RESOLUCIÓN EXENTA N°_____/
SANTIAGO,
VISTOS:
Lo dispuesto en la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento del citado cuerpo legal; el Decreto N°1.407 de 2019, del Ministerio de Hacienda, que nombra a la Directora de la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en las Resoluciones N°7, de 2019 y N°16, de 2020, de la Contraloría General de la República, que fijan normas sobre exención del trámite de toma de razón y establecen montos en unidades tributarias mensuales.
CONSIDERANDO:
- Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 letra a) de la ley N° 19.886, la Dirección de Compras y Contratación Pública –en adelante también DCCP o Dirección ChileCompra–, tiene entre sus funciones asesorar a los organismos públicos en la planificación y gestión de sus procesos de compras y contrataciones.
- Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30 letra e) de la ley N° 19.886, la Dirección de Compras y Contratación Pública –en adelante también DCCP o Dirección ChileCompra–, tiene entre sus funciones representar o actuar como mandatario de uno o más organismos públicos a que se refiere esta ley, en la licitación de bienes o servicios en la forma que establezca el reglamento.
- Que, la Dirección de Compras y Contratación Pública, ha identificado la necesidad de reemplazar y modernizar la funcionalidad actual de Mercado Público la cual apoya los procesos de compra vía licitación pública o privada, por un nuevo sistema que aborde integralmente este mecanismo, y permita la búsqueda de aumentar la competencia por la vía de la mayor participación de proveedores en dichos procesos, disminuir los costos de estos procesos, mejorar los niveles de trazabilidad e inalterabilidad de los datos involucrados en el proceso y hacer un uso más eficiente del mecanismo.
- Que, la Dirección de Compras y Contratación Pública, a través del Formulario de Requerimiento N° 22968596, debidamente aprobado por el Departamento de Administración y Finanzas, solicita la contratación de servicios de consultoría que permita diseñar nuevas soluciones o mejorar soluciones existentes, que guíen las tareas que deben realizar las entidades públicas para utilizar la modalidad de Licitación Pública con el presupuesto máximo disponible de $75.000.000.
- Que, asimismo, cabe señalar que el Convenio Marco de “Servicios de Desarrollo y Mantención de Software y Servicios Profesionales TI”, ID 2239-4-LR20, no permite contratar los servicios requeridos atendido que comprende servicios que tienen un tope máximo en precio de 500 UTM, valor inferior al monto presupuestado para estos servicios.
- Que el presente acto administrativo se encuentra exento del trámite de Toma de Razón, por cuanto el presupuesto máximo autorizado para esta contratación no supera el umbral definido por las resoluciones N°7, de 2019, y N°16, de 2020, de la Contraloría General de la República.
RESUELVO:
1.- APRUÉBANSE las Bases de Licitación Pública para la contratación de servicios de asesoría experta y apoyo técnico para el diseño y elaboración de propuesta de una nueva plataforma de licitación en el sistema de Mercado Público, cuyo texto se transcribe a continuación:
BASES DE LICITACIÓN Y ANEXOS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS ASESORÍA EXPERTA Y APOYO TÉCNICO PARA EL DISEÑO Y ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE UNA NUEVA PLATAFORMA DE LICITACIÓN EN EL SISTEMA DE MERCADO PÚBLICO
- CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN
Nombre de la licitación
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Contratación de servicios de asesoría experta y apoyo técnico para el diseño y elaboración de propuesta de una nueva plataforma de licitación en el sistema de Mercado Público.
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Descripción
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La Dirección de Compras y Contratación Pública (en adelante “DCCP” o “Dirección ChileCompra”, indistintamente) requiere la contratación de asesoría experta y apoyo técnico, así como entregar las recomendaciones que sean pertinentes, a esta Dirección para el diseño, elaboración e implementación de una nueva plataforma de licitación en el sistema de Mercado Público. Lo anterior comprende las diferentes etapas inherentes a un proyecto tecnológico, desde el refinamiento de información de procesos actuales y plataforma tecnológica, modelamiento del diseño y de la estrategia de compra/contratación, determinación de costos, hasta la propuesta de bases técnicas y administrativas para la licitación resultante de esta consultoría experta.
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Tipo de licitación
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Licitación Pública superior a 1000 UTM e inferior a 2000 UTM.
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Tipo de convocatoria
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Abierto
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Moneda
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Pesos chilenos (CLP)
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Forma de Pago
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Transferencia electrónica
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Publicidad de las ofertas
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No. Por las características de los servicios licitados, los documentos identificados como “Anexos Técnicos” en la cláusula N°7 “Anexos e instrucciones para la presentación de ofertas” de las presentes bases no serán públicos, los cuales se definen de carácter reservado, para asegurar el éxito del proceso licitatorio. Atendida la naturaleza de la industria, se hace necesario asegurar la confidencialidad de la información indicada, la que podría ser utilizada por terceros con fines que eventualmente podrían llegar a desmejorar la competitividad de los potenciales oferentes en el sector económico respectivo.
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Etapas del proceso de apertura
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Una etapa
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Toma de razón por Contraloría
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No está afecta al trámite de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.
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- ANTECEDENTES BÁSICOS DEL ORGANISMO DEMANDANTE
Razón Social
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Dirección de Compras y Contratación Pública
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Unidad de Compra
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Unidad de Proyectos Estratégicos
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R.U.T.
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60.808.000-7
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Dirección
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Monjitas 392, piso 8
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Comuna
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Santiago
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Región en que se genera la adquisición
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Región Metropolitana
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- ETAPAS Y PLAZOS
Fecha Inicio de Preguntas
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A partir del mismo día de la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl.
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Fecha Final de Preguntas
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5 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 18:00 horas.
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Fecha de Publicación de Respuestas
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Dentro de 10 días posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 18:00 horas.
En caso de que el número de preguntas que se realicen sea superior a 30, la DCCP podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 6 días adicionales.
En cualquier caso, la nueva fecha de publicación de respuestas será informada en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID de la licitación.
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Fecha de Cierre Recepción de Ofertas
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20 días hábiles posteriores a la fecha de publicación del llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:15 horas. Con el objeto de aumentar la participación de oferentes o en el caso de ocurrir la hipótesis planteada en el acápite “Fecha de Publicación de Respuestas”, la Dirección ChileCompra podrá extender este plazo, mediante la emisión del correspondiente acto administrativo totalmente tramitado, el cual deberá publicarse oportunamente en el portal www.mercadopublico.cl. Dicho plazo, podrá ser extendido de conformidad a la cláusula número 5 del pliego de posiciones.
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Fecha de Acto de Apertura
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El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:30 horas.
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Fecha de adjudicación
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Dentro de 10 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl.
Cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, la DCCP deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41, inciso segundo, del reglamento de la Ley N°19.886.
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Fecha de firma de Contrato
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Dentro de los 10 días posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
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Consideración
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Los plazos de días establecidos en la presente cláusula 3 “Etapas y Plazos” son de días hábiles, entendiéndose que son inhábiles los sábados, domingos y festivos según el calendario chileno, sin considerar feriados regionales.
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En general, todos los plazos de días establecidos en las presentes Bases serán de días hábiles, salvo que expresamente se señale que serán de días corridos.
- INSTANCIA DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en la cláusula 3 de estas Bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema www.mercadopublico.cl. La Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP) pondrá las preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la referida cláusula 3.
Las referidas respuestas del foro se entenderán formar parte integral de las presentes bases de licitación.
De conformidad a lo señalado en los “Términos y Condiciones de Uso” del Sistema de Información, acápite “Foro de preguntas y respuestas”, el foro en el Sistema de Información tiene por única y exclusiva finalidad el motivar aclaraciones respecto al proceso licitatorio en particular, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 del reglamento de la Ley N°19.886, de manera tal que queda prohibido a los usuarios utilizar esta vía para otros fines, tales como proferir injurias en contra de la Entidad Licitante, en contra de otros proveedores, publicitar la venta de bienes y/o servicios, coordinar acuerdos entre oferentes, entre otros. En caso de que se realicen intervenciones en el foro de esta naturaleza, esto es, no atingentes al proceso licitatorio, la Dirección ChileCompra podrá abstenerse de responder aquel comentario y se reserva la facultad de ocultarlo de la vista pública.
- Modificaciones a las Bases
La DCCP podrá modificar las presentes Bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las Bases. Las modificaciones de Bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
- REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR DE LA OFERTA
- No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886.
- No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
- Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N°20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el estado, mientras esta pena esté vigente.
- No ser funcionario directivo de la Dirección ChileCompra; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575; o una sociedad de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán firmar al momento de ofertar electrónicamente la “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, generada en www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección ChileCompra podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles.
Unión Temporal de Proveedores (UTP):
Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, se deberá presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible:
Anexo N°2: Declaración Jurada N°1 - Inhabilidades por condenas (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
Anexo N°3: Declaración Jurada N°2 - Sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica, según corresponda, por cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores.
Anexo N°8: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: debe ser presentado y firmado por la persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según corresponda, del integrante de la UTP que presente la oferta en el Sistema de Información.
Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.
En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se descartará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.
- INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR OFERTAS
Presentar Ofertas por Sistema
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Obligatorio:
Las propuestas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica esta licitación en el plazo señalado en la cláusula 3 de estas bases, contado desde la fecha de publicación de las presentes Bases de licitación en el referido Portal y con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.
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Anexos Administrativos
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- Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas.
- Anexo N°1: Formulario Datos del Oferente
UTP:
- Anexo N°2: Declaración Jurada N°1 - Inhabilidades por condenas (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la declaración jurada electrónica ya referida.
- Anexo N°3: Declaración Jurada N°2 - Sin conflictos de interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema de Información, el cual realizará la declaración a través de la declaración jurada electrónica ya referida.
Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica, según corresponda, por cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores.
- Anexo N°8: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores
Este anexo solo debe ser presentado y firmado por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, el miembro de la UTP que presente la oferta.
Todos los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl , en la sección Anexos Administrativos.
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Anexos Técnicos
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Además, todos los oferentes deberán adjuntar lo siguiente:
- Anexo N°5: Declaración de experiencia del oferente.
- Anexo N°7: Declaración de Experiencia Comprobable (Equipo de Trabajo)
- Anexo N°9: Requisitos Mínimos de los Perfiles Solicitados.
- Carta Gantt propuesta para el desarrollo de la presente consultoría, según lo señalado en la cláusula 10.4.1 de estas bases de licitación.
- Plan de trabajo, en formato propio, y que deberá contener los elementos requeridos para el proyecto, según lo señalado en la cláusula 10.4.1 de estas bases de licitación.
Los anexos mencionados son obligatorios y deben ser enviados a través del Sistema www.mercadopublico.cl, en la sección “Anexos Técnicos”, en el ID de esta licitación, dentro del plazo de presentación de ofertas señalado en la cláusula N°3 “Etapas y plazos”, junto con los antecedentes indicados en dichos anexos.
Aquellas ofertas que no entreguen los Anexos N°5, N°7 y N°9, así como la Carta Gantt y el Plan de trabajo, serán declaradas inadmisibles y no serán evaluadas.
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Anexos Económicos
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- Anexo N°6: Oferta Económica.
El anexo referido es obligatorio y debe ser ingresado a través del Sistema www.mercadopublico.cl, en “Anexos Económicos”, en el ID de esta licitación, dentro del plazo de presentación de ofertas señalado en la cláusula N°3 “Etapas y plazos”.
Aquellas ofertas que no entreguen el referido anexo serán declaradas inadmisibles y no evaluadas.
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Los oferentes deberán presentar su oferta a través de su cuenta en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. De existir discordancia entre el oferente o los antecedentes de su oferta y la cuenta a través de la cual la presenta, ésta no será evaluada, siendo desestimada del proceso y declarada inadmisible.
Los Anexos arriba singularizados deberán ser suscritos por los oferentes, por la persona natural o por los representantes legales de los oferentes, en el caso de que éstos sean personas jurídicas. En el caso que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores[1], el apoderado de la misma deberá tener poder suficiente para efectuar esta declaración representando a cada uno de los integrantes de la unión, respecto de los anexos técnicos y económicos.
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo si se acredita la indisponibilidad técnica del sistema de acuerdo con el artículo N°62 del Reglamento de la Ley N°19.886. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos y completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
Para lo anterior, siempre se debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados; asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de oferta” señalado, únicamente acreditará el envío de la misma a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva.
En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, el oferente deberá asegurarse de que luego de los ajustes efectuados la oferta vuelva a ser enviada (Descargar nuevo Comprobante de Envío de Oferta).
- ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
El oferente que resultare adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, en adelante “Registro de Proveedores”, al momento de celebrar el respectivo contrato con la Entidad Licitante. Adicionalmente, deberán presentar y acreditar en el Registro de Proveedores, salvo en aquellos casos en que se requiera acreditar a la Dirección ChileCompra, los siguientes documentos:
Si el adjudicatario es Persona Natural:
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a) Fotocopia simple de cédula de identidad de persona natural
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Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración
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b) Anexo N°4 - Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores)
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Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración
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c) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. En caso de resultar adjudicado un proveedor residente en el extranjero, que no cuente con domicilio ni trabajadores en Chile, esta exigencia será omitida.
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Acreditar a DCCP
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Si el adjudicatario no es Persona Natural:
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a) Certificado de vigencia del poder del Representante Legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
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Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
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b) Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
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Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
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c) Anexo N°4: Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores)
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Acreditar en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
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d) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. En caso de resultar adjudicado un proveedor residente en el extranjero, que no cuente con domicilio ni trabajadores en Chile, esta exigencia será omitida.
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Acreditar a DCCP
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NOTA:
Las Uniones Temporales de proveedores deberán entregar todos estos documentos respecto de cada uno de sus integrantes. Asimismo, el apoderado de ésta deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
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Todos los anexos deben ser firmados por el representante del oferente respectivo o por sí, en el caso de que sean personas naturales.
Cuando el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar un anexo por cada integrante de la UTP, suscrito por el respectivo integrante o por el representante legal del integrante, según sea el caso.
El apoderado de la UTP deberá tener poder suficiente lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67 bis del Reglamento de la ley N° 19.886.
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración o bien ser entregados físicamente o enviados por correo certificado a la DCCP (Monjitas 392, piso 10, Santiago), dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
Lo señalado en el párrafo precedente no resultará aplicable a las garantías de fiel cumplimiento de contrato, las cuales deberán ser entregadas físicamente en las dependencias de la DCCP, o bien enviadas por correo certificado y recibido en la dirección ya indicada (Monjitas 392, piso 10, Santiago), dentro de los 10 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación totalmente tramitada. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y enviarse al correo electrónico garantias@chilecompra.cl.
En el caso de resultar adjudicada una UTP, dentro del plazo establecido en las presentes bases para hacer entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, deberá entregar físicamente, en las dependencias de la Dirección de Compras, ubicadas en Monjitas 392, piso 10, Santiago, en su horario de funcionamiento, la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N° 19.886, donde se debe indicar, además de lo requerido como contenido mínimo por el reglamento citado, cuál de los integrantes de la UTP será quien emitirá las respectivas facturas o boletas, según la naturaleza del servicio contratado, para proceder a su pago. El documento indicado es un antecedente indispensable para la elaboración del respectivo contrato.
Durante la vigencia del respectivo contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N°4, Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores), que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años. Lo anterior es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan para autorizar el pago de la cuota correspondiente durante el desarrollo del servicio. Esta declaración deberá entregarse al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. En el caso de una UTP, deberá ser entregada por cada integrante de la misma.
Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no mantiene disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la DCCP para readjudicar la licitación, en conformidad con lo establecido en las presentes bases.
- Obligatoriedad de inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración
En caso de que el adjudicatario no esté inscrito en el registro electrónico oficial de contratistas de la administración, deberá inscribirse dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
Tratándose de una UTP, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración en los mismos plazos señalados precedentemente.
- GARANTÍAS REQUERIDAS
9.1 Garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato
Tipo de Documento
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Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro del mismo de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de garantía, certificado de fianza a la vista, vale vista, entre otros, todos los cuales deberán ser pagaderos a la vista y tener el carácter de irrevocables. No se aceptan cheques como instrumento de garantía.
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Beneficiario
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Dirección de Compras y Contratación Pública, Rut. N° 60.808.000-7
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Fecha de Vencimiento
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60 días hábiles posteriores al término de la vigencia del contrato suscrito con el adjudicatario.
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Monto
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5% del valor del contrato.
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Glosa
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El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente “Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta pública para la contratación de servicios de asesoría experta y apoyo técnico para el diseño y elaboración de propuesta de una nueva plataforma de licitación en el sistema de Mercado Público y el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
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Responsabilidad
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Será responsabilidad del adjudicatario realizar los trámites pertinentes para entregar la garantía en la forma solicitada y en los plazos estipulados para ello, como asimismo de mantenerla vigente al menos por 60 días hábiles posteriores a la fecha de término de la vigencia del contrato de acuerdo con lo indicado en la cláusula 12.2 sobre “Vigencia del Contrato”.
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9.1.1 Plazos y forma de entrega de la Garantía
Si la garantía fuera emitida en soporte papel, ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes de esta Dirección ubicada en calle Monjitas 392, piso 10, Santiago, de lunes a jueves de 09:00 a 15:00 horas y los viernes de 09:00 a 13:00 horas, dentro de los 10 días hábiles posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma y deberá remitirse al correo electrónico garantias@chilecompra.cl.
En ambos casos, la garantía deberá ser acompañada del Anexo N°10 - Formulario de Garantía de Fiel Cumplimiento.
9.1.2 Reposición, forma y oportunidad de restitución
En el caso de que se produzca el cobro de la garantía de fiel cumplimiento, debido al incumplimiento de cualquiera de las obligaciones dispuestas en las presentes bases de licitación y el contrato, y que justifiquen su cobro, el adjudicatario deberá reponer la o las garantías señaladas por igual monto y plazo de vencimiento que la o las garantías originales, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de cobro de la primera. En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula N°12.7 “Término anticipado del contrato” de estas bases en su numeral 9.
Será responsabilidad del proveedor contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento de acuerdo con lo indicado en esta cláusula. Mientras se encuentre vigente el contrato celebrado con el adjudicatario, las reposiciones y renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del Proveedor.
Las garantías presentadas en este proceso serán devueltas, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento. El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.
10.1 Antecedentes de la contratación de los servicios
La DCCP ha identificado la necesidad de reemplazar y modernizar la funcionalidad actual de Mercado Público, plataforma que apoya los procesos de compra vía licitación pública o privada, por un nuevo sistema que aborde integralmente este mecanismo. Lo anterior, en la búsqueda de aumentar la competencia por la vía de la mayor participación de proveedores en dichos procesos, disminuir los costos de estos procesos, automatización, digitalización de los procesos involucrados, como también mejorar los niveles de trazabilidad e inalterabilidad de los datos involucrados en el proceso y hacer un uso más eficiente del mecanismo.
Se ha establecido que es necesaria la implementación de una nueva plataforma y sistema que agilice, digitalice y facilite la preparación, publicación, aclaración, evaluación y adjudicación, de los procesos de compra, aprovechando las ventajas y características de operación moderna de procesos que enfrentan todas las economías y sociedades en su conjunto. El nuevo sistema debe garantizar la trazabilidad, fiabilidad e inmutabilidad de los datos, como asimismo la gestión en línea de los procesos de las licitaciones en curso o ya ejecutados, incluyendo el flujo de visado, autorizaciones y firma electrónica en las distintas etapas.
Esta licitación tiene como objetivo la contratación de un servicio de asesoría experta que estudie el mercado para diseñar y desarrollar un nuevo sistema, con sus costos asociados, parametrizar o personalizar un producto/servicio/sistema ya existente, o cualquier otra acción, conducente a implementar una nueva plataforma y sistema en Mercado Público, para la funcionalidad de las licitaciones. De lo anterior, se espera que se elabore la propuesta de bases administrativas y técnicas para la adquisición de la solución que mejor resuelva el problema descrito.
10.2 Servicios Licitados
La contratación que se efectuará a través de este proceso licitatorio tiene como objetivo brindar asesoría experta y apoyo técnico, así como entregar las recomendaciones que sean pertinentes, a esta Dirección, para el diseño, elaboración e implementación de una licitación pública que busca desarrollar el nuevo sistema de licitaciones.
Lo anterior comprende las diferentes etapas inherentes a un proyecto tecnológico, desde el refinamiento de información de procesos actuales y plataforma tecnológica, modelamiento del diseño y de la estrategia de compra/contratación hasta la propuesta de bases administrativas y técnicas para la licitación resultante de esta consultoría experta.
Para todos los efectos, los servicios licitados, comprendidos dentro de un proyecto tecnológico único, se consideran una sola línea de servicios.
10.3 Funciones específicas a desempeñar por el proveedor
Se requiere que los servicios de asesoría experta que brindará el proveedor adjudicado cumplan con las siguientes funciones, entre otras que resulten procedentes para cumplir con los objetivos de la contratación:
- Corroborar con usuarios y el mercado, validar, rectificar y completar la información que la Dirección ChileCompra facilitará respecto de los procesos del sistema de licitaciones deseado.
- Se debe hacer revisión de los procesos y módulos funcionales formalizados previamente, los que serán liberados al inicio del diseño al equipo experto.
- Se requiere la formalización de los procesos en diagramas de nomenclatura de negocios y tecnología.
- Dados los procesos y módulos previamente identificados y formalizados, se deben analizar soluciones y/o productos existentes que ejecuten total o parcialmente las tareas y procesos que la solución debe satisfacer y buscar combinaciones que logren la totalidad de cobertura.
- Debe considerar un análisis económico de la o las posibles combinaciones de solución al problema planteado, desde la perspectiva de la fabricación/adquisición, integración, puesta en marcha y costos.
- Se debe hacer un levantamiento de la tecnología disponible en la DCCP con una mirada especialmente crítica de la evolución que tendrá el mercado y nuestra plataforma en el futuro. Con esto se busca que determinen si el nuevo sistema en cuestión debe/puede ser construido sobre el ecosistema actual o si se debe pensar en uno nuevo con integración al actual (ej: Ecosistema Multi Cloud).
- Debe considerar el dimensionamiento de la infraestructura necesaria, como también las políticas de Seguridad actuales de la DCCP.
- Debe generar requisitos, que permitan definir una estrategia de implementación y de contratación con documentación que sustente los supuestos.
- Dados los antecedentes, acuerdos y análisis previamente realizados, se deberá generar la planificación completa por etapas del proyecto.
- Realizar todas las recomendaciones técnicas y de procedimiento necesarias para la implementación exitosa de la contratación del servicio de desarrollo, compra o integración del sistema, desde su elaboración hasta su adjudicación para que dicho proceso se lleve a cabo exitosamente.
- Entregar las propuestas de Bases Administrativas y Técnicas, para el posterior proceso de compra de la mejor solución factible, identificada y fundamentada por el proveedor, como también de las restricciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
10.4 Propuesta de trabajo
10.4.1 Propuesta técnica para la planificación de los servicios
El oferente deberá incluir dentro su oferta técnica, obligatoriamente, lo siguiente:
Implica la formalización y organización del equipo de trabajo con detalle de roles, metodología de trabajo a utilizar, responsabilidades de cada rol, etc. Esto se debe reflejar en un documento que establece los hitos principales del desarrollo, precondiciones y la capacitación -y capacidades- requeridas para la puesta en marcha.
Formalizados los hitos, se deben representar éstos gráficamente de forma que se demuestre la duración temporal de cada uno, inicio, fin, responsable de cada tarea y todas las subdivisiones y subtareas destacables con el fin de transparentar la totalidad del proyecto. Asimismo, debe considerar los entregables de cada etapa y la dependencia entre actividades.
Las épicas o hitos del proyecto, así como los entregables, se encuentran detallados en las cláusulas 10.5 y 12.5.A. de las presentes bases.
Por su parte, debe considerarse que la duración total de los servicios no puede exceder el plazo de 3 meses, acorde a lo señalado en la cláusula 12.3 “Plazo de ejecución de la consultoría” de estas bases.
En caso de no incluir un Plan de Trabajo y una Carta Gantt dentro de los Anexos Técnicos, conforme con lo señalado en la cláusula 7 de estas bases, la oferta será descartada y declarada inadmisible.
10.4.2 Metodología de trabajo
El oferente que resulte adjudicado, en concordancia con su oferta técnica, deberá disponer de un equipo de trabajo conformado por un Gerente de proyecto Senior y su equipo de trabajo compuesto por -al menos- un analista de negocios, un arquitecto empresarial y un arquitecto de soluciones. Los requerimientos de cada uno de los perfiles se encuentran en la cláusula 10.6 “Requerimientos técnicos del equipo experto” de las presentes bases y las competencias mínimas obligatorias deberán ser declaradas afirmativamente en el Anexo N°9. Estos serán los responsables de brindar la asesoría experta en materia de esta contratación.
Para asegurar el éxito de la asesoría se define la siguiente metodología de trabajo:
1. Reunión inicial de trabajo
La reunión inicial deberá ser realizada dentro del plazo de 2 semanas siguientes del inicio del contrato, según lo señalado en la cláusula 12.2 de las presentes bases.
El objetivo de la reunión inicial es dar a conocer al adjudicatario antecedentes más detallados de la plataforma de Mercado Público, en el cual participará en calidad de asesor experto en análisis y diseño de software. Asimismo, se entregará mayor detalle en cuanto a la planificación, procesos, alcances y otras temáticas relativas al servicio licitado, que la Dirección ChileCompra estime conveniente.
En esta reunión la Dirección ChileCompra entregará, como referencia, la información previamente generada en la etapa de análisis y que deberá ser analizada, corregida y completada, en caso de ser necesario, por el adjudicatario en su rol de asesor experto. Esta información es indispensable para la celebración de la reunión.
2. Reuniones periódicas de trabajo
El consultor jefe y su equipo de trabajo debe estar disponible para reunirse con el equipo designado por ChileCompra para dar cuenta del avance de la consultoría y hacer seguimiento a la misma. Dichas reuniones serán agendadas de común acuerdo siendo la periodicidad de estas de al menos una (1) a la semana, a menos que se determine lo contrario, también de común acuerdo, en algunas etapas del proyecto.
Lo anterior es especialmente requerido para las primeras 3 etapas del contrato correspondientes a la elaboración del Informe N°1, 2 y 3 señalados en la cláusula 10.5 “Productos y servicios entregables”. La reunión inicial de trabajo deberá realizarse en un plazo máximo de 2 semanas contadas a partir del inicio de la vigencia del contrato. En caso de no realizarse dicha reunión, por causas imputables al proveedor, esto se considerará un incumplimiento grave.
La realización de la reunión señalada anteriormente dependerá de que la Dirección ChileCompra disponga y haga entrega de la información concerniente al levantamiento de procesos, diseños UX y buenas prácticas de arquitectura DCCP, información que deberá ser analizada, corregida y completada, en caso de ser necesario, por el adjudicatario en su rol de asesor experto en la materia.
3. Seguimiento del proyecto
Se debe disponibilizar un tablero de trabajo colaborativo (Jira, Trello o equivalente) en el cual la DCCP pueda monitorear el avance del proyecto a grandes rasgos, el cual se debe mantener actualizado con al menos las tareas pendientes, en curso y finalizadas. Es deber del proveedor, cuando corresponda, mantenerlo actualizado.
4. Presentaciones ejecutivas
Durante la ejecución de los servicios de consultoría, la Dirección ChileCompra podrá solicitar presentaciones ejecutivas que den cuenta del funcionamiento de la industria de licitaciones públicas, así como de los servicios y/o entregables comprometidos en el marco de la consultoría. Estas presentaciones serán solicitadas al coordinador del contrato, designado por el adjudicatario, con una antelación no inferior a 5 días hábiles.
10.5 Productos y servicios entregables
El servicio a contratar considera la entrega de 7 informes, distribuidos en 3 épicas por parte del adjudicatario, cuyos contenidos mínimos se señalan a continuación:
Épica 1:
- Informe N°1- Formalización de procesos: Se debe entregar un informe que contenga el diseño de la solución lógica expresado en diagramas UML de alto nivel, los mínimos requeridos son casos de uso y diagrama de colaboración (entre componentes). Para el modelado de negocio se requiere que este sea formalizado usando BPMN o equivalente y sea validado con usuarios.
- Informe N°2 - Análisis de productos similares y/o complementarios:
Se debe generar un informe que incluya cada herramienta, producto o servicio analizado considerando aspectos como el porcentaje de cobertura del problema total, capacidad de interoperabilidad con otros productos, sistemas y herramientas. También se requiere un análisis económico de la puesta en marcha y costos de operación en base a la misma carga de trabajo y periodo de tiempo, estas métricas de comparación deben asemejarse a un escenario futuro probable basado en la información de uso histórica y una perspectiva de crecimiento estimada.
Épica 2:
- Informe N°3 - Definiciones de plataforma:
Con esto se busca que se determine si el nuevo sistema en cuestión debe/puede ser construido sobre el ecosistema existente o en uno nuevo con integración al actual (ej: Ecosistema Multi Cloud integrado). La salida esperada de este punto es una propuesta de requerimientos técnicos de la plataforma, de seguridad y del ecosistema sobre el que se construirá o integrará la solución.
- Informe N°4 - Definición de la estrategia de implementación:
Dados los antecedentes tecnológicos y de procesos, se deben generar requisitos que permitan definir una estrategia de implementación y de contratación con los documentos que las sustenten.
Se debe abordar en alguna secuencia lógica y con mirada integral, el Modelo de Atención propuesto en los diseños de UX entregados como input, los procesos que permitan la operación y la gestión, la arquitectura debe cumplir con los pilares arquitectónicos de la DCCP los que también serán entregados como input. Las funcionalidades y/o módulos que se definan deben reflejar de modo coherente un modo de operación moderno con foco en la automatización, inteligencia de negocios, eficiencia operativa, seguridad, alta performance, costos razonables y autoatención de los usuarios. Igualmente se debe abordar la estrategia de implementación, la que deberá ser separada en fases, hitos, MVP, etc., buscando maximizar el beneficio y entrega de valor en cada uno de estos.
Épica 3:
- Informe N°5 - Plan de migración de datos legados:
Se debe crear un plan para la migración de los datos actuales, un análisis y propuesta sobre como almacenar y disponibilizar la información histórica al nuevo sistema, este debe considerar aspectos técnicos de la solución propuesta y los del portal actual de licitaciones, asimismo debe ceñirse a los pilares de buenas prácticas arquitectónicas y de seguridad de la DCCP.
- Informe N°6 - Planificación de la ejecución:
Dados los antecedentes y análisis previamente realizados, se deberá generar la planificación completa del proyecto, la cual debe incluir al menos:
a. Etapas del proyecto, con sus respectivas fechas y plazos
b. Hitos o entregables, ya sean MVP, prototipos, incrementos o módulos.
c. Definición del equipo de implementación, con especificación de perfiles técnicos requeridos, cantidad de integrantes de las células, metodología de trabajo, etc.
d. Productos a adquirir / desarrollar
e. Integraciones requeridas
f. Consideraciones de infraestructura y plataforma
g. Costo total del proyecto
Se debe generar en base a lo dispuesto, una propuesta de bases Administrativas y Técnicas, la propuesta y simulación de escenarios de los criterios de evaluación propuestos.
Consideraciones:
Los informes y sus archivos de respaldos deberán ser entregados en formato digital al administrador de contrato, que designará la Dirección ChileCompra, utilizando medios como correo electrónico corporativo y almacenamiento Cloud. Se podrá definir, de mutuo acuerdo entre las partes, otro medio de entrega cuando se celebre el contrato o durante la vigencia de éste en caso de ser necesario.
El administrador del contrato se pronunciará respecto de la conformidad de los informes entregados por el adjudicatario en un plazo que no podrá exceder 10 días hábiles contados desde la fecha en que se realizó la entrega de éstos según lo establecido en los párrafos anteriores. En caso de ser necesario, la Dirección ChileCompra, a través del administrador de contrato, solicitará al adjudicatario realizar las modificaciones/correcciones pertinentes a dichos informes los que deberán ser subsanados y entregados en un plazo no mayor a 10 días hábiles a la Dirección ChileCompra quien deberá pronunciarse nuevamente sobre la conformidad de los informes entregados.
Se deja constancia que, acorde a lo definido en la cláusula N°12.9 “Pagos”, la facturación y posterior pago estarán asociados a la entrega y aprobación de los informes anteriormente indicados.
En caso de no cumplir con los plazos definidos tanto como para la entrega de los informes señalados como para las eventuales modificaciones/correcciones que deba realizar el adjudicatario en virtud de lo requerido por la Dirección ChileCompra, procederá la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos, según lo establecido en estas bases de licitación.
10.6 Requerimientos técnicos del equipo experto:
Los perfiles técnicos requeridos para el desarrollo del proyecto son los siguientes:
i. Gerente de proyecto
Responsabilidades:
- Idear y desarrollar propuestas tecnológicas de valor.
- Definición y seguimiento de indicadores de gestión del equipo, para asegurar el cumplimiento de los lineamientos definidos en el desarrollo del proyecto.
- Velar por la calidad de los entregables y el desarrollo del proyecto (personas y recursos físicos) según los plazos acordados.
- Dirigir, monitorear y promover la formación, excelencia técnica y la gestión funcional del equipo para garantizar el idóneo desarrollo profesional de los empleados.
Competencias mínimas obligatorias:
- Experiencia profesional en roles equivalentes.
- Formación académica: Ingeniería civil informática, Informática, Sistemas, Ingeniería Industrial, o similar.
- Conocimiento de soluciones IaaS, SaaS, PaaS, nube pública / privada.
- Conocimiento de arquitecturas modernas: microservicios, Serverless, DevOps, CI/CD.
Competencias deseables:
- Maestría: Gestión de Proyectos, innovación tecnológica o equivalente.
- Certificaciones: Metodologías ágiles (Product Owner o Scrum Master), Project Management Institute (Nivel Associate o superior).
- BlockChain privado y público.
- Conocimientos de mecanismos de firma electrónica de documentos.
ii. Especialista en procesos de negocio / Business Analyst
Responsabilidades:
El objetivo de este rol es mejorar la eficiencia a través de la gestión sistemática de los procesos de negocio, utilizando como herramientas el análisis, el modelado, digitalización, la automatización, la integración, el monitoreo y control y la optimización de estos. Por lo tanto, sus responsabilidades son:
- Apoyar en el diseño de estrategias de negocio en las diferentes fases.
- Identificar problemas en procesos y proponer soluciones adecuadas.
- Mantener una estrecha colaboración con el equipo y DCCP.
- Aportar nuevas tecnologías y soluciones del mercado asociadas al problema.
- Identificar procesos, tareas, flujos y generar modelos de automatización de procesos.
Competencias mínimas obligatorias:
- Experiencia profesional en roles equivalentes.
- Formación académica: Ingeniería civil informática, Informática, Sistemas, Ingeniería Industrial, o similar.
- Experiencia en identificación y modelado de procesos de negocio.
- Conocimiento de herramientas de modelado y diagramas con notación BPMN & UML.
- Al menos dominio de alguna de las siguientes bases de datos: SQL, Oracle, MySql, MongoDb o Redis.
Competencias deseables:
- Nociones básicas de BlockChain privado y público.
- Conocimiento de soluciones IaaS, SaaS, PaaS, nube pública / privada.
- Conocimientos de mecanismos de firma electrónica de documentos.
iii. Arquitecto empresarial
Responsabilidades:
- Definir la solución tecnológica end to end, asumiendo la dirección técnica de ésta.
- Diseño y definiciones técnicas de la arquitectura, visión de solución B2B y B2C con Orientación Digital, Cloud Native y distribuida.
- Investigar tecnologías que aporten a la solución a diseñar.
- Definir y velar por el cumplimiento de estándares, patrones de diseño y buenas prácticas en la implementación de la solución.
- Definir integraciones tecnológicas que el diseño pueda considerar.
- Dictar lineamientos de arquitectura aplicativa y tecnológica como los de integración continua, despliegue continuo y herramientas necesarias.
- Coordinar con proveedores para el diseño de la solución técnica.
Competencias mínimas obligatorias:
- Experiencia profesional en el rol de arquitecto empresarial.
- Formación académica: Ingeniería civil informática, informática, Sistemas, Ingeniería Industrial, o similar.
- Arquitectura servicios SOA (SOAP, REST) y API management.
- Conocimiento de arquitecturas modernas: microservicios, Serverless, DevOps, CI/CD
- Arquitectura Cloud (AWS, GCP u Openshift): al menos uno de ellos.
- Linux, Windows, Docker & Kubernetes.
- Patrones de diseño.
- Conocimientos de mecanismos de firma electrónica de documentos.
- Conocimiento de soluciones IaaS, SaaS, PaaS, nube pública / privada.
Competencias deseables:
- Seguridad (OWASP, OAUTH2, SAML, JWT).
- BlockChain privado y público.
- Metodologías ágiles (certificación como Product Owner o Scrum Master).
iv. Arquitecto de soluciones
Responsabilidades:
- Diseño y definiciones técnicas de la arquitectura, visión de solución B2B y B2C con Orientación Digital, Cloud Native y distribuida.
- Diseño del Ciclo de Vida y Catalogo de Aplicaciones.
- Participar en la definición de las soluciones de integración, seguridad, modelo de datos, operaciones, ingeniería, y proveedores.
- Colaborar en definiciones de tiempo y estimación de costos.
- Generar la documentación técnica del proyecto, con el fin de contribuir a la correcta determinación de la herramienta/sistema a desarrollar.
Competencias mínimas obligatorias:
- Experiencia profesional en el rol de arquitecto de Software / Cloud.
- Formación académica: Ingeniería civil informática, Informática, Sistemas o similar.
- Conocimientos y Experiencia en Desarrollo en al menos una de las siguientes: Cloud Amazon AWS, Google Cloud Platform, Azure o Redshift.
- Conocimientos y Experiencia en implementación y desarrollo en alguno de los siguientes lenguajes modernos: Node JS, Python, Javascript o Go.
- Conocimientos en Implementación y Desarrollo de BD Relacionales y No Relacionales.
- Conocimiento de Linux, Windows, Docker & Kubernetes.
- Conocimiento de arquitecturas modernas: microservicios, Serverless, DevOps, CI/CD.
- Certificación de arquitecto de soluciones en alguna nube pública - Nivel Associate (o equivalente) o superior.
- Diseño y construcción de API: SOA/ REST, manejo de ciclo de vida y administración del catálogo de servicios /apis.
- Conocimientos de Comunicaciones /redes en Cloud, seguridad en Cloud.
- Conocimientos en mecanismos de firma electrónica de documentos.
Competencias deseables:
- BlockChain privado y público.
- Metodologías ágiles (certificación como Product Owner o Scrum Master).
- Seguridad (OWASP, OAUTH2, SAML, JWT, SSO, OTP).
11 PRESENTACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS
11.1 Consideraciones para Ofertar.
a. Sólo se admitirá una oferta por participante, entendiendo aquélla como la presentación por parte de un oferente de los antecedentes requeridos en la cláusula N°7 “Instrucciones para presentar ofertas” y que serán evaluados bajo lo establecido en las presentes bases de licitación. Con todo, en caso de que el proveedor ingrese más de una oferta, se considerará la oferta que ingresó en último lugar (considerando fecha y hora registradas en el Sistema de Información), descartando las restantes ofertas ingresadas.
b. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula N°7 “Instrucciones para presentar ofertas” de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite algunas de las causales de excepción contempladas en el artículo 62 del reglamento de la Ley de Compras.
c. Los documentos solicitados por la Dirección ChileCompra deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula N°3 “Etapas y plazos” de estas bases de licitación y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa, en los casos en que así sea requerido. Sin perjuicio de ello, la DCCP podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.
d. Será de exclusiva responsabilidad del oferente el ingresar la oferta de conformidad con lo establecido en estas Bases de Licitación, en los plazos y condiciones establecidas para tales efectos, y la sola presentación de ésta implica la aceptación irrestricta de la totalidad de las cláusulas, obligaciones y términos dispuestos en este proceso licitatorio a través de estas Bases y el respectivo contrato.
e. La Dirección ChileCompra declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumpla los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de esta Dirección de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases de licitación.
11.2 Presentación de ofertas
En relación con la presentación de las ofertas, los oferentes deberán:
1. Tener presente que sólo se considerarán las ofertas realizadas en los formatos de los archivos dispuestos por la Dirección ChileCompra y sólo aquellas ofertas de los proponentes que las hubiesen enviado oportunamente.
2. Hacer ingreso de su oferta en el portal www.mercadopublico.cl.
3. Ingresar su oferta económica en el Anexo N°6 en valores brutos, es decir, considerando todos los impuestos y recargos, y en pesos chilenos (CLP).
4. Sólo se considerarán como ofertas válidas las que cumplan con todos los requerimientos técnicos del servicio licitado, de acuerdo con lo establecido las presentes bases de licitación.
11.3 Comisión Evaluadora
Las propuestas serán evaluadas por una comisión integrada por al menos 3 funcionarios de la DCCP, nombrada a través de una resolución dictada por la autoridad competente de esta Dirección. La DCCP podrá proveer a la Comisión Evaluadora de la asesoría de expertos en materias específicas.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.
La designación de la comisión evaluadora se publicará en www.mercadopublico.cl.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
- Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados en las presentes bases y en la normativa de compras públicas.
- Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
- Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
11.4 Procedimiento de evaluación de las Ofertas
En el procedimiento de evaluación se verificará lo siguiente:
- Que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta establecidas en las presentes bases.
- Que las ofertas cumplan con los requerimientos mínimos del servicio licitado, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases y sus anexos.
- Que la oferta no supere el monto máximo del presupuesto definido en la cláusula 12.8 y, en definitiva, cumpla con todos los requerimientos dispuesto en estas bases de licitación exigidos para proceder con la evaluación de la propuesta.
Para efecto del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora que haya sido nombrada deberá:
- Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.
- Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas.
- Proponer a la autoridad competente de la Dirección ChileCompra, o a quien la subrogue, la adjudicación de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación, así como las inadmisibilidades de las ofertas correspondientes.
- Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución.
Durante el proceso de evaluación, la comisión podrá requerir aclaraciones a los oferentes respecto de sus respectivas propuestas, las que se realizarán por el sistema, y no podrán alterar la esencia de las ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción a las Bases de Licitación en el respectivo ID, disponible en www.mercadopublico.cl, según lo indicado en el artículo 40 del Reglamento de la Ley 19.886.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la Apertura electrónica de las ofertas, oportuna y electrónicamente ingresadas, la Dirección ChileCompra podrá fijar nueva fecha y hora para la realización.
11.5 Criterios de Evaluación y procedimiento de evaluación de ofertas
Sólo serán consideradas las propuestas de aquellos oferentes que fueron declaradas admisibles, esto es, que hayan cumplido con los requerimientos dispuestos en estas bases de licitación para declarar la admisibilidad de las ofertas y, por ende, procede su evaluación.
En virtud de lo anterior, se realizará en primera instancia la verificación del cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos a los que deben ajustarse los servicios, de conformidad con lo dispuesto en estas bases de licitación, para posteriormente ser sometidos al proceso de evaluación de ofertas.
A) Verificación del cumplimiento de los requerimientos mínimos
La línea de servicio ofertada por los proponentes deberá cumplir con todas las características y requisitos técnicos contenidos en el Anexo N°9 “Requisitos mínimos de los perfiles solicitados” de estas bases de licitación.
En caso de que los servicios ofertados no den cumplimiento a lo señalado en el párrafo precedente, éstos serán descartados del proceso de evaluación de ofertas y, por lo tanto, se declararán inadmisibles las ofertas de los proveedores donde se verificó que no se cumplía con alguna de las características técnicas mínimas establecidas para el servicio en las presentes bases de licitación.
Por otro lado, las experiencias en proyectos exitosos declarados para cada uno de los perfiles del equipo de trabajo en el Anexo N°7 deberán ser iguales o superiores a 5 proyectos. Por lo tanto, si se declara contar con 4 o menos proyectos exitosos, para cualquiera de los perfiles, la oferta será declarada inadmisible.
B) Procedimiento de evaluación de ofertas
Si las ofertas han sido declaradas admisibles, y los servicios ofertados cumplen con los requisitos técnicos mínimos establecidos en el Anexo N°9, se procederá a su evaluación, la que se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios:
Criterio de Evaluación
|
Ponderación
|
C.1 Precio
|
30%
|
C.2 Experiencia del oferente
|
30%
|
C.3 Experiencia del equipo consultor
|
35%
|
C.4 Cumplimiento de Requisitos Formales
|
5%
|
Como se detalla más adelante, algunos de los criterios indicados cuentan con subcriterios.
Así el Puntaje Total de la Oferta estará dado por el siguiente polinomio:
PUNTAJE TOTAL OFERTA = (30% x Puntaje Precio) + (30% x Experiencia del oferente) + (35% Experiencia del equipo consultor) + (5% x Puntaje Cumplimiento de Requisitos Formales)
|
Para efectos de la evaluación, todos los puntajes y porcentajes resultantes no serán aproximados y se considerarán 2 decimales.
C.1. Precio (30%)
Para la evaluación de este criterio se ordenarán de forma ascendente los precios ofertados por los oferentes en el Anexo N° 6: “Oferta económica”, de estas bases de licitación, es decir de menor a mayor precio ofertado, para proceder a asignar los puntajes de acuerdo con la siguiente tabla:
Ranking
|
Puntaje asignado
|
Menor precio ofertado válidamente
|
100
|
Segundo menor precio ofertado válidamente
|
60
|
Tercer menor precio ofertado válidamente
|
40
|
Cuarto menor precio ofertado válidamente
|
20
|
En caso de recibir más de cuatro ofertas, desde la quinta posición más económica en adelante, la asignación de puntaje será decreciente en 5 puntos por cada posición que avance en el ranking contado desde los 20 puntos. Por lo tanto, la quinta posición obtendrá 15 puntos, la sexta posición obtendrá 10 puntos, la séptima posición obtendrá 5 puntos. A contar la octava posición a las ofertas se les asignarán 0 puntos en el criterio precio.
C.2. Experiencia del oferente (30%)
La evaluación de este criterio se realizará según lo expuesto por el oferente en el Anexo N°5 “Declaración de experiencia del oferente” de las presentes bases de licitación y atendiendo las consideraciones de evaluación del criterio descritas en esta cláusula. Toda la información entregada por el oferente podrá ser validada por la Comisión Evaluadora; en caso de que la información no puedas ser validada no se considerará para la obtención del puntaje.
Se evaluará la cantidad total de proyectos similares en que hubiera participado el oferente conforme a lo declarado por éste con los cuales suscribió contratos. Para esto, sólo se considerarán clientes distintos, entendiendo como distintos cuando el RUT difiera entre éstos.
La asignación de puntajes se realizará considerando la siguiente tabla:
C.3. Experiencia del equipo consultor (35%)
Los oferentes deberán proponer un equipo consultor que deberá estar conformado por:
- Un gerente de proyecto.
- Un especialista de procesos de negocio o Business Analyst.
- Un arquitecto empresarial.
- Un arquitecto de soluciones.
La Dirección podrá verificar la experiencia del equipo consultor señalada por el oferente, utilizando para ello las referencias indicadas por éste. En el caso de que la propuesta no incluya las referencias solicitadas con sus respectivos datos de contacto, en cualquiera de las oportunidades que corresponda, o que no se pueda validar la experiencia presentada, ésta no será contabilizada para efectos de la evaluación y por tanto no sumará en la calificación de la oferta.
Para la evaluación de este criterio, se considerará la experiencia del equipo consultor, según la siguiente ponderación:
Experiencia del equipo consultor= (0,35 × Experiencia del Gerente de proyectos) + (0,25 × Experiencia del especialista de procesos o Business Analyst) + (0,20 x Experiencia del arquitecto empresarial) + (0,20 × Experiencia del arquitecto de soluciones).
Para cada perfil se considerará como exitosa la validación positiva que realice para cada proyecto la contraparte entregada como referencia en el Anexo N° 7.
A continuación, se describe el procedimiento de evaluación de cada integrante del equipo consultor:
- Experiencia del Gerente de proyectos: 35%
Para el cálculo de este criterio se considerará la experiencia del profesional ofertado como Gerente del proyecto, en procesos de similar complejidad y de acuerdo con el contenido del Anexo N° 7. Es requisito que la experiencia sea en cargos de responsabilidad como gerente de proyecto. Esta experiencia podrá ser comprobada por la Dirección ChileCompra.
Cantidad de proyectos similares
|
Puntaje asignado
|
16 o más proyectos exitosos
|
100
|
Entre 12 y 15 proyectos exitosos
|
90
|
Entre 8 y 11 proyectos exitosos
|
60
|
Entre 5 y 7 proyectos exitosos
|
20
|
- Experiencia del Especialista de procesos o Business Analyst: 25%
Para el cálculo de este criterio se considerará la experiencia del profesional ofertado como especialista de procesos o Business Analyst, en proyectos de similar complejidad y de acuerdo con el contenido del Anexo N° 7. Es requisito que la experiencia sea en cargos de especialista de procesos o Business Analyst. Esta experiencia podrá ser comprobada por la Dirección ChileCompra.
Cantidad de proyectos similares
|
Puntaje asignado
|
16 o más proyectos exitosos
|
100
|
Entre 12 y 15 proyectos exitosos
|
90
|
Entre 8 y 11 proyectos exitosos
|
40
|
Entre 5 y 7 proyectos exitosos
|
0
|
- Experiencia del Arquitecto empresarial: 20%
Para el cálculo de este criterio se considerará la experiencia del profesional ofertado como Arquitecto Empresarial, en proyectos de similar complejidad y de acuerdo con el contenido del Anexo N° 7. Es requisito que la experiencia sea en cargos de Arquitecto Empresarial. Esta experiencia podrá ser comprobada por la Dirección ChileCompra.
Cantidad de proyectos similares
|
Puntaje asignado
|
11 o más proyectos exitosos
|
100
|
Entre 8 y 10 proyectos exitosos
|
80
|
Entre 5 y 7 proyectos exitosos
|
40
|
- Experiencia del Arquitecto de soluciones: 20%
Para el cálculo de este criterio se considerará la experiencia del profesional ofertado como Arquitecto de soluciones, en proyectos de similar complejidad y de acuerdo con el contenido del Anexo N° 7. Es requisito que la experiencia sea en cargos de Arquitecto de soluciones. Esta experiencia podrá ser comprobada por la Dirección ChileCompra.
Cantidad de proyectos similares
|
Puntaje asignado
|
11 o más proyectos exitosos
|
100
|
Entre 8 y 10 proyectos exitosos
|
80
|
Entre 5 y 7 proyectos exitosos
|
40
|
C.4.- Cumplimiento de Requisitos Formales (5%)
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos obtendrá 100 puntos. El oferente que no haya cumplido todos los requisitos formales habiendo omitido antecedentes al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886 y la facultad establecida en estas bases a este respecto, o se le hayan solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al mismo artículo citado, obtendrá 0 (cero) puntos en este criterio.
El resultado de la fórmula anterior se ponderará de acuerdo con el peso porcentual de este criterio (5%).
DETALLE DE EVALUACION
|
Puntaje asignado
|
Cumple con la presentación completa de antecedentes
|
100
|
No cumple o los acompaña con posterioridad conforme al artículo 40, inc. 2°, del Reglamento de la ley N°19.886, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales.
|
0
|
11.4 Solicitud de aclaraciones y antecedentes
No se aceptarán ofertas que no contengan toda la información requerida al momento del cierre de la licitación.
Con todo, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl.
Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, según lo previsto en el artículo 40, del reglamento de la ley N° 19.886.
En ambos casos, los oferentes, tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
Cabe señalar que la responsabilidad de revisar el “foro inverso”, disponible en www.mercadopublico.cl, a través del cual se solicitan los antecedentes y aclaraciones durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.
11.5 Adjudicación
La DCCP, mediante la dictación de una resolución fundada de su Director(a) o de quien corresponda según normativa interna de la Dirección ChileCompra, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, podrá:
- En conformidad al artículo 9° de la ley N° 19.886, mediante resolución fundada, declarar desierta la licitación, cuando no se presenten ofertas o ninguna de las ofertas resultare convenientes a sus intereses, o bien, declarar inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las bases de licitación.
- Adjudicar la licitación a un único oferente que haya obtenido el mayor puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos precedentemente.
En el caso de que la DCCP no realice la adjudicación dentro del plazo definido en las presentes bases de licitación, aquélla informará a través del sistema www.mercadopublico.cl dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado y asimismo indicando el nuevo plazo para la adjudicación, según lo que indica el artículo 41, del Reglamento de la Ley N° 19.886.
11.6 Resolución de Empates
En caso de que luego de realizado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más postulantes que hayan obtenido el mismo puntaje, quedando ambas ofertas en condiciones de adjudicar, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios, según orden de prelación definido a continuación:
- Criterio “Experiencia del oferente”
- Criterio “Precio”.
- Criterio “Experiencia del equipo consultor”.
- Criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.
Si aun así el empate se mantiene, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl, revisándose para tales efectos la fecha y hora de ingreso.
11.7 Notificación de Adjudicación
Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los oferentes, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl en el respectivo ID. Luego de notificada la resolución, en caso de ser adjudicada la licitación, se suscribirá el respectivo contrato dentro de los plazos señalados en las presentes Bases. Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.
11.8 Mecanismo para solución de consultas respecto de la adjudicación
Las consultas respecto de la adjudicación podrán ser remitidas, en el plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación, a través del formulario de “Solicitud” disponible en https://ayuda.mercadopublico.cl/reclamosodenuncias/, indicando el ID de la presente licitación. La respuesta será derivada al correo electrónico del interesado dentro de los 10 días hábiles contados desde el término del plazo para realizar las consultas.
11.9 Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desistiere de su oferta, de firmar el contrato, no se inscribiese en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, o no cumpliere los demás requisitos establecidos en las bases para la suscripción del contrato, en los plazos que se establecen en las presentes Bases, la DCCP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje y cumpla los requisitos establecidos en las presentes bases, y así sucesivamente, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
11.10 Validez de la Oferta
Las ofertas tendrán una validez mínima de 120 corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Si dentro del plazo de validez de las ofertas antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación o la readjudicación, la DCCP podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
12 CONDICIONES CONTRACTUALES Y OTRAS CLÁUSULAS
12.1. Suscripción del Contrato
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los 15 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada. Para suscribir el contrato, el proveedor o los proveedores deberán acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la Dirección ChileCompra, el respectivo adjudicatario no se inscribe en el Registro, no presenta los antecedentes legales para contratar o las garantías de fiel cumplimiento del contrato, o bien, no suscribe el correspondiente contrato dentro de los plazos establecidos en las presentes bases, la Dirección ChileCompra entenderá por desistida la oferta, pudiendo dar aplicación a la cláusula de readjudicación de las presentes bases.
12.2. Vigencia del Contrato
El contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y se extenderá hasta la ejecución completa de los servicios referidos en las cláusulas 10.1 y 10.2 y de la entrega de los productos identificados en la cláusula 10.5 de las presentes bases. Con todo, en ningún caso podrá exceder al 31 de diciembre de 2021.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, podrán comenzar a ejecutarse las actividades a contar de la fecha de suscripción del contrato respectivo, con anterioridad a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.
Sin embargo, queda expresamente establecido que no se podrá realizar pago alguno sin la total tramitación del referido acto administrativo y la respectiva recepción conforme de los servicios.
12.3. Plazo de Ejecución de la consultoría
El plazo de entrega para los hitos del servicio contratado, declarados en el punto 10.5 de las presentes bases, estará definido en el plan de trabajo, el cual será presentado por el adjudicatario en su oferta, y luego ajustado por éste, de acuerdo con el análisis de la contraparte técnica DCCP. Este será aprobado por el coordinador técnico del contrato y no podrán superar el plazo de vigencia del contrato.
Se deja constancia que el plazo de ejecución de la totalidad de los servicios no podrá ser superior al plazo de 3 meses, salvo que exista una modificación de contrato.
12.4. Obligaciones del Adjudicatario
El adjudicatario, ya sea persona natural o persona jurídica, se obliga a:
- Cumplir con las instrucciones que sean impartidas por la DCCP a través del administrador del contrato o quien lo subrogue o reemplace.
- Participar en las reuniones fijadas por la DCCP a través del administrador del contrato o su subrogante.
- Realizar y entregar los informes que contengan el trabajo desarrollado y que den cuenta de los servicios solicitados en la cláusula 10.2.
- Mantener la más estricta confidencialidad con la información proporcionada.
- Abstenerse de participar –por sí, representado, a través de una sociedad relacionada o mediante una Unión Temporal de Proveedores– en las licitaciones futuras para el desarrollo de la nueva funcionalidad de la plataforma de licitaciones, en cuyas bases técnicas trabajará atendido el objeto de esta contratación.
- Cumplir las demás obligaciones que impone el presente instrumento.
12.5 Efectos derivados de Incumplimientos (Sanciones)
12. 5. A. Multas por atrasos en la ejecución de las tareas
El proveedor adjudicado será sancionado con el pago de las multas dispuestas en estas bases, por el incumplimiento de los plazos comprometidos para cada épica (Hito), considerando que cada una contempla los siguientes entregables:
Épica 1
- Kickoff, onboarding, acompañamiento, traspaso y Gantt acordada.
- Formalización de procesos y diagramas UML y BPMN.
- Análisis de productos similares, complementarios (Benchmarking) o que cumplan el mismo objetivo.
Épica 2
- Definición de Plataforma/Arquitectura.
- Definición de la Estrategia de implementación (que desarrollará. Que se contratará más estimación de costo preliminar).
Épica 3
- Plan de migración de datos legados.
- Planificación de la ejecución del proyecto (costos finales).
- Bases técnicas más propuesta de bases administrativas y criterios de evaluación.
Respecto de los plazos de entrega de los productos, éstos serán establecidos en base a la Carta Gantt propuesta por el oferente adjudicado, la cual deberá ser revisada por la Dirección ChileCompra en la épica 1, entregable N°0. La definición de la Carta Gantt acordada entre ambas partes deberá realizarse en el plazo máximo de 7 días hábiles después de la reunión de kickoff.
Las multas por atraso se calcularán sobre el valor total que correspondiese pagar en el hito correspondiente, de conformidad a los valores señalados en la cláusula 12.9 de estas bases, de la siguiente forma:
a) Entre 1 y 10 días hábiles, se aplicará una multa de 1% del valor total del hito respectivo, por cada día de atraso injustificado aplicando esta multa desde el primer día de atraso injustificado conforme al tiempo comprometido por Gantt respecto de cada épica o hito.
b) Entre 11 y 20 días hábiles, se aplicará una multa de 2% del valor total del hito respectivo, por cada día de atraso injustificado aplicando esta multa desde el primer día de atraso injustificado, conforme al tiempo comprometido por Gantt respecto de cada épica o hito.
c) Entre 21 días hábiles o más de atraso injustificado: Constituirá causal de término anticipado del contrato, conforme al tiempo comprometido por Gantt respecto de cada épica.
El monto de las multas se cobrará directamente al proveedor, quien deberá pagar en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa o de la resolución que rechaza recurso de reposición, en caso de haberse presentado. En caso de que no se pague dentro de ese plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la DCCP de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer valer la responsabilidad del contratante incumplidor.
Con todo, si las multas cursadas superan el 30% del monto total del contrato, la Dirección ChileCompra pondrá término anticipado al contrato y dará curso al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
De igual forma, si los tiempos de ejecución sobrepasan el plazo máximo de vigencia del contrato señalado en la cláusula 12.2, ello dará fundamento al término anticipado de contrato.
12.5.B. Cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato
La garantía de fiel cumplimiento de contrato podrá ser cobrada en los siguientes casos:
- Incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario con sus trabajadores.
- Cuando el respectivo proveedor adjudicado no pague las multas aplicadas dentro del plazo de 10 días de notificado el cobro.
- Incumplimiento grave de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, imputable al proveedor, siempre y cuando dicho incumplimiento no importe una causal de término anticipado del contrato.
- Cuando por una causa imputable al respectivo adjudicatario, se haya puesto término anticipado al correspondiente contrato en los casos señalados en la cláusula 12.7 de estas bases, con las excepciones allí señaladas.
En caso de cobro de esta garantía derivado del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que imponen estas bases y/o el respectivo contrato, el proveedor deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los 10 días hábiles siguientes contados desde la notificación de su cobro.
En el caso de que el proveedor no reponga dicha garantía dentro de dicho plazo, se procederá en conformidad a lo establecido en la cláusula 12.7, número 9 de las presentes bases.
12.6. Procedimiento para la aplicación de sanciones
A continuación, se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas sanciones:
- Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, cobro de garantía o el término anticipado del contrato (por alguna causal distinta de la establecida en la cláusula 12.7, numeral 1, de las presentes Bases), el administrador del respectivo contrato, designado por la DCCP, notificará al proveedor adjudicado, mediante el módulo de sanciones del aplicativo de control de contratos del Sistema de Información , informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
- A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
- Vencido el plazo indicado en el número anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada de la DCCP, la que deberá ser notificada al proveedor del modo indicado en el literal siguiente.
- Si el adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, esta Dirección tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la DCCP, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado mediante el módulo de sanciones del aplicativo de control de contratos del Sistema de Información, o a través de otro medio verificable en el caso que sea pertinente.
- Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en las letras c y d anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La DCCP tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. Mientras se encuentre pendiente la resolución del recurso de reposición, no se hará efectiva la respectiva sanción.
- La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la sanción finalmente cursada sea una multa, ésta se hará efectiva cobrando directamente al proveedor, quien deberá pagar dentro de un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que rechace el recurso de reposición, y en caso de no pagar en este plazo, se hará efectivo a través del cobro de la o las garantías de fiel cumplimiento.
12.7. Término anticipado del contrato
La DCCP está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
- Cuando de común acuerdo, la DCCP y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, siempre que sea imputable a éste. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
- Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En este caso no procederá el término anticipado si se cauciona suficientemente el incumplimiento del contrato. Este numeral es sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N°20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo. En el caso de una UTP (Unión Temporal de Proveedores) aplica para cualquiera de sus integrantes.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Si se disuelve la empresa adjudicada, o la UTP adjudicada o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada.
- Incumplimiento de uno o más de los compromisos asumidos por el adjudicatario, en virtud del “Pacto de integridad” contenido en estas bases.
- Sin perjuicio de lo señalado en el “Pacto de integridad”, si el proveedor adjudicado, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la Dirección ChileCompra, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo proveedor y la Dirección ChileCompra.
b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución del Contrato.
- No renovación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en los plazos y condiciones establecidas en estas bases.
10.En caso de incumplimiento de la cláusula 12.16 “Cesión de contrato y subcontratación” de las presentes bases de licitación.
11.En caso de incumplimiento de la cláusula 12.10 “Confidencialidad” de estas bases de licitación.
12.Si se detectan situaciones en donde la información proporcionada por el proveedor sea falsa, situación que deberá ser comprobada objetivamente, siendo esta información utilizada para adjudicar la presente licitación. Asimismo, la comprobación de la falta de idoneidad, de fidelidad o de completitud de los antecedentes aportados por el proveedor adjudicado, para efecto de ser adjudicado o contratado.
13.La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la entidad licitante, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.
- En el caso que la aplicación de multas supere el 30% del monto total del contrato, según lo señalado en la cláusula 12.5.A. de estas bases.
- Perder la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por causal de inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la ley de compras. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.
- Reiteración de atrasos injustificados a las actividades programadas dando paso a incumplimientos por parte del Proveedor. No se considerarán como incumplimientos de los SLAs, aquéllos que sean producto de hechos o circunstancias no imputables al Proveedor.
- Si los tiempos de ejecución sobrepasan el máximo establecido en la cláusula 12.2 “Vigencia del Contrato” de las presentes bases.
- En caso de incumplimiento a lo establecido en la cláusula 12.12 sobre “Continuidad de Personal”, cuando los cambios de personal afecten la integridad del contrato.
- Cuando el atraso en la entrega de los hitos o épicas supere los 20 días hábiles, establecidos en el punto 12.5.A de las presentes bases.
En los casos señalados en los numerales 2 a 19, con excepción de los numerales 1 y 4, además del término anticipado del contrato, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la DCCP concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
Para la aplicación de todas las causales de término anticipado previamente señaladas, salvo la del N° 1, procederá el procedimiento de aplicación de sanciones regulado en las presentes bases.
12.8. Presupuesto disponible
El presupuesto máximo disponible para el servicio licitado es de $75.000.000 (CLP) (setenta y cinco millones de pesos chilenos), incluidos los impuestos en caso de que procedan.
En el caso que la oferta supere este monto, será declarada inadmisible.
12.9. Pagos
Los pagos se realizarán por hitos de pagos asociados al cumplimiento de cada uno de los servicios conforme se señala a continuación:
Hitos
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Detalle
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Pago
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Hito 1
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Kickoff, onboarding, acompañamiento, traspaso y Gantt acordada.
Formalización de procesos y diagramas UML y BPMN.
Análisis de productos similares, complementarios (Benchmarking) o que cumplan el mismo objetivo.
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30% del Monto Ofertado
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Hito 2
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Definición de Plataforma/Arquitectura.
Definición de la Estrategia de implementación (que desarrollará. Que se contratará más estimación de costo preliminar)
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30% del Monto Ofertado
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Hito 3
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Plan de migración de datos legados.
Planificación de la ejecución del proyecto (costos finales).
Bases técnicas más propuesta de bases administrativas y propuestas de criterios de evaluación
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40% del Monto Ofertado
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Cada hito debe contar con recepción conforme del Coordinador del Contrato, y una vez aprobados los entregables correspondientes al respectivo hito, se solicitará el envío de la factura o boleta correspondiente al pago.
El proveedor podrá presentar su documento de cobro tributario a la Dirección ChileCompra sólo una vez que ésta haya hecho recepción conforme formal del servicio comprometido en el hito de pago correspondiente. El documento de cobro deberá ser enviada a dipresrecepcion@custodium.com.
En resumen:
Facturación
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Cálculo
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Facturación Hito 1
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(30% * Monto total ofertado) - Multas
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Facturación Hito 2
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(30% * Monto total ofertado) - Multas
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Facturación Hito 3
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(40% * Monto total ofertado) - Multas
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Para tramitar el pago de la prestación de los servicios efectivamente prestados, el adjudicatario deberá entregar a la Dirección ChileCompra junto con cada documento tributario de cobro, lo siguiente:
- Informe del Producto con la recepción conforme de los servicios prestados y entregados, firmado por parte del Administrador del Contrato.
- En caso de que corresponda, un Informe de aplicación de multas.
- En caso de que corresponda, un “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación)” de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores asignados para la ejecución de este servicio.
- En caso de que corresponda, las Liquidaciones de sueldo de los trabajadores que prestan el servicio a la Dirección ChileCompra, correspondiente al mes anterior del cual se procede al pago, debidamente firmado por cada trabajador.
La Dirección ChileCompra se reserva el derecho de revisar los antecedentes presentados.
La DCCP realizará el pago dentro de los 30 días corridos luego de la recepción conforme del documento de cobro.
Los montos por pagar son totales, por ello, los oferentes deberán contemplar los valores como brutos, con todos los impuestos o recargos de otra naturaleza. De este modo, el establecimiento de los valores totales, incluyendo los eventuales impuestos en caso de proceder, es de exclusiva responsabilidad del oferente, no pudiendo luego agregar ningún recargo a la DCCP.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de término anticipado, se pagará sólo el monto correspondiente a los trabajos efectivamente realizados y a los plazos efectivamente trabajados, previa liquidación del contrato.
Los pagos serán realizados con transferencia electrónica. En el caso que el proveedor no posea cuenta alguna, debe darlo a conocer por escrito a la DCCP para así realizar el pago mediante cheque.
12.10. Confidencialidad
El Adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con éste.
El Adjudicatario, así como los profesionales del equipo, que de una u otra manera se hayan vinculado a la ejecución de los servicios licitados, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes vinculados con el desarrollo de dichos servicios. Para ello se le solicitará suscribir declaraciones con compromisos de confidencialidad.
La responsabilidad del respectivo Adjudicatario en este ámbito será solidaria respecto de la de sus administradores, representantes, personeros, empleados, consultores o subcontratistas.
El Adjudicatario debe dar garantías respecto al resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose la DCCP el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del Adjudicatario, durante la vigencia del contrato o una vez finalizado éste, dará pie a que la DCCP entable en su contra las acciones judiciales que correspondan, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados.
Se deja constancia que, en el contrato a suscribir, el equipo consultor del adjudicatario deberá firmar un acuerdo de confidencialidad con la finalidad de resguardar lo anteriormente señalado.
Finalmente, se declara expresamente que queda prohibido tanto al Adjudicatario como a cualquiera de los integrantes del equipo, que participen –por sí, representados, a través de una sociedad relacionada, o mediante una Unión Temporal de Proveedores–, en el o los procesos licitatorios para el desarrollo de la nueva funcionalidad de la plataforma de licitaciones, en cuyas bases técnicas trabajarán atendido el objeto de esta contratación.
12.11. Propiedad de la información
La Oferta técnica presentada por el adjudicatario será de propiedad de la Dirección ChileCompra, no pudiendo hacer uso el adjudicatario de ésta sin la autorización previa y escrita por parte de la misma.
Sin perjuicio de lo anterior, y, en concreto, el producto del trabajo que eventualmente desarrolle el contratista o sus dependientes, con ocasión del contrato, tales como actividades, diagnósticos, diseños, informes, bases de datos, programas computacionales, cualquiera sea el modo o forma de expresión, como programa fuente o programa objeto, y, en general, toda obra que se elabore en cumplimiento del presente convenio, serán de propiedad de la Entidad Licitante, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libre e independientemente, sin limitaciones de ninguna especie.
12.12. Continuidad del personal
En el caso de personas jurídicas, si por algún motivo externo o ajeno a la gestión del proveedor adjudicado, como, por ejemplo, jubilación, muerte, incapacidad médica, renuncia, entre otros, le fuere necesario sustituir al personal (jefe de proyecto y equipo) que presta el Servicio, deberá informar y proponer oportunamente un Cambio de Nómina de Personal, de acuerdo con lo establecido en el siguiente párrafo.
Con objeto de dar continuidad del servicio y mayor efectividad de éste, la Dirección ChileCompra exigirá que, durante el desarrollo y vigencia del contrato, exista continuidad del personal designado para la prestación de cada servicio, con objeto de evitar repetir el proceso de inducción y aprendizaje.
De acuerdo con lo anterior, en caso de ser requerido durante la vigencia del contrato, el adjudicatario, podrá solicitar a la Dirección ChileCompra, a través de su contraparte, en a lo más una sola vez, salvo que concurra alguna causal inimputable al proveedor, el cambio de personal, teniendo en consideración realizarlo con anticipación suficiente para no discontinuar el servicio.
Para la solicitud y aprobación de cambio de personal, deberán considerarse dos elementos:
- La criticidad del proyecto y de la etapa de éste en la que esté involucrado el personal.
- El nuevo personal que se proponga incorporar debe cumplir al menos con los mismos requisitos y calificaciones que cumplía el personal aprobado en el proceso licitatorio.
De ser necesario, se procederá a extender tiempos de prestación del servicio (en conformidad a lo establecido en la cláusula 12.2 de las presentes Bases), en cuyo caso no implicará en forma alguna un aumento en los valores a pagar por parte de la DCCP.
Por tanto, la solicitud de cambio debe ser aprobada por la DCCP, reservándose ésta el derecho de aceptar o rechazar la petición, en cuyo caso, el adjudicatario podrá solicitar o proponer otra persona, hasta que éste sea aceptado por esta Dirección, siempre que el tiempo involucrado en esta gestión, no impacte en el cumplimiento de plazos del contrato. El proveedor adjudicado deberá remplazar a sus profesionales en el mínimo tiempo posible, no pudiendo sobrepasar 10 días corridos, incluido el tiempo de validación de el o los candidatos propuestos a la DCCP. En todo caso, si la DCCP considera que estos cambios afectan la integridad del cumplimiento del contrato, podrá poner Término Anticipado al Contrato.
De acuerdo con lo anterior, el adjudicatario, representado por su Contraparte u otra persona debidamente autorizada, debe asegurarse de informar y entregar, a la Dirección, junto a la Solicitud de Cambio de Nómina de Personal, todos los antecedentes solicitados en el Anexo N°7 “Experiencia Comprobable (Equipo de Trabajo)”, de estas Bases de Licitación, para que esta Dirección evalúe y apruebe la experiencia e idoneidad de la persona propuesta para conformar el equipo de trabajo.
El proveedor del Servicio debe esperar la aprobación escrita por correo o vía e-mail, de la solicitud por parte de la Dirección ChileCompra, antes de operar el contrato con el o los nuevos prestadores de servicio.
El formato de la Solicitud de Cambio de Nómina de Personal será definido por la Dirección ChileCompra, y será entregado al proveedor adjudicado.
Se deja expresa constancia que la DCCP podrá solicitar el cambio de parte o del total del equipo de profesionales propuestos en su oferta, si hay incumplimiento en los entregables. El nuevo profesional propuesto deberá tener la misma o mayor experiencia respecto al profesional a reemplazar, así como también la misma especialización o mayor. Si el proveedor no cumple con el cambio solicitado, ello será causal de término anticipado.
12.13. Coordinador del Contrato
El adjudicatario deberá nombrar a un Coordinador de contrato, quien no podrá ser ninguno de los profesionales que presten el servicio, cuya identidad deberá ser informada a la DCCP previo a la suscripción del contrato.
En el desempeño de su cometido, el Coordinador del contrato deberá, a lo menos:
- Informar oportunamente a la DCCP de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato, con especial atención en los cambios de los profesionales de acuerdo con las indicaciones establecidas en la cláusula 12.12 “Continuidad del personal” de las presentes Bases.
- Representar al Proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
- Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
- Indicar a la DCCP el correo electrónico mediante el cual se realizarán las comunicaciones oficiales entre ambas partes.
Todo cambio relativo a la designación efectuada deberá ser informada por el proveedor al responsable de administrar el contrato por parte de la DCCP, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o cambio, al correo electrónico institucional del funcionario. La DCCP podrá rechazar o aprobar dicha designación. En caso de rechazo, el proveedor deberá nombrar otro coordinador y seguir el mismo procedimiento señalado precedentemente.
12.14. Supervisión, Coordinación y Administración del Contrato por parte de la Dirección ChileCompra
La DCCP definirá una contraparte técnica/administrador del contrato, para la coordinación del respectivo contrato, la que ejercerá las siguientes funciones, sin perjuicio de aquellas expresamente establecidas para los administradores de contratos, de acuerdo con las disposiciones internas de la DCCP. Entre otras, deberá ejercer las siguientes funciones:
- Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases para el oportuno cumplimiento del contrato.
- Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.
- Dar visto bueno a los informes y recepción conforme de los servicios.
- Realizar las coordinaciones necesarias cuando se lleve a efecto una modificación de contrato, elaborando informe técnico, solicitándole la renovación de la garantía de fiel cumplimiento al proveedor de ser procedente, remitiéndole el documento para firma, etc.
- Autorizar adecuaciones relativas al plan de trabajo, y en general atender y resolver situaciones emergentes no consideradas.
- Colaborar y asistir al personal de apoyo en la obtención de la información pertinente para llevar adelante las funciones solicitadas.
- Gestionar la autorización de los pagos programados según se haya establecido en el Contrato de Prestación de Servicios.
- Determinar la aplicación de las sanciones que se estipulen en el Contrato, según corresponda.
- Las demás que le encomiende el presente instrumento.
12.15. Modificación de Contrato
El contrato podrá modificarse por las siguientes causales:
- Mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Las demás que se establezcan en las presentes Bases de la licitación o en el contrato.
Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados. La modificación, si la hubiere, no podrá referirse a los elementos esenciales del contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar su naturaleza u objeto, debiendo ser autorizada por el correspondiente acto administrativo contando con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente. En el caso que la modificación implique un aumento de plazo del contrato, el proveedor deberá entregar una nueva garantía de fiel cumplimiento, cuya vigencia no podrá ser inferior a 60 días hábiles posteriores a la fecha de término del contrato.
La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato y deberá tramitarse totalmente antes que culmine la vigencia del contrato que se desea modificar, manteniendo, en todas las instancias, las condiciones contractuales previamente consensuadas.
12.16. Cesión de contrato y subcontratación
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la DCCP.
Por lo tanto, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquéllos.
Asimismo, se encuentra prohibida la subcontratación de servicios.
Por su parte, el Administrador de Contrato de la DCCP deberá exigir al proveedor la entrega de un documento que acredite la relación jurídica entre éste y el o los profesionales que participarán en la prestación de los servicios, tales como contratos de trabajo y/o contratos de prestación de servicios, entre otros que resulten procedentes para tales efectos.
La infracción de estas prohibiciones será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan, de acuerdo con lo establecido en la cláusula 12.7. N°10 de las presentes bases.
12.17. Estándares de probidad
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
12.18. Pacto de Integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
- El oferente se compromete a no infringir los derechos humanos de terceros y a hacerse responsable respecto de las eventuales infracciones a dichos derechos, en la medida que le sean imputables, de acuerdo con lo señalado en los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas elaborados por Naciones Unidas y aprobados por Chile.
Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la numeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.
12.19. Acreditación de cumplimiento remuneraciones o cotizaciones de seguridad social y cumplimiento de normas laborales
Durante la vigencia del contrato suscrito, el adjudicatario deberá acreditar mediante una declaración jurada, según formato del Anexo N°4 - Declaración Jurada N°3, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Este Anexo deberá ser presentado a la mitad de la vigencia del contrato, con un máximo de seis meses, desde el inicio de la ejecución del respectivo servicio. Sin perjuicio de ello, la Dirección ChileCompra también podrá solicitar al adjudicatario, en cualquier momento, la presentación de certificados de la Dirección del Trabajo u otros antecedentes que estime pertinentes para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas, en el caso que corresponda.
En el caso de UTP, cada integrante de la misma deberá presentar dicho anexo.
Lo anterior es sin perjuicio de la documentación exigida para cursar cada pago asociado al contrato.
El Contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
Asimismo, y tal como se puntualizara en la cláusula 12.9 “Pagos”, si corresponde, la DCCP exigirá al adjudicatario, antes de proceder al pago, el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a aquél correspondan respecto a sus trabajadores, mediante el “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales”, otorgado por la Dirección del Trabajo, y la nómina de aquellos trabajadores que intervengan en la prestación del servicio objeto de la presente licitación.
En consecuencia, el Contratista será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o profesionales contratados para los efectos de la prestación de estos servicios.
Si por cualquier causa la Dirección dejara de efectuar o se abstuviera de cursar un pago, ello no podrá ser considerado o esgrimido por el Contratista para dejar de pagar las remuneraciones u honorarios de sus trabajadores o profesionales.
La Dirección se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la Contraparte Técnica, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivos, por parte de la Dirección, su derecho a ser informada y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código. Cada negativa a entregar dicha documentación, aunque sea respecto del mismo período, se considerará como una infracción distinta, con un límite de 3 negativas, y la cuarta negativa se considerará un incumplimiento grave.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el Contratista, sus trabajadores, o integrantes de los equipos presentados por estos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con esta Dirección.
El Adjudicatario y el personal bajo su dependencia se obligan a respetar las normas internas e instrucciones de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
12.20. Documentos integrantes.
La relación contractual que se genere entre la Dirección ChileCompra y el Adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos:
i. La Ley N°19.886 y su Reglamento.
ii. Bases de Licitación y sus Anexos.
iii. Consultas, Respuestas y las Aclaraciones derivadas del procedimiento estipulado en las Bases Administrativas.
iv. Las modificaciones de las Bases, si las hubiere.
v. Resolución de Adjudicación.
vi. Oferta Adjudicada.
vii. Contrato definitivo suscrito entre las partes.
viii. Orden de Compra.
Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, en forma tal que se considerará parte del contrato cualquiera obligación que aparezca en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases, como marco básico.
ANEXO N° 1: Formulario Datos del Oferente
(Declaración para ofertar)
“LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS ASESORÍA EXPERTA Y APOYO TÉCNICO PARA EL DISEÑO Y ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE UNA NUEVA PLATAFORMA DE LICITACIÓN EN EL SISTEMA DE MERCADOPUBLICO”
A) DATOS DEL OFERENTE
Nombre Representante Legal o nombre persona natural.
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Cargo
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Razón social, nombre persona natural o razón social de integrante UTP que presenta oferta
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En caso de ser UTP, indicar nombre de la misma
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RUT Oferente o de integrante UTP que presente oferta
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Dirección
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Ciudad
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Teléfono
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E-mail
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Web del oferente
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B) DATOS DEL CONTACTO DEL OFERENTE
Nombre Contacto Licitación
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Dirección
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Ciudad
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Teléfono
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Celular (opcional)
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Fax
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E-mail
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Firma Representante Legal, persona natural o apoderado UTP que presenta oferta
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Fecha
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ANEXO N° 2: Declaración Jurada N°1 - (Inhabilidades por condenas)
(ESTE ANEXO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES)
“LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS ASESORÍA EXPERTA Y APOYO TÉCNICO PARA EL DISEÑO Y ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE UNA NUEVA PLATAFORMA DE LICITACIÓN EN EL SISTEMA DE MERCADOPUBLICO”
Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , Rut: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación de servicios de consultoría que permita diseñar nuevas soluciones o mejorar soluciones existentes, que guíen las tareas que deben realizar las entidades públicas para utilizar las nuevas modalidades de compra, declaro bajo juramento que:
- No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta.
- No he sido condenado, o mi representada no ha sido condenada, por el Tribunal de la Libre Competencia, dentro de los 5 años anteriores, contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada, con la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración, contemplada en el artículo 26, letra d), del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N°211, de 1973.
- Asimismo, declaro que, si mi representada fuera una persona jurídica, no ha sido condenada con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
- Por último, declaro bajo juramento que, esta persona natural o jurídica, ni sus dependientes o asociados, tienen alguna inhabilidad o incompatibilidad establecida en la legislación vigente, que les impida realizar ofertas o ser adjudicatarios de procesos licitatorios de la Administración del Estado.
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NOTAS:
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ANEXO N°3: Declaración Jurada N°2 - (Sin conflictos de interés)
(ESTE ANEXO DEBERÁ SER COMPLETADO EXCLUSIVAMENTE POR PROPONENTES QUE PRESENTEN SU OFERTA A TRAVÉS DE UNA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES, SALVO EN EL CASO DEL INTEGRANTE UTP QUE INGRESA LA OFERTA EN EL SISTEMA QUIEN REALIZARÁ LA DECLARACIÓN MEDIANTE LA DECLARACIÓN JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR)
“LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS ASESORÍA EXPERTA Y APOYO TÉCNICO PARA EL DISEÑO Y ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE UNA NUEVA PLATAFORMA DE LICITACIÓN EN EL SISTEMA DE MERCADOPUBLICO”
Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , Rut: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación de servicios de consultoría que permita diseñar nuevas soluciones o mejorar soluciones existentes, que guíen las tareas que deben realizar las entidades públicas para utilizar las nuevas modalidades de compra, declaro bajo juramento que:
- No soy funcionario directivo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, ni tengo algún vínculo descrito en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, con alguno de sus directivos;
- La sociedad que represento no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la DCCP, o las personas unidas a ellos por los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, formen parte; o
- Mi representada no es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que una o más de las personas indicadas en el N° 2 anterior sean accionistas; y
- Mi representada no es una sociedad anónima abierta en que alguna de las personas indicadas en el N° 2 precedente sea dueña de acciones que representen el 10% o más del capital.
- No soy gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas.
- Asimismo, declaro conocer que los vínculos descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, son los siguientes: cónyuge, hijos, adoptados y parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
- La información contenida en la presente declaración deberá estar permanentemente actualizada.
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ANEXO N°4: Declaración Jurada N°3 - (Deudas vigentes con trabajadores)
(Declaración para contratar)
“LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA CONTRATACION DE SERVICIOS ASESORÍA EXPERTA Y APOYO TÉCNICO PARA EL DISEÑO Y ELABORACIÓN DE PROPUESTA DE UNA NUEVA PLATAFORMA DE LICITACIÓN EN EL SISTEMA DE MERCADOPUBLICO”
Yo, , cédula de identidad N° , con domicilio en en representación de , Rut: , del mismo domicilio, para la licitación pública para la contratación de servicios de consultoría que permita diseñar nuevas soluciones o mejorar soluciones existentes, que guíen las tareas que deben realizar las entidades públicas para utilizar las nuevas modalidades de compra, declaro bajo juramento que mi representada:
(En el espacio en blanco a continuación, favor indicar “Sí” o “No”, según corresponda)
____ registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Asimismo, declaro que por este acto vengo en ratificar todo lo obrado por el proveedor que represento en la licitación que resultó adjudicada, sea que se trate de actuaciones efectuadas por personas con poder suficiente para representarla o no.
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