10. Otras Cláusulas
10.1. Presentación de las Ofertas
Las oferentes por el sólo hecho de presentar oferta significa que leyeron, comprendieron, aceptaron y están conformes con las presentes bases, especificaciones del servicio requerido, las características técnicas que inciden directa o indirectamente en esta licitación, con las condiciones generales del servicio solicitado y antecedentes que la acompañan, con las eventuales aclaraciones y respuestas a las consultas y con las condiciones de contratación, no pudiendo bajo ninguna circunstancia alegar desconocimiento de los mismos o solicitar compensaciones, indemnizaciones o consideraciones de ninguna especie.
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 90 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
La oferente será responsable de la exactitud de la información contenida en su oferta, a través de los Antecedentes Administrativos, Técnicos y Económicos ingresados en el Portal www.mercadopublico.cl .
Toda la documentación e información contenida en las ofertas podrá ser verificada en cualquier momento por parte del SERVIU Metropolitano, debiendo el proveedor conservar los originales de los documentos contenidos en su oferta, durante todo el período que dure el contrato, y entregárselos al SERVIU Metropolitano en la oportunidad en que éste lo requiera.
10.2. Apertura de las Ofertas
La apertura de las ofertas de la presente Licitación se efectuará en una etapa, una apertura electrónica a través del Sistema de Información del Portal www.mercadopublico.cl , según lo establecido en punto “Etapas y plazos” de las presentes Bases.
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará considerando sólo a las oferentes que hubiesen entregado oportunamente la garantía por seriedad de la oferta.
10.3. Metodología de Evaluación
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora compuesta por tres profesionales de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, quienes se designarán por Orden de Servicio de ese Subdirector de SERVIU Metropolitano. La Comisión procederá a revisar y analizar los antecedentes entregados por las oferentes, de acuerdo con lo solicitado en las presentes Bases.
Todos los funcionarios, independiente de su calidad jurídica, que tengan por función evaluar o calificar procesos de licitación pública o privada deberán suscribir una Declaración Jurada de ausencia de conflicto de interés por cada procedimiento en el que participe, esto en razón del Articulo 35 octies, Capitulo VII, de la Ley N°19.886 incorporado por la Ley N°21.634 que moderniza la Ley de Compras.
Los miembros de la Comisión Evaluadora deberán elegir un presidente entre sus miembros y no podrán tener conflictos de interés con las oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación, de lo cual deberá dejarse constancia en el Acta de Evaluación respectiva y suscribiendo la declaración de ausencia de conflictos de intereses y de confidencialidad de la comisión evaluadora”. Esto en razón de los artículos 35 quinquies y nonies de la Ley N°19.886, incorporados por la Ley N°21.634 de 2023.
La Comisión evaluará y emitirá un Acta de Evaluación, la que contendrá el detalle del proceso de evaluación respectivo. Éste se referirá a los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas; las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases, especificándose los requisitos incumplidos; o la proposición de declaración de la licitación como desierta cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la Comisión Evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio; si correspondiere, la asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación, el orden de selección de las oferentes una vez aplicada la evaluación respectiva, la proposición de adjudicación dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. El Acta será publicada en el Portal www.mercadopublico.cl .
Las ofertas sólo se evaluarán en base a la información que entreguen las oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl, asignando los puntajes correspondientes a cada uno de los requerimientos que a continuación se enuncian, de acuerdo a las condiciones que en cada caso.
Los proveedores son responsables de la información que presenten al SERVIU Metropolitano para estos efectos. En caso de falsedad o inexactitud de la información indicada habilita al SERVIU Metropolitano para declarar fuera de bases al proveedor en evaluación y presentar a cobro la garantía de seriedad de la oferta.
SERVIU Metropolitano, una vez realizada la apertura electrónica/administrativa-técnica de las ofertas, podrá solicitar a los Oferentes a través del foro Aclaración de Oferta del Portal www.mercadopublico.cl, que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando la rectificación de dichos vicios u omisiones no les confiera a esos oferente una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl. Además, podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. La aplicación del foro Aclaración de Oferta, implicará otorgar al oferente el puntaje mínimo de 0 puntos, en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”
SERVIU Metropolitano podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que las oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl , siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación y no constituyan requisitos de admisibilidad, según los establecidos en las presentes bases.
Las oferentes, tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, contados desde la notificación del respectivo requerimiento a través del Foro Inverso del Portal www.mercadopublico.cl, para responder a lo solicitado por SERVIU Metropolitano o para acompañar los antecedentes requeridos por éste.
Las ofertas se evaluarán por cada oferente según la metodología de evaluación presentada a continuación.
10.3.1. Oferta Técnica (POT)
La Comisión Evaluadora considerará para los efectos de su evaluación técnica:
|
Criterio
|
Ponderación
|
A)
|
Experiencia de la oferente
|
15%
|
B)
|
Experiencia Individual del Equipo Profesional y Técnico
|
35%
|
C)
|
Metodología, Programa y Plan de trabajo
|
30%
|
D)
|
Propuesta de Mejoras
|
5%
|
E)
|
Inclusión Sello Empresa Mujer (ChileProveedores)
|
10%
|
F)
|
Programa de Integridad
|
5%
|
A evaluarse en base a una escala de 0 a 100 puntos.
a) Experiencia de la oferente (A):
Es requerido certificar la experiencia de la oferente dispuesto en el Anexo N°3 en consultorías de prefactibilidades o diseño de ingeniería, específicamente en proyectos de vialidad urbana que contemplen, en conjunto, las siguientes especialidades: pavimentación, aguas lluvias, seguridad vial, semáforos, diseño urbano, modificación de servicios secos y húmedos, iluminación, Evaluación social, expropiaciones y, que se encuentren debidamente acreditadas, según lo solicitado en el punto 5.2.3 letra a) de las Bases Administrativas de la licitación. no se considerará para la evaluación No se considerarán proyectos que no contengan alguna de las especialidades anteriormente señaladas.
DESCRIPCIÓN
|
PUNTAJE
|
Más de 10 proyectos en el rubro de lo solicitado.
|
100 puntos
|
Entre 6 y 10 proyectos en el rubro de lo solicitado.
|
70 puntos
|
Entre 3 y 5 proyectos en el rubro de lo solicitado.
|
50 puntos
|
Entre 1 y 2 proyectos en el rubro de lo solicitado
|
10 puntos
|
Sin proyectos en el rubro de lo solicitado.
|
0 puntos
|
b) Experiencia Individual del Equipo Profesional y Técnico (B):
En este aspecto se requiere certificar los años de experiencia del equipo profesional contando los meses de experiencia dispuesto en el Anexo N°4, en el área solicitada, que se encuentre debidamente acreditada de acuerdo con lo solicitado en el punto 5.2.3 letra b).
El o la profesional que no informe o no acredite o acredite una profesión distinta a la solicitada, no será considerado para efectos de la evaluación.
Para el caso de la Jefatura de proyecto deberá contar con una experiencia mínima de 5 años y haber sido jefe o jefa de proyecto en al menos 2 proyectos relacionados con Vialidad Urbana.
En caso de que la oferente no cumpla con el número mínimo de profesionales exigido, la oferta se declarará fuera de bases.
Se contabilizará la experiencia que haya obtenido como profesional en el área solicitada, contados desde la titulación de cada profesional, por ende, cualquiera que se haya realizado con fecha anterior a la titulación, no será considerada.
Cantidad
|
SIGLA
|
Cargo
|
Titulo
|
Área de Experiencia
|
1
|
JP
|
Jefe(a) de Proyecto
|
Ingeniero/Ingeniera Civil
|
Experiencia profesional en Proyectos de Vialidad Urbana y experiencia en Manejo de Equipos
|
1
|
ETR
|
Especialista en Transporte
|
Ingeniero/Ingeniera en Transporte o ejecución en transporte
|
Experiencia en Proyectos de Vialidad Urbana; en análisis y modelación de redes de transporte urbano o evaluación social de proyectos y en proyectos de semáforos.
|
1
|
EDU
|
Especialista Diseño Urbano
|
Arquitecto/Arquitecta
|
Experiencia profesional en Proyectos de Vialidad Urbana en el área de paisajismo, diseño urbano y riego.
|
1
|
EH
|
Especialista Hidráulico
|
Ingeniero/Ingeniera Civil
|
Experiencia profesional en Proyectos de Vialidad Urbana y drenajes de aguas lluvias, canales, servicios sanitarios (Agua Potable y Aguas Servidas) y en riego.
|
1
|
EDE
|
Especialista en Diseño de Estructuras
|
Ingeniero/Ingeniera Civil
|
Experiencia profesional en Proyectos de Vialidad Urbana, en cálculo de estructuras viales y otras afines. No se considera edificación.
|
1
|
EDP
|
Especialista en diseño de Pavimentos
|
Ingeniero/Ingeniera Civil
|
Experiencia profesional en Proyectos de Vialidad Urbana y diseño de pavimentos.
|
1
|
ET
|
Especialista Topógrafo
|
Ingeniero/Ingeniera en Geomensura o Ejecución en Geomensura
|
Experiencia profesional en Proyectos de Vialidad Urbana, en trabajos topográficos y levantamientos georreferenciados.
|
1
|
EEX
|
Especialista en Expropiaciones
|
Arquitecto/Arquitecta
|
Experiencia profesional en Proyectos de Vialidad Urbana en ámbitos de tasación de inmuebles.
|
1
|
EI
|
Especialista en Iluminación Pública
|
Ingeniero/Ingeniera Civil en Electricidad o de Ejecución en Electricidad
|
Experiencia profesional en Proyectos de Vialidad Urbana, en alumbrado público y electrificación de obras viales, debidamente autorizado por la Superintendencia de Electricidad y combustibles (SEC). Licencia clase A.
|
1
|
EMS
|
Especialista Modificación de Servicios
|
Ingeniero/Ingeniera Civil, Constructor/Constructora Civil o Ingeniero/Ingeniera en Construcción
|
Experiencia profesional en Proyectos de Vialidad Urbana, en traslado de redes húmedas y secas.
|
1
|
EPAC
|
Especialista en Participación Ciudadana
|
Trabajador-a Social; Sociólogo-a;
Antropólogo-a
|
Experiencia profesional en Participación Ciudadana con inclusión y perspectiva de género y haber participado al menos, en un proyecto de Vialidad con aspectos de inclusión social.
|
1
|
ECO
|
Especialista en comunicaciones
|
Periodista o Comunicador Social
|
Experiencia profesional en campañas comunicacionales y manejo de medios periodísticos y tecnológicos. Deseable experiencia en el área comunitaria (Municipios, ONGs) y participación ciudadana con perspectiva de género.
|
El Jefe o Jefa de Proyecto estará a cargo del estudio a realizar por la Consultoría y será responsable de todas las actividades de coordinación, incluyendo actividades de interconsulta técnica como aquellas derivadas de la gestión administrativa del contrato.
Calculo Puntaje Total Experiencia Individual del Equipo Profesional:
Cargo
|
Descripción
|
Puntaje
|
Ponderación
|
1 Jefe(a) de Proyecto
(JP)
|
Más de 10 años en proyectos de vialidad urbana y experiencia en Manejo de Equipos y Jefe de Proyecto en 5 o más proyectos.
|
100 puntos
|
10%
|
8 – 10 años en proyectos de vialidad urbana y Jefe de Proyecto en 4 o 3 proyectos.
|
80 puntos
|
5 – 7 años en proyectos de vialidad urbana y Jefe de Proyecto en 2 proyectos.
|
30 puntos
|
Menos 5 años en proyectos de vialidad urbana y Jefe de Proyecto en menos de 2 proyectos.
|
Fuera de Bases
|
1 Especialista en Transporte
(ETR)
|
Más de 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
100 puntos
|
10%
|
4 – 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
60 puntos
|
2 – 3 años en el rubro de lo solicitado
|
30 puntos
|
Menos de 2 años en el rubro de lo solicitado.
|
0 puntos
|
1 Especialista Diseño Urbano
(EDU)
|
Más de 3 años en el rubro de lo solicitado.
|
100 puntos
|
8%
|
4 – 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
60 puntos
|
2 – 3 años en el rubro de lo solicitado
|
30 puntos
|
Menos de 2 años en el rubro de lo solicitado.
|
0 puntos
|
1 Especialista Hidráulico
(EH)
|
Más de 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
100 puntos
|
8%
|
8–10 años en el rubro de lo solicitado.
|
80 puntos
|
5 – 7 años en el rubro de lo solicitado
|
30 puntos
|
Menos de 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
0 puntos
|
1 Especialista en Diseño de Estructuras
(EDE)
|
Más de 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
100 puntos
|
7%
|
4 – 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
60 puntos
|
2 – 3 años en el rubro de lo solicitado.
|
30 puntos
|
Menos de 2 años en el rubro de lo solicitado.
|
0 puntos
|
1 Especialista en diseño de Pavimentos
(EDP)
|
Más de 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
100 puntos
|
7%
|
8–10 años en el rubro de lo solicitado.
|
80 puntos
|
5 – 7 años en el rubro de lo solicitado.
|
30 puntos
|
Menos de 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
0 puntos
|
1 Especialista Topografía
(ET)
|
Más de 7 años en el rubro de lo solicitado.
|
100 puntos
|
10%
|
4 – 5 años en el rubro de lo solicitado
|
60 puntos
|
2 – 3 años en el rubro de lo solicitado.
|
30 puntos
|
Menos de 2 años en el rubro de lo solicitado.
|
0 puntos
|
1 Especialista en Expropiaciones Y Normativas de Transporte
(EEX)
|
Más de 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
100 puntos
|
8%
|
4 – 5 años en el rubro de lo solicitado
|
60 puntos
|
2 – 3 años en el rubro de lo solicitado.
|
30 puntos
|
Menos de 2 años en el rubro de lo solicitado.
|
0 puntos
|
1 Especialista en Iluminación Pública
(EL)
|
Más de 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
100 puntos
|
7%
|
4 – 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
60 puntos
|
2 – 3 años en el rubro de lo solicitado.
|
30 puntos
|
Menos de 2 años en el rubro de lo solicitado.
|
0 puntos
|
1 Especialista en Modificación de Servicios
(EMS)
|
Más de 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
100 puntos
|
10%
|
4 – 5 años en el rubro de lo solicitado
|
60 puntos
|
2 – 3 años en el rubro de lo solicitado.
|
30 puntos
|
Menos de 2 años en el rubro de lo solicitado.
|
0 puntos
|
1 Especialista en Participación Ciudadana
(EPAC)
|
Más de 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
100 puntos
|
8%
|
4 – 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
60 puntos
|
2 – 3 años en el rubro de lo solicitado.
|
30 puntos
|
Menos de 2 años en el rubro de lo solicitado.
|
0 puntos
|
1 Especialista en Comunicaciones
(ECO)
|
Más de 5 años en el rubro de lo solicitado.
|
100 puntos
|
7%
|
4 – 5 años en el rubro de lo solicitado
|
60 puntos
|
2 – 3 años en el rubro de lo solicitado.
|
30 puntos
|
Menos de 2 años en el rubro de lo solicitado.
|
0 puntos
|
B= ∑ ((JP * 0.10) + (ETR * 0.10) + (EDU * 0.08) + (EH * 0.08) + (EDE * 0.07) + (EDP * 0.07) + (ET*0.10) +(EEX *0.08) +(EI * 0.07) + (EMS * 0.10) + (EPAC * 0.08) + (ECO * 0.07)).
Donde:
B= Experiencia Individual del Equipo Profesional
JP= Jefe de Proyectos
ETR= Especialista en Transporte
EDU= Especialista Diseño Urbano
EH= Especialista Hidráulico
EDE= Especialista en Diseño de Estructuras
EDP= Especialista en diseño de Pavimentos
ET= Especialista en Topografía
EEX= Especialista en Expropiaciones
EI= Especialista en Iluminación Pública
EMS= Especialista en Modificación de Servicios
EPAC= Especialista Participación Ciudadana
ECO= Especialista en Comunicaciones
c) Metodología, Programa y Plan de Trabajo (C):
Para la Metodología, Programa y Plan de Trabajo, la evaluación parcial considerará:
1.- En caso que la oferente cumpla con el mínimo descrito en las presentes Bases Técnicas), vale decir, comprensión de las tareas encomendadas, se asignará cero (0) puntos. Para dar cumplimiento a este punto, se exigirá que la Metodología, Programa y Plan de Trabajo entregado se adecúe a las funciones que el proyecto requiere y a cada una de las tareas indicadas en las Bases Técnicas.
Lo anterior corresponde a un programa de trabajo, plasmado en una carta Gantt según la secuencia lógica de las tareas del proyecto. Debe contemplar la ruta crítica y definir los principales hitos presentes en el proyecto.
Junto con lo anterior deberá presentar los histogramas de recursos asignados a las actividades, según los distintos profesionales requeridos en las tareas.
2.- Adicionalmente, la oferente podrá proponer mejoras en la calidad de la metodología, con el objetivo de controlar la buena realización de los trabajos encomendados, por lo que se asignarán hasta cien (100) puntos, según corresponda. Para dar cumplimiento a este punto, se exigirá que la Metodología, Programa y Plan de Trabajo entregado se adecúe a las funciones que el proyecto requiere y a cada una de las tareas indicadas en las Bases Técnicas y que además considere los siguientes aspectos, evaluados con cincuenta (50) puntos cada uno:
2.1.- Elemento adicional 1: Plan de seguimiento y control de las tareas, a través de curvas de avance, las que serán reportadas mediante informes mensuales o cuando el Encargado(a) de Contrato determine.
2.2.- Elemento adicional 2: Medidas de corrección / mitigación, en caso que el proyecto esté retrasado. Estas medidas deben ser incorporadas en el reporte mensual que se realice.
El puntaje criterio C corresponderá a la suma de los puntajes obtenidos en cada uno de estos puntos precedentes.
DESCRIPCIÓN
|
PUNTAJE
|
Metodología, Programa y Plan de Trabajo según Bases Técnicas.
|
0 puntos
|
Metodología, Programa y Plan de Trabajo según Bases Técnicas más un elemento adicional
|
50 puntos
|
Metodología, Programa y Plan de Trabajo según Bases Técnicas más dos elementos adicionales
|
100 puntos
|
d) Proponer Mejoras (D):
Las propuestas de mejoras están referidas a aquellos aspectos técnicos, sistemas, equipos o profesionales, que sean superiores a los requerimientos determinados por estas bases, donde se observen las siguientes:
- Certificación Norma ISO 9001:2015
- Implementación de algún software para gestión de proyectos
- Profesional con experiencia superior (más meses) a los requerimientos solicitados
DESCRIPCIÓN
|
PUNTAJE
|
No presenta ninguna propuesta de mejora.
|
0 punto
|
Presenta una propuesta de mejora.
|
50 puntos
|
Presenta dos o más propuestas de mejoras.
|
100 puntos
|
El puntaje D corresponderá al determinado en la tabla, según la cantidad de propuestas de mejoras entregadas por la oferente.
e) Inclusión Sello Empresa Mujer ChileProveedores (E):
Este criterio se evaluará en función de lo indicado por la oferente que se encuentre debidamente acreditado de acuerdo con la letra f) del punto 5.2.3 de las bases administrativas de licitación y que tendrá una ponderación del 10%. Se asignará puntaje según el siguiente cuadro detalle.
Certificado Sello Empresa Mujer ChileProveedores
|
Puntaje
|
La oferente presenta certificado de Sello Mujer vigente o certificado de revalidación.
|
100
|
La oferente NO presenta certificado de Sello Mujer vigente.
|
0
|
f) Programa de Integridad (F):
El presente factor tiene por finalidad evaluar si el oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal, en atención a lo solicitado por la Contraloría General de la República en su Dictamen N° E370752/2023, donde imparte medidas para disminuir los posibles riesgos de corrupción en materia de Compras Públicas, según lo informado en el Anexo 5. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará de acuerdo con el siguiente detalle:
Programa de Integridad conocido por el personal
|
Puntaje
|
La entidad oferente acredita programas de integridad que sean conocidos por su personal
|
100
|
La entidad oferente NO acredita o no tiene programas de integridad que sean conocidos por su personal
|
0
|
g) Cálculo de Puntaje Evaluación Técnica:
Para el cálculo del puntaje de evaluación de la Oferta Técnica, se ponderarán cada uno de los aspectos mencionados en las letras a), b), c), d), e) y f) precedente, según la siguiente expresión:
POT = A * 0, 15 + B * 0, 35 + C * 0, 30 + D * 0, 05 + E * 0, 10 + F *0, 05
Donde:
POT: Puntaje Oferta Técnica
A: Experiencia de la oferente.
B: Experiencia Individual del Equipo Profesional y Técnico
C: Metodología, Programa y Plan de Trabajo.
D: Propuesta de Mejoras.
E: Inclusión Sello Empresa Mujer ChileProveedores
F: Programa de Integridad
10.3.2. Oferta Económica (PP)
Se asignará puntaje a cada oferente de acuerdo a la siguiente fórmula:
Donde:
Oferta menor valor: es la oferta cuyo monto corresponde al menor valor de todas las ofertas recibidas.
Oferta en evaluación: es la oferta específica que es objeto de evaluación mediante la operación ejecutada.
Para efectos de evaluación económica, el monto a evaluar será aquel que corresponda al monto total, incluidos todos los impuestos aplicables, de acuerdo a lo declarado en el Anexo N°6 por la oferente. El oferente deberá señalar claramente, al momento de ingresar su oferta económica si el Valor Neto del proyecto estará, Afecto a IVA, Exento de IVA, o se debe agregar la Retención de Impuesto en caso de entrega de Boleta de Honorarios.
10.3.3 Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta (PCRFO):
La oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañe todos los antecedentes requeridos, obtendrá 100 puntos. Mientras que, la oferente que haya incumplido los requisitos formales, presentando antecedentes con errores u omisiones, o haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del Art. 40 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, obtendrá 0 puntos en este criterio. Aquellas oferentes que hayan omitido la presentación de algún documento no esencial, ya sea al momento de ofertar, o en la instancia posterior, establecida en el párrafo octavo del punto 10.3. de las presentes bases, seguirán siendo admisibles en el desarrollo del concurso, sin perjuicio de la correspondiente asignación de puntaje cero, establecido en el criterio de evaluación “Cumplimiento de Requisitos formales”.
10.3.4 Cálculo Puntaje Total Ponderado (PTP):
Para el cálculo del puntaje final, se aplicará una ponderación a cada uno de los criterios antes mencionados de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases. Al puntaje obtenido en el criterio oferta técnica (POT) se le aplicará una ponderación de un 70%, al puntaje obtenido en el criterio precio u Oferta Económica (PP) se le aplicará una ponderación de un 25% y al puntaje obtenido en el criterio cumplimiento requisitos formales de la oferta (PCRFO) se le aplicará una ponderación de un 5% para así obtener el puntaje total ponderado de acuerdo a la siguiente expresión:
PTP = POT * 0,70 + PP * 0,25 + PCRFO * 0,05
Donde:
ü PTP: Puntaje Total Ponderado.
ü POT: Puntaje Oferta Técnica.
ü PP: Puntaje Precio u Oferta Económica.
ü PCRFO: Puntaje Cumplimiento Requisitos Formales de la Oferta.
La Comisión Evaluadora propondrá adjudicar la licitación a la oferente que obtenga el mayor puntaje total ponderado. Si existiese igualdad de puntaje, se adjudicará a la oferente que haya obtenido mayor puntaje en la oferta técnica. En caso de persistir el empate, se adjudicará la licitación a la oferente que haya presentado la oferta económica más baja. Si aún subsiste la situación de empate, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero, según comprobante de ingreso de la oferta emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl . Finalmente, en última instancia, en caso de persistir el empate, se adjudicará la licitación a la parte proveedora que resulte favorecida en un sorteo realizado ante la Ministra de Fe de SERVIU Metropolitano.
Una vez efectuada la evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora confeccionará un cuadro comparativo de los puntajes de cada una de las oferentes, de acuerdo a las ponderaciones de la pauta de evaluación y levantará un acta, que será sometida a la validación de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, proponiendo adjudicar aquella oferta que resulte con el mayor puntaje total ponderado.
10.4. Adjudicación
SERVIU Metropolitano se regirá en esta materia por lo dispuesto en el Art. 10 de la Ley N° 19.886.
La resolución que decida sobre la adjudicación será notificada a todas las oferentes a través del Portal www.mercadopublico.cl dentro del plazo establecido en el punto “Etapas y Plazos” de las presentes bases.
SERVIU Metropolitano podrá adjudicar, mediante resolución fundada, una oferta cuyo precio sea inferior en un 50% al precio de la oferta que le sigue y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, siempre y cuando solicite una ampliación de garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia de precio, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.
10.5. Derecho a Desestimar Ofertas y/o Declarar Desierta la Licitación
SERVIU Metropolitano declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. También declarará inadmisibles una o más ofertas cuando éstas no cumplieren con los requisitos establecidos en las presentes bases, conforme a lo dispuesto en el Art. 9 de la Ley Nº 19.886. Lo anterior se realizará mediante resolución fundada del SERVIU Metropolitano y no otorgará derecho a las oferentes a reclamar indemnización alguna.
10.6. Suscripción del Contrato
Una vez transcurrido el período para que la parte adjudicada entregue los antecedentes legales para ser contratada, SERVIU Metropolitano procederá a preparar el contrato en dos copias idénticas, el que deberá suscribir la consultora una vez que se le comunique por cualquier medio escrito que está listo para su firma, siendo responsabilidad de ésta presentar oportunamente todos los antecedentes que se requieran para preparar el contrato (Ver punto “Antecedentes Legales para la Contratación” de las presentes bases).
SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectivas las garantías que obren en su poder y re adjudicar a quien hubiere realizado la siguiente oferta más conveniente dentro de un plazo de 60 días corridos, contados desde la publicación de la adjudicación original, en caso que el contrato no se pueda suscribir oportunamente por incumplimiento imputable a la parte adjudicada, como la no presentación oportuna de los documentos solicitados por SERVIU Metropolitano para elaborar el contrato, no concurrir a su firma, no haber acreditado la inscripción oportuna de éste en el registro de proveedores de la Administración del Estado, no haber acreditado su inscripción en el Registro de Consultores de MINVU,y/o no entregar la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento dentro del plazo establecido. Lo anterior, se aplicará también en el caso que el adjudicataria se desista de su oferta.
10.7. Del Contrato
10.7.1. Documentos Integrantes del Contrato
Para todos los efectos formarán parte integrante del contrato: las Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas, los anexos, las respuestas y/o aclaraciones a las Bases, si las hubiere, la oferta técnica presentada por la oferente adjudicada, los documentos anexos a ella y la oferta económica.
10.7.2. Gastos del Contrato
Todos los gastos notariales, pagos e impuestos que se deriven del cumplimiento del contrato y cualquier otro pago relacionado con el perfeccionamiento de éste, así como en su desarrollo serán de cargo exclusivo de la oferente adjudicada.
10.7.3. Cobros Adicionales
SERVIU Metropolitano bajo ningún término pagará: intereses, reajustes, multas, fletes, bodegaje o almacenamiento y/o cualquier otro monto adicional que recargue el precio de lo ofertado.
10.7.4. Responsabilidad de la oferente Adjudicada
La parte adjudicada deberá cumplir con todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadoras y trabajadores, todo lo cual es evidencia de su exclusiva responsabilidad. Adicionalmente, se compromete a proporcionar a SERVIU Metropolitano, todos los documentos y/o antecedentes que éste pueda requerir en sus funciones de fiscalización y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien, para estos efectos, podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato y/o a descontarlos de los pagos a la parte proveedora.
En caso que esta parte proveedora registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadoras y trabajadores, o contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado, deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la parte proveedora adjudicada, acreditar a SERVIU Metropolitano mediante el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30 o F-30-1, según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Si por cualquier razón, SERVIU Metropolitano hiciere efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, la parte adjudicada deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones de las permitidas en las bases, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel, en que SERVIU Metropolitano hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta a SERVIU Metropolitano para poner Término Anticipado al Contrato, sin derecho a indemnización alguna para la parte adjudicada, debiendo ésta, indemnizar los perjuicios causados.
Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad de la parte proveedora.
10.7.5. Confidencialidad
La parte adjudicada deberá guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes reservados o no, que ponga a su disposición SERVIU Metropolitano y, en general, de todos aquellos que conozca con ocasión de la ejecución del contrato. La parte adjudicada deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, reservándose, el SERVIU Metropolitano, el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes.
La divulgación, por cualquier medio, de la información antes referida por parte del adjudicatario, durante la vigencia del contrato o después de su finalización, dará lugar al SERVIU Metropolitano para entablar las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables.
Toda información, datos, documentos y registros, que los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes u otras personas vinculadas a él, conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del SERVIU Metropolitano. El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente autorizado por el SERVIU Metropolitano, y ajustándose, en todo caso, a las disposiciones de la Ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Metropolitano para poner término anticipado al contrato y dará lugar a la interposición de las acciones judiciales que correspondan.
10.7.6. Modificaciones del Contrato
Estas podrán efectuarse solamente en los casos establecidos en el Art. 13 de la Ley 19.886 de Compras Pública y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, por razones de buen servicio, de oportunidad y de conveniencia fundadas en el interés general previo informe de la contraparte técnica y mutuo acuerdo entre las partes. Estas modificaciones no podrán alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de las oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado.
Cualquier modificación, de las previstas en estas bases, que se realice al contrato estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el contrato original.
10.7.7. Término Anticipado del Contrato
Sin perjuicio de lo previsto en los artículos 4 y 13 de la Ley N° 19.886 y sus modificaciones legales y en el Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano estará facultado para poner término anticipado al contrato, en las siguientes situaciones:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
b) En caso de incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante de acuerdo con el segundo numeral del Art. 77 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004, SERVIU Metropolitano, podrá poner término a éste, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para éste. En este caso, SERVIU Metropolitano podrá hacer efectivas las garantías extendidas a su favor, sin perjuicio de aplicar administrativamente las multas del caso con cargo a las mismas o bien con cargo a los pagos que se encuentren pendientes.
Se considerará incumplimiento grave:
b.1) El hecho de acumular multas, independiente su naturaleza, por más de 10% del valor total del contrato.
b.2) Si se sobrepasa el tope individual de cualquiera de las multas, en alguna de las etapas, conforme a lo dispuesto en la tabla, correspondiente a Multas, y según los plazos indicados en el “Cuadro de Plazos por Etapas” de las presentes Bases.
b.3) Acumular multas por más de 90 días de atraso en la respectiva entrega de Etapa (equivalente al 60% del valor total del contrato), conforme a los plazos indicados en el “Cuadro de Plazos por Etapas” de las presentes Bases."
b.4) No dar cumplimiento a la prohibición de cesión, establecida en el artículo 74 del Reglamento de la Ley de Compras.
b.5) No dar cumplimiento a lo establecido en el punto 10.7.4., de las presentes bases administrativas, en relación con la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
b.6) No dar cumplimiento a lo establecido en el punto “Confidencialidad”, de las bases administrativas.
b.7) No dar cumplimiento a lo indicado sobre la subcontratación, establecido en el punto “Duración del Contrato y Subcontratación”, de las presentes bases administrativas. Referente a subcontratar más allá del 30%.
c) Si SERVIU Metropolitano, decidiere poner término unilateralmente al contrato por necesidades del Servicio y/o por razones de interés público, debidamente fundadas; y por motivo no imputable a la parte adjudicada, deberá notificar al proveedor mediante carta certificada con al menos 20 días hábiles de anticipación a la fecha de término efectivo, sin derecho a indemnización de ninguna especie para la consultora, y sin perjuicio de pagarle la totalidad de los servicios efectivamente prestados.
d) En caso de disolución de la unión temporal de proveedores, de corresponder a la parte contratada.
e) Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sea n suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
f) Si la parte adjudicada, al hacer llegar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30 o F30-1 según corresponda) emitido por la Inspección del Trabajo a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
g) En caso de existir falsedad en la documentación entregada, y sin perjuicio de denunciar al Ministerio Público para el caso en que existan presunciones fundadas de delito.
h) En caso de declararse por los tribunales de justicia inhabilitación para contratar con el Estado, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 21.595, de 2023, de Delitos Económicos, Penas Privativas de Libertad, Penas Restrictivas de Libertad, Multa, Circunstancias Atenuantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Agravantes de Responsabilidad penal, Circunstancias Modificatorias de Responsabilidad penal, Comiso de Ganancias, Medio Ambiente, Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas.
Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento, debiendo comunicarse a la parte proveedora por carta certificada, al domicilio fijado por ésta en el contrato o convenio respectivo, quien podrá formular sus descargos dentro del término de 5 días hábiles desde la notificación, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre las mismas, por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución los recursos dispuesto en el Art. N° 59 y siguientes de la Ley N° 19.880 que establece “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para este procedimiento.
Las cartas certificadas que envíe SERVIU Metropolitano, con la decisión de terminar anticipadamente el contrato, son sin perjuicio de la publicación en el Sistema de Información de las resoluciones que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo, la que deberá realizarse una vez que dicho acto se encuentre totalmente tramitado y sus recursos hayan culminado, dentro del plazo de 24 horas de dictarse, en conformidad al Art. N° 79 del Reglamento de Compras D.S. 250/2004.
10.7.8. Responsable del Contrato
La Subdirección de Pavimentación Y Obras Viales de SERVIU Metropolitano designará la parte responsable del proyecto, la cual estará integrada por dos profesionales del Departamento de Proyectos de Pavimentación, uno(a) en calidad de Encargado(a) de Contrato y otro(a) en calidad de Subrogante.
SERVIU Metropolitano informará a la oferente de quién actuará como Encargado(a) de Contrato y quien subrogue.
El Encargado(a) de Contrato, ejercerá las funciones de fiscalización técnica y administrativa del servicio contratado, siendo responsable de velar por el efectivo cumplimiento de los términos del contrato.
Entre otras, sus principales funciones son las siguientes;
ü Solicitar, por intermedio de la Sección Control de Gestión de la Subdirección de Pavimentación y Obras Viales, a la Sección Adquisiciones de SERVIU Metropolitano, la emisión de la Orden de Compra respectiva, a través del Portal www.mercadopublico.cl .
ü Revisar y controlar el avance del servicio en forma periódica, formulando las observaciones que estimen necesarias. En el caso de situaciones atípicas, y que requieran definiciones que escapan a la gestión del Encargado(a) de Contrato, éstas deben ser consensuadas con la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación.
ü Reportar periódicamente a la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación y verificar el cumplimiento de los plazos estipulados para la entrega y correcta ejecución del servicio contratado.
ü Custodiar y gestionar la documentación que se origine durante el desarrollo del contrato.
Formular los estados de pagos, en los términos y plazos establecidos en las presentes bases y en el respectivo contrato.
ü Citar a reuniones de coordinación y conformar y liderar la Mesa Técnica.
Respecto de la revisión, será labor del Encargado(a) de Contrato, el liderar la Mesa Técnica, correspondiente a las contrapartes técnicas internas y externas, quienes participen de la revisión de este diseño.
Las contrapartes serán solicitadas mediante Oficio a los organismos externos, en cuanto se adjudique la presente licitación; las contrapartes internas del Departamento de Proyectos de Pavimentación, serán nombradas por la Jefatura del Departamento de Proyectos, en cuanto se adjudique la licitación.
10.7.9. Plazos
El contrato tendrá una vigencia y duración máxima de 355 días corridos; desde la fecha de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, es decir, desde que el SERVIU Metropolitano recibe la resolución tramitada en Oficina de Partes. No obstante, lo anterior, se contemplan los siguientes plazos parciales máximos, en días corridos, para la ejecución de cada una de las etapas que a continuación se indican.
Cuadro de Plazos por Etapas
ETAPA
|
DESCRIPCIÓN
|
RESPONSABLE
|
PLAZO (DÍAS CORRIDOS)
|
PLAZO ETAPA (DÍAS CORRIDOS)
|
ETAPA A
|
Ingeniería Básica
|
Consultora
|
80
|
170
|
Revisión
|
Mesa Técnica
|
30
|
Reingreso
|
Consultora
|
25
|
Revisión reingreso
|
Mesa Técnica
|
25
|
Cierre Etapa A
|
SERVIU Metropolitano
|
10
|
ETAPA B
|
Prediseño
|
Consultora
|
90
|
185
|
Revisión
|
Mesa Técnica
|
30
|
Reingreso
|
Consultora
|
30
|
Revisión reingreso
|
Mesa Técnica
|
25
|
Cierre Etapa B
|
SERVIU Metropolitano
|
10
|
Plazo Total:
|
|
355
|
355
|
En caso que cualquiera de las entregas señaladas en cuadro anterior resulte coincidir con un día sábado o domingo u otro festivo, entonces la entrega se trasladará al día hábil siguiente al plazo señalado.
Las entregas pueden ser ingresadas a la Oficina de Partes de SERVIU en formato físico o por medio electrónico al correo ofpaserviurm@minvu.cl, acordando su ingreso previamente con el Encargado(a) de Contrato.
A) Seguimiento y Control de Plazos
A.1. Reporte Mensual
La consultora deberá hacer ingreso de un reporte periódico mensual, enviado por correo electrónico al Encargado(a) de Contrato, que contenga un resumen del estado de las especialidades del proyecto, así como también los temas más conflictivos y que estén causando dificultades en el desarrollo del diseño. Este informe también debe explicitar con detalle aquellos temas que pudieran generar un retraso en los tiempos y las medidas de mitigación que está desarrollando la consultora.
A.2. Acta de Cierre
Como documento oficial, el Departamento de Proyectos emitirá un Acta de Cierre, que será válido para comprobar, para todas las partes, la aprobación de la etapa y el paso a la siguiente, así como también los respectivos pagos de la etapa.
A.3. Oficio de Aprobación
El Departamento de Proyectos de Pavimentación emitirá un Oficio de Aprobación, dirigido a la consultora con el resumen del proyecto, otorgando la aprobación del mismo. Este documento referirá todas las aprobaciones de las especialidades del diseño, otorgadas por las distintas contrapartes técnicas.
B) Plazo de Corrección
Respecto a la recepción parcial de cada una de las etapas antes indicadas, la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación, deberá pronunciarse manifestando su conformidad o sus observaciones en el plazo máximo descrito en el ítem “Revisión”, contado desde la fecha de presentación de los respectivos antecedentes. En caso de existir observaciones, la consultora deberá proceden a subsanarlas en el plazo máximo descrito en el ítem “Reingreso”, contado desde la fecha en que le sean comunicadas por correo electrónico.
En el evento que se verifique que el contenido del proyecto en su reingreso no satisface los requerimientos observados, la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación, procederá a rechazarlo, aplicando la sanción establecida en la cláusula “Multas” de las presentes bases.
Lo mismo ocurrirá en el caso de un incumplimiento a los plazos antes indicados.
Por el contrario, y si la subsanación de observaciones se encuentra completa, se procederá a aprobar la etapa. El acto administrativo y reunión de cierre de etapa, se llevará a cabo en el “Cierre Etapa” correspondiente.
Los plazos anteriormente descritos son máximos y, por tanto, la consultora podrá considerar menores plazos en sus entregas parciales, pudiendo con ello, utilizar este ahorro de tiempo para destinarlo a un número de revisiones adicionales a las descritas o a incrementar el plazo de desarrollo de la(s) siguiente(s) etapa(s) del estudio.
No obstante, la duración máxima del contrato no podrá ser modificada por este concepto.
C) Suspensión de Plazos
Los plazos podrán suspenderse en las siguientes oportunidades:
C.1. Si SERVIU Metropolitano requiere de un tiempo adicional para la toma de decisiones respecto del desarrollo del contrato, podrá ampliar el plazo del contrato, por motivos fundados, y previo acuerdo con la consultora.
C.2. Si SERVIU Metropolitano demora más días de los designados en el ítem “Revisión” para cada etapa, este plazo parcial será suspendido en un plazo determinado según las necesidades del Servicio, previo acuerdo con la consultora. Los plazos posteriores mantendrán los valores previamente establecidos en las presentes Bases (Cuadro de Plazos por Etapas).
C.3. Si se encuentra pendiente algún informe necesario, que deba emitir algún Organismo Público o Empresa Privada, y éste no lo entregue en el tiempo que se requiera para cumplir con los plazos determinados, la consultora podrá solicitar el aumento de plazo antes del vencimiento del plazo contractual, acompañando su solitud con la documentación que lo justifique. Estos antecedentes serán evaluados por SERVIU Metropolitano.
La suspensión de plazo no dará derecho a la consultora a formular cobros ni indemnizaciones de ninguna especie.
10.7.10. Multas
SERVIU Metropolitano aplicará multas en lo relativo a la realización del servicio contratado, de acuerdo a lo que se indica a continuación:
MOTIVO
|
MONTO
|
PERIODICIDAD DE LA MULTA
|
TOPE DE MULTA
|
Cambio de profesional presentado en la oferta sin aprobación escrita del Encargado(a) del Contrato
|
100 UF
|
Por evento
|
200 UF
|
Incumplimiento de los plazos parciales o del plazo final.
|
8 UF
|
Diaria (días corridos)
|
120 UF
|
Incumplimiento de la entrega del Reporte Mensual, indicado en el punto A.1.
|
3 UF
|
Diaria (días corridos)
|
45 UF
|
No aprobación de la etapa, según los términos establecidos en el título Plazos, letras a y b de estas Bases de Licitación.
|
8 UF
|
Diaria (días corridos)
|
60 UF
|
Incumplimiento de los plazos indicados según punto B) Plazo de Corrección.
|
3 UF
|
Diaria (días corridos)
|
45 UF
|
Atraso en la entrega de la nómina actualizada de profesionales reemplazados, según lo dispuesto en el título Cambio de Profesionales de las Bases Administrativas de Licitación.
|
3 UF
|
Diaria (días corridos)
|
45 UF
|
Déficit en la calidad de la información proporcionada por la consultora. (*)
|
100 UF
|
Por evento (*)
|
200 UF
|
Incumplimiento de las instrucciones del Encargado (a) de Contrato. (**)
|
100 UF
|
Por evento (**)
|
200 UF
|
Inasistencia, sin previa justificación, a las reuniones presenciales de trabajo coordinadas.
|
100 UF
|
Por evento
|
200 UF
|
Inasistencia, sin previa justificación, a las reuniones telemáticas de trabajo coordinadas.
|
100 UF
|
Por evento
|
200 UF
|
* Se entenderá como déficit en la calidad de la información, aquellos datos que sean entregados por la oferente adjudicada de manera errónea en instancias de entrega formal, de acuerdo con lo establecido en las bases técnicas y/o en la entrega de información a terceros, que afecte la credibilidad de SERVIU Metropolitano.,
** Las instrucciones del Encargado(a) de Contrato a la oferente adjudicada quedarán establecidas mediante Actas formales. No obstante, el correo electrónico funcionará también como medio oficial para dar algunas instrucciones que precisen rapidez. De este modo, previo a cada reunión, y como primer punto del Acta, se revisarán y formalizarán aquellas instrucciones que hayan sido enviadas vía correo electrónico. Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al adjudicatario serán por vía administrativa, descontándolas de los estados de pagos que deba al adjudicatario que se contrate.
Las multas, en su conjunto, no podrán superar el 10% del monto total del contrato, así como tampoco se debe sobrepasar el tope individual de una multa. Cualquier caso anterior, se considerará incumplimiento grave de contrato y se procederá a poner Término Anticipado de Contrato, de acuerdo a los términos expuestos en el punto 10.7.7de las presentes Bases.
La aplicación de multas, en ningún caso, significará modificación al plazo total del contrato, siendo la oferente quien deberá ajustar sus plazos parciales posteriores al curso de la(s) respectiva(s) multa(s).
Las medidas y decisiones que SERVIU Metropolitano adopte, deberán comunicarse a la oferente en forma personal o por carta certificada, al domicilio fijado por ésta en el contrato o convenio respectivo. La oferente podrá formular sus descargos dentro del término de 5 días hábiles de notificada, debiendo SERVIU Metropolitano, transcurrido dicho plazo, pronunciarse sobre los mismos por resolución fundada, procediendo respecto de dicha resolución, los recursos dispuestos en el Art. N° 59 y siguientes de la Ley N° 19.880, que establece las “Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado”, normativa que se aplicará supletoriamente para este procedimiento.
Las multas que aplique el SERVIU Metropolitano al proveedor serán por la vía administrativa. El proveedor contratado tendrá un plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de la notificación, para pagar en efectivo dicha multa en Caja ubicada en Arturo Prat N° 48, primer piso. Transcurrido dicho plazo, SERVIU Metropolitano estará autorizado para descontarla de los estados de pagos, en caso de que los hubiere; de lo contrario, y en última instancia, la hará efectiva con cargo a las garantías respectivas.
No procederá el cobro de las multas indicadas precedentemente, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o de fuerza mayor u otro imprevisto no imputable a la oferente, siempre que dicha circunstancia sea un hecho de público conocimiento y/o sea debidamente acreditada por la oferente.
10.7.11. Cambio de Profesionales
SERVIU Metropolitano podrá solicitar a la consultora que resulte adjudicada, el cambio de algún integrante de su equipo de trabajo incluido en la nómina de su oferta técnica, si se verificara la ocurrencia de una o más de las siguientes circunstancias:
• El o la profesional no cumple con las funciones que deba desarrollar en virtud de esta licitación; o con las instrucciones según las presentes bases o reglamentos de SERVIU Metropolitano.
• Los servicios contratados presentan notorio retraso respecto de su programación, situación que, de mantenerse, podría generar retraso en el proyecto general o que éste quedara inconcluso.
• Si algún organismo o persona relacionada con el proyecto (parte integrante de la Contraparte Técnica) presentan a SERVIU Metropolitano uno o más reclamos fundados por la deficiente o mala calidad de la atención o servicio prestado por esta persona.
• Si los informes técnicos, estudios, planos u otros antecedentes del proyecto presentan errores, inexactitudes, deficiencias o inconsistencias que ameriten el rechazo de alguna de las etapas del proyecto contratado.
• Si el o la profesional no asiste a las reuniones del Proyecto (virtual o telemática), cualquiera sea, o se retire de alguna, sin previo aviso.
Así también, la consultora podrá solicitar mediante Carta dirigida al Encargado(a) de Contrato, el cambio de alguno de sus profesionales, acompañando los antecedentes que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos en las presentes bases respecto del nuevo profesional propuesto, los que serán evaluados por SERVIU Metropolitano y autorizado mediante oficio.
Este cambio no aplica para el cargo de Jefe de Proyecto, salvo excepciones demostrables, debiendo existir y comprobar, un impedimento físico o contractual, de que este (o esta) profesional siga en el cargo.
La consultora que, en virtud de lo expuesto, deba cambiar a uno o más de los integrantes de su equipo de trabajo, tendrá un plazo de 10 días hábiles contados desde la aprobación del cambio de profesional, mediante el respectivo Oficio emitido por SERVIU Metropolitano, para presentar su nueva nómina actualizada de personal.
10.7.12. Domicilio y solución de controversias
La consultora deberá fijar su domicilio en la ciudad de Santiago y someterse a la Jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
10.8. De la Orden de Compra
Una vez tramitada la resolución que aprueba el contrato referido a la presente licitación, SERVIU Metropolitano emitirá una Orden de Compra al proveedor seleccionado, identificando la totalidad de los servicios a requerir. Esta Orden de Compra deberá ser aceptada por la parte adjudicada.
10.9 Del pago
El servicio contratado se pagará por estado de avance, previa recepción de los conformes de las entregas correspondientes (Etapa A, Etapa B,), en conformidad a lo siguiente:
ü Un primer pago, una vez aprobada la Etapa A: “Ingeniería Básica”, equivalente al 40% del monto total del contrato, según registre el Acta de Cierre de la Etapa A.
ü Un segundo pago, equivalente al 60% del monto total del contrato, una vez aprobada la Etapa B: Pre-diseño, según registre el Acta de Cierre de la Etapa B.
El precio del contrato será determinado de conformidad a la oferta que haya presentado la parte oferente en la presente licitación a través del Portal www.mercadopublico.cl , y con el mérito de la orden de compras enviada a través del Portal www.mercadopublico.cl. La parte adjudicada sólo podrá cobrar los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVU Metropolitano.
Se podrá cursar el correspondiente pago, faltando alguna(s) de las aprobaciones a las especialidades desarrolladas, lo que deberá ser evaluado por el Encargado(a) de Contrato, en conjunto con el Encargado del Equipo de Diseño Urbano y la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación. Lo anterior, en concordancia con lo expuesto en el Acta de Cierre correspondiente.
En todo caso, la oferente adjudicada deberá mantener vigente la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, para efectos de las aprobaciones pendientes.
En caso de requerirse poner término anticipado de contrato o modificaciones de éste, se pagará por los servicios efectivamente prestados a satisfacción de SERVIU Metropolitano, lo que será evaluado por la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación, en conjunto con el Encargado(a) del Equipo de Gestión de Proyectos y el Encargado (a) de Contrato, de acuerdo al porcentaje de avance de los entregables, según lo descrito en el Anexo N° 7. El desglose, o no ejecución de partidas, será por los motivos mencionados en las Bases Técnicas, por razones de necesidad o conveniencia de este Servicio. El desglose de partidas no dará derecho alguno a indemnización a la consultora.
SERVIU Metropolitano pagará a la consultora proveedora, previa aprobación del Estado de Pago correspondiente por parte del Encargado(a) de Contrato y la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción conforme de la correspondiente Factura o Boleta de Honorarios, la que deberá contar con la aprobación del área que administra el contrato, y sin perjuicio de los descuentos que, de conformidad a la ley; al contrato que se celebre; o a las presentes bases, proceda efectuar.
La consultora deberá emitir las Facturas o Boletas de Honorarios a nombre de SERVIU Metropolitano, identificando en ella, RUT: 61.812.000-7; Dirección: Serrano 45, comuna de Santiago; señalando la forma de pago indicada en las presentes bases, el contrato al que corresponde la respectiva Factura o Boleta de Honorarios y el ID de la Orden de Compra que se presenta a cobro, adjuntando:
• Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1) emitido por la Inspección del trabajo. En el caso que la consultora no tenga trabajadores contratados, se solicitará el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (F-30), emitido por la Inspección del Trabajo.
• Antecedentes de la parte proveedora para realizar transferencia electrónica
• Copia de Orden de Compra
• Informe de Aprobación / Acta de Cierre de la Etapa correspondiente, de acuerdo a las exigencias de las presentes Bases.
La Factura o Boleta de Honorarios podrá ser en soporte físico o en formato electrónico despachado al correo electrónico adquisicionesserviurm@minvu.cl. La entrega física de la Factura o Boleta de Honorarios y demás antecedentes requeridos, se efectuará en la Sección Control Egresos ubicada en Arturo Prat N° 48 – entrepiso, teniendo en cuenta el horario de atención de público, entre las 09.00 y las 14.00 h. Será responsabilidad de la consultora, entregar oportunamente, y para efectos del pago, la Factura o Boleta de Honorarios y toda la documentación adjunta que se requiera para tales efectos.
Los pagos se harán en las dependencias de SERVIU Metropolitano, mediante cheque nominativo, o bien, mediante transferencia electrónica en la cuenta corriente que la consultora acredite mantener al efecto. Es opción de SERVIU Metropolitano realizar los pagos, preferentemente a través de transferencia electrónica, si esta opción se encontrare disponible tanto para éste como para la consultora.
Será responsabilidad exclusiva de la consultora y/o de los eventuales mandatarios o cesionarios, informar o notificar con la debida anticipación y por escrito, adjuntando los documentos fundantes del caso, a la Sección Control de Egresos, dependiente de la Subdirección de Administración y Finanzas, cualquier acto o contrato que justifique que los pagos deban hacerse a una persona diversa. Del mismo modo, SERVIU Metropolitano no responderá frente a terceros y bajo ninguna circunstancia, para el evento de que el monto a pagar a la consultora, resulte inferior al indicado en la(s) orden(es) de compra y/o en la Factura o boleta de Honorarios.
10.10 Reuniones de Trabajo
Con el objeto de avanzar los más rápido posible en todas las actividades del contrato, la consultora considerará que debe sostener reuniones de trabajo con personal del Departamento de Proyectos de Pavimentación de SERVIU Metropolitano en las oficinas de dicho Departamento, o bien, de manera remota si las partes así lo acuerdan. A dichas reuniones asistirá obligatoriamente el Jefe o Jefa de Proyecto de la consultora, y al menos, el equipo profesional que tenga relación o injerencia directa con los temas o actividades a tratar en cada una de las reuniones indicadas.
SERVIU Metropolitano se reserva el derecho de solicitar y coordinar reuniones adicionales, si lo estima necesario, en otro recinto, y con diferentes participantes. La periodicidad será la determinada por el Encargado (a) de Contrato.
10.11 Coordinaciones
La consultora será la responsable de realizar las coordinaciones respectivas con diversos organismos, con el fin de recopilar la información sobre la infraestructura y equipamiento existente, que pertenezca a otros organismos y que sea requerida para la confección del proyecto, como por ejemplo METRO, recorridos y proyecciones de buses DTPM, MOP – Concesiones o cualquier otro.
Estas reuniones y/o coordinaciones deberán ser informadas al Encargado(a) de Contrato, vía correo electrónico.
10.12 Exposición de Avances de Proyectos
El Jefe(a) de Proyecto de la consultora deberá estar disponible para exponer el proyecto o la especialidad que corresponda, cuando, donde y para quien lo requiera, ya sea al Encargado (a) de Contrato, o la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación, proveyendo de los equipos que sean necesarios para una buena exposición.
10.13 Respaldo Proyecto Definitivo.
La oferente deberá entregar la totalidad de los archivos correspondientes al proyecto definitivo y exposiciones de la siguiente manera: 2 copias en papel, con las debidas firmas de los profesionales involucrados, así como 4 copias en almacenamiento digital.
A. Entrega Digital: entregado en pendrive y en una nube de almacenaje en internet.
B. Entrega Física: Impresión con las debidas firmas de profesionales correspondientes, en una reducción a tamaño doble carta (A3) del formato A1 laminado en la entrega digital, indicando el porcentaje de reducción realizado.
10.14. Aprobaciones
La consultora será la responsable de obtener las aprobaciones de todos los organismos asociados a las especialidades desarrolladas en el presente estudio, tanto organismos externos como aprobaciones de este Servicio. Dentro de ellas, se considerarán (si corresponden) a Municipios, SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Ministerio de Obras Públicas (en todas sus divisiones: DGA, DOH, Dirección de Puentes, y cualquiera requerida), Empresa de Ferrocarriles del Estado (EFE), METRO, Unidad Operativa de Control de Tránsito (UOCT), Empresas Concesionarias de Autopistas, SEREMI MINVU y cualquier otro organismo atingente al proyecto.
El oficio consultor para el ingreso de documentos y solicitudes a las empresas de servicios u organismos públicos, será realizado por la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación de SERVIU Metropolitano, a petición de la consultora. También la consultora podrá ingresar directamente previo conforme de la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación de SERVIU Metropolitano.
Todo documento asociado al proyecto, que sea recibido por la consultora de parte de dichas empresas u organismos públicos, deberá ser entregado en original a SERVIU Metropolitano, a través del Encargado(a) de Contrato, ya sea en formato físico o formato digital, según corresponda y tan pronto sea recibido por la consultora.
Las aprobaciones, ya sean oficios, planos, cartas o cualquier medio, deberán ser entregadas al Encargado(a) de Contrato de SERVIU Metropolitano, en original y escaneados en formato PDF o similar.
En casos muy excepcionales, y siempre y cuando la consultora demuestre haber realizado tres iteraciones de observaciones y subsanaciones de éstas, o que demuestre haber realizado tres ingresos, aún sin respuesta por parte del organismo, y no logre obtener la aprobación correspondiente, SERVIU Metropolitano evaluará la posibilidad de liberar a la consultora de esta exigencia. Lo mismo aplicará en el caso que SERVIU Metropolitano instruya no atender alguna observación por resultar inconveniente para los intereses del mismo, o que impliquen destinar recursos públicos para mejoras de infraestructura privada. En ambos casos, las aprobaciones las otorgará SERVIU Metropolitano, a través de la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación mediante el Oficio de Aprobación, documento que registrará las gestiones realizadas, así como también las decisiones del Departamento de Proyectos de pavimentación, en virtud del proyecto y de la probidad, y que pondrá fin al desarrollo de la etapa de diseño.
Se define como aprobación del proyecto, a la visación de cada especialidad del Prediseño, por parte de las contrapartes técnicas correspondiente, en cumplimiento con las exigencias señaladas en las presentes bases, salvo las excepciones mencionadas en el párrafo anterior.
10.15 Calificaciones
Al término del contrato, la oferente será calificada, a sugerencia del Encargado(a) de Contrato, por la Jefatura del Departamento de Proyectos de Pavimentación, aplicándose la tabla de evaluación indicada en el Art. N° 30 del D.S. N° 135 de 1978, que aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Consultores de MINVU.
10.16 Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República de Chile en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12° y 16°, de conformidad a lo establecido en el artículo 485 del Código del Trabajo.
b. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a funcionario público alguno en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato que eventualmente se deriven de la misma; ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del contrato que de ello se deriven.
c. El oferente se obliga a no intentar, ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas, que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico; y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, tratativas, actos y/o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
d. El oferente se obliga a dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 35 ter de la Ley N° 21.63419.886, incorporado por la Ley N° 21.634 de 2023, que Moderniza la Ley de Compras N° 19.886 y otras leyes, para mejorar la calidad del gasto público, aumentar los estándares de probidad y transparencia e introducir principios de economía circular en las compras del Estado, en cuanto a la prohibición de comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independiente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las presentes bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.
e. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
f. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y del contrato que de ellos se derivasen.
g. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, juridicidad, ética, moral, probidad, buena fe, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del servicio licitado.
h. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el presente proceso licitatorio es una propuesta real y seria, con información fidedigna; y, en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma, en las condiciones y oportunidad ofertadas.
i. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente expresadas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes; y, en general, por todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud y/o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.