Licitación ID: 891-6-LE23
EQUPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
Responsable de esta licitación: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO PP DCYF, Dirección General de Aguas - VIII Región - Concep.
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 18
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 5 Unidad
Cod: 46181525
Chaqueta para Alta Montaña Hombre según especificaciones técnicas en bases, Tallas L = 2 y XL= 3  

2
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 9 Unidad
Cod: 46181525
Chaqueta Hombre según especificaciones técnicas en bases, Tallas S=1, L=4 y XL= 4  

3
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 5 Unidad
Cod: 46181525
Chaqueta Mujer según especificaciones técnicas en bases, Tallas XS=1, S=1, M=2 Y L=1  

4
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 5 Unidad
Cod: 46181525
Polar para Alta Montaña Hombre según especificaciones técnicas en bases, Tallas L=2 Y XL=3  

5
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 1 Unidad
Cod: 46181525
Polar para Mujer según especificaciones técnicas en bases, Tallas S=1  

6
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 10 Unidad
Cod: 46181525
Pantalón filtro UV Hombre según especificaciones técnicas en bases, Tallas S=2, L=6 Y XL=2  

7
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 3 Unidad
Cod: 46181525
Pantalón filtro UV Mujer según especificaciones técnicas en bases, Tallas S=1, M=2  

8
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 5 Unidad
Cod: 46181525
Pantalón para Alta montaña Hombre según especificaciones técnicas en bases, Tallas L=2 Y XL=3  

9
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 2 Unidad
Cod: 46181525
Pantalón impermeable Hombre según especificaciones técnicas en bases, Tallas L=2  

10
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 1 Unidad
Cod: 46181525
Pantalón impermeable Mujer según especificaciones técnicas en bases, Tallas M=1  

11
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 8 Unidad
Cod: 46181525
Camisa TrekkinG manga larga según especificaciones técnicas en bases, Tallas S=1, M=1, L=4 Y XL=2  

12
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 3 Unidad
Cod: 46181525
Blusa Trekking manga larga según especificaciones técnicas en bases, Tallas S=1, M=1, L=1  

13
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 4 Unidad
Cod: 46181525
Bototo mujer según especificaciones técnicas en bases, Tallas 36=1, 37=1, 39,5=1 y 40=1  

14
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 10 Unidad
Cod: 46181525
Bototo hombre según especificaciones técnicas en bases, Tallas 38=1, 40=1, 41=2, 42=3, 43=1, 29 cm=1 y 30cm=1  

15
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 5 Unidad
Cod: 46181525
Bototo hombre para Alta Montaña según especificaciones técnicas en bases, Tallas 42=3, 44=1 y 47=1 (equival. 30,5 cm)  

16
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 2 Unidad
Cod: 46181525
Guantes Térmicos hombre según especificaciones técnicas en bases, Tallas L  

17
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 2 Unidad
Cod: 46181525
Calcetines Térmicos hombre según especificaciones técnicas en bases, Tallas 39 al 41 = 2  

18
Ropa impermeable protectora o ropa para ambiente húmedo 6 Unidad
Cod: 46181525
Sombrero tipo legionario según especificaciones técnicas en bases.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
EQUPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Adquirir los elementos de seguridad y equipamiento personal, según se detalla en las presentes Bases Técnicas, los cuales son indispensables para las actividades realizadas en terreno por los funcionarios de la Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO PP DCYF
Unidad de compra:
Dirección General de Aguas - VIII Región - Concep.
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
Prat 501, Piso 6
Comuna:
Concepción
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-12-2023 19:53:00
Fecha de Publicación: 27-11-2023 17:10:03
Fecha inicio de preguntas: 27-11-2023 20:35:00
Fecha final de preguntas: 29-11-2023 20:35:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-12-2023 20:35:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-12-2023 19:54:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-12-2023 19:54:00
Fecha de Adjudicación: 12-12-2023 9:43:40
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
No hay información de Antecedentes Administrativos
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- ANEXO 6
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega Se le asignará el máximo puntaje al mínimo plazo de entrega ofertado (días corridos), y a las restantes ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (plazo mín./plazo oferta)*100. El plazo de entrega ofertado deberá indicarse en días corridos, y no podrá ser superior a siete (07) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de emisión de la orden de compra a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En caso que la propuesta sea superior a los plazos antes indicados, no indique plazo de entrega o no cumpla con las condiciones mínimas establecidas, la oferta será descartada y declarada inadmisible, por resolución fundada, por incumplimiento a las presentes Bases de Licitación 45%
2 Precio Se asignará 100 puntos a la oferta de menor precio unitario por producto ofertado, y a las demás ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (precio mín. /precio oferta)*100. 50%
3 Cumplimiento de los requisitos La presentación correcta y oportuna por parte de los oferentes de sus respectivas ofertas, será evaluada de la siguiente forma: • La oferta presentada no contiene errores u omisiones formales y el formato utilizado corresponde al indicado en las Bases de Licitación = 100 puntos. • La oferta presentada contiene errores u omisiones formales y deben ser subsanadas por solicitud de la D.G.A., o la oferta administrativa, técnica y/o económica está en un formato distinto del indicado en estas Bases Administrativas y Técnicas, toda vez que los documentos solicitados y en el orden que han sido requeridos tienen por objeto hacer una evaluación de las mismas en una forma más expedita = 0 puntos. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 22
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Mabel Vera Belmar
e-mail de responsable de pago: mabel.vera@mop.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Victor Romero Romero
e-mail de responsable de contrato: victor.romero@mop.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-2852266-2551
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
I. INTRODUCCIÓN
La Dirección General de Aguas, en adelante también “D.G.A.”, llama a presentar ofertas mediante licitación pública para la prestación de servicios denominada “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA FUNCIONARIOS DE TERRENO DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE AGUAS DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO”. La D.G.A., de conformidad a las políticas gubernamentales sobre equidad de género, expresa que no discrimina por género, ni por ninguna otra condición, por lo tanto, en la redacción de estas Bases y en todos aquellos instrumentos que se elaboren a consecuencia del presente documento, se utilizará un lenguaje “no sexista”, es decir, que no discrimine ni marque diferencias entre hombres y mujeres. Por lo anterior, y también para evitar la sobrecarga gráfica que supondría la inclusión en español de “o/a” para marcar la existencia de ambos sexos, se ha optado por utilizar el genérico, en el entendido de que todas las menciones representan siempre a todos/as, hombre y mujer, abarcando claramente ambos sexos. La licitación pública se regirá por las disposiciones de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en adelante “Ley de Compras”; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, en adelante el “Reglamento”; la Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; por las Bases Administrativas y Técnicas, y sus correspondientes anexos; y por las consultas, respuestas y aclaraciones realizadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, durante la licitación pública. Los documentos del proceso de licitación estarán constituidos por las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus anexos, los términos de referencia y por las consultas, respuestas y aclaraciones realizadas. Todos estos documentos estarán a disposición de los interesados en forma gratuita en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La presentación de ofertas implica la aceptación por parte del oferente de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, las normas y condiciones que regulan tanto el mecanismo de licitación, selección y adjudicación, así como la ejecución del contrato, sin necesidad de declaración expresa. El participante u oferente deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la licitación, las cuales, junto con las eventuales consultas y respuestas que dé esta Entidad Licitante, constituyen la única fuente de información que debe el proponente considerar al preparar su oferta. Cabe hacer presente, que las presentes Bases Administrativas y Técnicas con los anexos de la licitación pública, como cualquier otro documento referido en las Bases de Licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los participantes y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la D.G.A.
II. DEFINICIONES
Para la correcta interpretación de los documentos de la Licitación, se establece el significado o definición de los siguientes términos: - Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada su oferta. - Bases: Las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos denominadas “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA FUNCIONARIOS DE TERRENO DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE AGUAS DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO”. - Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a la D.G.A., en virtud de la Ley de Compras y su Reglamento. - Días Corridos: Son todos los días de la semana que se computan uno a uno en forma correlativa. - Días Hábiles: Son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos y festivos. Si un plazo vence en un día inhábil se entiende ampliado hasta el día hábil siguiente. - Fuerza Mayor o Caso Fortuito: De acuerdo con lo dispuesto en el Art. 45° del Código Civil. - Ley de Compras: La Ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. - Oferente: Proveedor que participa en el presente proceso de compra presentando una oferta. - Reglamento: El Reglamento de la Ley N° 19.886, contenido en el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. - Servicio o D.G.A.: Dirección General de Aguas. - Sistema de Información: www.mercadopublico.cl - Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones.
III. ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN
• Llamado y Publicación de las Bases: Las presentes Bases se publicarán en el sitio www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre completamente tramitado el acto administrativo que las aprueba. • Consultas y aclaraciones: Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación pública, se deberán realizar a través del sitio www.mercadopublico.cl, en el ID asignado por dicho Sistema, en la sección “Preguntas y Respuestas”, dentro del plazo de tres (3) días corridos contados desde la publicación de estas Bases. Las respuestas, igualmente, serán publicadas en la citada sección “Preguntas y Respuestas”, a más tardar al tercer (3º) día corrido de expirado el plazo de la recepción de preguntas, a través de un archivo adjunto. Dichas respuestas se considerarán parte integrante de las normas que rigen esta licitación, por lo anterior, será responsabilidad de cada postulante, el informarse acerca de las aclaraciones sin que pueda alegar desconocimiento respecto de estas. Cabe hacer presente, que no se atenderán consultas telefónicas o por otro canal que no sea el dispuesto anteriormente. La D.G.A. podrá consolidar las consultas relacionadas al mismo tema, publicando una sola respuesta general. Las aclaraciones a las presentes Bases que la D.G.A. estime necesario realizar de oficio, se considerarán parte integrante del pliego de condiciones que rige la licitación y se comunicarán conjuntamente con las respuestas a las consultas en la página web mencionada, según lo dispuesto en el cronograma. Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública se harán por medio del Portal. • Cierre de recepción de ofertas: El plazo para la recepción de ofertas será de diez (10) días corridos desde la publicación del llamado a licitación y sus correspondientes Bases. Acto de apertura: La presente licitación pública se efectuará en una sola etapa, esto es, que en el acto de apertura se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura se efectuará a través del Sistema de Información el mismo día de cierre de recepción de ofertas. Se aceptará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de estos, ni que el archivo sea válido o correcto. • Evaluación de ofertas: El plazo de evaluación de las ofertas será como máximo dos (2) días corridos, contados desde el día siguiente al de apertura de las ofertas. • Adjudicación: La adjudicación de la Licitación Pública será dentro de los dos (2) días corridos siguientes al de término de la evaluación de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, los plazos podrán ser modificados según las necesidades del Servicio, lo que será oportunamente informado a través del Portal www.mercadopublico.cl.
IV. MODIFICACIÓN A LAS BASES
La D.G.A. podrá modificar las presentes Bases, por acto administrativo totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún oferente, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, prorrogando, de ser necesario, el plazo de cierre de recepción de ofertas en cinco (5) días hábiles, para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, prórrogas o suspensiones de plazos o de cualquier otra índole, que sean relevantes para el desarrollo del presente concurso. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas oportunamente en el Sistema de Información y formarán parte integral de la licitación, por tanto, los proponentes deberán revisar, periódicamente, el proceso en dicho Portal.
IV. MODIFICACIÓN A LAS BASES
La D.G.A. podrá modificar las presentes Bases, por acto administrativo totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún oferente, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, prorrogando, de ser necesario, el plazo de cierre de recepción de ofertas en cinco (5) días hábiles, para que los oferentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones podrán referirse a todo tipo de aspectos técnicos y administrativos, prórrogas o suspensiones de plazos o de cualquier otra índole, que sean relevantes para el desarrollo del presente concurso. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas oportunamente en el Sistema de Información y formarán parte integral de la licitación, por tanto, los proponentes deberán revisar, periódicamente, el proceso en dicho Portal.
PRESENTACIÓN, CONTENIDO DE LAS OFERTAS Y REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
En esta licitación pública podrán participar personas naturales y jurídicas, tanto nacionales como extranjeras, de derecho público o privado, ya sea en forma individual o en Unión Temporal de Proveedores, que al momento de la presentación de la oferta, no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, es decir, que cumplan con lo establecido en el artículo 4° de la ley N° 19.886, Ley de Compras. La propuesta, así como toda la documentación relativa a ella, deberá redactarse en idioma español. No obstante, los antecedentes que originalmente se encuentren en otro idioma deberán ser acompañados de una traducción exacta al idioma español, en cuyo caso la traducción prevalecerá en lo que respecta a la interpretación de la oferta salvo la documentación técnica original de fábrica la cual puede ser ingresada en inglés. Los oferentes y/o participantes, por el solo hecho de presentar sus ofertas a la licitación, se entenderán en cabal conocimiento de todos y cada uno de los instrumentos que integran estas Bases, eventuales respuestas a las consultas y aclaraciones y las normas jurídicas que les son aplicables en las materias que dicen relación con ellas. La D.G.A. no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquellos o estas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o estas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive. Asimismo, no podrán postular aquellas personas naturales o jurídicas a quienes se les haya rescindido más de un convenio celebrado con la D.G.A. en los últimos 12 meses previos a la fecha de publicación del llamado a licitación. En caso de presentarse alguna oferta de una persona natural o jurídica que se encuentre en esta situación, será declarada inadmisible, mediante acto administrativo fundado. Si algún proveedor tiene dificultades para ingresar su oferta administrativa, técnica y/o económica, deberá contactarse inmediatamente con la Mesa de Ayuda del portal Mercado Público, Fono 600-7000-600, para obtener orientación precisa que le permita ingresar sus ofertas. Cuando falla el portal electrónico www.mercadopublico.cl, los oferentes pueden solicitar un certificado de indisponibilidad de la referida plataforma, dentro de los plazos establecidos, pudiendo entregar su oferta fuera del Sistema de Información, esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Las ofertas deben emanar de quien tenga facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos. Si quienes ofertan conforman una unión temporal de proveedores que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. Requisitos Propuesta Administrativa: 1.- Oferentes inscritos en ChileProveedores En el caso que el Oferente esté inscrito en el Registro ChileProveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública (Dirección ChileCompra), deberá declarar si alguno o todos los documentos que se solicitan a los oferentes no inscritos en el numeral siguiente, los ha ingresado en el sitio electrónico www.chileproveedores.cl. Su declaración será clara respecto de los documentos que se encuentren acreditados en dicha plataforma, bajo su responsabilidad si no indica los antecedentes que se encuentren acreditados. Si existe algún documento solicitado que no se encuentre ingresado al Registro de Proveedores, deberá incluirlo dentro de su propuesta administrativa. En todo caso deberá adjuntar los Anexos NOS 1 y 2. 2.- Oferentes no inscritos en ChileProveedores En el caso que el Oferente no esté inscrito en el Registro ChileProveedores, deberá anexar en formato digital, como “Anexo Administrativo”, en el portal de compras y contratación pública, los siguientes documentos, los que se entenderán formar parte de la propuesta administrativa: i) Personas Naturales a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 1, debidamente firmada por el proponente. b) Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 2-A, debidamente firmada por el proponente. c) Fotocopia legalizada de la cédula de identidad o cédula de identidad para extranjeros, en su caso, u otro documento equivalente, en caso de tratarse de persona no residente en el territorio nacional. d) Fotocopia de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos. e) La declaración jurada simple de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que se encuentra en el portal de la licitación. ii) Personas Jurídicas distintas a Universidades a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1, debidamente firmada por el representante legal del proponente. b) Descripción del proponente, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 2-B, debidamente firmada por el representante legal del proponente. c) Fotocopia del rol único tributario de la empresa, u otro documento equivalente, que dé cuenta de su identificación impositiva. d) Fotocopia de la cédula de identidad del o los representantes legales, u otro documento equivalente, que acredite la identidad del o los representantes legales. e) La declaración jurada simple de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que se encuentra en el portal de la licitación. iii) Universidades a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1, debidamente firmada por el representante legal del proponente. b) Descripción e Individualización del proponente, conforme a formato que se adjunta como Anexo Nº 3-A, debidamente firmada por el representante legal de la Universidad. c) Carta patrocinio de la Universidad para la propuesta. d) Si la Universidad no es de aquellas que pertenecen al Consejo de Rectores, debe acompañar los documentos enunciados en las letras a) a la c), ambas inclusive, del punto ii). e) La declaración jurada simple de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que se encuentra en el portal de la licitación. iv) Unión Temporal de Proveedores En caso de tratarse de una unión temporal de proveedores (UTP), los antecedentes a presentar, son los siguientes: a) Declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo Nº 1, debidamente firmada por el representante legal del proponente. b) Acuerdo de Unión Temporal de Proveedores, por escritura pública en forma obligatoria en caso de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, la que deberá presentarse al momento de contratar (en caso de adjudicarse la licitación), sin perjuicio que en el caso de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM deberá observarse la obligatoriedad de adjuntar documento público o privado, en original. En todo caso, se recomienda que los proveedores de adquisiciones iguales o superiores a 1.000 UTM, suscriban igualmente un documento privado para constitución de la UTP, con el fin de ser presentado conjuntamente con la oferta, con el compromiso de formalizar lo anterior a través de escritura pública, una vez adjudicada la licitación pública (artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886). En ambos casos, el acuerdo deberá contener: - Identificación de los integrantes. - Las condiciones de dicha Unión Temporal de Proveedores, para efectos de la presentación de propuesta y la adjudicación. - La designación de un representante común, que será el encargado de mantener las comunicaciones con la D.G.A. durante la realización de la licitación, explicitando el otorgamiento de poderes suficientes para representar a todos sus integrantes. Se deberá indicar las obligaciones que se le encomienden al apoderado, como por ejemplo, presentar los antecedentes, subsanar las solicitudes de aclaración, concurrir a visitas a terreno, actuar como supervisor del contrato, entregar los bienes, facturar, entregar informes renovar o modificar garantías. - Pacto expreso de la obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes Bases, de los contenidos de su propuesta y de las normas legales pertinentes. - Se debe tener presente que todos y cada uno de los integrantes de una UTP, serán individualmente responsables respecto de las obligaciones derivadas de la licitación y del respectivo contrato. Por ello, al momento de la suscripción del instrumento de la UTP no pueden incluirse cláusulas de exención o limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes de la UTP. - Se recomienda que quienes suscriben el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir del integrante de la UTP que haya asumido la responsabilidad en contra del integrante incumplidor, en casos derivados de su culpa. Sin perjuicio de lo anterior, la D.G.A. podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio. - Deberá constar la inscripción individual de proveedores integrantes de la Unión Temporal de Proveedores en ChileProveedores, al momento de la suscripción del contrato. - Determinación de su duración, que no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. - En la constitución de la UTP se deberá establecer la modalidad de pago, es decir, individualizar al integrante que emitirá la factura o documento tributario de cobro y recepcionará el pago; en caso de omisión en su designación, la D.G.A. entenderá que el integrante encargado de dicha obligación es quien represente la UTP, sin posibilidad de modificar su nominación. - Se deberá identificar el domicilio legal de la unión temporal de proveedores, no solo indicando la ciudad y/o comuna, sino la dirección que asumirá la UTP. Los oferentes que integren una UTP y que experimenten una modificación, deberán informarlo de inmediato a la D.G.A. y acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el que deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su condición. No obstante, lo anterior, el nuevo miembro que designe la UTP, deberá acreditar ante el Inspector Fiscal, la misma o mejor experiencia del integrante saliente y, en caso de no cumplir con ello, se evaluará el término anticipado del contrato por incumplimiento grave, de acuerdo con lo establecido en el numeral XXVIII “Modificación y Término Anticipado del Contrato”, punto 2, de las Bases Administrativas. Quienes conformen una UTP, deberán tener presente que si esta se disuelve durante la evaluación de la licitación, esta no podrá ser adjudicada, declarándose inadmisible su oferta. Asimismo, se deberá incluir la Descripción e Individualización de los proponentes, conforme a formato que se adjunta como Anexo Nº 3-B, debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores y la declaración jurada de ausencia de conflictos de interés e inhabilidades por condenas que se encuentra en el portal (Ficha de la Licitación), la que será válida para los oferentes que compongan la UTP, en caso de falsedad en la declaración afectará a todos los miembros que integren la UTP. Se hace presente, que los postulantes que entreguen algunos de los documentos señalados anteriormente –numerales i) al iv)– con la información contenida en ellos, deberán ser veraces en sus declaraciones juradas simples realizadas y entregadas, siendo de exclusiva responsabilidad de los postulantes. En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad, se declarará la postulación como contraria a las Bases e inadmisible. Si se comprobara falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, esta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la D.G.A. el derecho poner término al contrato y/o hacer efectivas las garantías. Se hace presente, que indistintamente la D.G.A. podrá efectuar la respectiva denuncia en caso que amerite que los antecedentes y los hechos que de ellos deriven, sean constitutivos de delitos. Los documentos que forman parte de la propuesta administrativa deberán ser ingresados electrónicamente en el portal electrónico www.mercadopublico.cl, dentro de los plazos señalados en el numeral III “Etapas y Plazos” (Ficha de la Licitación). Lo anterior, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Requisitos Propuesta Técnica: Los antecedentes que conforman la propuesta técnica, deberán presentarse electrónicamente conforme a los requisitos que se solicitan en las Bases Técnicas, desarrollando cada uno de los puntos establecidos en ellas. Los proponentes que formen una Unión Temporal de Proveedores deberán presentar una propuesta técnica común. Requisitos de la Oferta Económica: a) El oferente, al digitar su oferta en el Sistema de Información, deberá ingresar el precio neto unitario por los servicios ofertados. El precio deberá expresarse en moneda nacional y no podrá ser superior al presupuesto máximo disponible para esta contratación, señalado en el numeral XVI de estas Bases Administrativas. b) Cada oferente deberá crear un anexo económico que indique el monto total de la oferta, incluyendo los impuestos y además, un desglose de los costos de materiales y mano de obra necesaria para ejecutar y dar término a todos los trabajos indicados en las Bases Técnicas conforme a formato que se adjunta como Anexo Nº 7 en las presentes Bases. c) En caso de inconsistencia entre el valor ofertado en el anexo económico y lo ingresado al Sistema de Información, prevalecerá lo indicado en el anexo económico. Si la oferta presentada es mayor al presupuesto de la licitación pública indicado en el numeral XVI de estas Bases Administrativas, la propuesta será rechazada por la comisión evaluadora y declarada inadmisible por resolución fundada de la Autoridad Competente, cumpliendo con lo establecido en el numeral VI de estas mismas Bases. La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes de la oferta administrativa, técnica y/o económica, facultará a la D.G.A. a excluir de la licitación pública al oferente, declarándose la inadmisibilidad de su oferta, por resolución fundada, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el pliego de condiciones que rige la licitación. Es responsabilidad de los proponentes ingresar la oferta de la manera establecida en las Bases, entendiendo que la Comisión Evaluadora no está obligada a solicitar subsanar o aclarar la falta o la omisión de algún antecedente o documento que integre la propuesta. No obstante lo anterior, la D.G.A. podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar, a través del Sistema de Información, a cualquier oferente, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases, lo que será evaluado y resuelto por la D.G.A. Se deja presente que, las solicitudes de aclaración o subsanación son una prerrogativa que en ningún caso es obligatoria para los evaluadores, y solo podrá subsanarse o aclararse por los proponentes lo solicitado, esto en atención a los principios que deben resguardar quienes evalúan, de estricta sujeción a las Bases, y de igualdad entre los oferentes. En este caso, se aplicarán las reglas de evaluación, conforme a lo dispuesto en el numeral XIII “Apertura y Evaluación de las Ofertas” de este pliego de condiciones administrativas. Dicha solicitud se informará al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tratándose de oferentes inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, ChileProveedores, de la Dirección de Compras y Contratación Pública, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal electrónico www.chileproveedores.cl. Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los oferentes con motivo del estudio y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en favor de estos por ningún concepto.
VI. DERECHO A DECLARAR INADMISIBLES TODAS LAS PROPUESTAS Y DECLARAR DESIERTA LA LICITACIÓN PÚBLICA
La D.G.A. declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan los requerimientos establecidos en las Bases, por ejemplo, cuando se excedan los marcos presupuestarios disponibles. Por otra parte, declarará desierta la licitación pública si no se presentan ofertas o bien si estas no resultan convenientes a sus intereses, sin incurrir por todo ello en responsabilidad alguna por tratarse del ejercicio de potestades facultativas propias, así reconocidas expresamente por los proponentes. En ambos casos, dicha declaración será por resolución fundada, conforme con lo establecido en el artículo 9° de la Ley N° 19.886. La D.G.A. se reserva el derecho a no adjudicar a oferente alguno el presente llamado a licitación pública, en el evento de producirse un caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificado por el Servicio, que le impida continuar con el proceso. La D.G.A. rechazará de forma fundada, aquellas propuestas que no cumplan con lo exigido en las presentes bases de licitación. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
VII. REVOCACIÓN DE LA LICITACIÓN
La D.G.A. se reserva el derecho de revocar el presente proceso de licitación pública, aun existiendo ofertas. Esta revocación puede ser declarada de forma unilateral por la D.G.A. mediante acto administrativo fundado que así lo autorice y se podrá realizar hasta antes de adjudicado el procedimiento. No se devolverá la documentación que presenten los oferentes en esta eventualidad ni en ningún otro caso, salvo que la autoridad del Servicio la autorice expresamente, o bien, en el caso de las garantías de seriedad de la oferta entregadas por los participantes, si fuera el caso.
VIII. VALIDEZ DE LA OFERTA
Las ofertas tendrán una validez mínima de treinta (30) días corridos desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la D.G.A. podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de estas por igual período. El solo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto. No obstante, si la oferta presenta una validez mínima inferior a treinta (30) días corridos, la propuesta será rechazada por los evaluadores y declarada inadmisible por medio de acto administrativo de la Autoridad Competente, totalmente tramitado.
IX. PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la licitación pública, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso licitatorio, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de licitación, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de la oferta y ejecución del contrato que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia. Cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el convenio que de ello se derive. f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las Bases, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta reflejada en el presente proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.
X. ANTECEDENTES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
Una vez comunicada la adjudicación, la D.G.A. podrá requerir toda la información legal necesaria para la protección de sus intereses. En el caso que el proponente adjudicado sea una persona jurídica deberá acompañar, a petición de la D.G.A., en un plazo no superior a diez (10) días corridos, los siguientes antecedentes que deberán ser ingresados por medio de la Oficina de Partes de la D.G.A.: a) Copia simple del instrumento de constitución de la persona jurídica de que se trata, y de todas las modificaciones hasta la fecha de presentación de la propuesta. b) Copia simple de la escritura pública en que consten sus socios y representantes legales a la fecha de presentación de la propuesta. Si este antecedente ya consta en el instrumento de constitución, señalarlo expresamente. En el caso de las sociedades anónimas, se requerirá, además, presentar una copia del o los folios que correspondan del registro de accionistas de la compañía, u otro documento equivalente según su legislación de origen, en los que consten los accionistas de la sociedad. En caso de tratarse de una persona jurídica extranjera, deberá adjuntar copia íntegra y debidamente legalizada en Chile de su escritura de constitución y de la representación legal, además de todo documento que en su país sirva para acreditar la existencia y vigencia de la persona jurídica a la fecha de presentación de la propuesta. Por último, en el caso de tratarse de universidades, el decreto de nombramiento o acta de nombramiento del rector. c) Copia simple de inscripción con certificación de vigencia (sociedades) o certificado de vigencia extendido por la autoridad competente (otras personas jurídicas), con antigüedad no superior a seis (6) meses anterior a la fecha de cierre de presentación de ofertas. d) Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la empresa, emitido por la Dirección del Trabajo, de fecha no anterior a sesenta (60) días contados desde la fecha de cierre de la presentación de propuestas. e) Escritura Pública de constitución de la Unión Temporal de Proveedores en aquellas contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, la que deberá contener todas aquellas estipulaciones a las que se hace mención en la letra iv) del numeral V de estas Bases Administrativas (si fuera el caso). Si el proponente adjudicado no cumpliera con la obligación contenida en el párrafo primero dentro de plazo, la D.G.A. podrá adjudicar al siguiente proponente mejor evaluado, y así sucesivamente.
XI. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
No aplica en la presente licitación pública.
XII. COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas, técnica y económicamente, por una Comisión de Evaluación (en adelante e indistintamente, la “Comisión”), que estará conformada por tres (3) funcionarios de la D.G.A., quienes estarán sujetos a la Ley N° 20.730 que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante autoridades y funcionarios, solo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esas Comisiones. Los funcionarios que se designen podrán ser reemplazados por otros, debidamente especificados, en la eventualidad de que en el plazo establecido para la evaluación de las propuestas este no pueda cumplir con la labor. Serán funciones de la Comisión, una vez realizada la apertura de las ofertas, las siguientes: a) Revisar y evaluar los antecedentes que constituyen las ofertas (técnica y económica) de los proveedores, y rechazar aquellas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases. b) Solicitar a los oferentes, en caso de errores u omisiones meramente formales, detectados durante la evaluación, que salven dichos errores, dentro del marco establecido por el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, es decir, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. La Comisión concederá un plazo fatal para la corrección, lo que será informado a través del portal electrónico www.mercadopublico.cl y se contará desde efectuado el requerimiento. La D.G.A. no considerará las respuestas o antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo. Mediante la aclaración no podrán modificarse aspectos sustanciales de la propuesta, de tal forma que la oferta no podrá, mediante las aclaraciones, transformarse en otra diferente, ni constituir una nueva oferta. c) Establecer un ranking con todas las ofertas evaluadas. En él se ordenarán las ofertas, de acuerdo al puntaje que hayan obtenido luego de haberles aplicado los factores de evaluación con los correspondientes puntajes y ponderaciones que se indican en el numeral siguiente. d) La Comisión analizará las ofertas técnicas y las ofertas económicas presentadas por cada oferente en el plazo establecido en las Bases, y tendrá en cuenta los criterios y pautas señalados en este documento para la adjudicación. Durante el desarrollo de su trabajo, la Comisión podrá, requerir a los oferentes aclaraciones respecto de sus propuestas para efectos de la evaluación, y no podrá mantener contacto con ningún oferente que no hubiere sido previsto en las Bases, todo ello de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 39° del Reglamento de la Ley N° 19.886. En todo caso, las aclaraciones que se pidan y las que se den, ambas por escrito, no podrán alterar las Bases de la Licitación, ni la esencia de la oferta ni violar el principio de igualdad entre los oferentes. La Comisión levantará un acta con la evaluación de las ofertas de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 bis del Reglamento de Compras, en la cual consignará los puntajes obtenidos por cada oferente en los criterios a evaluar consignados en estas Bases. Dicha acta será suscrita por la referida Comisión y se publicará en el Sistema de Información, junto al acto administrativo que dé cuenta del resultado de la licitación pública.
XIII. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
El acto de apertura se efectuará a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral III de las presentes Bases Administrativas. A solicitud de la D.G.A., los oferentes deberán aclarar o subsanar su oferta a más tardar dentro de las 48 horas hábiles siguientes de recibida dicha solicitud, a través del Sistema de Información o, en su defecto, en caso de inoperatividad de dicha plataforma electrónica, ingresando los antecedentes requeridos en la Oficina de Partes de la D.G.A., en un sobre cerrado dirigido al Jefe del Departamento o División que llamó a la respectiva Licitación Pública, rotulado: “Antecedentes Complementarios Licitación Pública denominada “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA FUNCIONARIOS DE TERRENO DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE AGUAS DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO” y con el nombre del oferente. Si la Comisión lo estima pertinente, podrá solicitar a algún proponente, por escrito, por una sola vez, a través del portal www.mercadopublico.cl, precisiones sobre aspectos de su oferta técnica y/o económica, con el fin de aclarar puntos específicos de las respectivas postulaciones, los que pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del convenio (contrato), en caso de resultar adjudicado. También, podrá requerir documentación administrativa faltante y la aceptará siempre que esta haya sido emitida con anterioridad al plazo de presentación de las propuestas. En todo caso, tanto la solicitud de aclaraciones, como las respuestas del interesado, no podrán referirse a puntos que alteren elementos esenciales de la propuesta, ni vulnerar el principio de igualdad de los proponentes. Las respuestas deberán ser entregadas, mediante carta o formulario suscrito por el representante legal del proponente, dentro del plazo señalado por la Comisión, mediante el portal electrónico www.mercadopublico.cl. Las respuestas deberán ser puestas en conocimiento de todos los postulantes a través del portal antes señalado. Se aceptará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de estos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión Evaluadora de las Ofertas de la D.G.A. procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas Bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido. La calificación de las distintas propuestas y el correspondiente proceso de selección, se realizará en atención a los siguientes criterios de evaluación: N° CRITERIO DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN 1 Oferta Económica 50% 2 Plazo de Entrega de los Bienes 45% 3 Cumplimiento de Requisitos Formales 5% TOTAL: 100% 1. OFERTA ECONÓMICA (Ponderación: 50%) Se asignará 100 puntos a la oferta de menor precio unitario por producto ofertado, y a las demás ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (precio mín. /precio oferta)*100. 2. PLAZO DE ENTREGA DE LOS PRODUCTOS (Ponderación: 45%) Se le asignará el máximo puntaje al mínimo plazo de entrega ofertado (días corridos), y a las restantes ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula: (plazo mín./plazo oferta)*100. El plazo de entrega ofertado deberá indicarse en días corridos, y no podrá ser superior a siete (07) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de emisión de la orden de compra a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En caso que la propuesta sea superior a los plazos antes indicados, no indique plazo de entrega o no cumpla con las condiciones mínimas establecidas, la oferta será descartada y declarada inadmisible, por resolución fundada, por incumplimiento a las presentes Bases de Licitación. 3. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (Ponderación: 5%) La presentación correcta y oportuna por parte de los oferentes de sus respectivas ofertas, será evaluada de la siguiente forma: • La oferta presentada no contiene errores u omisiones formales y el formato utilizado corresponde al indicado en las Bases de Licitación = 100 puntos. • La oferta presentada contiene errores u omisiones formales y deben ser subsanadas por solicitud de la D.G.A., o la oferta administrativa, técnica y/o económica está en un formato distinto del indicado en estas Bases Administrativas y Técnicas, toda vez que los documentos solicitados y en el orden que han sido requeridos tienen por objeto hacer una evaluación de las mismas en una forma más expedita = 0 puntos. En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad: 1° Criterio 1: Oferta Económica disgregando por valor unitario por producto ofertado; 2° Criterio 2: Plazo de Entrega de los productos; 3° Criterio 3: Cumplimiento de Requisitos Formales. Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación. La oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de los criterios estipulados y sea conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación. Cualquier error de concordancia de la presente pauta de evaluación, será resuelto por la Comisión Evaluadora de la licitación, sin modificar en lo sustancial la lógica de objetividad de los criterios de evaluación. Es necesario tener presente, que en el caso de las UTP, estas tienen la obligación de informar inmediatamente a la D.G.A. sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de esta. La UTP debe continuar funcionando con, al menos, dos (2) integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia constituirá una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta. La Comisión levantará un Acta de Evaluación de la presente licitación (informe completo y fundado), con su propuesta de adjudicación a la autoridad competente, la que deberá adoptar la decisión final, a través de un acto administrativo fundado. Para resguardar la conveniencia de los intereses de la Institución, la Dirección General de Aguas, se reserva el derecho de adjudicar o no la licitación, cuando la nota de la oferta mejor evaluada sea inferior a 70.
XIV. ADJUDICACIÓN
La D.G.A. adjudicará la licitación pública mediante resolución fundada, que será notificada a los oferentes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, y se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en dicha plataforma electrónica. Se hace presente que la D.G.A., podrá adjudicar la licitación de manera múltiple por ítems a la o las ofertas que se consideren más adecuadas a sus objetivos, que cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases, conforme con los criterios de evaluación ya considerados, y que resulte conveniente al interés fiscal. Es preciso señalar, que no necesariamente se adjudicará la licitación pública a la empresa u oferente que presente la oferta más económica, dado que se evaluará si se ajusta técnicamente a lo requerido. En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado al efecto en el numeral III de las presentes Bases Administrativas, la D.G.A. informará en el portal www.mercadopublico.cl, las razones que justifiquen el incumplimiento del referido plazo, e indicará un nuevo plazo para ello. Los oferentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza. En el caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, ChileProveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación. Lo anterior, con el objeto de verificar la habilidad de los proveedores, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 19.886.
XV. NUEVA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
En caso que el adjudicatario se desistiera de su oferta o el oferente adjudicado no acreditara su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado o si el oferente adjudicado no presentara la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato (si fuera el caso) o no firmara el contrato correspondiente en el plazo establecido en las Bases y/o no aceptara la orden de compra y/o no pudiera cumplir con la prestación del servicio contratado, la D.G.A. podrá readjudicar la licitación pública al oferente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta mediante acto administrativo totalmente tramitado. En este caso, conforme con lo establecido en el numeral XI de las Bases Administrativas, se hará efectiva la garantía de seriedad de oferta (si fuera el caso).
XVI. PRESUPUESTO DISPONIBLE
El contrato dispone de un presupuesto máximo de $ 10.400.000-. (Diez millones cuatrocientos mil pesos),” ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA FUNCIONARIOS DE TERRENO DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE AGUAS DE LA REGIÓN DEL BIOBÍO”, impuestos incluidos, y no considera reajuste.
XVII. CONTRATO.
Formalización de los Contratos regido por la Ley 19.886. a) Contrataciones menores a 100 UTM. Los contratos cuyo monto sea menor a las 100 UTM, se formalizarán mediante emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor, a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Corresponderá al Inspector Fiscal, en el ejercicio de su deber de verificación de fiel y oportuno cumplimiento del contrato respectivo, corroborar que la orden de compra se encuentre en estado “aceptada” por el proveedor, dentro del plazo máximo de dos (2) días hábiles a contar de su emisión en el portal www.mercadopublico.cl. Lo anterior, no obsta al cumplimiento de las tareas/funciones establecidas en el Manual de Compras del Servicio por parte de los funcionarios que correspondan, y que intervengan en el proceso de adquisición, Nivel Central o Regional, según sea el caso. b) Contratos iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM. Por regla general, las contrataciones iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, requerirán la suscripción de un contrato (cabe hacer presente, que la garantía de fiel cumplimiento, si hubiese sido requerida, deberá presentarse de acuerdo con lo establecido en las bases o en los término de referencia, a más tardar, en forma coetánea a la firma del contrato, nunca con posterioridad a su suscripción). Una vez que el referido contrato de suministro o prestación de servicio respectivo haya sido firmado por las partes (la gestión de firmas debe coordinarse por los Coordinadores de Gestión, o en su defecto, por el Inspector Fiscal del área requirente o del área técnica respectiva), deberá ser sancionado por Resolución de la autoridad competente. Finalmente, luego de su aprobación mediante acto administrativo, la Unidad Administrativa que corresponda, deberá proceder al envío de la orden de compra respectiva a través del Portal Mercado Público. Dicha orden de compra, deberá ser aceptada por el proveedor, formalizándose en ese momento la contratación. No obstante, y de manera excepcional, las contrataciones de bienes y servicios iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM se formalizarán con la emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor, y aquello acontecerá siempre y cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación. Al respecto, corresponderá al área técnica (requirente) definir si un bien o servicio reviste de tales características, y de ello deberán dejar constancia expresa en las especificaciones de los bienes respectivos (Bases o Términos de Referencia, según sea el caso). Solo de esa manera, las contrataciones por los montos (rangos) indicados en el presente párrafo prescindirán de la firma o suscripción de contrato y se entenderán formalizados con la sola aceptación de la orden de compra. c) Contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM: Las contrataciones iguales o superiores a las 1.000 UTM, siempre y sin excepción alguna, requerirán la firma o suscripción de un contrato. Tal como se indicó en el punto anterior, El referido contrato deberá sancionarse por resolución de la Autoridad Competente, totalmente tramitada, y luego de esto, se podrá efectuar el envío de la orden de compra a través del sistema de información, la que deberá ser aceptada por el proveedor en el plazo establecido. Finalmente, cabe reiterar que, para todos los efectos, al tenor de la normativa vigente, los contratos de suministro de servicios regidos por la Ley N° 19.886, se entenderán formalizados, solo una vez que la orden de compra respectiva se encuentre en estado “aceptada” por parte del proveedor/contratista. d) Consideraciones con respecto a la aprobación de contrato mediante Acto Administrativo fundado por Autoridad Competente. No obstante que, con la firma o suscripción del contrato (o aceptación de la orden de compra, si fuera el caso) surgen los derechos y obligaciones entre las partes, es necesario que el texto íntegro del contrato (si fuera el caso, en los términos explicitados en las letras “b” y “c” anteriores) sea aprobada por Resolución Fundada de la Autoridad Competente, con el objeto de que se sancione, de forma inequívoca, la decisión o voluntad formal de la Autoridad de aprobar los respectivos convenios (contratos). Así, como bien ya e indicó, solo en forma posterior a la total tramitación del acto administrativo aprobatorio del contrato se podrá emitir la orden de compra, puesto que con la resolución fundada de la Autoridad respectiva se formalizará la decisión administrativa y se asumirá la obligación de pago por parte del Servicio. De acuerdo con lo dispuesto en el Numeral XVI de las presentes Bases, Titulado “PRESUPUESTO DISPONIBLE”, se dispone de un presupuesto máximo de $ 10.400.000.- (Diez millones cuatrocientos mil pesos), impuestos incluidos, y no considera reajuste. En razón de lo anterior, el presente contrato queda circunscrito a lo indicado en la Letra b) precedente, siendo su categoría la de “Contrataciones iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM”, debiendo, por tanto, darse cumplimiento lo dispuesto en ella para la formalización del respectivo contrato. Formarán parte integrante del contrato, los siguientes documentos: • La Ley Nº 19.886, de 2003, de bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. • El Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, y sus modificaciones. • La Resolución que aprueba las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos. • La serie de preguntas y respuestas, si las hubiere. • La oferta técnica y económica del adjudicatario. • La Resolución de Adjudicación que acepta la propuesta del adjudicatario. • Los antecedentes legales para contratar, que se detallan en el numeral X de las presentes Bases. • El Contrato y la resolución que lo aprueba (si fuera el caso). • La orden de compra respectiva. En caso que el adjudicatario no suscriba el contrato dentro del plazo citado, se tendrá a este como desistido de su oferta, debiendo hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la misma (si fuera el caso). La D.G.A. corroborará que el proveedor esté inscrito en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. De no ser así, el adjudicatario tendrá la obligación de inscribirse en dicho registro, en el plazo establecido en el numeral XIV “Adjudicación” de las presentes Bases, tras lo cual la D.G.A. podrá enviar la orden de compra respectiva. Si el adjudicatario se desistiera de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, de acuerdo con lo establecido en la letra a) de este numeral, o no cumpliera con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la D.G.A. podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al proponente que le siga en puntaje, dentro del plazo de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. a) Inicio y Vigencia del Contrato El inicio de las actividades objeto del contrato que se origine de la presente licitación, se hará efectivo a contar del día hábil siguiente a la fecha de emisión de la orden de compra en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Cabe señalar que, de conformidad con lo establecido en el artículo 63° del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, por tratarse de una adquisición cuyo monto total estimado es superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM, e involucra la compra de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación, según consta de las Bases Técnicas, el adjudicatario tendrá un plazo máximo de dos (2) días hábiles para aceptar la orden de compra en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl (a contar del día hábil siguiente a la fecha de su emisión). Si la referida orden de compra no fuera aceptada por el adjudicatario, la D.G.A. podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud, dejando sin efecto la contratación. b) Etapas del Contrato y Productos Asociados El contrato que se origine en la presente licitación pública se ejecutará en una (1) etapa, según la siguiente tabla: ETAPA PRODUCTO FECHA DE ENTREGA PAGO Única Entrega y recepción conforme de la totalidad de los productos ofertados por el proveedor y adquiridos por la D.G.A., de acuerdo con el procedimiento establecido en el numeral XXVI de las presentes Bases Administrativas. Entrega de los productos en el plazo ofertado por el proveedor. 100% c) Integración al Contrato Se deja constancia que todas y cada una de las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la licitación, se entenderán incorporadas sin necesidad de mención expresa en el contrato que se celebre con el adjudicado y este se hará responsable del cumplimiento de las obligaciones que de tales documentos se derivan. Por lo anterior, constituirán parte integrante del contrato, las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, las consultas, respuestas, aclaraciones, la oferta adjudicada y toda su documentación anexa, lo que se entenderá por enteramente reproducido en el mismo.
XVIII. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
No aplica para la presente licitación pública.
XIX. PROGRAMA DE TRABAJO DEFINITIVO
No aplica para la presente licitación pública.
XX. INTERPRETACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE TRABAJO
Toda discrepancia entre los distintos documentos del contrato, así como toda diferencia de interpretación de su contenido, será resuelta por el Director Regional de Aguas, Región de Biobío, sin perjuicio de las atribuciones legales correspondientes al Director General de Aguas, al Ministro de Obras Públicas, y al Contralor General de la República. Los requisitos mínimos establecidos en las bases del presente concurso prevalecerán sobre lo ofrecido por el contratista en su propuesta.
XXI. INSPECTOR FISCAL
La D.G.A., con el fin de velar por el buen y oportuno cumplimiento del contrato, designará un Inspector Fiscal y a un subrogante del mismo, quienes serán funcionarios profesionales de la D.G.A.
XXII. DEBERES Y FACULTADES DE LA INSPECCIÓN FISCAL
El Inspector Fiscal, será el encargado del cumplimiento cabal y oportuno de la oferta adjudicada (contrato), y tendrá los siguientes deberes y facultades: a) Relacionarse directamente con el proveedor/contratista de la Dirección General de Aguas. b) Fiscalizar el estricto y oportuno cumplimiento del contrato (por ejemplo: velar por el cumplimiento de los plazos estipulados; verificar la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si fuera el caso; corroborar que el contratista acate y cumpla en forma oportuna, con todas y cada una de las obligaciones establecidas en las bases y sus anexos; entre otras). Por lo tanto, el Inspector Fiscal deberá supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases, para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. c) Fijar las reuniones que estime necesarias, utilizando los medios formales. d) Dejar constancia en Actas firmadas por el proveedor/contratista y el Inspector Fiscal, de todas las definiciones y resoluciones respecto del desarrollo del contrato, enviando copia del Acta a su jefatura directa. En caso de Actas originadas en reuniones telemáticas, estas deberán ser suscritas por el Inspector Fiscal y el proveedor/contratista, en un plazo no superior a 72 horas, contado desde su finalización. e) Analizar y autorizar las prórrogas de plazos y/o modificaciones de productos de las Bases de Licitación, emitiendo el informe correspondiente, debidamente justificado, dirigido a la Autoridad Competente, de acuerdo con lo establecido en el pliego de condiciones que rige el contrato. f) Solicitar en forma oportuna, al Área Administrativa Regional, el acto administrativo correspondiente para formalizar posibles modificaciones al contrato, por necesidades de la D.G.A. g) Notificar, oportunamente, al proveedor/contratista y al Área Administrativa Regional de las falencias en el cumplimiento del contrato, ateniéndose a los mecanismos que se establecen en las Bases, y ejecutar las actividades necesarias para el cálculo y cobro de las multas y garantías. h) Informar al proveedor/contratista, de manera oficial y fundada de acuerdo con lo establecido en las Bases, acerca de las multas acaecidas en el ejercicio del contrato. i) Solicitar, cuando corresponda: i. La aplicación de multas, efectuando el cálculo correspondiente. ii. El cobro de garantías, de acuerdo con lo estipulado en las Bases. iii. El término administrativo y anticipado del contrato, cuando corresponda y así lo determine la D.G.A. j) Velar por la rápida gestión de las multas y sanciones, en los casos que corresponda. k) Coordinar con la Contraparte Técnica (si la hubiere), el envío de la información necesaria que respalde la recepción conforme, solicitudes de ampliación de plazos de entrega y/o ejecución, o cobro de multa y/o garantía. l) Efectuar la recepción conforme de los bienes y/o servicios, de acuerdo con las formalidades establecidas en las Bases, y enviarla al área que corresponda. m) Aprobar el pago, a través de la recepción conforme de los bienes y servicios (y sus respectivos documentos tributarios), considerando los descuentos y/o multas a que hubiere lugar, ajustándose al procedimiento descrito en las Bases, cuando corresponda. n) Supervigilar el cumplimiento de las obligaciones previsionales y de los derechos laborales con respecto a los trabajadores que se desempeñen en la Dirección General de Aguas y que mantengan una relación contractual con el proveedor adjudicado (contratista), manteniendo carpetas con liquidaciones y pagos previsionales al día por cada trabajador que esté destinado por el proveedor/contratista en las instalaciones de la D.G.A. y disponibles en caso de ser solicitadas por la Autoridad. Además, deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias sobre prevención de accidentes y enfermedades profesionales, cuando corresponda. o) Mantener actualizada una carpeta (expediente) física, electrónica o híbrida, de acuerdo con los lineamientos institucionales, con todos los antecedentes del contrato, informando de sus avances y de todo aspecto relevante, a su jefatura (Área o Unidad Requirente). p) Atender situaciones emergentes no consideradas, lo que deberá siempre ser propuesto para aprobación o rechazo de la Autoridad Competente, mediante el respectivo informe técnico o minuta técnica en la que deberá establecer los hechos que se deben considerar más su conclusión técnica, lo que no solamente deberá ser un detalle pormenorizado de los hechos, sino que temas técnicos relevantes que deberán ser considerados al momento de resolver. q) Y, en general, coordinar y desarrollar todas las acciones referidas de control y de gestión que faciliten la ejecución del contrato y cautelen los intereses fiscales. Cualquier duda o situación no contemplada en las presentes Bases, y que surja durante la ejecución de los trabajos o vigencia del contrato, será evaluada por el Inspector Fiscal y consultada entre las partes. En todo caso, previa consulta y negociación, primará lo que resuelva el Director Regional de Aguas, de la Región de Biobío, conforme lo consignado en el numeral XX de las presentes Bases Administrativas.
XXIII. CONSULTAS Y ACLARACIONES SOBRE LOS TRABAJOS
Las preguntas que el contratista estime necesario efectuar durante la ejecución del trabajo, solo serán consideradas si son dirigidas, por escrito, al Inspector Fiscal. Estas consultas serán resueltas, por escrito, por el Inspector Fiscal, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha de recepción de la consulta en la oficina de partes de la Dirección Regional de Aguas, de la Región de Biobío, ubicada en Av. Arturo Prat N| 501, 6° Piso, Concepción o bien, a través de la Oficina de Partes Virtual DGA (en el portal electrónico institucional de la Dirección General de Aguas www.dga.mop.gob.cl). De igual forma, el contratista solo podrá considerar válidas y oficiales las aclaraciones escritas, firmadas por el Inspector Fiscal.
XXIV. INGRESO DE DOCUMENTOS E INFORMES
La Oficina de Partes DGA ha dispuesto de dos canales oficiales para la recepción oficial de documentación, solicitudes e información relacionada a los procesos de adquisición. El primer canal para la recepción de documentación, corresponde a la Oficina de Partes que se encuentra ubicada físicamente en calle Arturo Prat 501, 6° Piso, Concepción edificio del Ministerio de Obras Públicas de la Región del Bíobío, en el horario de atención de público habilitado para estos efectos. A través de este canal, el interesado podrá ingresar toda documentación. Especialmente, a través de este medio, el interesado podrá ingresar cualquier tipo de Garantía. El segundo canal de recepción oficial es la Oficina de Partes Virtual (OPV) DGA, https://recepciondocumental.mop.gob.cl/, la cual está facultada para recepcionar la documentación y/o instrumentos electrónicos –que deberán ajustarse a la Ley Nº 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma– estos deberán suscribirse mediante firma electrónica avanzada. En este caso, se consideran especialmente, los Certificados de Fianza, Pólizas de Seguro, entre otras garantías que estén suscritas acorde a la Ley Nº 19.799. Para ambos canales de ingreso de documentación, solicitud y/o información, se debe adjuntar una carta conductora en la cual se identifique, a lo menos, los siguientes datos: 1.- Asunto del envío. 2.- ID de la Licitación Pública o nombre completo del contrato. 3.- Nombre completo del Inspector Fiscal o Inspectora Fiscal a quien va dirigida la comunicación. 4.- Departamento/División/Unidad DGA ejecutora del contrato. 5.- Detalle resumido de la documentación y/o información que compone la comunicación que se remite a la D.G.A. Es de responsabilidad del Contratista/Proveedor solicitar, mantener y resguardar el número de registro de la admisión que asigne la DGA, al momento de recibir la documentación. Los documentos, solicitudes o informaciones que no cumplan con los puntos precedentes, se entenderán como no recibidos oficialmente por el Servicio.
XXV. APROBACIÓN DE ETAPAS
No aplica para la presente licitación pública.
XXVI. APROBACIÓN FINAL DE LOS EQUIPOS
• Plazo de Entrega: Los equipos (productos o accesorios, según corresponda), deberán ser entregados en el plazo estipulado por el adjudicatario (proveedor), no pudiendo ser este superior a siete (7) días corridos, contados desde el día hábil siguiente a la emisión de la orden de compra a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. Si el plazo de entrega recayera en día inhábil (sábado, domingo o festivo), se entenderá prorrogado al día hábil siguiente. • Condiciones de Entrega: El adjudicatario (proveedor) deberá entregar los equipos (productos o accesorios), en el plazo ofertado, para que estos sean revisados por el Inspector Fiscal, quien a su vez tendrá tres (3) días hábiles, contados desde su recepción, para su revisión. Si ninguno presenta fallas, se aceptará su entrega a conformidad de la D.G.A., para lo cual el Inspector Fiscal levantará un acta de la recepción. En caso contrario, el proveedor dispondrá de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por el Inspector Fiscal, para entregar los productos o accesorios en perfecto estado. En el caso que los productos sean rechazados nuevamente, el Inspector Fiscal enviará oficio al proveedor informando un plazo perentorio de tres (3) días hábiles, para subsanar las observaciones realizadas. Dicho plazo estará sujeto a las multas correspondientes. Si el adjudicatario no hace entrega de los equipos (productos o accesorios) a conformidad de la D.G.A. dentro del plazo estipulado, facultará a la D.G.A. para terminar el contrato por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor (numeral XXVIII de las Bases Administrativas).
XXVII. PAGOS Y MULTAS
a) Forma de Pago El pago se efectuará en un plazo de treinta (30) días corridos contados desde la presentación de la factura o documento tributario de cobro, previa recepción conforme de los productos por parte del Inspector Fiscal de la D.G.A. La Dirección General de Aguas pagará los trabajos realizados específicamente de acuerdo a la programación por etapas de revisión de proyectos, la cual será establecida por la Inspección Fiscal y quedará registrada en una minuta de entrega y recepción de proyectos, la cual se explica en las Bases Técnicas. Los bienes (productos o accesorios) serán financiados por la asignación correspondiente al presupuesto de que dispone la Dirección General de Aguas. Los pagos al proveedor se realizarán bajo condición de cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Que el Inspector Fiscal haya aprobado los bienes adquiridos por la D.G.A., mediante un acta suscrita en la que da su conformidad (Acta de Recepción). 2. Que el Contratista o Proveedor realice su cobro mediante facturación electrónica, que deberá ser emitida a nombre del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, RUT: 61.202.000-0, ingresando en su archivo XML de factura, el código de unidad de pago 1070, y descripción de unidad de pago: DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS REGION DE BIOBIO, según Instructivo del MOP sobre facturación electrónica, cuyos principales puntos se indican en el Anexo Nº 4. 3. Además, el proveedor deberá indicar en el documento tributario respectivo, el número de la orden de compra (OC). Las facturas y/o boletas correspondientes serán visadas, además, por el Jefe de la Unidad de Hidrología DGA Región del Biobío. Una vez adjudicado el servicio, el adjudicatario deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Anexo N° 5, denominado “Autorización de Pagos a Través de Bancos (Anexo Trámite Digital DCyF)” con el objeto de autorizar a la Dirección de Contabilidad y Finanzas (DCyF), del Ministerio de Obras Públicas, a efectuar el pago por medio de transferencia bancaria, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 8º, de la Ley Nº 21.516, indicando al efecto Banco, cuenta corriente, chequera electrónica o cuenta vista, cuenta RUT, nombre o razón social a quien se deba efectuar dicha transferencia, RUT, correo electrónico. Si el contratista no ha realizado el trámite en Tesorería MOP, deberá rellenar el Anexo N° 5 “Autorización Pagos a través de Bancos (Trámite Digital DCyF)”, ya no es firma notarial es todo digital. En atención a la Ley Nº 21.131, que establece pago a treinta días, el pago del saldo insoluto contenido en la factura o documento tributario de cobro, deberá ser cumplido de manera efectiva en el plazo máximo de treinta (30) días corridos contado desde la recepción de la factura o boleta. Cabe hacer presente, que en ausencia de mención expresa en la factura y su copia transferible del plazo de pago, se entenderá que deberá ser pagada dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o boleta. Cabe hacer presente, que la Ley Nº 21.131, de pago a treinta días, permite a las partes establecer un plazo mayor, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos y formalidades, tales como que: el acuerdo de estipular un plazo de pago mayor conste por escrito, siendo suscrito por todas las partes, además que, este no constituya abuso para el acreedor; y finalmente sea inscrito en el registro que lleva el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo para este efecto, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde su celebración. Es importante destacar que para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente el Inspector Fiscal certifique la recepción conforme de los bienes o servicios adquiridos, sin ello, no podrá proseguirse con el proceso de pago. b) Multas El contratista será sancionado con multa, en caso de incumplimiento en la entrega: (i) De los trabajos en los plazos ofertados para la revisión del Inspector Fiscal, quien tendrá cinco (5) días corridos para efectuar la revisión de los mismos; o, (ii) De los trabajos que cuenten con las modificaciones solicitadas por el Inspector Fiscal y a conformidad de este, dentro del plazo de cinco (5) días corridos y cinco (5) días hábiles, contados a partir de la remisión del correo electrónico con las observaciones realizadas por el Inspector Fiscal, conforme lo dispuesto en el numeral XXV “Aprobación de Etapas” de las presentes Bases Administrativas. La multa será de 2% del valor neto del equipo (producto o accesorio) que cuente con atraso, por cada día corrido de atraso. Estas multas serán exigibles de inmediato y descontadas de la más próxima factura o documento tributario de cobro que presente el contratista o de cualquier suma que se le adeude o adeudase, con motivo del contrato que se origine de la presente licitación, o le serán cobradas judicialmente, si así lo estima conveniente la D.G.A. Si el valor total acumulado de las multas excede del 10% del valor del contrato, la D.G.A. podrá ponerle término anticipado y cobrar las garantías. En todo caso, si el incumplimiento es grave, antes de acumular un 10% del valor del contrato, la D.G.A. podrá poner término anticipado al mismo, haciendo efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Verificado el incumplimiento de contrato, la D.G.A. notificará por escrito al contratista, comunicando las causales o razones que se tienen en vista para la aplicación de la multa con indicación de su cálculo y monto, o en su caso, para poner término anticipado al contrato. El contratista, por su parte, dispondrá de un plazo de tres (3) días hábiles desde la notificación para efectuar sus descargos, resolviendo la D.G.A. mediante resolución fundada, si acepta los mismos o ratifica la aplicación de la multa o el término contractual, para tal efecto la autoridad deberá pronunciarse en el plazo de cinco (5) días hábiles. En contra de esta última resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley N° 19.880. No procederá el cobro de las multas y sanciones señaladas previamente, si se estableciera la concurrencia de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente acreditado por el proveedor, de acuerdo con los artículos 45 y 1547 del Código Civil, o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, lo que será calificado como tal por la D.G.A., mediante resolución fundada, sobre la base del estudio de los antecedentes respectivos (documentación de respaldo). Nota: Para el efecto señalado en el acápite que antecede, el proveedor deberá comunicar al Inspector Fiscal, por escrito, y dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde producido dicho evento o antes del vencimiento del plazo correspondiente (según sea el caso), la ocurrencia del hecho que impide el cumplimiento de sus obligaciones contractuales, adjuntando toda la documentación de respaldo necesaria para validar el imprevisto. Al respecto, el Inspector Fiscal confeccionará una minuta y enviará toda documentación a la Autoridad Competente, sugiriendo aprobar o rechazar, fundadamente, el caso fortuito o fuerza mayor alegado por el proveedor. Toda solicitud que se presente fuera de plazo no tendrá validez y el proveedor deberá asumir las multas y sanciones que correspondan. La D.G.A. resolverá sobre la aplicación de multas considerando los antecedentes pertinentes.
XXVIII. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. La D.G.A. y el contratista podrán modificar o dar término anticipado al contrato, de común acuerdo, cuando a juicio de ambas partes, se hayan hecho presente motivos necesarios para la modificación del contrato o que hagan imposible su cumplimiento y cuya solución no esté contemplada en el contrato. En este caso, no corresponderá pagar indemnización. 2. Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones contraídas por el contratista, tales como, por ejemplo: • Si el contratista no destina personal en la cantidad y de la calidad indicada en su propuesta o recursos suficientes que, a juicio de la Dirección General de Aguas, ponga en peligro la ejecución del trabajo en la forma convenida. • Si la D.G.A. considera que el contratista ha incurrido en negligencia, lo que se traduce en que la calidad del trabajo ejecutado no corresponde a lo estipulado en el contrato. • Si existen causas graves imputables al contratista que, a criterio de la D.G.A., impidan una correcta ejecución de los trabajos contratados (por ejemplo, haber incurrido en el delito de plagio). • Si el contratista transgrede lo estipulado en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y sus Anexos y/o en el contrato que se suscriba, para la ejecución de la prestación de servicios. • Si el contratista no diera cumplimiento a los requerimientos o instrucciones de la D.G.A. que se hubiesen previamente establecido en el requerimiento técnico, lo que será determinado por el Servicio de manera fundada. • Si el contratista efectuara la cesión del contrato. • Si el contratista no entregara la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato de reemplazo, en caso de haberse hecho efectivo su cobro. • Cualquier acción u omisión efectuada por la empresa, que dificulte u obstaculice el cumplimiento de los fines propios de la Dirección General de Aguas. 3. La quiebra o el estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato. 6. Por término de la existencia jurídica y/o natural del contratista. Producidas cualquiera de las causales enumeradas (salvo aquellas indicadas en los números 1, 4 y 6) u otras señaladas en los documentos del contrato, la D.G.A. notificará por escrito al contratista la causal del incumplimiento, fijándole un plazo perentorio para que lo solucione o corrija. Si transcurrido este plazo el contratista no ha solucionado o corregido la causal de incumplimiento, la D.G.A. pondrá administrativamente término anticipado al contrato. En este caso, no corresponderá indemnizar al contratista y se harán efectivas las garantías del contrato. Solo se pagarán los servicios ejecutados y recibidos a plena conformidad de la D.G.A. En caso de término anticipado del contrato, el contratista deberá satisfacer íntegramente los servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido término. No obstante lo anterior, se deberá estar a lo dispuesto en el artículo 79 ter del Reglamento de Compras.
XXIX. NORMAS DE TRABAJO
No aplica para la presente licitación pública.
XXX. PRÓRROGA DE PLAZOS
Si el proveedor estimara necesario solicitar una prórroga en los plazos para la entrega de los trabajos y/o ejecución de los servicios, deberá basar su solicitud ya sea por fuerza mayor o un atraso por parte del Servicio en la entrega de algún insumo básico para la realización y/o ejecución de los mismos. Esta solicitud, por causa justificada, deberá presentarse antes del vencimiento del plazo correspondiente, por escrito, a través de la Oficina de Partes de la D.G.A. de la Región de Biobío (u Oficina de Partes Virtual DGA), dirigida al Inspector Fiscal, quien deberá aprobar o rechazar las justificaciones entregadas, enviando luego toda la documentación para que sea resuelto finalmente por el Director Regional de Aguas, de la Región de Biobío. Toda solicitud que se presente fuera de plazo no tendrá validez, y el contratista deberá asumir las multas y sanciones que correspondan. En caso de atraso o incumplimiento injustificado de la entrega o ejecución del bien o servicio, la D.G.A. resolverá sobre la aplicación de multas considerando los antecedentes pertinentes. Todo aumento de plazo deberá ser justificado, y deberá solicitarse antes del vencimiento del mismo.
XXXI. MODIFICACIÓN DE PRODUCTO
No aplica para la presente licitación.
XXXII. MARCAS O EQUIVALENTES
Cualquier mención a marcas y/o modelos respecto de lo solicitado, es solo referencial, razón por la que cada oferente podrá ofertar equivalentes del mismo, siempre y cuando cumpla con los requisitos mínimos establecidos en el pliego de condiciones que rige la presente licitación, conforme con lo preceptuado en la normativa vigente de compras y contratación pública.
XXXIII. DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Para todos los efectos del contrato que se suscriba entre la D.G.A. y el contratista, las partes fijarán domicilio en la ciudad de Santiago de Chile, prorrogando la competencia ante los Tribunales Ordinarios de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras que correspondan a la Contraloría General de la República (CGR).
BASES TÉCNICAS
1. INTRODUCCIÓN En la actualidad, los funcionarios de la Dirección Regional de Aguas, los cuales conforman las Unidades de Hidrología, Departamento de Administración de Recursos Hídricos, Fiscalización y otras, son los encargados en terreno de monitorear, gestionar y fiscalizar los recursos hídricos en las fuentes naturales de la Región del Biobío, y debido a la naturaleza de sus funciones, se requiere que el personal que realiza estas labores en terreno se encuentre equipado con sistemas de seguridad y equipamiento adecuado a los lugares y a las situaciones en las que desarrollan sus funciones. 2. OBJETIVO Adquirir los elementos de seguridad y equipamiento personal, según se detalla en las presentes Bases Técnicas, los cuales son indispensables para las actividades realizadas en terreno por los funcionarios de la Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío. Atendido el monto estimado, y por tratarse de la adquisición de bienes que revisten el carácter estándar de simple y objetiva especificación, según consta de las presentes Bases Técnicas, la/s contratación/es que se origine/n de este concurso, se formalizará/n mediante la emisión de la orden de compra (OC) y su aceptación por parte del o los proveedores, en los términos dispuestos en el artículo 63° del Reglamento de la Ley N° 19.886, aprobado por el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda 3. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS Las características técnicas mínimas requeridas para cada uno de los elementos solicitados son las siguientes: DETALLE CANTIDAD IMAGEN REFERENCIAL Chaqueta para Alta Montaña Hombre • Protección Impermeable no debe penetrar el agua o humedad • Con aislamiento para viento, térmica • Costuras totalmente selladas • Transpirables • Cierres de puño con velcro • Capucha ajustable. (o de características superiores a las antes indicadas) S= 0 M= 0 L= 2 XL= 3 TOTAL: 5 UND. (Chaqueta ELEVATION Hombre) DETALLE CANTIDAD IMAGEN REFERENCIAL Chaqueta Hombre • Impermeable • A prueba de viento • Costuras totalmente selladas • Transpirables • Cierres de puño con velcro • Capucha ajustable. (o de características superiores a las antes indicadas) S= 1 M= 0 L= 4 XL= 4 TOTAL: 9 UND. Chaqueta Mujer • Impermeable • A prueba de viento • Costuras totalmente selladas • Transpirables • Cierres de puño con velcro • Capucha ajustable. (o de características superiores a las antes indicadas) XS=1 S= 1 M= 2 L= 1 TOTAL: 5 UND. DETALLE CANTIDAD IMAGEN REFERENCIAL Polar para Alta Montaña Hombre • Cuello alto • Cierre frontal completo, Polartec® High Loft para mantener abrigado en cordillera nieve. • Puños y pretina elasticadas. • Orificios para los pulgares en las mangas. • Cierres YKK. • Calce Regular. (o de características superiores a las antes indicadas) L= 2 XL= 3 TOTAL: 5 UND. INNOMINATA PRO ML JACKET MEN Polar Mujer • Cuello alto • Cierre frontal • Calce estándar • Bolsillos laterales (o de características superiores a las antes indicadas) S= 1 TOTAL: 1 UND DETALLE CANTIDAD IMAGEN REFERENCIAL Pantalón filtro UV Hombre • Pantalón desmontable • Tratamiento repelente al agua • UPF +30 • Cintura ajustable • Cierres YKK • Bolsillos laterales • Calce regular. (o de características superiores a las antes indicadas) S=2 L=6 XL= 2 TOTAL: 10 UND Pantalón filtro UV Mujer • Pantalón desmontable • Tratamiento repelente al agua • UPF +30 • Cintura ajustable • Cierres YKK • Bolsillos laterales • Calce regular. (o de características superiores a las antes indicadas) S=1 M= 2 TOTAL: 3 UND. DETALLE CANTIDAD IMAGEN REFERENCIAL Pantalón para Alta montaña • Tejido impermeable y transpirable GORE-TEX PACLITE®. • 100 % costura sellada. • Cierres laterales en los tobillos con broches en los bordes. • Bolsillos delanteros con cierre. • Bolsillo trasero con cierre. • Cintura elástica con cordón. (o de características superiores a las antes indicadas) L= 2 XL= 3 TOTAL: 5 UND Pantalón impermeable para hombre • Tejido impermeable y transpirable. • 100 % costura sellada. • Cierres laterales de longitud completa con solapas. • Bolsillos delanteros con cierre para las manos. (o de características superiores a las antes indicadas) L=2 TOTAL: 2 UND Pantalón impermeable para mujer • Tejido impermeable y transpirable. • 100 % costura sellada. • Cierres laterales de longitud completa con solapas. • Bolsillos delanteros con cierre para las manos. (o de características superiores a las antes indicadas) M= 1 TOTAL: 1 UND DETALLE CANTIDAD IMAGEN REFERENCIAL Camisa Trekking manga larga • Tela Respirable y de rápido secado • Protección UPF+30 • Cuello abotonado • Bolsillo con botón a la altura del pecho • Mangas remangables con botón interno • Calce Regular (o de características superiores a las antes indicadas) S=1 M= 1 L= 4 XL= 2 TOTAL: 8 UND. BlusaTrekking manga larga • Tela Respirable y de rápido secado • Protección UPF+30 • Cuello abotonado • Bolsillo con botón a la altura del pecho • Mangas remangables con botón interno • Calce Regular (o de características superiores a las antes indicadas) S=1 M= 1 L= 1 TOTAL: 3 UND. DETALLE CANTIDAD IMAGEN REFERENCIAL Bototo mujer • Ideal para entrenamiento de montañismo y hiking. • Índice de flexión: A6. • Suela: Vibram® Flextron II. • Material: Double Engineered Mesh. • Capellada: GORE-TEX® Footwear. (o de características superiores a las antes indicadas) 36= 1 37= 1 39,5= 1 40= 1 TOTAL: 4 UND. Bototo hombre • Ideal para entrenamiento de montañismo y hiking. • Sistema de cordones: Estándar. • Suela: Vibram® Flextron II. • Material: Double Engineered Mesh. • Capellada: GORE-TEX® Footwear. (o de características superiores a las antes indicadas) 38= 1 40= 1 41= 2 42= 3 43= 1 29 cm= 1 30 cm= 1 TOTAL: 10 UND. DETALLE CANTIDAD IMAGEN REFERENCIAL Bototo Hombre para Alta Montaña • Cuello flexible • Gore-Tex • Sistema 3F • Caída: 15 mm (Altura de la pila del talón 31 mm / Altura de la pila de los dedos 16 mm) • Ajuste: Ancho • Cordones: cordón redondo largo de escalada • Segmento de la suela: Montañismo - Compatible con crampones • RSE: Fundación Fair Wear • Plantilla: entresuela Bilight, compatible con crampones semi automático, rígida: nailon + 27 % fibra de vidrio. • Forro: membrana impermeable y transpirable GORE-TEX® Performance Confort • ENTRESUELA: TPU • Suela Vibram flexible y adherente para una pisada segura óptima • Empeine: nubuk de 1,8 mm, sistema 3F con cables de acero, banda completa de goma de 360°, tejido muy resistente al desgaste (o de características superiores a las antes indicadas) 42= 3 44= 1 47= 1* *(equivalencia 30,5 cm) TOTAL: 5 UND. MERCURY IV MID GTX MEN DETALLE CANTIDAD IMAGEN REFERENCIAL Guantes Térmicos Hombre • Protección Impermeable • Térmico • Ajustable • Liviano • Color Negro (o de características superiores a las antes indicadas) L= 2 TOTAL: 2 UND. DETALLE CANTIDAD IMAGEN REFERENCIAL Calcetines Térmicos Hombre Diseñados para mantener los pies calientes y secos. Fabricación con materiales especiales para el aislamiento térmico y protección contra la humedad y el viento. (o de características superiores a las antes indicadas) 39 al 41= 2 TOTAL: 2 UND. DETALLE CANTIDAD IMAGEN REFERENCIAL Sombrero tipo legionario • Secado rápido • Respirable • Protección rayos UV • Correa ajustable (o de características superiores a las antes indicadas) TOTAL: 6 UND. 4. ENTREGA DE LOS BIENES (EQUIPOS O ACCESORIOS) La entrega de los elementos y accesorios se efectuará en dependencias de la D.G.A., ubicadas en calle Av. Arturo Prat N° 501, piso 6, Concepción; previa coordinación con el Inspector Fiscal, en los siguientes horarios:  Lunes a Jueves: de 09:00 a 16:00 horas; o,  Viernes: de 09:00 a 15:00 horas.  Se excluyen los días sábado, domingo y festivos. El Inspector Fiscal indicará el lugar para acopiar los bienes (productos o accesorios) que deberá entregar el proveedor. Asimismo, el proveedor deberá disponer del equipamiento y personal necesario para descargar, trasladar, depositar y realizar la entrega de los bienes en dependencias de la D.G.A.. Es importante destacar que la D.G.A. no se hace responsable de los riesgos de accidentes durante el proceso de descarga, transporte y depósito de los bienes. Por lo tanto, el proveedor deberá tomar las medidas de seguridad necesarias para su personal de servicio. 5. CAMBIOS DE TALLA Y GARANTÍA TÉCNICA a. Cambios de talla El proponente deberá ofrecer, en su oferta técnica y/o económica, un plazo mínimo de dos (2) meses a contar de la recepción conforme de los productos, para posibles cambios de talla de cada artículo, en cuyo caso, los valores no pueden ser distintos a los ofertados y deberán mencionar modalidad o sucursal disponible para ello. b. Garantía Técnica El oferente, en su propuesta técnica y/o económica, deberá considerar una garantía mínima de seis (6) meses por productos defectuosos, fallas de fabricación, o cualquier daño, falla o deterioro que no sea imputable al usuario del mismo. Importante: De acuerdo con lo establecido en el numeral IX de las Bases Administrativas y conforme lo señalado en el Anexo N° 1 “Declaración Jurada Simple”, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, el oferente se obliga a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, por tal razón, si el proponente no indica expresamente el plazo mínimo garantizado por cambio de talla o garantía técnica, se entenderá que, en su oferta, acepta tres o seis meses de garantía, por cambio de talla o productos defectuosos, según corresponda, de acuerdo con lo establecido en los numerales 5.1 y 5.2 de las presentes Bases Técnicas. No obstante, si el proponente indica de manera expresa, periodos de garantías inferiores a los exigidos en las presentes Bases, su oferta será descartada y declarada inadmisible, por resolución fundada de la Autoridad Competente. c. Contrato No se suscribirá contrato por cuanto, de manera excepcional, las contrataciones de bienes y servicios iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM se formalizarán con la emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor, cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación, lo que es aplicable a la presente adquisición.