BASES ADMINISTRATIVAS |
ARTÍCULO 1º: NORMATIVA Y TIPO DE LICITACIÓN
La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y estas Bases, que se encuentran conformadas por Bases Administrativas y Técnicas, además de sus Anexos.
Las presentes Bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de formular una oferta.
La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:
1. Modificaciones que se introduzcan a las Bases Administrativas y Técnicas que se aprueban por este acto.
2. Las consultas a las Bases formuladas por los oferentes y las respectivas respuestas evacuadas por SERNAGEOMIN.
3. Las aclaraciones que se efectúen a las Bases de iniciativa de SERNAGEOMIN.
4. Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
5. Los antecedentes solicitados a cada postulante.
6. Las aclaraciones a las ofertas que solicite SERNAGEOMIN.
7. El acto administrativo que adjudica la presente licitación pública
8. El acto administrativo que apruebe el contrato de prestación de servicios.
9. Las órdenes de compra que se emitan al proveedor.
Se deja constancia que la presente licitación contempla la opción de adjudicación simple y total, mediante la cual SERNAGEOMIN busca seleccionar la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, adjudicando en su caso la licitación a un solo oferente.
Adicionalmente, se deja constancia de que, atendida la emergencia que se encuentra atravesando nuestro país por el brote del COVID-19, lo que configura una situación de caso fortuito que habilita la adopción de medidas extraordinarias de gestión, en caso de que existan circunstancias que impidan la realización de aquellos trámites o gestiones de carácter presencial previstos en estas Bases, SERNAGEOMIN podrá resolver la eliminación de dichos trámites, o bien la regulación de otros mecanismos, modalidades y/u horarios especiales para efectuar las respectivas gestiones, como asimismo se encontrará facultado para suspender los plazos previstos en estas Bases o extender su duración, sobre la base de la situación de caso fortuito que se viene produciendo. Las definiciones que se adopten en ejercicio de esta facultad, serán formalizadas mediante aclaraciones a estas Bases efectuadas en conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo sobre “Consultas, aclaraciones y modificaciones”.
ARTÍCULO 2º: COMUNICACIONES Y PLAZOS
Todas las comunicaciones que deban efectuarse con motivo de esta licitación pública, con anterioridad a la adjudicación de la misma deberán canalizarse exclusivamente por medio del portal de internet www.mercadopublico.cl. Durante el período indicado no se aceptarán ni responderán comunicaciones planteadas por un conducto diferente al señalado, sin perjuicio de otras vías de comunicación que se encuentren expresamente previstas en estas Bases, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 27 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Los plazos a que se haga referencia en estas Bases son de días corridos, salvo que se señale expresamente lo contrario.
Cuando el último día del plazo recaiga en día sábado, domingo o festivo, este se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Se deja constancia de que, tratándose de presentaciones o gestiones que en conformidad a estas Bases deban realizarse presencialmente en alguna oficina o dependencia de SERNAGEOMIN, deberán considerarse las limitaciones derivadas del horario de funcionamiento de la respectiva oficina o dependencia informado en la página web institucional www.sernageomin.cl, el que puede variar atendida la situación de emergencia que se encuentra enfrentando el país por el brote del Coronavirus 2019 (COVID-19), siendo exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar periódicamente la referida página, como asimismo las respuestas y aclaraciones que pueda emitir al respecto SERNAGEOMIN, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y efectuar las respectivas presentaciones o gestiones dentro del plazo definido al efecto.
ARTÍCULO 3º: PARTICIPANTES
Podrán participar y presentar ofertas aquellas personas naturales y jurídicas, que tengan interés en ello, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente.
Podrán participar también grupos de personas jurídicas o naturales que se unan para presentar una oferta en conjunto, en cuyo caso, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escrito y como escritura pública para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia que el acuerdo en que conste la unión temporal deberá establecer, a lo menos, lo siguiente:
a. Identificación de sus integrantes
b. La solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN. Por lo anterior, las partes no podrán establecer en el acuerdo, cláusulas de exención o de limitación de responsabilidad para alguno de los integrantes.
c. El nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, quien deberá ser aquel que presente su oferta en el portal www.mercadopublico.cl. Dicha designación deberá recaer en alguno de los integrantes de la Unión, o sus representantes, no pudiendo ser designado un tercero ajeno a ésta.
d. La vigencia de la unión temporal no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, considerando su eventual renovación.
Será obligación de la Unión Temporal de Proveedores dar aviso inmediato a SERNAGEOMIN en caso de retiro de uno o más de sus integrantes, o en caso de modificación de la unión, debiendo acompañarse el respectivo documento modificatorio.
Se deja constancia de que, tanto las Uniones Temporales de Proveedores que participen en la presente licitación, como SERNAGEOMIN, deberán ceñirse a las disposiciones del artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886 y a las recomendaciones contenidas en la Directiva N° 22 de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sobre “Orientaciones sobre la participación de las uniones temporales de proveedores en los procesos de compra”, disponible en disponible en http://www.chilecompra.cl/category/centro-de-documentación/normativa/directivas-de-compra/.
ARTÍCULO 4°: INHABILIDADES Y PROHIBICIONES
Los oferentes no podrán incurrir en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en el inciso 1° del artículo 4° de la Ley Nº 19.886, para cuyo efecto el proponente deberá suscribir la Declaración Jurada Simple disponible en la plataforma de mercado público al momento de subir su oferta. Asimismo, el respectivo proponente deberá suscribir la Declaración Jurada Simple que se acompaña como Anexo Nº 1 de estas Bases.
Sin perjuicio de lo anterior, se deja constancia de que no podrán contratar con SERNAGEOMIN aquellos participantes que se encuentren en una o más de las situaciones que se indican a continuación:
1. Incurrir en las inhabilidades o prohibiciones que a continuación se indican, señaladas en el inciso 6°, del artículo 4°, de la Ley Nº 19.886, para cuyo efecto el adjudicatario deberá suscribir la declaración jurada que se acompaña como Anexo Nº 2 de estas Bases:
a) Ser funcionario directivo de SERNAGEOMIN, o tener respecto de alguno de dichos directivos los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado (cónyuge, hijo, adoptado, o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive);
b) Ser una sociedad de personas en la que formen parte los funcionarios directivos de SERNAGEOMIN, o las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b), del artículo 54, de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;
c) Ser una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas indicadas en la letra a) anterior sean accionistas;
d) Ser una sociedad anónima abierta en que alguna de las personas indicadas en la letra a) precedente sea dueña de acciones que representen el 10% o más del capital.
e) Ser gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
2. Haberle sido aplicada, por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, la medida de prohibición de contratar a cualquier título con órganos públicos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos o empresas o servicios en lo que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, en conformidad a lo dispuesto en la letra d), del artículo 26, del Decreto Ley N° 211, de 1973. Para estos efectos, el adjudicatario deberá suscribir la declaración jurada que se acompaña como Anexo Nº 2 de estas Bases.
3. Tratándose de entidades privadas, encontrarse incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, para cuyo efecto el adjudicatario deberá acompañar certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y de remuneración.
4. Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, tener condena vigente que le prohíba celebrar actos con los Órganos de la Administración del Estado, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 20.393, para cuyo efecto SERNAGEOMIN consultará el Registro de personas jurídicas a las que se ha impuesto esta pena, que mantiene la Dirección de Compras y Contratación Pública.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo 3° precedente, las causales de inhabilidad establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la unión individualmente considerado, debiendo en consecuencia suscribir cada uno de ellos la correspondiente Declaración Jurada que se acompañan como Anexo Nº 1 y Nº 2 de estas Bases, y presentar los certificados que correspondan. En caso de afectar una causal de inhabilidad a un integrante de la unión, esta deberá decidir si continuará el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
ARTÍCULO 5°: CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES.
Los oferentes podrán formular consultas a las Bases, a través del foro que estará habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, dentro de los 10 días corridos siguientes a la publicación del llamado. Dichas consultas serán respondidas por esa misma vía, dentro de los 5 días corridos siguientes al vencimiento del plazo anterior.
No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto al efecto.
Asimismo, a través del portal, SERNAGEOMIN podrá efectuar a iniciativa propia aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al décimo quinto día corrido siguiente a la publicación del presente llamado a licitación.
Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. Lo anterior es sin perjuicio de las medidas extraordinarias por caso fortuito, que se formalizarán mediante aclaraciones en los términos dispuestos en el artículo 1 de estas Bases.
Sin perjuicio de lo señalado, SERNAGEOMIN podrá también modificar las presentes Bases antes del cierre de recepción de ofertas, ya sea por iniciativa propia o con motivo de una consulta o aclaración solicitada por alguno de los interesados.
Las modificaciones que se introduzcan formarán parte integrante de las Bases y estarán vigentes desde la total tramitación del respectivo acto administrativo, el que deberá considerar un aumento prudencial del plazo para la presentación de ofertas, a fin de que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
En todos los casos, será obligación de los interesados, revisar periódicamente el proceso de licitación, por medio del portal www.mercadopublico.cl, y considerar para la preparación de sus ofertas las respuestas y aclaraciones emitidas por SERNAGEOMIN, como asimismo toda modificación introducida a las Bases.
ARTÍCULO 6º: FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de Internet www.mercadopublico.cl, no estarán sujetas a condición alguna y serán de carácter irrevocable.
No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado, salvo en los casos previstos en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886, en cuyo caso las ofertas deberán presentarse en soporte papel y entregarse dentro del plazo y hora señalado en el artículo sobre “Plazo de Presentación de las Ofertas”, en Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María 0104, comuna de Providencia, en sobre cerrado dirigido al Director Nacional del SERNAGEOMIN, con indicación del N° de ID de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl, rotulado “Licitación Análisis Peligro de Remoción en Masa, región de Arica y Parinacota”
Cada oferta que se realice deberá efectuarse respecto de todos los requerimientos previstos en las presentes bases, sin que sea posible efectuar ofertas parciales.
Se deja constancia que un mismo oferente NO podrá presentar más de una oferta.
ARTÍCULO 7º: GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Para tener derecho a participar en la licitación, cada oferente deberá entregar una garantía de seriedad de su oferta PAGADERA A LA VISTA, DE EJECUCIÓN INMEDIATA Y CON CARÁCTER DE IRREVOCABLE, expresada en pesos chilenos, por la suma de $8.000.000 (ocho millones de pesos), sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente según el valor de la UF a la fecha de emisión del mismo.
La vigencia de dicha garantía no podrá ser inferior a 60 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, señalado en el artículo 8° sobre “Plazo de Presentación de las Ofertas” contemplado en las presentes Bases.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Tratándose de garantías otorgadas de manera electrónica, éstas deberán ser presentadas conjuntamente con los antecedentes generales de los oferentes en el portal www.mercadopublico.cl
En caso que la Garantía de Seriedad de la Oferta sea otorgada físicamente, el original de la misma deberá presentarse en soporte papel y entregarse dentro del plazo y hora señalado en el artículo sobre “Plazo de Presentación de las Ofertas”, en la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María Nº 0104, primer piso, comuna de Providencia, en sobre cerrado dirigido al Subdirector Nacional de Geología, con indicación del N° de ID de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl, rotulado “Licitación para el estudio “Análisis Peligro de Remoción en Masa, Región de Arica y Parinacota”.
La garantía de seriedad podrá consistir en uno cualquiera de los siguientes instrumentos, u otro que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con todas las condiciones dispuestas en el presente artículo:
- Boleta de Garantía Bancaria tomada a favor de SERNAGEOMIN, RUT N° 61.702.000-9, que deberá contemplar la siguiente glosa: “Para Garantizar a SERNAGEOMIN la Seriedad de la Oferta Presentada por la Empresa …………………………….. en Licitación Pública para la contratación del estudio “Análisis Peligro de Remoción en Masa, región de Arica y Parinacota”, código BIP 40017755-0”
- Vale Vista nominativo, a nombre de SERNAGEOMIN, RUT N° 61.702.000-9
- Certificado de Fianza, emitido por una Sociedad de Garantía Recíproca, extendido a nombre de SERNAGEOMIN, RUT N° 61.702.000-9, que deberá contemplar la frase “PAGADERO A PRIMER REQUERIMIENTO” o “A LA VISTA” y la siguiente glosa, u otra que dé cuenta de la obligación que garantiza: “Para garantizar a SERNAGEOMIN la seriedad de la oferta presentada por la empresa …………………………….. en licitación pública para la contratación del estudio “Análisis Peligro de Remoción en Masa, región de Arica y Parinacota”, código BIP 40017755-0”.
Si encontrándose próxima la fecha de vencimiento o caducidad de la garantía de seriedad otorgada, aún estuviere en curso el proceso de adjudicación o suscripción del contrato, los oferentes o el adjudicatario en su caso, deberán prorrogar su vigencia o tomar una nueva garantía en las mismas condiciones exigidas para la caución primitiva, a total satisfacción de SERNAGEOMIN. De lo contrario, se entenderá que se desisten de su oferta.
Cobro de la Garantía de seriedad de la oferta.
Esta garantía se hará efectiva, especialmente, en los siguientes casos:
a) Si el proponente se desiste de su oferta, salvo la situación prevista en el inciso precedente y en el inciso segundo del artículo “De la vigencia de las ofertas” de las presentes Bases de Licitación.
b) Si el proponente presenta una oferta que carece de seriedad, y/o es manifiestamente errónea o induce a error, y/o contiene información falsa o adulterada, parcial o no vigente, y/o está formulada en términos técnicos o económicos no ajustados a la realidad.
c) Si el proponente, sus representantes o el personal dependiente de aquel, en su oferta presentada en esta licitación, no actuaren éticamente, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
i. Dar u ofrecer obsequios y/o regalías al personal de SERNAGEOMIN, que pudiera implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el proponente y SERNAGEOMIN.
ii. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la evaluación de las ofertas, adjudicación, o emisión de la póliza a que dé lugar la presente licitación.
iii. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar las decisiones de SERNAGEOMIN.
d) Si siéndole adjudicada la licitación:
i. No se encuentra inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, dentro del plazo señalado en el artículo “Antecedentes a entregar previo a la firma del contrato” contemplado en estas Bases, o
ii. No entrega las Declaraciones Juradas señaladas en el artículo “Antecedentes a Entregar Previo a la Firma del Contrato” contemplado en estas Bases, dentro del plazo establecido por SERNAGEOMIN al efecto.
iii. No proporciona los antecedentes legales que le fueren solicitados u otros necesarios para elaborar el contrato respectivo, dentro del plazo establecido por SERNAGEOMIN al efecto, o
iv. No entrega la garantía de fiel cumplimiento de contrato en el plazo fijado por SERNAGEOMIN para ello, o
v. No suscribe el contrato dentro del plazo fijado por SERNAGEOMIN para hacerlo.
e) Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, si esta se disuelve, o bien, si uno de sus integrantes se retira de la unión, y la adjudicación se debió a características personales o cualidades especiales aportadas por ese mismo integrante, que fueron evaluadas y determinantes para resultar adjudicados.
f) Si siendo el adjudicado extranjero, no otorga y/o constituye mandato con poder suficiente o la constitución de una sociedad de nacionalidad chilena o agencia de la extranjera en Chile, para la celebración del contrato, cuyo objeto comprenda la ejecución de dicho contrato.
Respecto de las uniones temporales de proveedores, las causales de la letra d) i, ii y iii afectan a todos sus miembros.
2. Devolución de la garantía de seriedad de la oferta
La garantía de seriedad de la oferta entregada por el oferente cuya oferta haya sido aceptada, se le devolverá una vez que suscriba el contrato correspondiente y contra la recepción conforme de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
A los participantes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles, se les devolverá la garantía dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad.
Atendidos los plazos considerados y la posibilidad de readjudicar la licitación, prevista en el artículo “De la adjudicación y readjudicación” de estas Bases, a los demás participantes, esto es, aquellos cuyas ofertas hayan sido desestimadas, se les devolverá la garantía una vez suscrito el contrato correspondiente con el proveedor adjudicado o readjudicado, según corresponda, o en su defecto, dentro del plazo de 50 días hábiles contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la adjudicación original.
En caso que la licitación sea declarada desierta, las garantías de seriedad que se hubieran entregado se devolverán dentro de los 10 días hábiles contados desde que se encuentre totalmente tramitada la respectiva Resolución.
La devolución de las garantías se efectuará mediante el retiro de las mismas desde la Unidad de Custodia, que efectúe el representante legal del respectivo oferente o un tercero debidamente mandatado al efecto.
ARTÍCULO 8º: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán presentarse dentro de los 20 días corridos siguientes a la publicación de estas Bases en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta las 12:00 horas del último día del plazo, a menos que el último día del plazo recaiga en día lunes, o en un día hábil inmediatamente siguiente a un feriado, en cuyo caso las ofertas podrán presentarse hasta las 15:00 horas. No se aceptarán ofertas presentadas después del día y hora dispuestos al efecto.
Con todo, en caso de indisponibilidad técnica del portal www.mercadopublico.cl, durante este período, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte papel, dentro de los 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, en virtud de lo establecido en el N° 2, del artículo 62, del Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
ARTÍCULO 9º: CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán contener en formato electrónico o digital:
I. Antecedentes Generales del Proponente:
A. Tratándose de Personas Jurídicas
1. Declaración Jurada Simple debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las prohibiciones previstas en el inciso 1° del artículo 4° de la Ley Nº 19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº 1 de estas Bases).
B. Tratándose de Personas Naturales
1. Declaración Jurada Simple debidamente completa y firmada, que dé cuenta que el proponente no incurre en ninguna de las prohibiciones previstas en el inciso 1° del artículo 4° de la Ley Nº 19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº 1 de estas Bases).
C. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores
1. Documento que formaliza la unión, el que debe dar cuenta a lo menos del acuerdo para participar de esta forma, el nombre o razón social y el RUT de cada una de las personas naturales o jurídicas que integrarán la Unión Temporal de Proveedores, de la solidaridad establecida entre los participantes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, y del nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, de acuerdo a los requisitos exigidos en el artículo 3° “Participantes”, de las presentes bases.
2. Declaraciones Juradas Simples de cada uno de las personas naturales o jurídicas que forman la unión temporal, debidamente completas y firmadas, que den cuenta que el respectivo integrante no incurre en ninguna de las prohibiciones previstas en el inciso 1° del artículo 4° de la Ley Nº 19.886 (según formulario contenido en Anexo Nº 1 de estas Bases).
II. Oferta Técnica
La Oferta Técnica deberá ajustarse a lo previsto en el apartado denominado “Bases Técnicas”, y cumplir con todo el contenido señalado en el artículo “Contenido de la Oferta Técnica” previsto en el referido apartado, debiendo presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl en la sección anexos técnicos.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, los integrantes de la misma determinarán, cuando corresponda, qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
III. Oferta Económica
En el formulario electrónico del portal www.mercadopublico.cl se deberá informar el precio total neto del servicio expresado en pesos chilenos y sin impuestos.
Adicionalmente, deberá presentarse a través del portal, el Detalle de Oferta Económica que se acompaña como Anexo N°3, de estas Bases, en que se indique el valor total neto del servicio a contratar y la naturaleza y cuantía de los impuestos que afectan al servicio / producto ofrecido, y que en consecuencia deberán ser aplicados sobre el monto neto señalado en el formulario electrónico.
Se hace presente que la evaluación económica de las ofertas se realizará en base a la información contenida en los referidos Anexo N° 3, de manera que los oferentes que no lo acompañen debidamente completo, no serán evaluados por resultar INADMISIBLES.
Es importante señalar que todos los costos en que incurra el oferente adjudicado estarán dentro del valor ofertado; por tanto, el SERNAGEOMIN no incurrirá en gastos ni costos adicionales al valor adjudicado.
Las ofertas económicas, con impuesto incluido, deberán enmarcarse dentro del presupuesto disponible, que asciende a $ 159.906.000 (ciento cincuenta y nueve millones novecientos seis mil pesos) el que se encuentra ajustado a las condiciones reales y actuales del mercado y en caso de sobrepasar dicho monto, estas ofertas quedarán fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar inadmisibles.
En caso de que se presente disconformidad entre los precios informados por el oferente en el formulario electrónico y los precios señalados en el Anexo N°3, primará el precio informado en el referido Anexo.
Asimismo, en caso de que se presente disconformidad entre los precios y/o impuestos desglosados informados por el oferente en el Anexo N°3 y la suma total señalada en el mismo Anexo, primará el precio total con IVA incluido informado, y se procederá a ajustar el monto proporcionalmente, de manera que la suma del precio e impuestos en su caso, cuadre con el precio total con IVA incluido informado por el oferente.
Si la licitación resulta adjudicada a un oferente cuya propuesta económica haya presentado la disconformidad señalada precedentemente, al momento de emitir la correspondiente orden de compra en el portal www.mercadopublico.cl, deberá dejarse constancia en las observaciones de la misma, del precio indicado en el Anexo N° 3, ajustado, en su caso, en la forma indicada en el inciso precedente.
ARTÍCULO 10: PACTO DE INTEGRIDAD.
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12 y 16, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen, directa o indirectamente, en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Se deja expresa constancia de que toda referencia al “oferente” efectuada en este artículo se hace extensiva al respectivo adjudicatario y/o contratista.
El incumplimiento por parte del oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, de uno o más de los compromisos asumidos en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas Bases, acarreará la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, procediéndose a ejecutar la respectiva garantía de seriedad de la oferta o de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.
ARTÍCULO 11º: DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas mantendrán su vigencia por un plazo de 60 días corridos, contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas.
Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, SERNAGEOMIN podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas hasta por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
ARTÍCULO 12°: APERTURA DE LAS OFERTAS
La apertura electrónica de las propuestas se efectuará el día del vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, a las 16 horas.
Se levantará un Acta de Apertura Electrónica emitida en el portal www.chilecompra.cl, en la cual se dejará constancia del día y hora de la apertura, de la individualización de los oferentes y de la aceptación o rechazo de sus ofertas, señalando en su caso el fundamento del rechazo, como asimismo, cualquier otro hecho relevante.
ARTÍCULO 13°: REVISIÓN DE LAS OFERTAS Y SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES.
Sólo se aceptarán Ofertas enviadas electrónicamente vía el portal www.mercadopublico.cl.
y respecto de participantes que hayan presentado la Garantía de Seriedad de la Oferta exigida.
Las propuestas en que no se acompañe Garantía de Seriedad de la Oferta, o en que se haya acompañado una Garantía de Seriedad de la Oferta que no cumple con alguno de los requisitos señalados en el artículo sobre “Garantía de Seriedad de la Oferta” de las presentes Bases de Licitación, serán rechazadas, devolviéndoseles a los respectivos participantes los antecedentes que hayan presentado en soporte físico, en la medida que así lo soliciten.
Tratándose de una unión temporal de proveedores, sólo se aceptarán ofertas presentadas por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión.
De la misma manera, se procederá a rechazar aquellas propuestas presentadas por participantes que no hayan remitido su oferta técnica y su oferta económica, electrónicamente, a través del portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual se aceptarán ofertas que no hayan adjuntado algún anexo técnico, documento o antecedente, en aquellos casos en que las presentes Bases contemplen expresamente como sanción para la falta de información, la asignación de una determinada nota en la evaluación del correspondiente factor.
Lo anterior no obsta a que cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas, invalide aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas Bases.
SERNAGEOMIN solicitará a los oferentes que salven los errores u omisiones formales detectados en el acto de apertura o en el posterior proceso de revisión de las ofertas, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Para estos efectos, se otorgará un plazo de 48 horas corridas contadas desde la publicación de este requerimiento en el Sistema de Información, para que el oferente subsane la omisión de las formalidades requeridas, pero será sancionado en la calificación de su oferta, específicamente en el factor “Presentación Formal de las Propuestas”, según lo estipulado en el artículo sobre “Evaluación de las Ofertas” contenido en estas Bases.
Transcurrido el plazo otorgado sin que el participante subsane los errores u omisiones señaladas, se declarará inadmisible sin más trámite su oferta, salvo en los casos en que las presentes Bases contemplen expresamente como sanción para la falta de información, la asignación de una determinada nota en la evaluación del correspondiente factor.
En todos los casos, será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitará la subsanación de errores u omisiones detectados y/o los antecedentes o certificaciones omitidos, debiendo enviar oportunamente los antecedentes requeridos.
ARTÍCULO 14°: SOLICITUD DE ACLARACIONES A LAS OFERTAS
SERNAGEOMIN podrá solicitar a los oferentes, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones con respecto a sus ofertas o la complementación de alguna información. Las aclaraciones que se pidan o que se den, o la información que se solicite o se acompañe, no podrán alterar la oferta o el precio de la misma, ni violar el principio de igualdad entre los oferentes y el de estricta sujeción a las Bases.
Asimismo, SERNAGEOMIN podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Será exclusiva responsabilidad de los interesados, revisar permanentemente la funcionalidad denominada “Aclaración ofertas”, disponible en el portal www.mercadopublico.cl, a través de la cual se solicitarán las aclaraciones que correspondan, y enviar oportunamente la información requerida.
ARTÍCULO 15º: EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Las ofertas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora integrada por los siguientes funcionarios:
a. Director Regional de Sernageomin Arica y Parinacota.
b. Jose Manuel Bucarei Ramirez, Encargado de Administración y Finanzas, Dirección Regional SERNAGEOMIN, región de Arica y Parinacota.
c. Encargado/a de la Unidad de Peligros Geológicos y O.T. del Sernageomin.
d. María Francisca Falcón Hernández, Geóloga Unidad de Peligros Geológicos y O.T. del Sernageomin.
En caso de ausencia o impedimento de algún integrante titular de la Comisión Evaluadora, nombrase en calidad de reemplazante del ámbito técnico a la funcionaria:
e. Paola Ramirez Carvallo, Geóloga de la Unidad de Peligros Geológicos y Ordenamiento Territorial.
En caso de modificaciones la integración de la Comisión Evaluadora estará disponible, oportunamente, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública del portal www.mercadopublico.cl.
La evaluación se realizará sobre la base de los siguientes criterios, factores, subfactores, y ponderaciones:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
Oferta económica 20%
Experiencia de la empresa 35%
Experiencia del jefe de proyecto 30%
Presentación formal de la propuesta 15%
TOTAL 100%
Cada uno de los criterios indicados, con sus respectivos factores y subfactores, serán evaluados de acuerdo al siguiente detalle.
CÁLCULO DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN
I. OFERTA ECONÓMICA.
La evaluación de la oferta económica se hará atendiendo al anexo N° 3
Las ofertas económicas que superen el presupuesto disponible, que asciende a la suma de $ 159.906.000.- (ciento cincuenta y nueve millones novecientos seis mil pesos) incluido el valor del servicio, impuestos que lo afecten, y cualquier otro costo que de acuerdo a lo dispuesto en las Bases de Licitación sea de cargo del oferente.
En consecuencia, las ofertas que excedan dicha cifra se consideraran fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar INADMISIBLES.
El precio más económico tendrá la nota máxima, y las demás ofertas serán evaluadas de acuerdo con la siguiente fórmula: (menor precio / precio de la oferta evaluada) x 7 20%
La no presentación del anexo N°3 o su no completitud y las ofertas que excedan dicha cifra se considerarán fuera de Bases y no serán evaluadas por resultar INADMISIBLES”
II. EXPERIENCIA DE LA OFERENTE (persona natural o persona jurídica)
La experiencia del proveedor en la prestación de servicios de similares características, tanto en los objetivos, alcances y actividades deberá acreditarse e informarse mediante el anexo N° 4. Se considerará el número de proyectos y/o estudios similares ejecutados y terminados en los últimos 60 meses, anteriores a la fecha de publicación de la presente licitación.
Sernageomin queda facultado para verificar que la información, por tanto, si no incorpora datos de contacto verificable, la oferta queda fuera de evaluación y será declarada inadmisible.
El proponente acredita su experiencia, informando 5 o más proyectos y/o estudios de remociones en masa de similares características en los últimos 60 meses. Nota 7 35%
El proponente presenta 3 o 4 proyectos y/o estudios de remociones en masa de similares características en los últimos 60 meses. Nota 5
El proponente presenta 2 proyectos de remociones en masa de similares características en los últimos 60 meses. Nota 3
El oferente no presenta el anexo N°4, o si en el referido anexo solo informa 1 proyecto y/o estudio de remociones en masa de similares características o no acredita la información, la oferta quedará fuera de evaluación y en consecuencia será declarada INADMISIBLE
Queda fuera de evaluación
III. EXPERIENCIA DEL JEFE DE PROYECTO (COORDINADOR DEL ESTUDIO).
La experiencia del Jefe de Proyecto (Coordinador del Estudio), ejerciendo como tal en la prestación de servicios de similares características, deberá acreditarse e informarse los proyectos de zonificación de peligros de remociones en masa, escalas entre 1:50.000 y 1:250.000, equivalentes en cuanto a los objetivos, alcances, actividades, metodologías afines y envergadura del estudio que se licita, en que ha participado, que se encuentren ejecutados y terminados, mediante el anexo N°5
Sernageomin queda facultado para verificar que la información sea verídica, por tanto, si no incorpora en el anexo N° 5 los datos de contacto verificable, no será considerado en la evaluación.
5 o más proyectos y/o estudios en la materia y en el rol de Jefe de Proyecto (Coordinador del Estudio). Nota 7 30%
3 o 4 proyectos y/o estudios en la materia y en el rol de Jefe de Proyecto (Coordinador del Estudio). Nota 5
2 proyectos y/o estudios en la materia y en el rol de Jefe de Proyecto (Coordinador del Estudio). Nota 3
El oferente no presenta el anexo N°5, o si en el referido anexo solo informa 1 proyecto y/o estudio de remociones en masa de similares características en que la persona que se propone como jefe de proyecto lo haya sido o no acredita la información, la oferta quedará fuera de evaluación y en consecuencia será declarada INADMISIBLE. Queda fuera de la evaluación
IV. PRESENTACION DE LA PROPUESTA
Presenta todos los antecedentes solicitados dentro del plazo 7 15%
Presenta los antecedentes omitidos dentro del plazo 2
No informa y no subsana dentro del plazo Queda fuera de la evaluación
Cada factor será calificado conforme la ponderación recién señalada, informando las razones o fundamentos tenidos en consideración para el otorgamiento del puntaje asignado.
SERNAGEOMIN se reserva el derecho de verificar los antecedentes presentados por los oferentes.
Resolución de Empates
En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo quedando ambas en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:
1. Experiencia del oferente
2. Experiencia del Jefe de Proyecto
3. Oferta Económica
4. Cumplimiento de Presentación formal de la propuesta
En caso de que una vez aplicadas las reglas referidas aún se mantenga el empate, se preferirá la oferta que primero haya sido ingresada electrónicamente al portal www.mercadopublico.cl.
De la evaluación resultante, se elaborará un Acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora. Dicha Acta dará cuenta de lo siguiente:
a) Los errores u omisiones de fondo que se hayan constatado en el proceso de revisión de las ofertas desarrollado con posterioridad a la apertura, dejando constancia en consecuencia de las ofertas que no fueron evaluadas por no cumplir con los requisitos establecido en las Bases, y especificando los artículos que habrían sido vulnerados y la forma como se configuró dicha vulneración.
b) Los errores u omisiones formales detectados tanto en el acto de apertura como en el posterior proceso de revisión de las ofertas, señalando si se solicitó la subsanación a través de foro inverso, y dando cuenta de si fueron subsanadas en tiempo y forma o no.
c) La evaluación de las ofertas que resultaron admisibles, señalando los criterios y ponderaciones utilizados, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la aplicación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
d) El Acta de Evaluación indicará con claridad a cuál oferente se sugiere adjudicar la licitación, o propondrá declarar desierto el proceso, en caso de que las ofertas presentadas no sean convenientes para los intereses de SERNAGEOMIN, o si ninguna de ellas resulta admisible por no cumplir los requisitos solicitados en las presentes Bases.
SERNAGEOMIN se reserva el derecho de adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aun cuando su oferta no sea la de más bajo precio, o rechazar fundadamente todas las ofertas por inconvenientes, declarando en este caso desierta la licitación.
ARTÍCULO 16º: DE LA ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN
Mediante la dictación de la correspondiente resolución fundada, SERNAGEOMIN podrá:
a. Declarar inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases.
b. Declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando estas no resulten convenientes a sus intereses.
c. Adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, aun cuando su oferta no sea la de más bajo precio.
La adjudicación se efectuará mediante el correspondiente acto administrativo de SERNAGEOMIN, dentro de 25 días corridos contados desde el vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, notificándose dicho acto administrativo mediante su publicación en el Sistema de Información.
Este plazo podrá extenderse, debiendo informarse esta situación en el Sistema de Información, indicando la nueva fecha para la adjudicación, asimismo las razones que justifican esta ampliación de plazo.
Dicho acto administrativo deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las Bases, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de la Ley N°19.886, aprobado por Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, señalando las notas que obtuvo en cada uno de ellos y las razones que justifican el puntaje otorgado.
Las consultas y/u observaciones respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 3 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del aplicativo de gestión de reclamos disponible en la plataforma www.mercadopublico.cl
Readjudicación
En caso que el adjudicatario no se encuentre inscrito y hábil en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de proveedores del Estado, o se desistiera de su oferta, no acepta la orden de compra en el plazo de dos días desde que le fue despachada o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para formalizar la contratación, como entregar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en los plazos que se establecen en las presentes Bases, se entenderá que este no acepta la adjudicación, pudiendo SERNAGEOMIN readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de 20 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Los oferentes ubicados en los lugares segundo, tercero o siguientes, en su caso, deberán cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de la documentación correspondiente, dentro del plazo de 5 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
Por su parte, en caso de que uno o más integrantes de una Unión Temporal de Proveedores no cumplan la exigencia de encontrarse inscrito y hábil en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado y/o les afecta alguna causal de inhabilidad, la Unión Temporal deberá comunicar a SERNAGEOMIN dentro del plazo de 5 días corridos señalado en el inciso precedente, si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La posibilidad de elección prevista en el inciso anterior, no procederá en caso que el integrante de la unión que no cumpla la exigencia y/o a quien le afecta la inhabilidad, haya reunido una o más características objeto de evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión de Proveedores. En tal caso, se entenderá que la Unión de Proveedores adjudicada no acepta la adjudicación, pudiendo SERNAGEOMIN adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar, el tercero o los siguientes en la evaluación, conforme a lo regulado en los incisos precedentes.
ARTÍCULO 17º: DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Resuelta la adjudicación de la oferta, se celebrará el contrato correspondiente, que será redactado por SERNAGEOMIN dentro de 15 días corridos siguientes contados desde la notificación efectuada en conformidad al artículo precedente, a menos que SERNAGEOMIN requiera de un mayor lapso para un mejor estudio de los antecedentes del caso, debiendo la entidad adjudicataria entregar dentro de plazo y en la forma y condiciones establecidas más adelante, una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas.
El contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de SERNAGEOMIN, pudiendo contemplar especialmente las relativas al cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social entre el adjudicatario y sus dependientes.
ARTÍCULO 18°: ANTECEDENTES A ENTREGAR PREVIO A LA FIRMA DEL CONTRATO
Para proceder a la firma del contrato, el oferente adjudicado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.chileproveedores.cl.
En caso de que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito y hábil en dicho Registro, deberá obtener ese estado en el plazo de 5 días corridos desde que el SERNAGEOMIN le comunique la adjudicación de su oferta.
Tratándose de una Unión de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo denominado “Participantes” de estas Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá encontrarse inscrito y hábil en el Registro señalado. En caso de que uno o más integrantes de la unión no cumplan dicha exigencia, ésta deberá decidir si se desiste de su participación en el respectivo proceso o si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes de la misma, siempre que el integrante inhábil de la unión temporal que se retira no haya reunido una o más de las características que fueron objeto de la evaluación de la oferta, en cuya virtud se haya decidido adjudicar la licitación a la respectiva Unión de Proveedores. La decisión que se adopte deberá ser comunicada por escrito por el representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión, dentro del plazo de 5 días corridos, contados desde que se le notifique la decisión de adjudicársele la licitación.
Previo a la suscripción del contrato el adjudicatario deberá entregar a SERNAGEOMIN, la información y documentación que a continuación se indica:
i. Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato.
ii. Declaración jurada que dé cuenta de que no incurre en las inhabilidades o prohibiciones señaladas en el inciso sexto, del artículo 4°, de la Ley Nº 19.886, ni le ha sido impuesta por el Tribunal de la Libre Competencia, la prohibición prevista en le letra d), del artículo 26, del Decreto Ley N° 211, según formato que se acompaña como Anexo N° 2 de estas Bases. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo sobre “Participantes” de las presentes Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá hacer entrega de sus respectivas declaraciones.
iii. En caso de que el adjudicatario sea una entidad privada, certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N° 30, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N° 319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del artículo 183-C, inciso segundo, del Código del Trabajo.
iv. En caso de que el adjudicatario sea una persona jurídica, deberá hacer entrega de una declaración jurada que contenga la identificación de sus socios y accionistas principales. Se exceptúan sin embargo de dicha obligación, los adjudicatarios cuya información relativa a composición societaria y accionistas principales se encuentre disponible en el portal www.chileproveedores.cl. Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores formalizada en los términos señalados en el inciso segundo del artículo sobre “Participantes” de las presentes Bases, cada integrante de la unión individualmente considerado deberá hacer entrega de sus respectivas declaraciones
v. Nombre completo y dirección de correo electrónico de la Contraparte designada para la gestión del contrato a que dé lugar la presente licitación, conforme a lo dispuesto en el artículo sobre “Administración del Contrato” de las Bases de Licitación.
vi. Información necesaria para realizar los pagos que correspondan.
vii. La siguiente información legal de la adjudicataria, en la medida que los respectivos antecedentes no se encuentren disponibles en el Sistema de Información, en el Registro de Proveedores del Estado, o en el Registro de Empresas y Sociedades creado por la Ley N° 20.659:
1. Tratándose de personas jurídicas:
a) Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
b) Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, a la época de presentación de la oferta.
c) Copia del Rol Único Tributario.
b. Tratándose de personas naturales:
1. Fotocopia de la cédula de identidad y Fotocopia del RUT si lo tuviere
c. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores:
1. Escritura pública que formaliza el acuerdo en que consta la Unión Temporal, a menos que dicha escritura púbica haya sido presentada al momento de ofertar. En la referida escritura pública se deberá establecer, a lo menos, la identificación de sus integrantes, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SERNAGEOMIN, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes, y la determinación de su vigencia, la que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
2. Antecedentes legales de la persona natural o jurídica designada como representante o apoderado común, y los de cada una de las personas naturales o jurídicas que integran la Unión de Proveedores, según se indica en los numerales precedentes.
Se deja constancia de que en caso de que el adjudicatario no haga entrega de los documentos e información señalada, dentro del plazo y en la forma que establezca SERNAGEOMIN al efecto, SERNAGEOMIN dejará sin efecto la adjudicación, pudiendo adjudicar la licitación al oferente que siga en puntaje, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo “De la adjudicación y readjudicación” de las mismas Bases.
ARTÍCULO 19°: GARANTIA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante, el adjudicatario deberá entregar, con anterioridad a la suscripción del contrato, una Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato, PAGADERA A LA VISTA, DE EJECUCIÓN INMEDIATA, y CON CARÁCTER DE IRREVOCABLE, EXPRESADA EN PESOS CHILENOS, por la suma equivalente al 5% del monto total del contrato, impuestos incluidos (sin perjuicio de aquellos instrumentos que por su naturaleza sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento, en cuyo caso deberá considerarse el equivalente en pesos a la fecha de emisión del mismo), y cuya vigencia deberá comprender el plazo total del contrato más 60 días hábiles contados desde la fecha de término del mismo.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 181, de 2002, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
La Garantía de Fiel Cumplimiento podrá consistir en cualquiera de los siguientes instrumentos, u otro que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el presente artículo:
1°. Boleta de Garantía Bancaria, tomada en favor del del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, RUT N° 61.978.890-7, que deberá contemplar la siguiente glosa u otra que de cuenta de la obligación que garantiza:” Para garantizar al Gobierno Regional de Arica y Parinacota el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el “Análisis Peligro de Remoción en Masa; código BIP 40017755-0 y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante”
2°. Vale Vista nominativo, a nombre de del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, R.U.T. N°: 61.978.890-7.
3. Certificado de Fianza, emitido por una Sociedad de Garantía Recíproca, extendido a nombre del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, RUT N° 61.978.890-7,que deberá contemplar la frase “PAGADERO A PRIMER REQUERIMIENTO” o “A LA VISTA” y la siguiente glosa, u otra que dé cuenta de la obligación que garantiza: “Para garantizar al Gobierno Regional de Arica y Parinacota el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para el “Análisis Peligro de Remoción en Masa; código BIP 40017755-0 y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratante”
La garantía deberá entregarse en la Oficina de Partes de SERNAGEOMIN, ubicada en Avenida Santa María N°0104, de la comuna de Providencia, ciudad de Santiago, región Metropolitana, en sobre cerrado dirigido a la Encargada de Adquisiciones, con indicación del N° de ID de las presentes Bases en el portal www.mercadopublico.cl, rotulado “Para Garantizar al Gobierno Regional de Arica y Parinacota el Fiel y Oportuno Cumplimiento de la contratación del servicio de “Análisis peligro de remoción en masa, código BIP 40017755-0 y las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del proveedor” y permanecerá en custodia de la División de Administración y Finanzas del Gobierno Regional de Arica y Parinacota.
Tratándose de garantías otorgadas de manera electrónica, la entrega se efectuará mediante su envío a las casillas oficinadepartes@sernageomin.cl y adquisiciones@sernageomin.cl.
Esta garantía podrá hacerse efectiva especialmente en los siguientes casos:
a) Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del contratista con sus trabajadores.
b) Si el contratista no paga las multas cursadas dentro del plazo de 5 días corridos siguientes a la notificación de la resolución fundada que dispuso su aplicación.
c) Si el contrato termina en forma anticipada por incumplimiento grave o reiterado de las obligaciones contractuales del contratista, en conformidad a lo dispuesto en el numeral 1 del artículo sobre “Plazo del Contrato y Terminación Anticipada” de las presentes Bases.
Será responsabilidad del contratista mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, en los términos indicados en este artículo, durante toda la vigencia del respectivo contrato.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato será devuelta después de finalizados los servicios, una vez transcurridos 60 días hábiles desde el término del contrato, previa comunicación escrita que SERNAGEOMIN hará llegar al Gobierno Regional de Arica y Parinacota, indicando la procedencia de la devolución de la garantía de fiel cumplimiento.
En caso que la entidad adjudicataria no cumpla con las obligaciones que establecen las Bases, la oferta correspondiente y/o el contrato, el Gobierno Regional de Arica y Parinacota, queda desde ya autorizada para proceder a hacerla efectiva sin más trámite.
Sin perjuicio de lo anterior, considerando que el uso de garantías es de carácter excepcional y tiene por objeto proteger los intereses fiscales, resguardando el correcto cumplimiento por parte del proveedor de las obligaciones que emanan del contrato, en caso que el mismo termine anticipadamente por cualquier causa que no dé lugar a la ejecución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento entregada, y en la medida que las obligaciones derivadas del respectivo acuerdo de voluntades se encuentren extinguidas, la referida caución será devuelta transcurridos 60 días hábiles desde la fecha en que haya operado el término anticipado, dando cumplimiento de esta manera a lo dispuesto en el artículo 70 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Se deja constancia que la ejecución de las garantías que se otorguen en virtud de lo establecido en este artículo es compatible con el cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, y además con el ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento de la adjudicataria genere.
El procedimiento de cobro de garantías se sujetará a lo señalado para la aplicación de multas.
En caso de ejecutarse el cobro de esta boleta de garantía continuando vigente el contrato de prestación de servicios el proveedor deberá reponer y constituir una nueva boleta de garantía en los mismos términos antes señalados, considerando el período de vigencia del contrato.
ARTÍCULO 20°: MEDIDAS A APLICAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO
En caso de que la entidad contratada incurra en las situaciones previstas en la siguiente tabla, se aplicarán las multas que para cada caso se señalan:
Incumplimientos Monto de la multa
Retraso en la entrega de los Informes parciales o final (hitos entregables), según lo establecido en las bases técnicas. 5 UF por cada día hábil de retraso
Informe (hitos entregables) incompleto – parciales y final - según el contenido que debe incluir, que se establece en las bases técnicas y en las actas de reuniones y clínicas. 10 UF cada vez que se cometa la infracción, lo que sucederá en caso de que las observaciones que formula SERNAGEOMIN a los hitos entregables, no se subsanen por la adjudicataria.
Retraso en la entrega de las correcciones, según plazos definidos en las bases técnicas, tanto para los productos (mapas e informes) tanto parciales como finales dispuestas en las bases técnicas. 5 UF por cada día hábil de retraso.
Bases de datos (geodatabase) incompleta según el contenido que debe incluir, que se establece en las bases técnicas y en las actas de reuniones y clínicas. 10 UF cada vez que se cometa la infracción lo que sucederá en caso de que las observaciones que formula SERNAGEOMIN al respecto, no se subsanen por la adjudicataria.
Incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas, dispuestas en las bases técnicas 10 UF cada vez que se cometa la infracción
Normas comunes a la aplicación de multas.
Detectada una situación que dé lugar a la aplicación de una multa, SERNAGEOMIN deberá notificarlo al contratista, mediante carta certificada remitida al domicilio señalado en el respectivo contrato, o personalmente (dejándose constancia escrita de dicha notificación), indicando los hechos que configuran el incumplimiento y el monto de la multa en UF, para cuyo pago en pesos chilenos, deberá considerarse el valor de la Unidad de Fomento, correspondiente a la fecha de la resolución fundada que disponga en definitiva la aplicación de la respectiva multa a que se alude en el inciso cuarto del presente artículo. Tratándose de carta certificada, la notificación se entenderá efectuada el tercer día hábil desde la recepción de la respectiva carta en la Oficina de Correos de Chile correspondiente al domicilio del contratante.
El contratista podrá reclamar de la aplicación de la multa al SERNAGEOMIN, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde su notificación, debiendo efectuar sus descargos con la mayor claridad posible, acompañando los antecedentes que desvirtúen los hechos que habrían dado lugar a la aplicación de la respectiva multa, o bien que acrediten una causal de exculpación (hechos o circunstancias constitutivos de caso fortuito o fuerza mayor). Dicho reclamo deberá presentarse por escrito, dirigido mediante correo electrónico al respectivo Encargado de Contrato de SERNAGEOMIN. Toda reclamación presentada extemporáneamente será desechada de plano. Asimismo, todo reclamo presentado en forma verbal o por una vía distinta a la señalada, se considerará como no oficial y, por lo tanto, carente de validez administrativa.
Vencido el plazo de 5 días hábiles sin que el contratista haya presentado reclamación, la aplicación de las multas en cuestión se formalizará mediante la correspondiente resolución fundada, dictada por la autoridad competente, que deberá notificarse personalmente o por carta certificada.
Por su parte, si el contratista hubiere reclamado oportunamente en contra de la aplicación de la multa, SERNAGEOMIN tendrá un plazo de 30 días hábiles contados desde la recepción de los descargos para resolver la reclamación presentada, acogiendo total o parcialmente los argumentos dados por el contratista, o bien rechazándolos. La aceptación o rechazo (total o parcial) de los descargos del respectivo contratista, se formalizará a través de la correspondiente resolución fundada, dictada por la autoridad competente, que deberá notificarse al contratista personalmente o por carta certificada.
El contratista podrá impugnar la resolución fundada que disponga la aplicación de una multa, mediante los recursos contemplados en la Ley N° 19.880 y dentro de los plazos que dicha normativa establece. La resolución que acoja el recurso, en su caso, podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.
El contratista deberá proceder al pago de la multa mediante transferencia bancaria o depósito en la cuenta corriente del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, que se singularicen en el contrato, enviando copia del comprobante de depósito o transferencia a la casilla que también se precisará en el contrato, dentro del plazo de 5 días corridos siguientes a la fecha en que la respectiva multa se encuentre a firme; asimismo, si el contratista no paga las multas dentro del plazo señalado, se procederá al cobro administrativo de la multa, pudiendo el Gobierno Regional de Arica y Parinacota, deducir su valor de los pagos que corresponda cursar a la empresa, o de la garantía vigente, en su caso. La multa se encuentra firme luego de transcurridos los plazos para impugnarla mediante los recursos que contempla la Ley N° 19.880, sin que se hayan deducido éstos, o bien, en el caso que se hubieren interpuesto dentro del plazo legal, los mismo se encuentren resueltos, confirmando la multa respectiva.
La aplicación de una multa no podrá implicar atraso alguno en el pago de facturas, en caso que el contratista no hubiese hecho el pago de la multa mediante transferencia bancaria o depósito en la cuenta corriente del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, en el plazo señalado.
En caso que las multas se deduzcan de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y siempre que sea procedente, se deberá devolver al contratante la diferencia del monto de la garantía ejecutada y no imputada al pago de multas, quien tendrá la obligación de reponer la garantía ejecutada en los mismos términos descritos en el artículo sobre “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento” de las presentes Bases, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la fecha de envío del correo electrónico del Encargado de Contrato de SERNAGEOMIN a la Contraparte de la Empresa mediante el cual informó a esta haberse hecho efectiva la garantía. La devolución que corresponda por concepto de saldo no imputado al pago de multas, sólo se efectuará una vez que el contratante haya entregado la garantía de reemplazo en los términos descritos.
Se establece como tope máximo a acumular por concepto de aplicación de multas contempladas en este artículo, la cantidad equivalente al 10% del monto total del contrato, con impuestos incluidos. En caso de alcanzarse dicho tope máximo, se entenderá que existe incumplimiento grave del contrato, por lo que, adicionalmente al cobro de las multas aplicadas hasta dicho límite, SERNAGEOMIN procederá a poner término anticipado al mismo y a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, de acuerdo a lo establecido en el artículo sobre “Plazo del Contrato y Terminación Anticipada” de las presentes Bases Administrativas, sin perjuicio de iniciar en su caso las acciones que correspondan para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicio que fueran procedentes.
ARTÍCULO 21°: PLAZO DEL CONTRATO Y TERMINACIÓN ANTICIPADA
El contrato que surgirá del presente proceso licitatorio entrará en vigencia una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución Exenta que lo apruebe y se extenderá por el tiempo necesario hasta la completa extinción de todas las obligaciones que emanen para las partes.
Sin perjuicio de lo anterior, el plazo para la prestación de los servicios por parte de la adjudicataria y para las revisiones y correcciones será de 585 días, que se contarán desde el primer día hábil del mes siguiente al mes en que se firmará el contrato.
El plazo para la prestación de los servicios podrá ser extendido de mutuo acuerdo entre las partes por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, acreditable, sin que ello implique suplementación de recursos.
Lo anterior se entiende sin perjuicio del término por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, como asimismo de la posibilidad de SERNAGEOMIN de poner término anticipado al contrato, en cualquier tiempo, a través de comunicación escrita enviada por carta certificada al adjudicatario con una anticipación de a lo menos 20 (veinte) días corridos a la fecha de término deseada.
Por su parte, el contrato terminará en forma anticipada, si concurre alguna de las siguientes circunstancias:
1. Si el adjudicatario muestra incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales. Se entenderá por incumplimiento grave, entre otras, sin ser las únicas, las siguientes situaciones:
a) Si, en caso de registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el adjudicatario no acredita que la totalidad de dichas obligaciones se encuentra liquidada al cumplirse 6 (seis) meses de ejecución del contrato. En caso de una Unión Temporal de Proveedores, esta obligación será exigible respecto de cada uno de sus integrantes.
b) Acumular por concepto de aplicación de multas establecidas en el artículo sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, la cantidad equivalente al 10% del monto total del contrato, con impuestos incluidos.
c) Si en caso que se hubiere deducido las multas aplicadas de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, el contratista no repone la garantía ejecutada en los mismos términos descritos en el artículo sobre “Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento” dentro del plazo de 10 días hábiles fijado al efecto.
d) Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por el contratista, en virtud del “Pacto de Integridad”, contenido en estas Bases
e) Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de Integridad”, si el contratista, sus representantes o el personal dependiente de aquel o subcontratado, en su oferta presentada a la presente licitación, en forma previa a la suscripción del contrato o durante su vigencia, no actuaren éticamente, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
i. Dar u ofrecer obsequios y/o regalías al personal de SERNAGEOMIN, que pudiera implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el contratista y SERNAGEOMIN.
ii. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la vigencia del contrato a que dé lugar la presente licitación.
iii. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar las decisiones de SERNAGEOMIN.
f) Si el contratista incumple lo estipulado en el artículo sobre “Subcontratación” de las presentes Bases de Licitación.
g) Si el contratista incumple lo estipulado en el artículo sobre “Confidencialidad de la información y protección de datos personales”, de las presentes Bases de Licitación.
h) Ceder o transferir, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que una norma legal especial permita las referidas cesiones.
i) Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, además se considerará incumplimiento grave:
i. La disolución de la Unión Temporal de Proveedores.
ii. Si, al determinar qué antecedentes presentarían para ser considerados en la evaluación respectiva, los integrantes de la misma hubieren ocultado información relevante para la ejecución del contrato, que afecte a alguno de ellos.
iii. Retiro de uno de sus integrantes, si éste reunía una o más de las características que fueron objeto de la evaluación de las ofertas.
iv. En caso de que uno de sus integrantes incurra en una causal de inhabilidad para contratar con la Administración, y si a consecuencia de este retiro la unión no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
v. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En tal, circunstancia, se remitirán los antecedentes a la Fiscalía Nacional Económica.
Producido el incumplimiento del contratista, el que será calificado exclusivamente por SERNAGEOMIN, se podrá hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en cuyo caso el Gobierno Regional de Arica y Tarapacá percibirá el monto total a que asciende dicha caución cualquiera sea la naturaleza del incumplimiento y/o la oportunidad en que se produzca el término anticipado, lo anterior sin perjuicio del cobro de las multas que correspondan por aplicación de lo dispuesto en el artículo sobre “Medidas a Aplicar en Caso de Incumplimiento”, y del ejercicio de las acciones que procedan para obtener la indemnización de todos los perjuicios que el incumplimiento del contratista genere.
2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
3. Si el contratista se encontrare en notoria insolvencia, o si adquiriese la calidad de deudor en un procedimiento concursal de liquidación. Tratándose de una Unión de Proveedores, sólo se producirá el término anticipado y si a consecuencia de esta situación, la unión no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
ARTÍCULO 22º: PAGOS
El pago del precio de los servicios se realizará en cuatro cuotas, una vez se encuentren aprobados los informes respectivos, tanto por parte del SERNAGEOMIN como por el GORE, y cuya procedencia se especifica en el siguiente cuadro:
Hito % del precio a pagar en cada hito Detalle
Hito 1: Informe de inducción, ajuste metodológico y recopilación bibliográfica 20% Asistencia de los profesionales que ejecutarán el proyecto a reuniones de inducción en metodologías aplicadas en SERNAGEOMIN.
Sistematización de base de datos y organización general de la información recibida desde SERNAGEOMIN, junto con los ajustes metodológicos acordados en reuniones de inicio del proyecto.
Listado de antecedentes revisados, sistematización de la información, proyecto GIS de integración de cartografía digitalizada.
Hito 2: Informe de Avance 1 25% Coberturas digitales de mapas temáticos preliminares. (Geología compilada, geomorfología, subproductos DEM, etc.)
Base de datos de Catastro de Remociones en Masa regional.
Mapa base para ser enviado a revisión de Difrol.
Hito 3: Informe de Avance 2 30% Informe y mapas de evaluación preliminar de susceptibilidad de generación y alcance de flujos, deslizamientos y caídas de roca. Se incluye la integración de mapas de peligro volcánico (lahares y avalanchas).
- Mapa de susceptibilidad de Flujos Preliminar.
- Mapa de susceptibilidad de Caída y Deslizamiento Preliminar.
- Mapa de susceptibilidad de Remociones en masa Preliminar.
-Mapa final de Catastro de Remociones en Masa regional (Mapa 1), con validación de terreno.
-Caracterización de factores desencadenantes.
Hito 4: Informe final y Transferencia de conocimiento 25% Productos esperados:
-Informe Final de análisis
- Mapa de susceptibilidad de Flujos (Mapa 2).
- Mapa de susceptibilidad de Caída y Deslizamiento (Mapa 3).
- Mapa regional de susceptibilidad de remociones en masa (Mapa 4)
- Mapa de áreas críticas a ser afectadas por RM en el Morro de Arica, escala 1:1.000 (Mapa 5)
- Determinación de sectores críticos para propuesta de estudios de detalle e implementación de sistemas de monitoreo. Se deben incluir en el análisis, aquellas áreas priorizadas por el GORE de Arica y Parinacota.
- Transferencia del conocimiento (Seminarios, talleres, realización de video para transmitir y difundir la información generada, dípticos, etc.)
Se deja constancia que cada cuota del precio se pagará una vez que la factura se encuentre correctamente recepcionada.
Para tal efecto, sólo una vez que el estado de pago respectivo haya sido aprobado por el Gobierno Regional de Arica y Parinacota se procederá a su pago, para lo cual el mismo Gobierno Regional tomará contacto con el contratista, con el objeto que éste remita factura a su nombre; no se admitirá facturación por anticipado.
Asimismo, el pago de cada cuota del precio requerirá que el contratista no registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para ese efecto, a la presentación del estado de pago, el contratista deberá entregar documentación relacionada con los trabajadores:
1. Listado de trabajadores del período, indicando su nombre, N° de RUT., profesión u oficio y calidad de la vinculación contractual (honorario, contrato de trabajo).
2. Certificado de Antecedentes laborales y Previsionales vigente.
3.- Certificados de Cumplimiento Obligacionales Laborales y Previsionales, de los meses que correspondan a la etapa.
En caso que el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
SERNAGEOMIN o el Gobierno Regional de Arica y Tarapacá exigirá al contratista que proceda a dichos pagos, debiendo presentar este último, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses, los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación, el contratista también podrá presentar el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales N° 30, otorgado por la Dirección del Trabajo, o bien el certificado emitido por una de las entidades o instituciones competentes que figuren en el listado mantenido por la Subsecretaría del Trabajo en conformidad a lo dispuesto en el Decreto N° 319 de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprobó el Reglamento del Artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo.
El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, dará derecho a SERNAGEOMIN a dar por terminado el contrato, de forma anticipada.
En el caso de una Unión Temporal de Proveedores lo descrito en los incisos precedentes deberá ser acreditado respecto de cada uno de sus integrantes, y las consecuencias establecidas se harán efectivas en caso que cualquiera de ellos se encuentre en las situaciones descritas.
En caso de término anticipado del contrato, SERNAGEOMIN procederán a la liquidación del mismo, de manera de pagar únicamente el monto correspondiente a los servicios efectivamente prestados.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2° quáter de la Ley N° 19.983, que Regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura, introducido por la Ley N° 21.131, que Establece pago a treinta días, los pagos deberán efectuarse dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura por parte del Gobierno Regional de Arica y Parinacota,
Los pagos serán realizados mediante la plataforma de pago centralizado a través de la Tesorería General de la República.
El precio no estará afecto a reajustes.
ARTÍCULO 23°: FACTURACIÓN POR COBRO DEL SERVICIO
Las facturas a que haya lugar deberán emitirse a nombre del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, RUT N° 61.978.890-7, con domicilio en calle Avenida General Velasquez N° 1775, comuna y ciudad de Arica , indicando con claridad el N° ID con el que se publicó el presente proceso de contratación en el portal www.mercadopublico.cl, nombre y código BIP de estudio.
No se debe colocar información en el campo o folio 801, es decir, dejar en blanco, no indicar orden de compra.
En atención a la modalidad de pago, para los efectos del artículo 3° de la Ley Nº 19.983 que Regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a Copia de la Factura, el Gobierno Regional de Arica y Parinacota tendrá un plazo de 8 días corridos, contados desde la notificación de la factura electrónica, para reclamar en contra de su contenido.
Si el contratista es una Unión Temporal de Proveedores será el integrante designado para dichos efectos en su documento de constitución quien facturará al Gobierno Regional de Arica y Parinacota, de acuerdo a lo señalado precedentemente, y a quien se efectuará el pago. En caso que se omita esta designación, la emisión de la respectiva factura corresponderá al integrante informado por la Unión Temporal, de lo cual se dejará constancia en la resolución que apruebe el contrato a que dé lugar la presente licitación, y será a este último integrante a quien se efectuará el pago.
La factura deberá presentarse una vez que los servicios contratados que constituyen el respectivo hito de pago hayan sido efectivamente prestados a satisfacción de SERNAGEOMIN, de manera que no se admitirá facturación por anticipado.
En consecuencia, el Gobierno Regional de Arica y Parinacota procederá a rechazar sin más trámite las facturas presentadas con anterioridad al cumplimiento del respectivo hito de pago.
ARTÍCULO 24: ACREDITACIÓN DE OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES.
El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores.
En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores.
Si por cualquier causa el Gobierno Regional de Arica y Parinacota dejará de efectuar o se abstuvieran de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones de sus trabajadores.
SERNAGEOMIN y el Gobierno Regional de Arica y Parinacota se reservan el derecho a exigir al contratista, en cualquier momento durante la vigencia de esta contratación, y a simple requerimiento del Encargado de Contrato, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de SERNAGEOMIN y el Gobierno Regional de Arica y Parinacota, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Lo anterior, bajo apercibimiento de multa del 1% del valor del contrato. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta. En tal caso, se aplicará el procedimiento previsto en el artículo sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la celebración del contrato que sigue a la presente licitación no significará en caso alguno que el contratista, o sus trabajadores, adquieran la calidad de funcionarios de SERNAGEOMIN.
ARTÍCULO 25: COMPORTAMIENTO ÉTICO DEL CONTRATISTA.
El contratista deberá observar durante la ejecución del contrato a que dé lugar el presente proceso de licitación, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos.
Dichos estándares de probidad exigibles al contratista se equiparán a los aplicables a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Se deja constancia de que en caso que el oferente, adjudicatario o contratista, en su caso, no actuaren éticamente, o propiciaren prácticas corruptas, tales como, dar u ofrecer obsequios y/o regalías al personal de SERNAGEOMIN, que pudiera implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el proponente y SERNAGEOMIN; dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la evaluación de las ofertas, adjudicación, o celebración del contrato a que dé lugar la presente licitación; tergiversar hechos, con el fin de influenciar las decisiones de SERNAGEOMIN; se procederá a declarar la inadmisibilidad de la respectiva oferta o el término anticipado del contrato, ejecutándose la respectiva garantía de seriedad de la oferta o fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.
ARTÍCULO 26º: CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Toda información relativa a SERNAGEOMIM o a terceros a los que la adjudicataria tenga acceso con motivo de la presente licitación, tendrá el carácter de confidencial, no pudiendo, por tanto, realizar ningún acto respecto de ellos ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de SERNAGEOMIN, pudiendo ser usada para efectos de efectuar su oferta correspondiente, limitando su tratamiento a ese trámite.
En consecuencia, la adjudicataria, se obliga a mantener la más estricta confidencialidad respecto de toda información, antecedentes o bases de datos, de SERNAGEOMIN o de terceros, a la que tengan acceso o se genere en la prestación de los servicios encomendados, así como a tomar las medidas oportunas para garantizar que su personal directo e indirecto, sus consultores, subcontratistas y al personal de éstos, mantengan también esta obligación de confidencialidad, respondiendo la adjudicataria de todos los perjuicios que se deriven de la infracción de esta obligación.
El contratista bajo ninguna circunstancia podrá, por cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, modificar, dañar, inutilizar, destruir, en todo o en parte la información entregada por SERNAGEOMIN, ya sea durante la vigencia del contrato como después de su finalización.
En consecuencia, la contratista:
1. No deberá hacer ningún uso de la información, antecedentes o base de datos diferente del previsto en el respectivo contrato, ya sea por sí mismos o a través de sus filiales o terceros en general.
2. No deberán transferir, ceder o transmitir a cualquier título, gratuito u oneroso, la información, antecedentes o base de datos generados, en virtud del respectivo contrato.
3. No deberán transmitir o divulgar a terceros la información, antecedentes o bases de datos por ninguna otra vía o procedimiento.
4. No deberán efectuar copia alguna, por ningún medio, ni bajo ningún concepto, de la información facilitada por SERNAGEOMIN para la realización de los servicios objeto del contrato, salvo autorización previa, expresa y escrita de SERNAGEOMIN.
5. Deberán custodiar la información recibida a fin de que se garantice la protección adecuada de la misma y de su contenido, para evitar que personas no autorizadas o ajenas a la misma, puedan hacer uso indebido de ella.
La contratista deberá garantizar que en la prestación de los servicios no se infringirá de manera alguna las disposiciones establecidas en la Ley N° 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, y toda la normativa relacionada, y garantizar que los datos personales recolectados en la prestación de los servicios sólo serán utilizados para los fines del respectivo contrato, por lo que los mismos no podrán ser procesados o comunicados a persona alguna o utilizados para un propósito distinto al que contemple el contrato.
La contratista deberá devolver cualquier documentación, publicación, material o antecedente que constituya una información confidencial, sustentado en cualquier tipo de soporte, al término del contrato.
En caso de incumplimiento de esta cláusula, SERNAGEOMIN podrá terminar anticipadamente el Contrato, por incumplimiento grave del mismo, de acuerdo con lo especificado en el artículo sobre sobre “Plazo del Contrato y Terminación Anticipada” de las presentes Bases, encontrándose facultado para cobrar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, de acuerdo al procedimiento establecido para el cobro de la misma en el artículo sobre “Medidas a aplicar en caso de incumplimiento”, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes.
ARTÍCULO 27º: REORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA
En caso de fusión, transformación o cualquier otra modalidad de reorganización empresarial que realice la adjudicataria, que signifique la mantención del giro a través de una nueva figura, con la misma personalidad jurídica, la empresa deberá garantizar en la suscripción de los actos correspondientes, el estricto cumplimiento de las obligaciones adquiridas con SERNAGEOMIN y la debida continuidad del servicio ofrecido.
ARTÍCULO 28º: ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO.
La Adjudicataria deberá informar a SERNAGEOMIN, con anterioridad a la suscripción del contrato a que dé lugar la presente licitación, el nombre completo de la persona que ejercerá la función de contraparte y la casilla de correo electrónico a través de la cual se efectuarán las comunicaciones con SERNAGEOMIN.
La Contraparte, representará a la adjudicataria para efectos de la ejecución, coordinación y gestión del contrato, y será responsable de atender todos los requerimientos que sean formulados por SERNAGEOMIN. Esta persona deberá contar con un servicio de comunicación eficiente para contactarla fácilmente en caso de necesidades y requerimientos. El costo de este servicio será de cargo de la adjudicataria.
No obstante, lo anterior, y previa comunicación escrita a SERNAGEOMIN, la Adjudicataria podrá designar a otra persona para que, en caso de ausencia de la Contraparte, lo reemplace o haga las veces de tal.
A los responsables del Contrato de SERNAGEOMIN le corresponderá la coordinación y control del cumplimiento oportuno y eficiente de las obligaciones del Adjudicatario, siendo responsable, entre otras, de dar visto bueno de los estados de pago y el envío oportuno de los mismos al Gobierno Regional de Arica y Parinacota para efectos de dar su aprobación para que el proveedor emita las facturaciones que correspondan. Asimismo, le corresponderá gestionar la aplicación de las multas y/o término anticipado cuando corresponda, velar por la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento u otras comprometidas.
Previa comunicación escrita a la Contraparte, SERNAGEOMIN podrá designar a otro funcionario para que, en caso de ausencia del Encargado de Contrato, lo reemplace o haga las veces de tal.
ARTÍCULO 29°: CESIÓN DEL CONTRATO
El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que una norma legal especial permita las referidas cesiones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos puedan transferirse de acuerdo a las normas de derecho común. En estos casos el contratista deberá notificar inmediatamente al Gobierno Regional de Arica y Parinacota de la celebración de un contrato de factoring.
ARTÍCULO 30°: INTERPRETACIÓN E INFORMACIÓN
Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas, Anexos y el contrato se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurran para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de su análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
ARTÍCULO 31°: MODIFICACION DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse por las siguientes causales:
1. Mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
3. Las demás que se establezcan en las presentes Bases de la licitación o en el contrato.
SERNAGEOMIN, podrá requerir servicios adicionales a los originalmente contratados, disminuirlos, modificar el plazo de duración de la contratación, siempre que estén debidamente justificados y sean de la misma naturaleza que las contratadas inicialmente, debiendo complementarse o entregarse una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda. Las modificaciones acordadas no podrán aumentar el monto de las pólizas en más de un 30% del monto originalmente pactado. Dichas modificaciones deberán ser aprobadas por el acto administrativo pertinente, totalmente tramitado.
ARTÍCULO 32°: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.
Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de Licitación y su adjudicación será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública.
Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia del contrato que se suscribirá, que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago, prorrogándose competencia para ante sus tribunales.
ARTÍCULO 33°: PROPIEDAD DEL ESTUDIO
El resultado final y los productos intermedios del estudio serán de propiedad del Gobierno Regional de Arica y Parinacota, quien garantizará a SERNAGEOMIN el libre acceso a ellos, así como su uso y aplicación en todas las actividades o iniciativas que se ejecuten como organismo técnico del Sistema de Prevención y Respuesta ante Desastres.
En ese sentido, SERNAGEOMIN, el contratista u otras entidades que participen del estudio, objeto de esta licitación pública, no podrán proteger los resultados, metodologías y todo bien tangible o intangible, que sea consecuencia de la iniciativa, sin el previo consentimiento del Gobierno Regional de Arica y Parinacota. Para este efecto, dicha solicitud deberá materializarse por escrito.
SERNAGEOMIN velará para que las entidades participantes estén en conocimiento y acepten esta disposición, mediante su incorporación como cláusula del contrato a que dará lugar la presente licitación pública.
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BASES TÉCNICAS |
ARTÍCULO 34°: ANTECEDENTES Y OBJETIVOS DE LA LICITACIÓN
El Gobierno Regional de Arica y Parinacota por Convenio Mandato de fecha 19 de agosto de 2021, encargó de forma completa e irrevocable al SERNAGEOMIN, en su condición de Unidad Técnica el estudio denominado “Análisis Peligro de Remoción en Masa”, código BIP 40017755-0.
En virtud de lo anterior, Sernageomin, en su calidad de “Unidad Técnica”, requiere contratar el citado estudio y encargarse de su gestión técnica y administrativa; por tanto, le corresponde la elaboración de las bases administrativas y técnicas de la licitación pública, el llamado a licitación pública, la adjudicación de la oferta, celebración del contrato respectivo, supervisión e inspección de la prestación del servicio hasta la liquidación y/o recepción definitiva o final del estudio.
De otro lado, el Gobierno Regional de Arica y Parinacota, con cargo a los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional Región de Arica y Parinacota financiará la totalidad del estudio, por lo cual designará un profesional para que acompañe durante todo el desarrollo de esta iniciativa, quien velará por los intereses de este Gobierno Regional.
El objetivo del estudio consiste en dotar a la región de Arica y Parinacota de información y conocimiento científico-técnico, oportuno y confiable, para su utilización efectiva en los diferentes ámbitos de la gestión del riesgo:
a) Prevención: planificación del uso del territorio, planes de protección civil, monitoreo y alertas tempranas, educación.
b) Mitigación: obras civiles, normas de diseños constructivos.
c) Atención de emergencias: respuesta inmediata al evento, distribución de recursos, rehabilitación y reconstrucción.
Los productos de la presente licitación deben cumplir con los estándares de calidad definidos para los productos cartográficos de SERNAGEOMIN; para tal efecto en el desarrollo del estudio se aplicarán obligatoriamente con las normas y procedimientos indicados por SERNAGEOMIN y los productos serán sometidos a controles de avance y calidad en las distintas etapas de desarrollo del proyecto.
El proveedor deberá cumplir los siguientes objetivos, con las actividades a realizar:
- Elaborar un catastro de remociones en masa que consista en identificar y cartografiar remociones en masa (RM) de toda la región de Arica y Parinacota, desencadenadas por procesos hidrometeorológicos, sísmicos, antrópicos u otros, para su utilización efectiva en los procesos de planificación territorial, monitoreo y alerta temprana, y otras medidas preventivas y mitigadoras del riesgo. Entregar en un mapa escala 1: 250.000 el catastro de RM y su informe asociado.
- Identificar mediante mapas regionales, a escala 1:250.000, que muestre las zonas susceptibles a ser afectadas por RM, y una zonificación de los grados de susceptibilidad. Proponer para las zonas de alta susceptibilidad recomendaciones para el uso del territorio.
- Identificar sectores críticos y proponer un diseño y recomendaciones para la ejecución de mapas de peligro a las RM de mayor detalle a fin de ser utilizados a escala comunal o de anteproyecto de obras civiles (1:10.000 a 1: 1.000).
- Transferir gratuitamente el conocimiento generado en el proyecto a las autoridades, servicios públicos y las comunidades, que permitan a la ciudadanía asumir un rol activo en las iniciativas de reducción del riesgo y el aumento de la resiliencia frente a los desastres, manteniendo el principio de que una comunidad preparada e informada es una comunidad más segura.
El proveedor deberá ajustar su trabajo a las especificaciones técnicas, metodologías y actividades que se describen en estas bases técnicas, sin perjuicio de su obligación de realizar todas aquellas actividades que sean necesarias para lograr la zonificación de susceptibilidad de generación y alcance de remociones en masa objeto de esta licitación y cada uno de los productos requeridos. Deberá, además, atender los requerimientos de SERNAGEOMIN para la debida ejecución del contrato y realizar las correcciones, revisiones o modificaciones que sean solicitadas hasta la aprobación final del producto
ARTÍCULO 36: LOS PRODUCTOS
Los productos finales entregables corresponden a mapas de zonificación de susceptibilidad de generación y alcance de RM y un informe explicativo, junto con los datos cuantitativos y cualitativos obtenidos en terreno y el análisis de la información base.
Los mapas de zonificación de peligros deben representar la susceptibilidad a la generación y alcance de remociones en masa del área de estudio, escala 1:250.000, con levantamiento de información en terreno. Los mapas de zonificación de susceptibilidad, con sus respectivas bases de datos digitales, corresponderán a:
1. Mapa de catastro de remociones en masa (Hito 3);
2. Mapa de zonificación de susceptibilidad de flujos (Hito 4);
3. Mapa de zonificación de susceptibilidad de caídas y deslizamientos (Hito 4);
4. Mapa de zonificación de susceptibilidad de RM en general (Hito 4).
5. Mapa de áreas críticas a ser afectadas por RM en el área urbana de Arica (en particular el Morro de Arica), escala 1:1.000 (Hito 4).
6. Capítulo, sección o apartado dentro del informe final que debe indicar la propuesta de una estrategia – análisis, objetivos, líneas de acción, actividades, requerimientos- y propuestas de proyecto para la elaboración de mapas de peligro de remociones en masa en las áreas críticas detectadas que se propondrá trabajar a una escala entre 1:10.000 y 1:1.000 (Hito 4).
7. Informe final, cartografía temática y su análisis respectivo de geología, geomorfología, densidad de drenaje, pendientes, parámetros morfométricos, elevación, peligro volcánico, vegetación y catastro de remociones en masa, entre otros factores relevantes, así como los mapas de susceptibilidad por tipo de remoción en masa, forman parte integral de los productos del estudio (Hito 4).
El informe final debe contener, a lo menos, los siguientes apartados:
- Índices de contenidos, tablas y figuras.
- Resumen ejecutivo
- Alcances y objetivos
- Ubicación y antecedentes
- Capítulos temáticos: Geología, geomorfología, morfometría, catastro de remociones en masa y otros que se acuerden en común acuerdo.
- Análisis
- Resultados y Discusiones
- Conclusiones
- Recomendaciones (En este capítulo se debe agregar un sub-apartado con la propuesta/estrategia para abordar las zonas críticas identificadas y los requisitos necesarios para ello. Este sub-apartado se deberá complementar con Anexo de mayor detalle en cuanto a actividades, plazos, insumos, costos, entre otros.)
- Anexos (Mapas y subproductos, bases de datos, fichas y fotografías de terreno, entre otros)
Asimismo, el informe final debe cumplir con las normas gráficas del Gobierno regional y de SERANGEOMIN, además de ser entregado en 5 copias en papel (informe y mapas) y archivos digitales correspondientes.
8. Transferencia del conocimiento a los usuarios finales, a través de 2 seminarios o talleres que podrán ser on line; 3 videos explicativos; cartografía en formato shp y kmz dípticos informativos u otro formato en común acuerdo con SERNAGEOMIN, los cuales corresponden a productos de difusión (Hito 4).
La elaboración del mapa y el registro de los datos deben ser generados con metodología digital (ArcGis v.10.3 o superior), cuyas especificaciones serán entregadas por SERNAGEOMIN una vez adjudicada la licitación.
ARTÍCULO 37: EL PROGRAMA DE TRABAJO
En la Oferta técnica el proveedor deberá presentar a SERNAGEOMIN un programa de actividades acorde a lo descrito en estas bases técnicas, en formato carta Gantt, por la duración total del estudio. Una vez adjudicada la licitación, este programa será evaluado por SERNAGEOMIN y deberá adecuarse a las observaciones/modificaciones que se presenten con ocasión de la etapa de ajuste metodológico.
ARTICULO 38: GESTIÓN DE COMUNIDADES
Las veces que sea necesario, el proveedor deberá hacer la gestión de socialización del estudio que se encuentra desarrollando en los lugares (poblados y ciudades) donde llegue el grupo de trabajo, ante alcaldes y su equipo de gobierno, fuerzas armadas, líderes comunales y/o representantes de comunidades, entre otros, para generar y asegurar un ambiente de trabajo propicio y acceso a los sectores de interés.
Cada vez que se realice una gestión de socialización, el proveedor deberá informar, con la debida antelación, tanto a la Dirección regional de SERNAGEOMIN, como al Gobierno Regional.
SERNAGEOMIN entregará un certificado que acredite que se encuentra contratado por el Servicio para la realización del estudio en las áreas específicas.
Será de responsabilidad del consultor solicitar las autorizaciones respectivas para ingresar a los predios públicos o privados y hacer uso del espacio aéreo.
ARTÍCULO 39: IDENTIFICACIÓN Y DEFINICIÓN DE VARIABLES QUE SE VAN A MEDIR, CONTROLAR Y/O ANALIZAR
El proveedor deberá revisar, si los hubiese, trabajos anteriores de cartografía temática publicada a cualquier escala, que abarque parte o la totalidad del área de estudio.
Los factores del medio físico que se deben analizar y mapear de manera independiente como mapas temáticos son: geología, geomorfología, pendientes, densidad de drenaje, razón de Melton y variables morfométricas, vegetación y cualquier otro que pueda definirse según las características de la región.
Asimismo, el proveedor deberá revisar la cartografía temática en áreas circundantes, y verificar que las distintas unidades representadas tengan continuidad espacial al interior del área de estudio.
ARTÍCULO 40°: MATERIAL ENTREGADO POR SERNAGEOMIN AL COMENZAR EL PROYECTO
Al inicio de la ejecución del contrato, SERNAGEOMIN entregará al Proveedor los siguientes insumos para comenzar el trabajo cartográfico, previa firma de una carta de compromiso con respecto a la confidencialidad y uso restringido de estos materiales.
- Cartas geológicas, estudios y publicaciones de la geología básica del área de estudio, disponibles en SERNAGEOMIN.
- Imágenes satelitales disponibles del área de trabajo (´stack´ de bandas en formato .jpg o .geotiff). Este material deberá ser devuelto al finalizar el proyecto (ver 4.5).
- Base topográfica digital del Instituto Geográfico Militar (I.G.M.), proyección SIRGAS, que incluye hidrografía, toponimia, poblados, ciudades, localidades, red vial, entre otros. Esta base podrá ser actualizada por el Proveedor cada vez que cuente con información oficial y precisa de algún lugar o elemento geográfico del área de trabajo que no aparezca detallado. Las modificaciones deberán registrarse en forma separada de la base original.
- Estructura de Base de Datos (‘geodatabase’) para el levantamiento de información en terreno y construcción digital del mapa, junto con normas de utilización de terminología, normas de clasificación de rocas y estructuras, entre otros. Esta base de datos será la única a utilizar durante el desarrollo del proyecto y debe ser la que se entregue cargada con información para su Control Digital.
- Requerimientos de elaboración y editoriales (plantillas, tablas, estructura de texto y referencias, norma de redacción, entre otros) para la elaboración del texto y para la realización del proceso de Control de calidad de los productos generados (texto y mapa). Además, se entregarán ejemplos de estudios que puedan ser utilizados como guía tanto para la confección del texto como los mapas.
- Formatos, planillas y contenidos de los controles al producto digital (mapa, Controles Digitales).
- Catálogo de remociones en masa para la región, compuesta por una tabla con datos puntuales al cual se asocia entre otros la fuente de la información, ya sea un documento o fotointerpretación.
ARTÍCULO 41°: ETAPAS DEL PROYECTO Y METODOLOGÍA
El proyecto consta de tres etapas técnicas fundamentales, las que se detallan a continuación:
PRIMERA ETAPA: INDUCCIÓN, AJUSTE METODOLÓGICO Y RECOPILACIÓN DE ANTECEDENTES.
Considera un mes para la conformación del equipo de trabajo y reuniones de inducción en los estándares, herramientas y procesos internos del SERNAGEOMIN para el levantamiento y cartografía de peligros de RM a nivel nacional, entrenamiento que podrá desarrollarse en otras sedes del Servicio fuera de la región de Arica y Parinacota o vía telemática.
En estas reuniones se expondrán las principales características de los productos que se generarán en el proyecto y sus etapas de desarrollo, además de las expectativas de información sugeridas por SERNAGEOMIN de manera específica para el área de estudio.
Las reuniones deben ser documentadas mediante Acta de Reunión oficial las cuales deben ser presentadas junto con el informe del Hito 1: Reporte de inducción, ajuste metodológico y recopilación bibliográfica.
En paralelo a las reuniones de inducción el proveedor deberá realizar la recopilación bibliográfica que complemente los antecedentes entregados por Sernageomin en las distintas temáticas que puedan ser de interés para el estudio. Debe incluir los principales antecedentes de cartografía (geológica, geofísica, geomorfología, topográfica, antecedentes de RM, otra) del área de trabajo, presentados en publicaciones, informes inéditos disponibles (públicos o privados), en artículos científicos, en memorias o tesis de título o grado, o cualquier otro medio de comunicación; y datos e información proveniente desde publicaciones científicas desarrolladas en la zona de estudio en temáticas de geología, volcanología, geología estructural y tectónica, entre otros.
Esta información deberá ser sistematizada en un proyecto GIS, si corresponde, o en un listado que indique claramente la fuente de información y su uso, además, debe ser incorporada al Hito 1. Sin prejuicio de lo anterior, esta lista podrá ir complementándose a medida que se profundiza en el Estudio.
SEGUNDA ETAPA: DESARROLLO DEL ESTUDIO
El área definida para realizar los levantamientos de información y análisis involucrados en este estudio está dada por los límites naturales y condiciones geomorfológicas de la región de Arica y Parinacota, extendiéndose más allá de sus límites administrativos si es necesario para analizar factores que condicionan la generación de los fenómenos de RM.
La región se encuentra delimitada principalmente por las cuencas de los ríos Lluta y Camarones. El producto final, sin embargo, será presentado de acuerdo con la superficie expuesta en la Figura 1, correspondiente a los límites administrativos de la región.
Figura 1. Área que representa la superficie cubierta por el estudio de RM a escala 1.250.000, y que abarca toda la región de Arica y Parinacota.
Para cumplir con los plazos y objetivos del Estudio, se requiere conformar un equipo de trabajo que incluya un (1) geólogo Jefe de Proyecto, un (1) geólogo de proyecto y un (1) geógrafo especialista en SIG (en total 3 profesionales técnicos para toda la región). El Jefe de Proyecto, deberá asumir el rol de “Coordinador del Estudio”, unificando los criterios de trabajo, las entregas y cumpliendo la función de representante técnico ante SERNAGEOMIN.
En la etapa de Desarrollo se debe confeccionar la cartografía de susceptibilidad de RM, escalas 1:250.000 para toda la región, para lo cual SERNAGEOMIN requerirá del proveedor adjudicado las siguientes actividades mínimas, para asegurar la calidad del producto entregado. Para ello se debería contemplar a lo menos las siguientes fases:
- Procesamiento preliminar de insumos
- Fase 1a. Catastro y mapas temáticos preliminares.
- Fase 1b. Levantamiento de datos con trabajos de campo.
- Procesamiento de información y mapas
- Fase 2a. Mapa de Catastro y evaluación de remociones en masa preliminar.
- Fase 2b. Validación de catastro y mapas temáticos con trabajos de campo.
- Elaboración de mapas finales e informe.
- Fase 3. Mapas de susceptibilidad final.
- Fase 4. Preparación y confección de bases de datos digital con los resultados finales.
La metodología a utilizar corresponde a la elaborada por SERNAGEOMIN en Arenas et al. (2017) y sus respectivas aplicaciones para el levantamiento de cartografía de susceptibilidad a las RM a escala regional (Alfaro et al., 2018; Espinoza et al., 2019; Brantt et al., en desarrollo). Esta metodología, considerará la amenaza volcánica como un elemento que incide a nivel local en la generación de RM del tipo lahares que corresponden a flujos de origen volcánico. El análisis propuesto corresponde a la zonificación de la susceptibilidad de generación de RM y a los sectores en que potencialmente ellas podrían depositarse, indicando áreas diferenciadas según el tipo de proceso (flujo, deslizamiento y caídas) y el grado de susceptibilidad (alto, moderado o bajo). Es decir, se muestran zonas clasificadas según su posibilidad espacial de verse afectadas, sin asignarse una probabilidad temporal para la ocurrencia de ellas.
En primer lugar, se tendrá que definir el área de estudio cuyos límites deben ajustarse a divisorias de agua y no al límite político-administrativo de la región, provincia o comuna. No obstante, una vez realizado el análisis final de las amenazas, es posible considerar solo la información delimitada dentro de la división administrativa requerida.
Las referencias bibliográficas para la metodología son las siguientes:
- Alfaro, A.; Brantt, C.; Pantoja, G. 2018. Peligro de remociones en masa en la región de Coquimbo, sector norte. Servicio Nacional de Geología y Minería, Informe Registrado IR-18-68: 52 p. Santiago.
- Arenas, M.; Opazo, E.; Alfaro, A.; Fernández, J.; Garrido, N.; Jara, C.; Marín, M.; Ramírez, P.; Sepúlveda, N.; Sepúlveda, V. 2017. Guía Metodológica para la elaboración de mapas de susceptibilidad a las remociones en masa a escala regional. Informe (Inédito), Servicio Nacional de Geología y Minería:65 p. (*).
- Guzzetti, F.; Mondini, A.; Cardinali, M.; Fiorucci, F.; Santangelo, M.; Chang, K. 2012. Landslide inventory maps: new tools for an old problem. Earth-Science Reviews 112: 42-66.
- Hungr, O.; Leroueil, S.; Picarelli, L. 2013. The Varnes classification of landslide types, an update. Landslides (11): 167-194.
- Alfaro S., Alejandro; Falcón H., Francisca; Arenas A., Manuel; Garrido U., Natalia; Espinoza C., María Carolina ; Gajardo C., Aníbal ; Cervetto S., Mariana ; Valdés D., Ana ; Aliaga A., Guillermo. ; Opazo Castro, Enrique ; Ramírez C., Paola ; Neira S., Hugo ; Carrasco O., Rodrígo ; SERNAGEOMIN. Geología para el Ordenamiento Territorial: área de Rancagua, región del Libertador General Bernardo O' Higgins. Escala 1:100.000 [monografías]. Santiago: SERNAGEOMIN, 2017. 109 p.: 9 mapas pleg. + cd (Carta Geológica de Chile, Serie Geología Ambiental: n.29)
En términos generales las actividades necesarias para la evaluación de remociones en masa corresponden a:
- Preparar un catastro de remociones en masa.
- Correlacionar los mecanismos de generación de remoción en masa con la geología y factores topográficos y de otro tipo.
- Para la zonificación regional, correlacionar las zonas de generación de remociones en masa con distintos factores desencadenantes (ej. Hidrometeorológicos, precipitación anual/diaria/horaria, derretimiento de nieve, contexto sísmico, etc.).
- Implementar la información y el mapa en un SIG.
2.1) FASE 1a: CATASTRO Y MAPAS TEMÁTICOS
1. Catastro de remociones en masa. Se debe preparar un catastro de RM en el área de acuerdo con la base de datos diseñada por Sernageomin y a la clasificación propuesta por Hungr et al. (2013) y Arenas et al. (2017). La confección se debe realizar a través de fotografías aéreas, imágenes satelitales, y por registros históricos. Incluye la localización, zonificación (poligonal), clasificación, volumen (o área), caracterización de desencadenante y fecha de ocurrencia (en el caso de que sea factible) o edad relativa.
Esta etapa incluye, además, la fotointerpretación, análisis de imágenes satelitales y los resultados de su procesamiento digital como combinaciones y matemáticas de bandas de, al menos el material que está disponible de forma gratuita en la web (imágenes ASTER, LANDSAT, entre otras) y del material entregado por SERNAGEOMIN.
Como insumo base se utilizará el Modelo de Elevación Digital (DEM) ALOS PALSAR de 12,5m u otro de mejor calidad si es necesario y esté disponible para estos efectos. Los productos Raster finales se obtendrán con una resolución de 30 m o más detalle, de acuerdo con la escala de trabajo. Este aspecto también será discutido y acordado en la etapa de Inducción y Ajuste Metodológico.
Los criterios para el cumplimiento de esta actividad corresponden a:
- Las RM dejan marcas en el terreno (morfológicas, sobre todo) lo que permite identificarlas, clasificarlas y mapearlas.
- La marca o señal morfológica depende del tipo de RM y de la tasa de movimiento.
- Las RM son el resultado de la interacción de procesos físicos y leyes mecánicas que controlan la estabilidad de las laderas.
- “El pasado y el presente son la clave del futuro”, convierte al mapeo de las remociones pasadas y las condiciones actuales en elementos fundamentales para la evaluación de posibles nuevos eventos.
La metodología de catastro es de carácter geomorfológico, técnica empírica que requiere de experiencia, entrenamiento, una metodología sistemática y criterios de interpretación bien definidos. La escala necesaria para la digitalización del catastro será de 1:5.000 o mayor detalle.
Las señales o características morfológicas de una RM identificada en la interpretación de fotografías aéreas o imágenes satelitales se basan en aspectos asociados al relieve, tamaño, color, tono, textura, patrones, y topografía de la zona, entre otros (Tabla 1).
Tabla 1. Señales o características morfológicas para la fotointerpretación (Guzzetti et al., 2012).
Relieve
|
Se refiere a la forma topográfica de la superficie, esta característica es la más utilizada para la clasificación de las remociones en masa a través de imágenes y fotografías aéreas. Los modelos de superficie (DEM) pueden ser un buen complemento, dependiendo de su resolución espacial, para apoyar la fotointerpretación de imágenes ópticas.
|
Tamaño
|
Describe el área de extensión de un objeto, al conocer sus dimensiones físicas se pueden identificar el área y la profundidad.
|
Color, tono y textura
|
El color, el tono y la textura dependen de la interacción entre la superficie y la luz, pueden ser usados para inferir la roca, el suelo y el tipo de vegetación, lo que puede dar indicios de humedad. La textura muestra la rugosidad del terreno y puede ser utilizada para identificar los tipos de superficie y el tamaño de los flujos de detrito, por ejemplo.
|
Patrones
|
Indican la disposición espacial de los objetos en cuanto a la repetición de características y formas. Es utilizado para inferir el tipo de roca, su resistencia a la erosión, presencia de fracturas, fallas, estratificación u otros lineamientos estructurales o tectónicos. La topografía refleja las características morfométricas como la diferencia de altura, las pendientes escarpadas y su orientación, y la presencia de sectores cóncavos o convexos en el terreno, estos elementos son importantes para identificar remociones en masa, que son caracterizadas por anomalías topográficas.
|
Contexto geológico
|
Herramienta adecuada para inferir el tipo de roca, estructuras, planos estratigráficos, presencia de fallas u otras características estructurales, las que son importantes para detectar remociones en masa.
|
Además, se debe realizar un análisis temporal de imágenes en el lugar donde existan antecedentes, y realizar el análisis de factores gatillantes, cuando sea posible contar con registros sísmicos y de precipitaciones en estaciones cercanas al lugar de la remoción.
El desarrollo y levantamiento del catastro debe distribuirse en toda la región, pero adicionalmente se requiere de un enfoque minucioso en torno a los distintos centros poblados y en el área de influencia de estos. Ejemplos de estos son: el valle de Azapa desde Rotonda hasta Livilcar, valle de Llluta desde Asentamiento Jordán hasta Linderos, Codpa- Guañacagua, Chaca-Vitor, Putre, Socoroma, Chapiquiña, Belen, Ticnamar, Guallatire, así como otros que pudiesen ser establecidos por el GORE Arica y Parinacota.
- Construcción de mapas temáticos (recopilación y compilación).
Los factores del medio físico que se deben analizar y mapear de manera independiente como mapas temáticos son: geología, geomorfología, pendientes, densidad de drenaje, razón de Melton y variables morfométricas, vegetación y otros que puedan definirse según las características particulares de la región y sobre la base de lo acordado en la etapa de inducción y ajuste metodológico. Para más detalle de la influencia de estos factores con la evaluación de remociones en masa que pueden ser tratados; ver Tabla 2.
Tabla 2: Factores que controlan la ocurrencia de remociones en masa y su relevancia en la evaluación de la susceptibilidad a escala regional (modificado de SafeLand, 2011) (FC= Condicionante, FD=Desencadenante, R=Caída de Rocas, F=Flujo, D=Deslizamientos, C=Crítico, A=Alta importancia, M= Moderada importancia, B=Baja importancia).
Grupo
|
Parámetro
|
Relevancia
|
Tipo
|
Tipo de remoción
|
Escala regional
|
FC
|
FD
|
R
|
F
|
D
|
Topografía
|
Elevación, Relieve
|
Diferencias de elevación que producen energía potencial para movimientos en pendiente alta
|
x
|
|
A
|
C
|
A
|
A
|
Pendiente
|
El gradiente de la pendiente es el factor más importante en la generación de remociones en masa
|
x
|
x
|
C
|
C
|
C
|
A
|
Disposición, orientación
|
Puede reflejar diferencias en la humedad del suelo y la vegetación; juega un rol importante en relación con las discontinuidades
|
x
|
|
C
|
M
|
M
|
A
|
Forma, curvatura, rugosidad
|
Indicador de hidrología de la ladera; importante para evaluar el alcance y la trayectoria de la remoción en masa
|
x
|
|
C
|
A
|
A
|
A
|
Dirección de flujo y acumulación
|
Utilizado para el modelamiento hidrogeológico
|
x
|
|
M
|
C
|
H
|
M
|
Geología
|
Tipo de roca
|
Determina las propiedades mecánicas del tipo de roca
|
x
|
|
C
|
A
|
C
|
A
|
Meteorización
|
Tipo de meteorización (física/química); profundidad de meteorización
|
x
|
|
C
|
A
|
A
|
M
|
Discontinuidades
|
Conjunto de discontinuidades y sus características; relación con dirección e inclinación
|
x
|
|
C
|
M
|
A
|
M
|
Orientación de estructuras
|
Estructuras geológicas en relación con el ángulo y dirección de la pendiente
|
x
|
|
A
|
A
|
A
|
A
|
Fallas
|
Distancia a fallas activas o zonas de influencia de fallas
|
x
|
|
A
|
A
|
A
|
A
|
Suelos
|
Tipo de suelo
|
El origen del suelo determina sus características sus propiedades y geometría
|
x
|
|
B
|
C
|
A
|
A
|
Profundidad del suelo
|
En formaciones superficiales la profundidad determina el potencial volumen removible
|
x
|
|
B
|
C
|
A
|
M
|
Propiedades Geotécnicas
|
Tamaño de grano, cohesión, ángulo de fricción, densidad aparente, otros
|
x
|
|
B
|
C
|
A
|
M
|
Propiedades hidrogeológicas
|
Volumen de poros, conductividad saturada, curvas PF
|
x
|
|
B
|
A
|
A
|
M
|
Hidrología
|
Red y densidad de drenaje
|
Zona de influencia de drenajes; la densidad de drenaje puede ser utilizada para indicar el tipo de terreno.
|
x
|
|
B
|
A
|
A
|
A
|
Geomorfología
|
Ambiente geomorfológico y formas asociadas
|
Montañoso, glacial, periglacial, denudacional, costero, tropical, etc.
|
x
|
|
A
|
A
|
A
|
M
|
Remociones en masa antiguas
|
Características del material y del terreno en sectores modificados, haciéndolos más propensos a la reactivación
|
x
|
|
M
|
A
|
C
|
A
|
Actividad de remociones en masa históricas
|
Información histórica sobre la actividad de remociones en masa la cual es relevante para determinar la amenaza de remociones es masa
|
x
|
|
C
|
C
|
C
|
A
|
Uso del suelo y factor antrópico
|
Uso común del suelo
|
Tipo de cobertura de suelo, tipo de vegetación, cobertura de copa de árboles, profundidad de enraizamiento, peso.
|
x
|
|
A
|
A
|
A
|
A
|
Cambios en el uso del suelo
|
Variación temporal en la cobertura y uso del suelo
|
x
|
x
|
M
|
C
|
A
|
A
|
Infraestructura vial
|
Zonas de influencia de caminos y cortes de caminos en áreas con pendientes
|
x
|
|
M
|
A
|
A
|
A
|
Edificios
|
Taludes generados por la construcción de edificios
|
x
|
x
|
M
|
A
|
A
|
A
|
Redes de drenaje e irrigación
|
Fugas desde las redes que pueden provocar la generación de remociones en masa
|
x
|
x
|
B
|
A
|
A
|
M
|
Canteras y minería
|
Estas actividades alteran la geometría de laderas y la distribución de fuerzas. Vibraciones debido a las tronaduras pueden desencadenar remociones en masa
|
x
|
x
|
A
|
A
|
A
|
A
|
Represas y reservorios
|
Los reservorios cambian las condiciones hidrogeológicas del terreno. Las represas pueden fallar
|
x
|
x
|
B
|
A
|
A
|
A
|
Terremotos y Volcanes
|
Sismicidad
|
Relación entre magnitud y frecuencia; mapas de intensidad histórica junto a un inventario de remociones en masa desencadenadas por sismos
|
|
x
|
C
|
C
|
C
|
A
|
Mecanismos de Falla
|
Localización de la falla; tipo de falla; largo y zona de ruptura; falla cubierta o expuesta; distancia desde la falla; bloque colgante y yacente
|
x
|
x
|
A
|
A
|
A
|
M
|
Tipo de volcán
|
Altura y composición del edificio volcánico; estabilidad de la cámara magmática
|
x
|
x
|
M
|
A
|
A
|
M
|
Tipos de erupción volcánica
|
Explosiones laterales; colapso de la cámara magmática; flujos piroclásticos; lahares
|
x
|
x
|
M
|
A
|
A
|
M
|
Clima y ambiente
|
Precipitación
|
Datos diarios y continuos; patrones de ambiente; relación de magnitud y frecuencia; curvas IDF; umbrales de precipitación; antecedentes de lluvia; curvas PADF
|
|
x
|
C
|
C
|
C
|
A
|
Temperatura
|
Influye de manera importante en la hidrología y las condiciones de vegetación. Cambios rápidos de temperatura, derretimiento de nieve, ciclos de hielo y deshielo, permafrost
|
x
|
x
|
A
|
A
|
A
|
A
|
A continuación, se presentan los mapas temáticos mínimos que se requieren para la evaluación de remociones en masa, los que pueden ser complementados con los factores expuestos en la Tabla 2 y, a su vez, acordados con SERNAGEOMIN en la etapa inicial de inducción y ajuste metodológico.
a) Compilación y ajuste de geología regional (1:100.000-250.000). Consiste en revisar y complementar la geología básica integrada de la región (cartas geológicas disponibles a escalas 1:100.000-1:250.000), esto incluye un levantamiento en terreno de observaciones, datos y muestras geológicas en aquellos puntos donde se han reconocido afloramientos recientemente. Se deberá identificar potenciales zonas de alteración asociadas a los sistemas estructurales regionales, así como, características geotécnicas generales de los depósitos o la roca (meteorización, fracturamiento, etc.), con el objetivo de identificar condiciones particulares para su comportamiento dinámico en las distintas unidades litológicas y la favorabilidad de estas para generar procesos de RM.
b) Definición de unidades geomorfológicas y generación de mapa. Consiste en elaborar los productos básicos para caracterizar el medio físico del área de estudio, en esta etapa se deben identificar los principales procesos modeladores del relieve que están actuando en la región, definir macrodominios y unidades geomorfológicas y determinar cómo estos favorecen los procesos de RM.
Para el estudio se proponen los siguientes criterios mínimos a considerar, los cuales pueden ser ampliados de acuerdo a la realidad regional y la Tabla 2:
Criterio
|
Información
|
Fuente
|
Evaluar presencia de un control estructural
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-Lineamientos y datos estructurales
-Imágenes satelitales color real
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-Mapas geológicos compilados
-Environmental Systems Research Institute (ESRI), 2018. (World Imagery)
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Control y relaciones litológicas
|
-Unidades geológicas del área
-Diferenciación de rocas y suelo/depósito
|
-Mapas geológicos compilados
|
Presencia de ambientes glaciales y periglaciales
|
Ubicación de tipos de glaciares (roca, hielo, etc.).
|
-Dirección General de Aguas (DGA), 2015. (Catastro Nacional de Glaciares 2015)
|
Temperatura ambiental
|
Temperatura máxima del mes más cálido
Temperatura mínima del mes más frío
Valores de isoterma 0°C
|
-AGRIMED, 2017 (Atlas Agroclimático de Chile)
- Antecedentes de la Dirección Meteorológica de Chile.
|
Rasgos visuales
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Imágenes satelitales color real, combinación de bandas u otra.
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-Environmental Systems Research Institute (ESRI), 2018. (World Imagery)
-Imagen Landsat, Aster o Sentinel
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Características fisiográficas del relieve
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Subproductos del DEM, sombreado, pendiente, entre otros.
|
-DEM 12,5 m
|
c) Generación de insumos a partir del DEM. Esta actividad incluye proponer las adaptaciones y mejoras necesarias para obtener los subproductos adecuados para el análisis de susceptibilidad (pendiente, elevación, curvaturas, red de drenaje, parámetros morfométricos, etc.)
d) Densidad de drenaje. La red de drenaje se obtiene como subproducto del DEM. En tanto, la determinación de microcuencas o unidades hidrográficas debe trabajarse en detalle si es preciso trazar a mano, para el logro de los objetivos del estudio.
e) Razón de Melton y parámetros morfométricos. Se obtienen como subproducto a partir del procesamiento del DEM y definición de microcuencas o unidades hidrográficas.
f) Crioclastia y elevación. Este se obtiene como subproducto a partir del DEM, del mapa geomorfológico y la variabilidad climática de la región.
g) Vegetación. Se debe proponer un método para abordar esta cobertura.
h) Lahares. Esta amenaza será incorporada en el mapa de peligro de RM, sobre la base de la información publicada por SERNAGEOMIN en los mapas de Peligro Volcánico. Se deben proponer los criterios para la ponderación de esta capa de información en el mapa final.
Antes de finalizar esta Fase se deberá coordinar una reunión y la presentación del estado de avance del Hito 2 mediante PowerPoint u otro software de presentación. Esta actividad corresponderá a una Clínica de Discusión según se indica más adelante en la sección de Hitos y Productos Requeridos.
2.2) FASE 1b. LEVANTAMIENTO DE DATOS CON TRABAJOS DE CAMPO.
Esta campaña contempla el levantamiento de datos en terreno tanto para complementar la información recopilada como para caracterizar las distintas variables de análisis.
Asimismo, para los trabajos de campo se deberá evaluar el acompañamiento de personal de SERNAGEOMIN, lo que deberá ser indicado en el programa de trabajo presentado por el proveedor. Los énfasis, estrategia y características del trabajo de campo debe ser acordado con SERNAGEOMIN y registrado en un acta de reunión.
2.3) FASE 2a. CATASTRO FINAL Y EVALUACIÓN DE REMOCIONES EN MASA PRELIMINAR.
- Catastro de RM (Mapa 1).
Se debe incorporar la información levantada en la Fase 1b y 2b, mostrar esta información en un mapa de catastro junto con información topográfica y cartográfica. Además, se debe entregar la base de datos de catastro de acuerdo con el formato entregado por SERNAGEOMIN.
- Mapas temáticos validados.
Se debe incorporar la información levantada en la Fase 1b y 2b, y mostrar esta información mediante SIG formato shp y kmz (Capas o Raster)
- Geología (Unidades, estructuras, morfologías volcánicas, etc.)
- Geomorfología
- Productos derivados de DEM (Pendiente, elevación, curvaturas, red de drenaje, parámetros morfométricos, etc.)
- Densidad de drenaje.
- Razón de Melton y parámetros morfométricos
- Crioclastia y elevación
- Vegetación
- Lahares
- Análisis y mapas preliminares de susceptibilidad de RM.
Una vez concluida la validación del catastro de remociones en masa y de mapas temáticos, se realiza la evaluación de remociones en masa.
De acuerdo con Arenas et al. (2017) los métodos usados para el análisis de susceptibilidad a las remociones en masa se basan en el supuesto de que las zonas que tienen un similar contexto medioambiental, o que han sido afectadas por remociones en masa, podrían ser afectadas en el futuro. Así, los métodos utilizados para la evaluación de susceptibilidad y peligro a las remociones en masa se basan en el inventario o catastro de éstas, y se pueden dividir en: aquellos en que el análisis se basa en aspectos cualitativos a semicuantitativos; y en aquellos en que el análisis se realiza por métodos cuantitativos. Los métodos cualitativos relacionan el inventario con factores condicionantes y detonantes mediante análisis que se basan, principalmente, en la experiencia de los profesionales que realizan la evaluación (métodos heurísticos). Por su parte, los métodos cuantitativos se basan en la relación numérico-estadística de los mismos datos, o en modelos físicos que permiten estimar el factor de seguridad de una ladera específica. La aplicación de método cualitativo o cuantitativo en este estudio debe estar detalladamente explicado en la propuesta técnica, y estará sujeto a modificaciones en común acuerdo con el equipo de Sernageomin, tanto para la evaluación de la generación de remociones en masa y para el alcance o zonas de depositación de las mismas.
Siendo el método de superposición de capas y la evaluación espacial multicriterio, ambas metodologías de mapeo indirecto y cualitativo, unas de las más utilizadas, se presenta un ejemplo de evaluación de susceptibilidad a la generación de remociones en masa.
- Se eligen los factores condicionantes (mapas temáticos) y se subdividen en diferentes clases.
- Se asigna un índice ponderador a cada factor condicionante de acuerdo con el peso o influencia que éste tiene sobre la generación de remociones en masa.
- Se asigna a cada clase de cada factor un valor índice de acuerdo con el peso o influencia que éstos tienen sobre la generación de las remociones en masa.
- Se superponen los mapas ponderados.
- El resultado de la suma ponderada anterior se divide en distintas clases de susceptibilidad.
Posteriormente a la definición de mapas temáticos, sigue la etapa de homologación y remuestreo, que consiste en clasificar y utilizar los distintos mapas temáticos para representar la influencia espacial de cada uno de los factores en la susceptibilidad de generación de flujos, deslizamiento y caídas de roca.
De esta manera, se entenderá el concepto de “favorabilidad” como el grado de influencia que tienen los distintos elementos dentro de un mapa temático, para la generación de remociones en masas. Luego, cada uno de los mapas elaborados es dividido en 5 clases o rangos, desde el valor 1, muy poco favorable, hasta 5 que señala muy alta favorabilidad de la clase. En la Tabla 3, se muestra un ejemplo tomado de Alfaro et al. (2018) con los rangos o clase para cada mapa temático, con el valor de favorabilidad definido en el caso del estudio regional de Coquimbo Norte.
Es fundamental señalar que el valor de favorabilidad designado a cada clase debe ser ajustado, para cada zona de estudio, sobre la base del catastro y el trabajo de campo.
Tabla 3: Ejemplo de valores de favorabilidad para distintos mapas temáticos considerados en la generación de remociones en masa. FL: flujo, DC: deslizamiento y caídas. (Tomado de Alfaro et al. (2018)
Factor o mapa temático
|
Clase o Rango
|
Valor de Favorabilidad
|
Geología*
|
Zona de alteración
Depósitos antrópicos
Depósitos aluviales (en general)
Depósitos aluviales inactivos
Sedimentos continentales del Pleistoceno-Cuaternario
Depósitos aluviales-coluviales
Depósitos coluviales
Depósitos eólicos
Depósitos fluviales (en general)
Depósitos fluviales antiguos
Sedimentos glaciales (en general)
Depósitos litorales o de playa
Depósitos de remoción en masa
Vegas
Sedimentos continentales poco consolidados, del Neógeno
Sedimentos marinos poco consolidados, del Neógeno
Rocas intrusivas
Rocas metamórficas
Rocas sedimentarias continentales
Rocas sedimentarias marinas
Rocas volcánicas sedimentarias
Buffer a estructuras**
|
FL
5
3
5
5
4
4
3
2
5
2
4
1
5
4
2
2
3
2
2
2
2
Roca+1
|
DC
5
4
3
3
4
4
5
2
1
1
4
1
5
1
2
1
3
3
4
4
3
Roca+1
|
Geomorfología
|
Cordillera de los Andes alta
Cordillera de los Andes media
Cordillera de los Andes baja
Cordillera de la Costa
Cordones transversales
Llanos de sedimentación fluvio-aluvial
Pampa transicional
Planicie litoral
Valles transversales
|
FL
5
4
4
3
3
4
3
2
5
|
DC
5
5
4
3
3
1
3
1
1
|
Pendiente
|
0°-8°
8°-15°
15°-22°
22°-35°
> 35°
|
1
2
3
4
5
|
Densidad de drenaje
|
5 Rangos según desviación estándar
En caso de obtener más de 5 rangos, se sugiere fusionar los extremos
|
Orden creciente
|
Razón de Melton
|
5 Rangos según cortes naturales
|
Orden creciente
|
Clima
|
Semiárido de lluvia invernal e influencia costera
Semiárido de lluvia invernal
Tundra de lluvia invernal
Tundra
|
FL
1
5
4
4
|
DC
2
3
5
5
|
* Las unidades son categorizadas en términos generales, sin embargo, una misma unidad podría tener distintas favorabilidades dependiendo de la localidad. Esto debe ser validado con información geológica y visitas a terreno.
** Se incluye la influencia de fallas como un factor que aumenta el valor de favorabilidad de las rocas. Metodológicamente se indica esta influencia como un área en torno a las fallas (buffer) equivalente al 10% de su traza, donde se espera un mayor deterioro de la roca (máximo buffer 5 km).
Posteriormente, se realiza la ponderación de los mapas temáticos finales, ya reclasificados según las diferentes clases mediante el Proceso de Análisis Jerárquico, conocido como AHP (Analytic Hierarchy Process; Saaty, 2008).
Esta etapa comprende evaluar la importancia o peso que tiene cada variable o mapa temático con respecto a los demás, en directa relación con su capacidad para favorecer la generación de flujos (FL), deslizamientos y caídas de roca (DC).
Para ello, se le asigna a cada factor a un valor de 1 a 9 según cuánto más relevante es para la generación de un determinado tipo de remoción en masa (Tabla 4).
Tabla 4: Escala de Saaty (2008) para la comparación a pares en el método AHP.
Escala de importancia entre pares de variables.
|
Definición
|
Explicación
|
1
|
De igual importancia
|
Dos actividades contribuyen de igual forma al objetivo
|
2
|
Leve importancia
|
-
|
3
|
Moderada importancia
|
La experiencia y el juicio favorecen levemente a una actividad sobre la otra
|
4
|
Moderada a fuerte importancia
|
-
|
5
|
Importancia esencial o fuerte
|
La experiencia y el juicio favorecen fuertemente una actividad sobre la otra
|
6
|
Fuerte a muy fuerte importancia
|
-
|
7
|
Muy fuerte importancia
|
Una actividad es mucho más favorecida que la otra; su predominancia se demostró en la práctica
|
8
|
Muy fuerte a extrema importancia
|
-
|
9
|
Extrema importancia
|
La evidencia que favorece una actividad sobre la otra es absoluta y totalmente clara
|
1,1-1,9
|
Entre 1 y 2, cuando la comparación de importancia es muy estrecha.
|
Una mejor manera de asignar estos pequeños decimales es comparar dos actividades con un tercero en común, usando la escala de valores del 1 al 9. De esta manera es posible obtener valores como 9/8 o 7/4, entre otros
|
Recíprocos
|
aij=1/aij
|
Si la actividad i tiene un número asignado cuando se comparó con la actividad j, luego j tiene el valor recíproco cuando se compara con i
|
Racionales
|
Razón derivada de la escala
|
Si la consistencia fuera forzada para obtener n valores numéricos que abarque la matriz
|
En este proceso se recomienda descartar aquellas variables cuyo peso sea menor o igual a 5%, ya que su influencia en la generación de remociones en masa puede ser despreciable respecto del resto de los factores.
Esta etapa requiere una discusión con profesionales que tengan experiencia en la materia y el área de estudio, a fin de determinar las ponderaciones y variables que se utilizarán (debe ser incluido en Clínica de Discusión con funcionarios expertos de SERNAGEOMIN).
Finalmente, se obtienen dos mapas preliminares de susceptibilidad un mapa de flujos y otro de deslizamientos y caídas, a partir de la suma ponderada de las capas temáticas con ayuda de un SIG.
Para la evaluación según tipo de proceso se recomienda utilizar al menos las siguientes variables:
ü Los procesos tipo flujo son evaluados con las variables Geología, Geomorfología, Razón de Melton y variables morfométricas, Densidad de drenaje y Clima.
ü Los procesos tipo deslizamientos y caídas son evaluados con las variables Geología, Geomorfología, Pendiente y Clima.
Adicionalmente, el producto resultante del análisis puede ser reevaluado mediante la superposición de variables dinámicas asociadas a factores desencadenantes. Los más comunes corresponden a la aceleración sísmica, vinculada con terremotos de subducción, pronósticos meteorológicos de lluvias o actividad volcánica.
2.4) FASE 2b. VALIDACIÓN DE CATASTRO Y MAPAS TEMÁTICOS CON TRABAJOS DE CAMPO
Esta campaña de validación de catastro de remociones en masa y mapas temáticos debe considerar el acompañamiento de personal profesional de SERNAGEOMIN, la que deberá ser indicada en el programa de trabajo presentado por el proveedor. Los énfasis, estrategia y características del trabajo de campo debe ser acordado con Sernageomin y registrado en un acta de reunión.
La validación en terreno del catastro de remociones en masa debe ser al menos del 15% del registro, para lo cual el proveedor deberá incluir las fotografías, fichas descriptivas u otros antecedentes que sustenten dicha validación.
Las Fases 2a y 2b deberán considerar las respectivas etapas de revisión, Clínicas de Discusión y entregas de informes de avance. Luego, el documento y mapas deberán incorporar todas las observaciones y correcciones discutidas en la Clínica de discusión previa al Hito 3.
2.5) FASE 3. MAPAS DE SUSCEPTIBILIDAD FINAL.
En esta fase se considera al análisis final del estudio y la validación en terreno que incorpore toda la información levantada. La campaña de terreno final debe realizarse en conjunto con profesionales de SERNAGEOMIN. Los resultados de esta actividad contemplan la elaboración de los mapas de susceptibilidad a las remociones en masa regional escala 1:250.000 (Mapa 2: Flujos, Mapa 3: caídas y deslizamientos, Mapa 4: Susceptibilidad general; así como la estrategia, el diseño y las actividades propuestas para la confección de mapas de detalle elaborados en sectores críticos de la región, a escalas entre 1:10.000 y 1:1.000.
Adicionalmente en el sector crítico del Morro de Arica se deberá realizar el mapa 5, sobre la base de un análisis crítico de antecedentes (recopilación, validación y sistematización de los informes y estudios geológicos, geotécnicos y de peligros de RM del Morro de Arica), actividades de levantamiento del catastro y condiciones de inestabilidad propias del área, y levantamiento de dron que permita generar la topografía de detalle y modelo 3D con el fin de detectar las áreas críticas a ser afectadas por RM. En este análisis se deberá incluir recomendaciones de estudios específicos y medidas de mitigación estructurales u otras que sean relevantes de considerar.
Los mapas finales tendrán que contar con controles cartográficos digitales, en los que se analizará la forma, el contenido y la estructuración de la información digital en la base de datos, de acuerdo con las normas y estándares de SERNAGEOMIN en esta materia.
Esta Fase debe considerar las respectivas etapas de revisión, Clínicas de Discusión y entregas de informes de avance. Luego, el documento y mapas finales deberán incorporar todas las observaciones y correcciones discutidas en la Clínica de discusión previa al Hito 4.
2.6) FASE 4. PREPARACIÓN Y CONFECCIÓN DE BASE DE DATOS FINALES.
Montaje proyecto ArcGis sobre base topográfica IGM y según diseño (layout) en plantilla de diagramación y simbología acorde a las normas y estándares de SERNAGEOMIN en esta materia.
2.7) Presentación de resultados de avance mediante Clínicas de discusión
Las Clínicas de Discusión corresponden a reuniones de trabajo en que el equipo ejecutor debe presentar los principales avances y problemáticas del área de estudio; se deben realizar de manera previa a la entrega de los Informes de avance relativos a los Hitos 2, 3 y 4. Estas podrán realizarse vía presencial o telemática y en distintos formatos a acordar con el Proveedor (análogo, digital, presentaciones, reuniones de discusión, etc.). Dentro de esto, se deben realizar al menos tres Clínicas de Discusión, documentadas mediante Acta de Reunión, donde deberán participar el Jefe de Proyecto y su equipo de trabajo, y profesionales de SERNAGEOMIN que representen la contraparte técnica. En estas reuniones los asistentes pueden hacer comentarios y/o sugerencias, las cuales quedan registradas en el Acta de Reunión como acuerdos para ser incluidos en el respectivo informe. Estas Clínicas al ser instancias de presentación de resultados y revisión por parte del equipo de Sernageomin, deberán considerar una exposición de avance suficientemente acabado para alcanzar los objetivos del Hito respectivo.
TERCERA ETAPA: TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTO
Transferencia de conocimientos en Geología y Peligros Geológicos a los potenciales usuarios de la información generada en el estudio. Consiste en difundir gratuitamente los resultados del proyecto y transferir el conocimiento generado con el estudio, al personal que trabaja en la gestión del riesgo de desastres naturales en la región, dentro de las distintas instituciones interesadas (a nivel, comunal, provincial y regional, así como a organizaciones comunitarias, educadores y profesionales de la salud).
Los medios en concreto podrán ser definidos en los talleres o reuniones técnicas durante la ejecución del proyecto, sin embargo, se deberán considerar las siguientes alternativas: seminarios, videos explicativos (dado el escenario actual de pandemia) copias en papel del mapa final, dípticos informativos, entre otros.
Finalmente, se debe realizar la transferencia del conocimiento a los usuarios finales, a través de a lo menos 2 seminarios o talleres de cierre (1 por cada provincia), 3 videos explicativos (1 sobre el contexto geológico-geomorfológico de la región, 1 sobre la problemática de las remociones en masa en la región y 1 con los resultados finales del estudio), 5 copias en papel del informe (en formato empastado) y mapas finales, archivos digitales en formato SIG (shp y raster) y kmz, dípticos informativos u otro formato en común acuerdo con SERNAGEOMIN, los cuales corresponden a productos de difusión.
ARTÍCULO 42: PLAZO PARA LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS Y ENTREGA DE MATERIALES E INFORMACION
El plazo máximo para los trabajos del estudio será de 420 (cuatrocientos veinte) días corridos, el cual se suspende durante los periodos de revisión y corrección de los Hitos señalados en el Artículo 43. El plazo total del estudio, incluidas las etapas de revisión del SERNAGEOMIN y correcciones del contratista, corresponde a un total acumulado de 585 (quinientos ochenta y cinco) días corridos.
El contratista cada vez que entregue a SERNAGEOMIN sus informes de avance para que sean revisados, deberá hacerlos por escrito, informando de ello también al Gobierno Regional de Arica y Parinacota. SERNAGEOMIN deberá cada vez entregar una nota o correo electrónico de recepción, fechada, de los informes que se le hacen llegar para su revisión.
Al finalizar el proyecto, el Proveedor deberá entregar a SERNAGEOMIN, en medio análogo y/o digital, según corresponda, los siguientes materiales e insumos:
1) Toda muestra recolectada (roca o sedimento) para análisis, deberán entregarse correctamente etiquetadas, embaladas y con los respectivos datos y resultados que se obtengan de ellas.
2) Base de datos digital con la información bibliográfica recopilada (y citada) y detalle/resumen de la información relevante para este estudio (publicaciones científicas y sus conclusiones, catastro de remociones en masa, etc.).
3) Base de datos de puntos de observación (fichas de descripción geológico-geotécnico) y muestras recolectadas (tabla Excel y coberturas digital como gdb o shp), fotografías de terreno (afloramientos, vistas generales, rasgos de interés para inestabilidad), etc. Toda esta información deberá estar georeferenciada y disponibilizada en Sistemas de información Geográfica (coordenadas UTM).
4) Base de datos de las rutas recorridas (‘tracks’) durante cada una de las campañas de terreno realizadas, en formato que incluya información de ubicación (coordenadas UTM), hora y fecha (Garmin file, GXP, TCX, SHAPE, KMZ o similar).
5) Informar los recursos de sensores remotos utilizados durante el trabajo, los procesos aplicados y su interpretación en el tratamiento de imágenes satelitales. Se deberán devolver todos los elementos de sensores remotos entregados por SERNAGEOMIN al inicio del proyecto.
6) Fichas, planillas, actas y documentos administrativos en los formatos y estándares de SERNAGEOMIN.
7) Todos los mapas, productos y subproductos digitales que sean elaborados deberán ser entregados en formato SIG (raster y shp) y kmz.
ARTÍCULO 43°: HITOS QUE COMPRENDE EL ESTUDIO.
A continuación, se detallan los productos que SERNAGEOMIN exigirá al proveedor a lo largo del desarrollo del proyecto:
a) Hito 1. Informe de inducción, ajuste metodológico y recopilación bibliográfica.
Debe incluir la sistematización de base de datos y organización general de la información recibida desde SERNAGEOMIN como aquella recopilada por el proveedor. Incluyendo los ajustes metodológicos acordados en reuniones de inicio del proyecto. Se debe incluir una reseña breve del material compilado (fuentes de información, simbología asociada, etc.), una síntesis detallada de la información bibliográfica recopilada, informada en orden cronológico de publicación, junto con sus respectivas bases de datos y proyecto SIG (trabajos previos en el área, mapas disponibles, vegetación, morfometría, etc.).
A la entrega de este Hito SERNAGEOMIN tendrá un plazo de revisión de 15 días corridos y el proveedor un plazo de 15 días corridos para la corrección y ajuste, contados desde que SERNAGEOMIN le hace llegar por escrito sus observaciones. En caso de no incluir las observaciones de SERNAGEOMIN se aplicará la multa respectiva y/o la anulación del contrato según corresponda.
b) Hito 2. Informe de avance 1: Catastro y mapas temáticos preliminares (Fase 1a y 1b).
Este deberá incluir toda la información cartográfica existente para la zona de estudio, sistematizada en mapas temáticos (Geología, Geomorfología, Morfometría, Hidrografía, etc.) a escala 1:100.000 en formato ArcGis versión 10.3 o superior y en formato Google Earth, elaborado de acuerdo a las normas de Sernageomin en contenido, estructura y forma, que incluya la simbología y leyenda explicativa, figuras anexas. Además, un mapa de catastro de remociones en masa preliminar con base de datos (formato entregado por Sernageomin). En esta etapa se debe incluir la preparación de insumos y cartografía para el envío a revisión de Difrol.
A la entrega de este Hito SERNAGEOMIN tendrá un plazo de revisión de 15 días corridos y el proveedor un plazo de 15 días corridos para la corrección y ajuste, contados desde que SERNAGEOMIN le hace llegar por escrito sus observaciones. En caso de no incluir las observaciones de SERNAGEOMIN se aplicará la multa respectiva y/o la anulación del contrato según corresponda.
c) Hito 3. Informe de avance 2: Catastro final y mapas de susceptibilidad preliminares (Fases 2a y 2b). Informe que contenga la información y estado de avance con respecto al Mapa de catastro de remociones en masa y Base de datos Final (Mapa 1). Además, se deben incluir los tres Mapas de susceptibilidad preliminares por tipo de remoción en masa: Flujos (complementar con Lahares), Deslizamientos y Caídas y RM en general a escala 1:250.000, en formato ArcGis versión 10.3 o superior y en formato Google Earth, elaborado de acuerdo con las normas de Sernageomin en contenido, estructura y forma que incluya la simbología y leyenda explicativa, figuras anexas.
A la entrega de este Hito SERNAGEOMIN tendrá un plazo de revisión de 20 días corridos y el proveedor un plazo de 15 días corridos para la corrección y ajuste, contados desde que SERNAGEOMIN le hace llegar por escrito sus observaciones. En caso de no incluir las observaciones de SERNAGEOMIN se aplicará la multa respectiva y/o la anulación del contrato según corresponda.
d) Hito 4. Informe final y mapas e informes finales de susceptibilidad (Fase 3 y 4) y Transferencia de conocimiento.
Este deberá incluir en sus versiones finales los mapas de susceptibilidad a las remociones en masa a escala 1:250.000 para toda la región de Arica y Parinacota (Mapas 2, 3 y 4); así como, la estrategia y propuesta de elaboración de mapas de peligro geológico en sectores críticos para la región, a escalas entre 1:10.000 y 1:1.000 y el análisis particular para el sector del Morro de Arica. Dentro de las recomendaciones de estrategia y propuestas de acción, deben incluirse en el análisis los distintos centros poblados y el área de influencia que pueda impactarlos o con presión de crecimiento habitacional (urbano). Ejemplos de estos son: el valle de Azapa desde Rotonda hasta Livilcar, valle de Llluta desde Asentamiento Jordán hasta Linderos, Codpa- Guañacagua, Chaca-Vitor, Putre, Socoroma, Chapiquiña, Belen, Ticnamar, Guallatire, así como otros que pudiesen ser establecidos por el GORE Arica y Parinacota.
El documento explicativo del mapa (informe final), debe ser acorde con los requisitos de elaboración y editoriales entregados. Además, debe estar conforme con lo estipulado en las actas de reuniones y clínicas previas realizadas, las cuales deben ser incluidas en el mismo. Para la entrega de este Hito, los mapas deben estar aprobados por Difrol.
Desde la entrega del informe final y los mapas respectivos, SERNAGEOMIN tendrá un plazo de revisión de 25 días corridos y el proveedor deberá subsanar las eventuales observaciones y/o dar lugar a los ajustes que correspondan, dentro de los 20 días corridos siguientes. En caso de existir observaciones no resueltas, SERNAGEOMIN tendrá un plazo excepcional de 10 días corridos de revisión y el proveedor un plazo excepcional de 10 días corridos para subsanarlas. El plazo de corrección, por parte del contratista, se cuenta desde que SERNAGEOMIN le hace llegar por escrito sus observaciones. En caso de no incluir las observaciones de SERNAGEOMIN en la segunda iteración, se aplicará la multa respectiva y/o la anulación del contrato según corresponda.
Asimismo, en cuanto a la trasferencia de conocimientos, se debe incorporar al informe final, el detalle de las actividades realizadas y los productos de divulgación, con sus respectivos medios de verificación. Se debe incluir productos de difusión asociados a seminarios y talleres (a lo menos 2), los 3 videos explicativos, a lo menos 5 copias en papel y digital en formato SIG (rater y shp) y kmz de los mapas e informes finales y copias en papel y digital de los dípticos informativos. Los formatos y cantidades estipuladas podrán ser ajustados de común acuerdo con SERNAGEOMIN.
El siguiente cuadro es un resumen de lo señalado precedentemente donde los días corresponden a “días corridos”:
Etapa
|
Plazo ejecución consultor
|
Plazo revisión
|
Plazo corrección consultor
|
Plazo excepcional de revisión
|
Plazo excepcional de corrección consultor
|
Plazo total de la Etapa
|
Plazo acumulado
|
1er informe
Hito 1: Informe de inducción, ajuste metodológico y recopilación bibliográfica
|
60
|
15
|
15
|
0
|
0
|
90
|
90
|
2do informe
Hito 2: Informe de Avance 1
|
120
|
15
|
15
|
0
|
0
|
150
|
240
|
3er informe
Hito 3: Informe de Avance 2
|
120
|
20
|
15
|
0
|
0
|
155
|
395
|
4to informe
Hito 4: Informe final y Transferencia de conocimiento
|
120
|
25
|
20
|
15
|
10
|
190
|
585
|
Total
|
420
|
75
|
65
|
15
|
10
|
585
|
El incumplimiento de los acuerdos tomados en la forma y contenido del Informe Final y mapas adjuntos implicará la aplicación de multas de conformidad a lo dispuesto en el Artículo N° 20 de las Bases Administrativas, independiente de la obligación de volver a presentar este informe.
ARTÍCULO 44°: OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR.
a) Reuniones de trabajo y Clínicas de Discusión. El consultor deberá coordinar mensualmente reuniones de trabajo para discutir los avances del proyecto con el equipo de Sernageomin registrando los acuerdos en las actas oficiales. Estas reuniones deberán ser previamente acordadas por la contraparte técnica. Asimismo, se deberán programar las Clínicas de discusión en las etapas respectivas a los diferentes Hitos, las cuales también deberán ser documentadas mediante Actas.
b) Adicionalmente, el consultor deberá reportar mensualmente un estado de avance con un programa que contenga información del porcentaje de avance estimado en la ejecución del Estudio a efectuar ese mes y los meses siguientes hasta completar el 100% del Estudio.
c) Los mapas resultantes para la región de Arica y Parinacota a escala 1:250.000 y el Mapa 5 del Morro de Arica, deberán ser entregados en formato ArcGis versión 10.3 o superior y en formato Google Earth, elaborado de acuerdo con las normas de Sernageomin en contenido, estructura y forma, que incluya la simbología y leyenda explicativa, figuras anexas. Además, los informes explicativos de los mapas y de las unidades en él descritas, deberán ser entregados en formato Word, según normas editoriales entregadas por Sernageomin en contenido, estructura y forma (ej. Alfaro et al., 2017; Alfaro et al., 2018; Espinoza et al., 2019; Brantt et al., en desarrollo), que incluya figuras y anexos.
ARTÍCULO 45°: PERFIL DEL OFERENTE Y REQUISITOS EQUIPO DE TRABAJO
Para este trabajo, SERNAGEOMIN requiere un grupo de profesionales de las geociencias, que estén capacitados y cuenten con la experiencia necesaria para desarrollar proyectos de larga duración y alta complejidad técnica, con la supervisión técnica y administrativa de personal profesional de Sernageomin.
En concordancia con lo anterior, el equipo de trabajo debe conformarse con 2 geólogos y 1 geógrafo, donde uno de los geólogos asumirá el rol de Jefe de Proyecto.
Las características del equipo de trabajo cuyos servicios se busca licitar, deberán ser las siguientes:
i) Jefe de Proyecto, de profesión geólogo, deberá contar con experiencia demostrable en proyectos de peligro de remociones en masa, a escala regional (entre 1:50.000 y 1:250.000). La dedicación de cada uno de ellos deberá explicitarse en el programa de trabajo.
El Jefe de Proyecto deberá asumir el rol de “Coordinador del Estudio”.
Los requisitos mínimos que debe cumplir el Jefe de Proyecto son:
- Años de experiencia laboral en geología: 15 años
- Años de experiencia específica en materias de peligros geológicos: 10 años
- Número de proyectos en el rol de jefe o coordinador: mínimo 3
- Número de proyectos en peligros de remociones en masa: mínimo 3
Para acreditar el número de proyectos se deberá demostrar la experiencia de acuerdo con el anexo N° 5.
ii) Geólogo de proyecto, de profesión geólogo, deberá contar con experiencia laboral en el desarrollo de proyectos de peligro geológico a distintas escalas, con el objetivo cartográfico y científico de los productos que se busca contratar en estas bases técnicas, tales como, publicaciones, memoria, tesis, entre otros. La dedicación de cada uno de ellos deberá explicitarse en el programa de trabajo.
Los requisitos mínimos que debe cumplir el Geólogo de Proyecto son:
- Años de experiencia laboral en geología: 7 años
- Años de experiencia específica en materias de peligros geológicos: 5 años
- Número de proyectos en peligros de remociones en masa: mínimo 3
Para acreditar el número de proyectos se deberá demostrar la experiencia de acuerdo con el anexo N° 6
iii) Geógrafo, deberá contar con experiencia en el desarrollo de cartografía digital y levantamiento de línea de base territorial. Deberá ser un especialista en software ArcGIS (versión 10.3 o superior) y manejo de GeoDataBase. La dedicación de cada uno de ellos deberá explicitarse en el programa de trabajo.
Los requisitos mínimos que debe cumplir el Geógrafo son:
- Años de experiencia laboral: 5 años
- Años de experiencia específica en materias de cartografía temática: 3 años
- Número de proyectos en levantamiento de línea base territorial: mínimo 2
Para acreditar el número de proyectos se deberá demostrar la experiencia de acuerdo con el anexo N° 6
Todos los profesionales del equipo de trabajo deberán acompañar Certificado de Título y currículum actualizado.
ARTÍCULO 46°: REQUERIMIENTOS PARA LA OFERTA TÉCNICA
Se solicita a los oferentes entregar su oferta técnica con los siguientes contenidos (capítulos):
I. Equipo de trabajo: se deberá indicar el equipo de profesionales asignado al proyecto, identificándose en un organigrama la función de cada uno y los recursos con que cuenta para el desarrollo de las actividades enunciadas en el programa de trabajo del proyecto.
II. Objetivos del Proyecto: Se deben reconocer los objetivos geológicos, y otros, que se busca abordar con el desarrollo del proyecto (problemáticas geológicas, modelos de análisis, entre otros), los que deben ser consistentes con las metodologías a aplicar y los resultados esperados/entregables del proyecto (de acuerdo a las bases técnicas).
III. Metodologías a utilizar: Describir las distintas metodologías que se utilizarán en cada materia/áreas de los distintos peligros geológicos, u otra que se requiera, para alcanzar los objetivos del proyecto; debe indicar como llevará a cabo las diferentes etapas del trabajo, con cuáles recursos y cómo se relacionan estas metodologías con los objetivos y los entregables del proyecto (de acuerdo a las bases técnicas).
IV. Desglose de costos de las actividades/recursos a realizar/utilizar: Detalle del valor de las actividades y de los recursos (técnicos y humanos valorizados) que se destinarán al desarrollo de cada actividad enunciada en el programa de trabajo. Debe ser consistente con la oferta económica realizada.
V. Programa de trabajo: Debe indicar la planificación de las distintas actividades a realizar en cada etapa de desarrollo del proyecto (de acuerdo a las etapas del proyecto descritas en las Bases Técnicas), los plazos de ejecución y la asignación de recursos para cada una de ellas, en formato de carta Gantt. Este programa debe especificar los roles y actividades a realizar por cada miembro del equipo de trabajo.
ARTÍCULO 47°: OFERTA TÉCNICA
La oferta técnica que presenten los oferentes deberá ajustarse íntegramente a los requerimientos señalados en las presentes bases técnicas, adjuntando los antecedentes necesarios que lo demuestren, de lo contrario no se evaluará y será declarada inadmisible.
Asimismo, se deben acompañar los antecedentes necesarios para evaluar la oferta de acuerdo a lo que regula el artículo 15 de las bases administrativas de esta licitación.
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