2. PARTICIPANTES |
Podrán participar en la presente propuesta, todas aquellas personas naturales, jurídicas y Unión Temporal de Proveedores, que cumplan con los requisitos exigidos en las presentes Bases Administrativas, Bases Técnicas, anexos, consultas, respuestas y aclaraciones, y que no les afecte alguna de las causales de inhabilidad establecidas en el art. 4 de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Tratándose de personas jurídicas, no deben haber sido condenadas a pena de prohibición de celebrar actos o contratos con organismos del Estado, de conformidad con la Ley N° 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica.
Además, tampoco podrán contratar o ser adjudicadas aquellas personas jurídicas o naturales a quienes por sentencia ejecutoriada del Tribunal de la Libre Competencia se les impusiere la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, en atención a lo dispuesto en la letra d) del Artículo 26 del DFL N°1 de 2004 del Ministerio de Economía, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N°211 de 1973, sobre la defensa de la libre competencia.
En caso de que el o los oferentes adjudicados no estén inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público del Estado www.chileproveedores.cl, estarán obligados a inscribirse dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación. En el caso de corresponder a una Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor de dicha unión deberá inscribirse dentro del plazo señalado para suscribir el contrato.
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3. PROHIBICIONES. |
Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54° de DFL 1 – 19653 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
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7. CONSULTAS, RESPUESTAS Y/O MODIFICACIONES DE DOCUMENTOS DE LICITACIÓN. |
Se aceptarán consultas solamente mediante la opción “Foro” disponible en la plataforma de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, las que podrán efectuarse en las fechas que se precisen en la misma licitación, siendo respondidas por el mismo medio conforme al cronograma señalado en el numeral 5. de las presentes Bases Administrativas. A su vez, las respuestas y aclaraciones estarán disponibles a través de la plataforma de Mercado Público www.mercadopublico.cl en los plazos indicados en el cronograma anotado anteriormente, información que se entenderá conocida por todos los interesados desde el momento de su publicación.
El Servicio podrá por cualquier causa y en cualquier momento, antes del vencimiento del plazo para la presentación de ofertas, modificar los documentos de licitación mediante resolución fundada, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por un oferente, en cuyo caso se establecerá un plazo prudente para que los participantes puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. Se deja constancia que el oferente se hace responsable del seguimiento del proceso licitatorio mediante la plataforma de compras públicas www.mercadopublico.cl.
Las preguntas, respuestas y aclaraciones serán complementarias a las Bases Administrativas, formarán parte integrante de los antecedentes de la licitación y serán dadas a conocer a todos los oferentes en el portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo indicado para tal efecto. Los proponentes no podrán alegar desconocimiento de los citados documentos publicados.
No resultarán procedentes en ninguna circunstancia consultas por correo electrónico, llamados telefónicos o visitas personales a dependencia de la entidad licitante.
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8. DE LAS OFERTAS. |
Las ofertas deberán ser presentadas exclusivamente en forma electrónica a través del Sistema de Información Mercado Público www.mercadopublico.cl, hasta antes del cierre de la fecha señalada en la ficha de licitación. Salvo otra indicación, el precio ingresado en cada línea de producto ofertado, deberá ser claramente identificado en valores unitarios netos, sin IVA, en pesos chilenos, y considerar otros costos directos asociados a las ofertas que pudieren originarse para dar oportuno y correcto cumplimiento del contrato, los cuales serán de cargo exclusivo del adjudicado. En caso de ser ofertas por zona franca, deberá indicar tal situación en el Formulario Nº 1C “Oferta Económica”.
Las propuestas que no ingresen a través del portal Mercado Público www.mercadopublico.cl, no serán consideradas, no obstante lo anterior, en caso de producirse un problema de indisponibilidad técnica del sistema de información www.mercadopublico.cl, que provoque la imposibilidad de ingresar los archivos correspondientes de algún oferente, éste último deberá solicitar un certificado a la dirección de compras y Contratación Pública que acredite tal imposibilidad dentro de las 24 hrs siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 (dos) días hábiles, contados desde la fecha de emisión del certificado de indisponibilidad técnica, para la presentación de sus ofertas, fuera del sistema de información, con el objeto de regularizar su situación ante el Servicio y el resto de los oferentes de la licitación. Adicionalmente deberá contar con el código de reclamo efectuado al sistema de información de compras y contratación pública al momento de no poder ingresar la información.
Es responsabilidad del oferente revisar y verificar la concordancia de los antecedentes de la licitación. El oferente debe indicar todos los requisitos de preinstalación si los hubiere. Si por deficiencia del proyecto, el oferente no detecta oportunamente errores u omisiones que pudiesen contener y no solicita su aclaración en el portal www.mercadopublico.cl, o no presenta los antecedentes mediante Formularios 1B “Especificaciones Técnicas”, Formulario 2B “Requisitos Instalación” y Formulario 3B “Plazos Generales” que corresponda, no podrá reclamar posteriormente cobro, indemnización, ni efectuar cargo alguno al mandante por tales conceptos.
Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. Para lo que siempre debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados, como también, debe comprobar verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que entrega el Sistema. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de oferta” señalado, únicamente acreditará el envío de la misma a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva.
En caso de editar una oferta ya enviada, el oferente deberá asegurarse de que luego de los ajustes efectuados la oferta vuelva a ser enviada.
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9. VALIDEZ DE LAS OFERTAS: |
Las ofertas tendrán una validez de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas indicada en la ficha de la licitación. Si vencido el plazo señalado precedentemente, el Servicio no ha realizado la adjudicación, podrá solicitar a los oferentes la prórroga de sus ofertas y garantías, de haberse solicitado en el Anexo Complementario. Los proponentes podrán ratificar sus ofertas, formalizando su decisión mediante comunicación escrita dirigida al Servicio. Se devolverá la garantía a aquellos que no accedan a la prórroga.
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10. APERTURA. |
La apertura de la propuesta se realizará, en forma electrónica, en la fecha y hora indicadas en el calendario de licitación en Portal Mercado Público. Las etapas y plazos asociados al presente proceso de licitación se detallan en la ficha Electrónica correspondiente carátula de licitación.
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11. REQUISITOS Y CONDICIONES PARA ACEPTACIÓN DE OFERTAS. |
Las ofertas deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl a través de los formularios respectivos, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en las presentes Bases y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en el Anexo Complementario, en soporte electrónico. Si alguna de las propuestas no cumple con la presentación de alguno de los documentos o exigencias establecidas en el Anexo Complementario, será declarada inadmisible, ya que son documentos, antecedentes o anexos que no admiten corrección, enmienda, rectificación o subsanación.
La sola presentación de la documentación exigida en estas Bases, implica la aceptación por parte del proponente, de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las mismas, sin necesidad de declaración expresa.
Serán consideradas como causales de inadmisibilidad de las propuestas, sin que la siguiente numeración sea taxativa, las siguientes:
a) Que un proveedor haga ofertas adicionales a los requeridos en un proceso de compras públicas y que no guardan relación alguna con el proceso.
b) Cuando el proveedor por cualquier medio de a conocer al Servicio de Salud Magallanes la oferta económica antes de la apertura económica de las mismas en el portal.
c) La no presentación del Formulario Nº 1B “Ficha Técnica”, y/o Formulario Nº 1C “Oferta Económica”.
d) La no presentación del Formulario Nº 2C “Servicio PostVenta”, de ser requerido en el Anexo Complementario.
e) La no presentación del catálogo original de la marca ofertada o la correspondiente traducción al idioma español, de ser requerido en el Anexo Complementario.
f) La no presentación del certificado de representación de la marca, de ser requerido en el Anexo Complementario.
g) Si en la oferta técnica no se presentan todos los requisitos establecidos en las bases.
h) La no concurrencia a la visita a terreno obligatoria, de ser requerirlo en el Anexo Complementario.
i) Que el oferente no haya entregado, en tiempo y forma, la garantía de seriedad de la oferta, de ser requerida en el Anexo Complementario y según lo establecido en las presentes bases.
j) Que la oferta presente un período de validez menor a 180 días.
k) Que el monto de la oferta supere el presupuesto disponible, si así se indica en el Anexo Complementario.
El Servicio se reserva el derecho de rechazar fundadamente y en atención a sus intereses, todas o cada una de las ofertas, conjunta o individualmente, sin que ello otorgue derecho a los proponentes a indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta, siendo sólo devuelta la o las Garantías que hubieren sido constituidas.
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12. ESTRICTA SUJECIÓN A LAS BASES |
Los procedimientos de licitación se realizarán con estricta sujeción a las bases administrativas que regulen las condiciones de la licitación.
Cualquier disconformidad que se produzca durante el presente proceso licitatorio, con relación a los antecedentes de la Licitación, será resuelta por la Unidad Técnica, sin perjuicio de las atribuciones del tribunal de Contratación Pública y de la Contraloría General de la República.
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13. DE LOS DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA. |
La empresa postulante incluirá la siguiente documentación, debidamente individualizada:
A. Garantía de Seriedad de la oferta.
De ser requerido en el Anexo Complementario, el oferente deberá presentar la correspondiente “Garantía de Seriedad de la oferta”, por medio de cualquier instrumento financiero pagadero a la vista y de carácter irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, como, por ejemplo, Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista o Certificado de Fianza, pagadero a primer requerimiento. En el caso de Póliza de Garantía, deberá acreditar el pago oportuno de la prima. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y ser acompañado junto a su oferta en el portal.
Este documento debe ser emitido según lo detallado en el numeral 27.1 Garantía de Seriedad de la oferta, en las presentes Bases Administrativas.
La garantía de seriedad de la oferta podrá ser entregada hasta el día hábil siguiente al cierre de recepción de ofertas. Los documentos que no se otorguen de manera electrónica deberán ser entregados en Oficina de Partes del Servicio de Salud Magallanes, en horario de 9:00 a 13:00 hrs de lunes a viernes, en sobre cerrado debidamente identificado, indicando los siguientes datos:
ID Licitación: _________________________
Nombre Licitación: _________________________
Oferente: _________________________
Representante Legal: _________________________
Firma Representante Legal: _________________________
El incumplimiento de alguno de los requisitos indicados anteriormente, en la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas, será causal de eliminación del oferente en forma inmediata.
En el caso que la garantía de seriedad de la oferta sea solicitada en el Anexo Complementario, el oferente que no entregue el documento en los plazos indicados en los párrafos anteriores no podrá participar en el proceso de licitación.
B. Anexos de la propuesta
Los archivos que se presenten en estas carpetas deben ser publicados respetando los nombres que se indican en los párrafos siguientes, con el fin de no producir confusiones durante la evaluación.
Además, todos los Formularios y sus Anexos, deben ser firmados por el Representante legal, timbrados, escaneados o presentados en formato no modificable (pdf, jpg o similar) debidamente legible, lo que será registrado en el criterio de evaluación Cumplimiento de Requisitos.
En el portal www.mercadopublico.cl, debe adjuntarse los siguientes documentos:
B.1. Anexos Administrativos
Salvo otra indicación, será obligatorio presentar los siguientes antecedentes en la carpeta “ANEXOS ADMINISTRATIVOS” del portal www.mercadopublico.cl:
• Certificado Nº 1A “Declaración Jurada Simple”.
• Formulario Nº 1A "Solicitud de Participación y Aceptación de Condiciones”.
• Formulario Nº 2A "Identificación del Proponente".
• Formulario Nº 3A "Organización", debe indicar Directores, Gerentes y Organigrama.
B.2. Anexos Técnicos:
Será obligatorio adjuntar en la Carpeta de “ANEXOS TÉCNICOS”, según se indique en el Anexo Complementario:
• Formulario Nº 1B “Ficha Técnica”. Descripción técnica detallada del producto.
• Archivos, catálogo en español o la correspondiente traducción al idioma español y antecedentes de respaldo a la información ingresada en Formulario Nº 1B “Ficha Técnica”.
• Formulario Nº 2B “Requisitos de Instalación”, según se indique en el Anexo Complementario.
• Formulario Nº 3B “Plazos Generales”, según se indique en el Anexo Complementario.
B.3. Anexos Económicos:
Sera obligatorio presentar en la Carpeta “ANEXOS ECONÓMICOS”, según indicación en el Anexo Complementario:
• Formulario Nº 1C “Oferta Económica”, documento que contiene el valor total del producto ofertado, señalando si es a través del régimen general o Zona Franca.
• Formulario Nº 2C “Servicio postventa”, corresponde al documento que presenta información sobre el cumplimiento de la garantía por parte del oferente.
• Certificado de Garantía. Documento que registra el tiempo de garantía ofertado.
• Cotización Propia, elaborada por la empresa oferente.
• Certificado de Representación de la Marca, emitido por el fabricante.
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14. REQUISITOS Y CONDICIONES PARA ACEPTACIÓN DE OFERTAS |
Las ofertas deberán presentarse a través de los formularios respectivos, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en las presentes Bases y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellas en soporte electrónico.
En caso de que no adjunte alguno de los siguientes documentos o anexos, de ser requeridos en el Anexo Complementario, su oferta será desestimada, ya que son documentos, antecedentes o anexos que no admiten omisión, corrección o modificación. Por ende, se reitera que, si algunas de las propuestas no cumplen con una de estas exigencias, la oferta se declarará inadmisible, ya que los documentos listados a continuación, se consideran esenciales para la presentación de la oferta:
a) Garantía de seriedad de la oferta: debe ser presentada correctamente en el tiempo y forma, según lo indicado en el numeral 13.A de las presentes Bases Administrativas. En forma alternativa, el oferente podrá presentar la correspondiente “Garantía de Seriedad de la oferta” de manera electrónica, la cual deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. Se debe registrar en la Carpeta Anexos Administrativos.
b) Formulario Nº 1B “Ficha Técnica”. Corresponde a la descripción técnica detallada del bien a adquirir. Para su presentación el oferente debe completar en español los campos de éste. Si alguna de las líneas consideradas obligatorias, no es completada con la información requerida, la oferta para el ítem en cuestión será rechazada.
c) Catálogos en español y antecedentes de respaldo de la información consignada en Formulario Nº 1B, que permita verificarla. Si no cuenta con catálogo en español, debe incluir traducciones para facilitar al máximo el estudio de los documentos al mandante. Por lo tanto, si el catálogo es presentado en idioma distinto al español, la oferta será rechazada para el ítem en cuestión.
d) Formulario Nº 2B “Requisitos de instalación”. Corresponde a los requerimientos técnicos del bien a adquirir, en relación con las condiciones del o los recintos donde se instalará el mencionado bien. Para su presentación el oferente debe completar en español los campos de este formulario.
e) Formulario Nº 3B “Plazos Generales”. Se registra la programación de entrega del bien a adquirir indicando el tiempo destinado a cada una de las etapas que contiene. Para su presentación el oferente debe completarlo en su totalidad.
f) Formulario Nº 1C “Oferta económica”. Contiene el monto total de la oferta, en pesos chilenos, incluyendo impuestos y todos los gastos que demande el cumplimiento del contrato, sean directos o indirectos. Este valor se mantendrá fijo, sin contemplar el pago de reajustes ni intereses. Así también, el oferente deberá registrar la cantidad de días corridos, que requerirá para completar la entrega del o los bienes, para lo cual se considerará como plazo mínimo 10 días hábiles, desde la aceptación de la orden de compra. Plazos menores serán evaluados como 10 días hábiles. El plazo ofertado será quedará establecido en el contrato. Para la presentación de este formulario, el oferente deberá completar todos los campos requeridos del formulario.
g) Formulario Nº 2C “Servicio postventa”. Corresponde al documento que presenta la experiencia del proveedor, información del servicio técnico, garantías, contrato de mantenimiento post garantías, capacitaciones y/o puesta en marcha según se requiera. Como también el costo de Insumos de Operación, costo de repuestos críticos Post Venta y de los Contratos de Mantenciones PostGarantia según se detalle. Debe ser debidamente poblado de manera obligatoria, completando todos los campos según lo indicado, y se debe acompañar de todos los documentos que certifican la información anotada.
h) Cotización Propia. Corresponde a la cotización detallada elaborada por la empresa oferente, que debe coincidir con el monto anotado en el formulario N° 1C “Oferta Económica” y en el portal de compras públicas. De no haber coincidencia, será registrado en el criterio Cumplimiento de Requisitos.
Es responsabilidad del oferente revisar y verificar la concordancia de los antecedentes de la licitación. El oferente debe indicar todos los requisitos de preinstalación si los hubiere. Si por deficiencia del proyecto, el oferente no detecta oportunamente errores u omisiones que pudiesen contener y no solicita su aclaración en el portal www.mercadopublico.cl, o no presenta los antecedentes mediante Formularios 1B “Especificaciones Técnicas”, Formulario 2B “Requisitos Instalación” y Formulario 3B “Plazos Generales” que corresponda, no podrá reclamar posteriormente cobro, indemnización, ni efectuar cargo alguno al mandante por tales conceptos.
Los formularios mencionados en este numeral, de ser requeridos en el Anexo Complementario, deben presentarse debidamente poblado como condición obligatoria para su evaluación, completando todos los campos según lo indicado, en caso contrario, será registrado en el criterio Cumplimiento de Requisitos.
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15. ACTO DE APERTURA |
El proceso de recepción y apertura de las ofertas será realizado por la “Comisión de Apertura” de la propuesta, que estará conformada por los miembros de la Comisión de Evaluadora, quienes procederán a la verificación del contenido de las ofertas presentadas de acuerdo con las siguientes disposiciones:
15.1 La Comisión de Apertura de la Propuesta, se reunirá en Acto Público, con la asistencia voluntaria de los proponentes o sus representantes, en la oficina designada para tales efectos, de la Dirección del Servicio de Salud Magallanes, en Punta Arenas, en hora y fecha establecida en el calendario de licitación. Dicha comisión estará integrada por los funcionarios que se designen en Resolución Exenta emitida para tales efectos.
15.2 De solicitarse en Anexo Complementario, la Comisión de Apertura de la Propuesta, verificará la presentación de la Garantía de seriedad de la Oferta en los plazos establecido en la licitación y en las condiciones señaladas en el numeral 13 letra A de las presentes Bases Administrativas.
15.3 La garantía de seriedad de la oferta podrá ser entregada hasta el día hábil siguiente al cierre de recepción de ofertas. El incumplimiento de este requisito será motivo de eliminación inmediata del proceso de apertura, dejándose constancia en el Acta de Apertura de la propuesta, la que se publicará en el Portal www.mercadopublico.cl.
15.4 Se procederá a la apertura de la o las propuestas, verificándose la presentación de toda la documentación exigida en el numeral 13 de las presentes bases y de todos aquellos Formularios evaluables y de presentación obligatoria, rechazando toda oferta que no dé cumplimiento, de acuerdo al siguiente detalle:
Carpeta “ANEXOS ADMINISTRATIVOS”: Certificado Nº 1A “Declaración Jurada Simple”, Formulario Nº 1A "Solicitud de participación y declaración de aceptación de condiciones", Formulario Nº 2A "Identificación del Proponente", Formulario Nº 3A "Organización”.
Carpeta “ANEXOS TÉCNICOS”: Formulario Nº 1B “Ficha Técnica”, Formulario Nº 2B “Requisitos de Instalación”, Formulario Nº 3B “Programa de Entrega”.
Carpeta “ANEXOS ECONÓMICOS”: Formulario Nº 1C “Oferta económica”, Formulario Nº 2C "Servicio postventa", Cotización de la empresa oferente, Certificado de Garantía de la empresa oferente.
15.5 La Comisión de Apertura de Propuesta podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, a través del ‘Foro Aclaraciones de la Oferta’, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
15.6 Será válida la presentación de certificaciones o antecedentes, solicitados a los oferentes, siempre que dichos documentos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
15.7 Cuando el proceso considere línea global, serán rechazadas las ofertas que no presenten el Formulario Nº 1B “Ficha Técnica” para cada uno de los bienes incluidos en la línea correspondiente
15.8 Esta comisión realizará un análisis de admisibilidad económica de la oferta. Cuando el presupuesto corresponda a un monto disponible, las ofertas que superen dicho monto serán declaradas inadmisibles.
15.9 Una vez concluida la verificación de todas y cada una de las ofertas subidas al Portal de www.mercadopublico.cl, las observaciones efectuadas durante dicho proceso quedarán contenidas en un “Acta de Apertura de la Propuesta”, la que será firmada por cada uno de los asistentes a la apertura de la Licitación y se publicará en el Portal, www.mercadopublico.cl.
15.10 Las ofertas se harán públicas, una vez realizada la apertura de las ofertas.
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16. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS PARA EVALUACIÓN. |
La comisión de apertura realizará una revisión económica y de la garantía de cada oferta.
16.1 Cuando el presupuesto corresponda a un monto disponible, las ofertas que superen dicho monto serán rechazadas y no continuará su evaluación.
En conformidad a las modificaciones efectuadas a la normativa contenida en el Decreto Supremo Nº 250, de 24 de septiembre de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley Nº 19.886, donde se informa respecto al monto adjudicado por la contratación, en el caso que el presupuesto de la licitación corresponda a un monto referencial o estimado, si el monto ofertado lo supere en más de un 30% del presupuesto estimado, el Servicio deberá explicitar en el acto adjudicatario las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia, por lo que se evaluará la factibilidad presupuestaria de los precios ofertados por las diferentes empresas, en caso contrario serán rechazadas de acuerdo al numeral 11, párrafo final.
16.2 En cuanto al plazo de garantía requerida, quedará estipulado en el Formulario Nº 1B “Ficha Técnica” y/o Formulario Nº 2C “Servicio postventa”, el oferente debe considerar que la cantidad de meses de garantía es obligatoria, y su incumplimiento dará lugar al rechazo de la oferta y no continuará su evaluación.
16.3 De solicitarse en el Anexo Complementario el formulario Nº 2C “Servicio Postventa”, se revisará la representación oficial de la marca por parte del oferente, con el certificado de la empresa fabricante y permiso de venta en Chile. En las licitaciones que contemplen líneas globales, el oferente deberá presentar certificados para todos los equipos que la componen. La representación oficial de la marca es obligatoria, y su incumplimiento dará lugar al rechazo de la oferta y no continuará su evaluación.
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17. COMISIÓN EVALUADORA |
La Comisión Evaluadora de las ofertas presentadas, será designada en conformidad con el art. 37 del Decreto Nº 250 que establece el Reglamento de la Ley Nº 19.886, estará constituida por a lo menos tres funcionarios designados por el Servicio.
Esta Comisión será indicada en el Anexo Complementario y realizará su labor en conformidad a las atribuciones contenidas según estas Bases Administrativas. La comisión analizará los antecedentes de las ofertas y realizará la Evaluación correspondiente, según los criterios de detallados en el numeral 19. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS. Para tales efectos la evaluación de cada propuesta se realizará en dos etapas, Técnica y Administrativa-Económica.
Cada Comisión Evaluadora emitirá un informe de evaluación debidamente fundado, considerando todos los antecedentes exigidos y estableciendo el puntaje que se le asigna a cada una de las ofertas, y su correspondiente orden de prelación. Podrá contar con la participación de una Asesoría Técnica para la revisión de los antecedentes técnicos presentados por los oferentes, en forma y fondo. Así mismo, podrá solicitarse a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Igualmente, realizará la Evaluación Administrativo-Económico revisando los antecedentes incluidos en los Anexos Administrativos y Anexos Económicos, con la finalidad de establecer su cumplimiento en función de los criterios de evaluación indicados en el Anexo Complementario.
En conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 del decreto 250, Reglamento de la Ley de Compras Públicas y Principio de Probidad Administrativa, los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán aceptar reuniones, entrevistas o contactos con oferentes de la licitación. Además, no podrán tener contactos con terceros no oferentes ajenos a la administración pública, para evaluar materias objeto de la presente licitación durante la vigencia de dicho proceso.
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18. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN |
El Servicio podrá solicitar aclaraciones a la información presentada, mediante el ‘Foro Aclaraciones de la Oferta’, cuando se considere como un antecedente que adolece de defectos de forma o errores no esenciales y no altera el tratamiento igualitario de todos los proponentes ni genera una situación de privilegio respecto a los demás oferentes.
Se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
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19. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
Letra D. ANEXO COMPLEMENTARIO
1.1. Especificaciones técnicas:
Este criterio de evaluación hace referencia a aquellas características técnicas del equipo o equipos, las que serán obligatorias y deseables, según el siguiente detalle:
Requisitos Obligatorios: características que por defecto deben estar incorporadas y cumplirse, es decir, debe satisfacer el 100 % del requerimiento técnico solicitado. El no cumplimiento de alguna de estas características será causal de rechazo de la oferta y no será evaluada.
Requisitos Deseables: características técnicas no excluyentes, de su cumplimiento depende el puntaje a obtener la respectiva oferta en evaluación.
Para evaluar este criterio, será obligatorio que el oferente complete y presente el Formulario Nº 1B “Ficha Técnica”, para cada uno de los productos ofertados. Este documento debe ser completado en español y de manera obligatoria todos los campos que lo componen.
Así también, el oferente deberá adjuntar Catálogos originales, en español, de la marca ofertada y correspondiente al producto ofertado, que permitan conocer en detalle la oferta. Si no cuenta con catálogos en español, debe incluir traducciones para facilitar al máximo el estudio de los documentos al mandante.
Según se indica en el Numeral 11 letra f, la no presentación de catálogos o que sean presentados en idioma diferente al español, será causal de rechazo de la oferta y no será evaluada.
De ser requerido en las especificaciones técnicas de el o los productos a licitar, en el Formulario Nº 1B “Ficha Técnica” se anotarán características que serán denominados Requisitos Obligatorios, para estas líneas el oferente deberá completar en su totalidad las celdas “Cumple (Sí/No)”, “Catálogo (Página/Código)” y “Especificaciones del Proveedor”; de no completar y/o no cumplir con uno o más de estos requisitos, la oferta técnica será rechazada y no será evaluada.
Para la evaluación de los Requisitos Deseables en la presentación del Formulario Nº 1B “Ficha Técnica” el proveedor deberá completar la celda “Catálogo (Página)”, como también las celdas de llenado obligatorio: “Cumple (Sí/No)”, “Especificaciones del Proveedor”, según el siguiente detalle:
- Cumple (Sí/No): el proveedor señala si la oferta satisface o no el requerimiento del mandante. Este campo es indispensable para la evaluación, y de no ser completado, la línea correspondiente será evaluada con nota 0.
- Catálogo (Página): el proveedor debe demostrar mediante catálogo original de la marca ofertada, que el detalle que expresa en la columna de “Especificaciones del Proveedor” es real. Para ello indicará el nombre del archivo adjunto en la Carpeta de Anexos Técnicos y el número de la página, objeto de hallar eficientemente la información. Este documento debe ser presentados en español de manera obligatoria.
- Especificaciones del Proveedor: el proveedor debe detallar claramente los alcances técnicos de su oferta, en virtud del requerimiento. Este campo es indispensable para la evaluación, y de no ser completado, la línea correspondiente será evaluada con nota 0.
- Otra: de ser requerido por la naturaleza del bien a adquirir, se podrá incorporar alguna celda complementaria, que será detallada en el Anexo Complementario.
Luego, cada línea numerada de especificación técnica deseable recibirá un puntaje de acuerdo con el nivel de cumplimiento:
- 3 puntos: Indica que la línea descrita por el proveedor cumple satisfactoriamente el requerimiento estipulado en las Especificaciones Técnicas y es comprobado con catálogo presentado por el oferente.
- 1 punto: Indica que la oferta del Proveedor cumple parcialmente el requerimiento estipulado en las Especificaciones Técnicas o si no es posible comprobar en el catálogo en idioma español.
- 0 punto: La oferta del Proveedor no cumple con el requerimiento estipulado en las Especificaciones Técnicas o la celda de llenado obligatorio “Cumple Si/No” y “Especificaciones del Proveedor” se encuentra en blanco.
Para calcular la nota de este criterio se utilizará la siguiente expresión:
La oferta técnica será rechazada si no supera el 75% del máximo de puntos posibles de las especificaciones técnicas de la respectiva ficha. En el caso de las Líneas globales, la oferta técnica será rechazada si alguna de las fichas que la componen, no supera el 75% del máximo de puntos posibles.
1.2. Precio
Para la evaluación de este criterio, será obligatoria la presentación del Formulario 1C “Oferta Económica”. Este criterio se calculará a partir del monto total de la oferta, impuestos incluidos, por línea en evaluación, expresado en pesos chilenos, salvo otra indicación, y lo anotado en Formulario 1C “Oferta Económica”.
En el caso de presentarse discrepancias en el monto de la oferta anotado en el Formulario Nº 1C “Oferta Económica” y la información publicada en el portal www.mercadopublico.cl, en una o varias líneas de la licitación, prevalecerá la información registrada en este último.
La evaluación de este criterio se realizará de acuerdo a alguna de las siguientes modalidades, según lo registrado en el Anexo Complementario.
Modalidad 1 – cálculo de acuerdo con la siguiente fórmula:
Modalidad 2 – asignación según la siguiente escala:
Ítem
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Puntaje
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Menor precio ofertado
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100 % del criterio
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Segundo menor precio ofertado
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80 % del criterio
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Tercer menor precio ofertado
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60 % del criterio
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Cuarto menor precio ofertado y siguientes
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40 % del criterio
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Tabla 3. Escala evaluación Criterio Precio
En las circunstancias que la licitación considere líneas globales, el monto “Total Oferta” del Formulario N °1 C Oferta Económica, corresponderá al precio ofertado para la totalidad de los bienes que componen dicha línea.
En conformidad a las modificaciones efectuadas a la normativa contenida en el Decreto Supremo Nº 250 de 24/09/2004, del Ministerio de Hacienda, reglamento de la Ley Nº 19.886, el monto adjudicado por la contratación que supere en más de un 30% al monto estimado, las entidades deberán explicitar en el acto adjudicatario las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia o bien, podrán ser rechazadas las ofertas que no sean convenientes a los intereses del Servicio y al presupuesto global disponible del proyecto, por lo que se realizará un Análisis de Admisibilidad Económica previo a la evaluación técnica de cada oferta, presentada para las diferentes líneas de la licitación.
1.3. Plazo de entrega.
Este criterio de evaluación considerará la cantidad de días hábiles requeridos para llevar a cabo la entrega de los bultos, instalación, puesta en marcha, capacitación de los equipos y firma del documento que certifica la recepción definitiva de los bienes adquiridos.
Considerando el aislamiento geográfico de la Región, para la evaluación de las ofertas será considerado como mínimo un plazo de entrega de 10 (diez) días hábiles. Plazos menores serán evaluados como 10 (diez) días hábiles. Este plazo será el considerado a efecto de verificar el cumplimiento del contrato.
La tabla que se utilizará para calcular el puntaje es la siguiente:
Ítem
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Puntaje
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Menor plazo ofertado
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100 % del criterio
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Segundo menor plazo ofertado
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80 % del criterio
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Tercer menor plazo ofertado
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60 % del criterio
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Cuarto menor plazo ofertado y siguientes
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40 % del criterio
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Tabla 4. Criterios de Evaluación Plazo de entrega.
1.4. Garantía.
Es el periodo de aseguramiento del funcionamiento, contado desde la recepción definitiva por el periodo de meses indicado en el Formulario N° 1B “Ficha Técnica” o Formulario N° 2C “Servicio Postventa” del producto. Esta garantía ofrecida por el proveedor cubre en caso de falla o desperfecto de fábrica todos los costos de repuestos, accesorios, elementos de hardware, software o cualquier elemento clave de funcionamiento, así como los costos de los servicios profesionales destinados a mantener los equipos y sistemas en óptimas condiciones de acreditación de funcionamiento, incluyendo su control de calidad, configuración, mantención y limpieza. El proveedor es responsable del 100% del soporte técnico por el periodo que dure la garantía, incluyendo todos los pasajes, estadía y mano de obra. Debe incluir las actualizaciones y upgrade del software de los equipos, cuando estén disponibles, así como las capacitaciones complementarias que se requieran para los usuarios del sistema. Además, esta garantía se acompaña de un compromiso del oferente para realizar mantenciones preventivas anuales, coordinadas con el cliente.
El plazo de garantía requerida estará indicado en el Formulario Nº 1B “Ficha Técnica” y/o Formulario Nº 2C “Servicio postventa”.
El puntaje se calculará utilizando la siguiente ecuación:
La oferta será rechazada si la garantía ofertada no cumple con garantía mínima solicitada en el Formulario Nº 1B “Ficha Técnica” y/o Formulario Nº 2C “Servicio postventa”.
1.5. Representación de la Marca.
Se evaluará el tiempo de representación de la marca de los equipos ofertados, por parte del oferente, lo que se verificará con el certificado extendido por la empresa fabricante de la representación y permiso de venta en Chile.
La tabla que se utilizará para calcular el puntaje es la siguiente:
Ítem
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Puntaje
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Mayor o igual a 10 años de representación de la marca
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100 % del criterio
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Mayor o igual 5 y menor a 10 años de representación de la marca
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75 % del criterio
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Menor a 5 años de representación de la marca
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50 % del criterio
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Tabla 5. Criterios de Evaluación Representación de la Marca.
1.6. Servicio Técnico.
El oferente deberá acreditar que el equipo ofertado cuenta con Servicio Técnico establecido en Chile, facultado para proceder a la instalación de el o los productos y entregar servicio de mantenimiento preventivo y correctivo, además del soporte operacional, de acuerdo a las condiciones establecidas en las presentes bases, para mantenimiento de los equipos durante el periodo de garantía ofertado y deberá incluir en su oferta publicada copia digital del Certificado del Fabricante o del representante autorizado en el país, que lo acredita como Servicio Técnico autorizado para el producto ofertado.
La escala de evaluación será la siguiente:
- Nota máxima según Anexo Complementario: presenta certificado de Representación oficial del Servicio Técnico.
- Nota 0: no presenta certificado que acredite la representación oficial del Servicio Técnico.
En las licitaciones que contemplen líneas globales, deberá presentar certificados para todos los equipos que la componen.
1.7. Cumplimiento de Requisitos.
Este criterio evaluará el cumplimiento en la entrega de los antecedentes presentados por el oferente y que se deben ajustar a las condiciones descritas en el numeral 13. DE LOS DOCUMENTOS DE LA PROPUESTA.
La escala de evaluación será la siguiente:
- Nota máxima según Anexo Complementario: cumple con todos los requisitos de presentación y no es necesario aclarar ningún antecedente.
- Nota 50% del máximo según Anexo Complementario: los documentos publicados por el oferente no respetan o modifican los nombres de los formularios y/o archivos exigidos; se presentan los formularios y documentos sin firma y/o timbre del representante legal; algunos de los formularios y/o anexos son presentados en formato modificable; el formulario Nº 2C “Servicio Postventa” no está debidamente poblado; se presenta discrepancia de la información de garantía ofertada, entre anotación en el respectivo formulario y el Certificado entregado por el oferente.
- Nota 0: se presentan los documentos ilegibles, no existe concordancia en la información referida al monto de la oferta entre el Formulario Nº 1C Oferta Económica y/o Portal mercadopublico.cl y/o cotización propia de ser solicitada en el Anexo Complementario.
1.8. Comportamiento Base.
Corresponde a la nota calculada por mercadopublico.cl, en base a las sanciones, multas, cobros de boletas de garantía, suspensiones temporales y términos anticipados que ocurren en los últimos 24 meses, información que se encuentra en la ficha de los proveedores. Si no aparece esta información o el proveedor se encuentra inhábil, se le otorga Nota 0.
1.9. Otros criterios.
De ser requerido, en el anexo complementario se indicará el o los criterios de evaluación adicionales que se vayan a utilizar con su respectiva forma de cálculo.
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20. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA |
El Servicio, de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases, adjudicará la propuesta a la empresa cuya oferta cumpla con las condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases y que sea la más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones indicados en el Anexo Complementario.
No podrán adjudicarse propuestas de oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las entidades del Estado, por lo que será necesario que el oferente propuesto se encuentre en estado “hábil” para contratar.
El Servicio no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con las exigencias y requisitos establecidos en las presentes Bases.
El Servicio se reserva el derecho de declarar desierta la licitación, en todas sus líneas o en alguna de ellas, si considera que las ofertas presentadas no son convenientes para sus intereses tanto técnicos como económicos, o bien solicitar antecedentes adicionales mediante los mecanismos regulados por el sistema de compras públicas.
En caso que el o los oferentes adjudicados no estén inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, www.chileproveedores.cl, estarán obligados a inscribirse dentro de un plazo de 15 días hábiles contados desde la adjudicación. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor de dicha unión deberá inscribirse dentro del plazo señalado para suscribir el contrato.
En conformidad al Artículo 11° del Decreto Supremo Nº 250, de 24/09/2004, del Ministerio de Hacienda y sus modificaciones posteriores, si el monto adjudicado supera en más de un 30% al presupuesto estimado, se deberá explicitar en el acto de adjudicación las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha decisión, debiendo mantener los antecedentes para su revisión y control por parte de la correspondiente entidad fiscalizadora.
El Servicio, pondrá en conocimiento de los proponentes el resultado de la adjudicación a través del Portal Mercado Público.
El Servicio se reserva el derecho de modificar el plazo de adjudicación previa información en el sistema mercadopublico.cl, debiéndose indicar la nueva fecha de adjudicación, en conformidad al Artículo 41° inciso segundo del Decreto Supremo Nº 250, de 24/09/2004, del Ministerio de Hacienda.
Si existieren consultas respecto al proceso de adjudicación, podrán efectuarse las que sean pertinentes mediante correo electrónico al funcionario encargado de la licitación.
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21. RESOLUCIÓN DE EMPATES |
Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntajes entre dos o más propuestas, una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente.
Para desempatar, se tomarán los criterios seleccionados en el Anexo Complementario en orden descendente, de acuerdo al porcentaje de mayor a menor.
Finalmente, de continuar aun así empatados, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, considerando la hora en que aquello se haya efectuado.
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22. READJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA |
En el evento que no se pudiera celebrar contrato, en los plazos estipulados, con el oferente que obtuviere el primer lugar en la evaluación, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, o no entregase la garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato cuando proceda, en los plazos establecidos, el Servicio podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje.
La resolución de readjudicación será publicada a través de la plataforma de www.mercadopublico.cl y el nuevo adjudicado será el oferente que ocupe el segundo lugar en la evaluación original del proceso, en los términos estipulados en las presentes Bases Administrativas de la licitación. Si no es posible adjudicar al oferente que obtuvo el segundo lugar la licitación se declarará desierta.
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23. DE LA SUSCRIPCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO |
Adjudicada la propuesta, que superen las a 1.000 UTM, se suscribirá el contrato respectivo dentro de los 30 días corridos desde la total tramitación de la adjudicación. Se entenderán como parte integrante de dicho contrato, las Bases Administrativas, Anexo Complementario, Formularios, Anexos, Aclaraciones, Respuestas, especificaciones técnicas y la oferta de la empresa proponente.
En las adjudicaciones inferiores a 1.000 UTM el contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra por parte del Servicio y la respectiva aceptación por el oferente adjudicado.
De requerirse en el Anexo Complementario, la presentación de una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, como lo indica el numeral 26 de las presentes bases documento que deberá entregarse dentro de los plazos establecidos en el Numeral 27.1 Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, contados desde la adjudicación de la propuesta. La no entrega de la señalada Garantía en el plazo indicado, dará derecho al Servicio a dejar sin efecto la adjudicación realizada, por lo que se podrá hacer efectiva la garantía por seriedad de la propuesta en el caso que se haya solicitado en el Anexo Complementario.
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24. TRASPASO DE CONTRATO |
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcial los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, si se suscribiere, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.
Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de esta licitación o contrato puedan transferirse de acuerdo con las normas del derecho común y conforme a lo dispuesto en el artículo 75 del Reglamento de compras públicas. El Mandante dará cumplimiento con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
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25. EMISIÓN DE ORDEN DE COMPRA |
La emisión de la respectiva orden de compra será a contar de la fecha en que se encuentre totalmente tramitada la resolución que aprueba el contrato suscrito, en caso contrario, a partir de la adjudicación en el portal mercadopublico.cl. El proveedor adjudicado dispondrá de 2 (dos) días hábiles para aceptar la orden de compra, plazo que comenzará a regir a partir del día hábil siguiente al día del envío al adjudicatario. De no hacerlo, se podrá entender como un desistimiento de la oferta, haciéndose efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la oferta cuando se haya solicitado en el Anexo Complementario. El plazo de entrega comenzará a regir a contar de la aceptación de la orden de compra y considera hasta la fecha de firma del Acta de Recepción Definitiva.
Para todos los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la orden de compra a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzará a correr luego de trascurridos los dos primeros días hábiles contados desde el envío de la orden de compra por parte del Servicio.
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26. CONTRAPARTE TÉCNICA |
Le corresponderá al Servicio la fiscalización, control y supervigilancia del cumplimiento íntegro y oportuno de las especificaciones técnicas, a través del jefe del Departamento de Gestión de Equipos y Equipamiento de la Subdirección de Recursos Físicos o quien lo subrogue, de acuerdo con lo detallado a continuación.
Serán de responsabilidad de la contraparte técnica, entre otras, las siguientes funciones:
a) Supervisar y controlar el cumplimiento de las especificaciones técnicas de los bienes entregados por el proveedor adjudicado, de acuerdo con lo anotado en la oferta de la licitación respectiva.
b) Certificar la recepción conforme de el o los bienes adquiridos, para solicitar el respectivo pago.
c) En caso de incumplimiento del contrato por parte del oferente adjudicado, informará y acompañará los antecedentes mediante informe fundado que acredite tal incumplimiento, a la Unidad de Gestión de Contratos del Departamento de Abastecimiento.
d) Las demás que correspondan a las Bases Técnicas y las que se le encomienden en el contrato a suscribir con el oferente adjudicado.
e) Toda otra que propenda a la correcta ejecución de la contratación.
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27. GARANTÍAS |
27.1. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
De ser requerido en el Anexo Complementario, el oferente deberá presentar la correspondiente “Garantía de Seriedad de la oferta”, por medio de cualquier instrumento financiero pagadero a la vista y de carácter irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, como, por ejemplo, Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista o Certificado de Fianza, pagadero a primer requerimiento. En el caso de Póliza de Garantía, deberá acreditar el pago oportuno de la prima. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y ser acompañado junto a su oferta en el portal.
La garantía debe ser extendida a nombre del “Servicio de Salud Magallanes, RUT 61.607.900-K”; con una vigencia mínima de 180 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de la oferta publicado en el Portal mercadopublico.cl.
Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta en la Licitación ID ________________”.
En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
Licitaciones L1: No requiere la presentación de garantía de seriedad
Licitaciones LE: No requiere la presentación de garantía de seriedad
Licitaciones LP: $ 300.000.- (Trescientos mil pesos)
Licitaciones LQ: $ 600.000.- (Seiscientos mil pesos)
Licitaciones LR: $ 1.000.000.- (Un millón de pesos)
El monto de la garantía debe expresarse en pesos chilenos, en el caso que el instrumento financiero se emita en alguna unidad distinta, debe incluir el equivalente en pesos, según corresponda al tipo de licitación.
De existir discordancia entre la fecha de vigencia señalada en la carátula de la licitación y la vigencia solicitada en las presentes Bases Administrativas, prevalecerá la vigencia solicitada en las presentes Bases.
Por otra parte, esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta, pudiendo ser cobrada por vía administrativa a través de la emisión de la correspondiente Resolución y en los siguientes casos:
a) Por no suscripción del contrato por parte del oferente adjudicado, en los plazos estipulados en el punto 5, de las presentes Bases Administrativas.
b) Si se comprueba la falsedad en la Oferta del oferente.
c) Si una vez adjudicado, el oferente no se inscribe en el Registro de Proveedores de Mercado Publico del Estado dentro del plazo establecido en el Numeral 20 de las presentes Bases Administrativas.
d) Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del oferente adjudicado, establecidos en el 27.2 de las presentes Bases Administrativas.
e) Sí el oferente cuya oferta ha sido aceptada se desiste de ella, o de cualquiera de las líneas, si correspondiere, en el período de validez de este documento.
Esta garantía se restituirá a los oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles desde la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl., de la Resolución de adjudicación o deserción
La devolución de la garantía de aquellas ofertas que sigan en puntaje a la propuesta más ventajosa, segundo y tercer lugar, se les devolverá en un plazo no superior a 20 (veinte) días hábiles posteriores a la fecha de adjudicación.
Se exceptúan de este plazo aquellas devoluciones en que el oferente adjudicado suscriba contrato dentro de los plazos establecidos en el Nº 5 de las presentes Bases Administrativas.
Para la oferta que obtuvo el segundo lugar, según los criterios establecidos en el Nº 19 de estas bases, su garantía le será devuelta una vez que el adjudicatario haya suscrito el contrato. Asimismo, en el caso del adjudicatario, la garantía de seriedad de la oferta le será devuelta una vez que se haya recibido la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato de este proveedor.
27.2. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Según se indique en Anexo Complementario, el adjudicatario deberá entregar una garantía por fiel y oportuno cumplimiento del contrato, por medio de cualquier instrumento financiero pagadero a la vista y de carácter irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, como, por ejemplo, Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista o Certificado de Fianza, pagadero a primer requerimiento. En el caso de Póliza de Garantía, deberá acreditar el pago oportuno de la prima. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
La garantía de fiel y oportuno cumplimento del contrato debe ser emitida por un monto equivalente al 15% del valor adjudicado y registrado en la orden de compra correspondiente.
Tipo Contratación Plazo máximo entrega garantía
OC 10 (diez) días hábiles desde la adjudicación de la propuesta
Contrato 30 (treinta) días corridos después de la adjudicación
Tabla 6. Plazo de entrega de garantía de fiel cumplimiento de contrato.
La garantía será tomada a nombre del beneficiario indicado en el Anexo Complementario, con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días hábiles sobre el plazo de entrega del producto, a contar de la adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl.
La glosa de la garantía deberá consignarse, de acuerdo con lo indicado en la carátula de la licitación asociada:
“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato según licitación ID ___________”
En el caso que el instrumento financiero no permita la inclusión de glosa en éste, el proveedor deberá consignar en documento anexo que la garantía fue tomada a nombre del beneficiario indicado en el Anexo Complementario, indicando el nombre del tomador.
Si la garantía de cumplimiento no fuere entregada dentro del plazo anotado en la tabla 6, el Servicio podrá entender como un desistimiento por parte del proveedor adjudicado, y podrá dejar sin efecto el contrato como también hacer efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la oferta cuando se haya solicitado en el Anexo Complementario, y adjudicar el contrato al oferente siguiente mejor evaluado.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se devolverá al proveedor dentro del plazo de 30 (treinta) días contados desde la firma del Acta de Recepción Definitiva o desde la fecha en que se reciba la garantía de fiel cumplimiento de las mantenciones, si lo indica el Anexo Complementario, lo que ocurra más tarde.
Será responsabilidad del Proveedor mantener vigentes y actualizadas todas y cada una de las garantías y seguros exigidos en la presente licitación, si no fueren renovados 20 (veinte) días hábiles antes de su vencimiento, se procederá a hacerlas efectivas. Los costos de este trámite serán a cuenta del proveedor.
En el caso de haber una modificación al contrato previa resolución fundada y de corresponder, el proveedor deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato que cubra el nuevo periodo de vigencia. Igualmente, cuando exista un retraso en la entrega del o los productos adjudicados, el proveedor deberá renovar el plazo de vigencia de la garantía.
La Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato será devuelta una vez recepcionado el documento bancario renovado.
El incumplimiento de esta renovación será considerado un incumplimiento grave.
La Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se hará efectiva según el procedimiento establecido en el numeral 33. Multas y sanciones, de las presentes Bases.
27.3. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE LAS MANTENCIONES
Según se indique en Anexo Complementario, el adjudicatario deberá entregar una garantía por fiel y oportuno cumplimiento de las mantenciones, por medio de cualquier instrumento financiero pagadero a la vista y de carácter irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, como, por ejemplo, Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista o Certificado de Fianza, pagadero a primer requerimiento. En el caso de Póliza de Garantía, deberá acreditar el pago oportuno de la prima. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
La garantía de fiel cumplimento de las mantenciones debe ser emitida por un monto equivalente al 10% del valor adjudicado y registrado en la orden de compra correspondiente, y debe ser entregada en un plazo máximo de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha del Acta de Recepción Definitiva
Esta garantía será tomada a nombre del beneficiario indicado en el Anexo Complementario, con una vigencia mínima de 60 (sesenta) días hábiles sobre el plazo de término de la garantía ofertada del producto, contados a partir de la fecha del Acta de Recepción Definitiva.
La glosa de la garantía deberá consignarse, de acuerdo con lo indicado en la carátula de la licitación asociada:
“Para garantizar el fiel cumplimiento de las mantenciones según licitación ID ___________”
En el caso que el instrumento financiero no permita la inclusión de glosa en éste, el proveedor deberá consignar en documento anexo que la garantía fue tomada a nombre del beneficiario indicado en el Anexo Complementario, indicando el nombre del tomador.
Si la garantía de fiel cumplimiento de las mantenciones no fuere entregada, el pago de la respectiva factura, quedará pendiente de gestión hasta su recepción.
La garantía de fiel cumplimiento de las mantenciones se devolverá al proveedor una vez cumplida la vigencia de dicha garantía.
La Garantía de fiel y oportuno cumplimiento de las mantenciones se hará efectiva por alguna de las causales en numeral 33. Multas y sanciones, de las presentes Bases.
27.4. GARANTÍA POR ANTICIPO
Con el objeto de asegurar la utilización de los recursos asignados y en virtud de lo dispuesto en el Artículo 73 del reglamento de compras públicas y lo establecido Artículo 12, Decreto Ley Nº 1.263/1975 y sus modificaciones, de la Ley Orgánica de Administración Financiera del Estado, que señala… “Las cuentas del ejercicio presupuestario quedarán cerradas al 31 de diciembre de cada año. El saldo final de caja al cierre de cada ejercicio y los ingresos que se perciban con posterioridad se incorporarán al presupuesto siguiente. A partir del 1° de enero de cada año no podrá efectuarse pago alguno sino con cargo al presupuesto vigente.”
Independiente del plazo de entrega ofertado, el pago al proveedor adjudicado, por el monto de la adjudicación, podrá efectuarse en forma anticipada, con posterioridad a la presentación de la Factura y una Garantía de Anticipo por el 100% de los recursos anticipados.
La garantía por Anticipo debe ser cualquier instrumento financiero pagadero a la vista y de carácter irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, como, por ejemplo, Boleta de Garantía Bancaria, Vale Vista o Certificado de Fianza, pagadero a primer requerimiento. En el caso de Póliza de Garantía, deberá acreditar el pago oportuno de la prima. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Esta garantía será tomada a nombre del beneficiario indicado en el Anexo Complementario, con una vigencia mínima de 80 (ochenta) días hábiles posterior a la fecha estimativa de recepción definitiva.
La glosa de la garantía será:
“Para garantizar el pago anticipado según orden de compra ID ___________”
En el caso que el instrumento financiero no permita la inclusión de glosa en este, el proveedor deberá consignar en documento anexo que la garantía fue tomada a nombre del beneficiario indicado en el Anexo Complementario, indicando el nombre del tomador.
La garantía por anticipo se devolverá una vez realizada la Recepción Definitiva del producto(s) adquirido, en un plazo máximo de 30 (treinta) días hábiles.
Esta garantía se hará efectiva por alguna de las causales descritas en numeral 35.Pago anticipado, según el procedimiento establecido en el numeral 33. Multas y sanciones, de las presentes Bases.
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28. RECEPCIÓN DE LOS BIENES |
El lugar de entrega de los productos adquiridos y la(s) persona(s) de contacto serán los señalados en el Anexo Complementario.
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29. DEL DESPACHO DE PRODUCTOS O BIENES |
Una vez despachada la carga, deberá enviarse la notificación a la persona que se registre en Anexo complementario y/o la Orden de Compra, indicando:
• Cantidad de bultos
• Volumen y Peso
• Nº de guía de despacho
• Empresa de transporte y Nº de seguimiento de transporte
• Fecha de envío y de llegada de los bultos
Además, los bultos deben venir detalladamente identificados y rotulados mediante etiquetas grandes y visibles en el exterior según se indica:
• Cajas y bultos numerados (ej. Nº 1 de 5, Nº 2 de 5, etc.)
• ID y Nombre de la licitación
• Destino
• Proveedor
Será de total responsabilidad del adjudicatario la logística de los elementos que constituyan la adjudicación, tales como:
• El traslado de la mercadería hacia los recintos definidos por el mandante.
• Esto incluye la carga y descarga, así como el traslado de los bultos dentro de los edificios.
• Proveer medios seguros de traslado dentro de los edificios, tales como personal, herramientas y cualquier acción pertinente
• El traslado de los elementos hacia el lugar de resguardo provisorio, definido por el mandante
• El traslado de los elementos desde el lugar de resguardo provisorio hasta el lugar definitivo de instalación, en presencia de un representante del proveedor adjudicado.
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30. DE LA RECEPCIÓN DE LAS ESPECIES |
Es el acto administrativo posterior a la llegada de los bultos y que tiene lugar cuando los bienes se encontraren entregados y se ha observado su funcionamiento, calidad, cantidad, características técnicas, operatividad y capacitación a los usuarios, según corresponda.
1.1. RECEPCIÓN DE BULTOS.
Es el acto administrativo de recepción de los bultos que componen la carga enviada por el adjudicatario, que contienen el/los productos adjudicados mediante licitación pública, en correctas condiciones y en espera de iniciar su instalación y que quedará registrado en el documento denominado ACTA DE RECEPCIÓN DE BULTOS, que será firmado por el Encargado de Bodega del Servicio o en su defecto la persona designada para esta tarea en el lugar de entrega de bienes o según lo anotado en el Anexo Complementario.
Para el caso de efectuarse entregas parciales, éstas deben ser programadas mediante informe previamente aceptado por la Unidad Técnica dentro del plazo de entrega comprometido, la recepción de dichos bultos quedará registrada en la respectiva ACTA DE RECEPCIÓN DE BULTOS, sin realizar la revisión del contenido hasta que se complete la entrega de la totalidad de los bultos y la presencia del representante del proveedor si así corresponde.
Podrán también requerirse de acuerdo con lo establecido en el Anexo Complementario la entrega individual de los productos sobre los cuales procederá la recepción de las especies. Dependiendo de los plazos de entrega de productos de cada una de las líneas de la orden de compra.
Si en una misma orden de compra, diferentes líneas de productos tienen diferentes plazos de entrega, se podrá generar un ACTA DE RECEPCIÓN DE BULTOS cuando se realice la recepción de los productos correspondientes a la respectiva línea.
La responsabilidad sobre el estado de conservación de los bultos, eventuales daños, desperfectos, robos, u otros accidentes por caso fortuito o fuerza mayor, y/o cualquier otro incidente que pueda afectar a los mismos, serán de exclusividad del proveedor adjudicado.
1.2. Recepción Provisoria Conforme.
Cuando en el acto de recepción y revisión de los productos adquiridos no se presenta ningún tipo de observación, es decir, cumple con todas las especificaciones técnicas del fabricante y las ofrecidas en la ficha técnica de la licitación, la instalación y puesta en marcha, se elaborará un ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA CONFORME, la que será firmada por un representante del proveedor adjudicado y por un representante de la unidad beneficiaria, designado para tales efectos, de preferencia uno de los profesionales que integra la comisión Evaluadora y/o firmante de las Fichas Técnicas.
Si en una orden de compra diferentes líneas de productos tienen diferentes plazos de entrega, se podrá generar un ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA CONFORME cuando se realice la recepción de los productos correspondientes a la respectiva línea.
1.3. Recepción Provisoria Con Observaciones.
Cuando en el acto de recepción y revisión de los productos adquiridos, luego de observar que cumple con todas las especificaciones técnicas del fabricante y las ofrecidas en la ficha técnica de la licitación, también la instalación y puesta en marcha, se presentan observaciones de cualquier naturaleza por parte de alguno de los integrantes de la comisión respectiva, y que no afectan de manera sustancial el funcionamiento del producto, se registrará mediante la suscripción de un ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA CON OBSERVACIONES. Esta comisión podrá autorizar al proveedor adjudicado y sólo por una vez, que a contar desde la fecha de esta acta y en un plazo no superior a 15 (quince) días corridos o el equivalente al 30% del plazo ofertado y registrado en el Formulario Nº 1C “Oferta Económica”, el menor entre los dos, el proveedor subsane dichas observaciones. Esta acta será firmada por un representante del proveedor adjudicado y por un representante de la unidad beneficiaria, designado para tales efectos, de preferencia uno de los profesionales que integra la Comisión Evaluadora y/o firmante de las Fichas Técnicas.
Si para subsanar las observaciones el oferente adjudicado excediera el plazo fijado en el ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA CON OBSERVACIONES, los días de exceso se adicionarán a la fecha real de término de entrega y darán lugar a la aplicación de las multas pertinentes por retraso.
En el caso que las observaciones anotadas afectan el funcionamiento del bien o no se entregue la totalidad de los bienes adjudicados o no se realizara la capacitación incluida en la oferta adjudicada, se registrará cualquier de estas situaciones en el ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA CON OBSERVACIONES y no se autorizará ningún plazo para subsanar dichas observaciones, los días utilizados para completar la entrega de los bienes faltantes o ejecutar la capacitación pendiente, se adicionarán a la fecha real de término de entrega y darán lugar a la aplicación de las multas pertinentes por retraso.
Una vez subsanadas las observaciones registradas por los integrantes de la comisión respectiva, se procederá a la suscripción del ACTA DE VERIFICACIÓN DE OBSERVACIONES.
1.4. Verificación de Observaciones.
Una vez subsanada las observaciones anotadas en el ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA CON OBSERVACIONES, se registra en el ACTA DE VERIFICACIÓN DE OBSERVACIONES, la que será firmada por un representante de la unidad beneficiaria, designado para tales efectos, de preferencia uno de los profesionales que integra la comisión Evaluadora y/o firmante de las Fichas Técnicas. En el caso que no se corrijan todas las observaciones mencionadas, se deberá generar otra ACTA DE VERIFICACIÓN DE OBSERVACIONES, hasta que todas las observaciones sean resueltas.
1.5. Capacitación.
Corresponde a las instancias de capacitación que el adjudicatario compromete realizar a todos los usuarios técnicos y clínicos que la requieran, de acuerdo con lo establecido en el Formulario 2C Postventa. Además deberá informar anticipadamente los Contenidos y Programación de la Capacitación. Al momento de realizar esta actividad se procederá a la suscripción del ACTA DE CAPACITACIÓN, y se emitirá un acta por cada jornada de capacitación que se realice, generando también registro fotográfico respectivo.
1.6. Recepción Definitiva.
En un plazo no superior a cinco días hábiles, contados desde la fecha del ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA CONFORME o ACTA DE VERIFICACIÓN DE OBSERVACIONES, y una vez realizada la capacitación cuando corresponda, se procederá a la firma de un ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA, salvo que en el transcurso de dicho periodo se detecten defectos en el producto recibido, situación que se regirá por lo dispuesto para la Recepción Provisoria Con Observaciones. En el ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA, se consignará los datos de la licitación, orden de compra, detalle de los productos recepcionados, marca, modelo, número de serie y garantía asociada a él o los bienes recibidos como también fotografías nítidas y será firmada por lo menos, por un representante de la unidad beneficiaria y un integrante de la comisión evaluadora.
Si en una orden de compra diferentes líneas de productos tienen diferentes plazos de entrega, se podrá generar un ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA cuando se complete la recepción de los productos correspondientes a la respectiva línea.
El plazo de ejecución para la entrega de las especies adquiridas comenzará a regir desde la fecha de aceptación de la orden de compra, y concluirá en la fecha registrada en el ACTA RECEPCIÓN DEFINITIVA. Para todos los casos en que el adjudicatario no hubiese aceptado formalmente la orden de compra a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado totalmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzará a correr luego de trascurridos los 2 (dos) primeros días hábiles contados desde el envío de la orden de compra por parte del Servicio.
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31. AUMENTO DE PLAZO |
Ante la posibilidad de un incremento en el plazo de entrega, por caso fortuito o de fuerza mayor, dicho plazo podrá ser modificado extraordinaria y fundadamente, lo cual deberá ser informado oportunamente y por escrito por el adjudicatario, en un plazo no superior a 10 (diez) días hábiles desde iniciada la causa de fuerza mayor, indicando la incidencia que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por el contrato u orden de compra. La causal invocada podrá ser aceptada o no por el Servicio, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Asimismo, si el Servicio se viera impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales notificará por escrito al proveedor adjudicado, indicando la repercusión que dicha situación tendrá en los plazos establecidos por el contrato u orden de compra, dejando constancia de las fechas en que el adjudicatario no tendrá responsabilidad por el eventual atraso.
Para cualquiera de los casos planteados en los párrafos anteriores, el adjudicatario será el responsable de asumir todos los costos del bodegaje y cualquier otro que la ampliación o suspensión de plazo conlleven.
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32. TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
El Servicio está facultado para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación, que se considerar:
a) Por Mutuo Acuerdo: Las partes podrán poner término en forma anticipada al contrato de común acuerdo, suscribiendo para ello, en forma conjunta, un documento que deje constancia de dicha voluntad.
b) Unilateralmente: El Servicio, mediante resolución fundada, podrá poner término anticipado al contrato, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, cuando se presenten una o más de las siguientes situaciones, que se considerará incumplimiento grave:
b.1. Incumplimiento de las obligaciones contraídas por el oferente adjudicado, previo informe fundado emitido por el referente técnico y/o administrativo designado por el Servicio.
b.2. Si el oferente adjudicado fuera declarado en quiebra o cayera en insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
b.3. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
b.4. Cuando el cálculo anticipado de la multa, a raíz del retraso en la entrega de el o los productos adjudicados, genera una multa equivalente o sobrepase el monto de la Garantía de Fiel y Oportuno de Contrato.
b.5. Caso fortuito o fuerza mayor.
b.6. Falta a la probidad.
Para hacer efectivo el término anticipado del contrato, se llevará a cabo de la siguiente manera:
32.1. PROCEDIMIENTO PARA TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO – PASO 1
La resolución fundada que amerita el término anticipado del contrato se notificará al proveedor adjudicado, a través de los correos electrónicos registrados en la ficha del proveedor en el portal mercadopublico.cl y en el Formulario 2A “Identificación del Proponente”.
A contar de la notificación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos al Director del Servicio o a quien este designe, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, los que podrá remitirlos al correo electrónico abastecimiento.ssm@redsalud.gov.cl o ingresarlos a la Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Magallanes, aplica artículo 79 ter del decreto 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda.
32.2. PROCEDIMIENTO PARA TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO – PASO 2
Vencido el plazo mencionado en el punto anterior, el Servicio dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Por su parte, si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Servicio tendrá un plazo de hasta 15 (quince) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, y emitir el acto administrativo correspondiente, que será notificado mediante correo electrónico.
A contar de la notificación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para presentar su recurso de reposición al Director del Servicio o a quien este designe, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, en conformidad a la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
32.3. PROCEDIMIENTO PARA TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO – PASO 3
Una vez vencido el plazo mencionado en el punto anterior, el Servicio dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Por su parte, si el adjudicatario hubiera presentado recurso de reposición en tiempo y forma, el Servicio tendrá un plazo de hasta 15 (quince) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, y emitir el acto administrativo correspondiente, que será notificado mediante correo electrónico.
Estas resoluciones serán publicadas y notificadas electrónicamente, o a través del módulo de gestión de contratos si correspondiera, siendo responsabilidad del proveedor adjudicado la revisión periódica de su escritorio y convenio respectivo. Todo de conformidad a lo establecido en la Ley 19.880.
El Servicio registrará las medidas indicadas, a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Todas las resoluciones firmes de término anticipado de contrato, tratadas en este numeral, además, serán inscritas en el registro “Idoneidad del Proveedor”, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 96 bis del Decreto N° 250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda.
32.4. PROCEDIMIENTO PARA TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO – PASO 4
Una vez que se ha dado término anticipado al contrato por cualquier causa excepto a. Por Mutuo Acuerdo o b.3 Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional o b.5. Caso fortuito o fuerza mayor, se hará efectiva la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, sin necesidad de requerimiento de acción judicial alguna, en carácter de cláusula penal y de acuerdo con el procedimiento que según su naturaleza y sin perjuicio de las demás acciones legales que correspondan al mandante en contra del proveedor adjudicado.
En aquellos casos en que sea realizado el pago en forma anticipada se hará efectivo el cobro de la garantía de pago por anticipo previa resolución fundada de este servicio que así lo disponga y sin forma de juicio.
Sin perjuicio de las multas que pudieren ser aplicables, según lo establecido en estas bases, el Servicio, conservará su derecho interponer las acciones judiciales pertinentes para cobrar todos los perjuicios ocasionados.
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33. MULTAS Y SANCIONES |
La fecha de término de cumplimiento del contrato u orden de compra será la registrada en el ACTA DE RECEPCIÓN DEFINITIVA.
El incumplimiento del plazo de entrega pactado o de las mantenciones preventivas contratadas, dará lugar a la aplicación de amonestaciones y/o multas
La Subdirección Administrativa y Financiera de la Dirección del Servicio Salud Magallanes, estará facultada para aplicar amonestaciones escritas al proveedor, si estima que la falta cometida fue menor, lo que será informado al proveedor a través de los correos electrónicos registrados por él mismo en el Formulario Nº 1A.
Según sea la causal de sanción, se aplicará el cobro de acuerdo con lo anotado en la siguiente tabla:
ÍTEM PENALIDAD
Plazo de entrega: según lo consignado por el oferente Inicial de 1% del monto total de la (s) línea (s) de productos entregados con atraso, lo que se incrementará en 0,5% del mismo monto por cada día hábil de atraso adicional, con un tope del 15% del monto total de la (s) misma línea (s).
Mantenciones Preventivas: definido por el oferente 5 % del monto total de la (s) línea (s) de productos por cada mantención preventiva que no se cumpla, hasta la cantidad de mantenciones comprometidas en la oferta del proveedor.
Tabla 7. Penalidad según tipo de incumplimiento.
Si la multa a cobrar por el retraso en la entrega de los bienes adjudicados, excede el valor establecido, el contrato será susceptible de ser terminado en forma anticipada.
En el caso que los motivos que originen el atraso sean ajenos a la gestión del adjudicatario, éste deberá notificarlo por escrito en un plazo no superior a 24 horas de la finalización del plazo de entrega indicado en el Formulario N° 1C “Oferta Económica”, solicitando con ello una prórroga, la que será evaluada por la Unidad Técnica.
33.1. PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTAS – PASO 1
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas, cobro de la garantía o amonestaciones por parte del Servicio, ésta será notificada al adjudicatario. En aquellas contrataciones formalizadas a través de la emisión de un contrato, se comunicará mediante correo electrónico y el escritorio del proveedor, conforme al procedimiento sancionatorio online del módulo de Gestión del Contrato de Sistema de ChileCompra, disponible en www.mercadopúblico.cl, que se describe a continuación:
Para las adquisiciones formalizadas mediante orden de compra, la notificación se le remitirá a través de los correos electrónicos registrados en la ficha del proveedor en el portal mercadopublico.cl y en el Formulario 2A “Identificación del Proponente”.
La notificación de sanción indicará la infracción cometida, los hechos que la constituyen y la medida a aplicar. A contar de la notificación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos al Director del Servicio o a quien este designe, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, los que podrá ingresar directamente a través del módulo señalado, si corresponde, o bien remitirlos al correo electrónico abastecimiento.ssm@redsalud.gov.cl o ingresarlos a la Oficina de Partes de la Dirección del Servicio de Salud Magallanes, aplica artículo 79 ter del decreto 250 del 2004 del Ministerio de Hacienda.
33.2. PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTAS – PASO 2
Vencido el plazo mencionado en el punto anterior, el Servicio dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Por su parte, si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Servicio tendrá un plazo de hasta 15 (quince) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, y emitir el acto administrativo correspondiente, que será notificado mediante correo electrónico.
A contar de la notificación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para presentar su recurso de reposición al Director del Servicio o a quien este designe, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes, en conformidad a la Ley Nº 19.880, que Establece las Bases de Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
33.3. PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTAS – PASO 3
Una vez vencido el plazo mencionado en el punto anterior, el Servicio dictará la respectiva resolución aplicando la medida y detallando las circunstancias fácticas que hicieron procedente dicha sanción.
Por su parte, si el adjudicatario hubiera presentado recurso de reposición en tiempo y forma, el Servicio tendrá un plazo de hasta 15 (quince) días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, y emitir el acto administrativo correspondiente, que será notificado mediante correo electrónico.
Estas resoluciones serán publicadas y notificadas electrónicamente, o a través del módulo de gestión de contratos si correspondiera, siendo responsabilidad del proveedor adjudicado la revisión periódica de su escritorio y convenio respectivo. Todo de conformidad a lo establecido en la Ley 19.880.
El Servicio registrará las medidas indicadas, a través del módulo de gestión de contratos dispuesto en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Todas las resoluciones firmes de aplicación de multa tratadas en este numeral, además, serán inscritas en el registro “Idoneidad del Proveedor”, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 96 bis del Decreto N°250 del año 2004 del Ministerio de Hacienda.
33.4. PROCEDIMIENTO PARA COBRO DE MULTAS – PASO 4
Agotado el procedimiento de aplicación de multas y los recursos pertinentes, el cobro de la multa, se hará efectiva a través de la rebaja en el pago que el mandante, indicado en el anexo complementario, deba efectuar al Documento Tributario Electrónico asociado a la orden de compra motivo de la sanción. Sin embargo, el proveedor adjudicado podrá efectuar el pago directamente al mandante, anotado en el Anexo complementario, no existiendo impedimento para que el deudor pague su deuda ya que el derecho por excelencia del deudor es liberarse de su deuda.
Si el pago de la multa no procede de la forma descrita en el párrafo anterior, esto es, rebajado de cualquier pago que el mandante adeude al oferente adjudicado, el adjudicatario deberá hacer una transferencia a nombre del mandante, por el valor de la multa notificada en el acto administrativo que ratifica la sanción, para lo cual tendrá un plazo de 10 (diez) días corridos desde la notificación de dicha Resolución.
En el caso que el proveedor no dé respuesta a lo comunicado, el mandante podrá pagarse directamente de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, si la hubiera y ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal, por los conceptos indicados en este artículo.
De verificarse alguna de las circunstancias que ameritan la aplicación de multa, que se deriven de incumplimientos en la entrega de el o los productos adjudicados, el Servicio se encuentra en el imperativo de cursar dichas medidas, atendiendo el principio de interdicción de la arbitrariedad y el debido resguardo de los intereses fiscales, tal como lo ha informado Contraloría General de la Republica en dictamen Nº 5.633 del año 2011.
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34. DE LA FACTURACIÓN |
El adjudicatario procederá a emitir la factura electrónica, previa aceptación de la orden de compra y recepción definitiva del o los bienes adjudicados en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. El monto facturado no podrá exceder el monto total de la OC, será en moneda nacional, sin intereses ni reajustes. El documento tributario deberá emitirse, a nombre del Mandante, según lo anotado en el Anexo Complementario.
El proveedor ingresará su Documento Tributario Electrónico (DTE), en la plataforma www.sii.cl, para su validación. Posterior a ello deberá enviar su factura electrónica en formato XML al correo dipresrecepcion@custodium.com, dentro de las siguientes 48 horas después de emitido el documento, debe indicar en el detalle de la factura, la descripción del bien o servicio solicitado.
Si en una orden de compra, diferentes líneas de productos tienen diferentes plazos de entrega, se podrán emitir diferentes facturas una vez que se complete la recepción de el o los productos de la o las respectivas líneas.
34.1. PLAZO DE PAGO DE FACTURAS:
El pago la Factura Electrónica (Documento Tributario Electrónico) se realizará una vez que este documento se encuentre en estado devengado y disponible para el pago en el Sistema de Información para la Gestión Financiera del Estado (SIGFE), cuyo pago electrónico será a los 30 (treinta) días corridos, a partir de la emisión de la factura, Circular Nº 9 del 28/04/2020 de la Dirección de Presupuesto (DIPRES). En el caso de existir algún incumplimiento por parte del proveedor adjudicado y que, de lugar a la aplicación de multas según lo establecido en el numeral 33 de las presentes bases, el proceso de devengamiento y disponibilidad para pago en el SIGFE, se realizará una vez concluido el proceso administrativo correspondiente.
34.2. RECHAZO DE FACTURAS
Los DTE que estén mal extendidos, o no cumplan con las condiciones y/u orden de prelación anteriormente señalado, serán rechazados por el mandante, a través de la plataforma del Sistema de Gestión Documentos Tributarios Electrónicos (SGDTE), dentro del plazo legal establecido en la Ley Nº 19.983 que “Regula la Transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura”, junto a sus modificaciones establecidas en la Ley Nº 20.956, “Ley de Impulso a la Productividad”, por lo que el adjudicatario deberá refacturar conforme a lo que establece la Ley Nº 19.983, artículo Nº 3. Las causales de rechazo serán:
• Factura mal extendida o que no incorporen los antecedentes propios de la compra, serán causales de devolución.
• En caso de rechazo total o parcial del producto recibido, por productos que no correspondan a las especificaciones técnicas ofrecidas o a las establecidas en las bases.
• Que No acompañe el certificado de recepción conforme o Acta de Recepción Definitiva.
El plazo de pago regirá desde la fecha de presentación de la nueva factura y antecedentes propios requeridos.
34.3. PAGO DE FACTURAS
El precio convenido será pagado por el mandante, luego de cumplir los siguientes requerimientos:
a) Haberse emitido en el portal una Orden de Compra por el Servicio, con cargo presupuestario al saldo correspondiente, y haber sido ésta aceptada por el proveedor adjudicado.
b) Haberse recibido conforme los bienes adquiridos, lo que constará en el Acta de Recepción Definitiva de la Unidad Técnica.
c) Haber entregado el proveedor adjudicado la correspondiente factura.
d) Haber recepcionado la garantía de fiel cumplimiento de las mantenciones en el caso que sea requerida según lo indicado en el anexo complementario.
El pago del o los bienes objeto del contrato, será en moneda nacional, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza.
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35. PAGO ANTICIPADO |
Independiente del plazo de entrega ofertado y de acuerdo con lo establecido en el artículo 73 del Decreto 250 del año 2004, se podrá efectuar el pago al proveedor en forma anticipada, por el monto de la adjudicación, luego de la presentación de la Factura y una Garantía por Anticipo, según las características definidas en el Numeral 27.4 de estas bases.
La garantía indicada anteriormente será devuelta una vez realizada la Recepción Definitiva de el o los bienes adjudicados, por la Unidad beneficiaria y el Servicio de Salud Magallanes.
Será causal de cobro de esta garantía:
a) La no entrega de los bienes adjudicados dentro de plazo ofertado, lo que será debidamente informado por la Unidad Técnica.
b) Entrega de bienes con características diferentes a la oferta presentada y adjudicada, respaldado con el respectivo informe de la Unidad Técnica.
Lo anterior será ejecutado, sin perjuicio del cobro de las restantes garantías que consten en el proceso.
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36. LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDAD |
Se liberará de toda responsabilidad al Servicio en caso de acciones entabladas por terceros, en razón de transgresiones de derecho de patente, marca registrada o diseños industriales como consecuencia de su utilización en los productos que se adquieran en el presente contrato.
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