Resolución de Empates |
En caso de haber igualdad de puntaje entre dos o más ofertas, la adjudicación se dirimirá considerando en primer término aquella propuesta que haya obtenido el mejor puntaje en la oferta técnica. Si persistiera el empate, se dirimirá, en segundo término, considerando la oferta económica. En cualquiera de los casos, para dirimir los puntajes se considerará hasta el tercer decimal.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas sobre la adjudicación se deberán formular a través de correo electrónico dirigido a la Unidad de Adquisiciones (unidaddeadquisiciones@senama.cl) y las respuestas se entregarán por el mismo medio en un plazo no superior a las 24 horas siguientes a efectuada la consulta, siempre que ello no ocurra en fin de semana o días festivos. Estas respuestas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, de manera que dicha consulta y la posterior respuesta o aclaración esté disponible para todos los potenciales participantes en la licitación.
Los proponentes no adjudicados que estimen pertinente efectuar algún reclamo podrán presentarlo a la Dirección Nacional del SENAMA, por escrito y en un plazo máximo de 3 (tres) días, contados desde la fecha de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La respuesta del/la Director/a será remitida por carta, a más tardar dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de recibida la reclamación.
No obstante lo anterior, también podrán presentar dicha reclamación a través de los canales disponibles en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en cuyo caso, la respuesta por parte de SENAMA, se realizará por el mismo medio, en un plazo de 48 horas, luego de recibida la reclamación, siempre que ello no ocurra en fin de semana o días festivos.
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De los participantes y del pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o de los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o de los contratos que de ello se deriven.
b) Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, y transparencia en el presente proceso licitatorio.
c) Garantizar y aceptar que conoce y que respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
d) Aceptar y asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
Finalmente, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
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Presentación de la Propuesta Técnica |
Cada oferente podrá presentar sólo una propuesta para el servicio requerido. En caso que un mismo proponente oferente dos o más propuestas del mismo servicio, SENAMA entenderá como válida únicamente la última oferta subida al portal www.mercadopublico.cl, las anteriores serán descalificadas de plano en el acto de apertura electrónica, dejándose constancia de ello.
El archivo con la “Propuesta Técnica”, deberá contener lo requerido en las Bases Técnicas de esta licitación, debiendo los proponentes utilizar dichas especificaciones como referencia y debiendo completar los Anexos N° 6, confeccionados para esto.
Asimismo, el proponente deberá adjuntar como anexo toda la documentación de apoyo a su propuesta, identificando el número de anexo, el nombre y los fines para los que se presenta o cualquier otra información que el oferente considere relevante para su oferta.
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Presentación de la Oferta Económica |
El archivo con la “Oferta Económica” deberá contener la estimación del costo total de la propuesta, incluyendo cualquier otro gasto que de su prestación se derive.
El presupuesto referencial para esta contratación, correspondiente a $ 7.200.000.- (Siete millones doscientos mil), IVA incluido.
Los montos ofertados deberán ser expresados en pesos chilenos, en el Anexo N°7, señalando por separado los valores netos, I.V.A., monto total y no podrá realizar reajuste alguno.
Los costos en que incurra el proponente, derivados de la formulación de la propuesta, serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de rechazarse la propuesta.
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Validez y apertura electrónica de las ofertas |
La propuesta deberá tener una validez de a lo menos sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de cierre del plazo para su presentación.
La apertura de los anexos administrativos, técnicos y oferta económica solicitados se efectuará en una etapa, de acuerdo al artículo 34° del Reglamento contenido en el Decreto de Hacienda N° 250 de la Ley N° 19.886.
En primera instancia se verificará la inclusión, en formato digital, de cada uno de los anexos administrativos, Técnicos y Oferta Económica solicitados en las presentes bases, la cual se realizará por un profesional de la Unidad de Adquisiciones y el Encargado de esta Unidad según el siguiente recuadro:
Requisito Cumple No cumple
La proponente presenta Oferta Técnica, Económica y antecedentes Administrativos solicitados.
Aquellas propuestas que cumplan con la totalidad de los requisitos señalados anteriormente, serán sometidas al proceso de evaluación que estará a cargo de la comisión evaluadora señalada en el punto 13 de las presentes bases.
La oferta de aquel proponente que en definitiva no haya acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas bases será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite, sin que se proceda a la evaluación de su oferta.
El cuadro resumen con las ofertas recepcionadas y el nombre del respectivo oferente se publicará en el Sistema de Información.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito no se pudiere realizar la Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y correctamente ingresadas, al Servicio podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
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Derecho a pedir aclaraciones y contacto con el oferente |
La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicos u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información www.mercadopublico.cl.
Igualmente, la Comisión Evaluadora podrá permitir La presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
En los casos antes mencionados se otorgará un plazo fatal de 24 horas, contadas desde su comunicación al oferente por parte de la SENAMA, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
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Factores, criterios y ponderación |
FACTORES PONDERACIÓN
Propuesta Técnica 45%
Propuesta Económica 50%
Cumplimento requisitos formales 5%
TOTAL 100%
El puntaje máximo que se puede obtener es de 10 puntos, construyéndose el mismo a partir de la calificación obtenida en cada uno de los factores de evaluación (con notas de 1 a 10) y su respectiva ponderación
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Aplicación de descuentos |
a. OFERTA SUSTENTABLE
Multas ante la Inspección del Trabajo: Los proponentes deberán presentar el certificado de antecedentes laborales y previsionales, relativo a la existencia o no de multas en la Inspección del Trabajo, ya sea por despidos injustificados, no respeto de la duración máxima de la jornada laboral, no pago de horas extraordinarias, o cualquiera otra causa que vulnere los derechos del trabajador, esto con sus actuales trabajadores o de trabajadores contratados dentro de los dos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. SENAMA se reserva el derecho de confirmar la información proporcionada.
Susceptibilidad de la oferta Porcentaje descuento
El oferente no presenta información o presenta antecedente que evidencie una o más multas -0,5%
Para oferentes nuevos y UTP (uniones temporales de proveedores), (sin transacciones en www.mercadopublico.cl que figuran como “sin ventas en Mercado Público”) se entenderá que no registran nota, por lo tanto, no se puede aplicar la formula y no se le restara puntaje.
b. COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR
Para la evaluación de este criterio, se utilizará el comportamiento contractual anterior del oferente respecto de los procesos en compras públicas de los últimos 24 meses móviles, considerando el Comportamiento Base de la semana del cierre de presentación de oferta, evaluación obtenida desde la Ficha del Proveedor del Registro de Proveedores de Mercado Público.
Comportamiento contractual anterior Porcentaje descuento
El oferente ha sido calificado con notas promedio inferiores a 2,0 en servicios anteriores -0,5%
El oferente ha sido calificado con notas promedio que van desde un 2,0 hasta un 2,99 en servicios anteriores -0,25%
El oferente ha sido calificado con notas promedio que van desde un 3,0 hasta un 5,0 en servicios anteriores -0%
Para oferentes nuevos (sin transacciones en www.mercadopublico.cl que figuran como “sin ventas en Mercado Público”) se entenderá que no registran nota, por lo tanto, no se puede aplicar la formula y no se le restara puntaje.
Para UTP (uniones temporales de proveedores) la nota del oferente que se considerará en la evaluación será el promedio de las notas de cada integrante, obtenidas desde la Ficha del Proveedor, en caso de que la UTP incluya oferentes nuevos, se entenderá que no registran nota, por lo tanto, no se puede aplicar la formula y ellos (los proveedores nuevos) no aportarán con nota al promedio total.
Puntaje mínimo de Adjudicación: Las ofertas deberán obtener a lo menos un 60% del puntaje máximo ponderado, equivalente a 6 puntos.
Se confeccionará un cuadro comparativo que establezca el orden de prelación entre los oferentes evaluados, el cual estará dado por el puntaje que obtenga cada uno.
En caso de haber igualdad de puntaje entre dos o más ofertas, la adjudicación se dirimirá considerando en primer término aquella propuesta que haya obtenido el mejor puntaje en la oferta técnica. Si persistiera el empate, se dirimirá, en segundo término, considerando la oferta económica. En cualquiera de los casos, para dirimir los puntajes se considerará hasta el tercer decimal.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desiertas |
SENAMA se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las ofertas, por incumplimiento de los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
Además, el Servicio podrá declarar desierta la licitación cuando no de presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes para sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
Por otra parte, a solicitud del Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional, se podrá asignar el estado “suspendida” a la licitación, lo que permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días y, posteriormente, seguir con el curso normal de la misma. Este estado puede asignarse desde la publicación de las bases hasta la adjudicación.
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De la adjudicación y su notificación |
El Servicio Nacional del Adulto Mayor, mediante acto administrativo, adjudicará la licitación al proponente mejor evaluado.
La adjudicación se efectuará a través de una resolución exenta de la autoridad competente, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por notificada al oferente adjudicado transcurridas 24 horas desde su publicación.
En la resolución de adjudicación se especificarán los criterios de evaluación que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de la oferta más conveniente.
SENAMA tendrá un plazo de hasta 15 (quince) días hábiles, a partir de la fecha de apertura técnica y económica, para publicar en el Sistema Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, el resultado del proceso de evaluación.
Dicho plazo podrá ampliarse hasta un máximo de 10 (diez) días hábiles adicionales, a solicitud de la Comisión de Evaluación y por razones justificadas. De ser el caso, SENAMA informará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, el nuevo plazo para realizar la adjudicación de la licitación.
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Antecedentes para la emisión de la orden de compra |
Una vez notificada la adjudicación al proponente, SENAMA le comunicará a través de correo electrónico dicha adjudicación. En la citada comunicación se indicará el plazo en que emitirá la orden de compra, documento que formalizará el acuerdo de contratación de los servicios entre las partes, pudiendo contener documentos anexos que aclaren o especifiquen los servicios contratados.
En caso que el proponente adjudicatario no esté inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado, Chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo máximo de 10 (diez) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Si dicho trámite de inscripción no se realiza en el mencionado plazo, SENAMA procederá a anular la adjudicación, en cuyo evento podrá re adjudicar al proponente que ocupe el siguiente lugar en el proceso de evaluación de propuestas.
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Derecho a ampliar el servicio |
SENAMA podrá incrementar o disminuir en hasta en un 30% el valor contratado, esto en el entendido del aumento o disminución de la dotación de vehículos institucionales. En estos casos se deberá indicar al adjudicatario los vehículos que se incorporarán o se quitarán del contrato.
En el caso que las modificaciones antes indicadas, incidan en el plazo convenido, éste deberá ser modificado en la proporción correspondiente.
Los aumentos o disminuciones serán solicitadas sólo por la contraparte técnica, a través de un Informe Técnico que lo fundamente y no podrán ser ejecutados sino hasta contar con el V°B° de la Dirección Nacional.
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Prórroga del Servicio contratado |
El SENAMA podrá prorrogar el plazo de prestación de los servicios hasta por un máximo de 3 meses, en caso de que no se hubiese renovado su contratación y el servicio correspondiente al año 2024 no se hubiese adjudicado a la fecha de término de la contratación a que de origen la presente licitación.
El valor del servicio será reajustado para el período de prórroga respectivo, conforme la variación que haya experimentado el IPC en los últimos 12 meses.
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Causales de término anticipado |
Podrá ponerse término anticipado al contrato de común acuerdo entre las partes. SENAMA se reserva el derecho de poner término al contrato en forma administrativa, unilateral y anticipadamente y sin forma de juicio, si el proponente seleccionado incurriera en alguna de las siguientes causales durante la ejecución del mismo:
a. Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, en cuanto a plazos, trabajos o alcance de las labores contratadas, entre otras, sin causa justificada, lo que será calificado fundadamente por el contratante.
Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones, entre otras, si el proceso de evaluación de la calidad del servicio arroja como resultado una calificación deficiente.
b. Si el adjudicatario no acatase los requerimientos o instrucciones de la contraparte técnica del contrato.
c. Por entrega incompleta de los servicios, aun cuando esto pudiera ser reparado.
d. Si el proponente adjudicatario estuviese sometido al procedimiento concursal de liquidación, o le fuesen protestados documentos comerciales que se mantuvieron impagos durante más de sesenta días o no fuesen debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
e. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, contados a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f. Si la persona jurídica se disolviera.
g. Si se presentasen situaciones de fuerza mayor, imprevista o casos fortuitos, que impidan al proponente adjudicatario ejecutar parte o la totalidad de servicio, siempre y cuando la circunstancia sea de tal envergadura o gravedad, que haga imposible el cumplimiento total del servicio encomendado.
h. Si la prestación del servicio fuera calificado como deficiente en dos procesos de evaluación, dando aviso por escrito con 30 días de anticipación.
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Multas |
26.1 SANCIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO:
En caso de incumplimiento del proveedor, se aplicarán las siguientes multas:
El no cumplimiento o incumplimiento parcial en cuanto al alcance o productos de los servicios contratados, podrá originar una multa que podrá variar entre 5 (cinco) y 20 (veinte) Unidades Tributarias Mensuales, montos que serán calificados por SENAMA. Asimismo, si el adjudicatario incurriese en atrasos en la entrega de los servicios comprometidos, por causas que no sean imputables a SENAMA, este podrá aplicar una multa de 1 (una) Unidad de Fomento, por cada día de atraso.
26.2 APLICACIÓN DE LAS MULTAS
Las multas se aplicarán por acto administrativo fundado del Servicio Nacional del Adulto Mayor, previo Informe fundado elaborado por la Contraparte Técnica, labor que le corresponderá al/la Encargado de la Unidad de Administración Interna o quien lo reemplace, el cual deberá contener, a lo menos:
1.- Identificación del Proveedor.
2.- Descripción del incumplimiento, el cual deberá contener a lo menos:
a) La indicación de las situaciones constitutivas de incumplimiento y conforme con lo anterior.
b) Documentación de respaldo de lo informado.
3.- Monto de la multa propuesto.
4.- Firma de la Contraparte técnica.
Dicho Informe se remitirá a la Unidad Jurídica del Servicio, para la tramitación correspondiente.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos, y sin perjuicio de la facultad que tiene SENAMA para poner término anticipado al contrato.
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Procedimiento aplicación de multas |
En caso de determinarse la procedencia de aplicar la medida, SENAMA notificará por escrito al Proveedor mediante Oficio remitido por carta certificada indicando la causa que lo motiva y la medida que se aplica y adjuntando copia del informe respectivo que fundamenta la aplicación de la medida, y de la Resolución Exenta que aprueba su aplicación. La carta certificada será enviada al domicilio indicado en la comparecencia al presente proceso, o a falta de éste, al designado por el Proveedor en su registro en Chileproveedores, entendiéndose practicada la respectiva notificación a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
El Proveedor podrá reclamar por escrito de la aplicación de la multa dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación. SENAMA resolverá, mediante resolución fundada, la reclamación presentada ya sea acogiendo los descargos del Proveedor y atenuando o dejando sin efecto la multa, o bien rechazando los argumentos y confirmando la aplicación de la multa respectiva. SENAMA notificará por escrito al Proveedor la resolución que resuelve el reclamo mediante Oficio remitido por carta certificada conforme a lo previsto en el párrafo precedente, adjuntando la respectiva Resolución Exenta.
En contra de la resolución que aplica la o las medidas procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La interposición de los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880 no suspenderá el término anticipado del contrato en caso que procediere. Respecto de esta, SENAMA procederá a cobrarla y hacerla efectiva sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de cláusula penal y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza.
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Pago |
El pago del servicio se realizará en una cuota, correspondiente al monto total de la prima, contra la entrega de la póliza debidamente aprobados por la contraparte técnica de SENAMA y la presentación del documento tributario de cobro correspondiente, emitido por la empresa a nombre del Servicio Nacional del Adulto Mayor. Previo a la emisión de la factura, la Contraparte Técnica Nacional deberá dar la respectiva visación, al supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el cumplimiento de los objetivos y de los plazos acordados para la prestación del servicio comprometidos en la propuesta. Dicho pago se realizará en un plazo no superior a los 30 días contados desde la fecha de recepción del mencionado documento en la casilla senamarecepcion@custodium.com, única recepción válida, en formato XML, o cualquier otra que el servicio disponga en el futuro.
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Contraparte técnica |
Los servicios que se licitan se ejecutarán bajo la supervisión y coordinación de la Contraparte Técnica Nacional de SENAMA, labor que le corresponderá al Encargado de la Unidad de Administración Interna o a quien este designe.
Se hace presente que el funcionario que actúe como contraparte técnica, será quien podrá autorizar con su nombre y firma la prestación de servicios adicionales.
SENAMA se relacionará con el oferente seleccionado (tanto en los aspectos técnicos como operacionales, a través de la contraparte técnica). Se coordinarán reuniones de trabajo durante la ejecución del servicio, entre otras, con las siguientes finalidades:
• Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el cumplimiento de los objetivos y de los plazos acordados.
• Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por SENAMA.
• Colaborar y asistir al adjudicatario en la obtención de información y documentos que se requieran para prestación del servicio encomendado.
• Autorizar y visar pago, según lo establecido en las presentes bases administrativas
La contraparte técnica tendrá la responsabilidad de guiar el o los servicios contratados para asegurar el alcance de los objetivos, resultados y productos esperados, pudiendo requerir para este fin, la corrección, rectificación, ampliación, especificación de los servicios, así como también cualquier otra medida preventiva o correctiva en la realización del mismo.
La contraparte técnica deberá, asimismo, aprobar o rechazar los servicios entregados por la adjudicataria y podrá solicitar la aplicación de multas de acuerdo a los criterios especificados en las presentes bases administrativas
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Resolución de situaciones de fuerza mayor |
En caso de que antes o durante la ejecución del servicio se presentasen situaciones de fuerza mayor, imprevistos o casos fortuitos, que impidan al proponente adjudicatario ejecutar parte o la totalidad del mismo, éste estará obligado a dar cumplimiento con lo ofertado, una vez que se haya resuelto la o las situaciones(es) antes señalada(s) de que se tratase, salvo que la circunstancia sea de tal envergadura o gravedad, que haga imposible el cumplimiento del servicio encomendado. De ser el caso, se dará término anticipado al contrato de prestación de servicios, de acuerdo a las causales señaladas en las Bases de Licitación.
Toda situación de esta índole, deberá ser debidamente acreditada por SENAMA o el adjudicatario, según corresponda.
De ser el caso, el adjudicatario deberá coordinar con la contraparte técnica de SENAMA el nuevo plazo o fecha para su total cumplimiento.
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Confidencialidad |
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la prestación de los servicios contratados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquellos
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la prestación del servicio, en cualquiera de sus etapas, deben guardar reserva de los antecedentes relacionados con el desarrollo de los mismos.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del vínculo contractual o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de reserva permanece indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
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Disposiciones Varias |
a. Todos los equipos, materias primas, útiles y en general, todos los insumos necesarios para llevar a cabo los servicios a que se refiere la propuesta, serán de cargo exclusivo del adjudicatario.
b. Los eventuales conflictos que se puedan producir entre SENAMA y la adjudicataria serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los Tribunales Ordinarios de Justicia.
c. SENAMA queda liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables al adjudicatario, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento contractual, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del adjudicatario.
d. Los eventuales daños que el personal de la empresa adjudicataria cause a los bienes, instalaciones, información y documentación de SENAMA, como también daños a terceros, serán cubiertos por la adjudicataria.
e. La ejecución del servicio será supervisada por la contraparte técnica, que controlará y evaluará los trabajos solicitados y, asimismo, verificará el cumplimiento de las instrucciones que se hayan impartido al efecto.
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