BASES ADMINISTRATIVAS
ESPECIALES
1.
GENERALIDADES
La Municipalidad de Laja llama a
Licitación Pública, a través del portal Mercado Público, para contratar la ejecución
del Proyecto “CONSTRUCCIÓN ANFITEATRO
SECTOR COSTANERA SUR LAGUNA SEÑORAZA, LAJA”.
UNIDAD TÉCNICA Y MANDANTE: MUNICIPALIDAD DE LAJA.
FINANCIAMIENTO: F.N.D.R
MONTO REAL: M$2.008.323 IVA INCLUIDO
La Propuesta se realizará
a suma alzada, sin intereses y sin reajustes. Las cubicaciones serán
responsabilidad de cada oferente.
2.
APLICACIÓN
DE NORMAS DE DERECHO
La presente Licitación se regirá
exclusivamente por estas Bases Administrativas Especiales, Bases Generales, y antecedentes
del proyecto como: Especificaciones técnicas, Planos, presupuesto (formato), anexos,
documento de consultas y aclaraciones si lo hubiere, Convenio
Mandato de fecha 02.03.16, Resolución Exenta
del GORE Nº 50 de fecha 04.03.16, además del contenido de la Propuesta aceptada, que
se entiende forma parte de las referidas Bases.
Una
vez adjudicada la
Licitación, todos los referidos documentos que rigen la
propuesta aceptada serán obligatorios y se entenderá que forman parte de las
presentes Bases para los efectos de su cumplimiento y sanciones por infracción.
Supletoriamente
se aplicarán las disposiciones legales y reglamentarias que sobre la materia
contempla la legislación chilena.
El idioma español regirá para todo el proceso de Licitación, para todos
los documentos asociados. El formato de los antecedentes o anexos a subir en el
Portal deberá ser en Word, Excel (versión office 2003 o anterior), JPG o PDF,
sino cumpliesen con esto quedarán fuera de bases.
La omisión, distorsión o alteración de cualquiera de los documentos o
antecedentes requeridos en las Bases administrativas, será causal suficiente
para declarar fuera de bases la propuesta presentada.
3.
ANTECEDENTES:
Adjunto a estas Bases
Administrativas Especiales se entregan:
Bases Generales
EETT de obra y letrero
Convenio Mandato
Planos
Anexos
Presupuesto (formato)
Frente a
contradicciones entre bases Generales y Bases especiales prevalecen lo
establecidos en Bases Especiales.
4.
INTERPRETACIÓN
DE LOS ANTECEDENTES DE LICITACION
Para la
interpretación de los antecedentes de la licitación se regirá el siguiente
orden de prelación:
1) Documento de Consultas y Aclaraciones, si lo hubiere.
2) Bases Administrativas Especiales.
3) Bases Generales.
4)
Contrato.
5.
DE PROYECTO
Consiste en construir un escenario y graderías al
aire libre para albergar los eventos artísticos masivos y que permitirá además
estabilizar un terreno erosionable y con pendientes incorporan un gran espacio
al desarrollo urbano de la comuna. La intervención es de aprox. 9.000 m2., en
borde sur laguna Señoraza, cuya materialidad predominante es hormigón armado.
La alternativa seleccionada es un material de construcción que asume todas las
formas, colores, y texturas. La plasticidad del hormigón nos permite ajustarse
fácilmente a la topografía del terreno.
Las superficies a construir por dependencias son las
siguientes:
Escenario 250 m2 en HCV y estructuras metálicas.
Graderías 5000 m2 en hcv y verdes.
Servicios higiénicos 130 m2 albañilería reforzada.
Sala de audio 23 m2 albañilería reforzada.
Bodega 212,60 m2 hcv.
Estacionamiento 1215 m2 hcv.
Plaza de música 117,7 m2 hcv y diversos pavimentos.
Punto limpio 7,7 m2 albañilería reforzada.
Plaza dura 314,84 m2 hcv y diversos pavimentos.
Explanada 600 m2 hcv.
Manga de acceso 39.67 m2 rampa hcv y estructuras
metálicas.
Entre otras obras.
El oferente deberá
considerar al menos 5 visitas de los autores del proyecto durante la ejecución
de la obra. Profesionales:
-Arquitecto Robinson Quezada González costo x visita 10 UF.
-Ingeniero Civil Carlos Ahumada Mercado costo x visita 20 UF.
Todo lo anterior de acuerdo a normativa vigente para este tipo de obra.
6.
DE
LOS PARTICIPANTES
Sin perjuicio de los
requisitos establecidos para contratar, podrán participar personas naturales o
jurídicas, chilenas o extranjeras, que no registren alguna de las inhabilidades
establecidas en los incisos 1º y 6º del artículo 4º de la Ley de Compras.
En caso de ser personas naturales
deben ser profesionales competentes y/o aquellas sociedades que actúen a través
de un profesional competente.
Los oferentes que tengan la calidad de Personas
Naturales, no podrán ser representados por una tercera persona. Las Personas
Jurídicas serán representadas por su Representante Legal.
Los interesados que cumplan con la condición anterior,
podrán acceder a las Bases Administrativas y demás antecedentes, en el sitio www.mercadopublico.cl en calidad de proveedores.
El oferente deberá contar
con inscripción vigente en Registro Nacional de Contratistas del MINVU o MOP.
7.
VIGENCIA
DE LA OFERTA
Los
oferentes, con la sola presentación de su oferta quedan obligados al
mantenimiento de la misma durante un plazo de al menos 90 (noventa) días
corridos contados desde la fecha de Apertura de la Propuesta.
Las ofertas se formularán en pesos y su valor incluye todo gasto que
irrogue el cumplimiento del Contrato, sea directo, indirecto o a causa de él.
8.
SUFICIENCIA
DE LA OFERTA
Se
considerará que el oferente, antes de presentar su Oferta, está en conocimiento
de todos estudios, proyecto, distancias, riesgos, contingencias y demás
factores de todo tipo y financiamiento requerido para cubrir todas las
obligaciones en las condiciones establecidas en estas Bases.
9.
DEL
PAGO
El Contratista debe formular
mensualmente estados de pagos de acuerdo con el avance físico de la obra
contratada, el que debe ser ingresado a más tardar el día 10 del mes en curso,
en caso de existir observaciones tendrá plazo hasta el día 15 del mes en curso.
A partir del día 16 del mes en curso de le multará al contratista 5 UF por día
de atraso.
Para lo anterior tendrá que acompañar a
lo menos la siguiente documentación:
a)
Carta solicitud de Contratista
b)
Factura a nombre del
Gobierno Regional de la Región del Bío Bío, Avda. Prat 525, Concepción,
RUT 72.232.500-1.
c)
Carátula tipo MOP con timbre y firma del ITO
(ficha de avance), el que deberá incluir el avance físico de la obra en
porcentaje.
d)
Formulario de detalles de las partidas con
nombre y firma del Inspector Fiscal responsable de la supervisión de la obra
(ficha de inversión).
e)
Certificado de la Inspección del Trabajo en
original que acredite que el Contratista
y/o el Subcontratista no tiene reclamaciones laborales pendientes con relación
a la obra.
f)
Certificado del ITO que acredite que lo
solicitado en el punto e) corresponde a la cantidad de contratos y subcontratos
existentes en la obra.
g)
Certificaciones de calidad de los materiales
solicitados por la ITO,
según normativa vigente.
h)
Libro de Obra al día y debidamente firmado.
i)
Al menos 10 fotos representativas de diversos
aspectos del avance de la obra en cada estado de pago (la entrega de las fotos
debe ser tanto digitales como impresas en papel fotográfico a color). El tamaño
de las fotos en papel será de al menos 15x20 cm., 5 fotografías antes de
comenzar los trabajos las que deben incluirse en el primer estado de pago, 5 al
finalizar las obras éstas debe incluirlas en el último estado de pago.
j)
Fotografía clara y legible del Letrero de
Obras Instalado (para primer estado de Pago).
k)
Programa de dotación (contratación) de
trabajadores.
l)
Copia con certificado de habilidad en el
Chile Proveedores al momento de presentar el estado de pago.
m)
Y otros que la unidad mandate estime
conveniente.
El estado de pago se cancelará contra la disponibilidad de los recursos del
GORE BIO BIO. De acuerdo a la experiencia de pago del GORE BIO BIO es
importante precisar que los pagos actualmente se demoran promedio tres meses, y
el periodo de finalización y a comienzo de año se incrementa el retraso de pago.
En caso de faltar
algún antecedente o efectuarse alguna observación, deberá subsanar la
observación o acompañar el antecedente en su caso. Luego, el Contratista podrá
presentar la factura correspondiente.
Factorización de
estados de pagos: El contratista tendrá la obligación de informar oportunamente
en caso de factorizar documentos de pago y el Gobierno Regional es quien
aprobará el factoring y se reserva el derecho a no cancelar mientras no esté
cotejada la información correspondiente. Si considerará factoring en los pagos
deberá señalarlo en su oferta.
La Municipalidad se
reserva el derecho de impugnar la factura, en el plazo de 30 días desde su
recepción por oficina de partes municipal.
Al momento de
presentar la factura respectiva, el contratista deberá entregar a la
Municipalidad mandante la cuarta copia, en caso que no haya factorizado su
pago.
10.
DE LA
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
Los interesados
deberán ingresar oferta en el ítem de licitación correspondiente:
Todos los siguientes antecedentes se deberán presentar
en formato digital (escaneados) en el portal www.mercadopublico.cl.
10.1. Antecedentes Administrativos en el portal:
a)
Identificación Completa de la persona natural
o jurídica, incluyendo domicilio legal. Además, en caso de ser persona jurídica se acompañará el
certificado de vigencia de la sociedad, con fecha de emisión no superior a los
60 días y anexar fotocopia de la
Escritura de Constitución
de la Sociedad (ANEXO Nº 1), debe acompañar curriculum y certificado de
título del profesional responsable de la obra.
b)
Declaración Jurada Simple de acuerdo a
formato (ANEXO Nº 2).
c)
Fotocopia de patente Municipal vigente del oferente, esta
patente debe mantenerse vigente durante todo el plazo de ejecución de obras.
d)
Certificado de inscripción vigente en Registro
Nacional de Contratistas del MINVU o MOP.
En caso de que uno o más oferentes
omitan algún antecedente de carácter administrativo, podrán presentarlo en un
plazo fatal de 48 horas contados desde el requerimiento de la municipalidad a
través por el portal. Se exceptúa de esta opción la entrega de oferta técnica y
económica, la cual deberá ser entregada antes del cierre de la adquisición. De
acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes bases de
licitación, aquel o aquellos proveedores que presentaran antecedentes
administrativos fuera de plazo, será sancionado en el puntaje correspondiente a
la completitud de la oferta, según lo indicado en los criterios de evaluación. Sin
embargo, la no presentación dentro del plazo fatal declarará fuera de bases la
oferta.
10.2. Antecedentes Técnicos en el portal:
a)
Análisis de precios Unitarios de las
Partidas, excepto las Globales.
b)
Flujo de caja estimado para la obra.
c)
Documento(s) y/o certificados obras emanados
por entes públicos de obras similares ejecutadas (Edificaciones en Hormigón o
estructuras metálicas y muros de Contención): Documento(s) emanados por los
mandantes algún ente o servicio público de las obras similares ejecutadas
(construcción de obras similares), obras ejecutadas, se validaran desde enero
del 2010 a la fecha, sólo si posee. Este documento debe contener al menos la
siguiente información: Nombre proyecto, ID del mercado público para su
validación.
d)
Carta gantt.
e)
Programa de dotación (contratación) de
trabajadores para esta obra.
f)
Documento de CAPITAL COMPROBADO emitido por
la entidad Bancaria correspondiente y con antecedentes actualizados al año 2016.
g)
Anexo de Capital Comprobado con firmas
respectivas, según formato (ANEXO Nº 3).
10.3. Antecedentes soporte en papel:
La Garantía de Seriedad de la
Propuesta original esta deberá ser ingresada en un sobre cerrado con el ID de
la licitación, nombre del proyecto, e identificación del oferente por oficina de partes del municipio, como máximo hasta las
13:30 horas del día de cierre de recepción de ofertas.
10.4. Antecedentes Económicos en el portal:
Se deberá ingresar en el
Portal Mercado
Público a más tardar el día y horario
definido en el Cronograma de Licitación, de acuerdo a formato correspondiente.
La Oferta Económica debe contener el MONTO NETO DE LA OFERTA, según formato del Portal Mercado
Público y además debe anexar los siguientes
documentos por ítem a ofertar:
-
Oferta Económica, según formato (ANEXO Nº 4).
-
Presupuesto por Partidas (según formato
adjunto).
11.
DE LA
VISITA A TERRENO, LAS CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIÓN DE BASES
La visita a
terreno es de carácter opcional la fecha y hora estipulada en el cronograma de
licitación.
Las Consultas
sobre los antecedentes de esta Licitación deberán formularse en el portal Mercado
Público.
Las Consultas se
recibirán el día definido en el Cronograma de Licitación. No se Aceptará ni
responderá ningún tipo de consulta telefónica otro mecanismo informal.
La Municipalidad de Laja, a través del Portal dará respuesta a las consultas recibidas
mediante el portal, el día definido en el Cronograma de Licitación, por lo que
será responsabilidad de los oferentes su conocimiento.
El departamento
de SECPLAN es responsable de este proceso de licitación hasta la firma del
contrato respectivo.
La Municipalidad se reserva el derecho
de: modificar las bases de licitación, ampliar los plazos de la licitación, en
tales casos se dictará decreto alcaldicio y se comunicara a través del mismo
Medio de lo obrado.
12.
DE LA RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS
Se realizará como máximo en la forma, fecha, lugares y horario
establecidos en estas Bases y en el cronograma de licitación. A menos que se
produzca la situación definida en el último párrafo del artículo 11.
13.
DE LA APERTURA DE LAS
OFERTAS
La apertura
de antecedentes es electrónica, se realizará el día y hora señalado en el Cronograma de Licitación
Si en la
apertura de los antecedentes y/o evaluación, faltan documentos que forman parte
de los antecedentes técnicos o económicos o estos están incompletos, ilegibles
o mal extendidos por el proponente, o si los anexos no se presentan firmados
por el proponente o representante legal, o en el caso de que el oferente
ingrese el valor con impuesto en el portal en tales situaciones el proponente
será declarado fuera de Bases, y no se evaluará su Propuesta.
Sólo se tomarán en consideración para evaluación las Propuestas que
hubieren sido válidamente presentadas hasta la fecha y hora señalada en el
Cronograma de Licitación, por lo que una vez iniciado este proceso no se
admitirá Propuesta alguna, ni modificaciones de las presentadas.
Sólo se imprimirán los antecedentes que fueron
solicitados de acuerdo a lo señalado en el numeral 10.
La facultad de declarar fuera de Bases corresponderá a la Comisión de Evaluación,
en caso que el incumplimiento referido se detecte durante el proceso de
apertura electrónica o con posterioridad a la apertura durante el estudio y
análisis detallado de las propuestas presentadas, como por ejemplo el no
ingresó formal de la garantía en el plazo estipulado en el cronograma de
licitación.
14.
DE LA EVALUACIÓN
DE LA
OFERTA.
La Comisión de Evaluación se realizará por una comisión formada para
tal efecto.
La Comisión de Evaluación procederá al estudio y
evaluación de las ofertas recibidas, dentro de un plazo de 15 días
hábiles a contar de la fecha de apertura de la propuesta.
Las Pautas de Evaluación que se
consideraran en esta licitación serán:
PAUTA DE
EVALUACIÓN:
FACTORES
A EVALUAR
|
PONDERACIÓN
|
Oferta Económica
|
60%
|
Registro del oferente
|
18%
|
Experiencia
|
10%
|
Capital comprobado
|
10%
|
Cumplimiento de
requisitos formales
|
2%
|
OFERTA ECONÓMICA
Puntaje=
((precio mínimo ofertado) / (precio oferta)) x 100
REGISTRO DEL OFERENTE
El registro
del oferente presentado se evaluará de la siguiente forma:
-
Registro Nacional de Contratistas del MINVU o
MOP, primera categoría: 100 puntos.
-
Registro Nacional de Contratistas del MINVU o
MOP, segunda categoría: 80 puntos.
-
Registro Nacional de Contratistas del MINVU o
MOP, tercera categoría: 20 puntos.
-
Registro Nacional de Contratistas del MINVU, cuarta
categoría: 0 puntos.
Si
oferente no cuenta con registro MINVU o MOP se declarará fuera de bases la
oferta.
EXPERIENCIA
Se
compone de dos subcriterios:
1)
EXPERIENCIA DEL
OFERENTE 40%
Solo se consideran los documentos y/o certificados
emanados por entes públicos de obras similares ejecutadas (Edificación en
hormigón o estructuras metálicas y muros de Contención), se validaran desde
enero del 2010 a la fecha, sólo si posee. Este documento debe contener al menos
la siguiente información: Nombre proyecto, ID del mercado público.
-Oferta Mayor Nº de documentos y/u obras validados: 100 puntos
-Las demás ofertas tendrán
un puntaje inversamente proporcional al Nº de documentos u obras validados.
2)
EXPERIENCIA
ENTRE EL OFERENTE Y EL MUNICIPIO 60%
-
Sin experiencia o bien oferente con contratos sin observaciones, atrasos o
multas con el Municipio: 100 puntos.
-
Contratos del oferente con el Municipio con observaciones atrasos, multas,
termino anticipado, incumplimientos, reclamos, etc.: 0 puntos.
CAPITAL COMPROBADO
Puntaje=
((Monto de Capital Oferente n) / (Monto
de oferente con mayor de Capital)) x 100
CUMPLIMIENTO DE
REQUISITOS FORMALES
Sólo
se consideran los antecedentes administrativos
REQUISITOS FORMALES
|
PUNTOS
|
Presentación
completa de los requisitos formales
|
100
|
Oferente
completa antecedentes administrativos omitidos durante las 48 horas desde la
solicitud realizada por el foro inverso del portal
|
50
|
Oferente no
completa los antecedentes administrativos omitidos solicitados por el foro
inverso del portal se desestimará la oferta
|
|
En el caso de existir igual en la ponderación de ofertas
se seleccionara la oferta en el siguiente orden:
-
Oferta
económica.
-
Registro
del oferente.
-
Experiencia
de oferente.
-
Capital
comprobado
-
Cumplimiento
de requisitos formales.
La
comisión podrá solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones
meramente formales, detectadas durante la evaluación, que salven dichos
errores, dentro del marco establecido por el artículo 40º del reglamento de la
Ley 19.886, de Compras Públicas, es decir, siempre y cuando las rectificaciones
de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de
privilegio respecto de los demás competidores.
La
evaluación establecerá un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se
ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de
haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes
y ponderaciones. Luego la comisión informará la
evaluación de las propuestas al Sr. Alcalde.
La
comisión podrá dejar fuera de Bases a los oferentes que presenten
inconsistencias en sus antecedentes o que al revisar la documentación se
observen anomalías, falsificaciones o adulteraciones de los mismos.
15.
DE
LA ADJUDICACIÓN
La Comisión de Evaluación se realizará por una comisión formada para
tal efecto.
La Municipalidad podrá adjudicar el
proyecto cuando el monto ofertado no supere el monto real al autorizado por el
Consejo Regional.
En el caso de superar el monto real,
la Unidad Técnica podrá solicitar al Gobierno Regional autorización que
signifique un incremento
de los recursos aprobados de
hasta un 10%.
La Comisión de
Evaluación, presentará al Sr. Alcalde un acta de Evaluación y la sugerencia
correspondiente.
El
Municipio adjudicará la licitación mediante decreto alcaldicio aquella oferta
que resulte más ventajosa y conveniente a sus intereses, según los criterios de
la pauta de evaluación y sus correspondientes puntajes y ponderaciones y lo
informado y propuesto por la Comisión Evaluadora. La adjudicación se comunicará
mediante la publicación del decreto alcaldicio respectivo en el sitio
www.mercadopublico.cl
Conforme
a lo estipulado en la Ley Nº 19.886, el Municipio podrá declarar las ofertas
inadmisibles cuando éstas no cumplan los requisitos establecidos en las
presentas bases; declarará desierta una licitación cuando no se presenten
ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Asimismo, podrá aceptar cualquiera de ellas, aunque su oferta económica no sea
la de menor costo, siempre que cumpla con todos los requisitos señalados en
estas bases.
El Municipio podrá en
caso que el adjudicatario se rehúse a suscribir el contrato, adjudicar al
oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las ofertas y así
sucesivamente hasta que no existan proponentes a los cuales adjudicar. En el
caso de que no exista una segunda opción se procederá a realizar un nuevo
proceso de licitación.
Los
proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de
ninguna naturaleza.
En
caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico
oficial de contratistas de la Administración, Chileproveedores, estarán
obligados a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la
notificación de la adjudicación por el sistema de compras. En caso que no lo
haga la municipalidad podrá entender desistimiento de la oferta, pudiendo
adjudicar al oferente que haya resultado según mejor evaluado (si corresponde),
y así sucesivamente.
DE LA
FACULTAD DE READJUDICAR
En los siguientes casos:
a)
Si el contrato no se firma en el plazo
estipulado, por causas atribuibles al adjudicatario.
b)
Si el adjudicatario no entrega la Garantía de
Fiel Cumplimiento del Contrato.
c)
Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
d)
Si el adjudicatario es inhábil para contratar
con el Estado en los términos del artículo 4º de la Ley de Compras o no
proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha
condición.
e)
Si el adjudicatario no se inscribe en el
Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado dentro del plazo de 15
días hábiles contados desde la adjudicación.
Fecha de Adjudicación:
En caso de no
cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en el portal
www.mercadopublico.cl, la municipalidad publicará una nueva fecha en el portal,
informando las razones del atraso.
16.
CONTRATO
Una vez resuelta la adjudicación
posteriormente se procederá a la suscripción del contrato respectivo el cual se
legalizará ante notario, sólo se firmará el contrato previa presentación de la
garantía que cauciona el fiel cumplimiento del contrato, enseguida se emitirá
la orden de compra a través del sistema de compras.
Todos los
gastos que se originen tanto para la presentación de la Propuesta como la
legalización del contrato ante Notario serán de cargo del contratista.
El
contratista tendrá un
plazo de 15
días hábiles para
suscribir el contrato,
a partir de
la notificación de adjudicación de
la propuesta en el portal de
compras.
El contrato se hará si la empresa esta
habilitada según lo establecido en la
Ley 19.886.
Si
el adjudicatario no
suscribiese el contrato
en el plazo señalado,
la Municipalidad podrá
dejar sin efecto
el Decreto de
Adjudicación, en cuyo
caso se hará
efectivo administrativamente el
documento de garantía
de “Seriedad de la
Oferta” y se adjudicará a la empresa que resultare
segunda en la evaluación y así sucesivamente. En el caso de que no exista una
segunda opción se procederá a realizar un nuevo proceso de licitación.
17.
DE
LOS SUBCONTRATOS
El Contratista
sólo podrá subcontratar parte del proyecto, hasta un 30% del monto del
contrato, pero entendiéndose, en todo caso que el Contratista es el único
responsable de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad en
virtud del Contrato y las presentes Bases.
Toda
Subcontratación, deberá ser consultada y presentada a la I.T.O. quien podrá autorizar o
rechazarla, según corresponda.
En caso de
superar el 30% esto deberá ser consultado a la I.T.O. quien podrá autorizar o rechazarla, según
corresponda.
18.
DE
LAS GARANTÍAS.
Las garantías
serán verificadas su autenticidad mediante consulta a las entidades que las
emitan. No se aceptarán garantías
tomadas por terceros.
El oferente deberá indicar contacto
del ejecutivo bancario (nombre, fono y mail) para tramitar la autenticidad de
las garantías indicadas en los puntos 18.1, 18.2 y 18.3.
18.1 GARANTÍA DE LA
SERIEDAD DE LA
OFERTA
La Garantía de la Seriedad
de la Oferta,
consistirá en una (Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la
Vista) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, por
un monto de $5.000.000, tomada por el oferente, a nombre de la Municipalidad de
Laja, R.U.T. 69.170.300-2 con una vigencia de 90 días a contar del día de
apertura de la propuesta. La que se devolverá una vez concluido el proceso de
evaluación a petición escrita.
La glosa en el caso de presentar boleta de garantía deberá indicar
expresamente: Para garantizar la seriedad de la oferta de la Licitación Pública
CONSTRUCCIÓN ANFITEATRO SECTOR COSTANERA SUR LAGUNA SEÑORAZA, LAJA.
En caso de que
el documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con
una hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior.
18.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Al momento de suscribir este contrato el oferente adjudicado, deberá
presentar una garantía por el fiel cumplimiento del contrato consistente en una
(Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista) que debe ser
pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, por un monto no
inferior al 10% del monto del contrato y deberá tener vigencia igual al plazo o
período de ejecución del proyecto, más 90 días corridos, a contar del día de la
firma del contrato, tomada a nombre del Gobierno Regional de la Región del Bío
Bío RUT 72.232.500-1.
La garantía será
devuelta una vez realizada la recepción provisoria sin observaciones del
contrato y a petición escrita.
La glosa en el caso de presentar boleta de garantía deberá indicar
expresamente: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato CONSTRUCCIÓN
ANFITEATRO SECTOR COSTANERA SUR LAGUNA SEÑORAZA, LAJA.
En caso de que
el documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con
una hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior.
18.3. GARANTÍA DE CORRECTA EJECUCIÓN DE LA OBRA
La Garantía de Correcta Ejecución de las Obras, consistirá en una
Boleta Bancaria de Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de
Fianza o Póliza de Seguro) que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter
de irrevocable, tomada por el oferente, a nombre del Gobierno Regional de la Región del Bío Bío RUT
72.232.500-1.
Esta boleta debe ser emitida
por un monto no inferior al 5% del contrato y deberá tener vigencia igual a 13
meses, a contar de la fecha de Recepción Provisoria de la obra, la cual se
devolverá una vez sancionada por Decreto Alcaldicio la liquidación del
contrato. Esta garantía debe ser entregada en la Municipalidad en un plazo
máximo de 10 días hábiles desde la recepción provisoria sin observaciones y la
no entrega considerará una multa de 1,0 UF por cada día de atraso.
La glosa en el caso de
presentar boleta de garantía o Certificado de Fianza deberá indicar
expresamente: Para garantizar la correcta ejecución de las obra CONSTRUCCIÓN ANFITEATRO SECTOR COSTANERA SUR
LAGUNA SEÑORAZA, LAJA.
En caso de que el
documento no contenga glosa el oferente deberá acompañar el documento con una
hoja que contenga la glosa presentada en párrafo anterior.
Para
la devolución de las garantías: la de fiel cumplimiento del contrato la
devolución se tramitará a petición escrita cuando se cuente con recepción
provisoria y la de correcta ejecución de la obra a petición escrita se devuelve
cuando se proceda a la liquidación final del contrato. En ambos casos la
Municipalidad gestionará con el Gobierno Regional la devolución de los
documentos.
19.
DE
LOS PLAZOS.
El plazo máximo de ejecución será de 270
días corridos contados desde el día hábil siguiente a la firma del acta de
entrega de terreno, que no podrá ser superior a los 10 días hábiles desde la
firma del contrato, cada oferente podrá
ofrecer un plazo menor el que NO será considerado en la evaluación. Si el
oferente considera un plazo de ejecución superior a 270 días su oferta se
declarará fuera de bases.
20.
DE LA RECEPCION
PROVISORIA.
Una vez terminados los trabajos, el
Contratista solicitará por escrito la Recepción Provisoria
de las Obras a la I.T.O.,
solicitud que deberá ser ingresada a la Oficina de Partes.
El mandante usará o explotará la obra,
después de la
Revisión Provisoria de la Obra. Sin embargo el
Contratista será siempre responsable durante el plazo de la garantía por la correcta ejecución de la misma, a
menos que estos se deban al uso o explotación inadecuada de la obra y deberá
repararlos a su costo antes de la fecha del plazo de garantía.
Será requisito necesario para solicitar la Recepción provisoria
presentar los siguientes documentos:
-
Certificado de la Inspección del Trabajo,
que acredite no tener deudas pendientes con sus trabajadores por la obra
ejecutada en caso de no tener debe presentar la solicitud del certificado pero
el certificado debe ser presentado para el pago correspondiente.
-
Certificación de Control de Calidad y/o
ensayos de los materiales que correspondan y/o solicitados por la ITO.
-
Certificaciones de los servicios respectivos
-
Libro de Obras debidamente firmado y al día.
-
Y otros que la ITO estime conveniente.
Posterior a la presentación del contratista,
el ITO verificará que la obra esté
terminada, emitirá Informe Técnico y en caso contrario informará al contratista
que la obra no está terminada.
Si la obra está terminada se procederá a
nombrar una Comisión compuesta por funcionarios designados por la autoridad
competente.
La
Comisión deberá constituirse en la obra en un plazo
no superior a 15 días corridos, contados desde la fecha de su designación.
Una vez verificado por la Comisión, el cabal
cumplimiento del contrato, está dará curso a la recepción y levantará un Acta
dentro del plazo de 7 días contados del día de la Recepción en Terreno y
que será firmada por los miembros asistentes y por el Contratista, si lo desea.
Si este no estuviere de acuerdo con el texto propuesto deberá formular sus
observaciones en el término de las obras, la fecha que haya indicado la I.T.O.
Si al momento de la recepción los trabajos
tuviesen defectos o detalles fácilmente reparables, o no se ejecutaron de
acuerdo a planos especificaciones técnicas y reglas de la técnica, la comisión
entregará un plazo adicional con el fin de que se efectúen las reparaciones
observadas, este plazo no podrá ser superior al 20% del plazo contratado. Se
levantará un Acta con Recepción con las observaciones encontradas y pasado el
plazo otorgado se constituirá nuevamente para verificar que estas observaciones
fueron subsanadas y procederá a efectuar la recepción provisoria si fuera el
caso.
21.
RECEPCION
DEFINITIVA.
Se realizará a solicitud del Contratista,
transcurrido un año desde la fecha de la Recepción Provisoria
y se llevará a cabo con la misma solemnidad de la Recepción Provisoria.
La comisión receptora verificará básicamente durante la Recepción Definitiva
de la obra lo siguiente:
a)
La buena ejecución de los trabajos (que no se
hayan producido daños atribuibles a la ejecución defectuosa).
b)
La calidad de los materiales empleados (que
no se hayan presentado desperfectos o deficiencias propias de los materiales
utilizados).
c)
Será requisito retiro del letrero de obras y
dispuesto en pañol municipal, con V° B° de la ITO.
Si en el transcurso de este año se verificará
deficiencias en los trabajos, atribuibles a la mala o deficiente ejecución de
obras, se le comunicará a la empresa en forma escrita, y se le dará un plazo
para realizar las reparaciones correspondientes, si no se hicieran o se
realizaran en forma deficiente o fuera del plazo entregado, se procederá al
cobro administrativo de la
Boleta de Garantía por la correcta ejecución de los trabajos.
22.
RETENCIONES
Y ANTICIPOS.
Retenciones
No se consideran.
Para el caso del anticipo el monto no podrá exceder
al 10% del Aporte del F.N.D.R., de
acuerdo a la Ley de Presupuesto vigente.
El contratista deberá caucionar éste anticipo
mediante la presentación de una garantía consistente en una Boleta Bancaria de
Garantía o Vale Vista o Depósito a la Vista o Certificado de Fianza o Póliza de
Seguro a nombre del Gobierno Regional del Bío Bío, con un mínimo de validez
equivalente al plazo ofrecido de ejecución de las obras, más 90 días corridos y
por un monto en pesos correspondiente al total del anticipo.
23.
LETRERO DE
OBRAS.
El Contratista tendrá la obligación de
confeccionar e instalar en la
Obra un letrero de acuerdo a diseño y características
técnicas señaladas en archivos adjuntos a esta licitación y deberá ser
instalado en lugar que la I.T.O
le indique.
24.
PARALIZACIÓN
TEMPORAL, AUMENTO Y/O DISMINUCIONES DE OBRAS Y PLAZOS.
La Municipalidad
con el fin de llegar a un mejor término de las obras podrá, en común acuerdo
con la empresa contratada, paralizar las obras mediante Decreto Alcaldicio con
el fin de llevar a un mejor término las obras, la solicitud del contratista
debe ser con un mínimo de 10 días de antelación antes de expirar el plazo
contractual.
Además podrá
solicitar aumento y/o disminuciones de obras si fuera necesario, todo esto en
común acuerdo con el Contratista y si hubiese recursos y/o disponibilidad
financiera para ello (cuando corresponda). El ingreso de la solicitud para solicitar
aumento y/o disminuciones de obras el ingreso de la solicitud al Municipio
deberá tener un mínimo de 50 días antes del término del plazo contractual para
evitar atrasos.
Toda modificación
de contrato incluidas las a Costo $ 0 deberán informarse al Gobierno Regional
previo a la ejecución del proyecto, para efectos de reprogramación de la ejecución.
En el evento de
presentarse la necesidad de ejecutar obras extraordinarias o situaciones no
previstas y siempre que el monto contratado originalmente no haya excedido el
valor real del proyecto (que los montos no superen el 10% del valor de la recomendación
favorable) y estas no impliquen cambios sustantivos del proyecto, respecto a lo
originalmente autorizado, sólo se requerirá de la autorización previa del
Gobierno Regional, la que se expresara mediante oficio favorable del Intendente
Regional.
Cuando las
modificaciones y/o solicitudes de recursos extraordinarios signifiquen cambios
cualitativos y/o cuantitativos en alguno de los ítems inicialmente aprobados
por el Ministerio de Desarrollo Social y/o por la Unidad de Preinversión del
Gobierno Regional y/o del monto aprobado originalmente, deberán ser revisadas y
recomendadas técnicamente sin observaciones por parte del Ministerio de
Desarrollo Social y/o por la Unidad de Preinversión del Gobierno Regional,
superada esta instancia y una vez asegurado el financiamiento con la institución
correspondiente, el Gobierno Regional debe efectuar la modificación del
Convenio.
25.
CONOCIMIENTO
DE LAS BASES.
Ningún oferente podrá alegar desconocimiento
de las Bases y antecedentes, además del terreno, la topografía y abastecimiento
de materiales y vialidad de la zona y por el hecho de participar en la Licitación, se
entenderá que acepta expresamente su contenido y decisión de la Municipalidad en la
adjudicación, siendo en todo caso debidamente justificada, desde el punto de
vista técnico.
26.
DEL TERMINO
ANTICIPADO DEL CONTRATO
La
Municipalidad podrá poner término administrativo y en
forma anticipada un contrato sin derecho de indemnización alguna en los
siguientes casos:
a.
Si el Contratista fuere condenado por algún delito
que merezca pena aflictiva o si tratándose de una Empresa lo fuese uno de los
socios o en el caso de una Sociedad Anónima, alguno de sus miembros del
Directorio o el Gerente.
b.
Si el Contratista fuere declarado en quiebra.
c.
Si el Contratista no concurriere a la Entrega de Terreno, de
acuerdo a lo estipulado en las Bases.
d.
Si el Contratista no diere cumplimiento al
Programa de Trabajo.
e.
Si el Contratista no acatara órdenes e
instrucciones que le dé la supervisión de Obras.
f.
Si la obra se paralice sin causa justificada
por un tiempo superior al 20% del plazo de ejecución del mismo. Sin perjuicio
de lo anterior, las Bases podrán fijar un plazo diferente.
g.
Si se produjeren atrasos injustificados
ajuicio de la autoridad correspondiente, de un 30% o más con respecto al avance
de las actividades consultadas.
h.
Cuando la Municipalidad de
común acuerdo con el Contratista resuelve liquidar el contrato.
i.
Si por errores quedaran con defectos graves
que no pudieran ser reparados y ellos comprometieran la seguridad de ellas u obligasen
a modificaciones sustanciales del proyecto.
j.
Lo exija el interés público o la seguridad
nacional
En el caso de efectuarse resciliación del
contrato, en virtud a la letra h) del orden cronológico que debe seguirse para
obtener la Liquidación
del Contrato es el siguiente:
1.
Convenir la Liquidación anticipada
2.
Aprobar el Convenio
3.
Recibir las obras inconclusas, y
4.
Una vez hecha la Recepción de las obras
inconclusas mediante Acta ratificada por Decreto Alcaldicio, luego se aprobará la Liquidación del Contrato.
Puesto término anticipado a un Contrato por
cualquiera de las causales señaladas en este artículo, salvo la estipulada en
la letra h) se cobrarán las garantías y retenciones del contrato en poder del
municipio, las que servirán para responder del mayor precio que pueden constar
las obras por un nuevo contrato, asimismo, de las multas que corresponda pagar
por el atraso que se produzca o cualquier otro perjuicio que resultare para la Municipalidad.
De igual forma la ITO podrá exigir la separación
de la obra cualquier trabajador por insubordinación, desorden, incapacidad,
irresponsabilidad u otro motivo justificado, quedando siempre responsable el
Contratista de los actos de sus trabajadores dentro de la faena.
En el caso de muerte del Contratista o del
concesionario, el contrato o la concesión quedará resuelto, y se procederá
administrativamente a las liquidaciones de los trabajos conforme al avance de
las obras y al valor de éstos.
27.
OBLIGACIONES
DEL CONTRATISTA
Será
obligación del Contratista ejecutar el proyecto con sujeción estricta a las
Especificaciones Técnicas, demás antecedentes, metodologías y reglamentación
respetiva.
Se solicitará
antes de la ejecución del escenario que la empresa entregue memoria de cálculo que
ratifique y compruebe solución de cimientos y fundaciones para esta partida
incluyendo techumbre definida.
Cualquier
discordancia entre lo existente en terreno, planos y ee.tt. deberá ser
solucionada considerando la mejor solución técnica y que vaya en pro de
resaltar positivamente este proyecto.
Deberá contar con
instalación de faenas la que deberá considerar oficina técnica administrativa y
baño para el personal.
Será
obligación del contratista dar cumplimiento a todas y cada una de las leyes
sociales y previsionales que afecten a las personas que trabajen en la
realización de los trabajos contratados.
El Contratista responderá de fiel
cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo de las Leyes sobre
Medicina Preventiva y Curativa, sobre Accidentes del Trabajo y enfermedades
profesionales y en general de toda la legislación social y previsional vigente
o que se dicte en el futuro sobre las materias indicadas.
Los accidentes, incendios o cualquier otro
siniestro que deterioren o destruyan las obras y que ocasione pérdidas de
materiales o bien que afecten vidas o bienes de terceros, serán soportados por
el Contratista. El Contratista será responsable exclusivo de los daños y
perjuicios que se causaren a terceros, ya sea por la mala calidad de los
materiales empleados, por defectos de la construcción, por la infracción de los
reglamentos y Ordenanzas Municipales y en general por cualquier error,
negligencia o imprudencia de parte suya o de sus dependientes.
Será labor del Contratista arbitrar los
medios necesarios para que la ejecución de la Obra se lleve a cabo, sin ocasionar daño y
dificultades a terceros y asegurar la instalación de carteles con indicaciones
al público en general.
El Contratista podrá Subcontratar y/o
traspasar parte del contrato, sólo con la autorización de la municipalidad, siempre y cuando las
personas naturales y/o jurídicas estén inscritas en los registros exigidos a la
empresa contratada en primera instancia, entendiéndose que la empresa
originariamente es responsable de las obligaciones contraídas ante el municipio
y a las Normativas relacionadas con el tema de la Subcontratación.
El Contratista sólo podrá subcontratar parte
de las actividades del contrato con autorización expresa del Municipio,
manteniéndose su responsabilidad respecto de todas las obligaciones contraídas,
tanto con el Municipio como con terceros.
En todo caso el contratista siempre debe
velar por que se cumpla la Ley Nº
20.123 y Reglamentación que regula el trabajo en Régimen de Subcontratación y
la reglamentación de la Ley Nº 16.744 Articulo 66
bis sobre la Gestión de la Seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas
o Servicios.
Es obligación del Contratista mantener en
forma expedita y a su costo, el tránsito por las vías públicas y el paso de las
aguas, con motivo de la ejecución de los trabajos, siendo de su responsabilidad
los perjuicios que se ocasionen a terceros en bienes fiscales, municipales o
nacionales de uso público, de acuerdo con las leyes y ordenanzas respectivas.
El
contratista deberá mantener la seguridad en el trabajo, instalando las
señalizaciones y medidas de seguridad en conformidad a las normas legales que
regulan esta materia, para lo cual deberá equipar a su personal con todos los
elementos de seguridad adecuados.
Daños a
Instalaciones de Terceros.
Todo daño de
cualquier naturaleza que con motivo de la ejecución de las obras se cause a
instalaciones de terceros será de responsabilidad y costo exclusivo del
contratista.
El contratista deberá adoptar todas las
medidas de precaución para preservar de cualquier daño a la propiedad ajena y
asumirá la responsabilidad de subsanar cualquier daño que en opinión de
Inspector Técnico sea atribuible a la realización de las obras, o a
consecuencia de ellas.
28.
MEDIDAS DE
GESTION Y CONTROL DE CALIDAD
Se contará en la obra con un libro de obras
tipo foliado, en triplicado y autocopiativo que estará presente en todo momento
en obra.
Se deberá considerar por el contratista todos
los ensayos de laboratorio de terreno y la todas las certificaciones de los materiales a utilizar de acuerdo a la Norma Chilena y la Normativa Vigente
y a solicitud de la ITO,
si correspondiera.
29. DE
LAS SANCIONES Y MULTAS E LAS MULTAS
Por cada día de
atraso en el cumplimiento del plazo estipulado para la ejecución de la obra, el
Contratista deberá cancelar una multa equivalente a $200.000 por día de atraso,
incluidas sus modificaciones, el que
será descontado en forma administrativa del estado de pago pendiente y/o de las
retenciones o garantías.
Se multará
con una suma equivalente a $250.000 cuando el Contratista no cumpla instrucciones
vertidas por la Inspección Técnica, por evento.
Se multará
con una suma equivalente a $125.000 cuando el Profesional Residente no cumpla
instrucciones vertidas por la Inspección Técnica, por evento. En el caso de ser
reiterativas se procederá a solicitar el cambio de profesional a la Empresa
Contratista.
Se multará con una suma equivalente a $250.000 cada vez que la Inspección Técnica
detecte que no se cumple con las actividades y plazos definidos en Carta Gantt,
sin razón fundada y aceptada por la ITO.
Se multará
con una suma equivalente a $125.000 si
se detectare errores, omisiones y/o información adulterada de los trabajos u
obras contratadas, o por la no mantención del libro de obras en el lugar de las
obras, o en caso por adulteración, pérdida o destrucción parcial o total del
mismo.
El oferente
adjudicado que renuncia a la terminación del contrato sin cumplirlo totalmente,
será sancionado con una multa equivalente a $5.000.000, y en consecuencia se hará
efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato por simple resolución
administrativa.
El cobro de las multas será
independiente del cobro de la
Garantía de Fiel Cumplimiento el Contrato.
30. DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA.
Se entiende por Inspección Técnica a la o las personas que, nombradas
por decreto Alcaldicio por la
Municipalidad, asumen el derecho y la obligación de
fiscalizar el cumplimiento de las Bases y demás antecedentes de este proyecto.
La Inspección
Técnica de la Obra I.T.O. estará a
cargo de un funcionario de la Dirección de Obras Municipales.
El Contratista deberá someterse a las instrucciones o resoluciones que
imparta por escrito la inspección técnica, conforme a los términos y
condiciones de las Bases.
El incumplimiento de una orden dará lugar a aplicar las sanciones
indicadas en estas Bases.
El control que ejerza la Municipalidad por medio de la Inspección Técnica,
no libera al Contratista de la responsabilidad técnica que le cabe. La
responsabilidad por la calidad del trabajo será exclusivamente del Contratista.
31. PROFESIONAL
A CARGO DE LAS OBRAS
Se exigirá la permanencia permanente de un profesional de la
construcción con experiencia acreditada debe tener mínimo 10 años de titulación
(Arquitecto, Ingeniero Civil, Ingeniero Constructor o Constructor Civil)
durante el transcurso de las faenas. Si no se diere cumplimiento a esto, el
Municipio cobrará una multa equivalente a $ 120.000 por cada ocasión que el I.T.O.
detecte que el profesional no se encuentre en la faena. El profesional a cargo
de las obras tomará conocimiento de las anotaciones, sugerencias, instrucciones
y/u observaciones del I.T.O. a través del libro de obras.
En caso de que por diversos motivos se
cambie el profesional residente indicado en la oferta, el contratista deberá
presentar los antecedentes del nuevo profesional, quien debe tener como mínimo
10 años de titulación y contar con experiencia similar al profesional que
reemplazará, Lo anterior para que el
ITO de él V° B° antes del reemplazo.
JUAN
ROCHA GUZMÁN
SECPLAN