Resolución de Empates |
En caso de surgir un empate entre dos o más oferentes, este se resolverá utilizando las reglas o pautas que se indican a continuación de forma sucesiva hasta dirimir la situación de empate.
Orden de Aplicación
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Regla o Pauta para Dirimir Empates
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Primero
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EVALUACIÓN EXPERIENCIA.
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Segundo
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EVALUACIÓN ECONÓMICA
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Tercero
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PLAZO DE EJECUCIÓN
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Cuarto
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CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
CRITERIO: CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES DE PRESENTACIÓN DE LA OFERTA (5%)
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● 100 puntos: El oferente presenta todos los documentos solicitados según Bases Administrativas, sin que se le otorgue plazo para enmendar errores u omisiones formales.
● 50 puntos: El oferente presenta todos los documentos solicitados según Bases Administrativas y se le otorga plazo para corregir, de acuerdo con la facultad contenida en las bases.
● 10 puntos: El oferente no presenta todos los documentos solicitados según Bases Administrativas y se le otorga plazo para incorporar los faltantes, de acuerdo con la facultad contenida en las bases.
*Puntaje Final = X 0.05
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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14. ADJUDICACIÓN |
La adjudicación de la licitación se efectuará mediante decreto alcaldicio, para lo cual se elegirá la oferta más ventajosa y conveniente a los intereses municipales, de conformidad a lo informado por la Comisión Evaluadora y de acuerdo con la Pauta de Evaluación establecidas en las presentes bases.
En caso de existir una sola oferta, la licitación será adjudicada a ésta siempre que ella dé cumplimiento a las bases administrativas y técnicas, y demás requerimientos establecidos en ellas.
Los oferentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna naturaleza.
En el evento de que no se realice la adjudicación dentro del plazo señalado en el cronograma, se informará en el Portal las razones que justifican dicho incumplimiento, y se indicara una nueva fecha para la adjudicación.
No se adjudicará la oferta de aquel oferente que se encuentre INHABILITADO para contratar con el estado, otorgando un plazo de 7 días hábiles para poder enmendar el estado en el portal.
Si dentro de los 60 días corridos siguientes a la fecha de liberación de las ofertas no se hubiera resuelto ni comunicado la adjudicación a ningún oferente, estos podrán desistirse y retirar sus ofertas, sin derecho a indemnización alguna.
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19. PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL ESTUDIO Y VIGENCIA DEL CONTRATO |
La vigencia del contrato será de 500 días corridos y estará sujeta a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, mediante su publicación en el portal www.mercadopublico.cl, en conformidad con el artículo 6° del Reglamento de la ley N° 19.886, esto es, luego de transcurridas 24 horas desde la publicación en el portal del acto administrativo aprobatorio del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del plazo de ejecución del estudio establecido a continuación.
Para todos los efectos se entenderá que el plazo de vigencia del contrato se encuentra establecido considerando el plazo de ejecución del estudio, propiamente tal, más un período de excedente, correspondiente al tiempo que, en forma aproximada, el Director de Estudio requerirá para efectuar cada una de las revisiones de los informes de avances y del informe final y de las eventuales correcciones por parte del Consultor, conforme a las disposiciones contenidas a continuación y en el punto 4 del título III CONTRATO, de las bases de licitación.
El plazo de ejecución será propuesto por el oferente, el que no podrá ser superior a 340 (trescientos cuarenta) días corridos, se entenderá por plazo para la ejecución del estudio, el periodo dentro del cual el consultor deberá desarrollar todas las tareas encomendadas, no incluyéndose en este los plazos de revisión del Director del Estudio ni los de subsanación por parte del consultor de las correcciones por este formuladas.
El contratista estará obligado a cumplir con los plazos parciales estipulados en la Carta Gantt correspondiente. El plazo de ejecución de los estudios que proponga el proponente, deberá ser cumplido estrictamente, salvo fuerza mayor o caso fortuito calificado por el Director del estudio.
Los plazos antes presentados son máximos, por lo que la presentación de una oferta superior al indicado, implicará que la oferta SERÁ DECLARADA INADMISIBLE.
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III. CONTRATO |
Una vez resuelta la adjudicación de la oferta, se comunicará a través del Portal www.mercadopúblico.cl. al oferente favorecido y se procederá a firmar el Contrato dentro del plazo de 15 días hábiles contados desde que sea puesto a disposición del adjudicado, quien deberá acompañar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato de acuerdo al plazo indicado en los siguientes puntos. Todos los costos referentes a autorizaciones de firma ante Notario y protocolizaciones, si fuese necesario, deberán correr por costa del Contratista, tanto para el Contrato original del estudio como para las eventuales modificaciones o anexos de Contrato si los hubiese.
Entre los aspectos más importantes del contrato se destaca:
• La modalidad del contrato corresponderá al sistema de SUMA ALZADA, sin reajustes ni intereses de ninguna especie y expresado en pesos chilenos, el que será firmado en tres ejemplares del mismo tenor y data ante Notario Público.
• Se notificará al proveedor adjudicado, a través del Portal de Compras Públicas, solicitando además la gestión y entrega de la Garantía por Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, el cual deberá ser presentado dentro un plazo de 10 días hábiles, contados desde la emisión de la Orden de Compra.
• Una vez recibida la garantía y confeccionado el contrato, se informará nuevamente al adjudicatario vía correo electrónico la necesidad de firmar dicho documento, para lo cual, no deberán pasar más de 5 días hábiles.
Si por causa imputable al Proponente favorecido, el Contrato no se firmare en el plazo estipulado, se hará efectiva la Garantía por Seriedad de la Oferta o la de Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato (según corresponda), caso en el que la Municipalidad podrá adjudicar al segundo oferente que haya obtenido mayor puntaje en su evaluación o bien declarar desierta la licitación. Debiéndose aprobar todo a través del Acto Administrativo correspondiente.
El Contrato correspondiente se confeccionará con los antecedentes requeridos en las presentes Bases. Dicho contrato contendrá las cláusulas necesarias para el debido resguardo de los intereses de ambas partes, será redactado por el Asesor Jurídico de la Municipalidad, debiendo ser suscrito por el adjudicatario en la fecha que se le será comunicada oportunamente.
Todos los costos referentes a autorizaciones de firma ante Notario y protocolizaciones, si fuese necesario, deberán correr por costa del Oferente adjudicado, tanto para el Contrato original de estudio como para las eventuales modificaciones o anexos de Contrato si los hubiese.
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