Resolución de Empates |
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes
respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el
mayor puntaje en la evaluación técnica. En caso de que se mantenga la situación
de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación
al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el factor “Calificación del Equipo
- Profesionales del Proyecto”. De mantenerse la situación previamente descrita,
como tercer mecanismo de desempate, se establece la adjudicación al proveedor
que haya obtenido el mayor puntaje en el factor 1 “Calidad del Proponente”.
Finalmente, si todavía existe empate, como regla final de clausura se adjudicará al
proponente que primero haya ingresado su oferta al portal www.mercadopublico.cl.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Una condición ineludible para cursar el pago de las facturas, será la aceptación de
la orden de compra en www.mercadopublico.cl, la presentación, por parte de la
empresa proveedora, de la acreditación del pago al día de las cotizaciones
previsionales de sus trabajadores dependientes que presenten servicios a la DPP y
estar vigente en Estado Hábil en el Registro de Proveedores. En caso que la
empresa que sea adjudicada en la presente licitación registre saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o
con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago
producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se
encuentran liquidadas al cumplirse 6 (seis) meses del período de ejecución del
contrato. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa
contratada dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo
llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Defensoría, a través de la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes
que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o los
que adviertan en el posterior proceso de revisión de las ofertas, y/o solicitar
información complementaria a los oferentes para clarificar la información entregada,
siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran
a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores,
esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de
igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a
través del Sistema de Información del portal Internet de compras públicas,
www.mercadopublico.cl.
En los casos, en que se solicite rectificar errores u omisiones formales, la Comisión
Evaluadora podrá otorgar un plazo de 2 días hábiles, para que él o los oferentes
subsanen la omisión, complementan Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación
de las presentes bases de licitación pública, aquél o aquellos oferentes que
presentaren antecedentes administrativos fuera de plazo destinado para la
recepción de ofertas indicado en el artículo 7º de las presentes bases y respecto de
los cuales se haga efectiva la facultad especial de la Comisión de solicitud de
corrección o complementación, en conformidad a lo establecido en el inciso 2º del
artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compras, serán sancionados en el puntaje
correspondiente a la completitud de la oferta, (Criterio N°4 “Requisitos formales de
presentación de la oferta”).
De acuerdo a lo anterior, la DPP se reserva el derecho de declarar desierta la
licitación, de desestimar, desechar, y aceptar, cualquiera de las ofertas
presentadas, independiente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera
al interés fiscal. La comisión evaluadora, en representación del Servicio, se reserva
el derecho a exigir información adicional y/o verificar la veracidad de la información
provista. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación
detallada en el artículo 20º de las presentes Bases. En tales casos, los oferentes no
podrán reclamar indemnización alguna en contra de la DPP.
Todas las consultas que efectúe la Comisión se realizarán por medio de publicación
en el Portal de Internet de compras públicas, www.mercadopublico.cl.
Finalmente, la Comisión podrá designar una subcomisión técnica de profesionales
expertos, para que la apoye en el proceso de evaluación de las ofertas, en
conformidad a lo establecido en el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Compras,
y de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderación del artículo siguiente,
dejando constancia en las actas respectivas de la designación y de los informes que
esta subcomisión le proporcione.
información o corrijan el error en las
formalidades requeridas. Si él o los oferentes no dan respuesta en el plazo
establecido y del modo indicado, la incidencia que ello tenga en la evaluación de la
propuesta será de exclusiva responsabilidad del proponente. Esta solicitud deberá
efectuarse mediante publicación destinada a todos los oferentes en el portal de
compras públicas, www.mercadopublico.cl, desde esta fecha de publicación se
deberá contabilizar el plazo para subsanar los errores u omisiones.
En el evento que el plazo de 2 días hábiles, a que se hace referencia anteriormente,
concluya después de las 18:00 horas, se extenderá hasta las 10:00 horas del día
hábil siguiente. En el caso de que la solicitud corresponda a archivos o documentos,
deberán ser enviados a través de la plataforma de compras públicas,
www.mercadopublico.cl. La Comisión tendrá expresamente facultades para aceptar
propuestas que presenten defectos menores de forma, que constate en el proceso
de evaluación, siempre que ello no confiera a los oferentes una situación de
privilegio respecto de los demás competidores; de igual forma, podrá rechazar las
ofertas que no se ajusten a las Bases, de forma previa a la evaluación técnica y
económica.
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