BASES ADMINISTRATIVAS
“SERVICIO DE DIFUSIÓN EN MULTIPLATAFORMA COMUNICACIONAL PARA GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE”
- ANTECEDENTES GENERALES Y OBJETO DE LA CONTRATACIÓN
En cumplimiento de la misión institucional, el Gobierno Regional del Maule requiere contar con servicios de difusión en medios de comunicación, que permitan dar a conocer e informar a la comunidad regional, respecto de la forma de postular o acceder, según corresponda, directamente, a través de sus organizaciones civiles o, través de los organismos competentes de la Administración, a los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, para dar respuesta a necesidades específicas de la comunidad, compatible con dicha fuente de financiamiento, que contribuyan al desarrollo social, económico y cultural de los habitantes de la respectiva comunidad, comuna, provincia o de la región. En especial, es importante difundir la forma de acceder a fondos concursables, tales como subvenciones a actividades culturales, deportivas, del Programa Elige Vivir Sano y otras contempladas en la glosa 03, numeral 3.1 de la Partida Ministerio del Interior – Gobiernos Regionales de la Ley N° 21.640 de Presupuestos para el Sector Público, año 2024; Fondo de Innovación para la Competitividad, previsto en la glosa 07, numeral 7.2 de la señalada Ley; y otras iniciativas que, conforme a la normativa vigente, puedan ser financiadas por los Gobiernos Regionales y que contengan beneficios o prestaciones sociales.
Hoy, los gobiernos regionales deben asumir la compleja tarea de su propia instalación y generación de diferentes procedimientos internos, pero además, de socializar adecuadamente entre los diferentes y potenciales beneficiarios de recursos, los mecanismos de financiamiento para iniciativas de inversión y subvenciones, que las sucesivas leyes de presupuesto consideran para la aplicación de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Regional, principal fuente de financiamiento para el cumplimiento del rol fundamental que la Constitución y la ley le han encomendado, esto es, la administración superior de la Región y de su objeto: el desarrollo social, cultural y económico de ella, conforme al artículo 13 de la Ley N° 19.175 y sus modificaciones, en forma eficaz y eficiente, por mandato de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Actualmente la difusión se realiza principalmente a través de la página Web del Servicio del Gobierno Regional del Maule. Sin embargo, esta difusión no cuenta con el alcance necesario para el adecuado desarrollo de comunicación o concursabilidad de beneficios o prestaciones sociales, por ende, no resulta eficaz, ya que es indispensable que todos los habitantes de la Región del Maule puedan tener acceso y conocer los beneficios o prestaciones sociales a los que tienen derecho a postular. Frente a esta constatación, se ha estimado fundamental para los fines propios de este Gobierno Regional del Maule, el poder ampliar su capacidad de difusión a través de multiplataformas, teniendo como objetivo entregar contenido educativo e informativo.
1.2 ORGANISMO DEMANDANTE
Razón Social: Gobierno Regional del Maule.
R.U.T.: 72.227.000-2
Domicilio: 1 Norte N° 711, Talca
2. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Nombre del servicio: Servicio de difusión en multiplataforma comunicacional para Gobierno Regional del Maule.
Tipo de contratación: Licitación Pública superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM.
Tipo de Convocatoria: Abierta.
Moneda: peso chileno.
Etapas del Proceso de Apertura: Una etapa.
Toma de Razón: No requiere toma de razón por Contraloría General de la República.
Publicidad de las Ofertas Técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
3. ETAPAS Y PLAZOS
Publicación: La Publicación de las Bases de Licitación se realizará dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que las apruebe.
Cierre de Recepción de Ofertas: Cinco (5) días corridos siguientes a la fecha de publicación. La Jefa de la División de Administración y Finanzas ha resuelto disminuir los días de publicación, según lo referido, haciendo uso de la facultad que se confiere en el artículo 25 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, que dispone “El plazo señalado en el inciso precedente podrá rebajarse hasta 5 días corridos en el evento de que se trate de la contratación de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, y que razonablemente conlleve un esfuerzo menor en la preparación de ofertas” y que, por tanto corresponde a una decisión de mérito y no de legalidad de la autoridad competente.
Acto de Apertura Técnica y Económica: Este acto se realizará dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de cierre de recepción de ofertas.
Preguntas Aclaración de Bases: El oferente tendrá dos (2) días hábiles contados desde la fecha de publicación, para generar consultas o solicitar aclaraciones de las Bases de Licitación.
Asimismo, el Gobierno Regional tendrá un (1) día hábil contado desde la fecha de la consulta o solicitud de aclaración para entregar las respuestas a las mismas.
Las preguntas deberán formularse a través del sistema www.mercadopublico.cl.
Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados en el formulario de bases de licitación.
Fecha de Adjudicación: La adjudicación se realizará dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde la fecha de apertura de las ofertas.
En caso de que la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado, el Gobierno Regional informará en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
4.- DE LOS OFERENTES.
Podrán participar en la presente licitación toda clase de oferentes que presenten sus ofertas de acuerdo a lo requerido en las presentes bases administrativas, y a través del Portal, www.mercadopublico.cl:
a) Personas naturales;
b) Personas jurídicas;
c) Uniones Temporales de Proveedores (UTP), constituidas como tal al momento de la presentación de las ofertas por personas naturales y/o personas jurídicas. En el caso de las UTP, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por un instrumento público o privado, que deberá tener una fecha igual o anterior a la del cierre de recepción de ofertas. El documento que formalice la unión deberá establecer, a lo menos, el nombre con el que actuará la UTP para efectos de la Licitación, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad Licitante y el nombramiento de un único representante o apoderado común con poderes suficientes, quien deberá ser la persona que presente su oferta en el portal www.mercadopublico.cl, ya que tratándose de Uniones Temporales de Proveedores sólo se aceptarán ofertas presentadas por el representante o apoderado común con poderes suficientes. De este modo, el acuerdo de la unión temporal deberá considerar facultades suficientes que le permitan al representante o apoderado a lo menos: presentar antecedentes al proceso licitatorio, subsanar solicitudes de aclaración a la propuesta, aceptar solicitudes de ajuste de oferta y/o remanente y constituir. En este caso, el oferente UTP deberá acompañar al Anexo N°1 de presentación del oferente, el documento que formalice su acuerdo. El acuerdo de la UTP deberá contemplar el/los integrante/s de esta, quien se obligará a nombre de la UTP respecto del cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales y tributarias de los trabajadores durante la ejecución del contrato. Atendido a que será el representante o apoderado de la UTP quien, a nombre de la unión temporal, actúe en la plataforma www.mercadopublico.cl, en el evento de resultar adjudicada la UTP, será a nombre de este apoderado que se emitirá la respectiva Orden de Compra, de modo que el instrumento de formalización de la UTP deberá contemplar facultades suficientes para el representante o apoderado para emitir y aprobar Estados de Pagos, emitir el documento tributario pertinente y percibir el pago que la entidad licitante efectuará por los servicios prestados, siendo en consecuencia de su cargo la facturación y el pago de las obligaciones tributarias que procedan. En razón de lo señalado precedentemente, el acuerdo de la unión deberá señalar expresamente que el representante o apoderado deberá permanecer en dicha calidad durante toda la vigencia del contrato que mantenga con la Entidad Licitante, de suerte que su retiro de la unión significará el término o disolución de la UTP. Por su parte, el acuerdo de la Unión Temporal deberá considerar una vigencia de, a lo menos, seis meses posteriores a la fecha de término del contrato adjudicado. Cada oferente sólo podrá presentar una oferta en cada licitación que se convoque. En caso de que una misma persona concurra al llamado, en calidad de oferente persona natural y siendo propietario o accionista del 50% o más del capital o administrador o representante de un oferente persona jurídica en forma indistinta, o bien siendo parte de una Unión Temporal de Proveedores, en caso de resultar adjudicado, deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos para cada uno de los contratos, y en ningún caso podrán compartir el lugar para la prestación de los servicios.
5.- DE LAS INHABILIDADES PARA PRESENTAR OFERTAS.
No podrán presentar ofertas quienes hayan sido condenados por prácticas antisindicales, por infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el artículo 6 del Código Penal, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 1°, parte final de la Ley de Compras. Asimismo, no podrán presentar ofertas, las personas naturales o jurídicas y uniones temporales de proveedores que, al momento de la presentación de la oferta, se encuentren afectas a alguna de las demás causales de inhabilidad o incompatibilidad contempladas en el artículo 4° de la Ley de Compras, y no haber sido condenado en virtud de lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica. Para efectos de acreditar que no se encuentran afectos a las inhabilidades antes señaladas, los proponentes deberán suscribir y adjuntar a sus ofertas una declaración jurada simple con tal objeto, cuyo texto se adjunta como Anexo N° 2 según se trate de persona natural o jurídica, sin perjuicio de las indagaciones que, por su parte, pueda efectuar la Comisión Evaluadora. Cuando el oferente sea una unión temporal de proveedores (UTP), deberá presentar una declaración jurada por cada integrante de la UTP, suscrita por el respectivo integrante o por el representante legal del respectivo integrante, según sea el caso.
6.- PRESENTACIÓN DE ANEXOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN
Presentación de Anexos: Anexo Nº1 “Carta de presentación del oferente”, N°2 “Declaración jurada”, Anexo N°3 “Declaración jurada aceptación de la propuesta” N°4 “Propuesta Económica”, N°5 “Experiencia del oferente” y N°6 “Propuesta técnica”, Anexo N°7 “Características mínimas que deben cumplir los oferentes” todos debidamente firmados por el oferente, su representante legal, o por quien tenga poder suficiente para representarlo en la presentación de la oferta.
IMPORTANTE: La no presentación de alguno de estos anexos o que estos contengan información incompleta tendrá como consecuencia que la oferta quedará fuera de bases y será declarada inadmisible.
6.1 Instrucciones para presentación de ofertas
Las propuestas se presentarán de acuerdo a los anexos señalados y adjuntos, en la modalidad de formato digital a través del portal www.mercadopublico.cl.
Las ofertas deberán ser presentadas íntegramente en idioma español, pero se aceptarán documentos anexos en otro idioma siempre que se anexe su respectiva traducción al español, tales como prospectos, folletos, etc.
Antecedentes Administrativos: Anexo N° 1 “Carta de presentación del oferente”, Anexo Nº2 “Declaración jurada” y Anexo N°3 “Declaración jurada aceptación de la propuesta”.
Antecedentes Económicos: Anexo N°4 “Propuesta Económica”.
Antecedentes Técnicos: Anexo N°5 “Experiencia del oferente”, Anexo N°6 “Propuesta técnica” y Anexo N°7 “Características mínimas que deben cumplir los oferentes”.
7. DE LA FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
Cada proponente deberá presentar su oferta a través del Portal, utilizando su propia cuenta de usuario con arreglo a las condiciones de uso del mismo, disponibles en el sitio web www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado en el calendario de la licitación, en formato electrónico o digital.
Las propuestas presentadas a través de una cuenta de usuario del portal, que no se corresponda con la persona identificada en el Anexo N°1, “Carta de presentación del oferente”, serán declaradas inadmisibles, y no serán evaluadas en sus demás antecedentes, en razón de vulnerar las citadas condiciones de uso, sin perjuicio de las indagaciones que la Comisión Evaluadora pueda efectuar, en orden a verificar el cumplimiento por parte de los oferentes, de la demás normativa dictada por la Dirección de Compras y Contratación Pública en el ámbito de su competencia.
En el caso de las UTP, sólo se aceptarán ofertas presentadas mediante la cuenta de usuario del Portal del representante o apoderado común con poderes suficientes, nombrado en el documento que formalice la unión. En este caso, el oferente UTP deberá acompañar al Anexo N°1 “Carta de presentación del oferente”, el documento que formalice su acuerdo.
En caso de inconsistencia entre la información contenida en los Anexos y la señalada por el oferente en otros instrumentos o fichas del portal, primará la indicada en los Anexos o documentos señalados en el numeral 6 “Presentación de anexos”.
El Licitante no se verá obligado por limitación, restricción u obligación alguna impuesta por los oferentes en sus propuestas, sino sólo por aquellas establecidas en las presentes bases, la Ley de Compras y su Reglamento. En consecuencia, cualquier documento acompañado a las ofertas que imponga algún tipo de restricción u obligación al licitante, no será considerado como parte de la oferta debiendo el contratante cumplir igualmente el contrato en conformidad a lo establecido en las Bases de Licitación, en caso de resultar adjudicado.
Es responsabilidad del oferente velar por la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, Proyect o Word), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el sistema informático (20 MB). En caso de que la propuesta no pueda ajustarse a dicho peso, el proponente tendrá que ingresarla dividida en tantos documentos como el Portal lo permita, debiendo numerarlos correlativamente.
Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes proporcionar en forma oportuna, clara y completa los documentos exigidos, el contenido de los mismos y la veracidad de lo que en ellos consten.
Todos los gastos en que incurran los interesados para la preparación y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y no tendrán derecho a reembolso alguno.
8.- ANTECEDENTES LEGALES
8.1.- Antecedentes Legales para participar
Las personas naturales o jurídicas inscritas en ChileProveedores en calidad de “Hábil” no requieren presentar ni ingresar documentos al Portal.
Las personas naturales no inscritas en ChileProveedores, que presenten ofertas, deberán ingresar al Portal o acompañar la siguiente documentación:
- Fotocopia de Cédula de Identidad; y
- Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII.
Las personas jurídicas no inscritas en ChileProveedores que presenten ofertas, deberán ingresar al Portal o acompañar la siguiente documentación:
- Fotocopia del RUT;
- Fotocopia de Cédula de Identidad del representante legal;
- Certificado de vigencia de la entidad, con una fecha no superior a 90 días corridos al día de su presentación;
- Tratándose de sociedades, copia de inscripción del extracto de constitución y sus modificaciones, en el Registro de Comercio, emitido por el correspondiente Conservador.
- Certificado de vigencia de la personería del representante legal, emitido por el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores: Antecedentes legales de la persona natural o jurídica designada como representante o apoderado común, y los de cada una de las personas naturales o jurídicas que integran la Unión de Proveedores, según se indica en los numerales precedentes. Además, deberán acompañar el instrumento público o privado por la cual formalizan su Unión Temporal de Proveedores.
Asimismo, la persona natural o jurídica no podrá encontrarse individualizada en el listado de Empresas y/o Empleadores Condenados por Prácticas Antisindicales, publicado por la Dirección del Trabajo, vigente en la fecha del acto de apertura de las ofertas.
8.2.- Antecedentes Legales para ser Contratado
La persona natural o jurídica debe encontrarse inscrita en ChileProveedores, en calidad de “Hábil”.
En caso de que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el Registro electrónico oficial de Proveedores del Estado, Chileproveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la fecha de la adjudicación o la emisión de la orden de compra respectiva.
9.- GARANTÍAS
Garantía de Seriedad de Oferta: Dado el monto estimado para la presente licitación y posterior contratación, el Servicio, a través de la Jefatura de la División de Administración y Finanzas, resolvió no requerir garantía de Seriedad de la Oferta, en conformidad con la normativa vigente.
Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato:
Con el objeto de asegurar la adecuada prestación del servicio licitado, el fiel y oportuno cumplimiento del contrato para la prestación del servicio, y las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores, el proveedor adjudicado deberá constituir y entregar al Gobierno Regional del Maule, con anterioridad o al momento de la suscripción del contrato, un documento de garantía que cumpla con los siguientes requisitos:
1. Debe ser tomado por el oferente o por un tercero a su nombre. En el caso de las Uniones temporales de proveedores, deberá ser tomado por quien actúe como representante o administrador de ésta en acuerdo que formalice la Unión o por cualquiera de los participantes de la UTP, en la medida que se le hubiere facultado para tales efectos en el referido acuerdo;
2. Debe ser irrevocable;
3. Debe ser pagadero a la vista.
Tratándose de pólizas de seguro y de Certificados de Fianza, éstos deberán ser de ejecución inmediata, pagaderos al solo requerimiento del Gobierno Regional del Maule.
Tipos de garantía
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Las permitidas por la normativa vigente, tales como boleta bancaria de garantía, póliza de seguro, vale vista, depósito a plazo, garantía electrónica u otros admitidas, debiendo ser pagaderas a la vista y tener el carácter de irrevocables.
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Beneficiario
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Gobierno Regional VII Región del Maule.
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Fecha de Vencimiento
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El plazo de vigencia de la garantía de fiel cumplimiento del contrato será todo el período de prestación del servicio aumentado en al menos 60 días hábiles, contados desde la fecha de vencimiento del plazo total de prestación del servicio.
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Monto
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La garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá extenderse por un valor equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total del contrato y expresarse en pesos chilenos.
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Descripción
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La Garantía deberá ser entregada en la Unidad de Gestión de Documentos ubicada en calle 1 Norte N° 711, de la ciudad de Talca
➢ La entrega deberá efectuarse con una carta conductora firmada por el oferente donde se identifique el ID de la licitación y se indique que la entidad licitante es el Gobierno Regional del Maule.
➢ El horario de funcionamiento de la Unidad de Gestión de Documentos del Gobierno Regional del Maule es de lunes a viernes de 8:30 a 13:00 horas.
En su caso, la garantía electrónica se presentará a través del Sistema.
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Glosa
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“Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato SERVICIO DE DIFUSIÓN EN MULTIPLATAFORMA COMUNICACIONAL PARA GOBIERNO REGIONAL DEL MAULE”.
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Forma y oportunidad de restitución
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La garantía se devolverá mediante su entrega y previo endoso al proveedor, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes una vez cumplido el período de vigencia del contrato, esto es, cinco (5) meses, aumentado en sesenta (60) días hábiles, para resguardar que el servicio contratado cumpla las obligaciones que emanan del contrato y asegurar además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor.
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10.- PRESUPUESTO DISPONIBLE
El presupuesto disponible para la contratación del servicio que se licita asciende a la suma total de $ 11.000.000.- (once millones de pesos) impuestos incluidos.
11.-OFERTA TÉCNICA
Los proponentes deberán subir al portal www.mercadopublico.cl los antecedentes y especificaciones técnicas del servicio ofertado, conforme al Anexo N°6 “Oferta Técnica”.
12.-PROPUESTA ECONÓMICA
Se refiere al precio total neto del servicio requerido, que el proponente debe ingresar en el portal www.mercadopublico.cl, expresado en pesos chilenos, sin incluir el IVA, ni reajuste alguno.
Sin embargo, deberá indicar claramente en el anexo económico (Anexo N°4) que se suba al portal y en una nota explicativa, los impuestos que gravan su oferta (IVA, segunda categoría o si está exento de impuesto).
13.- PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Gobierno Regional del Maule, podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre que las rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, si correspondiere, a través del Sistema de información.
El Gobierno Regional del Maule solicitará estas rectificaciones o aclaraciones a través del sistema electrónico y los oferentes tendrán un plazo máximo de veinticinco (25) horas para cumplir lo solicitado por el Gobierno Regional del Maule, a través del mismo medio.
En ningún caso se podrá, mediante este procedimiento, subsanar la no presentación de los Anexos Administrativos, Técnicos y Económicos que exigen las presentes Bases Administrativas.
14.- PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES
Los plazos y antecedentes de esta licitación serán publicados en el portal www.mercadopúblico.cl.
En consecuencia, no se recepcionarán antecedentes enviados por correo electrónico.
La presentación incompleta de antecedentes será motivo para declarar inadmisible la propuesta del oferente.
15.- PLAZO DE VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una validez de cuarenta (40) días hábiles contados desde la fecha de apertura de la propuesta.
16.- COSTOS DE LA OFERTA
Los costos en que el proponente deba incurrir como consecuencia de la formulación de su oferta serán de su exclusivo cargo, no dando origen a pago o indemnización alguna en caso de rechazarse la oferta.
17.- MODIFICACIÓN DE LAS BASES
El Gobierno Regional del Maule podrá modificar o aclarar algunos puntos de las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia, o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, hasta antes del cierre de la publicación de la licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, en su caso. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las presentes bases y obligarán a su cumplimiento por todos los proponentes.
18.- ACEPTACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LAS BASES
La participación en el proceso de licitación implica la total aceptación, por parte de los proponentes, de todos y cada uno de los términos y disposiciones contenidas en las presentes bases administrativas, especificaciones técnicas, anexos, aclaraciones y demás antecedentes de la propuesta, sin necesidad de declaración expresa del oferente.
19.- INTERPRETACIÓN DE LAS BASES
El Gobierno Regional del Maule se reserva la facultad de interpretar el sentido y alcance de todas aquellas materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, de acuerdo a criterios de ecuanimidad y racionalidad que estime convenientes, teniendo presente los principios de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación objeto de este proceso licitatorio.
20.- DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS.
La apertura de las ofertas se realizará en una etapa, en la cual se abrirán conjuntamente las ofertas, tanto técnicas como económicas. La apertura de las ofertas se efectuará en la fecha y a partir de la hora establecida en el calendario de la licitación, mediante la liberación automática de las mismas. Sólo se procederá a revisar Ofertas Técnicas y Económicas de los proponentes que hayan presentado en tiempo y forma y respecto de los oferentes que hubieren presentado sus propuestas utilizando su propia cuenta de usuario con arreglo a las condiciones de uso del Portal. Las ofertas que no sean remitidas electrónicamente a través del Portal www.mercadopublico.cl, o que hubieren sido ingresadas mediante la cuenta de usuario distinta de la del oferente, serán declaradas inadmisibles. Lo anterior no obsta a que cualquier error u omisión de fondo que se constate en el posterior proceso de revisión de las ofertas, invalide aquella oferta que no se ajuste a lo dispuesto en estas Bases.
21. EXAMEN DE ADMISIBILIDAD
Las ofertas ingresadas al Portal serán objeto de un examen de admisibilidad, y en caso de ser calificadas como admisibles por la Comisión Evaluadora, serán objeto de una posterior evaluación técnica y económica. En esta instancia la Comisión Evaluadora verificará la entrega en tiempo y forma de la totalidad de los Anexos indicados en el numeral 6, verificando que no concurra ninguna de las causales de inadmisibilidad que establecen las presentes Bases.
22.- COMISIÓN DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Le corresponde a la Comisión Evaluadora la evaluación de las ofertas presentadas.
Las propuestas técnicas y económicas de los oferentes, declaradas admisibles, serán evaluadas por una Comisión de Evaluación, conformada por tres funcionarios del Gobierno Regional del Maule.
La Comisión de Evaluación, durante el proceso de evaluación de las propuestas, podrá solicitar aclaraciones a las personas naturales o jurídicas postulantes, sin perjuicio que será responsabilidad de los proponentes el proporcionar toda la información que permita efectuar una correcta evaluación de las ofertas, de acuerdo a lo solicitado en estas bases.
Para efectos de cumplir con lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 37 del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán declarar bajo juramento en el acta de evaluación que no les afectan conflictos de interés de ninguna especie, que los inhabiliten o hagan incompatible su participación en el presente procedimiento concursal. Asimismo, deberán declarar cualquier otra circunstancia que afecte o pueda afectar su imparcialidad, al respectivo superior jerárquico. Durante el periodo comprendido entre el cierre de recepción de ofertas y la fecha señalada en el calendario de la licitación para la adjudicación del proceso, uno o más integrantes de la Comisión Evaluadora realizarán la revisión pormenorizada de los antecedentes de cada uno de los oferentes. De dicha revisión se confeccionará una minuta o informe por cada propuesta examinada, la que será puesta a disposición de la Comisión Evaluadora. Dichas minutas formarán parte integrante del Acta de Evaluación. Asimismo, durante el periodo de evaluación de las ofertas, la Comisión Evaluadora podrá sesionar las veces que estime pertinente, con el propósito de revisar la documentación presentada por cada oferente y las minutas o informes de evaluación confeccionadas por los revisores, a fin de asistir a un adecuado examen de las mismas. De cada sesión realizada, la Comisión podrá levantar un Acta de Sesión, en la que deberá exponer en forma resumida y clara lo tratado, o bien incluir dicho contenido en el Acta de Evaluación de las Propuestas que deberá levantar al finalizar el periodo de evaluación, la que deberá ser suscrita por todos sus integrantes. El proceso de evaluación tendrá el carácter de confidencial durante su realización, no pudiendo los oferentes mantener contacto con los oferentes por medios distintos a los previstos en estas Bases.
23.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS OFERENTES
Las ofertas serán evaluadas técnica y económicamente por la Comisión Evaluadora, fundada en los siguientes criterios:
Precio
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20 puntos. Se concederá mayor puntaje al oferente que proporcione el valor más económico (Anexo N°4).
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Experiencia
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15 puntos. Se concederá mayor puntaje al oferente con mayor experiencia en el rubro licitado según cantidad de clientes en los últimos 5 años (Anexo N°5).
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Oferta técnica
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60 puntos. Se concederá mayor puntaje al oferente que obtenga el mayor puntaje producto de la sumatoria de los subcriterios indicados en el numeral 23.3 de estas bases.
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Cumplimiento de requisitos formales
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5 puntos. Se concederá mayor puntaje a aquel oferente que no haya debido subsanar la omisión de requisitos formales en la presentación de su oferta.
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La oferta que logre en la evaluación el mayor puntaje final, como resultado de la suma de los puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación, debidamente ponderados, de acuerdo con las tablas siguientes, será considerada como la más conveniente para el interés del Servicio y por ende propuesta para su adjudicación.
El puntaje máximo para la presente licitación es de 100 puntos.
23.1 Propuesta Económica (20 puntos) – Precio.
El puntaje máximo para el presente criterio es de 20 puntos
Se analizará el precio que presenten las ofertas, otorgándole mayor puntaje al oferente que entregue el valor más económico. La sumatoria de lo anterior será el valor usado para calcular la mejor oferta de acuerdo con lo siguiente:
PROPUESTA ECONOMICA: 20 PUNTOS
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Nota =
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7,00
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Oferta más económica
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6,00
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2da. oferta más económica
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5,00
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3ra. oferta más económica
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4,00
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Resto de las ofertas
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Puntaje precio =
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Nota Prov. Evaluado x 20 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente al precio se expresará con dos decimales.
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El Gobierno Regional del Maule aceptará la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación antes señalados, con sus correspondientes ponderaciones, no estando obligado a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea aquella de menor valor, sino a la oferta que resulte mejor evaluada. Serán evaluados según Anexo N°4 “Propuesta Económica”
23.2 Experiencia del Oferente (15 puntos)
El puntaje máximo para el presente criterio es de 15 puntos
Se analizará la experiencia de los oferentes que presenten las ofertas, otorgándole mayor puntaje al oferente que cuente con mayor experiencia según cantidad de clientes en los últimos 5 años.
EXPERIENCIA: 15 PUNTOS
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Nota =
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7,00
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Oferente con mayor experiencia según cantidad de clientes en los últimos 5 años.
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6,00
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2do. Oferente con mayor experiencia según cantidad de clientes en los últimos 5 años.
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5,00
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3er. Oferente con mayor experiencia según cantidad de clientes en los últimos 5 años.
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4,00
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Resto de las ofertas
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0
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Oferente sin experiencia
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Puntaje experiencia=
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Nota Prov. Evaluado x 15 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente se expresará con dos decimales.
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La experiencia será medida según cantidad de clientes a los cuales se les ha prestado servicios similares (públicos o privados), a nivel local, regional y/o nacional, en los últimos 5 años, ingresando Anexo con nombre y número telefónico de contacto según antecedentes solicitados en Anexo N°5 “Experiencia del Oferente”.
23.3 Oferta técnica (60 puntos)
El puntaje máximo lo obtendrá el oferente que cumpla con la totalidad de las especificaciones requeridas, según la sumatoria de los siguientes subcriterios:
23.3.1 Cantidad de Actividades ofertadas (35 puntos)
El puntaje máximo para el presente criterio es de 35 puntos.
Se analizará la cantidad de actividades ofertadas según lo indicado en las especificaciones técnicas de la presente licitación, específicamente en el punto servicio a contratar, que indica las actividades que debe contener el “Plan comunicacional de difusión masiva a través de multiplataforma”. El cálculo del puntaje se realizará de la siguiente forma:
CANTIDAD DE ACTIVIDADES OFERTADAS: 35 PUNTOS
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Nota =
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7,00
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Oferta que presente la mayor cantidad de actividades solicitadas
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6,00
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2da. oferta con mayor cantidad de actividades solicitadas
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5,00
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3ra. oferta con mayor cantidad de actividades solicitadas
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4,00
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Resto de las ofertas
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Puntaje =
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Nota Prov. Evaluado x 35 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente se expresará con dos decimales.
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23.3.2 Propuesta de innovación respecto de las actividades de difusión solicitadas (25 puntos)
El puntaje máximo para el presente criterio es de 25 puntos
Se analizarán todas aquellas actividades de difusión innovadoras que el oferente podrá indicar en su propuesta técnica que sean adicionales a las ya exigidas en bases de licitación. Conforme a lo señalado, el oferente podrá considerar actividades adicionales que superen o mejoren las exigencias contenidas en las especificaciones técnicas.
El cálculo del puntaje se realizará de la siguiente manera:
SUBCRITERIO
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CARACTERISTICAS A EVALUAR
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PUNTAJE
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Propuesta de innovación respecto de los medios de difusión solicitados
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A) El oferente propone servicios innovadores que superan las exigencias contenidas en las bases
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25 puntos
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B) El oferente propone actividades adicionales, pero dentro del marco solicitado, ej: aumenta la cantidad ofertada de entrevistas.
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10 puntos
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C) El oferente no propone servicios adicionales.
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0 puntos
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La evaluación de la oferta será realizada en base a lo presentado en Anexo N°6 “Oferta Técnica”.
23.4 Cumplimiento de los requisitos formales (5 puntos)
CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES: 5 PUNTOS
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Nota =
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7,00
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Oferente no omite requisitos
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4,00
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Oferente omite un antecedente o certificación.
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1,00
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Oferente omite dos o más antecedentes o certificaciones
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Puntaje =
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Nota Prov. Evaluado x 5 puntos
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Mejor Nota Obtenida
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El puntaje correspondiente se expresará con dos decimales.
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El puntaje máximo para el presente criterio es de 5 puntos
Requisitos:
- Para la evaluación se considerarán solamente las ofertas que cumplan las Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas y las Aclaraciones, si las hubiere.
- El no cumplimiento de los requisitos antes solicitados producirá que la oferta será declarada inadmisible y, por lo tanto, no pasará al proceso de evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en el numeral 13 de las presentes Bases.
24.- CRITERIOS PARA DESEMPATE
En caso de que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo con los siguientes criterios, en estricto orden de aplicación:
1) Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación en el desarrollo de la “Oferta técnica”
2) Si persiste la igualdad, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje de evaluación en el criterio “Precio”.
3) Si persiste la igualdad, se preferirá la proposición que tenga mayor puntaje de evaluación del criterio “Experiencia del oferente”
25.- CONTACTOS DURANTE LA EVALUACIÓN
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas formuladas por los proponentes, el Gobierno Regional del Maule podrá solicitar por intermedio de foro inverso del Portal Mercado Público, durante el proceso de evaluación, aclaraciones técnicas y/o económicas y entrega de antecedentes complementarios, como asimismo la información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones formales, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
Las respuestas las deberá entregar el oferente por medio del foro inverso del Portal Mercado Público, referidas solamente a los puntos solicitados, hasta 25 horas posteriores al ingreso de la consulta en el Portal por parte del Gobierno Regional del Maule, según se dispone en el numeral 13 de las presentes bases.
26.- ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Comisión de Evaluación recomendará adjudicar la licitación en favor de aquel oferente que haya obtenido el mayor puntaje por aplicación de lo establecido en el numeral 23 de las presentes Bases.
El puntaje total de cada oferente se expresará con dos decimales.
Estos elementos se incluirán en un cuadro comparativo que será parte del Informe de Evaluación.
En caso debidamente justificado, la Comisión podrá recomendar declarar desierta la presente licitación, debido a que ningún oferente garantiza en forma satisfactoria cumplir en calidad y tiempo la provisión del servicio requerido.
La adjudicación de la licitación se hará mediante resolución de la autoridad facultada para ello, debidamente notificada a través del Sistema de Información.
27.- NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
La resolución que adjudique la Licitación será notificada al oferente que resulte adjudicado, a través de la página www.mercadopublico.cl.
Posteriormente, el encargado de esta licitación en la Unidad de Abastecimiento del Departamento de Administración enviará un correo electrónico al adjudicatario, comunicándole que debe presentar la garantía de fiel cumplimiento de contrato, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles a contar de esa comunicación.
Recibida la garantía de fiel cumplimiento de contrato, en el Servicio licitante, el oferente adjudicado tendrá un plazo de tres (3) días hábiles para suscribir el texto del contrato que le será remitido vía electrónica por parte del encargado de la licitación, en tres ejemplares.
El adjudicatario deberá ingresar los ejemplares originales debidamente firmados, en la Unidad de Gestión de Documentos, ubicada en calle 1 Norte N° 711 de la ciudad de Talca.
En caso de que el oferente adjudicado requiera realizar consultas relacionadas al contrato, podrá dirigirlas al correo electrónico compraspublicas@goremaule.cl.
En caso de que el adjudicatario no ingrese el contrato dentro del mencionado plazo de tres (3) días hábiles, a contar de la fecha de su envío, y/o no efectúe, según corresponda, su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Chileproveedores), dentro de los plazos respectivos, se procederá a invalidar la adjudicación mediante resolución fundada.
En caso que el adjudicatario incurra en cualquiera de las inhabilidades para contratar, no se inscriba en forma oportuna en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, no entregue las declaraciones juradas, no entregue la documentación señalada en numeral 8 o la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, entregue documentos falsos o no concurra a suscribir el contrato en los plazos indicados al efecto por la contraparte técnica, se entenderá que éste no acepta la adjudicación.
Para los efectos de proceder a readjudicar la licitación, la Comisión Evaluadora realizará el ofrecimiento al proponente en el Portal de Compras Públicas, quien deberá pronunciarse en el plazo que se le indique.
El acto administrativo que deje sin efecto la adjudicación respecto del adjudicado afectado, procederá también a readjudicar la licitación, o en su caso la declarará desierta.
En caso que se proceda a readjudicar al oferente que corresponda de acuerdo al orden establecido en el Acta de Evaluación, para concurrir a la celebración del contrato, éste deberá hacer entrega del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de la documentación correspondiente, antes de la suscripción del contrato.
Una vez suscrito el contrato y aprobado mediante resolución, el proveedor deberá aceptar la orden de compra emitida, dentro del plazo de 48 horas y, en caso contrario, el Gobierno Regional del Maule podrá entenderla como rechazada.
28.- CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la contratación referida a la presente licitación, para resguardo del interés del Servicio. Lo anterior, es sin perjuicio de lo establecido en la Ley N° 19.983.
29.- PLAZO DE VIGENCIA DEL SERVICIO:
La prestación del servicio contratado regirá a contar de la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor y tendrá una duración de cinco (05) meses.
El servicio contratado podrá prorrogarse por una sola vez, y por un periodo máximo de cinco (5) meses, previo acuerdo de las partes, en las mismas condiciones del contrato original y otorgándose al efecto el respectivo instrumento de renovación de contrato.
Para proceder en este sentido, la jefatura de la División de Administración y Finanzas deberá contar siempre, y en forma previa, con un informe técnico y administrativo favorable evacuado por la Contraparte Técnica del contrato y tener motivos fundados para proceder.
30.- VALOR DEL SERVICIO Y FORMA DE PAGO.
El pago al proveedor se realizará en cinco (5) cuotas mensuales, iguales y sucesivas, dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la respectiva factura, previa recepción conforme del informe de ejecución mensual, por parte de la contraparte técnica y entrega de copia o muestra de los servicios generados en el periodo, en la forma en que se indica en el párrafo siguiente.
Al efecto, el proveedor del servicio deberá presentar, dentro de los dos (2) primeros días hábiles del mes siguiente a la mensualidad en que prestó sus servicios, un informe detallando las actividades realizadas, acompañando muestra o copia de estos últimos, conforme convengan con la contraparte técnica y atendida la naturaleza de los mismos. La contraparte técnica verificará el cumplimiento de las prestaciones convenidas para cada etapa. Si hay observaciones, las comunicará al proveedor en la forma más expedita, dejando constancia de ello, el que tendrá un plazo de 3 (tres) días hábiles para subsanarlas. Subsanadas las observaciones, la contraparte le solicitará la emisión de la respectiva factura emitida a nombre del Gobierno Regional del Maule, RUT N° 72.227.000-2.
En consecuencia, el Departamento de Finanzas del Gobierno Regional del Maule deberá efectuar el pago que corresponda, teniendo a la vista únicamente la Resolución de Adjudicación debidamente aprobada mediante resolución, la orden de compra emitida, la factura y la recepción conforme por parte de la contraparte técnica.
El precio del contrato será el que se indique en la resolución de adjudicación, producto de la oferta seleccionada; se expresará en pesos, moneda nacional e incluirá todos los gastos en los términos señalados precedentemente, impuestos incluidos.
31.- MULTAS.
El Gobierno Regional del Maule, podrá aplicar, en forma administrativa, multas al proveedor del servicio, cuando éste no cumpla con el servicio contratado, la parte del mismo que debe desarrollar en cada uno de los periodos mensuales de duración de la prestación o no de cumplimiento a cualquiera de las obligaciones que para el mismo derivan del contrato, salvo caso fortuito o fuerza mayor que sean debida y fundadamente justificados por el proveedor ante la contraparte técnica.
En forma previa a la aplicación de alguna multa, el Gobierno Regional notificará al proveedor por escrito mediante carta certificada o personalmente, documento en el cual se señalarán los hechos y circunstancias que configuran el incumplimiento que origina la aplicación de la sanción.
El Gobierno Regional otorgará un plazo de 5 días hábiles, contados desde el día siguiente al que el proveedor fuera notificado (se entenderá notificado desde el tercer día hábil a partir de la fecha de envío del documento), para que éste presente sus descargos, los cuales serán analizados en su mérito y se decidirá la resolución final al respecto.
Se procederá en consecuencia, cuando transcurrido el plazo otorgado, no se presenten descargos por escrito.
La decisión de aplicar la multa constará en resolución fundada del Jefe Superior del Servicio contratante o de la jefatura en quien haya delegado facultades para dictarla y, se pronunciará sobre los eventuales descargos presentados por el proveedor del servicio y sobre la multa a aplicar. La resolución que decide la aplicación de multa se notificará al proveedor por escrito mediante carta certificada o personalmente, y será publicada en el sistema de información de conformidad a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento de la Ley 19.886 de Compras y Contratación pública y artículo 46 de la Ley 19.880.
Notificada la resolución que aplica una multa, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para deducir recursos ante esta misma autoridad.
No obstante, el proveedor podrá hacer valer sus derechos de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Las causas que harán procedente la aplicación de multa y los montos aplicables son las que se especifican en el cuadro siguiente:
CAUSAL
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CATEGORIA
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MULTA APLICABLE
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Si no responde dentro del plazo que las presentes bases fijan al efecto, para subsanar las observaciones y/o defectos que la Contraparte Técnica le formule y notifique respecto de su informe, del desarrollo de actividades y/o en los productos que debe entregar de acuerdo a su oferta y contrato, conforme a lo establecido en las presentes bases administrativas y en las bases técnicas
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Falta leve
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0,5% del monto total del contrato por cada día de atraso.
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Si el proveedor excede la oportunidad o plazo para la entrega de un informe, de uno o más servicios o la realización de una actividad respecto de lo considerado en su oferta y en el respectivo contrato o, excede el plazo que, en su caso, le haya otorgado el Servicio contratante para la respectiva entrega o realización.
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Falta grave
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1% (uno por ciento) del monto total del contrato por cada día de atraso.
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Si el proveedor no realiza en la fecha fijada una actividad considerada en su oferta o en el contrato, de los que forman parte integrante las presentes Bases y las Bases Técnicas, previamente anunciada o convocada, salvo fuerza mayor o caso fortuito, debida y fundadamente acreditado;
En caso de constatarse que un informe presentado o ingresado por el proveedor al Gobierno Regional del Maule o presentado a la Contraparte Técnica contiene información falsa, manifiestamente incompleta o no se acompañan al mismo los respaldos exigidos en las Bases Administrativas y/o Bases Técnicas o,
En caso de que el contenido del informe no se ajuste a la normativa, requisitos o técnicas aplicables a los respectivos productos de la prestación del servicio, exceda los márgenes aceptables de transcripción de documentos disponibles en internet, o contenga transcripciones parciales o totales de textos, documentos electrónicos, imágenes, símbolos, u otros elementos amparados por derecho de autor o disponibles en internet, para fines de publicidad o difusión de otros organismos de la Administración, de empresas o instituciones privadas, sin que, según corresponda, se consignen las citas o referencias pertinentes o se haya obtenido la autorización para su uso, debiendo esto último acreditarse ante la contraparte técnica.
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Falta grave
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1% (uno por ciento) del monto total del contrato por cada infracción.
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En todo caso, el monto total de multas que se aplique al proveedor del servicio, por cualquiera de las causales descritas, no podrá exceder del 15% del monto total del contrato.
El monto de las multas será descontado del pago siguiente, salvo que el proveedor pague la multa directamente en el Departamento de Finanzas del Servicio, debiendo otorgarse recibo para tal efecto.
La aplicación de una o más multas al proveedor del servicio por cualquiera de las causales descritas es sin perjuicio de la facultad del Servicio de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato y disponer el término anticipado del contrato, conforme se establece en las presentes Bases.
En caso de hacerse efectivo el cobro de la garantía, el proveedor del servicio deberá entregar una nueva garantía de igual monto y características, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al cobro de la anterior. Esto último procederá a requerimiento de la contraparte técnica y previo informe a la Jefa de la División de Administración y Finanzas, quien procederá a dictar el acto administrativo que impone la sanción y a disponer su descuento por la vía administrativa
El monto de la multa será descontado del pago siguiente, salvo que el proveedor pague la multa directamente en el Departamento de Finanzas del Servicio, debiendo otorgarse recibo para tal efecto.
Se podrá realizar también un depósito en la Cuenta Corriente del Gobierno Regional del Maule N°43509108936 del Banco Estado.
Pago en efectivo: Dictada la Resolución que establece la multa, esta debe adjuntarse a la generación de un estado de pago del Programa 01 por ingreso de dicha multa, y enviar al Departamento de Finanzas. El proveedor debe acudir a Tesorería con el efectivo y se le otorga un comprobante de ingreso manual entregando copia al proveedor y con la otra copia y demás antecedentes se genera el respectivo comprobante contable de SIGFE.
Pago por transferencia: Dictada la Resolución que aprueba la multa, esta debe adjuntarse a la generación de un estado de pago del Programa 01 por ingreso de dicha multa, y enviar al Departamento de Finanzas con el respectivo comprobante de transferencia a Tesorería. En esta Unidad se le otorgará un comprobante de ingreso manual entregando una copia al proveedor y con la otra copia y demás antecedentes se genera el respectivo comprobante contable en SIGFE.
Todo lo anterior, es sin perjuicio de la facultad del Servicio de poner término anticipado al contrato y/o hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
32.- CONTRAPARTE TÉCNICA.
La contraparte técnica estará a cargo y será desempeñada por un/una funcionario/a del Gobierno Regional del Maule.
El/La funcionario/a tendrá la función de supervisar la calidad y el cumplimiento integral del servicio, velando, por el eficiente desarrollo de la contratación. Lo anterior, sin perjuicio de que podrá asesorarse por funcionarios/as del Gobierno Regional del Maule o profesionales de otros servicios de la Administración, con conocimientos o experticia en las materias vinculadas con aspectos técnicos de la prestación del servicio.
Dentro de sus funciones específicas se encuentran las siguientes:
- Orientar al proveedor en la solución de problemas que afecten directamente el cumplimiento de los objetivos del servicio;
- Efectuar el seguimiento y control de la prestación del servicio y velar porque el mismo se desarrolle conforme a los términos del respectivo contrato, las Bases Administrativas y Técnicas que lo integran;
- Mantener comunicación permanente con el proveedor, acordando con éste las reuniones que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones y la buena marcha de los servicios contratados;
- Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las presentes bases y en el contrato que al efecto se suscriba y que la ejecución del servicio se ciña estrictamente a las exigencias establecidas en las presentes Bases, las Bases Técnicas y demás documentos que integran el contrato entre el Gobierno Regional y el proveedor del servicio;
- Velar permanentemente porque, en el desarrollo de la prestación del servicio, en especial, en la elaboración de productos contemplados en el mismo, el proveedor se ajuste a las normas contenidas en la ley de presupuestos vigente y a las exigencias de la jurisprudencia administrativa en materia de publicidad y difusión;
- Coordinar reuniones, muestras y o entregas de productos con las divisiones pertinentes del Gobierno Regional o las que le indique la jefatura de División de Administración y Finanzas, informar fundadamente, para su decisión, a la señalada jefatura de las observaciones o requerimientos de modificación de contenidos, formatos, etc., que las anteriores hayan solicitado o recomendado;
- Requerir y recibir los informes mensuales de avance en el desarrollo de la prestación de servicios, registro de los productos generados y demás anexos que las Bases Técnicas exijan, formular observaciones, y, en su caso, dar visto bueno a la subsanación de las mismas, aprobar, cuando corresponda los informes, productos, y actividades acreditadas por el prestador, en conformidad con el contrato,
- Requerir, en su oportunidad, la factura correspondiente al periodo o cuota de pago, preparar el legajo de documentos que, junto a la respectiva factura respaldan el pago, solicitar a la jefa del departamento de administración autorización para el pago y entregar a la jefatura que corresponda, tales documentos, a objeto de que se curse el pago de la cuota respectiva, acuerdo a los procedimientos internos del Servicio;
- Solicitar y gestionar las garantías que resguardan el fiel cumplimiento de contrato, su canje o extensión, cuando corresponda;
- Mantener un registro de los productos generados en la prestación del servicio, identificando el producto, fecha de entrega, etapa de desarrollo del servicio en que se verifica, manteniendo una línea de tiempo desde el inicio hasta el término del plazo del servicio contratado;
- Analizar y emitir informes fundados respecto de solicitudes de aumentos de plazo que hayan sido solicitados o propuestos por el ejecutor del servicio para el desarrollo de productos o actividades contempladas en ella. El informe fundado se presentará, por escrito, a la jefatura de División, a la que la autoridad superior encomendó la licitación, contratación y supervisión del desarrollo de la prestación del servicio objeto de las presentes Bases.
- En caso de resolverse la continuidad del contrato, conforme al párrafo final del número 29 de estas Bases, corresponderá a la contraparte técnica gestionar la respectiva modificación de contrato y los aumentos o canjes de garantía que procedan;
- Informar fundadamente y por escrito a la jefatura de la División de Administración y Finanzas, de eventuales incumplimientos del proveedor, de los atrasos, no entrega de productos u otras circunstancias que, en conformidad con las presentes Bases, puedan dar origen a multas, a la terminación anticipada del contrato y/o que constituya causal para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y de proceder a las gestiones necesarias para que dichas sanciones se hagan efectivas, en su caso;
- Solicitar a la jefatura del Departamento de Administración la respectiva autorización del pago, según se haya acordado en la contratación;
- Preparar el legajo de documentos para el pago de la cuota correspondiente, los antecedentes y realizar la recepción de los servicios estipulados en las presentes bases de licitación. Una vez revisados y terminados, dar tramitación al pago y multas impuestas en su caso.
33.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda dificultad o controversia que se suscite durante la provisión del servicio serán presentadas a la contraparte técnica.
La contraparte técnica deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual puede abrir un periodo probatorio, de oficio o a petición de parte. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días, ni superior a 30 días. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitarse informes de especialistas, de acuerdo a la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Gobierno Regional del Maule o de otros órganos de la Administración.
Con el mérito de los descargos, los antecedentes aportados y las pruebas rendidas, la contraparte técnica emitirá un informe final para que la autoridad superior pueda resolver lo que corresponda, resolución que se someterá en su tramitación y recursos íntegramente a las normas contempladas en la Ley N° 19.880, sobre procedimientos administrativos.
34. OBLIGACIONES CONTRACTUALES DEL PROVEEDOR CON SUS TRABAJADORES
El proveedor será, por los trabajadores que se desempeñen en los servicios que son objeto de las presentes Bases, directamente responsable ante las autoridades administrativas y del trabajo, tribunales de justicia, organismos previsionales y en general, ante cualquier tercero, del cumplimiento fiel y oportuno de todas las obligaciones legales y contractuales que le afecten en dicha calidad. De este modo, se deja expresa constancia que el Gobierno Regional del Maule se encuentra exento de toda responsabilidad que pudiere derivar de dicha relación laboral, como asimismo de cualquier hecho imputable al proveedor y a consecuencia del cual se produzcan lesiones o daños en las personas o bienes de los trabajadores del proveedor.
35.- TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN
El contrato para la provisión del servicio terminará en forma normal por el transcurso del plazo de duración del mismo.
Sin embargo, el servicio contratado podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causales, que los oferentes declaran conocer y aceptar al momento de presentar su oferta, las que tienen el carácter de esenciales:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor del servicio.
c) Aplicación de multa, en caso de que la suma del monto de ésta y las anteriormente aplicadas alcance un monto superior al 15% del valor total del contrato;
d) Quiebra o estado de notoria insolvencia del proveedor del servicio a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
e) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
f) Registrar el prestador del servicio saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
g) En caso de disconformidad del servicio prestado según informe fundado de la contraparte técnica.
h) Si el prestador del servicio es una UTP, en el caso de disolución de la misma o, si renunciare el representante o mandatario común de ésta.
Para los efectos de la aplicación de la causal de término anticipado indicado en la letra b) precedente, se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones del prestador del servicio, lo siguiente:
- La verificación de causales constitutivas de falta grave, de acuerdo a lo establecido en el numeral 31, en número igual o superior a 2 dentro de un periodo de 2 meses que, al efecto, se contarán sucesivamente a partir de la vigencia del contrato.
- La verificación de causales constitutivas de falta leve, de acuerdo a lo establecido en el numeral 31, en número igual o superior a 4 dentro de un periodo de 2 meses, contados en la forma señalada en la letra a) precedente.
- La infracción de cualquier prohibición expresa establecida en el contrato suscrito entre el Gobierno Regional del Maule y el prestador del servicio, en las Bases Administrativas, en las Bases Técnicas o en cualquier otro documento que forme parte integrante del contrato.
Asimismo, para efectos de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave de las obligaciones del prestador del servicio, se aplicará previamente el procedimiento contemplado para todo reclamo, en el numeral 31 de las presentes bases. Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras b), c), d), f) y g) y h) de este numeral, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Todo lo establecido en esta cláusula es sin perjuicio de las acciones que el Servicio pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado del contrato o la resolución del mismo, y en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
36.- PROCEDIMIENTO EN CASO DE APLICACIÓN DE MEDIDAS FRENTE A INCUMPLIMIENTOS.
Detectada una situación susceptible de aplicación de las medidas frente a incumplimientos del numeral 35 de las presentes Bases, el Gobierno Regional notificará al adjudicatario por alguna de las siguientes vías: personalmente, por carta certificada, correo electrónico o por alguna otra herramienta electrónica que se encuentre disponible en el sistema de información, a la dirección o datos de contacto que el proveedor haya comunicado en el anexo N°1, indicando los hechos que ameritan la aplicación de una medida y adjuntando los antecedentes que se estimen pertinentes. A contar de ello, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco (5) días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Se deja expresa constancia que es responsabilidad del adjudicatario mantener actualizados los datos de contacto para recibir notificaciones por parte del Gobierno Regional del Maule.
Vencido el plazo sin presentar descargos, el Gobierno Regional del Maule dictará un acto administrativo aplicando la medida que corresponda.
Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el Gobierno Regional, tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará mediante un acto administrativo, que se notificará personalmente o por carta certificada.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción, en la oficina de correos que corresponda.
37.- PROCEDIMIENTO DE REPOSICIÓN.
El adjudicatario dispondrá del plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del acto administrativo que le impone la medida, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición.
El Gobierno Regional resolverá dentro de 30 días hábiles siguientes, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición. Dicho acto administrativo se notificará al respectivo proveedor.
38.- LEGISLACIÓN SUPLETORIA DE LAS BASES.
Las presentas Bases de Licitación, en todo aquello que no se encuentre expresamente regulado, se entenderán complementadas por las disposiciones establecidas en la Ley N° 19.886 y su reglamento el Decreto N° 250 de Hacienda.
En caso de contradicción o discrepancias entre las presentes Bases de Licitación, con lo dispuesto en la Ley N° 19.886, y el Decreto N° 250, del Ministerio de Hacienda, prevalecerán las estipulaciones contenidas en dicha Ley y Decreto.
39.- MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
El Servicio licitante, en casos muy calificados, y debidamente fundados, podrá convenir de común acuerdo con el proveedor una modificación de los servicios contratados, aumentándolos hasta en el equivalente máximo de un 30% del precio de éstos.
En todo caso, en virtud de esta modificación no podrán alterarse los términos de la oferta económica y técnica del proveedor.
Con todo, las eventuales modificaciones que se pacten no producirán efecto alguno sino desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.