Licitación ID: 85-11-LE16
Evaluación Satisfacción Usuaria Programas JUNAEB
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA, JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Encuestas por muestreo 1 Unidad
Cod: 81131504
“Estudio de evaluación de la satisfacción usuaria de seis programas de hogares y becas de residencia estudiantil”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Evaluación Satisfacción Usuaria Programas JUNAEB
Estado:
Adjudicada
Descripción:
“Estudio de evaluación de la satisfacción usuaria de seis programas de hogares y becas de residencia estudiantil”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
Resguardo a la propiedad intelectual.
2. Organismo demandante
Razón social:
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA
Unidad de compra:
JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECA
R.U.T.:
60.908.000-0
Dirección:
ANTONIO VARAS 153 PROVIDENCIA
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-05-2016 19:59:00
Fecha de Publicación: 11-05-2016 18:50:01
Fecha inicio de preguntas: 11-05-2016 19:30:00
Fecha final de preguntas: 14-05-2016 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-05-2016 17:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 26-05-2016 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 26-05-2016 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 23-06-2016 16:13:37
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- - Anexo Nº 1, denominado “Identificación del oferente”. - Anexo Nº 2, denominado “Declaración jurada simple de inhabilidades”. - Anexo Nº 3, denominado “Autorización para retiro de valores”. - Anexo Nº 4, denominado “Autorización para efectuar depósitos o transferencias”.
Documentos Técnicos
1.- - Anexo N° 6 denominado “Experiencia del oferente”. - Anexo N° 7 denominado “Certificado de experiencia”. - Anexo Nº 8 denominado “Perfil jefe de proyecto”. - Anexo Nº 9 denominado “Equipo de trabajo”. - Anexo Nº 10 denominado “Plan de trabajo y carta Gantt”.
 
2.- • Anexo Nº 11 denominado “Formato acta de reunión”. • Anexo Nº 12 denominado “Formato de los Informes”. • Anexo Nº 13 denominado “Características de los programas de hogares y residencias estudiantiles de JUNAEB”. • Anexo Nº 14 denominado “Manuales de los programas de becas”.
 
Documentos Económicos
1.- • Anexo Nº 5 denominado “Oferta económica”. El valor indicado en este anexo, será considerado para la evaluación del factor económico.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Económica Remítase a lo indicado en el subtítulo 11.2 de las bases administrativas, denominado "Criterio evaluación económica" 30%
2 Cumplimiento de requisitos formales Remítase a lo indicado en el subtítulo 11.3 de las bases administrativas, denominado "Criterio cumplimiento de requisitos formales de presentación de ofertas" 5%
3 Evaluación Técnicas Remítase a lo indicado en el subtítulo 11.1 de las bases administrativas, denominado "Criterio evaluación técnica" 65%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Ley de presupuestos N° 20.882
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 5 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Claudia Arancibia
e-mail de responsable de pago: claudia.arancibia@junaeb.cl
Nombre de responsable de contrato: Ademar Nuñez Pineda
e-mail de responsable de contrato: ademar.nunez@junaeb.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-2410-2649
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas
Fecha de vencimiento: 23-08-2016
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: El oferente deberá entregar en la oficina de partes de la Dirección Nacional, ubicada en Avenida Antonio Varas 153, Providencia, en el plazo establecido en el título 3 denominado “Etapas y plazos”, una Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista, Certificado de Fianza, Póliza de Seguros de liquidación inmediata y a primer requerimiento o Depósito a Plazo, o cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista, con carácter de irrevocable y extendido en forma nominativaa la orden de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT 60.908.000-0, que asegure el cobro de manera rápida y efectiva, por un monto de $500.000.- (Quinientos mil pesos) o su equivalente en unidad de fomento (UF), con una vigencia no inferior a 90 días corridos contados desde el día siguiente de la fecha de cierre de recepción de ofertas, señalado en el portal Mercado Público. La garantía debe contener la siguiente glosa: “Para garantizar la seriedad de las ofertas de la propuesta ID 85-11-LE16”. Tratándose de vale vista, por la propia naturaleza del instrumento, no llevará glosa. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. La falta de presentación de la garantía de seriedad de la oferta, en la oportunidad indicada en el título N°3, denominado “Etapas y plazos” de las presentes bases administrativas, o sí su presentación fuese extemporánea, dará lugar al rechazo de la oferta en el proceso de apertura electrónica a través del portal mercado público y a su vez declarada inadmisible mediante resolución fundada de JUNAEB. Esta garantía se hará efectiva, en los siguientes casos: a. Desistimiento de la oferta dentro del período de validez exigido para la misma. b. Retiro de la oferta una vez adjudicado el proceso de licitación c. No presentación de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, dentro del plazo estipulado en el título 14 de las bases administrativas, denominado “Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato”. d. Negativa a suscribir el contrato. e. La falta de coincidencia o verosimilitud de los antecedentes presentados o del contenido de la oferta. f. La no entrega por parte del adjudicatario de la documentación exigida para la suscripción del contrato, dentro de los plazos, establecidos en las bases administrativas, cuando corresponda. Esta causal también será aplicable para aquellos casos en que JUNAEB hubiere solicitado al adjudicatario, la corrección de reparos a la documentación presentada. g. Cuando el adjudicatario no proceda con la inscripción en Chileproveedores, dentro de los plazos establecidos para ello en subtítulo 16.1, denominado “Del registro de chile proveedores”, de las bases administrativas.
Glosa: “Para garantizar la seriedad de las ofertas de la propuesta ID 85-11-LE16"
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad de la oferta a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la notificación a través del portal de Mercado Público, que dé cuenta de la inadmisibilidad o adjudicación de la presente licitación. Sin embargo, este plazo se extenderá hasta el 30 días corridos, para los restantes oferentes, de conformidad al título 15, denominado, “Facultad de readjudicación” de las presentes bases administrativas, en el evento que JUNAEB haga uso de la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último desistiera de celebrar el respectivo contrato o no presentare la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Para el oferente que haya sido adjudicado, la devolución de la garantía de seriedad de la oferta, se realizará una vez que ésta sea reemplazada por la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y luego de ser aceptada por JUNAEB.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas
Fecha de vencimiento: 31-03-2017
Monto: 5 %
Descripción: El oferente que haya resultado adjudicado, deberá presentar dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación, una caución la que deberá ser nominativa, pagadera a la vista, tener el carácter de irrevocable y asegurar a JUNAEB el cobro de la misma de manera rápida y efectiva con el objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, garantizar el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario, así como para cubrir el pago de las multas que pudieran originarse durante la ejecución del contrato, en caso de ser procedente. La caución o garantía deber ser entregada en oficina de partes de JUNAEB, ubicada en Antonio Varas 153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, a nombre de la JUNTA NACIONAL DE AUXILIO ESCOLAR Y BECAS, RUT 60.908.000-0, con una vigencia no inferior a 90 días corridos contados desde el día siguiente de la fecha de término del contrato, por un monto equivalente al 5% del valor total del contrato, en pesos chilenos, debiendo contener la siguiente glosa “Para garantizar a JUNAEB el fiel y oportuno cumplimiento de contrato, el pago de prestaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante, y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-11-LE16” La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Cuando el adjudicatario realice la presentación de póliza de seguros para garantizar el contrato, deberá solicitar a la institución aseguradora, que incluya cláusulas que otorguen cobertura de los eventuales incumplimientos de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del prestador y multas aplicadas. Si el adjudicatario no entregare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, dentro de los 10 días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación de la adjudicación, se tendrá por desistido de su oferta y JUNAEB podrá hacer efectiva la garantía de seriedad de la misma y adjudicar a la segunda oferta más ventajosa según lo consignado en el informe final de la comisión evaluadora, de conformidad con lo establecido en el título 15 de las presentes bases, denominado “Facultad de readjudicación”. En caso que la ejecución del servicio se prolongue más allá del plazo de vigencia inicial del contrato, el adjudicatario deberá reemplazar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento con una anticipación de al menos 10 días hábiles a su vencimiento, por otra de las mismas características y monto y con una vigencia que exceda en a lo menos 90 días corridos contados desde la nueva fecha de término de vigencia del contrato. En caso de no pago de las multas ejecutadas en virtud de los incumplimientos contractuales, JUNAEB quedará facultada para hacer efectiva esta garantía, de conformidad a lo estipulado en el título 20 denominado “Sanciones y multas”. En el caso que la multa aplicada se realice con cargo a dicha garantía, el adjudicatario deberá renovar esta caución, por el monto y período de su vigencia original, debiendo presentarla en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que ejecuta la garantía. JUNAEB podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel cumplimiento de Contrato, cuando exista Término Anticipado de Contrato, imputable al adjudicatario, según se señala en el título 21 de las presentes bases, denominado “Del término anticipado de contrato”.
Glosa: “Para garantizar a JUNAEB el fiel y oportuno cumplimiento de contrato, el pago de prestaciones laborales y previsionales con los trabajadores del contratante, y multas en el marco de la propuesta pública ID 85-11-LE16”
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato se devolverá después de su vencimiento y una vez que se encuentren cumplidas todas y cada una de las obligaciones contenidas en el contrato y no existiendo multas pendientes de pago.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

En caso de empate se adjudicará al proponente que haya obtenido mayor puntaje en el factor denominado “Propuesta de trabajo” del criterio “Evaluación técnica”; de persistir el empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en el factor denominado “Experiencia del oferente del criterio “evaluación técnica”; y de persistir el empate, se adjudicará al oferente que haya obtenido mayor puntaje en la “Evaluación económica”.

 

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Una vez adjudicada la presente Licitación Pública, y en el caso de los oferentes que no hayan resultado adjudicados, quieran realizar consultas respecto de la adjudicación, podrán comunicarse al correo preguntas@junaeb.cl, en un plazo de 3 días hábiles posteriores a la notificación de adjudicación publicada en el portal.

Toda vez que los oferentes requieran realizan consultas respecto de la adjudicación, deberán indicar ID de la licitación, razón social y Rut del oferente.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
El adjudicatario deberá presentar conjuntamente con su factura o boleta, los certificados que acrediten que se encuentra al día en el cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales e indemnizatorias de todos y cada uno de los trabajadores que hubieran prestado servicios personales y de sus subcontratistas; en la ejecución del servicio contratado por JUNAEB. Será requisito para la aprobación del pago, entre otros, la presentación de un certificado emitido por la Inspección del trabajo competente o el organismo pertinente.

La misma exigencia será requerida en el caso de que el adjudicatario se haya presentado como unión temporal de proveedores (UTP), siendo aplicable a cada miembro que constituye la unión, quienes deberán acreditar que se encuentran al día en el cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales e indemnizatorias con todos sus trabajadores.

JUNAEB se reserva la facultad de solicitar información adicional al adjudicatario, en cualquier tiempo, que le permita comprobar el debido cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales.

El adjudicatario tendrá la responsabilidad exclusiva de dirigir, monitorear, fiscalizar, controlar, administrar, coordinar, programar y ejecutar técnicamente los servicios de acuerdo a las condiciones fijadas en las presentes bases.

Todo el personal que el adjudicatario emplee en la prestación de los servicios, será contratado por él, bajo su exclusiva subordinación y dependencia, sin relación contractual o fáctica alguna con “JUNAEB”. Por lo tanto, el adjudicatario se obliga, desde ya a asumir, en su carácter de empleador, la total responsabilidad por el íntegro y oportuno cumplimento de todas y cada una de las obligaciones que, de acuerdo a la legislación laboral, previsional, tributaria, de salud y de seguridad vigentes, emanen.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, JUNAEB podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a tales oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, JUNAEB informará al resto de los oferentes de dicha solicitud, a través del portal mercado público.

En caso que JUNAEB solicitare a los oferentes que salven errores u omisiones formales, deberá hacer uso de la aplicación del portal de Mercado Público denominada “Foro inverso” para realizar consultas o solicitar información a los oferentes. Asimismo, en caso que al momento de realizar la apertura electrónica cualquiera de los oferentes hubiere incurrido en algún error u omisión formal, se solicitará que lo corrija a través del foro inverso.

JUNAEB, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, establecido en el título 3, denominado “Etapas y plazos” o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

El plazo fatal que tendrán los oferentes para salvar los errores u omisiones y para presentar certificaciones o antecedentes, que hubieren omitido presentar al momento de efectuar sus ofertas a través de la aplicación de foro inverso contemplada en el portal de mercado público, será de hasta 48 horas, contado desde la publicación del requerimiento de JUNAEB en el sistema de información.

El cumplimiento de lo indicado precedentemente, será motivo de evaluación administrativa, según el criterio denominado “Cumplimiento de requisitos formales de la oferta” indicado en el título 11 de las bases administrativas, denominado “Criterios de evaluación.

Desestimación de ofertas

JUNAEB podrá desestimar aquellas ofertas que obtengan “0” puntos en los factores técnicos de evaluación “Plan de trabajo y carta gantt” y/o “Perfil del jefe de proyecto, o toda vez que alguna de las ofertas evaluadas alcance un puntaje final inferior a 65 puntos, asimismo, podrá desestimar una oferta cuando el oferente presente antecedentes con falta de coincidencia o verosimilitud con el contenido de la oferta en relación a las exigencias de las presentes bases administrativas y técnicas en cuyo caso procederá a ejecutar la garantía de seriedad de la oferta.

JUNAEB desestimará las ofertas cuyo monto total superen el presupuesto disponible para la presente licitación, de acuerdo a lo indicado en el subtítulo 1.2 de las bases administrativas. En todos estos casos JUNAEB podrá desestimar dichas ofertas mediante resolución fundada.

Termino anticipado del contrato

JUNAEB, podrá poner término anticipado al contrato cuando ocurra alguna de las siguientes situaciones:

  1. Si el adjudicatario es declarado en liquidación de conformidad al procedimiento concursal de liquidación establecido en el título 1, capítulo IV, de la ley N° 20.720, o si este cayere en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  2. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, en cuyo caso no procederá la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
  3. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
  4. Toda vez que JUNAEB haya ejecutado la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en virtud de lo establecido en el título 20 de las bases administrativas denominado “Sanciones y multas” y el adjudicatario no la haya renovado dentro del plazo que en dicho subtítulo se establece.
  5. Incumplimiento del deber de confidencialidad establecido en el título 24 de las presentes bases de licitación.
  6. Si el prestador no presenta la nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en los plazos de presentación, previstos en el subtítulo 17.2, denominado “Modificaciones contractuales”.
  7. Por incumplimiento debidamente calificado de las obligaciones contraídas por el adjudicatario, entendiendo por tal, cuando el monto total de las multas aplicadas al adjudicatario supere el 10% del valor total del contrato.
  8. Toda vez que se vulnere el porcentaje de subcontratación y este no sea corregido por el prestador en el plazo establecido en el título 22 de las bases administrativas denominado “Subcontratación”.
  9. En el caso de unión temporal de proveedores (UTP), podrá declararse el término anticipado de contrato en los siguientes casos:

- Si uno de los miembros de la UTP se retira de esta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.

- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

- Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP  no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

- Disolución de la Unión Temporal de Proveedores.

 

En el evento que se ponga término anticipado al contrato, el adjudicatario estará obligado a entregar, a plena satisfacción de JUNAEB, aquellos servicios, que se encuentran pendientes al momento de comunicársele el término anticipado, salvo que JUNAEB opte por una solución distinta, la cual notificará por escrito al adjudicatario.

En estos casos JUNAEB podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, cobro que no dará al adjudicatario derecho a indemnización alguna. No obstante lo anterior, en los casos que la causal de término de contrato no sea por razones imputables al prestador, no le será aplicable la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Asimismo, se podrá poner término anticipado al contrato por Resciliación o Mutuo Acuerdo y cuando concurran las demás causales de Término Anticipado señaladas en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y 77 del Decreto N° 250 de 2004, que reglamenta dicha Ley. 

Subcontratación

La subcontratación por parte del adjudicatario de la presente licitación no estará prohibida, pudiendo éste concertar con terceros la ejecución de hasta el 40% de las obligaciones contraídas, debiendo el subcontratado cumplir con los mismos requisitos establecidos en las presentes bases de licitación.

El oferente que resulte adjudicado y que decida subcontratar deberá notificar a la contraparte técnica de JUNAEB (Dirección nacional) a través de carta certificada, en un plazo no inferior a 10 días hábiles anteriores al inicio de la ejecución de los servicios subcontratados, la intención de subcontratar, con lo cual JUNAEB analizará los antecedentes presentados por el prestador, con el fin de autorizarla, debiendo indicar al menos:

  • Porcentaje de subcontratación  y descripción del procedimiento para determinación del mismo.
  • Servicio(s) subcontratado.
  • Individualización del subcontratista.
  • Presentar antecedentes descritos en el subtítulo 7.3 denominado “Antecedentes administrativos”.

Una vez autorizada la subcontratación el adjudicatario deberá acompañar copia notarial del contrato celebrado con la empresa subcontratada, y en caso de que corresponda, la nómina del personal que desempeñará labores bajo régimen de subcontratación, según anexo N°8 denominado “Nómina del equipo de trabajo propuesto”.

El subcontratista estará obligado a dar estricto cumplimiento a los términos del contrato celebrado entre JUNAEB y el adjudicatario, en las mismas condiciones que se obligará este último.

En el evento en que JUNAEB advierta que un prestador ha vulnerado el porcentaje máximo establecido  para subcontratar, procederá a notificar dicho incumplimiento por carta certificada y a contar de esta, el prestador infractor  tendrá un plazo de 10 días hábiles para corregir dicho incumplimiento. La no reparación de la circunstancia  anterior, dentro del plazo, facultará a JUNAEB al término anticipado del contrato, o bien solicitar al adjudicatario el ajuste  de la subcontratación.

Asimismo, el incumplimiento reiterado de la prestación de los servicios por parte de la empresa subcontratada, facultará a JUNAEB para solicitar el cambio de dicha empresa o bien evaluar un eventual termino anticipado de contrato.

Una vez solucionado el incumplimiento, el prestador deberá informar a la Dirección Nacional de JUNAEB sobre dicha situación, acompañando copia fiel del documento  que dé cuenta del término de la relación comercial o laboral con la persona a quien el prestador subcontrató.

Sin perjuicio de lo anterior, la responsabilidad por el íntegro y cabal cumplimiento de las obligaciones que emanan de la presente licitación y de su respectivo contrato recaen exclusivamente en el contratado, debiendo éste responder por cualquier incumplimiento que se produzca en la ejecución del contrato por parte del subcontratado.

No obstante lo señalado, no procederá la subcontratación, en los casos que la persona del subcontratista, sus socios, administradores, estén afectos a alguna de las causales de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 4° de la ley Nº 19.886.

CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y PROPIEDAD

Los procesos involucrados y toda la documentación, información y datos en cualquier tipo de soporte generado durante la ejecución del contrato y/o que se recopile para la realización del mismo, tendrá el carácter de confidencial.

Todas las personas, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables.  En este sentido, la letra c) del artículo 2° de la ley N°19.628 sobre Protección de la Vida Privada, establece que para efectos de dicha ley se entenderá por “Comunicación o transmisión de datos, dar a conocer de cualquier forma los datos de carácter personal a personas distintas del titular, sean determinadas o indeterminadas”, lo cual es aplicable en la presente licitación.

Asimismo, dicho cuerpo normativo, en su artículo 7º establece que las personas que trabajan en el tratamiento de datos personales, tanto en organismos públicos como privados, están obligados a guardar secreto sobre los mismos, cuando provengan o hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público, como ocurre en este caso, como también sobre los demás datos y antecedentes relacionados con el banco de datos, obligación que no cesa por haber terminado sus actividades en el cargo.

En este contexto, el inciso primero del artículo 23° de la referida ley señala que: “La persona natural o jurídica privada o el organismo público responsable del banco de datos personales deberá indemnizar el daño patrimonial y moral que causare por el tratamiento indebido de los datos, sin perjuicio de proceder a eliminar, modificar o bloquear los datos de acuerdo a lo requerido por el titular o, en su caso, lo ordenado por el tribunal”.

Por su parte, el artículo 4° de la ley N°19.223, dispone que: “El que maliciosamente revele o difunda los datos contenidos en un sistema de información, sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio”.

Será de propiedad exclusiva de JUNAEB toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material.

Asimismo serán de propiedad de JUNAEB todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos, ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de JUNAEB.

COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR DE LOS PROVEEDORES

JUNAEB informará a la Dirección de Compras Públicas o a quién ésta determine, los antecedentes referidos al comportamiento contractual del proveedor. Ello con el fin de utilizar dicha información en la evaluación de ofertas de futuros procesos de licitación, según lo indicado en el artículo 96° bis del reglamento de la ley N° 19.886 de compras.

DE LAS INHABILIDADES PARA TRABAJAR CON MENORES DE EDAD

Dada la naturaleza de la prestación del servicio, la que implica que los profesionales del contratista se involucren en una relación directa con menores de edad y teniendo en cuenta la ley N° 20.594, que “Crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores y establece un registro de dichas inhabilidades”, el adjudicatario deberá verificar, respecto de todo el personal que desempeñe funciones en la prestación del servicio, que no concurren causales de inhabilidad para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad.

Para lo anterior, el adjudicatario deberá, previo a la contratación de toda persona que vaya a prestar servicios en la ejecución del contrato, consultar el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación. Asimismo, deberá consultar dicho registro frecuentemente, durante la ejecución del contrato, respecto de todo el personal ya contratado o que preste servicios regulares.

Para acceder a la información requerida, deberá ingresar a la página web del Registro Civil, acceder a la sección “consulta de registros en línea” y escoger la opción “inhabilidades para trabajar con menores de edad”. Para realizar la consulta deberá contar con el número de RUT de la persona que se debe revisar.

El adjudicatario deberá mantener una nómina actualizada que dé cuenta de la verificación en el registro de “Inhabilitaciones para ejercer funciones en ámbitos educacionales o con menores de edad”, respecto de todos los trabajadores que desempeñen labores en la ejecución del contrato, la cual deberá mantener a disposición de JUNAEB.