DEL FUNCIONARIO ENCARGADO DEL PRESENTE PROCESO DE COMPRA |
El presente proceso licitatorio se encontrará a cargo de un funcionario de la División de
Administración y Finanzas (Sección de Adquisiciones) del Servicio Nacional del Adulto Mayor, con
contacto en el correo licitaciones@senama.gob.cl.
No obstante, durante el curso del proceso licitatorio, los proveedores no podrán contactarse de
ninguna otra forma que no sea a través del Sistema de Información con la entidad licitante o sus
funcionarios, esto, conforme a lo dispuesto en el artículo 27 del Decreto Supremo N° 250 de 2004,
y sus modificaciones.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases
de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda
la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes
bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del
Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que
significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos
mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se
produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a
ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución
del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o
formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que
sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y
vigencia.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad
y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que
de ellos se derivase.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados
a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que
éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
Antes del cierre del plazo para hacer ofertas, el servicio podrá modificar las bases y otros
documentos de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada
por alguno de los participantes, otorgando un plazo prudencial, si corresponde, para que los
oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
Estas modificaciones se harán mediante resolución de la Autoridad, serán informadas a través del
sitio www.mercadopublico.cl, y formarán parte integrante de las bases.
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PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
La propuesta deberá estar conformada por:
• Archivos Administrativos (antecedentes del proponente)
• Propuesta Técnica
• Propuesta Económica
La propuesta deberá presentarse con todos sus antecedentes, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl), compatibles con Microsoft Word o Acrobat Reader, según corresponda, en idioma español y en archivos separados, de acuerdo a lo señalado en el párrafo precedente.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas, a través del sistema www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los archivos anexos y aquellos que permitan hacer la evaluación correspondiente. Será responsabilidad de los
oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las
respectivas propuestas.
Sin perjuicio de lo señalado, y en conformidad a lo establecido en el artículo 62 del D.S. N° 250,
cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser
ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por
las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de
ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contados desde la
fecha de envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del
Sistema de Información.
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PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA |
Cada proponente podrá presentar sólo una propuesta para el servicio requerido. En caso que un mismo proponente presentare dos o más propuestas del mismo servicio, SENAMA entenderá como9
válida únicamente la última oferta subida al portal
www.mercadopublico.cl, las anteriores serán descalificadas de plano en el acto de apertura electrónica, dejándose constancia de ello.
El archivo con la “Propuesta Técnica”, deberá contener lo requerido en las Bases Técnicas de esta licitación descritos en el punto 38 en adelante, debiendo los proponentes utilizar dichas especificaciones como referencia y debiendo completar el anexo N°7 y anexo N°8, confeccionados para esto.
Asimismo, el proponente deberá adjuntar como anexo toda la documentación de apoyo a su propuesta, identificando el número de anexo, el nombre y los fines para los que se presenta o cualquier otra información que el oferente considere relevante para su oferta.
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PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA |
El archivo con la “Oferta Económica” deberá contener la estimación del costo total de la propuesta, incluyendo cualquier otro gasto que de su prestación se derive.
El presupuesto para esta contratación, correspondiente a $70.000.000 (setenta millones de pesos), impuesto incluido.
Los montos ofertados deberán ser expresados en pesos chilenos, en el Anexo N°9, señalando por separado los valores netos, IVA, monto total y no podrá realizarse ningún reajuste.
Los costos en que incurra el proponente, derivados de la formulación de la propuesta, serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de rechazarse la propuesta.
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VALIDEZ Y APERTURA ELECTRÓNICA DE LAS OFERTAS |
La propuesta deberá tener una validez de a lo menos sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de cierre del plazo para su presentación.
La apertura de los anexos administrativos, técnicos y oferta económica solicitados se efectuará en una etapa, de acuerdo al artículo 34 del Reglamento contenido en el Decreto de Hacienda N° 250 de la Ley N° 19.886.
En primera instancia se verificará la inclusión, en formato digital, de cada uno de los anexos administrativos, técnicos y oferta económica solicitados en las presentes bases, la cual se realizará por un profesional de la Subdivisión de Administración y Compras, según el recuadro detallado en bases de licitación.
Aquellas propuestas que cumplan con la totalidad de los requisitos señalados anteriormente, serán sometidas al proceso de evaluación que estará a cargo de la comisión evaluadora señalada en el punto 14 de las presentes bases.
La oferta de aquel proponente que en definitiva no haya acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas bases será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite, sin que se proceda a la evaluación de su oferta.
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El cuadro resumen con las ofertas recepcionadas y el nombre del respectivo oferente se publicará
en el Sistema de Información.Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito no se pudiere realizar
la Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y correctamente ingresadas, al Servicio podrá fijar
nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
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ADMISIBILDAD TÉCNICA DE LAS OFERTAS |
Con el fin de determinar el cumplimiento técnico de las ofertas que avanzaron en la etapa de
apertura electrónica, la comisión evaluadora será asesorada en materias técnicas por el Encargado
de la Subdivisión de Proyectos de Inversión y Mantención de Infraestructura, o por quién este
designe, quien será responsable de emitir un informe de cumplimiento de los requisitos técnicos
mínimos requeridos en las bases de licitación.
Los oferentes que no den cumplimiento con la totalidad de los requisitos técnicos mínimos
requeridos en base de licitación, conforme al informe de cumplimiento señalado en el párrafo
anterior, no podrán ser evaluados económicamente y sus ofertas serán declaradas inadmisibles
conforme a lo señalado en el numeral 18, párrafo primero de las presentes bases.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
Las consultas sobre las Bases Administrativas y Técnicas se deberán formular a través del Sistema
de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. Sólo se aceptarán
consultas formuladas por este medio, de manera que dicha consulta y la posterior respuesta o
aclaración que pueda generar, esté disponible para todos los potenciales participantes en la
licitación.
Los plazos para la formulación de consultas, aclaraciones y respuestas, serán los que indique la
licitación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.
SENAMA se reserva el derecho de no dar respuesta a aquellas consultas o aclaraciones que
considere improcedentes, que impliquen confidencialidad en materias propias del servicio, o que
pongan en riesgo la transparencia del proceso de licitación.
SENAMA podrá, por cualquier causa y en cualquier momento, antes de que finalice el plazo para la
presentación de propuestas, modificar los documentos mediante enmienda, ya sea por iniciativa
propia o en atención a una aclaración solicitada por un proponente. Las enmiendas serán notificadas
a través del portal, serán parte integrante del proceso de licitación. Si la magnitud de las enmiendas
así lo amerita, se procederá a prorrogar el plazo de presentación de propuestas.
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EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
Se constituirá una Comisión Evaluadora que analizará los antecedentes y las propuestas
presentadas. SENAMA podrá reemplazar a 1 (uno) o más integrantes de la Comisión de Evaluación,
si se presentasen situaciones de fuerza mayor que impidieran al o los integrantes de que se tratase,
su participación en el trabajo de dicha comisión, durante el período fijado para ello. De ser el caso,
SENAMA publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública las razones
fundadas de la modificación y la nueva composición de la Comisión de Evaluación, debidamente
autorizada por la Directora del Servicio.
La Comisión, señalada anteriormente, evaluará las propuestas, según los criterios señalados en las
presentes Bases, procediendo a establecer el orden de mérito de las mismas.
Al momento de la etapa de evaluación de ofertas, la comisión designada no podrá tener conflicto
de interés alguno en relación a los actuales o potenciales oferentes del proceso licitatorio, lo que
quedará reflejado en una Declaración Jurada Simple, que deberá publicarse en la plataforma de
compras públicas al momento de la adjudicación. En el evento de que un conflicto de interés sólo
se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, el integrante deberá abstenerse de
participar en la comisión, debiendo informar a su superior jerárquico de esta situación. En este caso,
se sustituirá al integrante designado, mediante el acto administrativo correspondiente.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
• Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos
regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
• Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o
indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
• Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las
empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones,
gremios o corporaciones.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio, o a
quien este haya delegado sus facultades, la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación
contenidos en las presentes bases de licitación.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Jefa de Servicio de la
entidad licitante la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación por cuanto las ofertas
presentadas no se ajustan a los requerimientos esenciales establecidos en las bases.
SENAMA declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos
o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante
de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido
en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley N°19.886 y en las
presentes bases.
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DERECHO A PEDIR ACLARACIONES Y CONTACTO CON EL OFERTANTE |
La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales, siempre
y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una
situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los
principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha
solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Igualmente, la Comisión Evaluadora podrá permitir la presentación de certificaciones o
antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre
que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al
vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el
vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Tratándose de
certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y
podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
En los casos antes mencionados se otorgará un plazo fatal de 24 horas, contadas desde su
comunicación al oferente por parte de la SENAMA, la que se informará a través del Sistema de
información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema
durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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FACTORES, SUBFACTORES, CRITERIOS Y PONDERACIÓN |
El puntaje máximo que se puede obtener es de 10 puntos, construyéndose el mismo a partir de la
calificación obtenida en cada uno de los factores de evaluación, subfactores (con notas de 1 a 10) y
su respectiva ponderación.
El detalle de cada uno de ellos será especificado en las bases de licitación.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS, DESERCIÓN, REVOCACIÓN Y SUSPENSIÓN DEL PROCESO |
SENAMA declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
Además, el Servicio podrá declarar desierta la licitación a solicitud de la Comisión Evaluadora, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
Por otra parte, a solicitud del Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional, se podrá asignar el estado “suspendida” a la licitación, lo que permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días y, posteriormente, seguir con el curso normal de la misma. Este estado puede asignarse desde la publicación de las bases hasta la adjudicación.
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DE LA ADJUDICACIÓN Y SU NOTIFICACIÓN |
El Servicio Nacional del Adulto Mayor, mediante acto administrativo, adjudicará la licitación al proponente mejor evaluado.
La adjudicación se efectuará a través de una resolución exenta de la autoridad competente, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por notificada al oferente adjudicado transcurridas 24 horas desde su publicación.
En la resolución de adjudicación se especificarán los criterios de evaluación que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de la oferta más conveniente.
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de SENAMA que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, podrá adjudicarse esa oferta solicitándole una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
Si existiera discrepancia entre el monto mencionado en el comprobante de ingreso de oferta y el señalado en el anexo económico, prevalecerá este último.
SENAMA tendrá un plazo de hasta 15 (quince) días hábiles, a partir de la fecha de apertura técnica y económica, para publicar en el Sistema Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, el resultado del proceso de evaluación.
Dicho plazo podrá ampliarse hasta un máximo de 10 (diez) días hábiles adicionales, a solicitud de la Comisión de Evaluación y por razones justificadas. De ser el caso, SENAMA informará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, el nuevo plazo para realizar la adjudicación de la licitación.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas sobre la adjudicación se deberán formular a través de correo electrónico dirigido a la Sección de Adquisiciones (licitaciones@senama.gob.cl) y las respuestas se entregarán por el mismo medio en un plazo no superior a las 24 horas siguientes a efectuada la consulta, siempre que ello no ocurra en fin de semana o días festivos. Estas respuestas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, de manera que dicha consulta y la posterior respuesta o aclaración esté disponible para todos los potenciales participantes en la licitación.
Los proponentes no adjudicados que estimen pertinente efectuar algún reclamo podrán presentarlo a la Dirección Nacional del SENAMA, por escrito y en un plazo máximo de 3 (tres) días, contados desde la fecha de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La respuesta del/la Director/a será remitida por carta, a más tardar dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de recibida la reclamación.
No obstante lo anterior, también podrán presentar dicha reclamación a través de los canales disponibles en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en cuyo caso, la respuesta por parte de SENAMA, se realizará por el mismo medio, en un plazo de 48 horas, luego de recibida la reclamación, siempre que ello no ocurra en fin de semana o días festivos.
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ANTECEDENTES PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
22.1. Suscripción del contrato
Una vez que el Servicio determine el adjudicatario del contrato, comunicará a través de correo electrónico, la aceptación de su oferta. En dicha comunicación se establecerá el plazo para la suscripción del contrato y la entrega de los antecedentes pertinentes, según corresponda.
En caso que el o los proponentes adjudicatarios no esté habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado, estará obligado a inscribirse dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Si dicho trámite de habilitación no se realiza en el mencionado plazo, SENAMA procederá a dejar sin efecto la adjudicación, original, y podrá re adjudicar al proponente que ocupe el siguiente lugar en el proceso de evaluación de ofertas.
Del mismo modo, si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra, SENAMA podrá junto con dejar sin efecto la adjudicación original, y adjudicar la licitación al oferente que seguía en puntaje.
22.2. ANTECEDENTES LEGALES PARA ELABORACIÓN DE CONTRATO
Para efectos de redactar el contrato correspondiente, el adjudicatario deberá presentar la siguiente documentación:
a. Personas Jurídicas:
a.1 Fotocopia de la escritura pública de constitución de la sociedad y sus modificaciones, si las hubiere, legalizadas ante notario.
a.2 Fotocopia de la escritura pública o documento que acredite la personería del o de los Representantes Legales de la persona jurídica, legalizada ante notario.
a.3 Certificado de vigencia de la sociedad (original) o fotocopia legalizada ante notario.
a.4 Fotocopia legalizada ante Notario del RUT de la sociedad.
a.5 Fotocopia legalizada ante Notario de la Cédula Nacional de Identidad del o de los Representantes Legales.
a.6 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
a.7 Los demás documentos que, eventualmente, le solicite el contratante
b. Personas Naturales:
b.1 Fotocopia de la Cédula Nacional de Identidad, legalizada ante notario.
b.2 Fotocopia de iniciación de actividades en SII, legalizada ante notario.
b.3 Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
b.4 Los demás documentos que, eventualmente, le solicite el contratante
c. Unión Temporal de Proveedores:
c.1 Fotocopia de la escritura pública constitución de la sociedad y sus modificaciones, si las hubiere, legalizadas ante notario, de las empresas que optan por esta modalidad.
c.2 Fotocopia de la escritura pública o documento que acredite la personería del o de los Representantes Legales de la persona jurídica, legalizada ante notario, de las empresas que optan por esta modalidad.
c.3 Certificado de vigencia de la sociedad (original) o fotocopia legalizada ante notario, de las empresas que optan por esta modalidad.
c.4 Fotocopia legalizada ante Notario del RUT de la sociedad, de las empresas que optan por esta modalidad.
c.5 Fotocopia legalizada ante Notario de la Cédula Nacional de Identidad del o de los Representantes Legales, de las empresas que optan por esta modalidad.
c.6 Garantía del Fiel Cumplimiento del Contrato
c.7 Los demás documentos que, eventualmente, le solicite el contratante
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DERECHO A AMPLIAR EL SERVICIO |
SENAMA podrá incrementar o disminuir en hasta en un 30% el valor contratado, con el fin de llevar a un mejor término el proyecto, con ocasión de la modificación de obras previstas, la ejecución de obras nuevas o extraordinarias o el empleo de materiales no considerados.
En el caso que las modificaciones antes indicadas, incidan en el plazo convenido, éste deberá ser modificado en la proporción correspondiente.
Los aumentos o disminuciones serán solicitadas sólo por la contraparte técnica, a través de un Informe Técnico que lo fundamente y no podrán ser ejecutados sino hasta contar con el V°B° de la Dirección Nacional.
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RESPETO POR LA NORMATIVA DEL SENAMA Y DEBIDO CUIDADO DE SUS BIENES |
Para la ejecución del contrato, SENAMA permitirá la entrada del personal del adjudicatario, debidamente acreditado, a las dependencias del CVT San Antonio ubicado en Corregidor Luis Norambuena 442, comuna de San Antonio, Región de Valparaíso. En tal caso, el personal del adjudicatario deberá acatar las medidas de resguardo y control de los recintos y el adjudicatario será responsable, y quedará obligado a la reparación o reposición, de cualquier desperfecto, dañoo pérdida que puedan sufrir los bienes adheridos e instalados en todas las dependencias de dicho establecimiento tanto al interior como exterior del edificio. Asimismo, el adjudicatario será responsable y quedará obligado a la reparación de cualquier daño o accidente que se pudiesen provocar producto de la ejecución de la obra a terceros.
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CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN |
Podrá ponerse término anticipado a la contratación de común acuerdo entre las partes. SENAMA se reserva el derecho de poner término a la contratación en forma administrativa, unilateral y anticipadamente y sin forma de juicio, si el proponente seleccionado incurriera en alguna de las siguientes causales durante la ejecución del mismo:
a. Incumplimiento grave de las obligaciones, en cuanto a plazos, trabajos o alcance de las labores contratadas, entre otras, sin causa justificada, lo que será calificado fundadamente por el contratante.
Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones, entre otras, si el proceso de evaluación de la calidad del servicio arroja como resultado una calificación deficiente.
b. Si el adjudicatario no acatase los requerimientos o instrucciones de la contraparte técnica del contrato.
c. Por entrega incompleta de los servicios, aun cuando esto pudiera ser reparado.
d. Si el proponente adjudicatario estuviese sometido al procedimiento concursal de liquidación, o le fuesen protestados documentos comerciales que se mantuvieron impagos durante más de sesenta días o no fuesen debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
e. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, contados a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f. Si la persona jurídica se disolviera.
g. Si se presentasen situaciones de fuerza mayor, imprevista o casos fortuitos, que impidan al proponente adjudicatario ejecutar parte o la totalidad de servicio, siempre y cuando la circunstancia sea de tal envergadura o gravedad, que haga imposible el cumplimiento total del servicio encomendado.
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SANCIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO |
En caso de incumplimiento del proveedor, se aplicarán las siguientes multas:
a) Se aplicará una multa de 2 U.T.M diarias en caso de incumplimiento de los requerimientos de la Contraparte Técnica, que se señalan en el punto 34.
b) Se aplicará una multa de 3 U.T.M. diarias por cada día de atraso en el cumplimiento del plazo de entrega del servicio, desde el día fijado como fecha de su inicio, conforme a lo acordado por el proveedor en su presentación de Oferta Técnica. En caso que el período de atraso sea superior a 1 día, se tendrá como incumplimiento grave, de conformidad a la letra a) del Punto 26 de las presentes Bases.
c) Se aplicará una multa de 10 U.T.M., en caso que el proveedor no haya cumplido con las obligaciones contempladas en las Bases de Licitación, lo cual quedará consignado en el Informe que debe emitir la Contraparte Técnica, para la aprobación del pago de la prestación del servicio.
Las multas no podrán exceder, en su monto total, el valor equivalente al 60% del monto de la garantía de fiel cumplimiento o al 30% del valor total del contrato, según el caso. En tal evento, además de cursar las multas, SENAMA podrá poner término anticipado al contrato.
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APLICACIÓN DE LAS MULTAS |
En caso de incumplimiento, SENAMA podrá aplicar al adjudicatario las siguientes sanciones:
Las multas se aplicarán por acto administrativo fundado del Servicio Nacional del Adulto Mayor, previo Informe fundado para la aplicación de multas, el cual será elaborado por la Contraparte Técnica, o a falta de este, por la Encargado de Proyectos de Inversión y Mantención de Infraestructura en su caso, el cual deberá contener, a lo menos:
1.- Identificación del Proveedor.
2.- Identificación de la licitación.
3.- Descripción del incumplimiento, el cual deberá contener a lo menos:
a) La indicación de las situaciones constitutivas de incumplimiento y conforme con lo anterior.
b) Documentación de respaldo de lo informado.
4.- Monto de la multa propuesto.
5.- Firma de la Contraparte técnica, o del Encargado antes mencionado, en su caso.
Dicho Informe se remitirá a la Unidad Jurídica del Servicio, para la tramitación correspondiente.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos, y sin perjuicio de la facultad que tiene SENAMA para poner término anticipado al contrato.
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PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MULTAS |
Si con motivo del incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las Bases o en la propuesta correspondiente, SENAMA aplica multas, termina anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas contempladas en las Bases, tendrá lugar el procedimiento para la aplicación de medidas previsto en este numeral.
En caso de determinarse la procedencia de aplicar la medida, SENAMA notificará por escrito al Proveedor mediante Oficio remitido por carta certificada indicando la causa que lo motiva y la medida que se aplica y adjuntando copia del informe respectivo que fundamenta la aplicación de la medida, y de la Resolución Exenta que aprueba su aplicación. La carta certificada será enviada al domicilio indicado en la comparecencia del contrato, o a falta de éste, al designado por el Proveedor en su registro en Chileproveedores, entendiéndose practicada la respectiva notificación a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
El Proveedor podrá reclamar por escrito de la aplicación de la multa dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación. SENAMA resolverá, mediante resolución fundada, la reclamación presentada ya sea acogiendo los descargos del Proveedor y atenuando o dejando sin efecto la multa, o bien rechazando los argumentos y confirmando la aplicación de la multa respectiva. SENAMA notificará por escrito al Proveedor la resolución que resuelve el reclamo mediante Oficio remitido por carta certificada conforme a lo previsto en el párrafo precedente, adjuntando la respectiva Resolución Exenta.
En contra de la resolución que aplica la o las medidas procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La interposición de los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880 no suspenderá el término anticipado del contrato.
Tratándose de las multas se procederá conforme con lo siguiente:
A) Si el incumplimiento conlleva el término anticipado del contrato, se procederá a la ejecución inmediata de la garantía en carácter de cláusula penal imputándose el monto de las multas a aquella. Con todo, se procederá al descuento de los pagos de prestaciones adeudadas al proveedor, en su caso.
B) Si el incumplimiento no conlleva el término anticipado del contrato, el Proveedor dispondrá del plazo de 5 días corridos para pagar la multa directamente en SENAMA. Lo anterior solo será aplicable siempre que el plazo de vigencia de la garantía resguarde debidamente la posibilidad de no pago de las multas. En caso contrario, se procederá a su ejecución inmediata. Si la garantía de fiel cumplimiento no puede pagar el total de la multa, se procederá al descuento de los pagos de prestaciones adeudadas al proveedor, en su caso, siempre y cuando lo permita la normativa vigente.
El referido plazo de 5 días corridos se contará desde la fecha de notificación de la resolución que aplica la multa conforme a lo previsto en el párrafo segundo del presente artículo. Vencido dicho plazo para efectuar el pago sin que el Proveedor lo haya realizado, se procederá a la ejecución de la garantía y las multas se aplicarán descontando su valor de aquella, en cuyo caso el Proveedor deberá entregar una nueva garantía en los mismos términos y condiciones exigidos en estas Bases. La falta de entrega de la nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.
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VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO |
La contratación entrará en vigencia una vez se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que adjudica la licitación y que SENAMA emita la Orden de Compra y ésta haya sido aceptada por el adjudicatario en www.mercadopublico.cl.
Toda modificación deberá ser efectuada mediante acuerdo suscrito a tal efecto y entrará en vigencia una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del mismo. Dicha modificación en ningún caso podrá alterar los términos establecidos en las Bases de Licitación.
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INICIO DE LA EJECUCIÓN Y PLAZOS |
La prestación de los servicios materia de esta licitación deberá empezar una vez que se encuentre totalmente tramitada la suscripción del contrato incluida la Resolución que lo apruebe y posterior al envío y aceptación del Orden de Compra. Para lo anterior, se coordinará con la Coordinación Regional de SENAMA, el día de entrega de terreno, el cual no podrá exceder los tres (3) días hábiles siguientes de tramitado el proceso inicial.
El plazo de entrega de los servicios será el señalado por el proponente en su oferta técnica y no deberá superar los 40 días corridos, contados a partir de la entrega de terreno.
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CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN |
El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación.
La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan ante esta situación.
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EVALUACIÓN DEL SERVICIO |
SENAMA realizará una evaluación cuando se emitan las respectivas boletas o facturas de pago, para evaluar la calidad del servicio prestado. Dicha evaluación se realizará con los siguientes objetivos:
a) Hacer un seguimiento del servicio para determinar y corregir sus fallas, a fin de propiciar su
mejoramiento.
b) Determinar si el proveedor cae en incumplimiento grave de las obligaciones contraídas.
c) Disponer de información acerca del comportamiento contractual anterior del proveedor
adjudicado, información que se utilizará para la evaluación de ofertas en futuras licitaciones
que este Servicio realice, de acuerdo a lo señalado en el punto 16, letra b de las presentes
bases de licitación.
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GARANTÍA MÍNIMA DE LOS TRABAJOS |
El adjudicatario deberá hacerse responsable de los trabajos ejecutados, en cuanto a su pleno y
correcto funcionamiento y operatividad, durante 365 días (trescientos sesenta y cinco días),
contados desde la fecha de recepción definitiva de la obra, de acuerdo a la contratación original y
sus modificaciones posteriores.
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PAGO DEL SERVICIO |
El pago del servicio se realizará en una cuota, correspondiente al monto total de la orden de compra,
contra la entrega del acta de recepción de obra, por la contraparte técnica de SENAMA y la
presentación del documento tributario de cobro correspondiente, emitido por la empresa a nombre
del Servicio Nacional del Adulto Mayor. Previo a la emisión de la factura, la Contraparte Técnica
Nacional deberá dar la respectiva visación, al supervisar y controlar el desarrollo de los servicios
contratados, velando por el cumplimiento de los objetivos y de los plazos acordados para la
prestación del servicio comprometidos en la propuesta.
El pago del servicio se realizará contra presentación del documento tributario de cobro
correspondiente, emitido por la empresa a nombre del Servicio Nacional del Adulto Mayor. Previo
a la emisión de la factura, la Contraparte Técnica Nacional deberá dar la respectiva visación, al
supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el cumplimiento de los
objetivos y de los plazos acordados para la prestación del servicio comprometidos en la propuesta.
Dicho pago se realizará en un plazo no superior a los 30 días contados desde la fecha de recepción
del mencionado documento en la casilla senamarecepcion@custodium.com, única recepción válida,
en formato XML, o cualquier otra que el servicio disponga en el futuro.
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CONTRAPARTE TÉCNICA REGIONAL |
Los servicios que se licitan se ejecutarán bajo la supervisión y coordinación de la contraparte técnica
regional de SENAMA, labor que le corresponderá a la Coordinadora Regional de la Región de
Valparaíso o a quien ésta, designe.
Serán de responsabilidad de la contraparte técnica regional, entre otras, las siguientes funciones:
• Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el cumplimiento de
los objetivos y de los plazos acordados para la prestación del servicio comprometidos en la
propuesta.
• Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones
estipuladas por SENAMA.
• Preparar informe para el pago de los servicios.
• Informar a la Contraparte Técnica Nacional, en caso de incumplimiento de los productos y
servicios contratados, por causas que no sean imputables a SENAMA.
La contraparte técnica regional tendrá la responsabilidad de guiar la ejecución de los servicios
contratados, para asegurar el alcance de los resultados esperados, pudiendo requerir para este fin,
la corrección, rectificación, ampliación, especificación de los servicios, así como también cualquier
otra medida preventiva o correctiva en la realización del mismo.
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CONTRAPARTE TÉCNICA NACIONAL |
Los servicios que se licitan tendrán una contraparte técnica nacional de SENAMA, labor que le
corresponderá a el Encargado de Subdivisión de Proyectos de Inversión y Mantención de
Infraestructura o a quien éste/a, designe.
Serán de responsabilidad de la contraparte técnica, entre otras, las siguientes funciones:
• Autorizar informe para el pago de los servicios.
• Solicitar la aplicación de multas, en caso de incumplimiento de los productos y servicios
contratados, por causas que no sean imputables a SENAMA.
La contraparte técnica nacional tendrá la responsabilidad de guiar la ejecución de los servicios
contratados, para asegurar el alcance de los resultados esperados, pudiendo requerir para este fin,
la corrección, rectificación, ampliación, especificación de los servicios, así como también cualquier
otra medida preventiva o correctiva en la realización del mismo.
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RESOLUCIÓN DE SITUACIONES DE FUERZA MAYOR |
En caso de que antes o durante la entrega de los productos se presentasen situaciones de fuerza
mayor, imprevistos o casos fortuitos, que impidan al proponente adjudicatario ejecutar parte o la
totalidad del mismo, éste estará obligado a dar cumplimiento con lo ofertado, una vez que se haya
resuelto la o la situación(es) antes señalada(s) de que se tratase, salvo que la circunstancia sea de
tal envergadura o gravedad, que haga imposible el cumplimiento de la entrega de los bienes. De ser
el caso, se dará término anticipado al contrato de prestación de servicios, de acuerdo a las causales
señaladas en el punto 26 de las Bases de Licitación.
Toda situación de esta índole, deberá ser debidamente acreditada por SENAMA o el adjudicatario,
según corresponda.
De ser el caso, el adjudicatario deberá coordinar con la contraparte técnica de SENAMA el nuevo
plazo o fecha para su total cumplimiento.
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CONFIDENCIALIDAD |
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la prestación de los servicios
contratados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya
conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquellos
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la prestación del
servicio, en cualquiera de sus etapas, deben guardar reserva de los antecedentes relacionados con
el desarrollo de los mismos.
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El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del vínculo contractual o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de reserva permanece indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
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DISPOSICIONES VARIAS |
a. Todos los equipos, materias primas, útiles y en general, todos los insumos necesarios para llevar a cabo la entrega de los bienes a que se refiere la propuesta, serán de cargo exclusivo del adjudicatario.
b. Los eventuales conflictos que se puedan producir entre SENAMA y la adjudicataria serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los Tribunales Ordinarios de Justicia.
c. SENAMA queda liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables al adjudicatario, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento del contrato, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del adjudicatario.
d. Los eventuales daños que el personal de la empresa adjudicataria cause a los bienes, instalaciones, información y documentación de SENAMA, como también daños a terceros, serán cubiertos por la adjudicataria, lo que será debidamente convenido en el contrato de prestación de servicios que ambas partes suscriban.
e. La ejecución de la entrega será supervisada por la contraparte técnica, que controlará y evaluará los plazos y, asimismo, verificará el cumplimiento de las instrucciones que se hayan impartido al efecto.
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