Licitación ID: 1051173-7-LE22
Servicio de Pólizas de Seguros para vehículos
Responsable de esta licitación: MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA, Ministerio Secretaria General de la Presidencia
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Seguro de automóviles o camiones 1 Unidad
Cod: 84131503
Pólizas de Seguros para flota de vehículos institucionales MINSEGPRES  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Pólizas de Seguros para vehículos
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en adelante “el Ministerio”, requiere contratar el servicio de “Pólizas de Seguros Para los vehículos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia”, de conformidad a las condiciones señaladas en las presentes Bases Administrativas y a las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas respectivas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Unidad de compra:
Ministerio Secretaria General de la Presidencia
R.U.T.:
60.100.003-2
Dirección:
Moneda N°1160
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-07-2022 17:00:00
Fecha de Publicación: 14-07-2022 18:48:29
Fecha inicio de preguntas: 14-07-2022 19:00:00
Fecha final de preguntas: 18-07-2022 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-07-2022 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-07-2022 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-07-2022 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 29-07-2022 10:58:42
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°653/2022
Documentos Técnicos
1.- Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°653/2022
 
Documentos Económicos
1.- Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°653/2022
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de requisitos formales Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°653/2022 4%
2 Oferta Económica Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°653/2022 60%
3 Oferta Técnica Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°653/2022 36%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 225
Justificación del monto estimado Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°6532022
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Claudia Sepúlveda
e-mail de responsable de pago: csepulveda@minsegpres.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: Abel Labraña Baeza
e-mail de responsable de contrato: alabrana@minsegpres.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26945994-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
En virtud de la naturaleza del contrato, el Contratista no podrá subcontratar el servicio objeto de la presente licitación.
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Fecha de vencimiento: 26-10-2022
Monto: 200000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: Garantía Seriedad de la Oferta, Licitación Pública ID: 1051173-7-LE22
Forma y oportunidad de restitución: Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°653/2022
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Fecha de vencimiento: 04-11-2023
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: Garantía de fiel cumplimiento del servicio Pólizas de Seguros para Vehículos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Forma y oportunidad de restitución: Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°653/2022
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Ministerio podrá readjudicar el proceso licitatorio al segundo oferente mejor evaluado y así sucesivamente al resto de los proponentes, dentro de sesenta 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al segundo oferente mejor evaluado, de acuerdo con el Acta de Evaluación informada en el Portal www.mercadopublico.cl y así sucesivamente con el resto de los proponentes, cuando se produzcan alguna de las siguientes situaciones: a Si el adjudicatario se desiste de su oferta. b Si el adjudicatario no presenta toda la documentación requerida para la suscripción del contrato dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación. c Si el contrato no se firma en el plazo estipulado en el cronograma de licitación por causas atribuibles al adjudicatario. d Si el adjudicatario no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, dentro del plazo establecido en las presentes bases. e En caso de que el proveedor adjudicado no pueda cumplir con la prestación del servicio contratado. f Si el adjudicatario al momento de suscribir el contrato es inhábil para contratar con el Estado. En todos estos casos, el Ministerio hará, además, efectiva la garantía de seriedad de la oferta presentada por el oferente adjudicado en primera instancia.
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN
El Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en adelante “el Ministerio”, requiere contratar el servicio de “Pólizas de Seguros Para los vehículos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia”, de conformidad a las condiciones señaladas en las presentes Bases Administrativas y a las especificaciones indicadas en las Bases Técnicas respectivas.
2. DEL OFERENTE
2.1. Requisitos del oferente Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, de manera individual o como uniones temporales de proveedores, en adelante “UTP”, nacionales o extranjeras que, cumpliendo los requisitos señalados en estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas. Sin perjuicio de lo anterior, para celebrar el respectivo contrato, el oferente que resulte adjudicado deberá encontrarse habilitado para contratar con organismos del Estado, lo que deberá acreditar mediante su inscripción en el Registro de Proveedores. Tratándose de una UTP, cada proveedor integrante deberá encontrarse habilitado para contratar con organismos del Estado, lo que deberá acreditar mediante su inscripción en el Registro de Proveedores.
2.2. No podrán participar
a) Las personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores, chilenas o extranjeras que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º, inciso 1º, parte final de la Ley Nº 19.886.
b) Aquellas personas que se encuentren en las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
c) Aquellas personas jurídicas que se encuentren cumpliendo la pena prevista en el numeral 2 del artículo 8º de la Ley Nº 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a Funcionario Público Nacional o Extranjero.
d) Aquellas personas que hayan sido condenadas en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 211, de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia.
2.3. Declaración jurada de no estar afecto a inhabilidades para contratar
Quedarán excluidos de la licitación quienes se encuentren afectos a alguna inhabilidad para contratar con la Administración del Estado. Por ello, junto con la presentación del documento de seriedad de la oferta, los oferentes deberán presentar una Declaración Jurada Simple, en la que conste que el oferente respectivo no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades mencionadas en el punto 2.2 de estas bases.
La Declaración Jurada deberá presentarse en el formato correspondiente al Anexo Nº 2-A o 2-B, según corresponda. La no presentación de la declaración jurada según el formato señalado será causal de inadmisibilidad de la oferta. En el caso de las UTP, la Declaración Jurada deberá presentarse en el formato correspondiente al Anexo Nº 2-C.
La no presentación de la declaración jurada según el formato señalado será causal de inadmisibilidad de la oferta.
4 CONSULTAS Y ACLARACIONES
4.1. Recepción de consultas y aclaraciones Las consultas y aclaraciones sólo serán recibidas a través del Portal www.mercadopublico.cl, a través del respectivo foro del ID de la licitación, dentro de la fecha y horario indicado en el cronograma. 4.2. Respuestas a las consultas y aclaraciones Se responderán sólo aquellas consultas realizadas a través del Portal, recibidas en la fecha y horario indicado. Las preguntas y respuestas de las consultas formarán parte integrante de las bases de la licitación. Dentro del mismo plazo, se podrán efectuar aclaraciones de oficio a las presentes Bases Administrativas y/o Técnicas, sin que medie consulta, siempre que el Ministerio lo considere adecuado. Tanto las respuestas, como las aclaraciones, serán públicas y vinculantes para los oferentes.
5. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
5.1. Perfil del oferente. El oferente podrá ser una persona natural o jurídica, nacional o extranjera, o unión temporal de proveedores, que no se encuentre inhabilitado para contratar con el Estado y acredite contar con el perfil definido por las Bases Técnicas. 5.2. Cumplimiento de las condiciones administrativas. El oferente deberá dar cumplimiento a los requerimientos señalados en las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y presentar además los documentos exigidos que se entenderán formar parte integrante del proceso licitatorio. Los proponentes podrán presentar más de una oferta, en cuyo caso cada una será evaluada separadamente. Las ofertas alternativas deberán ser enumeradas correlativamente y señaladas así en el Portal. Los documentos que forman parte de esta licitación son: • Bases Administrativas. • Bases Técnicas. • Anexos. • Consultas, aclaraciones, respuestas y modificaciones, en caso de que existan. Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y las respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, por lo que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación requerida en las presentes bases. 5.3. Recepción de las propuestas. Las Propuestas se recibirán sólo hasta el día y hora señalados en el cronograma de licitación (punto 3 de estas bases) a través del Portal. Solo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas dentro del plazo antes señalado, por lo que una vez expirado no se admitirá propuesta alguna, salvo lo dispuesto en el artículo 62, del Reglamento de Compras Públicas. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las ofertas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas. 5.4. Antecedentes del oferente y documentación que acompaña la oferta. El oferente deberá adjuntar a la sección “Anexos Administrativos” del Portal www.mercadopublico.cl la siguiente documentación: a) Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº 1-A (persona natural) o 1-B (persona jurídica) de estas bases, según corresponda. En caso de UTP, deberá completar el Formato Completo de Identificación del Oferente contenido en el Anexo Nº 1-C, de estas bases. b) Declaración jurada contenida en el Anexo Nº 2-A o 2-B, según corresponda, debidamente suscrita. Tratándose de la unión temporal de proveedores, la declaración jurada está contenida en el Anexo Nº 2-C. Se deberá adjuntar, además, el documento público o privado según corresponda de acuerdo con lo señalado en el artículo 67 bis del Reglamento de Compras Públicas, que formalizó dicha unión, en que se haya pactado solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que emanen de la licitación y se haya designado un representante o apoderado común con poderes suficientes. c) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del oferente o de su(s) representante(s) legal(es), según corresponda. d) Documento en el que consta el poder del (o los) representante(s) legal(es), para el caso de las personas jurídicas, el cual no podrá tener una vigencia superior a 90 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas. e) Fotocopia simple del RUT de la sociedad, según corresponda. f) En el caso de Corredores de Seguros, deberá acompañarse, además, documento donde conste la autorización de la Compañía de seguros para representarla. Se hace presente que la documentación que se deberá acompañar debe ser la del proveedor con el cual se suscribirá el contrato y no la del corredor de seguros. La oferta que no presente la referida información a la que se refiere la letra b) y f) al momento de presentación de la oferta, será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 7.2 de las Bases Administrativas. Respecto de los documentos señalados en las letras a), c), d) y e) anteriores, son documentos necesarios para contratar, en caso de no acompañarse junto con la presentación de la oferta, la Propuesta será evaluada con menor puntaje de acuerdo con lo dispuesto en el número 7.8 de las mismas Bases Administrativas. 5.5. Ingreso de la oferta técnica al Portal Mercado Público. El Oferente deberá ingresar su oferta técnica en la sección “Anexos Técnicos” de www.mercadopublico.cl, mediante archivo adjunto, indicando con detalle las características y descripción del producto o servicio ofrecido, debiendo cumplir con todas las especificaciones señaladas en las Bases Técnicas. Documentos requeridos: a) Oferta técnica: Propuesta que responda al objetivo general, objetivos específicos y/o productos solicitados en la licitación. De no existir descripción técnica respecto de algunos o todos los puntos establecidos en las presentes Bases de Licitación, se entenderá aceptado íntegramente lo estipulado en éstas. La Oferta que no cumpla con lo exigido en las Bases Técnicas, que las modifique o contradiga en todo o en parte, será declarada técnicamente inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación. b) Anexo Nº 4, Experiencia del Oferente. Sólo se considerarán 10 experiencias presentadas. En caso de que el Oferente presente más de 10 experiencias, sólo se evaluarán las 10 primeras presentadas. El Oferente que no presente experiencia o que ésta no se encuentre debidamente acreditada será evaluado con puntaje “0” o no se considerará la línea respectiva, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 7.2 de las Bases Administrativas, respecto de los documentos en los que se funde la respectiva experiencia. El oferente debe indicar los servicios que ha prestado en los últimos dos años y junto con el nombre de contacto y teléfono o e-mal del contacto; deberá acompañar los respectivos documentos que acrediten dicha experiencia (contrato, factura, certificado emitido por el mandante de los servicios y/o orden de compra aceptada cuando se trate de Instituciones Públicas) c) Anexo Nº 5, Valor Deducible. Indicar si el valor del deducible ofertado es igual o no a cero (0) U.F. Los servicios a contratar deberán obligatoriamente contar con un valor de deducible igual a cero (0) U.F., lo cual deberá quedar reflejado en el Anexo Nº 5. Lo anterior será considerado como una condición de admisibilidad. El oferente que oferte un deducible mayor a cero (0) U.F., su oferta será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación. Para efectos del valor del deducible ofertado, no se contempla los deducibles obligatorios como lo son el caso de robo de accesorios y actos maliciosos. Lo anterior deberá quedar reflejado en la respectiva oferta técnica del oferente. d) Certificado de Clasificación de Riesgo, emitido por la Comisión para el Mercado Financiero y/o entidades clasificadoras de riegos autorizadas. El oferente que no presente dicho certificado o cuya clasificación de riesgo sea inferior a B-, su oferta será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación. 5.6. Ingreso de la oferta económica en el Portal Mercado Público. El Ministerio informa que el monto máximo disponible para esta licitación es la suma equivalente a U.F. 225 (Doscientas veinticinco Unidades de Fomento) IVA incluido, si correspondiere. Toda oferta por un monto superior al indicado será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación. El precio que señalen los oferentes en la oferta económica, a través del Portal, corresponderá al valor total para el Ministerio. Dicho valor deberá estar expresado en Unidades de Fomento (U.F.). Adicionalmente, se solicita que el oferente indique si su servicio es afecto o exento de IVA. Para la evaluación de la oferta se considerará el valor total de la oferta, incluido el IVA si correspondiere. Adicionalmente, la oferta económica deberá presentarse en el formato correspondiente al Anexo Nº 3 de estas Bases. La oferta que no presente íntegramente la referida información o que la modifique en todo o parte, será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el buen cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos, hasta el total cumplimiento del contrato. El proponente será responsable de constatar que el envío de su propuesta, a través del Portal, se haya efectuado con éxito. Para ello, deberá verificar el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema e imprimirlo para su resguardo. 5.7. Vigencia de la oferta. La oferta deberá tener una vigencia mínima de 60 días, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el Portal. En caso de que algún oferente se desistiere de la oferta presentada, durante el período de vigencia antes señalado, el Ministerio hará efectiva la correspondiente Garantía de Seriedad de la Oferta.
6. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Con la finalidad de proteger al Ministerio contra riesgos de desistimiento de la oferta dentro del período de validez exigido en las bases, el retiro de la oferta una vez adjudicada, falta de seriedad en los términos ofertados, falta de firma del contrato y falta de entrega de la garantía de cumplimiento de contrato, los oferentes deberán presentar una garantía de seriedad de la oferta. La caución deberá cumplir los siguientes requisitos: • Física o electrónica, en este último caso ajustándose a lo dispuesto en la Ley Nº 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. • Pagadera a la vista, esto es, contra su sola presentación. • Irrevocable. Dicha garantía podrá consistir en cualquier tipo de instrumento pagadero a la vista e irrevocable, expresado en pesos u otra unidad monetaria de circulación nacional equivalente, tales como: boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro de ejecución inmediata, depósito a la vista, un certificado de fianza a la vista, seguro de garantía y en general cualquier otra alternativa indicada en el artículo 31º del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, que asegure el pago de la garantía de forma rápida y efectiva, por un monto de $200.000.- (Doscientos mil pesos), extendido en favor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, con una vigencia no inferior a 90 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. La garantía presentada, deberá señalar (cuando corresponda) que está tomada como “Garantía de Seriedad de la Oferta”, e indicar el ID de la licitación. En el caso que el oferente decida presentar una póliza de garantía a la vista, esta deberá ser además de ejecución inmediata, no podrá estar condicionada a un liquidador y deberá incorporar expresamente dentro de las condiciones particulares, que se faculta al Ministerio, para hacerla efectiva en casos de sanciones impuestas al proponente por incumplimiento de las bases de licitación. Si la garantía de seriedad de la oferta es otorgada en el extranjero, el emisor del respectivo documento debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena. Los proponentes deberán presentar el documento de seriedad de la oferta en original, en la Oficina de Partes del Ministerio, ubicado en Moneda N° 1160, entrepiso, Santiago, hasta la hora y fecha de cierre de recepción de ofertas, de acuerdo al cronograma publicado en el Portal Mercado Público. El receptor de la garantía, procederá a registrar el ingreso del documento, levantando un acta debidamente firmada por él y por la persona que haga entrega de la garantía, en que conste el nombre de la licitación, el nombre del proponente, nombre y RUT de la persona que entregó la garantía y fecha y hora de presentación de la garantía. Copia de dicha acta deberá entregarse al interesado. No obstante lo anterior, y producto de la contingencia nacional a raíz de la pandemia provocada por el COVID-19, se admitirá ingresar el documento respectivo de seriedad de la oferta directamente en el Portal Mercado Público, enviando copia del documento y comprobante de ingreso al Portal, al correo electrónico de contacto compras@minsegpres.cl, en el periodo indicado en el párrafo anterior. Si no se presentara el documento de seriedad de la oferta de acuerdo a lo señalado en los párrafos precedentes, si su presentación es extemporánea o estuviere mal extendida y no se pudiera salvar los errores que presente, la oferta respectiva será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de evaluación. Esta situación será comunicada a la Comisión Evaluadora, previamente al proceso de evaluación. 6.1. Devolución de los documentos de garantía de seriedad de la oferta. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación, en la forma que se señale en las bases de licitación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las bases se haya contemplado la facultad de readjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato. Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra la presentación de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y firmado el contrato respectivo.
7. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La apertura de los antecedentes de las ofertas técnicas y económicas se efectuará el día señalado en el cronograma, en un solo acto, a través del portal www.mercadopublico.cl, por un encargado de la División de Administración General del Ministerio. Una vez concluidas las aperturas respectivas, dicho encargado le comunicará por escrito o por correo electrónico a los integrantes de la Comisión de Evaluación, el hecho de haberse efectuado la apertura electrónica de las propuestas, remitiéndole copia de las mismas e informándole sobre las propuestas que hayan acompañado, en tiempo y forma, copias de las garantías de seriedad de las ofertas y las Declaraciones Juradas a que se refiere el número 2.3 de las presentes bases administrativas y los demás antecedentes que se hubieran presentado junto con la oferta. 7.2. Aclaración y complementación de antecedentes. Previo a la evaluación de las ofertas y durante el examen de admisibilidad, el Ministerio podrá solicitar a los proponentes que salven errores, omisiones formales y/o entreguen aclaraciones sobre los antecedentes presentados, así como la complementación de éstos, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones o aclaraciones no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores; esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los proponentes, a través del Portal www.mercadopublico.cl. El plazo máximo para que los oferentes hagan las aclaraciones, salven los errores o entreguen dichos antecedentes, será de 2 días hábiles contados desde la solicitud realizada por el Ministerio. Del mismo modo, el Ministerio podrá solicitar la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. 7.3. Contactos. El Ministerio no podrá tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones u otro expresamente previsto en estas bases. 7.4. Comisión Evaluadora. La evaluación de las ofertas presentadas será realizada por una Comisión de Evaluación, la que estará compuesta por los siguientes funcionarios: - Abel Labraña Baeza, Encargado de Unidad de Bienes y Servicios, de la División de Administración General. - Carol Arias Henríquez, del Área de Servicios Generales, de la División de Administración General. - Violeta Vásquez Hernández, Abogada de la Unidad de Fiscalía Interna. En caso de impedimento de alguno (s) de ellos, integrarán la Comisión las personas que las jefaturas correspondientes designen, mediante correo electrónico a la jefatura de la Unidad de Fiscalía Interna de este Ministerio. El personal a honorarios, excepcionalmente, podrá integrar comisiones evaluadoras si la autoridad lo estima pertinente; en todo caso, los funcionarios (as) deberán ser siempre mayoría con respecto al personal que no cuenta con esta condición. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, lo que se acreditará mediante la respectiva declaración jurada que suscriban. En caso de existir algún tipo de conflicto, esta situación deberá dar lugar a la abstención del miembro de participar en la Comisión y el Ministerio deberá designar a otra persona en su reemplazo. Sólo se evaluarán las ofertas que hayan acompañado la documentación requerida, en tiempo y forma, incluyendo las aclaraciones. Los puntajes técnicos, económicos y finales se expresarán, por cada evaluación, con dos decimales, sin aproximación. La Comisión de Evaluación deberá elaborar y suscribir un Informe de Evaluación en el cual deberá contener la siguiente información: - Verificación de admisibilidad de los proponentes: se deberá dejar constancia del cumplimiento por parte de cada proponente de la presentación en tiempo y forma de las propuestas junto con toda la documentación adicional exigida. En el evento de detectarse alguna causal de inadmisibilidad se deberá dejar constancia de ello. - Cuadro de evaluación de todas las propuestas recibidas que fueron consideradas admisibles, las que serán consignadas en orden decreciente, según el puntaje total obtenido. - Proposición fundada de adjudicación de la licitación al proponente que efectuó la oferta más ventajosa, es decir, la que obtuvo el mayor puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación fijados en las presentes bases, o bien, la proposición fundada de que se declare desierto el proceso licitatorio, cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses del Ministerio. 7.5. Ponderación de las Ofertas. Los puntajes asignados para cada criterio de evaluación son los siguientes: Oferta económica: 60 puntos. Oferta técnica: 36 puntos. Cumplimiento requisitos formales: 4 puntos. La licitación será adjudicada a la oferta que obtenga el mayor puntaje como consecuencia de la aplicación de los referidos criterios. 7.6. Evaluación de las ofertas económicas (60 puntos). Se entenderá que la oferta económica es la sumatoria del valor total (IVA incluido) de la prima anual de todos los vehículos expresada en Unidades de Fomento. La evaluación de las ofertas económicas se realizará de acuerdo la siguiente fórmula: POE: (60) x (OEB/OEE) Dónde: POE: Puntaje de la oferta económica en evaluación OEB: Oferta económica más baja OEE: Oferta económica en evaluación
8. ADJUDICACIÓN
8.1. Selección de la oferta más conveniente. El Ministerio adjudicará la presente licitación a un solo proponente. Será seleccionada aquella propuesta que obtenga el mayor puntaje total, de acuerdo con lo informado por la Comisión Evaluadora en la respectiva Acta de Evaluación. El oferente que haya obtenido el mayor puntaje final en la evaluación será seleccionado y se procederá a su adjudicación mediante resolución fundada de la autoridad competente, debidamente notificada. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. En caso de que un oferente participe representado por una corredora de seguros, la adjudicación deberá realizarse a nombre de la compañía de seguros y no a favor del intermediario. En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo establecido, el Ministerio informará en el Portal las razones que justifican dicho retraso y señalará un nuevo plazo para la adjudicación. En caso que se señale un nuevo plazo para la adjudicación, el plazo para la entrega de la documentación para contratar y suscribir el contrato se aumentará en la misma cantidad de días que se haya modificado el plazo original de la adjudicación. En caso de que los participantes de esta licitación tuviesen consultas respecto del proceso de adjudicación, éstas deberán ser enviadas al correo electrónico compras@minsegpres.gob.cl, hasta el tercer día hábil siguiente a la adjudicación en el Portal. 8.2. Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación. El Ministerio se reserva el derecho de declarar inadmisibles las ofertas en los siguientes casos: • Cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases, ya sea en uno o más actos específicos. • La oferta que no acompañe la declaración jurada contenida en el Anexo Nº 2-A, 2-B o 2-C, según corresponda, en ninguna de las dos etapas contempladas para el efecto. • La oferta que no acompañe la documentación en conformidad a lo dispuesto en el numeral 5.4, letra f) de las presentes Bases Administrativas. • La oferta que no cumpla con los requisitos exigidos en las Bases Técnicas, o que la modifique o contradiga en todo o en parte. • La no presentación de la oferta económica (Anexo Nº 3) o la propuesta por un monto superior al máximo indicado por el Ministerio, de acuerdo con lo señalado en el numeral 5.6, de estas Bases Administrativas. • Que el certificado de clasificación de riesgos clasifique a la aseguradora en una categoría inferior a B- o no informe clasificación. • La no presentación de la garantía de seriedad de la oferta por parte del oferente, o que no cumpla con los requisitos indicados en el numeral 6 de las Bases Administrativas. • Podrá también el Ministerio declarar inadmisible las ofertas en el mismo acto de adjudicación si lo creyere procedente, en forma fundada, o bien, declarando desierta la licitación, cuando las propuestas no resulten convenientes para los intereses del Ministerio. Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna. 8.3. Readjudicación. El Ministerio podrá readjudicar el proceso licitatorio al segundo oferente mejor evaluado y así sucesivamente al resto de los proponentes, dentro de sesenta (60) días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original al segundo oferente mejor evaluado, de acuerdo con el Acta de Evaluación informada en el Portal www.mercadopublico.cl y así sucesivamente con el resto de los proponentes, cuando se produzcan alguna de las siguientes situaciones: a) Si el adjudicatario se desiste de su oferta. b) Si el adjudicatario no presenta toda la documentación requerida para la suscripción del contrato dentro del plazo señalado en el cronograma de licitación. c) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado en el cronograma de licitación por causas atribuibles al adjudicatario. d) Si el adjudicatario no acompaña la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, dentro del plazo establecido en las presentes bases. e) En caso de que el proveedor adjudicado no pueda cumplir con la prestación del servicio contratado. f) Si el adjudicatario al momento de suscribir el contrato es inhábil para contratar con el Estado. En todos estos casos, el Ministerio hará, además, efectiva la garantía de seriedad de la oferta presentada por el oferente adjudicado en primera instancia.
9. CONDICIONES PREVIAS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
9.1. Inscripción en el registro de proveedores Conforme a lo dispuesto por el artículo 66 del Reglamento de Compras Públicas, las entidades podrán exigir a los adjudicatarios su inscripción en el Registro de Proveedores para poder suscribir los contratos definitivos. En consecuencia, el adjudicatario deberá encontrarse inscrito o proceder a inscribirse en el Registro de Proveedores, regulado en el Capítulo IX del citado Reglamento, debiendo acompañar por escrito, junto con la documentación que más adelante se indica, comprobante o certificado de dicha inscripción. Si el adjudicado no se encontrare inscrito en el Registro de Proveedores, dispondrá del mismo plazo indicado en el cronograma (para acompañar los documentos necesarios para contratar), para efectuar su inscripción y entregar el respectivo comprobante o certificado. 9.2. Documentación. A fin de elaborar y suscribir el contrato correspondiente, el oferente adjudicado deberá presentar la documentación que a continuación se indica, con excepción de los antecedentes que se encuentren digitalizados en el Portal Chile Proveedores y que dicha circunstancia le conste y haya sido verificada por el Ministerio, mediante su envío digital o en la Oficina de Partes del Ministerio, ubicada en Moneda Nº1160, entrepiso, comuna de Santiago, según sea el caso, dentro del plazo indicado en el cronograma. a) Declaración Jurada Simple, en que conste que el oferente: i. No ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4º, inciso 1º, parte final de la Ley Nº19.886. ii. Que ningún dependiente suyo se encuentra en las hipótesis previstas en el inciso sexto del artículo 4º de la Ley Nº 19.886, que establece “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas, en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.”. iii. Que no se encuentra cumpliendo la pena prevista en el numeral segundo del artículo 8º de la Ley Nº 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho a Funcionario Público Nacional o Extranjero. iv. Que no ha sido condenado en conformidad a lo dispuesto en el artículo 26, letra d) del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 211, de 1973, sobre Defensa de la Libre Competencia. b) Certificado emitido por la Tesorería General de la República, en que no se registren deudas tributarias de cualquier naturaleza por más de un año, a menos que exista un convenio de pago vigente. c) Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, en que no se registre la existencia de reclamos pendientes en materia laboral con sus trabajadores, por deudas remuneratorias o previsionales.
10. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Una vez notificado el adjudicado, deberá presentar, dentro del mismo plazo otorgado para acompañar la documentación legal antes señalada, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, con una vigencia, que debe extenderse desde la fecha de su entrega hasta 90 días corridos posteriores al término del contrato, según el cronograma señalado en el numeral 3 de las presentes Bases. La caución deberá cumplir los siguientes requisitos: a) Física o electrónica, en este último caso ajustándose a lo dispuesto en la ley Nº 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. b) Pagadera a la vista, esto es, contra su sola presentación. c) Irrevocable. d) Extendida a favor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia e incluir la siguiente glosa: “Garantía de fiel cumplimiento del servicio Pólizas de Seguros para Vehículos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia”. La caución podrá consistir en cualquier tipo de instrumento pagadero a la vista e irrevocable, expresado en pesos o en otra unidad monetaria de circulación nacional equivalente, tales como: boleta bancaria, vale vista, póliza de seguro de ejecución inmediata, depósito a la vista, un certificado de fianza a la vista, seguro de garantía y en general cualquier otra alternativa indicada en el artículo 68 del Reglamento de Compras Públicas, que asegure el pago de la garantía de forma rápida y efectiva, por un monto equivalente al 10% del valor contratado, extendido en favor del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y con la glosa: “Garantía de fiel cumplimiento del servicio Pólizas de Seguros para Vehículos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia”. En el caso que el adjudicatario decida presentar una póliza de garantía a la vista, esta deberá ser además de ejecución inmediata, no podrá estar condicionada a un liquidador y deberá incorporar expresamente dentro de las cláusulas particulares, que se faculta al Ministerio, para hacerla efectiva en casos de sanciones impuestas al contratista por incumplimiento de las obligaciones del contrato. Dicha garantía caucionará, además, el pago de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores del adjudicatario en caso de que, a la fecha de pago, ellas se encuentren adeudadas por el proveedor. En caso de que el plazo de ejecución del contrato se amplíe, la garantía deberá igualmente ampliarse o renovarse, con una vigencia mínima desde la fecha de su emisión o presentación hasta 90 días corridos posteriores al término de la prórroga del plazo si correspondiere. Asimismo, en caso de ampliación o disminución de contrato afecte al monto máximo a contratar, el contratista deberá adecuar el monto de la garantía al valor del contrato. Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato es otorgada en el extranjero, el emisor del respectivo documento debe estar representado en Chile o estar reconocido por un banco o institución financiera chilena. En caso de que el contratista no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato de acuerdo a los plazos establecidos en el número 3 de las Bases Administrativas, el Ministerio podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicará la licitación al oferente, que según el Acta Final de Evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, si su oferta resulta conveniente para los intereses del Ministerio, y así sucesivamente; o bien, declarará desierta la licitación, según corresponda. Asimismo, el Ministerio junto con desechar la oferta adjudicada procederá al cobro de la respectiva garantía de seriedad de la oferta. En caso de que el precio de la oferta presentada por un Oferente sea menor al 50% de la oferta presentada por el Oferente que le sigue, y se verifique por parte del Ministerio que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, se podrá mediante resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitando una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. 10.1 . Ejecución de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. El Ministerio estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitraria alguna, en caso de incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones que le impone el contrato. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del adjudicatario. Además, podrá hacerse efectiva por el Ministerio: • Si se pone término al contrato, por cualquiera de las causas indicadas en el punto 11.7 de las presentes bases “Término Anticipado”. • Para dar pago a las multas en caso de ser necesario. • En caso de que, no se hubiere renovado el instrumento de garantía y el Contratista tuviere la obligación de renovar dichos instrumentos. • Para hacer pago de cualquier deuda que el Contratista tuviere con el Ministerio. • En caso de incumplimiento de obligaciones laborales o previsionales. 10.2. Custodia y devolución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. El Ministerio custodiará la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato a través del Área de Presupuesto y Finanzas de la División de Administración General, el que deberá hacer su devolución una vez ejecutados los servicios y cumplido a satisfacción el contrato. Para ello, la Contraparte Técnica del contrato debe emitir un certificado que acredite tal situación. Se procederá a devolver el documento de garantía, mediante su endoso, en el caso que el documento sea endosable, o estampando al dorso la leyenda “Devuelta al Tomador”, en caso de que no lo sea, entregándoselo directamente al representante legal del adjudicatario, debidamente identificado, o, a la persona mandatada especialmente para retirar el documento, quién deberá identificarse presentando poder simple firmado por el representante legal. La entrega se efectuará previa firma del Certificado de Retiro y Recepción respectivo.
11. DEL CONTRATO
11.1. Aprobación del contrato El contrato que el Ministerio suscriba con el adjudicado deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. No procederá pago alguno mientras el acto aprobatorio del contrato no se encuentre totalmente tramitado. 11.2. Vigencia del contrato El contrato tendrá una vigencia de 12 meses y comenzará a regir el 6 de agosto de 2022 desde las 12:00 horas, hasta las 12:00 horas del 6 de agosto de 2023. Lo anterior, con independencia de la fecha de suscripción del contrato y del acto administrativo que lo autorice, con todo, no procederá pago alguno mientras no se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el contrato. 11.3. Subcontratación En virtud de la naturaleza del contrato, el Contratista no podrá subcontratar el servicio objeto de la presente licitación. 11.4. Modificación del contrato El contrato podrá modificarse, previo informe de la contraparte técnica que justifique dicha modificación, por alguna de las siguientes causales: a) Por mutuo acuerdo de las partes. b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. Las modificaciones podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento del objeto del contrato o de salvar imprevistos ocurridos durante se ejecución, no imputables a los contratantes y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones introducidas podrán significar una variación del precio del contrato, pudiendo aumentar o disminuir los servicios contratados hasta en un 30% del monto del mismo, IVA incluido, siempre que exista disponibilidad presupuestaria para tales efectos, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según proceda, el monto y la vigencia de las garantías. Dichas modificaciones deberán ser aprobadas mediante el acto administrativo que corresponda, siempre que no implique una modificación sustancial al objeto del contrato, que no vulneren el principio de estricta sujeción a las bases, ni de igualdad de los oferentes. El correspondiente acto administrativo se notificará al Proveedor por medio del Portal. 11.5. Cesión de contrato El Contratista no podrá, en ningún caso, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones establecidas en el presente contrato. La infracción de esta prohibición dará derecho al Ministerio para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. 11.6. Sanciones por incumplimiento El Ministerio aplicará multas en caso de que el Contratista incurra en alguna de las siguientes conductas, las que, en todo caso, no podrán exceder en su totalidad el 10% (diez por ciento) del valor bruto del contrato: o En caso de incumplimiento por parte del Contratista a la cobertura establecida en la póliza respecto de cualquiera de los vehículos asegurados, el Ministerio aplicará una multa de U.F. 45 (cuarenta y cinco Unidades de Fomento) por evento. Las multas serán aplicables por incumplimiento del Contratista en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato. La U.F. aplicable será la pertinente al día en que se registró el incumplimiento por parte del proveedor. Sin perjuicio de lo anterior, ante situaciones que no sean atribuibles al proveedor tales como situaciones de fuerza mayor, pandemia, catástrofe, desastres naturales, las multas indicadas más arriba no serán aplicadas. 11.6.1. Procedimiento para la aplicación de sanciones por incumplimiento. Para aplicar una multa, el Ministerio primero deberá notificar de ello al Contratista acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica, donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción. La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Contratista señale en el contrato o en su defecto aquél señalado en Mercado Público, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de su recepción por la oficina de correos respectiva. Una vez notificado, el Contratista tendrá un plazo de diez días hábiles para formular sus descargos ante el Subsecretario, quien resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del Ministerio si existe o no incumplimiento contractual susceptible de ser sancionado. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el Contratista se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución fundada, la que podrá ser impugnada conforme a lo establecido en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Contratista en los mismos casos. Se entenderá que el Contratista está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos cuando aquél no haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo. En caso de aplicación de multas, y una vez resuelto los recursos pendientes o si éstos no se hubiesen presentado en los plazos legales, el Contratista podrá pagar directamente el monto total de la sanción aplicada, dentro de los 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplique la multa, si no lo hiciere, el Ministerio estará facultado para deducirla de cualquier pago que corresponda efectuar. En caso que ello no sea posible, el Ministerio procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes bases y de hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. 11.7. Término anticipado El Ministerio pondrá término al contrato por resolución fundada, sin indemnización alguna al Contratista, en el evento de alguna de las siguientes circunstancias: a) Por acuerdo de las partes. b) Si se dictare resolución de liquidación en contra del Contratista en un Procedimiento Concursal de Liquidación, o si transcurriera el plazo de Protección Financiera Concursal una vez dictada resolución de Reorganización o resolución de Reorganización Simplificada, en un Procedimiento Concursal de Reorganización o si el Contratista cayere en estado de notoria insolvencia, a menos, que se entreguen suficientes cauciones para garantizar el cumplimiento del contrato. c) Si se disolviere la sociedad del Contratista tratándose de personas jurídicas o la unión temporal de proveedores. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Por incumplimiento grave, debidamente calificado por el Ministerio, de las obligaciones contraídas por el Contratista. i. Superar el tope máximo dispuesto en el numeral 11.6. ii. Aplicación de más de 5 multas durante un año de ejecución del contrato. iii. El incumplimiento del deber de confidencialidad señalado en el numeral 11.9. iv. Subcontratación de los servicios regulado en el numeral 11.3. f) Incumplimiento de las obligaciones de pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social de los trabajadores del Contratista. En caso de verificarse las causales de las letras b), c), e) y f) descritas anteriormente, el Ministerio estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, pudiendo, además, solicitar el cumplimiento forzado o resolución del contrato, en ambos casos con indemnización de perjuicios, de conformidad a las reglas generales del derecho común. 11.8. Del pago El Ministerio procederá a efectuar el pago de la totalidad de las primas que corresponda en una sola cuota. Con respecto al eventual pago que le corresponda realizar al Ministerio por concepto de deducibles que se originen por la denuncia de un siniestro, el Contratista deberá facturarlos dentro de los 10 días siguientes a la denuncia realizada por el Ministerio según las indicaciones que se señalan a continuación. Para iniciar el procedimiento de pago, la Empresa emitirá el respectivo documento tributario electrónico, en adelante e indistintamente “DTE”, el que deberá contener el número de la orden de compra respectiva, dentro del Campo Nº 801 (dispuesto para ingresar el número de orden compra), como requisito del nuevo sistema de gestión de documentos tributarios electrónico. Luego, la Empresa deberá enviar el DTE, en formato XML, al Servicio de Impuestos Internos, de manera que se capture la orden de compra y sea factible proseguir con el proceso de pago centralizado. Posteriormente, la Empresa deberá enviar el DTE, a la casilla de intercambio segpresrecepcion@custodium.com, única casilla válida de ingreso de documentos digitales, los siguientes antecedentes: - Documento tributario a nombre del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. - RUT N°60.100.003-2 - Domicilio: Calle Moneda N°1160, entrepiso, Comuna de Santiago. La factura deberá estar expresada en pesos, de acuerdo con la Unidad de Fomento del último día hábil del mes en que se han prestado los servicios. En caso de que no se haya adjuntado el archivo en formato XML, no se haya citado la orden de compra o se haya enviado a una casilla distinta a la anterior, la plataforma procederá a su rechazo en forma automática transcurridas 48 horas, contadas desde la ocurrencia de alguno de las tres circunstancias anteriores. En caso de que se rechace un DTE, la Empresa deberá contactarse con la contraparte técnica ministerial, con el objeto de reiniciar el proceso de facturación. El Ministerio procederá a efectuar el pago dentro del plazo máximo de 30 días corridos contados desde la recepción conforme de los servicios adquiridos y la aceptación de la respectiva factura, a la cual deberá adjuntarse el correspondiente certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. Si al momento de celebrar el contrato o al momento de verificarse el pago, el Contratista registrara saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los 2 últimos años, el pago producto del contrato deberá ser destinado al pago de dichas obligaciones, debiendo el Contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas. En tal caso, el Contratista deberá proceder a los pagos y presentar los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de esta obligación. Esto es, sin perjuicio, del derecho del Ministerio a poner término anticipado al contrato o hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Finalmente, para proceder al pago es indispensable la aceptación electrónica de la correspondiente Orden de Compra, por parte del Proveedor. 11.9. Confidencialidad de la información o política de privacidad El Contratista declara conocer y acepta la Política de Seguridad de la Información del Ministerio y se obliga en forma irrevocable a que toda información que éste le proporcione o le suministre con motivo de la contratación tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, pendrives, archivos computacionales o en cualquiera otra forma. El Contratista sólo utilizará la Información Confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de la contratación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de ella. Al momento de la terminación, por cualquier causa, de la contratación, el Contratista deberá restituir, según lo indique el Ministerio, la Información Confidencial y toda copia, resumen o extracto de esta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, dispositivos de almacenamiento externo o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de la misma, en ninguna forma. En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el Contratista se viere obligado a divulgar todo o parte de la Información Confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato esta circunstancia al Ministerio. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del proveedor durante la vigencia de la contratación o después de su finalización sin la aprobación de la Contraparte Técnica, dará lugar al Ministerio a entablar las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor.
12. CONTRAPARTE TÉCNICA Y ADMINISTRADOR DEL CONTRATO
Ejercerá la labor de contraparte técnica y administrador del contrato el Encargado del Área de Bienes y Servicios del Ministerio, o el (la) funcionario (a) de su dependencia designado. Serán funciones de la Contraparte Técnica, las siguientes: a) Dirigir, supervisar y controlar el desarrollo de los servicios encomendados, velando por el estricto cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios, y el cumplimiento de los plazos estipulados. b) Recibir conforme la recepción del servicio y los productos. c) Validar la(s) factura(s), según la conformidad de los servicios y validación de los productos o informes por la Contraparte Técnica. d) Requerir la aplicación de multas en los casos que corresponda. e) Requerir modificación del contrato si corresponde. f) Requerir el término anticipado del contrato si corresponde.
13. MODIFICACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
El Ministerio se reserva el derecho de poder modificar las bases administrativas y técnicas de la presente licitación de manera previa al vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas. Las modificaciones y la nueva calendarización serán oportunamente informadas a todos los proponentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, aumentándose prudencialmente el plazo de cierre de recepción de las ofertas para que los proponentes puedan adecuar sus ofertas de ser necesario.
Bases Técnicas
Según Bases Administrativas y Técnicas, REX. N°653/2022