Licitación ID: 1300-30-LE24
Reparación de sistema de climatización ELEAM Arica
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR, Servicio Nacional del Adulto Mayor
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
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Productos o servicios
1
Instalación, reparación o mantenimiento de sistemas de calefacción 1 Unidad
Cod: 72102302
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REPARACIÓN DE COMPONENTES DEL SISTEMA DE CLIMATIZACIÓN ELEAM DE ARICA, REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Reparación de sistema de climatización ELEAM Arica
Estado:
Adjudicada
Descripción:
APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE REPARACIÓN DE COMPONENTES DEL SISTEMA DE CLIMATIZACIÓN ELEAM DE ARICA, REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
SERVICIO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR
Unidad de compra:
Servicio Nacional del Adulto Mayor
R.U.T.:
61.961.000-8
Dirección:
Catedral N°1575, Oficina 21, Santiago
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 01-07-2024 15:30:00
Fecha de Publicación: 14-06-2024 11:53:00
Fecha inicio de preguntas: 18-06-2024 9:00:00
Fecha final de preguntas: 21-06-2024 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-06-2024 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 01-07-2024 15:35:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 01-07-2024 15:35:00
Fecha de Adjudicación: 29-07-2024 8:42:00
Fecha de entrega en soporte fisico 07-06-2024
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
Visita en Terreno obligatoria: Presentarse en Calle 6, Sector El Alto, Arica. Contacto: María Paz Choque/mchoque@senama.cl 19-06-2024 11:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos 1-6
Documentos Técnicos
1.- Anexo 7
 
Documentos Económicos
1.- Anexo 8
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del oferente en rubro solicitado Se evaluará de acuerdo a los antecedentes entregados por el oferente, lo cual no puede ser inferior a lo solicitado en las bases técnicas y debe ser expresado en el anexo N°7. Adicionalmente el oferente deberá proporcionar currículum y documentos tributarios afines; Órdenes de Compra y/o Facturas con trabajos equivalentes. El Puntaje será asignado conforme a tabla indicada en bases. 15%
2 Calidad de la oferta técnica Este factor se evaluará de acuerdo a los materiales especificados en la propuesta técnica y a lo solicitado en las bases técnicas y debe ser expresado en el anexo 7. El puntaje será asignado conforme a lo indicado en tabla de bases de licitación. 25%
3 Garantía de los trabajos Este factor se evaluará de acuerdo al plazo de garantía explicitado en la oferta. El puntaje máximo, corresponderá a la oferta de mayor plazo, lo cual no puede ser inferior a lo solicitado en las bases técnicas. Para determinar el puntaje de las otras ofertas se aplicará la fórmula detallada en bases. 15%
4 Plazo de ejecución de los trabajos Este factor se evaluará de acuerdo al plazo explicitado en la oferta, el cual no puede ser mayor a 50 días corridos. El puntaje máximo, corresponderá a la oferta de menor plazo. Para determinar el puntaje de las otras ofertas se aplicará la fórmula detallada en bases. 10%
5 Cumplimiento de requisitos formales Las ofertas de aquellos proponentes que hayan presentado la totalidad de los antecedentes requeridos en bases de licitación serán evaluados con un 5% del puntaje total posible de obtener, según se indica en la tabla detallada en bases de licitación. 5%
6 Precio ofertado Se evaluará el precio de las ofertas, correspondiendo el más alto puntaje a la propuesta de menor valor, lo que debe ser especificado en el anexo N° 8. Para determinar el puntaje de las otras ofertas se aplicará la fórmula detallada en bases de licitación. 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 20000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Rosa Seyssel
e-mail de responsable de pago: rseyssel@senama.cl
Nombre de responsable de contrato: Danitza Angulo
e-mail de responsable de contrato: dangulo@senama.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-25853500-Anexo 214
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional del Adulto Mayor, R.U.T: 61.961.000-8
Fecha de vencimiento: 11-11-2024
Monto: 5 %
Descripción: El proponente adjudicatario garantizará su fiel y oportuno cumplimiento, acompañando un documento de garantía pagadero a la vista y de carácter irrevocable, tomado por uno o varios integrantes del proponente. La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso de que se otorgue de manera física, los oferentes deberán presentarla en la Oficina de Partes de SENAMA, ubicada en Calle Catedral N° 1575, piso 1, comuna de Santiago, en horario de 09:00 a 12:00 hrs. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firmas Electrónicas y Servicios de Certificación de dicha firma y podrá enviarse a la casilla licitaciones@senama.gob.cl. El plazo de vigencia de la garantía corresponderá a la duración del contrato (50 días corridos), aumentado en un periodo de 90 días corridos a contar del término del mismo. El plazo establecido para la entrega del documento de garantía de fiel cumplimiento es de 10 días hábiles desde la notificación de adjudicación. En caso de que el proponente adjudicado no haga entrega de la documentación solicitada, se dejará sin efecto la adjudicación y se podrá re adjudicar al proponente que ocupe el siguiente lugar en el proceso de evaluación de las propuestas. El contratista tendrá la obligación de mantener vigente la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, si hubiere alguna modificación de monto y plazo de este.
Glosa: Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato correspondiente a la ID…. y el pago de las obligaciones previsionales que se deriven de la prestación del servicio
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía le será restituida una vez ejecutado totalmente el servicio y que se haya emitido el informe de conformidad correspondiente, por parte de la contraparte técnica de SENAMA. Su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Las consultas sobre la adjudicación se deberán formular a través de correo electrónico dirigido a la Unidad de Adquisiciones (licitaciones@senama.gob.cl) y las respuestas se entregarán por el mismo medio en un plazo no superior a las 24 horas siguientes a efectuada la consulta, siempre que ello no ocurra en fin de semana o días festivos. Estas respuestas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, de manera que dicha consulta y la posterior respuesta o aclaración esté disponible para todos los potenciales participantes en la licitación.Los proponentes no adjudicados que estimen pertinente efectuar algún reclamo podrán presentarlo a la Dirección Nacional del SENAMA, por escrito y en un plazo máximo de 3 (tres) días, contados desde la fecha de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública. La respuesta del/la Director/a será remitida por carta, a más tardar dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de recibida la reclamación.
No obstante lo anterior, también podrán presentar dicha reclamación a través de los canales disponibles en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, en cuyo caso, la respuesta por parte de SENAMA, se realizará por el mismo medio, en un plazo de 48 horas, luego de recibida la reclamación, siempre que ello no ocurra en fin de semana o días festivos.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás  documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y
documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su
artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanosmediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan,
de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún
funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la
ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y
transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de
ellos se derivase.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a
la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y
oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste
o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las
consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales
DEL FUNCIONARIO ENCARGADO DEL PRESENTE PROCESO DE COMPRA
El presente proceso licitatorio se encontrará a cargo de un funcionario de la División de Administración y Finanzas (Sección de Adquisiciones) del Servicio Nacional del Adulto Mayor, con contacto en el correo e-mail licitaciones@senama.gob.cl. No obstante, durante el curso del proceso licitatorio, los proveedores no podrán contactarse de ninguna otra forma que no sea a través del Sistema de Información con la entidad licitante o sus funcionarios, esto, conforme a lo dispuesto en el artículo 27 del Decreto Supremo N° 250 de 2004, y sus modificaciones.
MODIFICACIÓN DE LAS BASES
Antes del cierre del plazo para hacer ofertas, el servicio podrá modificar las bases y otros documentos de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los participantes, otorgando un plazo prudencial, si corresponde, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Estas modificaciones se harán mediante resolución de la Autoridad, serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl, y formarán parte integrante de las bases.
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
La propuesta deberá estar conformada por: • Archivos Administrativos (antecedentes del proponente) • Propuesta Técnica • Propuesta Económica • Visita a terreno La propuesta deberá presentarse con todos sus antecedentes, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública (www.mercadopublico.cl), compatibles con Microsoft Word o Acrobat Reader, según corresponda, en idioma español y en archivos separados, de acuerdo a lo señalado en el párrafo precedente. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas, a través del sistema www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los archivos anexos y aquellos que permitan hacer la evaluación correspondiente. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas. Sin perjuicio de lo señalado, y en conformidad a lo establecido en el artículo 62 del D.S. N° 250, cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de dos días hábiles contados desde la fecha de envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información.
PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA
Cada oferente podrá presentar sólo una propuesta para el servicio requerido. En caso que un mismo proponente oferente dos o más propuestas del mismo servicio, SENAMA entenderá como válida únicamente la última oferta subida al portal www.mercadopublico.cl, las anteriores serán descalificadas de plano en el acto de apertura electrónica, dejándose constancia de ello. El archivo con la “Propuesta Técnica”, deberá contener lo requerido en las Bases Técnicas de esta licitación, debiendo los proponentes utilizar dichas especificaciones como referencia y debiendo completar los Anexos N° 7, confeccionados para esto. Asimismo, el proponente deberá adjuntar como anexo toda la documentación de apoyo a su propuesta, identificando el número de anexo, el nombre y los fines para los que se presenta o cualquier otra información que el oferente considere relevante para su oferta.
PRESENTACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA
El archivo con la “Oferta Económica” deberá contener la estimación del costo total de la propuesta, incluyendo cualquier otro gasto que de su prestación se derive. El presupuesto referencial para esta contratación, corresponde a $20.000.000.- (veinte millones de pesos), impuestos incluidos. Los montos ofertados deberán ser expresados en pesos chilenos, en el Anexo N°8, señalando por separado los valores netos, I.V.A., monto total y no podrá realizar reajuste alguno. Los costos en que incurra el proponente, derivados de la formulación de la propuesta, serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de rechazarse la propuesta. 12. ACTO DE APERTURA DE LOS ANEXOS ADMINISTRATIVOS, TÉCNICOS Y OFERTA
ACTO DE APERTURA DE LOS ANEXOS ADMINISTRATIVOS, TÉCNICOS Y OFERTA ECONÓMICA
La propuesta deberá tener una validez de a lo menos sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de cierre del plazo para su presentación. La apertura de los anexos administrativos, técnicos y oferta económica solicitados se efectuará en una etapa, de acuerdo al artículo 34 del Reglamento contenido en el Decreto de Hacienda N° 250 de la Ley N° 19.886. En primera instancia se verificará la inclusión, en formato digital, de cada uno de los anexos administrativos, Técnicos y Oferta Económica solicitados en las presentes bases, la cual se realizará por un profesional de la Unidad de Adquisiciones y el Encargado de esta Unidad según el recuadro detallado en bases. Aquellas propuestas que acompañen la totalidad de los antecedentes señalados anteriormente, serán sometidas al proceso de evaluación que estará a cargo de la comisión evaluadora señalada en el punto 13 de las presentes bases. La oferta de aquel proponente que en definitiva no haya acompañado alguno de los antecedentes exigidos en estas bases será declarada inadmisible, comunicándosele tal decisión sin más trámite, sin que se proceda a la evaluación de su oferta. El cuadro resumen con las ofertas recepcionadas y el nombre del respectivo oferente se publicará en el Sistema de Información. Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito no se pudiere realizar la Apertura Electrónica de las Ofertas, oportuna y correctamente ingresadas, al Servicio podrá fijar nueva fecha y hora para la realización de dicho acto.
EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas técnicas y económicas de los proponentes serán evaluadas en única instancia por una Comisión compuesta por los/as funcionarios/as designados/as en este acto por el SENAMA. SENAMA podrá reemplazar a 1 (uno) o más integrantes de la Comisión de Evaluación, si se presentasen situaciones de fuerza mayor que impidieran al o los integrantes de que se tratase, su participación en el trabajo de dicha comisión, durante el período fijado para ello. De ser el caso, SENAMA publicará en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública las razones fundadas de la modificación y la nueva composición de la Comisión de Evaluación, debidamente autorizada por el Jefe de la División de Administración y Finanzas. La Comisión, señalada anteriormente, evaluará las propuestas, según los criterios señalados en las presentes Bases, procediendo a establecer el orden de mérito de las mismas. Al momento de la etapa de evaluación de ofertas, la comisión designada no podrá tener conflicto de interés alguno en relación a los actuales o potenciales oferentes del proceso licitatorio, lo que quedará reflejado en una Declaración Jurada Simple, que deberá publicarse en la plataforma de compras públicas al momento de la adjudicación. En el evento de que un conflicto de interés sólo se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, el integrante deberá abstenerse de participar en la comisión, debiendo informar a su superior jerárquico de esta situación. En este caso, se sustituirá al integrante designado, mediante el acto administrativo correspondiente. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886. • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Jefa de Servicio de la entidad licitante o a quien haya delegado sus facultades, para la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación por cuanto las ofertas presentadas no se ajustan a los requerimientos esenciales establecidos en las bases. Además, esta Comisión será asesorada en materias técnicas por la Encargada Nacional del Programa ELEAM, quien emitirá un informe de cumplimiento técnico de cada una de las propuestas recibidas, con el fin de identificar las ofertas que dan cumplimiento a los requisitos técnicos mínimos requeridos. SENAMA declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley N°19.886 y en las presentes bases.
DERECHO A PEDIR ACLARACIONES Y CONTACTO CON EL OFERTANTE
La Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicos u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información www.mercadopublico.cl. Igualmente, la Comisión Evaluadora podrá permitir La presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichascertificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. En los casos antes mencionados se otorgará un plazo fatal de 24 horas, contadas desde su comunicación al oferente por parte de la SENAMA, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTAS
SENAMA se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las ofertas, por incumplimiento de los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Además, el Servicio podrá declarar desierta la licitación cuando no de presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes para sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes. Asimismo, el Servicio podrá dejar sin efecto la licitación que ya está publicada y se decida de manera debidamente justificada que SENAMA no podrá seguir el flujo normal del proceso. En este estado, aun existiendo ofertas, se detiene el proceso irrevocablemente. Este estado puede ser declarado de forma unilateral por el Servicio mediante Resolución Fundada. De ser el caso, se otorgará el Estado de “Revocada” la licitación. Por otra parte, a solicitud del Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional, se podrá asignar el estado “suspendida” a la licitación, lo que permite congelar el proceso licitatorio por una cantidad determinada de días y, posteriormente, seguir con el curso normal de la misma. Este estado puede asignarse desde la publicación de las bases hasta la adjudicación.
DE LA ADJUDICACIÓN Y SU NOTIFICACIÓN
El Servicio Nacional del Adulto Mayor, mediante acto administrativo, adjudicará la licitación al proponente mejor evaluado. La adjudicación se efectuará a través de una resolución exenta de la autoridad competente, la cual será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, entendiéndose por notificada al oferente adjudicado transcurridas 24 horas desde su publicación. En la resolución de adjudicación se especificarán los criterios de evaluación que permitieron al adjudicatario obtener la calificación de la oferta más conveniente. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de SENAMA que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, podrá adjudicarse esa oferta solicitándole una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. Si existiera discrepancia entre el monto mencionado en el comprobante de ingreso de oferta y el señalado en el anexo económico, prevalecerá este último. SENAMA tendrá un plazo de hasta 15 (quince) días hábiles, a partir de la fecha de apertura técnica y económica, para publicar en el Sistema Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, el resultado del proceso de evaluación. Dicho plazo podrá ampliarse hasta un máximo de 10 (diez) días hábiles adicionales, a solicitud de la Comisión de Evaluación y por razones justificadas. De ser el caso, SENAMA informará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, el nuevo plazo para realizar la adjudicación de la licitación.
ANTECEDENTES PARA LA EMISIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
Una vez notificada la adjudicación al o los proponentes, SENAMA le comunicará a través de correo electrónico dicha adjudicación. En la citada comunicación se indicará que posteriormente se emitirá la orden de compra, documento que formalizará el acuerdo de adquisición de prestación de servicios entre las partes, pudiendo contener documentos anexos que aclaren o especifiquen los servicios contratados. En caso que el proponente adjudicatario no esté habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado, Chileproveedores, estará obligado a inscribirse dentro del plazo máximo estipulado en la normativa vigente, contado desde la fecha de notificación de la adjudicación. Si dicho trámite de habilitación no se realiza en el mencionado plazo, SENAMA procederá a anular la adjudicación, en cuyo evento podrá re adjudicar al proponente que ocupe el siguiente lugar en el proceso de evaluación de propuestas.
DERECHO A AMPLIAR EL SERVICIO
SENAMA podrá incrementar o disminuir en hasta en un 30% el valor contratado, con el fin de llevar a un mejor término el proyecto, con ocasión de la modificación de obras previstas, la ejecución de obras nuevas o extraordinarias o el empleo de materiales no considerados. En el caso que las modificaciones antes indicadas, incidan en el plazo convenido, éste deberá ser modificado en la proporción correspondiente. Del mismo modo, SENAMA podrá disminuir servicios, hasta en un 30% el valor total del contrato, siempre que se trate de modificaciones del proyecto contratado, y que la disminución comprenda partidas o porcentajes de ellos, perfectamente determinadas y valorizadas. Los aumentos o disminuciones serán solicitadas sólo por la contraparte técnica, a través de un Informe Técnico que lo fundamente y no podrán ser ejecutados sino hasta contar con el V°B° de la Dirección Nacional.
CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN
Podrá ponerse término anticipado al contrato de común acuerdo entre las partes. SENAMA se reserva el derecho de poner término al contrato en forma administrativa, unilateral y anticipadamente y sin forma de juicio, si el proponente seleccionado incurriera en alguna de las siguientes causales durante la ejecución del mismo: a. Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, en cuanto a plazos, trabajos o alcance de las labores contratadas, entre otras, sin causa justificada, lo que será calificado fundadamente por el contratante. Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones, entre otras, si el proceso de evaluación de la calidad del servicio arroja como resultado una calificación deficiente. b. Si el adjudicatario no acatase los requerimientos de la contraparte técnica del contrato. c. Por entrega incompleta de los servicios, aun cuando esto pudiera ser reparado. d. Si el proponente adjudicatario estuviese sometido al procedimiento concursal de liquidación, o le fuesen protestados documentos comerciales que se mantuvieron impagos durante más de sesenta días o no fuesen debidamente aclarados dentro de dicho plazo. e. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los dos últimos años, contados a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. f. Si la persona jurídica se disolviera. g. Si se presentasen situaciones de fuerza mayor, imprevista o casos fortuitos, que impidan al proponente adjudicatario ejecutar parte o la totalidad de servicio, siempre y cuando la circunstancia sea de tal envergadura o gravedad, que haga imposible el cumplimiento total del servicio encomendado.
MULTAS
25.1 SANCIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO: En caso de incumplimiento del proveedor, se aplicarán las siguientes multas: a) Se aplicará una multa de 2 U.T.M diarias en caso de incumplimiento de las órdenes impartidas por la Contraparte Técnica Nacional, que se señala en el punto 32.2. b) Se aplicará una multa de 3 U.T.M. diarias por cada día de atraso en el cumplimiento de la prestación del servicio, en el día fijado como fecha de su entrega, conforme a lo acordado por el proveedor en su presentación de Oferta Técnica. En caso que el período de atraso sea superior a 1 día, se tendrá como incumplimiento grave, de conformidad a la letra a) del Punto 24 de las presentes Bases.c) Se aplicará una multa de 10 U.T.M., en caso que el proveedor no haya cumplido con las obligaciones contempladas en el contrato y/o en las Bases de Licitación respectivas, lo cual quedará consignado en el Informe que debe emitir la Contraparte Técnica, para la aprobación del pago del servicio. Las multas no podrán exceder, en su monto total, el valor equivalente al 60% del monto de la garantía de fiel cumplimiento o al 30% del valor total del contrato, según el caso. En tal evento, además de cursar las multas, SENAMA podrá poner término anticipado al contrato. 25.2 APLICACIÓN DE LAS MULTAS En caso de incumplimiento, SENAMA podrá aplicar al adjudicatario las siguientes sanciones: Las multas se aplicarán por acto administrativo fundado del Servicio Nacional del Adulto Mayor, previo Informe fundado para la aplicación de multas, el cual será elaborado por la Contraparte Técnica, o a falta de este, por la Encargada de la Unidad de Gestión y supervisión ELEAM, en su caso, el cual deberá contener, a lo menos:1.- Identificación del Proveedor. 2.- Identificación de la licitación y Nº de resolución aprobatoria del contrato, en su caso. 3.- Descripción del incumplimiento, el cual deberá contener a lo menos: a) La indicación de las situaciones constitutivas de incumplimiento y conforme con lo anterior. b) Documentación de respaldo de lo informado. 4.- Monto de la multa propuesto. 5.- Firma de la Contraparte técnica, o del Encargado de Programa o el Coordinador Regional, en su caso. Dicho Informe se remitirá a la Unidad Jurídica del Servicio, para la tramitación correspondiente. Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos, y sin perjuicio de la facultad que tiene SENAMA para poner término anticipado al contrato.
PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MULTAS
Si con motivo del incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, SENAMA aplica multas, cobra la garantía de fiel cumplimiento, termina anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas contempladas en las bases y contrato respectivo, tendrá lugar el procedimiento para la aplicación de medidas previsto en este artículo. En caso de determinarse la procedencia de aplicar la medida, SENAMA notificará por escrito al Proveedor mediante Oficio remitido por carta certificada indicando la causa que lo motiva y la medida que se aplica y adjuntando copia del informe respectivo que fundamenta la aplicación de la medida, y de la Resolución Exenta que aprueba su aplicación. La carta certificada será enviada al domicilio indicado en la comparecencia del contrato, o a falta de éste, al designado por el Proveedor en su registro en Chileproveedores, entendiéndose practicada la respectiva notificación a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda. El Proveedor podrá reclamar por escrito de la aplicación de la multa dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación. SENAMA resolverá, mediante resolución fundada, la reclamación presentada ya sea acogiendo los descargos del Proveedor y atenuando o dejando sin efecto la multa, o bien rechazando los argumentos y confirmando la aplicación de la multa respectiva. SENAMA notificará por escrito al Proveedor la resolución que resuelve el reclamo mediante Oficio remitido por carta certificada conforme a lo previsto en el párrafo precedente, adjuntando la respectiva Resolución Exenta.En contra de la resolución que aplica la o las medidas procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. La interposición de los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880 no suspenderá el término anticipado del contrato ni la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento. Respecto de ésta última, SENAMA procederá a cobrarla y hacerla efectiva sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna, en carácter de cláusula penal y de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el párrafo siguiente respecto de las multas. Tratándose de las multas se procederá conforme con lo siguiente: A) Si el incumplimiento conlleva el término anticipado del contrato, se procederá a la ejecución inmediata de la garantía en carácter de cláusula penal imputándose el monto de las multas a aquella. Con todo, se procederá al descuento de los pagos de prestaciones adeudadas al proveedor, en su caso. B) Si el incumplimiento no conlleva el término anticipado del contrato, el Proveedor dispondrá del plazo de 5 días corridos para pagar la multa directamente en SENAMA. Lo anterior solo será aplicable siempre que el plazo de vigencia de la garantía resguarde debidamente la posibilidad de no pago de las multas. En caso contrario, se procederá a su ejecución inmediata. El referido plazo de 5 días corridos se contará desde la fecha de notificación de la resolución que aplica la multa conforme a lo previsto en el párrafo segundo del presente artículo. Vencido dicho plazo para efectuar el pago sin que el Proveedor lo haya realizado, se procederá a la ejecución de la garantía y las multas se aplicarán descontando su valor de aquella, en cuyo caso el Proveedor deberá entregar una nueva garantía en los mismos términos y condiciones exigidos en estas Bases. La falta de entrega de la nueva garantía será causal de término anticipado del contrato.
VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigencia una vez se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que adjudica la licitación y que SENAMA emita la Orden de Compra y ésta haya sido aceptada por el adjudicatario en www.mercadopublico.cl, y la duración del servicio será el señalado por el proponente en su oferta técnica y no deberá superar los 50 días corridos, contados a partir de la entrega de terreno. Toda modificación deberá ser efectuada mediante acuerdo suscrito a tal efecto y entrará en vigencia una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del mismo. Dicha modificación en ningún caso podrá alterar los términos establecidos en las Bases de Licitación. SENAMA estará facultado para poner término anticipado al contrato de prestación de servicios, dando aviso por escrito con 10 días de anticipación, si el servicio prestado fuera calificado como deficiente en dos procesos de evaluación.
INICIO DE LA EJECUCIÓN Y PLAZOS
El inicio de los servicios materia de esta licitación deberá comenzar una vez que se encuentre totalmente tramitada la Resolución Exenta de adjudicación y posterior al envío y aceptación del Orden de Compra. Para lo anterior, se coordinará con la Coordinación Regional de SENAMA - Arica, el día de entrega de terreno, el cual no podrá exceder los tres (3) días hábiles siguientes de tramitado el proceso inicial. El plazo de entrega de los servicios será el señalado por el proponente en su oferta técnica y no deberá superar los 50 días corridos, contados a partir de la entrega de terreno.
PAGO
El pago del servicio se realizará en una cuota, correspondiente al monto total de la orden de compra, contra la entrega del servicio por la contraparte técnica de SENAMA y la presentación del documento tributario de cobro correspondiente, emitido por la empresa a nombre del Servicio Nacional del Adulto Mayor. Previo a la emisión de la factura, la Contraparte Técnica Nacional deberá dar la respectiva visación, al supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el cumplimiento de los objetivos y de los plazos acordados para la prestación del servicio comprometidos en la propuesta. Dicho pago se realizará en un plazo no superior a los 30 días contados desde la fecha de recepción del mencionado documento en la casilla senamarecepcion@custodium.com, única recepción válida, en formato XML, o cualquier otra que el servicio disponga en el futuro. Por otra parte, al momento de la presentación del documento de cobro, el oferente deberá indicar el medio a través del cual SENAMA cumplirá con la obligación de pago respectiva, (Ejemplo: Nombre de Banco, Número de Cuenta y Tipo de Cuenta).
GARANTÍA DE LOS TRABAJOS
El adjudicatario deberá hacerse responsable de los trabajos ejecutados, en cuanto a su pleno y correcto funcionamiento y operatividad, a lo menos durante 365 (trescientos sesenta y cinco días), contados desde la fecha de recepción definitiva de la obra, de acuerdo al contrato original y sus modificaciones posteriores.
CONTRAPARTE TÉCNICA REGIONAL
Los servicios que se licitan se ejecutarán bajo la supervisión y coordinación de la contraparte técnica de SENAMA, labor que le corresponderá al/la Coordinador/a Regional de Arica. SENAMA se relacionará con el oferente seleccionado (tanto en los aspectos técnicos como operacionales, a través de la contraparte técnica). Se coordinarán reuniones de trabajo durante la ejecución del servicio, entre otras, con las siguientes finalidades: Le corresponderá a la contraparte técnica regional, realizar el proceso de evaluación de la calidad del servicio, emitir el informe correspondiente e informar al oferente y a quien corresponda de cualquier modificación a las condiciones contratadas. La contraparte técnica regional tendrá la responsabilidad de guiar la ejecución de los servicios contratados, para asegurar el alcance de los resultados esperados, pudiendo requerir para este fin, la corrección, rectificación, ampliación, especificación de los servicios, así como también cualquier otra medida preventiva o correctiva en la realización del mismo. La contraparte técnica deberá, asimismo, aprobar o rechazar los servicios entregados por la adjudicataria y podrá solicitar la aplicación de multas de acuerdo a los criterios especificados en las presentes bases administrativas.
CONTRAPARTE TÉCNICA NACIONAL
Los servicios que se licitan tendrán una contraparte técnica nacional de SENAMA, labor que le corresponderá al Encargado de la Subdivisión de Proyectos de Inversión y Mantención de Infraestructura. Serán de responsabilidad de la contraparte técnica, entre otras, las siguientes funciones:DAV 19 • Aprobar o rechazar el informe de evaluación emanado por la Contraparte Técnica Regional, según lo dispuesto en el punto 32.1. • Aprobar o rechazar el término anticipado del contrato solicitado por la Contraparte Técnica Regional, según lo dispuesto en el punto 24. • Aprobar o rechazar la aplicación de multas, en caso de incumplimiento de los productos y servicios contratados, por causas que no sean imputables a SENAMA. • Solicitar la restitución de las garantías, custodiadas por Tesorería, a los proponentes/proveedores.
RESOLUCIÓN DE SITUACIONES DE FUERZA MAYOR
En caso de que antes o durante la ejecución del servicio se presentasen situaciones de fuerza mayor, imprevistos o casos fortuitos, que impidan al proponente adjudicatario ejecutar parte o la totalidad del mismo, éste estará obligado a dar cumplimiento con lo ofertado, una vez que se haya resuelto la o las situaciones(es) antes señalada(s) de que se tratase, salvo que la circunstancia sea de tal envergadura o gravedad, que haga imposible el cumplimiento del servicio encomendado. De ser el caso, se dará término anticipado al contrato de prestación de servicios, de acuerdo a las causales señaladas en las Bases de Licitación. Toda situación de esta índole, deberá ser debidamente acreditada por SENAMA o el adjudicatario, según corresponda. De ser el caso, el adjudicatario deberá coordinar con la contraparte técnica de SENAMA el nuevo plazo o fecha para su total cumplimiento.
CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la prestación de los servicios contratados, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con aquellos. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la prestación del servicio, en cualquiera de sus etapas, deben guardar reserva de los antecedentes relacionados con el desarrollo de los mismos. El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservádose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del vínculo contractual o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de reserva permanece indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
DISPOSICIONES VARIAS
a. Todos los equipos, materias primas, útiles y en general, todos los insumos necesarios para llevar a cabo los servicios a que se refiere la propuesta, serán de cargo exclusivo del adjudicatario. b. Los eventuales conflictos que se puedan producir entre SENAMA y la adjudicataria serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los Tribunales Ordinarios de Justicia. c. SENAMA queda liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables al adjudicatario, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento contractual, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales oDAV 20 previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad del adjudicatario. d. Los eventuales daños que el personal de la empresa adjudicataria cause a los bienes, instalaciones, información y documentación de SENAMA, como también daños a terceros, serán cubiertos por la adjudicataria. e. La ejecución del servicio será supervisada por la contraparte técnica, que controlará y evaluará los trabajos solicitados y, asimismo, verificará el cumplimiento de las instrucciones que se hayan impartido al efecto.
Resolución de Empates
En caso de haber igualdad de puntaje entre dos o más ofertas, la adjudicación se dirimirá
considerando en primer término aquella propuesta que haya obtenido el mejor puntaje en la Calidad
de la oferta técnica. Si persistiera el empate, se dirimirá, en segundo término, considerando la
Experiencia del oferente en rubro solicitado y, en tercer término, por la propuesta económica. En
cualquiera de los casos, para dirimir los puntajes se considerará hasta el tercer decimal.