Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
: Los oferentes podrán hacer consultas sobre la adjudicación a la
entidad licitante, dentro del plazo fatal de 3 días hábiles, contados desde la publicación de la
resolución de adjudicación en el sistema www.mercadopublico.cl, a través de la siguiente
casilla electrónica adquisición.seremi9@redsalud.gov.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La SEREMI se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que, aun cuando presenten
defectos de forma, omisiones o errores evidentes, no alteren el tratamiento igualitario de
los proponentes, ni dificulten el correcto estudio de las propuestas.
El uso de esta potestad se orienta a obtener los antecedentes necesarios para la
adecuada evaluación e interpretación de las propuestas y no podrá suponer, en caso
alguno, la presentación extemporánea de antecedentes exigidos expresamente en estas
Bases como “Requisitos Técnicos y Económicos”.
Para toda oferta rechazada en la apertura de las ofertas y/o declarada inadmisible por la
Comisión de Evaluación, no aplicará el cálculo de los criterios de evaluación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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ADJUDICACIÓN DE LICITACIÓN, FORMALIZACIÓN Y NOTIFICACIÓN. |
La SEREMI adjudicará la propuesta que cumpla con los requerimientos establecidos en
las Bases de Licitación y cuya oferta haya sido evaluada como la más conveniente
económica y técnicamente. Asimismo, podrá declarar desierta una licitación cuando no se
presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Además, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan los requisitos
establecidos en las Bases, todo lo anterior de conformidad a lo establecido en el artículo
41 del Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de
Secretaría Regional Ministerial de Salud - Región de La Araucanía
General Mackenna 555 –Temuco – Fono (45) 2 551650 –seremisalud9@redsalud.gov.cl
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suministro y prestación de servicios” aprobada por el D.S. Nº 250/2004, del Ministerio de
Hacienda.
El acto se materializará a través de la Emisión de la Resolución Exenta que informa el
resultado del proceso, en conformidad a lo establecido en el artículo 41 del D.S. Nº
250/2004, del Ministerio de Hacienda.
Aprobada la Resolución Exenta, ésta será publicada en el sitio www.mercadopublico.cl,
para conocimiento de los interesados.
Adjudicada la propuesta, se procederá a hacer devolución de los documentos de garantía
por seriedad de la oferta, a todos los proponentes no adjudicados que se hubiesen
presentado a la propuesta. La solicitud de devolución de los documentos deberá efectuarse
al los siguientes correos electrónicos cristian.crisostomo@redsalud.gov.cl, con copia a
jorge.leon@redsalud.gov.cl.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación de las presentes bases de
licitación, La SEREMI publicará una nueva fecha en el sitio www.mercadopublico.cl,
informado ahí las razones del atraso.
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OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. |
Será obligación del adjudicatario cumplir con los plazos informados en su oferta.
Será obligación del adjudicatario cumplir con todas las condiciones de entrega señaladas
en las Bases de Técnicas, Numeral 3 de las condiciones de entrega.
El adjudicatario deberá dar cumplimiento a todas las leyes, reglamentos, ordenanzas y
normas relacionadas con la licitación y con los demás aspectos que digan relación con el
desarrollo de la misma, todos los cuales se entenderá le son plenamente conocidos, por
tanto, integradas a las presentes Bases.
El oferente deberá dar cumplimiento a toda la legislación legal vigente en materias de
accidentes de trabajo enfermedades profesionales, específicamente: D.S. N°594/99,
D.S. N°54/69, D.S. N° 40/69, D.S. N° 76/07, Ley N°16.774.
Se faculta a la jefatura de la Unidad de Prevención de Riesgos y/o integrante de alguno
de los Comités Paritarios de La SEREMI, a paralizar total o parcialmente cualquiera de
los trabajos que se ejecuten, que atenten contra la seguridad y salud de las personas, ya
sea que trabajen para el adjudicado, para la SEREMI o cualquier otra.
El adjudicatario debe dar cumplimiento a las Políticas y Procedimientos vigentes de
Seguridad de la Información del Ministerio de Salud, publicadas en el link
http://web.minsal.cl/seguridad_de_la_informacion, las cuales se presumen conocidas por
el oferente, para todos los efectos legales, además de cumplir con los estándares de
seguridad de la información establecidos por MINSAL para cada proyecto o tarea.
Téngase presente y en lo pertinente dese aplicación al protocolo que establece
Recomendaciones de actuación en lugares de trabajo en el contexto COVID-19, enviado
a través de Ordinario/ B1 N° 1086, de fecha 07 de abril de 2020, de La Subsecretaria de
Salud Pública.
Se deja expresa constancia que el oferente adjudicado deberá dar cumplimiento, en lo
que sea aplicable al presente requerimiento, lo estipulado en la Ley 21.342, publicada en
el Diario Oficial con fecha 01 de junio de 2021, que Establece Protocolo de Seguridad
Sanitaria Laboral para el Retorno Gradual y Seguro al Trabajo en el Marco de la Alerta
Sanitaria Decretada con Ocasión de la Enfermedad de COVID-19 en el País y Otras
Materias que Indica
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MULTAS POR INCUMPLIMIENTO. |
El sistema de multas tiene como objetivo estimular la eficiencia del prestador en la
entrega de los productos adquiridos de acuerdo a informes del inspector técnicos y/o
superiores designados por el establecimiento en la unidad respectiva.
Multas: La SEREMI se reserva el derecho de aplicar una multa, al adjudicatario, por el
incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en las Bases
Administrativas o Técnicas.
Respecto de los plazos, la multa será de 0,5 UTM por cada 2 días de atraso en la
entrega de los productos (según su oferta), con un tope de 2 UTM. Sobrepasado este
monto, se dará término al convenio y se procederá a realizar un reclamo en el portal
mercado publico www.mercadopublico.cl.
Por incumpliendo a otro tipo de obligaciones la multa será de 3 UTM.
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Téngase presente que además de lo señalado precedentemente, si el adjudicatario no
cumple con la entrega de los productos en los días señalados en su oferta, luego de
aceptada la orden de compra, se procederá a realizar un reclamo en el portal mercado
publico www.mercadopublico.cl.
Para aplicar una multa La SEREMI notificará de ello al Adjudicatario, acompañando a
dicha comunicación un informe suscrito por el Inspector Técnico donde se dé cuenta
detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la
multa.
La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el
Adjudicatario declare en su oferta, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer
día hábil de recibida por la oficina de correos.
Una vez notificado, el Adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular
sus descargos ante el SEREMI de Salud, quién resolverá dentro de los diez días hábiles
siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de
Partes de La SEREMI.
La medida a aplicar se formalizará a través de una Resolución Exenta fundada, la que se
pronunciará sobre los descargos presentados, si existieren, y se publicará
oportunamente en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán
los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad de La SEREMI de poner término
anticipado al contrato en los casos previstos en él y/o en las presentes Bases y hacer
efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, si la hubiere.
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DE LAS CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO. |
Los contratos administrativos regulados por el Reglamento de la Ley de Compras
Públicas (decreto 250/2005 del Ministerio de Hacienda), podrán modificarse y terminarse
anticipadamente por las siguientes causales:
Resciliación o mutuo acuerdo.
Incumplimiento grave de las obligaciones señaladas en las presentes Bases
Administrativas y aquellas contraídas por el adjudicatario, en especial las señaladas en
las Bases Técnicas.
Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones
entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la
entrega de los servicios.
Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
Si el adjudicatario fuere sometido a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva,
o algún socio de una empresa constituida en forma distinta a una sociedad anónima, o si
lo fuere, el gerente o alguno de los directores de dicha sociedad anónima.
Si a juicio de La SEREMI, no está ejecutando fielmente la licitación o en forma reiterada
o flagrante no cumple con las obligaciones estipuladas, debidamente acreditado en
informes.
En caso de muerte del adjudicatario o socio que implique término de giro de la empresa.
Por incidentes que pudiesen haber afectado a los procesos de La SEREMI o la
seguridad y salud de cualquier funcionario y/o usuario de la institución, comprobados por
el informe técnico de la Unidad de Prevención de Riesgos.
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PUNTAJE MÍNIMO REQUERIDO |
Como una forma de resguardar los intereses de La SEREMI, se deja establecido que el
puntaje mínimo que debe obtener el oferente para la adjudicación es de 60 puntos en
total, en caso contrario a oferta será declarada inadmisible.
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DE LA FACTURACIÓN Y PAGO |
El proveedor deberá haber aceptado la orden de compra emitida por La SEREMI en el
portal mercadopublico.cl, dentro de 24 horas desde su publicación.
El Inspector Técnico del Contrato, revisará y verificará que los productos y/o servicios
objeto de la presente licitación, cumplan con los requisitos exigidos, generando un
"Certificado de Recepción Conforme”, el cual será utilizado como respaldo para generar
la Recepción Conforme en el Portal www.mercadopublico.cl.
Una vez recepcionado conforme, el adjudicatario tendrá que proceder a emitir
documento de cobro por medio del sistema electrónico de facturación, indicando en el
campo “Referencia” (801), Tipo: “Orden de compra” y en el folio: el número de OC
idéntico a como aparece en mercado público. Enviar XML a la casilla
subsalrecepcion@custodium.com.
En caso de que el adjudicatario emita la factura antes de que los productos y/o servicios
sean recepcionados en La SEREMI, se procederá dentro de un plazo de 8 días a
reclamar el documento al Servicio de Impuestos Internos.
El documento de cobro debe contener los siguientes datos
Subsecretaría de Salud Pública.
RUT. 61.601.000-K.
Dirección: General Mackenna 555 –Temuco – TEMUCO.
GIRO: Administración Pública.
Orden de Compra del Portal Chile compra.
Licitación Pública: 1685-1-LE23.
El pago se efectuará previa recepción conforme del producto en el portal mercado
público y se adjuntará el Certificado de Recepción Conforme el cual será emitido por la
jefatura del Subdepartamento de Tecnologías de la Información y Comunicación, o
quien subrogué o reemplace.
El ITC (Inspector Técnico del Contrato), o quien lo subrogue o reemplace, en un plazo no
superior a 2 días hábiles, deberá entregar a encargada de egresos el informe de
cumplimiento y Certificado de recepción conforme.
El pago del documento se realizará de acuerdo a la normativa legal vigente y disposición
presupuestaria por medio de pago electrónico dentro de los 30 días siguientes a la
emisión del documento, siempre y cuando se cumpla lo establecido en párrafo anterior.
La SEREMI no efectuará anticipos por la adquisición del equipo, total o parcial del
contrato.
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