En caso de producirse un empate entre dos o más Oferentes, la comisión considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el ítem de mayor ponderación establecido en el artículo 8 de las Bases Administrativas Especiales. En el evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación del criterio ya señalado, se aplicará para dirimirlo, la mayor calificación del ítem que le siga en ponderación y así sucesivamente para todos los ítems evaluados.
En el caso que a dos criterios se le haya asignado la misma ponderación, se establecerá en la Bases Administrativas Especiales el orden de desempate.
En el caso de que persista un empate entre dos ofertas, se utilizará para dirimir la diferencia utilizando el tercer decimal entregado por la fórmula de evaluación presentada en las Bases Administrativas Especiales.
En última instancia, se adjudicará a la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública.