacia los residentes de Hogares Protegidos. (disponer de medios de verificación: declaracion de residentes, constatación de lesiones, pericias, fotografías, etc).
Disponer de un protocolo para denuncia inmediata, es decir, como máximo dentro de las 24 horas, en las instituciones correspondientes al tomar conocimiento de situación de amenazas, violencia física, psicológica y/o sexual al interio del hogar, y acciones para resguardar el bienestar psicosocial de los residentes a causa de ello.
Actuar en caso de daño y/o extravío de documentación asociada a los usuarios y/o convenio suscrito.
Manual de Evacuación, emergencias, etc.
Medidas ante situaciones de emergencia y/o catástrofe (incendios, terremotos, inundaciones, etc.)
Medidas ante ausencia inesperada de monitores al turno.
Medidas para el control y vigilancia de tratamiento médico, asistencia a talleres de rehabilitación, etc.
Manejo de residentes con control médico.
Recepción de visitas al Hogar.
Condiciones de tránsito y vías de evacuación interior.
Gestión del dinero de los residentes y sistema de rendición. (por ejemplo de pensión u otro beneficio que el usuario pudiera recibir).
Otras sugeridas desde la autoridad sanitaria.
4. RECURSO HUMANO.
El recurso humano estará constituido por un equipo de monitores, en el que al menos el 80% de la dotación acredite experiencia laboral idealmente en el trato directo de usuarios con enfermedad de salud mental y discapacidad psíquica y/o intelectual severa a moderada, que trabajarán en turnos diurnos y/o nocturnos dependiendo de las necesidades y características de cada hogar, desempeñando sus funciones de acuerdo a lo establecido en el perfil de competencias para tal efecto.
Monitores de trato directo con usuarios:
Acreditar que el 80% del recurso humano cuenta con experiencia laboral idealmente en el trabajo con personas con enfermedad de salud mental y discapacidad psíquica moderada a severa.
Si no cumple requisito anterior al menos deberá avalar experiencia de 1 año en la atención de personas con otro tipo de discapacidad o adulto mayor.
En consecuencia, el Oferente Adjudicado debe provisionar el recurso humano que sea capaz de velar en el acompañamiento continuo, dependendiendo del tipo de hogar en que se encuentre prestando el servicio.
El Oferente Adjudicado deberá:
• Garantizar la correcta gestión del Recurso Humano, especialmente en lo relacionado a la contratación, el íntegro y oportuno pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales, así como todo gasto asociado a la contratación del personal, incluida indemnización en caso de término de contrato emitido por la entidad competente. Cada estado de pago deberá contener los documentos necesarios que acrediten el cumplimiento de estas obligaciones, pudiendo el Servicio de Salud Magallanes ejercer los derechos de Información y retención en cualquier momento durante la vigencia del contrato.
• Responsabilizarse de los aspectos contractuales y legales en materias laborales. En caso de licencias médicas, permiso o feriados legales, deberá disponer de personal de reemplazo según corresponda, como también será necesario realizar inducción al personal (a lo menos de 3 días), que se dispondrá a dejar en el lugar para el reemplazo por ausencia “programada”, como por ejemplo: (permisos, feriados legales). En caso de licencias médicas: se podrá utilizar los primeros 3 días de esta como inducción al personal que se destine para el reemplazo. Para ello, debe contar con un registro de que la persona recibió la inducción.
• Implementar un sistema de evaluación de desempeño externo de los cuidadores, el que deberá ser aplicado al menos con periodicidad anual.
• Facilitar el acceso y participación de cuidadores en instancias de capacitación al menos una vez al año en las siguientes temáticas: trato usuario, manejo de usuarios con enfermedad de salud mental, contención emocional, seguridad, modelo atención comunitaria de salud mental, atención del adulto mayor, administración de fármacos, primeros auxilios, cuidados enfermería básicos, riesgos psicosociales, uso de extintores, u otras pertinentes a la labor a realizar.
5. MONTOS DEL CONVENIO
El proveedor emitirá una pre factura con el detalle del servicio entregado, lo que será validado por el referente técnico, para posteriormente emitir la orden de compra.
El convenio total tiene estipulado un presupuesto disponible, pero sólo será pagado lo realmente utilizado:
El presupuesto máximo para la contratación, para los el periodo comprendido de 150 días (5 meses aproximadamente), partiendo el servicio el 28-12-2023, pudiendo postergarse el inicio del servicio, según los tiempos de la licitación, es el siguiente:
Servicio Presupuesto
Servicio de hogares protegidos $ 262.500.000.-
Ofertas que superen este valor serán declaradas inadmisibles.
6. AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL SERVICIO CONTRATADO
Por razones emergentes debidamente justificadas, el Servicio podrá requerir durante la ejecución del contrato, hasta un 30% el aumento o disminución, en forma inmediata, del monto total del servicio contratado, conforme a un proceso de evaluación de la gestión realizada o de requerimientos fundados para el buen funcionamiento administrativo. En estas circunstancias, se valorizará de acuerdo al precio entregado en la propuesta de los oferentes, señalado en el Anexo Nº 1 “Oferta Económica”, de la presente licitación. En todo caso, cualquier modificación del contrato, sea esta ampliación y/o disminución de los servicios, se efectuará mediante la celebración del correspondiente acuerdo de modificación, el cual será suscrito por ambas partes y aprobado por el correspondiente acto administrativo.
7. CONFIDENCIALIDAD
El personal del oferente adjudicado queda especialmente obligado a resguardar la reserva y confidencialidad de toda la información que el Servicio le proporcione directa o indirectamente, con motivo del respectivo contrato a suscribir, tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorándums, escrito de otra naturaleza, archivos computacionales, o en cualquier otra forma.
El oferente adjudicado y su personal sólo utilizarán la información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de la presente licitación, y no divulgará, publicará ni difundirá en todo o parte la información confidencial. Asimismo, adoptará las medidas que sean pertinentes, para el acceso a la información confidencial que sea estrictamente necesaria, para el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el respectivo contrato.
En el caso de incumplimiento de lo anteriormente señalado, el Servicio, previa acreditación de los hechos en falta, ejercerá término inmediato de contrato, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que procedan.
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