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8. OFERTA TÉCNICA
La oferta técnica deberá incluir, como mínimo, los antecedentes que se indican a continuación, en concordancia a lo establecido en los siguientes formularios
a) Metodología para el desarrollo del estudio (Formularios 4): Entendiéndose por tal, el enfoque o marco global del estudio en relación con la problemática a resolver. La metodología propuesta, deberá comprender el Nivel de detalle de la ejecución de las tareas requeridas en el punto 4 “Descripción detallada actividades por etapas del estudio”, de las bases técnicas y de las tareas adicionales que se ofrezcan, señalando las actividades asociadas a cada una de ellas. Se evaluarán tareas adicionales como aquellas que cumplan con los objetivos específicos del estudio indicados en el punto 2 “Objetivo”,de las bases técnicas.
b) Plan de trabajo: Debe ser presentado en formato de Carta Gantt, para cada una de las tareas y/o actividades comprendidas en el estudio que han sido definidas en el punto 4 “Descripción detallada actividades por etapas del estudio” de las bases técnicas,, indicando la secuencia de ellas y su interrelación, así como los plazos de entrega de los informes propuestos en concordancia con el punto 6 “Entrega de etapas” de las Bases Técnicas, Este plan debe efectuarse considerando el plazo máximo de ejecución del estudio, en relación con el plazo de vigencia del contrato contemplando, según lo dispuesto en el punto 19 “Plazo para la ejecución del estudio y vigencia del contrato” de las bases administrativas, en consecuencia, solo la programación de las tareas a ejecutar por el Consultor, excluyendo los períodos de revisión por parte del Director del Estudio.
c) Conformación del equipo de trabajo y organigrama: La conformación del equipo de trabajo propuesto deberá constar en un Organigrama que comprenderá una nómina con el nombre y apellido de los profesionales, técnicos y/o expertos que participarán por el oferente en la ejecución del estudio, indicando el cargo de cada uno de ellos en el equipo, de acuerdo a lo establecido en el punto 5 “Equipo de trabajo para el desarrollo del estudio” de las bases técnicas de licitación (Un jefe de proyecto, un especialista en territorio, y el resto del equipo de trabajo).
El Organigrama deberá comprender la organización del equipo de trabajo asignado al estudio, en el que se deberá especificar:
• El nombre y cargo de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo y su posición en el equipo.
• Los cargos de responsabilidad del referido equipo: Se entenderá por cargos de responsabilidad a los jefes de las distintas áreas de trabajo del organigrama, y al Jefe de Proyecto, que tengan a su cargo la supervisión en la ejecución de todas o algunas tareas. Como mínimo, se deben contemplar el Jefe de Proyecto y un especialista en territorio conforme a los requisitos definidos en el punto 5 “Equipo de trabajo para el desarrollo del estudio”de las bases técnicas de licitación.
Además, para efectos de la evaluación, se debe adjuntar un Curriculum de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo considerados en el referido organigrama (ver formato Formulario 5). Dicho currículum deberá acompañarse el FIRMADO por cada uno de los integrantes, con la indicación del nombre, cedula de identidad, lugar de residencia, profesión (título y entidad de educación superior que lo otorgo), y/o grado académico, años de experiencia, y una nómina de los trabajos más importantes realizados por el profesional, técnico o experto en materias relacionadas al tema del estudio, explicando su participación e indicando la entidad contratante, en cada caso. Además, se debe acompañar el respectivo título profesional.
Para el resto del equipo de trabajo definido en el punto 5 “Equipo de trabajo para el desarrollo del estudio” de las bases técnicas de licitación, que no correspondan al Jefe de Proyecto ni a los 2 profesionales de apoyo: La oferta que omita alguno de los curriculum (Formulario N° 5) de los integrantes del equipo de trabajo y/o éstos se presentaren sin la firma del respectivo integrante, se tendrá por no acreditada la experiencia y demás requisitos exigidos para dichos integrantes, debiendo ser evaluados con puntaje “0” en el respectivo criterio.
La experiencia del jefe de proyecto, del especialista en territorio, y el resto del equipo de trabajo, se deberá acreditar mediante, Certificados de Experiencia emitidos por entidades publicas contratante del o los estudios indicados en el curriculum vitae, el cual deberá contar con los siguientes antecedentes como mínimo:
● Nombre del estudio
● Nombre del Mandante
● Cargo del Profesional
● Fecha de ejecución del estudio.
Este certificado sólo será válido, demostrando copia del contrato suscrito junto a comprobante de pago de cotizaciones previsionales, esto para corroborar la duración del cargo en cuestión. Si el profesional presentado por el oferente es funcionario permanente de la empresa, éste deberá adjuntar una copia del contrato vigente, junto a comprobante de pago de cotizaciones previsionales.
d) Currículum del oferente (ver formato Formulario 6: Para efectos de la evaluación del criterio Experiencia de los oferentes, deberá acompañarse el currículum del oferente que deberá especificar el nombre del estudio y/o proyecto, entidad contratante, periodo de ejecución de los estudios y/o proyectos finalizados que ha realizado, indicando asimismo la similitud de cada uno de esos estudios y/o proyectos con el que es objeto de la presente licitación. No se considerarán para efectos de la evaluación del criterio “Experiencia de los oferentes”, de la tabla 1, Ítem III del punto 12.1 “Criterios de evaluación”, estudios y/o proyectos en desarrollo que no hayan finalizado al cierre del plazo de presentación de ofertas.
Se evaluará favorablemente que el oferente cuente con experiencia en el desarrollo de estudios y/o proyectos finalizados de igual o similar naturaleza al presente estudio o que se relacionan con el presente estudio, en cuanto a los objetivos a cumplir, tareas a desarrollar e instrumentos de análisis a utilizar.
En caso que el oferente no presente el Formulario 6, se considerará que no cuenta con experiencia o que no acredita contar con ella, debiendo ser evaluado con puntaje “0” en el respectivo criterio. En caso de Unión Temporal de Proveedores, se debe presentar un solo Formulario 6, de manera conjunta.
La experiencia del oferente, se deberá acreditar mediante, Certificados de estudios realizados de similares características a lo solicitado en la presente licitacion, emitidos por entidades publicas contratante del o los estudios indicados en el curriculum vitae, el cual deberá contar con los siguientes antecedentes como mínimo:
● Nombre del estudio
● Nombre del Mandante
● Fecha de ejecución del estudio.
e) Certificado de discapacidad: respecto al personal que el oferente indique como personas con discapacidad y certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales: para efectos de la evaluación del Ítem IV de la tabla del punto 12.1 “Criterios de evaluación” de las presentes bases administrativas, el oferente que cuenta con personas con discapacidad entre su personal (ya sea que esté dentro del equipo de trabajo ofertado o no) deberá indicarlo expresamente en el Formulario 6 indicado en el literal anterior. Además deberá acreditarlo presentando: a) un certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales con su nómina de trabadores, emitido por la Dirección del Trabajo dentro de los sesenta (60) días anteriores a la presentación de la oferta, en que figure la persona con discapacidad; y b) una constancia de discapacidad de dicha persona, pudiendo consistir en una copia del certificado de discapacidad o copia de la credencial de discapacidad, ambos emitidos por el Servicio de Registro Civil, o copia de un certificado emitido por la COMPIN que lo declara persona con discapacidad.
En el caso que el oferente presente un trabajador con discapacidad que se desempeñe fuera de Chile, podrá acreditar el criterio de evaluación del Ítem IV ya referido, acompañando: a) copia el contrato de trabajo; y b) la constancia de discapacidad de dicha persona, pudiendo consistir esta última en un certificado, resolución u otro documento equivalente emitido por la autoridad extranjera competente. Para el caso de personas extranjeras con idioma distinto al español, la documentación debe entregarse traducida al español.
En caso que el oferente no indique expresamente que cuenta con personas con discapacidad entre su personal en el Formulario 5 y/o no presente dicho anexo, el certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Dirección del Trabajo y/o la constancia de discapacidad de dicha persona y/o la copia el contrato de trabajo; según lo señalado en este literal, se considerará que no cuenta con personas con discapacidad entre su personal o que no acredita contar con ellas, debiendo ser evaluado con puntaje “0” en el respectivo criterio.
f) Evaluación de riesgo: La propuesta técnica del oferente presenta evaluación de riesgo contemplando los posibles riesgos a enfrentar durante la ejecución del Estudio, con su correspondiente Plan de mitigación y reducción de los riesgos identificados.
g) La Equidad de Género (Formulario 8): Del organigrama propuesto, se desprenderá la información de la conformación del equipo de trabajo, para efectos de evaluar el criterio equidad de género del equipo presentado, de acuerdo a lo dispuesto en la tabla N° 1 del punto 12.1 “Criterios de evaluación” de las bases administrativas..
Cabe señalar, que la presentación de la Metodología, el Plan de Trabajo, el Organigrama, los currículums vitae (formulario N° 5), así como los certificados de título que acrediten la calidad de profesional de todas las personas que integran el equipo de trabajo definido en el respectivo organigrama (tanto de los dos cargos mínimos de responsabilidad, jefe de proyecto, como del resto del equipo), tienen el carácter de esencial, de modo que en caso de verificarse la omisión de uno o más de ellos, esta no podrá ser subsanada, por tanto, la oferta será evaluada con puntaje “0” en el respectivo criterio.
Es importante señalar que, la Comisión Evaluadora no solicitará subsanar errores u omisiones respecto de los antecedentes que formen parte de la oferta técnica. Por tanto, solamente evaluará las ofertas con los antecedentes presentados, siempre y cuando sea procedente. Sin perjuicio de ello y en virtud de lo dispuesto en el punto 11 “apertura de las propuestas” de estas bases, en caso de dudas la comisión evaluadora podrá solicitar antecedentes meramente aclaratorios con respecto a las ofertas.
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