Resolución de Empates |
En caso de haber igualdad de puntaje entre dos o más ofertas, la adjudicación se dirimirá considerando en primer término aquella propuesta que haya obtenido el mejor puntaje en el precio ofertado. Si persistiera el empate, se dirimirá, en segundo término, considerando el plazo de entrega y, en tercer término, por la experiencia del proveedor. En cualquiera de los casos, para dirimir los puntajes se considerará hasta el tercer decimal.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas sobre la adjudicación se deberán formular a través de correo electrónico dirigido al Área de Adquisiciones (licitaciones@senama.gob.cl) y las respuestas se entregarán por el mismo medio en un plazo no superior a las 24 horas siguientes a efectuada la consulta, siempre que ello no ocurra en fin de semana o días festivos. Estas respuestas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, de manera que dicha consulta y la posterior respuesta o aclaración esté disponible para todos los potenciales participantes en la licitación.
Los proponentes no adjudicados que estimen pertinente efectuar algún reclamo podrán presentarlo a la Dirección Nacional del SENAMA, por escrito y en un plazo máximo de 3 (tres) días, contados desde la fecha de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La respuesta del/la Director/a será remitida por carta, a más tardar dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de recibida la reclamación.
No obstante lo anterior, también podrán presentar dicha reclamación a través de los canales disponibles en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en cuyo caso, la respuesta por parte de SENAMA, se realizará por el mismo medio, en un plazo de 48 horas, luego de recibida la reclamación, siempre que ello no ocurra en fin de semana o días festivos.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Igualmente, la Comisión Evaluadora podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente.
En los casos antes mencionados se otorgará un plazo fatal de 24 horas, contadas desde su comunicación al oferente por parte de la SENAMA, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Modificación de las bases |
Antes del cierre del plazo para hacer ofertas, el Servicio podrá modificar las bases y otros documentos de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los participantes, otorgando un plazo prudencial, si corresponde, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
Estas modificaciones se harán mediante resolución de la Autoridad, serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl, y formarán parte integrante de las bases.
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Presentación de la oferta técnica |
Cada proponente podrá presentar sólo una propuesta para el servicio requerido. En caso que un mismo proponente presentare dos o más propuestas del mismo servicio, SENAMA entenderá como válida únicamente la última oferta subida al portal www.mercadopublico.cl, las anteriores serán descalificadas de plano en el acto de apertura electrónica, dejándose constancia de ello.
El archivo con la “Propuesta Técnica”, deberá contener lo requerido en las Bases Técnicas de esta licitación descritos en el punto 33 en adelante, debiendo los proponentes utilizar dichas especificaciones como referencia y debiendo completar los Anexos N°7 y N°8 confeccionados para esto.
Asimismo, el proponente deberá adjuntar como anexo toda la documentación de apoyo a su propuesta, identificando el número de anexo, el nombre y los fines para los que se presenta o cualquier otra información que el oferente considere relevante para su oferta.
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Presentación de la oferta económica |
El archivo con la “Oferta Económica” deberá contener la estimación del costo total de la propuesta, incluyendo cualquier otro gasto que de su prestación se derive.
Los montos ofertados deberán ser expresados en pesos chilenos, en el Anexo N°9, señalando los valores netos, impuestos y monto total; y no podrá realizar reajuste alguno.
Los costos en que incurra el proponente, derivados de la formulación de la propuesta, serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de rechazarse la propuesta.
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Consultas y Aclaraciones |
Las consultas sobre las Bases Administrativas y Técnicas se deberán formular a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. Sólo se aceptarán consultas formuladas por este medio, de manera que dicha consulta y la posterior respuesta o aclaración que pueda generar, esté disponible para todos los potenciales participantes en la licitación.
Los plazos para la formulación de consultas, aclaraciones y respuestas, serán los que indique la licitación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
SENAMA se reserva el derecho de no dar respuesta a aquellas consultas o aclaraciones que considere improcedentes, que impliquen confidencialidad en materias propias del servicio, o que pongan en riesgo la transparencia del proceso de licitación.
SENAMA podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes de que finalice el plazo para la presentación de propuestas, modificar los documentos mediante enmienda, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por un proponente. Las enmiendas serán notificadas a través del portal, serán parte integrante del proceso de licitación Si la magnitud de las enmiendas así lo amerita, se procederá a prorrogar el plazo de presentación de propuestas.
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Evaluación de las propuestas |
Se constituirá una Comisión Evaluadora que analizará los antecedentes y las propuestas presentadas. SENAMA podrá reemplazar a 1 (uno) o más integrantes de la Comisión de Evaluación, si se presentasen situaciones de fuerza mayor que impidieran al o los integrantes de que se tratase, su participación en el trabajo de dicha comisión, durante el período fijado para ello. De ser el caso, SENAMA publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública las razones fundadas de la modificación y la nueva composición de la Comisión de Evaluación, debidamente autorizada por el Jefe de División de Administración y Finanzas o la Directora del Servicio.
La Comisión, señalada anteriormente, evaluará las propuestas, según los criterios señalados en las presentes Bases, procediendo a establecer el orden de mérito de las mismas.
Al momento de la etapa de evaluación de ofertas, la comisión designada no podrá tener conflicto de interés alguno en relación a los actuales o potenciales oferentes del proceso licitatorio, lo que quedará reflejado en una Declaración Jurada Simple, que deberá publicarse en la plataforma de compras públicas al momento de la adjudicación. En el evento de que un conflicto de interés sólo se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, el integrante deberá abstenerse de participar en la comisión, debiendo informar a su superior jerárquico de esta situación. En este caso, se sustituirá al integrante designado, mediante el acto administrativo correspondiente.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
• Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
• Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
• Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio, o a quien este haya delegado sus facultades, la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación.
Además, esta Comisión será asesorada en materias técnicas por un profesional de la Subdivisión de Promoción de Derechos.
Sólo se considerarán para el proceso de evaluación aquellas ofertas que cumplan con los requerimientos técnicos y requisitos de los participantes, que se establecen en los presentes términos de referencia, adjudicándose la licitación al oferente que obtenga la puntuación más alta, siempre que su oferta económica se ajuste a la disponibilidad presupuestaria que SENAMA tiene para la contratación de este servicio.
Durante el desarrollo de su trabajo, la Comisión Evaluadora declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases y podrá requerir a las proponentes aclaraciones respecto de sus propuestas. Las aclaraciones que se pidan y las que se den, ambas por escrito, no podrán alterar las Bases del concurso, la esencia de la Propuesta ni tampoco violar el principio de igualdad entre los Proponentes.
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Aplicación de descuentos |
FACTOR OFERTA SUSTENTABLE
a) Multas ante la Inspección del Trabajo (5%): Los proponentes deberán presentar el certificado de antecedentes laborales y previsionales, relativo a la existencia o no de multas en la Inspección del Trabajo, ya sea por despidos injustificados, no respeto de la duración máxima de la jornada laboral, no pago de horas extraordinarias, o cualquiera otra causa que vulnere los derechos del trabajador, esto con sus actuales trabajadores o de trabajadores contratados dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. SENAMA se reserva el derecho de confirmar la información proporcionada.
Susceptibilidad de la oferta Puntaje ponderado
El oferente no presenta información o presenta antecedente que evidencie una o más multas -0,5%
Para oferentes nuevos y UTP (uniones temporales de proveedores), (sin transacciones en www.mercadopublico.cl que figuran como “sin ventas en Mercado Público”) se entenderá que no registran nota, por lo tanto, no se puede aplicar la formula y no se le restará puntaje.
b) Comportamiento contractual anterior (5%): Para la evaluación de este criterio, se utilizará el comportamiento contractual anterior del oferente respecto de los procesos en compras públicas de los últimos 24 meses móviles, considerando el Comportamiento Base de la semana del cierre de presentación de oferta, evaluación obtenida desde la Ficha del Proveedor del Registro de Proveedores de Mercado Público.
Comportamiento contractual anterior Porcentaje descuento
El oferente ha sido calificado con notas promedio inferiores a 2,0 en servicios anteriores -0,5%
El oferente ha sido calificado con notas promedio que van desde un 2,0 hasta un 2,99 en servicios anteriores -0,25%
El oferente ha sido calificado con notas promedio que van desde un 3,0 hasta un 5,0 en servicios anteriores 0%
Para oferentes nuevos (sin transacciones en www.mercadopublico.cl que figuran como “sin ventas en Mercado Público”) se entenderá que no registran nota, por lo tanto, no se puede aplicará la fórmula y no se le restará puntaje.
Para UTP (uniones temporales de proveedores) la nota del oferente que se considerará en la evaluación será el promedio de las notas de cada integrante, obtenidas desde la Ficha del Proveedor, en caso de que la UTP incluya oferentes nuevos, se entenderá que no registran nota, por lo tanto, no se puede aplicar la fórmula y ellos (los proveedores nuevos) no aportarán con nota al promedio total.
14.3 Puntaje mínimo de Adjudicación: Para acceder a la terna final de adjudicación las ofertas deberán obtener a lo menos un 60% del puntaje máximo ponderado, equivalente a 6 puntos, el resto de las ofertas serán declaradas inadmisibles.
Se confeccionará un cuadro comparativo que establezca el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por el puntaje que obtenga cada uno.
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Antecedentes para la emisión de la orden de compra |
Una vez notificada la adjudicación, por línea, al o los proponentes mejor evaluados, SENAMA le comunicará a través de correo electrónico dicha adjudicación. En la citada comunicación se indicará el plazo en que emitirá la orden de compra, documento que formalizará el acuerdo de adquisición de bienes entre las partes, pudiendo contener documentos anexos que aclaren o especifiquen los bienes contratados.
En caso que el proponente adjudicatario no esté habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado, estará obligado a inscribirse dentro del plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Si dicho trámite de habilitación no se realiza en el mencionado plazo, SENAMA procederá a anular la adjudicación, en cuyo evento podrá re adjudicar al proponente que ocupe el siguiente lugar en el proceso de evaluación de propuestas.
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Causales de término anticipado de la contratación |
Podrá ponerse término anticipado al contrato de común acuerdo entre las partes. SENAMA se reserva el derecho de poner término al contrato en forma administrativa, unilateral y anticipadamente y sin forma de juicio, si el proponente seleccionado incurriera en alguna de las siguientes causales durante la ejecución del mismo:
a. Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, en cuanto a plazos, trabajos o alcance de las labores contratadas, entre otras, sin causa justificada, lo que será calificado fundadamente por el contratante.
Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones, entre otras, si el proceso de evaluación de la calidad del servicio arroja como resultado una calificación deficiente.
b. Si el adjudicatario no acatase los requerimientos de la contraparte técnica del contrato.
c. Por entrega incompleta de los servicios, aun cuando esto pudiera ser reparado.
d. Si el proponente adjudicatario estuviese sometido al procedimiento concursal de liquidación, o le fuesen protestados documentos comerciales que se mantuvieron impagos durante más de sesenta días o no fuesen debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
e. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, contados a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f. Si la persona jurídica se disolviera.
g. Si se presentasen situaciones de fuerza mayor, imprevista o casos fortuitos, que impidan al proponente adjudicatario ejecutar parte o la totalidad de servicio, siempre y cuando la circunstancia sea de tal envergadura o gravedad, que haga imposible el cumplimiento total del servicio encomendado.
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Multas |
22.1 SANCIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO:
En caso de incumplimiento del proveedor, se aplicarán las siguientes multas:
a) Se aplicará una multa de 2 U.T.M diarias en caso de incumplimiento de los requerimientos de la Contraparte Técnica, que se señalan en el punto 26.
b) Se aplicará una multa de 3 U.T.M. diarias por cada día de atraso en el cumplimiento del plazo de entrega de los productos, desde el día fijado como fecha de su entrega, conforme a lo acordado por el proveedor en su presentación de Oferta Técnica. En caso que el período de atraso sea superior a 1 día, se tendrá como incumplimiento grave, de conformidad a la letra a) del Punto 21 de las presentes Bases.
c) Se aplicará una multa de 10 U.T.M., en caso que el proveedor no haya cumplido con las obligaciones contempladas en las Bases de Licitación, lo cual quedará consignado en el Informe que debe emitir la Contraparte Técnica, para la aprobación del pago de la entrega de bienes.
Las multas no podrán exceder al 30% del valor total del contrato. En tal evento, además de cursar las multas, SENAMA podrá poner término anticipado al contrato.
22.2 APLICACIÓN DE LAS MULTAS
En caso de incumplimiento, SENAMA podrá aplicar al adjudicatario las siguientes sanciones:
Las multas se aplicarán por acto administrativo fundado del Servicio Nacional del Adulto Mayor, previo Informe fundado para la aplicación de multas, el cual será elaborado por las Contrapartes Técnicas, o a falta de este, por la Jefa de la Subdivisión de Promoción de Derechos, el cual deberá contener, a lo menos:
1.- Identificación del Proveedor.
2.- Identificación de la licitación.
3.- Descripción del incumplimiento, el cual deberá contener a lo menos:
a) La indicación de las situaciones constitutivas de incumplimiento y conforme con lo anterior.
b) Documentación de respaldo de lo informado.
4.- Monto de la multa propuesto.
5.- Firma de la Contraparte técnica, o del Encargado antes mencionado, en su caso.
Dicho Informe se remitirá a la Unidad Jurídica del Servicio, para la tramitación correspondiente.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos, y sin perjuicio de la facultad que tiene SENAMA para poner término anticipado al contrato.
22.3 PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MULTAS
Si con motivo del incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las Bases o en la propuesta correspondiente, SENAMA aplica multas, termina anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas contempladas en las Bases, tendrá lugar el procedimiento para la aplicación de medidas previsto en este numeral.
En caso de determinarse la procedencia de aplicar la medida, SENAMA notificará por escrito al Proveedor mediante Oficio remitido por carta certificada indicando la causa que lo motiva y la medida que se aplica y adjuntando copia del informe respectivo que fundamenta la aplicación de la medida, y de la Resolución Exenta que aprueba su aplicación. La carta certificada será enviada al domicilio indicado en la comparecencia del contrato, o a falta de éste, al designado por el Proveedor en su registro de proveedores del Estado, entendiéndose practicada la respectiva notificación a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
El Proveedor podrá reclamar por escrito de la aplicación de la multa dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación. SENAMA resolverá, mediante resolución fundada, la reclamación presentada ya sea acogiendo los descargos del Proveedor y atenuando o dejando sin efecto la multa, o bien rechazando los argumentos y confirmando la aplicación de la multa respectiva. SENAMA notificará por escrito al Proveedor la resolución que resuelve el reclamo mediante Oficio remitido por carta certificada conforme a lo previsto en el párrafo precedente, adjuntando la respectiva Resolución Exenta.
En contra de la resolución que aplica la o las medidas procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La interposición de los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880 no suspenderá el término anticipado del contrato.
Tratándose de las multas se procederá conforme con lo siguiente:
i. El Proveedor dispondrá del plazo de 5 días corridos para pagar la multa directamente en SENAMA. Dicho plazo se contará desde la fecha de notificación de la resolución que aplica la multa conforme a lo previsto en el párrafo segundo del presente numeral.
ii. Vencido el plazo para efectuar el pago sin que el Proveedor lo haya efectuado, se pondrá término anticipado, conforme a lo previsto en el numeral 22 de las presentes bases, sin perjuicio de las acciones legales que le pudieren corresponder a SENAMA en contra del Proveedor, y de informar a la Dirección de Compras a efectos que su mal comportamiento quede registrado en su ficha histórica cuando se realice la evaluación anual de los Proveedores del Estado. Con todo, se procederá al descuento de los pagos de prestaciones adeudadas al proveedor, en su caso.
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Vigencia y duración del Contrato |
La contratación entrará en vigencia una vez se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que adjudica la licitación y que SENAMA emita la Orden de Compra y ésta haya sido aceptada por el adjudicatario en www.mercadopublico.cl.
Toda modificación deberá ser efectuada mediante acuerdo suscrito a tal efecto y entrará en vigencia una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del mismo. Dicha modificación en ningún caso podrá alterar los términos establecidos en las Bases de Licitación.
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Inicio de la ejecución y Plazos |
La prestación de los servicios materia de esta licitación deberá empezar una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que adjudica la licitación, posterior al envío y aceptación del Orden de Compra.
El servicio de producción, impresión y despacho no deberá superar los 5 días corridos, en cada una de las regiones señaladas en el numeral 33, a contar del V°B° de la prueba a color de maquetas y la total tramitación del acto administrativo que adjudica la licitación y la orden de compra haya sido aceptada.
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Pago |
El pago del servicio se realizará una vez recepcionado conforme la totalidad de los bienes requeridos, contra presentación del documento tributario de cobro correspondiente, emitido por la empresa a nombre del Servicio Nacional del Adulto Mayor, de los siguientes documentos:
• Guías de despacho que comprueben la entrega de los productos en SENAMA nacional, de acuerdo al empaquetado señalado en las bases técnicas.
• Maquetas con V°B°.
Dicho pago se realizará en un plazo no superior a los 30 días contados desde la fecha de recepción del mencionado documento en la casilla senamarecepcion@custodium.com, o cualquier otra que el servicio tuviere en el futuro, o cualquier otra que el servicio tuviere en el futuro.
Por otra parte, al momento de la presentación del documento de cobro, el oferente deberá indicar el medio a través del cual SENAMA cumplirá con la obligación de pago respectiva, (Ejemplo: Nombre de Banco, Número de Cuenta y Tipo de Cuenta).
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Contraparte Técnica |
Los servicios que se licitan se ejecutarán bajo la supervisión y coordinación de la Contraparte Técnica Nacional de SENAMA, labor que le corresponderá a la Encargada de la Unidad SIAC/Fono Mayor, o a quien estos designen.
Serán de responsabilidad del mencionado, entre otras, las siguientes funciones:
• Solicitar el término anticipado del contrato, según lo dispuesto en el punto 21.
• Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el cumplimiento de los objetivos y de los plazos acordados para la prestación del servicio comprometidos en la propuesta.
• Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por SENAMA.
• Aprobar productos para el pago de los servicios.
• Solicitar la aplicación de multas, en caso de incumplimiento de los productos y servicios contratados, por causas que no sean imputables a SENAMA.
• Evaluar la calidad del servicio prestado.
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Resolución de situaciones de fuerza mayor |
En caso de que antes o durante la ejecución del servicio se presentasen situaciones de fuerza mayor, imprevistos o casos fortuitos, que impidan al proponente adjudicatario ejecutar parte o la totalidad del mismo, éste estará obligado a dar cumplimiento con lo ofertado, una vez que se haya resuelto la o las situaciones(es) antes señalada(s) de que se tratase, salvo que la circunstancia sea de tal envergadura o gravedad, que haga imposible el cumplimiento del servicio encomendado. De ser el caso, se dará término anticipado al contrato de prestación de servicios, de acuerdo a las causales señaladas en el punto 21 de las Bases de Licitación.
Toda situación de esta índole, deberá ser debidamente acreditada por SENAMA o el adjudicatario, según corresponda.
De ser el caso, el adjudicatario deberá coordinar con la contraparte técnica de SENAMA el nuevo plazo o fecha para su total cumplimiento.
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Propiedad de los resultados del servicio |
SENAMA será la titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura física y tecnológica que le suministre La Proveedora contratado y que se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
La proveedora no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la entidad licitante. Por tal motivo, una vez que La Proveedora entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos
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Confidencialidad |
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar reserva de los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de reserva permanece indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
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Derechos de autor |
SENAMA será titular de todos los derechos de autor y de cualquier otro, sobre el o los productos finales entregados por el proponente, sin limitación alguna y, consecuentemente, tendrá derecho a editar, reeditar, emitir o difundir dicho producto.
Asimismo, SENAMA podrá autorizar, según estime conveniente, el uso de todo o parte de esta información, a personas naturales e instituciones públicas o privadas
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Disposiciones Varias |
a. Todos los equipos, materias primas, útiles y en general, todos los insumos necesarios para llevar a cabo los servicios a que se refiere la propuesta, serán de cargo exclusivo del adjudicatario.
b. Los eventuales conflictos que se puedan producir entre SENAMA y la adjudicataria serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los Tribunales Ordinarios de Justicia.
c. SENAMA queda liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables al adjudicatario, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento del contrato, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del adjudicatario.
d. Los eventuales daños que el personal de la empresa adjudicataria cause a los bienes, instalaciones, información y documentación de SENAMA, como también daños a terceros, serán cubiertos por la adjudicataria.
e. La ejecución del servicio será supervisada por la contraparte técnica, que controlará y evaluará los trabajos solicitados y, asimismo, verificará el cumplimiento de las instrucciones que se hayan impartido al efecto.
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Bases Técnicas |
33.1 ANTECEDENTES GENERALES
En septiembre del año 2002 se promulgó la Ley Nº 19.828 que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor (SENAMA), en cuyo texto se define como Adulto Mayor a toda persona que ha cumplido 60 años, sin diferencia entre hombres y mujeres.
Los objetivos principales del SENAMA son:
• Velar por la plena integración del Adulto Mayor a la sociedad.
• Proteger al Adulto Mayor en abandono e indigencia.
• Promover la imagen de Adultos Mayores activos y con participación.
• Hacer valer los derechos que la Constitución y las leyes le reconocen a los Adultos Mayores.
• Velar por la no discriminación y no marginación de los Adultos Mayores.
SENAMA deberá, entre otros, proponer las políticas destinadas a lograr la integración familiar y social efectiva del adulto mayor y la solución de los problemas que los afecten, además de estudiar y proponer políticas, planes y programas sobre la vejez y el envejecimiento al Presidente de la República; velar por su cumplimiento y evaluar su ejecución; incentivar la participación del sector privado en el proceso de transición demográfica que afecta al país; prestar asistencia técnica y supervisar a organismos privados con y sin fines de lucro que brinden acogida y atención integral al adulto mayor.
33.2 ANTECEDENTES ESPECÍFICOS Y JUSTIFICACIÓN
Contar con el servicio de “impresión del manual de gestión ELEAM de la Unidad Gestión y Supervisión ELEAM”, a fin de contribuir en la difusión de los canales de atención de SENAMA, cumpliendo con el derecho de las personas mayores y la ciudadanía de informarse, orientarse y conocer sobre el quehacer de SENAMA, su oferta programática y además ser un acompañamiento efectivo para las personas mayores.
33.3 OBJETIVO DE LA CONTRATACIÓN
Se requiere la “Contratación de servicios de impresión del Manual de Gestión ELEAM 2023 con Unidad Gestión y Supervisión ELEAM”.
Este servicio a contratar, se relaciona directamente con la ejecución del componente de “Acompañamiento Técnico y Supervisión ELEAM”, así como el de “Capacitaciones, Difusión y educación a la comunidad” ya que, su objetivo es entregar conocimientos técnicos de regularización y mejoras de servicios residenciales a ELEAM que se encuentren en funcionamiento. En este contexto, los materiales técnicos, facilitarán el acompañamiento técnico, asesoría y orientación de cada residencia, teniendo como base la promoción y pleno goce de los derechos de las personas mayores. Al mismo tiempo, es fundamental para el desarrollo y ejecución de los planes de mejora en cada ELEAM y para que los ELEAM puedan avanzar en el mejoramiento de la calidad de los servicios de cuidado que brindan a las personas mayores, a fin de que éstos sean de alto estándar
33.4 PROPUESTA TÉCNICA
33.4.1 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
33.4.1.1 SERVICOS DE IMPRESIÓN MANUAL DE GESTION ELEAM VERSIÓN 2023.
MANUAL DE GESTIÓN ELEAM 2023
- Cantidad: 520
- Características del servicio:
a. FORMATO CERRADO 20 X 25 CMS.
b. TAPA TAMAÑO EXTENDIDO 54 X 25 CMS CONSIDERA SOLAPAS DE 7 CM POR LADO.
c. IMPRESIÓN 4/0 COLOR, + POLIPROPILENO MATE EN PAPEL COUCHE OPACO 300 GRS.
d. INTERIOR 440 PAGINAS IMPRESAS A 4/4 COLORES, EN PAPEL BOND DE 106 GRS
e. ENCUADERNACION CON COSTURA HILO, HOT MELT.
33.4.1.2 RESULTADOS Y PRODUCTOS ESPERADOS
• Imprimir el material solicitado, con las características específicas, según lo señalado en numeral 33.4.1.1
• Despacho a CALLE CATEDRAL N°1575, Piso 2, Comuna de SANTIAGO.
• Cualquier situación especial respecto del cumplimiento de los objetivos con las exigencias de la presente licitación deberá ser informada por escrito a la Contraparte Técnica del SENAMA, con quien la adjudicataria deberá acordar las medidas necesarias para resolver dicha situación.
• Este material deberá tener claramente señalado que se trata de una iniciativa del Gobierno de Chile, a través del Servicio Nacional del Adulto Mayor – SENAMA, a través del convenio. Por lo cual, la Contraparte Técnica del SENAMA, deberá realizar todas las gestiones pertinentes para la aprobación de las impresiones, considerando los tiempos necesarios para ello.
33.4.1.3 REUNIONES E INFORMES
Posterior a la adjudicación, la contraparte técnica de SENAMA citará a una primera reunión para abordar los siguientes puntos:
• Tiempos de entrega
• Entrega de los diseños
• Resolver dudas
A. Visado de pruebas de color: El adjudicatario deberá, una vez entrega el diseño por SENAMA, proveer de las pruebas de color correspondientes, contra visado de las cuales se continuará a la impresión y despacho de los productos.
B. Confirmación de recepción: Se deberá despachar a SENAMA con los documentos correspondientes de la recepción de los documentos de manera conforme en la dirección de destino, de SENAMA nacional, en Catedral 1575, piso 2, Santiago.
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